{"id":29264,"date":"2023-07-18T19:22:02","date_gmt":"2023-07-18T19:22:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-359-de-2000\/"},"modified":"2023-07-18T19:22:02","modified_gmt":"2023-07-18T19:22:02","slug":"decreto-359-de-2000","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-359-de-2000\/","title":{"rendered":"DECRETO 359 DE 2000"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 359 DE 2000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0(marzo 6) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se dictan algunas disposiciones reglamentarias del Sistema de \u00a0formaci\u00f3n Profesional Integral que imparte el Servicio Nacional de Aprendizaje, \u00a0SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Ver Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario del Sector Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que \u00a0le confieren el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Servicio \u00a0Nacional de Aprendizaje, SENA, dentro de su competencia y siguiendo el \u00a0principio constitucional de la descentralizaci\u00f3n y autonom\u00eda de los \u00a0establecimientos p\u00fablicos, administra y ejecuta programas de formaci\u00f3n \u00a0profesional integral en funci\u00f3n de las necesidades sociales y del sector \u00a0productivo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la formaci\u00f3n \u00a0profesional integral se inscribe como educaci\u00f3n no formal, al establecer la Ley \u00a0General de Educaci\u00f3n que \u00e9sta es &#8220;la que se ofrece con el objeto de \u00a0complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar en aspectos acad\u00e9micos \u00a0o laborales, sin sujeci\u00f3n al sistema de niveles y grados establecidos en el \u00a0art\u00edculo 11 de esta ley&#8221;; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan el numeral \u00a010 del art\u00edculo 4\u00b0 de la Ley 119 de 1994, es \u00a0funci\u00f3n del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, &#8220;expedir t\u00edtulos y \u00a0certificados de los programas y cursos que imparta o valide dentro de los \u00a0campos propios de la formaci\u00f3n profesional integral, en los niveles que las \u00a0disposiciones legales le autoricen&#8221;; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que igualmente el \u00a0Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, se encuentra expresamente facultado \u00a0para adelantar programas de educaci\u00f3n formal de nivel de educaci\u00f3n superior, en \u00a0los campos de la formaci\u00f3n tecnol\u00f3gica y t\u00e9cnica profesional, en los t\u00e9rminos \u00a0previstos en el numeral 6 del art\u00edculo 4\u00b0 de la Ley 119 de 1994; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Consejo Directivo \u00a0Nacional del SENA adopta el Estatuto de la Formaci\u00f3n Profesional de conformidad \u00a0con el numeral 4 del art\u00edculo 10 de la Ley 119 de 1994, mediante \u00a0el cual fija los niveles de formaci\u00f3n, titulaci\u00f3n y certificaci\u00f3n e implementa \u00a0mediante acuerdo, la relaci\u00f3n de oficios que requieran formaci\u00f3n profesional \u00a0met\u00f3dica y completa y que son materia del contrato de aprendizaje, al tenor del \u00a0numeral 9 literal f) del mismo art\u00edculo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la formaci\u00f3n \u00a0profesional integral hace parte del servicio p\u00fablico educativo y que dentro de \u00a0los postulados de la cadena de formaci\u00f3n, se hace necesario garantizar a los \u00a0egresados del SENA la continuidad en los procesos educativos a nivel superior \u00a0que les facilite su promoci\u00f3n laboral, movilidad formativa y desarrollo \u00a0personal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que se requiere \u00a0armonizar y reglamentar el proceso de registro de los programas de formaci\u00f3n tecnol\u00f3gica \u00a0y t\u00e9cnica profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en relaci\u00f3n \u00a0con los decretos reglamentarios de la Ley 30 de 1992, sin afectar \u00a0su naturaleza jur\u00eddica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad \u00a0con el art\u00edculo 209 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0corresponde a las distintas autoridades administrativas coordinar sus \u00a0actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado, resultando \u00a0pertinente en aplicaci\u00f3n del mencionado principio establecer mecanismos que \u00a0permitan el cumplimiento de las funciones asignadas al Icfes \u00a0y al SENA en relaci\u00f3n con los programas de educaci\u00f3n superior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Los \u00a0niveles de formaci\u00f3n, titulaci\u00f3n, acreditaci\u00f3n, homologaci\u00f3n, validaci\u00f3n, \u00a0certificaci\u00f3n y reconocimiento del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, \u00a0dentro de los campos de la Formaci\u00f3n Profesional Integral, que se enmarcan en \u00a0la educaci\u00f3n no formal, ser\u00e1n aut\u00f3nomos, sin sujeci\u00f3n a registros o \u00a0convalidaciones de otras autoridades o instituciones educativas y s\u00f3lo \u00a0requieren para su expedici\u00f3n y validez, que est\u00e9n incluidos en el estatuto de \u00a0la Formaci\u00f3n Profesional Integral que adopte el Consejo Directivo Nacional del \u00a0Organismo. (Nota: Ver art\u00edculo 2.2.6.2.2.1. del Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario del Sector Trabajo.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Los egresados del Servicio Nacional de \u00a0Aprendizaje, SENA, en los campos a que se refiere el art\u00edculo 1\u00b0, podr\u00e1n \u00a0ingresar a los programas de la educaci\u00f3n superior, directamente, acorde con la \u00a0autonom\u00eda de las instituciones de educaci\u00f3n superior o a trav\u00e9s de acuerdos o \u00a0alianzas suscritos con el SENA, sin perjuicio de las disposiciones de la Ley 30 de 1992 y dem\u00e1s normas legales aplicables, que consagren requisitos m\u00ednimos de \u00a0ingreso a la educaci\u00f3n superior. (Nota: Ver art\u00edculo 2.2.6.2.2.2. del Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario del Sector Trabajo.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Para el ofrecimiento y desarrollo de programas \u00a0de educaci\u00f3n superior en los campos que expresamente autoriza la Ley 119 de 1994, se requiere la creaci\u00f3n del correspondiente programa por parte del \u00a0Consejo Directivo Nacional del SENA y su registro en el c\u00f3digo de informaci\u00f3n \u00a0que la entidad le asigna a cada programa, el cual se asimila al registro del \u00a0Sistema Nacional de Informaci\u00f3n de la Educaci\u00f3n Superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En todo caso para efectos de las funciones de \u00a0inspecci\u00f3n, control y vigilancia de los programas de educaci\u00f3n superior a que \u00a0se refiere el presente art\u00edculo y de la funci\u00f3n informativa que le compete \u00a0desarrollar al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educaci\u00f3n Superior, Icfes, el SENA remitir\u00e1 por escrito y en medio magn\u00e9tico a \u00a0este instituto, la informaci\u00f3n sobre los programas creados y registrados en sus \u00a0c\u00f3digos internos, con el fin de incorporarlos en el Sistema Nacional de \u00a0Informaci\u00f3n. Por tal raz\u00f3n las dos instituciones establecer\u00e1n el formato \u00a0necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los programas que a la fecha de entrar a \u00a0regir el presente decreto hubiesen sido notificados al Icfes \u00a0sin que todav\u00eda se encuentren registrados, se sujetar\u00e1n para su ofrecimiento y \u00a0desarrollo a los dispuesto en este decreto. Los programas que se notificaron y \u00a0fueron objeto de observaci\u00f3n o negaci\u00f3n de registro debidamente comunicado al \u00a0SENA, deber\u00e1n ajustarse y continuar su tr\u00e1mite con sujeci\u00f3n a las disposiciones \u00a0legales aplicables antes de la entrada en vigencia del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 3\u00ba: Ver art\u00edculo 2.2.6.2.2.3. del \u00a0Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario del Sector Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Los Centros de Formaci\u00f3n Profesional con \u00a0sus zonas de influencia, se asimilan a las seccionales definidas en la Ley 30 de 1992, siempre y cuando estos centros cuenten con la infraestructura \u00a0educativa adecuada, recursos t\u00e9cnicos y personal suficiente para el cabal \u00a0desarrollo de las actividades acad\u00e9micas. En el caso de programas que no se \u00a0puedan adelantar en los Centros de Formaci\u00f3n Profesional Integral, el SENA \u00a0deber\u00e1 suscribir con antelaci\u00f3n al inicio del correspondiente programa, los \u00a0acuerdos o alianzas con las entidades territoriales y si fuere necesario con \u00a0las dem\u00e1s personas interesadas en apoyar el desarrollo del programa, \u00a0debidamente comprobada su idoneidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los acuerdos o alianzas que se suscriban, en ning\u00fan \u00a0caso pueden incluir estipulaciones que conlleven el traspaso de la \u00a0responsabilidad del SENA por el adecuado desarrollo de sus programas en cabeza \u00a0de las instituciones colaboradoras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 4\u00ba: Ver art\u00edculo 2.2.6.2.2.4. del \u00a0Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario \u00a0del Sector Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. El presente decreto rige a partir de la \u00a0fecha de su publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 6 de marzo de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA \u00a0ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gina Magnolia Ria\u00f1o Bar\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Educaci\u00f3n Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Germ\u00e1n Bula Escobar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 359 DE 2000 \u00a0 \u00a0 \u00a0(marzo 6) \u00a0 \u00a0 por el cual se dictan algunas disposiciones reglamentarias del Sistema de \u00a0formaci\u00f3n Profesional Integral que imparte el Servicio Nacional de Aprendizaje, \u00a0SENA. \u00a0 \u00a0 Nota: Ver Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario del Sector Trabajo. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[44],"tags":[],"class_list":["post-29264","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2000"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29264","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=29264"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29264\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=29264"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=29264"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=29264"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}