{"id":29591,"date":"2023-07-18T19:25:42","date_gmt":"2023-07-18T19:25:42","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-822-de-2000\/"},"modified":"2023-07-18T19:25:42","modified_gmt":"2023-07-18T19:25:42","slug":"decreto-822-de-2000","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-822-de-2000\/","title":{"rendered":"DECRETO 822 DE 2000"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 822 DE 2000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0(mayo 8) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea en el Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica el Programa Presidencial para \u00a0el Sistema Nacional de Juventud &#8220;Colombia Joven&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: \u00a0Derogado por el Decreto 1919 de 2013, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: \u00a0Modificado por el Decreto 1984 de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le \u00a0confieren el art\u00edculo 189, ordinal 16 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, los art\u00edculos 16 y 17 del Decreto ley 1680 \u00a0de 1991 y la Ley 375 de 1997, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Modificado por el Decreto 1984 de 2006, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Cr\u00e9ase en el Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica, el Programa Presidencial para el Sistema Nacional de Juventud, el \u00a0cual ejercer\u00e1 sus actividades bajo la supervisi\u00f3n inmediata del Vicepresidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0Programa podr\u00e1 utilizar la expresi\u00f3n \u2018Colombia Joven\u2019 para todos sus efectos\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial: \u201cCr\u00e9ase en el Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, el Programa Presidencial para el Sistema Nacional \u00a0de Juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este programa podr\u00e1 utilizar la expresi\u00f3n &#8220;Colombia \u00a0Joven&#8221; para todos sus efectos.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. El Programa Presidencial &#8220;Colombia Joven&#8221;, del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, tiene como objeto fijar \u00a0pol\u00edticas, planes y programas que contribuyan a la promoci\u00f3n social, econ\u00f3mica, \u00a0cultural y pol\u00edtica de la juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0tal virtud promover\u00e1 la coordinaci\u00f3n y concertaci\u00f3n de todas las agencias del \u00a0Estado y de las dem\u00e1s organizaciones sociales, civiles y privadas, en funci\u00f3n \u00a0del pleno desarrollo del Sistema Nacional de Juventud establecido en la Ley 375 de 1997 y de \u00a0los sistemas territoriales de atenci\u00f3n interinstitucional a la juventud, e \u00a0impulsar\u00e1 la organizaci\u00f3n y participaci\u00f3n juvenil en el campo econ\u00f3mico, \u00a0tecnol\u00f3gico, pol\u00edtico, social y cultural y la vinculaci\u00f3n de los j\u00f3venes \u00a0colombianos con la globalizaci\u00f3n y el desarrollo universal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. El Programa Presidencial &#8220;Colombia Joven&#8221;, adem\u00e1s de asumir las \u00a0competencias y funciones que le fueron asignadas al Viceministerio de la \u00a0Juventud por la Ley 375 de 1997, \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica, al Gobierno Nacional y a los gobiernos \u00a0territoriales, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de \u00a0juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Procurar que las entidades estatales del orden nacional y territorial \u00a0incorporen a los j\u00f3venes en sus pol\u00edticas de desarrollo social y econ\u00f3mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Dise\u00f1ar y ejecutar planes, programas y proyectos en favor de la juventud y \u00a0velar por su inclusi\u00f3n en los planes de desarrollo nacionales y territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Fomentar la formaci\u00f3n para el trabajo, el uso del tiempo libre y la vinculaci\u00f3n \u00a0del joven a la vida econ\u00f3mica, cultural, a la globalizaci\u00f3n y a la \u00a0competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Promover y realizar estudios e investigaciones sobre temas y asuntos que \u00a0conciernen a la juventud y sobre el impacto de la pol\u00edtica p\u00fablica de juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Prestar asistencia t\u00e9cnica en el dise\u00f1o y elaboraci\u00f3n de los planes de juventud \u00a0de las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Estimular la formaci\u00f3n para la participaci\u00f3n de la juventud en las decisiones \u00a0que los afectan en la vida econ\u00f3mica, pol\u00edtica, administrativa y cultural de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Promover estrategias que aseguren el acceso de los j\u00f3venes a los servicios, \u00a0recursos y beneficios ofrecidos por las entidades gubernamentales y no \u00a0gubernamentales y generar oportunidades para que los j\u00f3venes mejoren su \u00a0formaci\u00f3n integral y su calidad de vida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Concertar el desarrollo de programas, proyectos y actividades en favor de la \u00a0juventud que adelanten instituciones estatales y privadas, de orden nacional e \u00a0internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Las dem\u00e1s que le sean asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Las funciones de articulaci\u00f3n en la definici\u00f3n y desarrollo en la pol\u00edtica \u00a0nacional de juventud, ser\u00e1n asumidas por el Programa Presidencial \u00a0&#8220;Colombia Joven&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. La direcci\u00f3n del Programa Presidencial &#8220;Colombia Joven&#8221;, estar\u00e1 a \u00a0cargo de un director y podr\u00e1 contar con el personal requerido de la planta de \u00a0personal global del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. No obstante dicho personal, total o parcialmente, podr\u00e1 tambi\u00e9n \u00a0prestar sus servicios mediante contrato. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0asumir las competencias y cumplir las funciones asignadas, en especial las \u00a0relativas a la ejecuci\u00f3n de los planes, programas y proyectos en materia de \u00a0juventud a nivel nacional y a la coordinaci\u00f3n del sistema nacional de juventud, \u00a0el Director del Programa Presidencial &#8220;Colombia Joven&#8221; organizar\u00e1 las \u00a0\u00e1reas y grupos de trabajo necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. El Director del Programa Presidencial &#8220;Colombia Joven&#8221; ser\u00e1 funcionario \u00a0de libre nombramiento y remoci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica, perteneciente \u00a0a la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica del nivel de direcci\u00f3n y asistencia al Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. El director del Programa Presidencial &#8220;Colombia Joven&#8221;, cumplir\u00e1 \u00a0las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Asesorar al presidente de la Rep\u00fablica en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica \u00a0de juventud y en la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, supervisi\u00f3n y ejecuci\u00f3n de planes, \u00a0programas y proyectos que deban realizarse bajo su inmediata direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Establecer estrategias que permitan la inclusi\u00f3n del tema juventud en las \u00a0pol\u00edticas de desarrollo social y econ\u00f3mico que adelantan las entidades \u00a0estatales del orden nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Proponer mecanismos e instrumentos que permitan coordinar y concertar acciones \u00a0con otros organismos gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e \u00a0internacionales, para el cabal desarrollo del Sistema Nacional de Juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Proponer y coordinar el dise\u00f1o y la ejecuci\u00f3n de planes, programas y proyectos \u00a0en favor, de la juventud y la inclusi\u00f3n de los mismos en los planes de \u00a0desarrollo nacionales y territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades operativas del Programa \u00a0Presidencial &#8220;Colombia Joven&#8221;, en materia de programaci\u00f3n, \u00a0seguimiento, evaluaci\u00f3n y control para la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas de \u00a0juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Establecer mecanismos que permitan el fomento de la formaci\u00f3n para el trabajo, \u00a0el tiempo libre y la vinculaci\u00f3n del joven a la vida econ\u00f3mica, cultural, a la \u00a0globalizaci\u00f3n y a la competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Coordinar acciones de promoci\u00f3n y realizaci\u00f3n de estudios e investigaciones \u00a0sobre temas y asuntos que conciernen a la juventud y del impacto de las \u00a0pol\u00edticas adoptadas por el Gobierno Nacional, en tales materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Proporcionar estrategias para la asesor\u00eda y la asistencia t\u00e9cnica a las \u00a0entidades territoriales en el desarrollo de la pol\u00edtica p\u00fablica de juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Dise\u00f1ar y poner en marcha mecanismos que permitan la formaci\u00f3n para la \u00a0participaci\u00f3n de la juventud en las decisiones que los afectan en la vida \u00a0econ\u00f3mica, pol\u00edtica, administrativa y cultural de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Coordinar acciones tendientes a la generaci\u00f3n de oportunidades para que los \u00a0j\u00f3venes mejoren su formaci\u00f3n integral y su calidad de vida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Organizar y gestionar un banco de programas y proyectos dirigidos a la \u00a0juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Dirigir y coordinar la debida publicaci\u00f3n y difusi\u00f3n de acciones, programas y \u00a0proyectos que se adelanten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Orientar, organizar y controlar la atenci\u00f3n de las solicitudes y peticiones que \u00a0eleven las personas al programa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, los reglamentos, el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00b0. La Direcci\u00f3n del Programa Presidencial contar\u00e1 con un Comit\u00e9 Intersectorial \u00a0de Juventud, con funciones b\u00e1sicas de coordinaci\u00f3n y apoyo, el cual estar\u00e1 \u00a0integrado as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director del Programa Presidencial &#8220;Colombia Joven&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica o su \u00a0delegado, quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Justicia o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Agricultura o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Trabajo y Seguridad Social o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Salud o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Educaci\u00f3n o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Cultura o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Un \u00a0representante de la Federaci\u00f3n Nacional de Gobernadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Un \u00a0representante de la Federaci\u00f3n Colombiana de Municipios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Cuando el Director del programa Presidencial &#8220;Colombia Joven&#8221; o el \u00a0Comit\u00e9 Intersectorial de Juventud lo consideren, podr\u00e1n invitar a las sesiones \u00a0a otros organismos y dependencias del Estado o personas naturales o jur\u00eddicas \u00a0de la sociedad civil y del sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00b0. El Gobierno Nacional efectuar\u00e1 en un plazo de dos (2) meses los traslados \u00a0presupuestales de los recursos que para la vigencia fiscal del a\u00f1o 2000 fueron \u00a0asignados al Viceministerio de la Juventud del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, \u00a0al Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, con el fin de \u00a0dar desarrollo al Programa Presidencial &#8220;Colombia Joven&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0El proyecto &#8220;Servicios Integrados para J\u00f3venes&#8221;, financiado con \u00a0recursos del pr\u00e9stamo BIRF 4383\/CO y los convenios que con entidades nacionales \u00a0e intergubernamentales haya suscrito el Viceministerio de la Juventud \u00a0continuar\u00e1n siendo desarrollados por el Programa Presidencial &#8220;Colombia \u00a0Joven&#8221;, para lo cual se efectuar\u00e1n las cesiones y traslados presupuestales \u00a0de conformidad con la Ley Org\u00e1nica de Presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00b0. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado \u00a0en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 8 de mayo de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Camilo Restrepo Salazar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Educaci\u00f3n \u00a0Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Germ\u00e1n Alberto Bula Escobar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Hern\u00e1ndez Celis. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio Zuluaga Ruiz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 822 DE 2000 \u00a0 \u00a0 \u00a0(mayo 8) \u00a0 \u00a0 por el cual se crea en el Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica el Programa Presidencial para \u00a0el Sistema Nacional de Juventud &#8220;Colombia Joven&#8221;. \u00a0 \u00a0 Nota 1: \u00a0Derogado por el Decreto 1919 de 2013, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. \u00a0 \u00a0 Nota 2: \u00a0Modificado por [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[44],"tags":[],"class_list":["post-29591","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2000"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29591","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=29591"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29591\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=29591"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=29591"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=29591"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}