{"id":29693,"date":"2023-07-18T19:25:47","date_gmt":"2023-07-18T19:25:47","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-955-de-2000\/"},"modified":"2023-07-18T19:25:47","modified_gmt":"2023-07-18T19:25:47","slug":"decreto-955-de-2000","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-955-de-2000\/","title":{"rendered":"DECRETO 955 DE 2000"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 955 DE 2000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(mayo 26) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el \u00a0cual se pone en vigencia el Plan de Inversiones P\u00fablicas para los a\u00f1os 1998 a \u00a02002. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a01: Declarado inexequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-1403 de 2000, \u00a0providencia confirmada en las Sentencias C-1494 de 2000, C-056 de 2001 y C-331 de 2001. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a02: Reglamentado parcialmente por el Decreto 1555 de 2000, \u00a0por el Decreto 1203 de 2000 \u00a0y por el Decreto 966 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Citado en la Revista de la \u00a0Universidad de Medell\u00edn. Opini\u00f3n Jur\u00eddica. Vol. 12. N\u00b0 24. La \u00a0planificaci\u00f3n del desarrollo: \u00bfproblema \u00a0econ\u00f3mico, pol\u00edtico o jur\u00eddico?. Constanza Blanco Bar\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades \u00a0constitucionales consagradas en el art\u00edculo 341 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica en \u00a0concordancia con el art\u00edculo 25 de la Ley 152 de 1994, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0la Ley 508 de 1999, por \u00a0la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo para los a\u00f1os de 1999-2002, \u00a0fue declarada inexequible por la honorable Corte Constitucional, mediante la \u00a0Sentencia C-557 de 2000, por \u00a0encontrar vicios en el tr\u00e1mite legislativo que a juicio de esa Corporaci\u00f3n, \u00a0viciaron su aprobaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0la aprobaci\u00f3n irreglamentaria de una ley equivale a su no aprobaci\u00f3n. As\u00ed lo \u00a0manifest\u00f3 el Procurador General de la Naci\u00f3n en Concepto n\u00famero 2022 rendido en \u00a0el proceso de inconstitucionalidad contra la Ley 508 de 1999, en \u00a0los siguientes t\u00e9rminos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00abEl \u00a0mecanismo para solucionar la aparente ausencia del plan nacional de desarrollo, \u00a0lo brinda la norma 341 constitucional cuando dispone que \u00abSi el Congreso no \u00a0aprueba el Plan Nacional de Inversiones P\u00fablicas en un t\u00e9rmino de tres meses \u00a0despu\u00e9s de presentado, el Gobierno podr\u00e1 ponerlo en vigencia mediante un \u00a0decreto con fuerza de ley\u00bb La aplicaci\u00f3n de esta f\u00f3rmula se justifica en el hecho \u00a0de que la aprobaci\u00f3n irreglamentaria del Plan Nacional de Desarrollo por parte \u00a0del Congreso puede asimilarse a su no aprobaci\u00f3n dentro del per\u00edodo fijado en \u00a0la Constituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Es \u00a0decir, que si la Corte decide retirar del ordenamiento jur\u00eddico la Ley 508 de 1999, al \u00a0comprobar la presencia de vicios de procedimiento en su formaci\u00f3n, el Gobierno \u00a0queda habilitado para poner en vigencia el plan nacional de inversiones \u00a0p\u00fablicas mediante un decreto con fuerza de ley, cuyos contenidos pueden ser \u00a0impugnados ante la Corte Constitucional\u00bb. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, \u00a0en consecuencia, le es dable al Gobierno Nacional poner en vigencia el Plan \u00a0Nacional de Inversiones P\u00fablicas contenido en el Proyecto de Ley n\u00famero 173 \u00a0C\u00e1mara, publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 6 del 8 de febrero de 1999, \u00a0junto con las modificaciones presentadas el 9 de marzo de 1999, radicadas antes \u00a0de cumplirse el primer debate al proyecto de ley, que fueron publicadas en la \u00a0Gaceta n\u00famero 19 del 18 de marzo de 1999, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00ba. P\u00f3nese en vigencia el Plan de Inversiones P\u00fablicas contenido en el Proyecto \u00a0de Ley n\u00famero 173 de \u00a01999 presentado por el Gobierno Nacional a consideraci\u00f3n del honorable \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica, con las modificaciones radicadas el 9 de marzo de 1999, \u00a0publicado en las Gacetas del Congreso n\u00fameros 6 del 8 de febrero de 1999, y 19 \u00a0del 18 de marzo de 1999, cuyo texto es el siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00abT I T U L O II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Proyecci\u00f3n de recursos financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00b0. Fuentes de Financiaci\u00f3n del Plan de Inversiones P\u00fablicas. El Plan Nacional \u00a0de Inversiones P\u00fablicas 1998-2002 tendr\u00e1 un valor de sesenta y tres billones \u00a0seiscientos mil millones de pesos ($63.6 billones), a pesos constantes de 1998, \u00a0financiados de la siguiente manera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Para los establecimientos p\u00fablicos corresponde a \u00a0recursos administrados por las entidades (RAPE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Son recursos provenientes de privatizaciones, manejo de \u00a0portafolio. En el sector descentralizado corresponde, adem\u00e1s, a aportes de \u00a0entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n de los principales programas de inversi\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00b0. Descripci\u00f3n de los Principales Programas de Inversi\u00f3n. La descripci\u00f3n de \u00a0los principales programas y subprogramas que el Gobierno Nacional espera \u00a0ejecutar en la vigencia del Plan Nacional de Inversiones 1999-2002 es la \u00a0siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Estado participativo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 \u00a0Programa Nacional de asistencia t\u00e9cnica al Ordenamiento Territorial: El \u00a0Ministerio del Interior y las entidades participantes en el Comit\u00e9 Nacional de \u00a0Asistencia T\u00e9cnica adelantar\u00e1n una agenda de trabajo interinstitucional de \u00a0apoyo a las entidades territoriales en la promoci\u00f3n, orientaci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n de procesos de ordenamiento territorial regional y municipal, de \u00a0acuerdo con las leyes y pol\u00edticas nacionales, regionales y locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 \u00a0Programa de apoyo a la implementaci\u00f3n de Macro Proyectos Urbanos: El Ministerio \u00a0de Desarrollo Econ\u00f3mico y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, apoyar\u00e1n a \u00a0las entidades territoriales en la formulaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los macroproyectos \u00a0urbanos, y ser\u00e1n \u00e9stas las encargadas de realizar la evaluaci\u00f3n y seguimiento \u00a0de los proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3 \u00a0Programa Nacional de Impulso a la Pol\u00edtica de Transporte Urbano. El Gobierno \u00a0Nacional, a trav\u00e9s del Ministerio de Desarrollo Econ\u00f3mico, implementar\u00e1 un \u00a0programa de asistencia t\u00e9cnica a las entidades territoriales para adelantar \u00a0procesos de gesti\u00f3n y modernizaci\u00f3n de los sistemas de transporte urbano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4 \u00a0Programa de Apoyo a la Conformaci\u00f3n de Centros de Informaci\u00f3n del Suelo Urbano. \u00a0El Ministerio de Desarrollo Econ\u00f3mico y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0trabajar\u00e1n en un programa de asistencia t\u00e9cnica nacional a las ciudades con \u00a0poblaci\u00f3n mayor de 100 mil habitantes para el montaje, implementaci\u00f3n y \u00a0seguimiento de los observatorios del suelo y del mercado inmobiliario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.5 \u00a0Programa de Regulaci\u00f3n Masiva de la Propiedad y Modernizaci\u00f3n de los Sistemas \u00a0de Catastro y Registro. El Ministerio de Desarrollo Econ\u00f3mico y las entidades \u00a0vinculadas a los sistemas de catastro y registro, apoyar\u00e1n la optimizaci\u00f3n, \u00a0impulso y seguimiento de las labores de titulaci\u00f3n masiva de predios y gesti\u00f3n \u00a0institucional para el mejoramiento de la informaci\u00f3n y tr\u00e1mite de asuntos \u00a0catastrales y de registro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.6 \u00a0Programa de Promoci\u00f3n del Desarrollo Econ\u00f3mico de los Centros Urbanos. El \u00a0Gobierno Nacional dise\u00f1ar\u00e1 las herramientas t\u00e9cnicas y financieras necesarias \u00a0para promover alianzas estrat\u00e9gicas entre entidades p\u00fablicas y privadas, la \u00a0calificaci\u00f3n de la mano de obra y atraer la inversi\u00f3n a los centros urbanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Educaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Plan propone un gran compromiso social con la educaci\u00f3n, la juventud y el \u00a0deporte En educaci\u00f3n los programas est\u00e1n aglutinados en torno a cuatro \u00e9nfasis: \u00a0cobertura, equidad, eficiencia y calidad. En cobertura la prioridad es la \u00a0b\u00fasqueda de la cobertura, del noventa por ciento (90%) en educaci\u00f3n b\u00e1sica para \u00a0los ni\u00f1os en edad escolar; en equidad, la estrategia central, aunque temporal, \u00a0es la focalizaci\u00f3n del servicio en la poblaci\u00f3n m\u00e1s pobre; en eficacia y \u00a0eficiencia se lograr\u00e1 el mejoramiento mediante transformaciones institucionales \u00a0en el sector y a trav\u00e9s del aumento del control social; la b\u00fasqueda de la \u00a0calidad se concentra en el fortalecimiento del sistema educativo para evaluar \u00a0sus resultados y para identificar y difundir modelos educativos exitosos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 \u00a0Programa de Educaci\u00f3n B\u00e1sica y Media \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1.1 \u00a0Caminante \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mediante \u00a0\u00e9ste se pretende hacer una reorganizaci\u00f3n de la Educaci\u00f3n B\u00e1sica con base en el \u00a0Nuevo Sistema Escolar. Promover\u00e1 la autonom\u00eda real de la instituci\u00f3n educativa \u00a0mediante el control efectivo sobre todos los recursos para el cumplimiento de \u00a0sus funciones. Se buscar\u00e1 la fusi\u00f3n, en zonas urbanas y rurales, de \u00a0establecimientos de primaria y secundaria. Se promover\u00e1 una nueva organizaci\u00f3n \u00a0escolar-el Nuevo Colegio-a partir de instituciones ya existentes y se \u00a0constituir\u00e1n los sistemas educativos departamentales y municipales. Se propone, \u00a0adem\u00e1s, lograr una cobertura neta del noventa por ciento (90%) en educaci\u00f3n \u00a0b\u00e1sica para ni\u00f1os en edad escolar. Para ello, se exigir\u00e1 al sistema una mayor \u00a0eficiencia, se reformar\u00e1 el actual esquema de asignaci\u00f3n de recursos y se \u00a0aumentar\u00e1n progresivamente las relaciones de docente por alumno hasta un \u00a0promedio nacional de 30 alumnos por docente. Se podr\u00e1n crear programas \u00a0focalizados de subsidios a la demanda, dirigidos a la poblaci\u00f3n m\u00e1s pobre. Para \u00a0las zonas rurales se fortalecer\u00e1 la educaci\u00f3n b\u00e1sica y se sistematizar\u00e1n y \u00a0divulgar\u00e1n experiencias de educaci\u00f3n media y t\u00e9cnica, as\u00ed como las modalidades \u00a0no formales de atenci\u00f3n a j\u00f3venes y adultos, con especial \u00e9nfasis en proyectos \u00a0educativos institucionales innovadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0proyecto de ampliaci\u00f3n de la jornada de los alumnos ofrecer\u00e1 a \u00e9stos apoyo \u00a0pedag\u00f3gico en la elaboraci\u00f3n de sus tareas escolares, con la promoci\u00f3n de la \u00a0lectura a trav\u00e9s de la dotaci\u00f3n de bibliotecas escolares y su integraci\u00f3n con \u00a0las bibliotecas p\u00fablicas, y con actividades recreacionales, deportivas, de \u00a0formaci\u00f3n art\u00edstica, cultural y ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1.2 \u00a0Educaci\u00f3n es calidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0propone brindar una educaci\u00f3n b\u00e1sica de calidad para todos los colombianos, \u00a0entendida \u00e9sta como la formaci\u00f3n del estudiante en competencias universales \u00a0b\u00e1sicas en el mundo de hoy y como ciudadano \u00e9tico, aut\u00f3nomo y solidario en su \u00a0entorno familiar, local y nacional Se fortalecer\u00e1 el Sistema Nacional de \u00a0Evaluaci\u00f3n de la Calidad y la divulgaci\u00f3n de sus resultados; el establecimiento \u00a0de est\u00e1ndares para los lineamientos curriculares; la identificaci\u00f3n de \u00a0experiencias exitosas en t\u00e9rminos de logro de los estudiantes, y los modelos de \u00a0educaci\u00f3n rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1.3 \u00a0Educaci\u00f3n Informal-Ursulas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0programa est\u00e1 dirigido al grupo familiar y a todos los ni\u00f1os hasta de cinco (5) \u00a0a\u00f1os, partiendo de su realidad cotidiana y el entorno cultural que ha ayudado a \u00a0moldear las categor\u00edas de crecimiento personal y social. Brindar\u00e1 a todos los \u00a0ni\u00f1os de hasta cinco (5) a\u00f1os y a sus familias condiciones favorables para su \u00a0desarrollo teniendo en cuenta sus pr\u00e1cticas de crianza, mediante la creaci\u00f3n de \u00a0microcentros de n\u00facleos familiares, espacios l\u00fadico-afectivos (adultos y \u00a0beb\u00e9s), ludotecas infantiles comunitarias, conversatorio virtual sobre la infancia, \u00a0formaci\u00f3n en psicopedagog\u00eda en el bachillerato y la utilizaci\u00f3n de medios \u00a0masivos educadores para la infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 \u00a0Educaci\u00f3n Media y Superior-La Sociedad del Conocimiento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0conjunto de acciones que el Plan se propone desarrollar en educaci\u00f3n superior \u00a0se articular\u00e1 en torno al concepto de sociedad del conocimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.1 \u00a0Ampliaci\u00f3n del Sistema de Cr\u00e9dito \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0subprograma busca dos objetivos principales: ampliar la cobertura y mejorar la \u00a0equidad del sistema de cr\u00e9dito, como instrumento para el acceso equitativo a la \u00a0educaci\u00f3n superior. Se pretende cubrir el cincuenta por ciento (50%) de las \u00a0solicitudes de financiaci\u00f3n que realicen los estratos 1, 2 y 3 en universidades \u00a0que satisfagan los criterios de calidad que establezca el gobierno. Para el \u00a0logro de este prop\u00f3sito, el Estado destinar\u00e1 durante los pr\u00f3ximos cuatro (4) \u00a0a\u00f1os $159.482 millones de pesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.2 \u00a0Mejoramiento de la Calidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0objetivo de este subprograma es el de mejorar la calidad y el nivel de la \u00a0educaci\u00f3n superior impartida en el pa\u00eds. Para el logro de este objetivo, se \u00a0dar\u00e1 especial \u00e9nfasis al establecimiento de instituciones e instrumentos de \u00a0regulaci\u00f3n eficaces como: sistema de informaci\u00f3n de la educaci\u00f3n superior, inspecci\u00f3n \u00a0y vigilancia y acreditaci\u00f3n. Este programa har\u00e1 una inversi\u00f3n en proteger los \u00a0derechos de los usuarios de la educaci\u00f3n superior. Para este programa el Estado \u00a0destinar\u00e1 durante los pr\u00f3ximos cuatro (4) a\u00f1os $21.538 millones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.2.1 \u00a0Impulso a la Educaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica y la Capacidad Cient\u00edfica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mediante \u00a0este subprograma se pretende impulsar las capacidades cient\u00edficas y \u00a0tecnol\u00f3gicas de las universidades del pa\u00eds de modo que contribuyan al \u00a0desarrollo y la soluci\u00f3n de las necesidades del pa\u00eds. Igualmente, la Naci\u00f3n \u00a0promover\u00e1 el mejoramiento de la calidad y la pertinencia de la educaci\u00f3n \u00a0tecnol\u00f3gica lo mismo que promocionar\u00e1 la matr\u00edcula en este tipo de programas \u00a0por parte de los j\u00f3venes con la intenci\u00f3n de acelerar y facilitar la \u00a0modernizaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica del pa\u00eds. Para el logro de estos \u00a0objetivos el Estado dedicar\u00e1 durante los pr\u00f3ximos cuatro a\u00f1os $56 mil millones \u00a0de pesos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Igualmente, \u00a0se establecer\u00e1n nuevos requisitos para la creaci\u00f3n de Instituciones de \u00a0Educaci\u00f3n Superior P\u00fablicas, para garantizar la calidad de los programas que \u00a0ofrecen y su sostenibilidad financiera en el tiempo. As\u00ed mismo, se \u00a0implementar\u00e1n mecanismos que garanticen un adecuado manejo presupuestal por \u00a0parte de estas Instituciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.2.2 \u00a0Estabilidad Financiera del Sector \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0subprograma busca generar estabilidad financiera en el sector educativo, \u00a0mediante la implementaci\u00f3n de mecanismos como la flexibilizaci\u00f3n de plazas, el \u00a0retiro de docentes en caso de jubilaci\u00f3n y la prohibici\u00f3n aplicable a los \u00a0empleados p\u00fablicos docentes de recibir m\u00e1s de una erogaci\u00f3n del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 \u00a0Juventud \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3.1 \u00a0Constructores de un Nuevo Pa\u00eds \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con \u00a0el prop\u00f3sito de implementar la Pol\u00edtica Nacional de Juventud para el cuatrienio \u00a0y desarrollar la Ley 375 de 1997, el \u00a0Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, a trav\u00e9s del Viceministerio de la Juventud, \u00a0se concentrar\u00e1 en el cumplimiento de los siguientes objetivos: promover a los \u00a0j\u00f3venes como constructores de paz, generando nuevas formas de servicio a la \u00a0sociedad y posibilitando el acceso a m\u00e1s y mejores bienes y servicios; fomentar \u00a0la educaci\u00f3n y la formaci\u00f3n integral, incluyendo las dimensiones que permitan a \u00a0la juventud construir, expresar y desarrollar su identidad para que participe \u00a0de manera activa en la vida social del pa\u00eds; y, garantizar la asistencia \u00a0t\u00e9cnica a las entidades territoriales y organismos no gubernamentales para el \u00a0dise\u00f1o de las Pol\u00edticas de Atenci\u00f3n a la Poblaci\u00f3n Juvenil mediante la \u00a0promoci\u00f3n de la participaci\u00f3n y la institucionalizaci\u00f3n de programas para dicha \u00a0poblaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Como \u00a0l\u00edneas de acci\u00f3n b\u00e1sicas para alcanzar este prop\u00f3sito, se implementar\u00e1 con el \u00a0liderazgo del Viceministerio, el Sistema Nacional de Juventud como el conjunto \u00a0de instituciones, organizaciones, entidades y personas que trabajan con y en \u00a0pro de los j\u00f3venes, fomentando los Consejos de Juventud; los Servicios \u00a0Integrados para J\u00f3venes, mediante Cuerpos Solidarios Juveniles como \u00a0alternativas para que los j\u00f3venes puedan proyectarse; y las Casas de la \u00a0Juventud como espacios de encuentro, socializaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n juvenil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3.2 \u00a0Deporte \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Gobierno Nacional apoyar\u00e1 el proceso de descentralizaci\u00f3n del sector, avanzando \u00a0en la transformaci\u00f3n del Instituto Colombiano del Deporte-Coldeportes en una \u00a0instituci\u00f3n t\u00e9cnica de investigaci\u00f3n y asesor\u00eda en materia deportiva, que \u00a0administre un Sistema de Informaci\u00f3n para efectuar el seguimiento y evaluaci\u00f3n \u00a0de resultados en los entes territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0avanzar\u00e1 en la descentralizaci\u00f3n del deporte. La naci\u00f3n promover\u00e1 las \u00a0iniciativas de las entidades territoriales y del sector privado para los \u00a0programas de deporte formativo y de alto rendimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Cultura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 \u00a0La Organizaci\u00f3n del Sector \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mediante \u00a0este programa se consolidar\u00e1 el Sistema Nacional de Cultura, a trav\u00e9s de la \u00a0creaci\u00f3n de consejos e instituciones territoriales de cultura, el \u00a0fortalecimiento de organizaciones no gubernamentales y agentes culturales, y la \u00a0consolidaci\u00f3n de los procesos que vivifican y arman estructuralmente el \u00a0Sistema: formaci\u00f3n, informaci\u00f3n, planeaci\u00f3n, organizaci\u00f3n y financiaci\u00f3n. Con \u00a0este fin, se implementar\u00e1n programas encaminados a fortalecer financieramente \u00a0el sector, tanto a nivel nacional como a nivel territorial, canalizando los \u00a0recursos generados por la cultura hacia el mismo sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 \u00a0Patrimonio Cultural de la Naci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0acci\u00f3n del Estado se centrar\u00e1 en la identificaci\u00f3n, investigaci\u00f3n, an\u00e1lisis, \u00a0conservaci\u00f3n, restauraci\u00f3n, difusi\u00f3n y valoraci\u00f3n del patrimonio cultural \u00a0material (documental, sonoro, visual, f\u00edlmico, mueble e inmueble), y no \u00a0material (memoria, tradiciones, costumbres, entre otros), que hacen parte del \u00a0conjunto del patrimonio art\u00edstico y cultural de la Naci\u00f3n, patrimonio que es \u00a0eje fundamental del desarrollo y fuente esencial de la memoria y la identidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0fortalecer\u00e1n los museos, bibliotecas, centros documentales y archivos, como \u00a0ejes de la atenci\u00f3n, cuidado y fortalecimiento del patrimonio cultural en el \u00a0pa\u00eds. Se fortalecer\u00e1n igualmente el Museo Nacional, la Biblioteca Nacional, el \u00a0Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda y el Archivo General de la Naci\u00f3n, \u00a0entidades que se constituyen como ejes de la acci\u00f3n patrimonial directa del \u00a0gobierno. Se consolidar\u00e1 la ampliaci\u00f3n f\u00edsica del Museo Nacional como proyecto \u00a0de inter\u00e9s social para fortalecer labores educativas y culturales y como apoyo \u00a0a los dem\u00e1s museos del pa\u00eds, en sus servicios educativos y culturales para los \u00a0colombianos del pr\u00f3ximo siglo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3 \u00a0Formaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0programa fomentar\u00e1 el conocimiento de nuestra realidad, historia, mitos y \u00a0ra\u00edces. El impulso a la antropolog\u00eda y a la arqueolog\u00eda y el rescate de la \u00a0ense\u00f1anza de las humanidades a nivel escolar contribuir\u00e1n a lograr este \u00a0cometido. Se promover\u00e1 el fortalecimiento de los programas y de las \u00a0instituciones nacionales y territoriales encargadas de desarrollar procesos \u00a0pedag\u00f3gico-art\u00edsticos y culturales y se promover\u00e1 la formaci\u00f3n y \u00a0profesionalizaci\u00f3n de los creadores y los gestores culturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4 \u00a0Fomento a la Creaci\u00f3n y a la Investigaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0estimular\u00e1 la creaci\u00f3n y la investigaci\u00f3n art\u00edstica con el objeto de reconocer \u00a0y promover el inmenso potencial art\u00edstico que pueda garantizarle al pa\u00eds la \u00a0continuidad de sus tradiciones culturales; se trata de conciliar conceptos como \u00a0identidad y globalizaci\u00f3n, y de elevar el nivel de los artistas nacionales y su \u00a0profesionalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5 \u00a0Cultura y Medios de Comunicaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0buscar\u00e1 fortalecer los procesos comunicativos (radiales, televisivos, impresos \u00a0y cinematogr\u00e1ficos) que refuercen los di\u00e1logos interculturales que ocurren en \u00a0el territorio nacional, con el prop\u00f3sito de contribuir a democratizar la \u00a0informaci\u00f3n y el acceso a las actividades, los bienes y los servicios \u00a0art\u00edsticos y culturales. Se continuar\u00e1, a trav\u00e9s de las radios comunitarias, \u00a0con la promoci\u00f3n de mecanismos reales y eficientes para proteger, conservar, \u00a0rehabilitar y divulgar nuestro patrimonio cultural, en particular el sonoro \u00a0(musical y oral). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De \u00a0igual forma, se participar\u00e1 activamente en la consolidaci\u00f3n del canal de \u00a0televisi\u00f3n cultural, y se propender\u00e1 por la ampliaci\u00f3n de espacios de \u00a0programaci\u00f3n cultural en los concesionarios de los medios de comunicaci\u00f3n \u00a0radiales y televisivos, buscando mecanismos para estimular a los canales \u00a0privados con el fin que produzcan y exhiban programas de alto nivel cultural. \u00a0Se fomentar\u00e1 la producci\u00f3n cinematogr\u00e1fica nacional mediante la generaci\u00f3n de \u00a0medios de financiamiento p\u00fablicos y privados de fuente nacional, bilateral e \u00a0internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6 \u00a0Industrias Culturales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con \u00a0el fin de consolidar el sector cultural como fuente de desarrollo econ\u00f3mico y \u00a0social, en los casos en que ello sea posible y conveniente, se buscar\u00e1 \u00a0incorporar la producci\u00f3n cultural en las din\u00e1micas del mercado, a trav\u00e9s de las \u00a0industrias y servicios culturales para lo cual se facilitar\u00e1n mecanismos que \u00a0incentiven la inversi\u00f3n en el sector, tales como dep\u00f3sitos aduaneros dedicados \u00a0a la actividad cultural. Los sectores prioritarios para el desarrollo de estas \u00a0pol\u00edticas ser\u00e1n la industria editorial, la industria cinematogr\u00e1fica, \u00a0fonogr\u00e1fica y el turismo cultural, entre otros. Para su fortalecimiento se \u00a0canalizar\u00e1n recursos hacia el Fondo Mixto de Promoci\u00f3n Cinematogr\u00e1fica y el \u00a0Fondo Mixto Nacional de Promoci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Salud \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 \u00a0Afiliaci\u00f3n al R\u00e9gimen Subsidiado de Salud, Atenci\u00f3n de Accidentes de Tr\u00e1nsito, \u00a0V\u00edctimas de Cat\u00e1strofes Naturales y Fortalecimiento de la Red de Urgencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Gobierno Nacional y las entidades territoriales mantendr\u00e1n la actual cobertura \u00a0de afiliaci\u00f3n al r\u00e9gimen subsidiado de seguridad social en salud y promover\u00e1n \u00a0su ampliaci\u00f3n Para esto destinar\u00e1n los recursos de la subcuenta de solidaridad \u00a0del Fosyga y las dem\u00e1s fuentes de financiaci\u00f3n del r\u00e9gimen subsidiado. Por otro \u00a0lado, con los recursos de la subcuenta ECAT se financiar\u00e1 la atenci\u00f3n de las \u00a0v\u00edctimas de accidentes de tr\u00e1nsito en los casos de carro fantasma, de las \u00a0personas v\u00edctimas de cat\u00e1strofes naturales y se fortalecer\u00e1 la Red de \u00a0Urgencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 \u00a0Plan de Atenci\u00f3n B\u00e1sica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministerio de Salud acordar\u00e1 con los ministerios del Medio Ambiente y Educaci\u00f3n \u00a0y con las entidades territoriales en el marco del Plan de Atenci\u00f3n B\u00e1sica, PAB, \u00a0el desarrollo de estrategias integradas de control de enfermedades emergentes y \u00a0reemergentes con \u00e9nfasis en la promoci\u00f3n de la salud, la participaci\u00f3n social y \u00a0el ordenamiento del medio ambiente. El Ministerio de Salud liderar\u00e1 la puesta \u00a0en marcha de una estrategia integral de promoci\u00f3n de la salud sexual y \u00a0reproductiva responsable, con \u00e9nfasis en la poblaci\u00f3n adolescente y con \u00a0perspectiva de g\u00e9nero. Adem\u00e1s, el Ministerio de Salud garantizar\u00e1 la atenci\u00f3n \u00a0integral en salud a la poblaci\u00f3n que se encuentre en situaci\u00f3n de \u00a0desplazamiento forzoso, propiciar\u00e1 los espacios municipales para la promoci\u00f3n \u00a0de la convivencia pac\u00edfica y orientar\u00e1 al sector en la integraci\u00f3n al plan nacional \u00a0de prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n de la violencia. Se incluir\u00e1n acciones para prevenir \u00a0el consumo de alcohol, cigarrillos y otras sustancias psicoactivas en ni\u00f1os, \u00a0ni\u00f1as y adolescentes. As\u00ed mismo, se pondr\u00e1 en marcha el Plan Nacional de \u00a0Atenci\u00f3n a las Personas con Discapacidad y Minusval\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3 \u00a0Otros Programas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.1 \u00a0Estabilidad Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0garantizar la estabilidad financiera del Sistema General de Seguridad Social en \u00a0Salud (SGSSS) y lograr el acceso a los servicios de salud con equidad, se \u00a0controlar\u00e1 la evasi\u00f3n y elusi\u00f3n de aportes, y se estudiar\u00e1 la posibilidad de \u00a0crear una central \u00fanica de recaudo para las distintas contribuciones al SGSS o \u00a0se utilizar\u00e1n otros sistemas de informaci\u00f3n como el registro \u00fanico de \u00a0aportantes. As\u00ed mismo, se evitar\u00e1 la doble afiliaci\u00f3n al r\u00e9gimen subsidiado y \u00a0se cobrar\u00e1 por ella seg\u00fan la capacidad de pago. Para optimizar recursos, el \u00a0Gobierno Nacional presentar\u00e1 un Proyecto de Ley \u00danico para el monopolio \u00a0rent\u00edstico de las loter\u00edas, apuestas y juegos de azar. Se establecer\u00e1n mecanismos \u00a0con el objeto de proteger los derechos de los afiliados al sistema de seguridad \u00a0social en salud, en cuanto a garantizarles el aseguramiento y por ende la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios, en caso de que la EPS o la ARS a la cual se \u00a0encuentran afiliados, tenga problemas de solvencia o quiebra. Por otro lado, se \u00a0flexibilizar\u00e1n los aportes de la Naci\u00f3n para el r\u00e9gimen subsidiado de salud, en \u00a0el sentido de condicionarlos a las disponibilidades financieras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.2 \u00a0Aumento de Cobertura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n \u00a0con el prop\u00f3sito de aumentar la cobertura, se transformar\u00e1n los subsidios de \u00a0oferta en subsidios a la demanda. De igual forma, se crear\u00e1n subsidios \u00a0parciales para la afiliaci\u00f3n al r\u00e9gimen subsidiado, se estudiar\u00e1n alternativas \u00a0para reducir el porcentaje de cotizaci\u00f3n o pagar el valor de la Unidad de Pago \u00a0por Capitaci\u00f3n-UPC-, y se evitar\u00e1 la afiliaci\u00f3n de poblaci\u00f3n no pobre al \u00a0r\u00e9gimen subsidiado. Se estudiar\u00e1 la posibilidad de definir paquetes de \u00a0servicios de salud diferentes al Plan Obligatorio de Salud-POS-para ciertos grupos \u00a0de poblaci\u00f3n en condiciones especiales. Las Cajas de Compensaci\u00f3n Familiar \u00a0destinar\u00e1n progresivamente recursos del r\u00e9gimen subsidiado para la afiliaci\u00f3n \u00a0de ni\u00f1os menores de 6 a\u00f1os de escasos recursos. La poblaci\u00f3n que no se afilie \u00a0al Sistema deber\u00e1 asumir directamente los costos de la atenci\u00f3n de salud que \u00a0requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0revisar\u00e1n los requisitos existentes para la conformaci\u00f3n de empresas promotoras \u00a0de salud, administradoras del r\u00e9gimen subsidiado e instituciones prestadoras de \u00a0servicios de salud para que en la creaci\u00f3n de nuevas entidades de este tipo se \u00a0garantice la existencia de condiciones t\u00e9cnicas, administrativas y financieras \u00a0que les permitan responder en debida forma con sus obligaciones. Se acabar\u00e1n \u00a0los privilegios de las EPS p\u00fablicas, de lo contrario se liquidar\u00e1n. Las ARS y \u00a0las Empresas Solidarias de Salud-ESS-deber\u00e1n agruparse para garantizar la \u00a0compensaci\u00f3n del riesgo y fortalecer su capacidad financiera. Se estudiar\u00e1 la \u00a0posibilidad de reestructurar las ARP para que un porcentaje de su cotizaci\u00f3n \u00a0sea trasladado a las EPS, para financiar los gastos en riesgos profesionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.3 \u00a0Instituto de los Seguros Sociales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Instituto de los Seguros Sociales (ISS) se reformar\u00e1 institucionalmente: se \u00a0separar\u00e1n las funciones de aseguramiento y prestaci\u00f3n de servicios y se \u00a0convertir\u00e1n en Empresas Sociales del Estado (ESE), las cl\u00ednicas y Centros de \u00a0Atenci\u00f3n Ambulatoria. Mediante el montaje de un sistema de informaci\u00f3n se \u00a0readecuar\u00e1n las nuevas condiciones generadas dada la implementaci\u00f3n de la Ley \u00a0de Seguridad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.4 \u00a0Fortalecimiento del Sistema de Garant\u00eda de Calidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0trabajar\u00e1 en el fortalecimiento del sistema de garant\u00eda de calidad en IPS y \u00a0EPS, a trav\u00e9s de mecanismos que incentiven el logro de niveles superiores de \u00a0calidad El Ministerio crear\u00e1 un sistema de indicadores de resultados que \u00a0permita evaluar la calidad en la prestaci\u00f3n de los servicios y lo pondr\u00e1 en \u00a0marcha en coordinaci\u00f3n con las EPS y ARS. As\u00ed mismo reglamentar\u00e1 la \u00a0acreditaci\u00f3n de las IPS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.5 \u00a0Hospitales P\u00fablicos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0hospitales p\u00fablicos deber\u00e1n transformarse en empresas sociales del Estado (ESE) \u00a0Para ello deber\u00e1n reestructurar sus plantas de personal, flexibilizar su \u00a0sistema de contrataci\u00f3n, mejorar su gesti\u00f3n, garantizar la solvencia de sus \u00a0sistemas de referencia y contrarreferencia y adecuar los servicios que prestan \u00a0para garantizar sostenibilidad y competitividad. Aquellos que no se \u00a0reestructuren, deber\u00e1n liquidarse, para apoyar este proceso, se otorgar\u00e1n \u00a0cr\u00e9ditos a trav\u00e9s de convenios, se ofrecer\u00e1 asistencia t\u00e9cnica y capacitaci\u00f3n a \u00a0las entidades territoriales cuando los hospitales hayan realizado la adecuaci\u00f3n \u00a0de la planta de personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6 \u00a0Clarificaci\u00f3n de las Competencias de los Distintos Niveles Territoriales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con \u00a0el objeto de hacer m\u00e1s eficiente la asignaci\u00f3n de los recursos, el Gobierno \u00a0Nacional presentar\u00e1 al Congreso de la Rep\u00fablica un proyecto de Ley que \u00a0modifique la Ley 60. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.7 \u00a0Sistema de Informaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0establecer\u00e1 un sistema de informaci\u00f3n confiable y oportuno que permita el \u00a0seguimiento de las acciones de los gobiernos locales y el flujo de informaci\u00f3n \u00a0hacia estos niveles, de tal forma que se les faciliten sus funciones. As\u00ed \u00a0mismo, se promover\u00e1 la homologaci\u00f3n de los sistemas de informaci\u00f3n y la \u00a0integraci\u00f3n de las acciones de todos los actores con el fin de lograr el \u00a0control y seguimiento, tanto de los usuarios del sistema como de los aspectos \u00a0relacionados con la prestaci\u00f3n de los servicios y el manejo del conjunto de los \u00a0recursos e infraestructura del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.8 \u00a0Sistema de Vigilancia y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0\u00e9ste, las distintas instancias que lo conformen, a saber; el Gobierno Nacional \u00a0y las entidades territoriales, definir\u00e1n claramente las competencias y las \u00a0funciones que cada instancia desarrollar\u00e1. As\u00ed mismo, se incluir\u00e1n mecanismos \u00a0de participaci\u00f3n ciudadana en el control integral del Sistema General de \u00a0Seguridad Social en Salud, en especial en los temas de afiliaci\u00f3n y garant\u00eda en \u00a0la satisfacci\u00f3n de los derechos de los usuarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.9 \u00a0Investigaci\u00f3n Cient\u00edfica en Salud \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministerio de Salud adelantar\u00e1 acciones de promoci\u00f3n de la investigaci\u00f3n \u00a0cient\u00edfica en salud b\u00e1sica y aplicada en las \u00e1reas de inter\u00e9s para el pa\u00eds, con \u00a0miras a brindar un proceso continuo de mejoramiento de la calidad cient\u00edfica y \u00a0\u00e9tica en la prestaci\u00f3n de los servicios de salud As\u00ed mismo, promover\u00e1 procesos \u00a0de planeaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, con el fin de fortalecer su racionalizaci\u00f3n y su \u00a0adecuada prestaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Familia y ni\u00f1ez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 \u00a0Programa Familia y Ni\u00f1ez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0lineamientos generales de la pol\u00edtica orientada hacia la familia colombiana se \u00a0enmarcan en la b\u00fasqueda de un compromiso social que promueva mejores \u00a0condiciones para el desarrollo individual y colectivo de sus miembros, \u00a0particularmente de los derechos de los ni\u00f1os y ni\u00f1as, as\u00ed como en la correcci\u00f3n \u00a0de la inequidad adicional que se genera v\u00eda el menor capital humano y social de \u00a0las familias pobres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 \u00a0Familia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Durante \u00a0este gobierno se promover\u00e1n las condiciones para el fortalecimiento y \u00a0desarrollo de la familia colombiana, incidiendo en los factores protectores que \u00a0favorecen el regeneramiento del tejido social. Con este fin, se estudiar\u00e1 la \u00a0estructura impositiva actual de las personas naturales, las tasas impositivas \u00a0por tipo de familia, as\u00ed como el subsidio familiar, de tal manera que \u00e9stos \u00a0operen en la direcci\u00f3n de incentivar un mayor capital social para la familia y \u00a0a su vez sean m\u00e1s neutrales desde el punto de vista demogr\u00e1fico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 \u00a0Promoci\u00f3n y Prevenci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Uno \u00a0de los \u00e9nfasis de este Plan consiste en vigorizar la promoci\u00f3n y la prevenci\u00f3n, \u00a0mediante diferentes mecanismos en los que la sociedad civil tendr\u00e1 un papel \u00a0preponderante y cuyo eje es el establecimiento educativo y el hogar comunitario \u00a0de bienestar, los maestros, los padres de familia, las madres comunitarias y \u00a0otros agentes comunitarios ser\u00e1n capacitados en la detecci\u00f3n precoz del \u00a0maltrato y de los problemas familiares y en las acciones a seguir en cuanto a \u00a0la forma de aproximaci\u00f3n al ni\u00f1o y de la remisi\u00f3n a otras entidades de apoyo en \u00a0los casos que se requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4 \u00a0Plan Nacional de Alimentaci\u00f3n y Nutrici\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A \u00a0trav\u00e9s del Sistema Nacional de Bienestar Familiar se articular\u00e1n las ocho \u00a0l\u00edneas de acci\u00f3n del Plan Nacional de Alimentaci\u00f3n y Nutrici\u00f3n, que actuar\u00e1 \u00a0prioritariamente en los ni\u00f1os y ni\u00f1as de las escuelas oficiales con \u00e9nfasis en \u00a0los sectores rurales y urbano marginales que presenten mayores d\u00e9ficits \u00a0nutricionales, mujeres embarazadas, madres lactantes y menores de siete (7) \u00a0a\u00f1os no cubiertos por hogares comunitarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.5 \u00a0Plan Nacional Contra la Violencia Intrafamiliar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0plan generar\u00e1 las directrices nacionales que servir\u00e1n de l\u00ednea de base o \u00a0est\u00e1ndar m\u00ednimo de atenci\u00f3n para la articulaci\u00f3n de las diferentes acciones \u00a0preventivas, educativas, de apoyo, de atenci\u00f3n y protecci\u00f3n que dar\u00e1n nuevas y \u00a0adecuadas respuestas a la problem\u00e1tica de la violencia intrafamiliar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.6 \u00a0Plan Nacional Contra las Drogas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0programa pretende promover una transformaci\u00f3n cultural y un mejoramiento de la \u00a0calidad de vida a trav\u00e9s del empoderamiento de la poblaci\u00f3n, creando las \u00a0condiciones necesarias para que las comunidades logren una comprensi\u00f3n integral \u00a0de su realidad, desarrollen estrategias novedosas comunitarias, se apropien de \u00a0sus problemas y proponguen y ejecuten alternativas de soluci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.7 \u00a0Programas de atenci\u00f3n integral a la ni\u00f1ez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0pol\u00edtica est\u00e1 encaminada a promover la atenci\u00f3n integral de la ni\u00f1ez y la \u00a0soluci\u00f3n de conflictos al interior de la familia y la comunidad, bajo los \u00a0principios de compromiso, participaci\u00f3n, equidad de g\u00e9nero y respeto a las \u00a0diferencias culturales y regionales, tanto en las zonas urbanas como en las \u00a0rurales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.8 \u00a0Nuevos Hogares Comunitarios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0promover\u00e1 la atenci\u00f3n integral a los ni\u00f1os pobres menores de seis (6) a\u00f1os. \u00a0Para esto se crear\u00e1n nuevos modelos de atenci\u00f3n con la concurrencia del ICBF, \u00a0las cajas de compensaci\u00f3n familiar, los gobiernos municipales y las familias de \u00a0los ni\u00f1os, entre otros actores, no se manejar\u00e1 un \u00fanico esquema de atenci\u00f3n, \u00a0pero los que se dise\u00f1en deber\u00e1n garantizar la atenci\u00f3n integral Cada caja de \u00a0compensaci\u00f3n, de acuerdo con sus posibilidades y las caracter\u00edsticas de su \u00a0poblaci\u00f3n, podr\u00e1 estructurar el programa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.9 \u00a0Iniciativas Municipales para la Atenci\u00f3n del Menor \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0programa busca cualificar la atenci\u00f3n y protecci\u00f3n ofrecida a la poblaci\u00f3n que \u00a0tradicionalmente ha sido beneficiaria de los programas del ICBF, a trav\u00e9s de la \u00a0cofinanciaci\u00f3n de iniciativas originadas por autogesti\u00f3n de la comunidad, el \u00a0gobierno local, las empresas y las organizaciones presentes en la localidad. Se \u00a0pretende que la soluci\u00f3n a las deficiencias nutricionales y el cuidado y \u00a0protecci\u00f3n de los ni\u00f1os, sean atendidos prioritariamente al interior de la \u00a0familia, de la sociedad y del municipio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.10 \u00a0Juventudes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0programas de juventud buscan contribuir al mejoramiento del bienestar de los \u00a0j\u00f3venes fortaleciendo las cualidades, capacidades y aptitudes del individuo que \u00a0conduzcan a una formaci\u00f3n integral, permitiendo su desarrollo f\u00edsico, \u00a0psicol\u00f3gico y social y propiciando una mejor y mayor participaci\u00f3n activa de \u00a0los j\u00f3venes en el desarrollo del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.11 \u00a0Pol\u00edticas en Reproducci\u00f3n Responsable \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0elaborar\u00e1 y pondr\u00e1 en marcha el plan nacional de salud sexual y reproductiva \u00a0liderado por el sector salud en coordinaci\u00f3n con el sector educativo y el ICBF, \u00a0abordando la salud sexual y la atenci\u00f3n de la salud reproductiva en forma \u00a0integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.12 \u00a0Comunicaci\u00f3n Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Un \u00a0componente fundamental en el gran cambio tendiente al nacimiento de una nueva \u00a0cultura a favor de la familia es el de comunicaci\u00f3n social, que acompa\u00f1e de \u00a0manera permanente, a nivel nacional, departamental, municipal, y en todos los \u00a0establecimientos (escuelas, centros de salud, hospitales, hogares de \u00a0bienestar), la puesta en marcha de las pol\u00edticas que se adoptan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.13 \u00a0Protecci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.13.1 \u00a0Protecci\u00f3n Especial al Menor de 18 A\u00f1os \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0estrategias que se desarrollen en materia de protecci\u00f3n especial, tendr\u00e1n como \u00a0objetivo mejorar la calidad de los servicios y garantizar que la medida sea \u00a0adecuada, oportuna y \u00e1gil \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.13.2 \u00a0Atenci\u00f3n Especial al Discapacitado y al Minusv\u00e1lido \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Esta \u00a0pol\u00edtica tiene como objetivo crear una cultura de tolerancia, de respeto de los \u00a0derechos y libertades a ser diferente, con base en los principios \u00a0constitucionales de reconocimiento de la dignidad de la persona, los derechos \u00a0fundamentales, la equidad y la solidaridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.13.3 \u00a0Protecci\u00f3n especial a la poblaci\u00f3n mayor de 60 a\u00f1os \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n mayor de sesenta (60) a\u00f1os se llevar\u00e1 a cabo en \u00a0coordinaci\u00f3n con las entidades territoriales, principalmente a trav\u00e9s de tres \u00a0estrategias diferentes: incorporaci\u00f3n voluntaria de esta poblaci\u00f3n al programa \u00a0jornada escolar complementaria, entrega de subsidios y afiliaci\u00f3n al r\u00e9gimen \u00a0subsidiado en salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.14 \u00a0Institucionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.14.1 \u00a0Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Gobierno Nacional pondr\u00e1 en operaci\u00f3n el SNBF, generando las condiciones para \u00a0que sus actores act\u00faen interinstitucionalmente en torno a la pol\u00edtica de \u00a0familia y ni\u00f1ez, igualmente, se propender\u00e1, su puesta en marcha a nivel \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.14.2 \u00a0Instituto Colombiano de Bienestar Familiar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dadas \u00a0las competencias y responsabilidades vigentes actualmente para los gobiernos \u00a0locales sobre los programas sociales, se pone en evidencia la necesidad de \u00a0redefinir las funciones y operaci\u00f3n del Instituto y su relaci\u00f3n con el Sistema \u00a0Nacional de Bienestar Familiar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.14.3 \u00a0Plan de Acci\u00f3n a Favor de la Infancia (PAFI) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Gobierno Nacional promover\u00e1 el cumplimiento de las metas establecidas en el \u00a0PAFI, mediante la coordinaci\u00f3n con las entidades responsables en el nivel \u00a0nacional, con los grupos intersectoriales departamentales y con los organismos \u00a0de planeaci\u00f3n territorial, para gestionar la inclusi\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento \u00a0de las pol\u00edticas de familia e infancia en los planes de desarrollo de las \u00a0entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Sector agropecuario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0acciones en el sector agropecuario estar\u00e1n dirigidas a integrar al sector \u00a0rural, mediante una pol\u00edtica que busca proveer condiciones para un desarrollo \u00a0competitivo, equitativo y sostenible del campo, en su diversidad y complejidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0lo anterior, se buscar\u00e1 ser eficientes en la ejecuci\u00f3n de los programas \u00a0gubernamentales de manera participativa y descentralizada, y se dar\u00e1 especial \u00a0\u00e9nfasis a los incentivos al sector privado con instrumentos tales como: el \u00a0Incentivo a la Capitalizaci\u00f3n Rural (ICR), el Certificado de Incentivo Forestal \u00a0(CIF). Lo anterior, con el prop\u00f3sito de reactivar la inversi\u00f3n rural en nuevos \u00a0proyectos productivos en procura de mayores logros en la competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0aumentar la generaci\u00f3n de empleo y los ingresos de los trabajadores del \u00a0campo-requisito indispensable para lograr un ambiente de armon\u00eda y paz-, se \u00a0facilitar\u00e1 el acceso a los factores productivos, especialmente a trav\u00e9s del \u00a0programa de reforma agraria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1 \u00a0Incentivo a la Capitalizaci\u00f3n Rural \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A \u00a0trav\u00e9s de este programa, se continuar\u00e1n jalonando recursos del sector privado, \u00a0en beneficio del desarrollo y la competitividad agropecuaria. Se actuar\u00e1 para \u00a0lograr resultados en \u00e1reas tales como: adecuaci\u00f3n de tierras, comercializaci\u00f3n, \u00a0mecanizaci\u00f3n, modernizaci\u00f3n e insumos y servicios de apoyo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2 \u00a0Pol\u00edtica Comercial Externa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0el marco de los acuerdos sectoriales de competitividad y los compromisos \u00a0internacionales, se realizar\u00e1 una protecci\u00f3n de la producci\u00f3n nacional que \u00a0tambi\u00e9n tendr\u00e1 en cuenta criterios de seguridad alimentaria, generaci\u00f3n de \u00a0empleo y sensibilidad de la producci\u00f3n nacional, igualmente, se propender\u00e1 al \u00a0desmonte de las distorsiones y barreras al comercio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0apoyar\u00e1 la investigaci\u00f3n de mercados internacionales en la Corporaci\u00f3n Colombia \u00a0Internacional (CCI) para productos agropecuarios y agroindustriales, identificando, \u00a0promoviendo y desarrollando oportunidades y proyectos para bienes de origen \u00a0agropecuario con potencial de producci\u00f3n a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3 \u00a0Comercializaci\u00f3n Interna \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0este campo se modernizar\u00e1n los sistemas de comercializaci\u00f3n agropecuaria para \u00a0reducir la incertidumbre de los productores y mejorar su capacidad de \u00a0negociaci\u00f3n, reducir costos de transacci\u00f3n y aumentar la competitividad del \u00a0sector Adicionalmente, se continuar\u00e1n ejecutando los incentivos, compensaciones \u00a0y subsidios a la comercializaci\u00f3n dirigidos al sector privado para que ejecuten \u00a0la pol\u00edtica de comercializaci\u00f3n pero ser\u00e1n desmontados en el tiempo y sus \u00a0beneficios ser\u00e1n principalmente para aquellos agentes que promuevan la \u00a0modernizaci\u00f3n, competitividad y agricultura por contrato. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.4 \u00a0Pol\u00edtica Crediticia Agropecuaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0fortalecer la inversi\u00f3n rural, se impulsar\u00e1 la financiaci\u00f3n de actividades de \u00a0producci\u00f3n, transformaci\u00f3n, comercializaci\u00f3n, de prestaci\u00f3n de servicios \u00a0asociados a actividades agropecuarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0promover\u00e1n l\u00edneas de cr\u00e9dito que se adapten a los flujos de recursos de los \u00a0proyectos productivos con potencial competitivo pero de tard\u00edo rendimiento, se \u00a0evaluar\u00e1 la gesti\u00f3n de la Caja Agraria y se buscar\u00e1n alternativas con el \u00a0objetivo de mejorar los servicios financieros rurales y ampliar la cobertura y \u00a0acceso a los peque\u00f1os productores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.5 \u00a0Investigaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0fortalecer\u00e1 el funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnolog\u00eda para \u00a0garantizar que sus funciones se integren y respondan a las necesidades \u00a0tecnol\u00f3gicas de los productores CORPOICA atender\u00e1 los campos de la \u00a0investigaci\u00f3n b\u00e1sica y estrat\u00e9gica no apropiable por el sector privado, en \u00a0productos relevantes de la econom\u00eda con potencial competitivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.6 \u00a0Adecuaci\u00f3n de Tierras \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0desarrollo del proceso de adecuaci\u00f3n de tierras, el Instituto Nacional de \u00a0Adecuaci\u00f3n de Tierras (INAT) ajustar\u00e1 sus funciones hacia la planificaci\u00f3n y \u00a0acompa\u00f1amiento en la ejecuci\u00f3n de los proyectos Los recursos disponibles ser\u00e1n \u00a0administrados por el Consejo Nacional de Adecuaci\u00f3n de Tierras (CONSUAT) y \u00a0FINAGRO. Se utilizar\u00e1 una combinaci\u00f3n de cr\u00e9dito a largo plazo con subsidio \u00a0para la realizaci\u00f3n de las obras, para la recuperaci\u00f3n de los recursos \u00a0invertidos se utilizar\u00e1n esquemas de concesi\u00f3n y cobro de tarifas por uso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.7 \u00a0Sanidad Agropecuaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0ICA continuar\u00e1 ejecutando este programa. Sin embargo, algunas de las labores \u00a0que realiza actualmente se delegar\u00e1n, buscando una ampliaci\u00f3n de la cobertura y \u00a0la modernizaci\u00f3n de los servicios prestados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.8 \u00a0Reforma Agraria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0reforma agraria se promover\u00e1 mediante la utilizaci\u00f3n de un modelo integral, \u00a0eficiente, transparente e innovador; Se patrocinar\u00e1 la negociaci\u00f3n voluntaria y \u00a0la compra de tierras, individual o colectivamente, dentro de proyectos \u00a0productivos concretos, realizados de manera descentralizada y con veedur\u00eda \u00a0ciudadana; Se avanzar\u00e1 hacia el desarrollo integral de las zonas de reserva \u00a0campesina, definidas tanto en las \u00e1reas de colonizaci\u00f3n como dentro de la \u00a0frontera agr\u00edcola, en un adecuado marco de ordenamiento territorial; Se buscar\u00e1 \u00a0la vinculaci\u00f3n del capital privado, a trav\u00e9s de recursos financieros o tierras, \u00a0bajo la modalidad de un Programa de Alianzas Productivas para la reactivaci\u00f3n \u00a0sostenible del agro; Se impulsar\u00e1 la aplicaci\u00f3n efectiva de la reserva de \u00a0dominio, para tierras adquiridas con dineros obtenidos de actividades il\u00edcitas \u00a0y de aquellas tierras inexplotadas o explotadas muy por debajo de su potencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.9 \u00a0Desarrollo Rural \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0desarrollo rural ser\u00e1 promovido con el fin de mejorar las condiciones de \u00a0convivencia en el campo se propender\u00e1 a la implementaci\u00f3n de un modelo \u00a0econ\u00f3mico y social que privilegie la iniciativa regional, la participaci\u00f3n \u00a0ciudadana y trascienda lo estrictamente agropecuario. Se fomentar\u00e1n e \u00a0impulsar\u00e1n n\u00facleos de desarrollo productivo y la coordinaci\u00f3n interinstitucional \u00a0en concertaci\u00f3n con el sector empresarial privado, y las comunidades rurales, \u00a0todo esto en un progresivo proceso de participaci\u00f3n y decisi\u00f3n a nivel \u00a0regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.10 \u00a0Plan Nacional de Desarrollo Alternativo (PLANTE) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dentro \u00a0del PLANTE se impulsar\u00e1n actividades de desarrollo productivo rentable que sean \u00a0opciones a los cultivos il\u00edcitos, se adelantar\u00e1n Planes Regionales de \u00a0Desarrollo Alternativo, dirigidos a proyectos de infraestructura rural, \u00a0investigaci\u00f3n y desarrollo agr\u00edcola, tambi\u00e9n orientados a proyectos \u00a0agroindustriales, esquemas de cr\u00e9dito, protecci\u00f3n ambiental, asistencia t\u00e9cnica \u00a0y promoci\u00f3n de la inversi\u00f3n privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Medio ambiente \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0objetivo general de la pol\u00edtica ambiental es restaurar y conservar \u00e1reas prioritarias \u00a0en las ecorregiones estrat\u00e9gicas, promoviendo y fomentando el desarrollo \u00a0regional y sectorial sostenible, en el contexto de la construcci\u00f3n de la paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0lograrlo esta pol\u00edtica se estructura en un Proyecto Colectivo Ambiental, el \u00a0cual se desarrolla a trav\u00e9s de tres objetivos, que se materializan en siete \u00a0programas. Los objetivos espec\u00edficos son: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Conservar y restaurar \u00e1reas prioritarias en las ecorregiones estrat\u00e9gicas \u00a0(Agua, Biodiversidad y Bosques). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Dinamizar el desarrollo urbano y regional sostenible (Calidad de vida urbana y \u00a0Sostenibilidad de los procesos productivos end\u00f3genos). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Contribuir a la sostenibilidad ambiental de los sectores (Producci\u00f3n m\u00e1s limpia \u00a0y Mercados verdes). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Proyecto Colectivo Ambiental est\u00e1 estructurado con base en siete programas \u00a0centrales. La interdependencia entre todos estos programas define una \u00a0orientaci\u00f3n general de pol\u00edtica, consistente en el manejo sist\u00e9mico y \u00a0concertado del conjunto de acciones del Proyecto Colectivo Ambiental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0el desarrollo de estos programas se establecer\u00e1n los siguientes instrumentos: \u00a0Participaci\u00f3n, Informaci\u00f3n, Coordinaci\u00f3n y Articulaci\u00f3n del Sistema Nacional \u00a0Ambiental, Gesti\u00f3n ambiental municipal, Ordenamiento territorial y \u00a0planificaci\u00f3n, Generaci\u00f3n de conocimiento y educaci\u00f3n, Cooperaci\u00f3n y \u00a0negociaci\u00f3n internacional, Regulaciones e instrumentos econ\u00f3micos y \u00a0financieros, e Instrumentos Normativos y fortalecimiento institucional del \u00a0sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0pol\u00edtica ambiental considera como su eje articulador el agua; es decir, se \u00a0sit\u00faa en el punto de confluencia entre la crisis del agua y la crisis social y \u00a0econ\u00f3mica. Por lo tanto, propicia la b\u00fasqueda de soluciones concertadas que \u00a0permitan frenar el proceso de deterioro de los ecosistemas h\u00eddricos, explorar \u00a0alternativas de convivencia en torno a los intereses colectivos sobre el agua, \u00a0e incidir en los niveles locales, regionales y nacionales de toma de \u00a0decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1 \u00a0Programa Agua \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0dirige a avanzar en el ordenamiento, manejo adecuado y recuperaci\u00f3n de los \u00a0ecosistemas continentales y marinos; en los primeros, aumentando la capacidad \u00a0de regulaci\u00f3n de agua en las cuencas hidrogr\u00e1ficas y, en ambos, promoviendo la \u00a0eficiencia en su uso, y reduciendo los niveles de contaminaci\u00f3n y riesgos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2 \u00a0Programa Biodiversidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0programa tiene por objeto aportar a la conservaci\u00f3n y restauraci\u00f3n de \u00e1reas \u00a0prioritarias de ecosistemas forestales y no forestales en ecorregiones \u00a0estrat\u00e9gicas y la protecci\u00f3n de especies amenazadas y de distribuci\u00f3n limitada \u00a0Busca, adem\u00e1s, fortalecer los sistemas de conocimiento e innovaci\u00f3n sobre los \u00a0componentes y usos de la biodiversidad, y optimizar sus beneficios sociales y \u00a0econ\u00f3micos, fortaleciendo la capacidad tecnol\u00f3gica, de manejo y negociaci\u00f3n por \u00a0parte del Estado y de la sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3 \u00a0Programa Bosques \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sus \u00a0esfuerzos est\u00e1n orientados a avanzar en la conservaci\u00f3n y restauraci\u00f3n de \u00e1reas \u00a0prioritarias en las ecorregiones estrat\u00e9gicas, en este contexto, busca promover \u00a0e incentivar la acci\u00f3n conjunta del Estado y la sociedad civil en la \u00a0conservaci\u00f3n y el uso sostenible de los bosques, la reforestaci\u00f3n, la \u00a0restauraci\u00f3n ecol\u00f3gica y el establecimiento de plantaciones productoras que \u00a0generen beneficios econ\u00f3micos y sociales a la poblaci\u00f3n, busca, igualmente, \u00a0fortalecer su incorporaci\u00f3n a la econom\u00eda nacional y al mejoramiento de la \u00a0calidad de vida de la poblaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0desarrollar el objetivo espec\u00edfico de dinamizar el desarrollo urbano y \u00a0regional, se estructuran los siguientes dos programas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.4 \u00a0Programa Sostenibilidad de los Procesos Productivos End\u00f3genos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Tiene \u00a0por objeto impulsar y fomentar el uso sostenible de la diversidad biol\u00f3gica y \u00a0el patrimonio cultural en los procesos de conservaci\u00f3n, para beneficio \u00a0econ\u00f3mico y social de las regiones, como estrategia para el fortalecimiento del \u00a0desarrollo end\u00f3geno regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.5 \u00a0Programa Calidad de Vida Urbana \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0dirige a prevenir y controlar los factores de deterioro de la calidad ambiental \u00a0en las \u00e1reas urbanas de mayor din\u00e1mica poblacional y econ\u00f3mica; adoptar modelos \u00a0de desarrollo urbano sostenibles, acordes con las condiciones particulares de \u00a0los asentamientos humanos, atender las necesidades ambientales colectivas y \u00a0proteger y consolidar su capital natural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.6 \u00a0Programa Producci\u00f3n m\u00e1s Limpia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0dirige a promover la producci\u00f3n m\u00e1s limpia en los sectores dinamizadores de la \u00a0econom\u00eda y con mayor impacto ambiental, entre los cuales se destaca de manera \u00a0especial la miner\u00eda, y en segundo lugar, sectores como el energ\u00e9tico, el \u00a0industrial, el tur\u00edstico, el agropecuario, y el de construcci\u00f3n. Se dirige, \u00a0igualmente, a incorporar la dimensi\u00f3n ambiental en el desarrollo de la \u00a0infraestructura nacional y en el crecimiento de los sectores de la econom\u00eda, \u00a0con miras a promover su sostenibilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.7 \u00a0Programa Mercados Verdes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Est\u00e1 \u00a0dirigido a incentivar la producci\u00f3n de bienes y servicios ambientalmente sanos \u00a0y a incrementar la oferta de servicios ecol\u00f3gicos competitivos en los mercados \u00a0nacionales e internacionales, garantizando el reconocimiento de los derechos \u00a0intelectuales y del pa\u00eds de origen respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.8 \u00a0Fortalecimiento Institucional del Sector \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0programa busca fortalecer las instituciones encargadas de la administraci\u00f3n del \u00a0sector, a trav\u00e9s de unificar los fondos que existen en materia ambiental. \u00a0Igualmente, se buscar\u00e1 redirigir el tema de las licencias ambientales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Justicia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0objetivo principal de la pol\u00edtica deber\u00e1 dirigirse hacia la generaci\u00f3n de \u00a0acciones que faciliten el acceso a la justicia, potencien la generaci\u00f3n de \u00a0patrones de convivencia y establezcan mecanismos para la prevenci\u00f3n, atenci\u00f3n y \u00a0control de los factores asociados con la presentaci\u00f3n de hechos punibles y el \u00a0desarrollo de violencia. Con \u00e9ste prop\u00f3sito se adelantar\u00e1n programas de \u00a0justicia formal como de justicia no formal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1 \u00a0Modernizaci\u00f3n y Desarrollo de la Infraestructura F\u00edsica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0objetivo principal del programa est\u00e1 dirigido a la modernizaci\u00f3n de la gesti\u00f3n \u00a0p\u00fablica a trav\u00e9s de la inversi\u00f3n en infraestructura f\u00edsica. Por esta raz\u00f3n, se \u00a0orientar\u00e1n recursos de inversi\u00f3n a la construcci\u00f3n de las sedes de los \u00a0despachos judiciales y de la administraci\u00f3n de justicia en las cabeceras de \u00a0circuito o de distrito considerados prioritarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2 \u00a0Modernizaci\u00f3n y Desarrollo de la Infraestructura Tecnol\u00f3gica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0esfuerzos del presente programa, estar\u00e1n orientados a la modernizaci\u00f3n de la \u00a0gesti\u00f3n p\u00fablica a trav\u00e9s de la inversi\u00f3n en medios tecnol\u00f3gicos. Con este \u00a0prop\u00f3sito se adecuar\u00e1n los recursos de infraestructura y tecnolog\u00eda a las \u00a0nuevas propuestas de organizaci\u00f3n de los despachos judiciales y de la administraci\u00f3n \u00a0de la justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entre \u00a0otros objetivos espec\u00edficos del programa, se encuentra el establecimiento de \u00a0esquemas de organizaci\u00f3n de la gesti\u00f3n y la adecuaci\u00f3n de las plantas de \u00a0personal a trav\u00e9s de modelos dise\u00f1ados para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.3 \u00a0Sistema Carcelario y Penitenciario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A \u00a0trav\u00e9s de este programa se busca atender de manera integral la poblaci\u00f3n \u00a0reclusa en el proceso de administraci\u00f3n de la pena. Se pretende el cambio de \u00a0actitud hacia el recluso teniendo en cuenta a la persona, sus condiciones, \u00a0necesidades, capacidades, derechos y obligaciones, dentro de un marco \u00a0humanizante y dignificante de trato al infractor de la ley, que le permita \u00a0valorar en el espacio carcelario sus potencialidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0buscar\u00e1 la atenci\u00f3n integral a la poblaci\u00f3n reclusa estimulando el desarrollo \u00a0progresivo de sus valores tanto individuales como sociales; mejor\u00e1ndole su \u00a0autoestima y permiti\u00e9ndole actuar aut\u00f3nomamente, facilit\u00e1ndole la construcci\u00f3n \u00a0de una vida personal y social de verdadera convivencia humana que asegure su \u00a0bienestar y el de su familia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0dise\u00f1ar\u00e1n y ejecutar\u00e1n acciones tendientes a la atenci\u00f3n social y a la \u00a0estructuraci\u00f3n de un programa de atenci\u00f3n en salud; a la capacitaci\u00f3n laboral; \u00a0a la reestructuraci\u00f3n y al fortalecimiento de la empresa de econom\u00eda mixta \u00a0Renacimiento, a fin de transformarla en el eje central de la selecci\u00f3n, \u00a0formaci\u00f3n y ocupaci\u00f3n de la mano de obra en los centros de reclusi\u00f3n, con miras \u00a0al desarrollo progresivo de los valores y habilidades de la poblaci\u00f3n reclusa, \u00a0por medio del trabajo formativo y la educaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0al Plan de Construcci\u00f3n y Refacci\u00f3n Carcelaria, el cual har\u00e1 parte integral del \u00a0Plan Nacional de Desarrollo, se avanzar\u00e1 en el logro de espacios adecuados que \u00a0garanticen a los reclusos condiciones de vida digna, para lo cual se tendr\u00e1n en \u00a0cuenta aspectos tales como: diferenciaci\u00f3n entre condenados y sindicados; edad, \u00a0sexo, peligrosidad, etc. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.4 \u00a0Defensor\u00eda del Pueblo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0programa busca fortalecer las labores de la Defensor\u00eda del Pueblo a trav\u00e9s de \u00a0permitir que el Servicio Legal Popular se preste en esta instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Gobierno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1 \u00a0Programa de Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1.1 \u00a0Conocimiento sobre Riesgos de Origen Natural y Antr\u00f3pico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0diferentes entidades que conforman el Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y \u00a0Atenci\u00f3n de Desastres y las entidades t\u00e9cnicas y cient\u00edficas integrantes del \u00a0Sistema Nacional de Ciencia y Tecnolog\u00eda adelantar\u00e1n investigaciones y \u00a0evaluaciones de amenazas naturales, e instalar\u00e1n y consolidar\u00e1n redes y \u00a0sistemas de detecci\u00f3n y alerta, para informar a los comit\u00e9s locales y \u00a0regionales y para organizar a la comunidad con base en la informaci\u00f3n \u00a0suministrada Este programa incluye los siguientes subprogramas: Instalaci\u00f3n y \u00a0consolidaci\u00f3n de redes; procedimientos y sistemas de detecci\u00f3n y alerta para la \u00a0vigilancia y aviso oportuno para la poblaci\u00f3n, y evaluaci\u00f3n de riesgos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1.2 \u00a0Incorporaci\u00f3n de la Prevenci\u00f3n y Reducci\u00f3n de Riesgos en la Planificaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0subprogramas previstos para el desarrollo de este programa son: incorporaci\u00f3n \u00a0de criterios preventivos y de seguridad en los planes de desarrollo y \u00a0ordenamiento territorial; manejo y tratamiento de asentamientos humanos y de \u00a0infraestructura localizados en zonas de riesgo; y, articulaci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0ambiental y de prevenci\u00f3n de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1.3 \u00a0Fortalecimiento del Desarrollo Institucional del Sistema para la Prevenci\u00f3n y \u00a0Atenci\u00f3n de Desastres \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0promover\u00e1n acciones de fortalecimiento institucional de las entidades y comit\u00e9s \u00a0regionales y locales, tanto t\u00e9cnicos como operativos, que intervienen en el \u00a0SNPAD. Este programa incluye los siguientes subprogramas: fortalecimiento de \u00a0las entidades nacionales del SNPAD; fortalecimiento de los comit\u00e9s regionales y \u00a0locales de prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n de desastres; fortalecimiento de las entidades \u00a0operativas; medidas de protecci\u00f3n y contingencia en obras de infraestructura; \u00a0desarrollo y actualizaci\u00f3n de planes de emergencia y contingencia; dise\u00f1o de \u00a0mecanismos eficientes y de tratamiento preferencial de proyectos de \u00a0reconstrucci\u00f3n; Sistema Integrado de Informaci\u00f3n para la prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n \u00a0de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1.4 \u00a0Socializaci\u00f3n de la Prevenci\u00f3n y Mitigaci\u00f3n de Riesgos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0entidades p\u00fablicas y privadas, los organismos no gubernamentales y la sociedad \u00a0civil comprometidos en el Plan de Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres, \u00a0participar\u00e1n activamente en la ejecuci\u00f3n y desarrollo de los siguientes \u00a0subprogramas: Informaci\u00f3n p\u00fablica para la prevenci\u00f3n y reacci\u00f3n adecuada de la \u00a0comunidad en caso de desastre; incorporaci\u00f3n de los conceptos de prevenci\u00f3n de \u00a0desastres y protecci\u00f3n ambiental en la educaci\u00f3n formal y no formal; desarrollo \u00a0de un Sistema Nacional de capacitaci\u00f3n de funcionarios y capacitadores \u00a0comunitarios y desarrollo de actividades con las organizaciones de la sociedad \u00a0civil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Estrategias Dirigidas a Zonas Afectadas por el Conflicto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Puesto \u00a0que los programas en este campo est\u00e1n dirigidos a crear condiciones que le den \u00a0viabilidad a la consecuci\u00f3n de la paz y a garantizar su sostenibilidad en el \u00a0largo plazo, dentro de sus objetivos se contemplan inversiones simult\u00e1neas en \u00a0diferentes sectores, tanto a nivel rural como urbano, y en particular, en \u00a0aquellas \u00e1reas m\u00e1s afectadas por las din\u00e1micas del conflicto y la violencia. En \u00a0ese sentido, no es conveniente separar o fragmentar los programas de acuerdo a \u00a0sus acciones en diferentes \u00e1reas pues su efecto, en t\u00e9rminos de la generaci\u00f3n \u00a0de condiciones para reducir la violencia depender\u00e1, en gran medida, de su \u00a0capacidad para integrar aspectos de la pol\u00edtica social como, por ejemplo, la \u00a0atenci\u00f3n humanitaria de emergencia o la construcci\u00f3n y fortalecimiento del \u00a0capital humano y social, con inversiones dirigidas a promover el desarrollo de \u00a0actividades econ\u00f3micas o productivas tales como infraestructura o \u00a0fortalecimiento de la organizaci\u00f3n empresarial, entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.1 \u00a0Plan Colombia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.1.1 \u00a0Proyectos Productivos Participativos (rural) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0facilitar el desarrollo de actividades econ\u00f3micas que proporcionen a la \u00a0poblaci\u00f3n alternativas para mejorar el nivel de ingreso y su calidad de vida, \u00a0se busca fortalecer la organizaci\u00f3n empresarial comunitaria e incrementar la \u00a0productividad y competitividad para poder competir en los mercados nacional e \u00a0internacional. Lo anterior incluye capacitaci\u00f3n productiva, agropecuaria, \u00a0agroindustrial y administrativa, de acuerdo con las necesidades particulares de \u00a0cada regi\u00f3n y producto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.1.2 \u00a0Atenci\u00f3n Humanitaria y Promoci\u00f3n y Protecci\u00f3n del Capital Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0busca reconocer y atender a la poblaci\u00f3n v\u00edctima de la violencia y fomentar el \u00a0desarrollo del potencial de los ciudadanos, como individuos y como comunidad, \u00a0que les permita ser productivos econ\u00f3mica y socialmente Involucra, de una \u00a0parte, acciones de atenci\u00f3n humanitaria a v\u00edctimas de la violencia para mitigar \u00a0las p\u00e9rdidas causadas por \u00e9sta, asistencia alimentaria, refugio, salud y \u00a0saneamiento b\u00e1sico; y de otra, la atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n desplazada en temas \u00a0como: cuantificaci\u00f3n y cualificaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n, atenci\u00f3n de emergencias, \u00a0prevenci\u00f3n, retorno y reubicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.1.3 \u00a0Desarrollo Institucional y Fortalecimiento del Capital Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Busca \u00a0alterar los patrones de comportamiento a trav\u00e9s de las cuales se desarrolla y \u00a0reproduce la violencia, fortaleciendo la acci\u00f3n de organizaciones locales en \u00a0temas de paz, resoluci\u00f3n de conflictos y violencia intrafamiliar, entre otros. \u00a0Apoyar\u00e1 el fortalecimiento de ONG locales, nacionales o internacionales que \u00a0involucran a la comunidad de manera directa en el tratamiento de los efectos de \u00a0la violencia en ni\u00f1os, j\u00f3venes y discapacitados, y en los comportamientos \u00a0aprendidos en relaci\u00f3n con la resoluci\u00f3n violenta de los conflictos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.1.4 \u00a0Infraestructura para la Paz \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Promover\u00e1 \u00a0el desarrollo de proyectos de infraestructura que permitan comunicar y \u00a0viabilizar econ\u00f3mica y socialmente las actividades productivas, mejorar la \u00a0calidad de vida de la poblaci\u00f3n y desarticular de los factores socioecon\u00f3micos \u00a0que refuerzan la violencia. Identificar\u00e1 las necesidades de construcci\u00f3n, \u00a0rehabilitaci\u00f3n y mantenimiento de proyectos de redes secundarias y terciarias, \u00a0v\u00edas fluviales, electrificaci\u00f3n rural, e infraestructura social en zonas \u00a0cr\u00edticas de violencia, que adem\u00e1s son indispensables para asegurar el \u00e9xito de \u00a0los proyectos productivos participativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.1.5 \u00a0Promoci\u00f3n de la Sostenibilidad Ambiental \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Busca \u00a0generar beneficios sociales en las comunidades, generar empleo y mayores \u00a0niveles de ingreso, por medio de la provisi\u00f3n de bienes y servicios \u00a0ambientales, en este sentido, contempla la puesta en marcha de proyectos de \u00a0explotaci\u00f3n de recursos madereros bajo esquemas de manejo y ordenamiento de \u00a0bosques, proyectos silviculturales orientados a la explotaci\u00f3n sostenible de \u00a0recursos forestales para usos distintos al maderero, y proyectos de ecoturismo \u00a0en los Parques Naturales Nacionales que involucren a los habitantes de su \u00a0periferia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.2 \u00a0Pol\u00edticas de Paz y Convivencia Ciudadana \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.2.1.Programa \u00a0de Convivencia y Seguridad Ciudadana \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Desarrolla \u00a0estrategias de lucha contra la violencia en zonas urbanas, bajo una doble \u00a0orientaci\u00f3n: por una parte, pol\u00edticas de control de la criminalidad y las \u00a0expresiones violentas y por otra parte, pol\u00edticas con mayor \u00e9nfasis en la \u00a0prevenci\u00f3n de la violencia y en el desarrollo de c\u00f3digos de convivencia y \u00a0mecanismos alternativos de resoluci\u00f3n de conflictos en las ciudades, entre \u00a0otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.2.2 \u00a0Estrategia Contra la Corrupci\u00f3n: Prioridad en la Consolidaci\u00f3n de un Ambiente \u00a0Pac\u00edfico (Principales programas) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.2.2.1 \u00a0Fortalecimiento del Proceso de Selecci\u00f3n de los Funcionarios P\u00fablicos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Busca \u00a0privilegiar la participaci\u00f3n en el sector p\u00fablico de los colombianos m\u00e1s \u00a0capaces, a trav\u00e9s del principio del m\u00e9rito profesional para los nombramientos. \u00a0Para ello se crear\u00e1 un Comit\u00e9 Consultivo para la revisi\u00f3n de las hojas de vida \u00a0de los altos funcionarios, cuya secretar\u00eda t\u00e9cnica estar\u00e1 a cargo del Programa \u00a0de Lucha contra la Corrupci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.2.2.2 \u00a0Disminuci\u00f3n de la Impunidad en Relaci\u00f3n con los Comportamientos Corruptos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A \u00a0trav\u00e9s de la instalaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n, creada \u00a0por el art\u00edculo 67 de la Ley 190 de 1995, busca \u00a0incrementar los costos morales asociados a las pr\u00e1cticas corruptas y promover \u00a0el desarrollo de c\u00f3digos de \u00e9tica al interior de todas las entidades del sector \u00a0p\u00fablico. Adicionalmente, se establecer\u00e1n oficinas y buzones de recepci\u00f3n de \u00a0quejas y reclamos, as\u00ed como l\u00edneas telef\u00f3nicas para la denuncia de delitos \u00a0contra la administraci\u00f3n p\u00fablica, como complemento, se realizar\u00e1n acciones de \u00a0sensibilizaci\u00f3n y educaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n respecto a la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.3 \u00a0Fortalecimiento de los Sistemas de Informaci\u00f3n y Control de la Gesti\u00f3n P\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Orientado \u00a0a aumentar la probabilidad de descubrir efectivamente al funcionario corrupto, \u00a0y al mismo tiempo desestimular este tipo de comportamientos, dicho \u00a0fortalecimiento contempla acciones tales como el dise\u00f1o de indicadores de \u00a0percepci\u00f3n ciudadana sobre la calidad de los servicios y el desarrollo de un \u00a0programa especial de formaci\u00f3n para funcionarios del Estado, para que conozcan, \u00a0interioricen y apliquen los mecanismos y procedimientos contemplados por el Decreto 2150 de 1995 \u00a0la Ley 190 de 1995 y \u00a0dem\u00e1s herramientas para la modernizaci\u00f3n institucional. As\u00ed mismo, se \u00a0establecer\u00e1n mecanismos t\u00e9cnicos para conocer los costos de la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De \u00a0otra parte, se introducen mecanismos para facilitar y agilizar la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica, es de especial importancia flexibilizar las finanzas \u00a0p\u00fablicas para poder garantizar los recursos necesarios para la ejecuci\u00f3n del \u00a0plan, definir que los recursos de car\u00e1cter extraordinario no pueden soportar \u00a0gastos permanentes bajo riesgo de provocar graves desbalances en las finanzas \u00a0p\u00fablicas, se requiere permitir el cambio de las fuentes de financiaci\u00f3n de las \u00a0fuentes de financiamiento sujet\u00e1ndose a las autorizaciones del Congreso, \u00a0establecer un procedimiento \u00e1gil para reducir el presupuesto a causa de las \u00a0reservas y cuentas por pagar, definir el alcance de los contratos con \u00a0organismos multilaterales, precisar las entidades sin \u00e1nimo de lucro que en \u00a0virtud del Art\u00edculo 355 de la Constituci\u00f3n pueden \u00a0recibir recursos del Estado, la forma de transferir los recursos que en virtud \u00a0de la Ley 226 le corresponden a las entidades territoriales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.3.1 \u00a0Pactos Anticorrupci\u00f3n en la Contrataci\u00f3n P\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con \u00a0el fin de convocar a la sociedad civil en la lucha contra la corrupci\u00f3n, se \u00a0promover\u00e1 la adhesi\u00f3n al programa mundial de Transparencia Internacional Islas \u00a0de integridad, de manera que los proponentes en licitaciones p\u00fablicas \u00a0internacionales y nacionales se obliguen por medio de acuerdos anticorrupci\u00f3n \u00a0con responsabilidades personales y econ\u00f3micas. Adicionalmente, se buscar\u00e1 una \u00a0mayor transparencia al hacer p\u00fablica la informaci\u00f3n sobre los procesos de \u00a0contrataci\u00f3n, de manera que la comunidad pueda ejercer un verdadero control. \u00a0Tambi\u00e9n se establecer\u00e1n convenios de comportamiento \u00e9tico con los gremios \u00a0econ\u00f3micos y los afiliados que contratan con el Estado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Defensa y seguridad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0objetivo central del sector defensa y seguridad del pa\u00eds es contribuir a la \u00a0consolidaci\u00f3n de un entorno de seguridad y confianza ciudadana como base para \u00a0una paz justa y duradera, que sea el cimiento del desarrollo social y \u00a0econ\u00f3mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con \u00a0ello se pretende fortalecer al estamento militar y de polic\u00eda, con el fin de \u00a0reafirmar el pleno ejercicio de la autoridad y el imperio de la ley y afianzar \u00a0la legitimidad del Estado As\u00ed mismo, se busca consolidar un sistema de \u00a0convivencia ciudadana y seguridad p\u00fablica, de manera tal que se pueda actuar \u00a0sobre el crimen en forma eficaz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0alcanzar este objetivo central, se trabajar\u00e1 en los siguientes objetivos \u00a0espec\u00edficos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Incrementar los niveles de efectividad de las operaciones de la fuerza p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Neutralizar y desestabilizar la capacidad de los grupos e individuos al margen \u00a0de la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Mantener una capacidad disuasiva, real y cre\u00edble, frente a amenazas externas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Disminuir los \u00edndices de delincuencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estos \u00a0objetivos se pretenden alcanzar con una organizaci\u00f3n altamente capacitada para \u00a0conducir con eficacia y eficiencia las operaciones. En este sentido, la \u00a0movilidad y el apoyo t\u00e1ctico se consideran de vital importancia, en la medida \u00a0que se incrementa la capacidad de combate de las fuerzas, dot\u00e1ndolas de los \u00a0equipos y medios necesarios, como es el caso de la adquisici\u00f3n de helic\u00f3pteros \u00a0artillados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>As\u00ed \u00a0mismo, con el fin de aumentar los niveles de alistamiento, se garantizar\u00e1 un \u00a0apoyo log\u00edstico y de mantenimiento t\u00e9cnico a los materiales y equipos con que \u00a0actualmente cuenta el sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Adicionalmente, \u00a0se fortalecer\u00e1n las capacidades de inteligencia y telem\u00e1tica, ampliando la \u00a0cobertura, integraci\u00f3n y oportunidad de la informaci\u00f3n. Todo ello debe tener \u00a0como complemento una Fuerza P\u00fablica capacitada y empleada eficientemente, toda \u00a0vez que la calidad del recurso humano constituye un punto fundamental sobre \u00a0cualquier operaci\u00f3n orientada hacia la protecci\u00f3n de los intereses del Estado, \u00a0especialmente en materia de protecci\u00f3n y respeto de los derechos humanos y el \u00a0derecho internacional humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Finalmente, \u00a0se pretende mejorar los \u00edndices de seguridad p\u00fablica, mediante la \u00a0profesionalizaci\u00f3n y tecnificaci\u00f3n de las intervenciones policiales, la \u00a0prevenci\u00f3n del delito y la reducci\u00f3n de la criminalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Minorias Etnicas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.1 \u00a0Grupos Etnicos-Afrocolombianos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Orientar\u00e1 \u00a0sus esfuerzos a los siguientes subprogramas: saneamiento b\u00e1sico, salud, \u00a0educaci\u00f3n, actividades productivas y desarrollo institucional, titulaci\u00f3n y \u00a0adquisici\u00f3n de tierras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.2.1 \u00a0Saneamiento B\u00e1sico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0apoyar\u00e1n las obras de infraestructura que cuenten con acciones concretas de \u00a0desarrollo institucional, promoci\u00f3n de la participaci\u00f3n comunitaria y la \u00a0sostenibilidad t\u00e9cnica y financiera de los sistemas. Las acciones espec\u00edficas \u00a0estar\u00e1n dirigidas a impulsar, a trav\u00e9s del Ministerio de Desarrollo, el \u00a0programa de la cultura del agua; promover la aplicaci\u00f3n de tecnolog\u00edas \u00a0apropiadas para el desarrollo de sistemas de abastecimiento de aguas, \u00a0disposici\u00f3n final de aguas servidas y residuos s\u00f3lidos; fortalecer a los entes \u00a0locales de operaci\u00f3n autorizados por la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.2.2 \u00a0Salud \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Adem\u00e1s \u00a0de lo se\u00f1alado en la estrategia sectorial del Plan, se apoyar\u00e1 la \u00a0descentralizaci\u00f3n del servicio en los municipios de las regiones \u00a0afrocolombianas, as\u00ed como la provisi\u00f3n de asistencia t\u00e9cnica; se fortalecer\u00e1n \u00a0los mecanismos que garanticen el acceso a la atenci\u00f3n b\u00e1sica y acciones de \u00a0promoci\u00f3n y prevenci\u00f3n de la poblaci\u00f3n rural y urbano-marginal, considerando \u00a0las particularidades etnoculturales, sociales, ambientales y econ\u00f3micas. De \u00a0manera particular se impulsar\u00e1 la implementaci\u00f3n de los planes territoriales de \u00a0salud de los territorios colectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.2.3 \u00a0Educaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0apoyar\u00e1 t\u00e9cnica y financieramente la formulaci\u00f3n y puesta en marcha del \u00a0proyecto de etnoeducaci\u00f3n afrocolombiana en el sistema educativo nacional, \u00a0impulsando proyectos de dise\u00f1o curricular, de cualificaci\u00f3n y\/o \u00a0profesionalizaci\u00f3n de maestros y de agentes educativos comunitarios, de \u00a0producci\u00f3n de material educativo, as\u00ed como de investigaciones socioculturales, \u00a0lingu\u00edsticas, etno-hist\u00f3ricas, entre otras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.2.4 \u00a0Actividades Productivas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0adoptar\u00e1 un enfoque integral, que contemple la producci\u00f3n, transformaci\u00f3n y \u00a0comercializaci\u00f3n de los productos. Las acciones de esta estrategia estar\u00e1n \u00a0orientadas para los siguientes prop\u00f3sitos: elaborar mapas productivos, apoyar \u00a0proyectos para la autosubsistencia, generar planes de manejo para el \u00a0aprovechamiento sostenible del bosque, elaborar proyectos productivos \u00a0sostenibles, promover la creaci\u00f3n, organizaci\u00f3n y fortalecimiento de las \u00a0organizaciones de productores, microempresarios y empresarios afrocolombianos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.2.5 \u00a0Desarrollo Institucional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0objetivo es el incremento de la capacidad de gesti\u00f3n de las comunidades, de las \u00a0organizaciones de la sociedad civil y de las autoridades municipales, con el \u00a0fin de lograr en las regiones donde habita poblaci\u00f3n afrocolombiana una mayor \u00a0autonom\u00eda, para llevar a cabo estos prop\u00f3sitos se adelantar\u00e1n las siguientes \u00a0acciones: continuaci\u00f3n de la reglamentaci\u00f3n de la Ley 70\/93; realizaci\u00f3n de una \u00a0encuesta \u00e9tnico cultural; promoci\u00f3n de modelos de gesti\u00f3n local exitosos; \u00a0consolidaci\u00f3n de asociaciones de municipios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.2.6 \u00a0Titulaci\u00f3n de Territorios Colectivos y Adquisici\u00f3n y Dotaci\u00f3n de Tierras \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0continuar\u00e1 con el proceso de titulaci\u00f3n colectiva para las comunidades negras, \u00a0apoyando la puesta en marcha de programas de desarrollo en los territorios \u00a0titulados; Igualmente, se adoptar\u00e1 y pondr\u00e1 en marcha un programa especial de \u00a0adquisici\u00f3n y dotaci\u00f3n de tierras para apoyar a las comunidades afrocolombianas \u00a0que no poseen tierras, o las poseen en manera insuficiente, en aquellas \u00e1reas \u00a0del pa\u00eds donde no es posible la titulaci\u00f3n colectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Infraestructura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1 \u00a0Transporte \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1.1 \u00a0Carreteras \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1.1.1 \u00a0Red Primaria (Troncales y Transversales) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0inversiones en la Red Primaria se orientar\u00e1n a la terminaci\u00f3n de proyectos que \u00a0est\u00e1n actualmente en ejecuci\u00f3n As\u00ed mismo, se orientar\u00e1n a garantizar su buen \u00a0estado a trav\u00e9s de programas adecuados de mantenimiento en los 16 mil \u00a0kil\u00f3metros que la conforman, dichos programas se complementar\u00e1n con actividades \u00a0de rehabilitaci\u00f3n en 457 km. de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0expansi\u00f3n de la red se lograr\u00e1 mediante el Programa de Concesiones, a trav\u00e9s de \u00a0la inversi\u00f3n privada Con esta inversi\u00f3n se construir\u00e1n 600 km. y se \u00a0rehabilitar\u00e1n 1,350 km. Adicionalmente, se mantendr\u00e1n las v\u00edas entregadas en \u00a0concesi\u00f3n, que para el a\u00f1o 2002 se estima corresponder\u00e1n acerca de 3,400 km. \u00a0Los principales proyectos que se financiar\u00e1n a trav\u00e9s de recursos nacionales y \u00a0provenientes de contribuciones de valorizaci\u00f3n, peajes, sobretasas a los \u00a0combustibles y recursos de cr\u00e9ditos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0facilitar las expansiones viales se deber\u00e1n afectar y reservar los predios \u00a0necesarios para adelantar su construcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1.1.2 \u00a0Red Secundaria y Terciaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0principales objetivos del programa estar\u00e1n orientados al cumplimiento de dos \u00a0objetivos fundamentales; rehabilitar y mantener la red secundaria y terciaria, \u00a0y transferir la red terciaria que a\u00fan est\u00e1 a cargo de la Naci\u00f3n, a los entes \u00a0territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Espec\u00edficamente \u00a0se transferir\u00e1n 15.012 km. de red terciaria a los entes territoriales, as\u00ed como \u00a0el mantenimiento de 8.341 km. y la rehabilitaci\u00f3n de 7.412 km. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0inversiones del sector eventualmente podr\u00e1n ser complementadas con recursos provenientes \u00a0de concesiones viales regionales y del Fondo Nacional de Regal\u00edas; Para la \u00a0identificaci\u00f3n de oportunidades en estos programas se adelantar\u00e1 un estudio \u00a0financiado con recursos del presupuesto nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0proyectos principales de la red secundaria son: Barranco de Loba-Cantagallo; \u00a0Santa Ver\u00f3nica-Juan de Acosta-Baranoa-Polo Nuevo-Santo Tom\u00e1s; Jun\u00edn-Barbacoas; \u00a0El Empate-La Cruz-Higuerones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1.2 \u00a0Sector Aeron\u00e1utico y Aeroportuario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0recursos de la Naci\u00f3n se destinar\u00e1n a aumentar la seguridad del espacio a\u00e9reo y \u00a0a mantener la infraestructura existente; Estos montos se complementar\u00e1n con un \u00a0programa de apoyo al proceso de descentralizaci\u00f3n y privatizaci\u00f3n \u00a0aeroportuaria; Dicho programa se adelantar\u00e1 mediante la entrega en concesi\u00f3n de \u00a0los principales aeropuertos del pa\u00eds como son el aeropuerto de Palmira, el \u00a0aeropuerto de Rionegro y el terminal de pasajeros del aeropuerto El Dorado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0el campo aeron\u00e1utico se lograr\u00e1 un 100% en cobertura, mediante programas de \u00a0ampliaci\u00f3n y reposici\u00f3n de equipo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1.3 \u00a0Programa Ferroviario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0el sector f\u00e9rreo, se invertir\u00e1n recursos provenientes de aportes de la Naci\u00f3n \u00a0orientados a cubrir el desarrollo del subprograma de rehabilitaci\u00f3n de la red \u00a0f\u00e9rrea nacional a trav\u00e9s del sistema de concesiones, Dichos aportes \u00a0complementar\u00e1n los recursos provenientes del sector privado, los cuales se \u00a0invertir\u00e1n tanto en la Red F\u00e9rrea del Pac\u00edfico como en la Red f\u00e9rrea del \u00a0Atl\u00e1ntico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0programa comprende el mantenimiento de 240 km. a trav\u00e9s del sector p\u00fablico. Con \u00a0los recursos privados se apoyar\u00e1 el programa de rehabilitaci\u00f3n de 499 km. en la \u00a0red f\u00e9rrea del Pac\u00edfico y 1,498 km. en la red del Atl\u00e1ntico, y se mantendr\u00e1 la \u00a0red entregada en concesi\u00f3n, que en el 2002 ascender\u00e1 a 1997 km. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0proyectos que hacen parte del programa de concesiones son: La Red del Pac\u00edfico \u00a0(Buenaventura-Cali-La Felisa) y la Red del Atl\u00e1ntico (Bogot\u00e1-Santa Marta; La \u00a0Caro-Belencito; La Caro-Lenguazaque). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1.4 \u00a0Programa Fluvial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mediante \u00a0el plan de inversiones del sector fluvial, se pretende realizar la \u00a0rehabilitaci\u00f3n de la Ci\u00e9naga de la Virgen y mantener y aumentar la \u00a0navegabilidad de los canales fluviales a trav\u00e9s de obras de dragado. Esto se \u00a0realizar\u00e1 con recursos del Gobierno Nacional y del sector privado, orientados en \u00a0principio a la rehabilitaci\u00f3n del R\u00edo Meta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1.5 \u00a0Programa Mar\u00edtimo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0los puertos mar\u00edtimos se desarrollar\u00e1 el programa de concesi\u00f3n de los canales \u00a0de acceso. Se pretende concesionar la profundizaci\u00f3n, mantenimiento, operaci\u00f3n \u00a0y construcci\u00f3n de obras complementarias a los canales de acceso, inicialmente \u00a0en los puertos de Barranquilla y Buenaventura. Adicionalmente, con los recursos \u00a0del Gobierno Nacional, se mantendr\u00e1n los canales de acceso a los puertos no \u00a0concesionados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2 \u00a0Minas y Energ\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.1.Electricidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.1.1 \u00a0Generaci\u00f3n El\u00e9ctrica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0tiene prevista la entrada de 1,699 MW nuevos de capacidad instalada, \u00a0correspondientes a 1,277 MW h\u00eddricos y 422 MW t\u00e9rmicos, para una capacidad \u00a0total en el a\u00f1o 2002 de 14.398 MW, con lo cual se espera satisfacer las \u00a0proyecciones de demanda de energ\u00eda e incrementar notablemente la confiabilidad \u00a0y la solidez del sistema, con una m\u00ednima exposici\u00f3n del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.1.2 \u00a0Transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0iniciar\u00e1n convocatorias para la expansi\u00f3n y operaci\u00f3n de la infraestructura en \u00a0condiciones de competencia y se adelantar\u00e1n acciones para minimizar las \u00a0restricciones actuales del Sistema de Transmisi\u00f3n Nacional. Para el a\u00f1o 2002 se \u00a0tendr\u00e1n 1931 KM de l\u00edneas de transmisi\u00f3n adicionales, (1,405 KM de 230 KV y 526 \u00a0KM de 500 KV). Para el a\u00f1o 2002 se espera que la generaci\u00f3n de seguridad que se \u00a0requiere para compensar las restricciones existentes en el Sistema de \u00a0Transmisi\u00f3n, alcance un nivel del 10%, es decir, una disminuci\u00f3n del 44%, \u00a0comparado con el nivel de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.1.3 \u00a0Distribuci\u00f3n el\u00e9ctrica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0contar\u00e1 con la participaci\u00f3n de nuevos capitales en 14 empresas distribuidoras \u00a0del orden nacional1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.1.4 \u00a0Uso racional y eficiente de la energ\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0fortalecer\u00e1 el programa de sustituci\u00f3n de gasolina por gas combustible en \u00a0transporte vehicular, se crear\u00e1n las facilidades financieras, tecnol\u00f3gicas y \u00a0regulatorias para aprovechar el potencial de cogeneraci\u00f3n y se desarrollar\u00e1n \u00a0metodolog\u00edas de ahorro en los subsectores m\u00e1s representativos de la industria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.1.5 \u00a0Zonas No Interconectadas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corresponden \u00a0a aquellas \u00e1reas del pa\u00eds que no reciben servicio de energ\u00eda el\u00e9ctrica a trav\u00e9s \u00a0del Sistema Interconectado Nacional (SIN). Se establecer\u00e1 un Plan de \u00a0Energizaci\u00f3n en las ZNI, acorde con las necesidades y potencial energ\u00e9tico de \u00a0las regiones y se incrementar\u00e1 la cobertura en zonas rurales y aisladas. \u00a0Finalmente se implementar\u00e1 y consolidar\u00e1 un esquema apropiado que aporte \u00a0soluciones energ\u00e9ticas integrales y en lo posible autosostenibles para las ZNI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.1.6 \u00a0Subsidios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0instrumentar\u00e1n operativa y financieramente los fondos de solidaridad y \u00a0redistribuci\u00f3n de ingresos para energ\u00eda y gas, lo cual permitir\u00e1 incrementar la \u00a0cobertura de los servicios y mejorar la calidad de vida de los habitantes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.2 \u00a0Petr\u00f3leo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.2.1 \u00a0Exploraci\u00f3n de hidrocarburos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0incrementar\u00e1 el n\u00famero de pozos a 50 por a\u00f1o, de forma directa o en asocio con \u00a0terceros; se buscar\u00e1 que las reservas se aumenten en 2,500 MBbls adicionales, \u00a0con el objeto de mantener la producci\u00f3n actual, y evitar un posible \u00a0desabastecimiento de crudo m\u00e1s all\u00e1 del a\u00f1o 2004. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Gobierno Nacional impulsar\u00e1 mecanismos que permitan mejorar las condiciones de \u00a0competitividad del sector, tales como la flexibilizaci\u00f3n del r\u00e9gimen de \u00a0regal\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.2.2 \u00a0Producci\u00f3n de petr\u00f3leo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0mantener la producci\u00f3n actual de crudo en 800 KBPDC se deber\u00e1 destinar gran \u00a0parte de las inversiones de Ecopetrol en la perforaci\u00f3n de pozos de desarrollo, \u00a0principalmente en los proyectos de Cusiana y Cupiagua (estos pozos alcanzar\u00e1n \u00a0su m\u00e1ximo de producci\u00f3n en el a\u00f1o 2000), as\u00ed como en el proyecto de Piedemonte \u00a0Fase I, que tambi\u00e9n producir\u00e1 gas con un m\u00e1ximo de 100 MPCD y 15 KBDC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.2.3 \u00a0Transporte de crudo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0inversi\u00f3n de Ecopetrol se concentrar\u00e1 principalmente en el incremento de la \u00a0capacidad de los poliductos actuales, para lo cual destinar\u00e1 el 46.1% del \u00a0presupuesto asignado a esta actividad. Le siguen en importancia la construcci\u00f3n \u00a0de ductos para nuevos hallazgos, as\u00ed como la adecuaci\u00f3n de estaciones y l\u00edneas \u00a0que as\u00ed lo requieran. Adicionalmente, se desarrollar\u00e1n proyectos de control de \u00a0p\u00e9rdidas, almacenamiento y seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.2.4 \u00a0Almacenamiento Estrat\u00e9gico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0atenci\u00f3n a las necesidades de almacenamiento de crudo y combustibles, se \u00a0iniciar\u00e1 el programa de almacenamiento con inversionistas privados, que \u00a0permitir\u00e1 incrementar los d\u00edas de inventario de consumo de combustibles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.2.5 \u00a0Gas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.2.5.1 \u00a0Transporte de Gas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0concentrar\u00e1 en la ampliaci\u00f3n de la capacidad de transporte de la red troncal de \u00a0gas, principalmente en el gasoducto Ballena-Barrancabermeja, con lo cual se \u00a0cumple con las necesidades del mercado. Adicionalmente, se ejecutar\u00e1n programas \u00a0de adecuaci\u00f3n y mantenimiento de los gasoductos existentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.2.5.2 \u00a0Almacenamiento Subterr\u00e1neo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con \u00a0el objeto de reducir la vulnerabilidad del sistema troncal de transporte de gas \u00a0se desarrollar\u00e1 este proyecto que permitir\u00e1 incrementar la confiabilidad de \u00a0suministro a todos los agentes del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.2.5.3 \u00a0Distribuci\u00f3n de gas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0espera alcanzar una meta de cobertura de 1.400.000 nuevos usuarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2.2.5.4 \u00a0Refinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0llevar\u00e1n a cabo inversiones en la refiner\u00eda de Cartagena, con el objeto de \u00a0suministrar las materias primas al sector petroqu\u00edmico. El proyecto \u00abPlan \u00a0Maestro de Cartagena\u00bb, se desarrollar\u00e1 de forma integrada con la Planta de \u00a0Olefinas y Arom\u00e1ticos, de iniciativa privada \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.3 \u00a0Miner\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.3.1 \u00a0Exploraci\u00f3n B\u00e1sica en miner\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0actividades de exploraci\u00f3n b\u00e1sica desarrolladas por Ingeominas incrementar\u00e1n el \u00a0nivel de cobertura del conocimiento geocient\u00edfico del territorio nacional. Esto \u00a0con el prop\u00f3sito de dimensionar los riesgos geol\u00f3gicos, de tal forma que se \u00a0incentive la inversi\u00f3n privada en las actividades de exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n \u00a0minera. Las metas para el cuatrienio en materia de cartograf\u00eda geocient\u00edfica \u00a0del pa\u00eds, contemplan alcanzar una cobertura del 55% del territorio nacional, a \u00a0escala 1:100.000 o 1:200.000 y el 25% para la exploraci\u00f3n b\u00e1sica de recursos \u00a0del subsuelo, a escala 1:50.000 o 1:100.000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Gobierno buscar\u00e1 canalizar los recursos de regal\u00edas para el fomento de la \u00a0miner\u00eda, a trav\u00e9s de Ingeominas y la Empresa Nacional Minera Ltda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.3.2 \u00a0Explotaci\u00f3n de minerales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0incrementar\u00e1 la explotaci\u00f3n de minerales; en particular, el Complejo Cerrej\u00f3n \u00a0Zona Norte adelantar\u00e1 inversiones en la adecuaci\u00f3n de nuevas \u00e1reas de miner\u00eda, \u00a0as\u00ed como dirigidas a desarrollar la infraestructura de transporte que permita \u00a0el adecuado acceso a nuevas \u00e1reas mineras, infraestructura de energ\u00eda y el \u00a0programa de reposici\u00f3n de equipos. A partir del a\u00f1o 2000 se espera que las \u00a0inversiones sean en su totalidad asumidas por el sector privado, con la \u00a0enajenaci\u00f3n de los intereses de la Naci\u00f3n en el Complejo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.3.3 \u00a0Promoci\u00f3n y administraci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con \u00a0el fin de fortalecer t\u00e9cnicamente los agentes productores mineros, se \u00a0estructurar\u00e1 una matriz de capacitaci\u00f3n t\u00e9cnica en las actividades de \u00a0exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n de la miner\u00eda informal, mediante programas \u00a0ambientales, operativos y empresariales. Esta matriz estar\u00e1 en cabeza de la \u00a0Empresa Nacional Minera y contribuir\u00e1 a resolver las limitaciones en la \u00a0comercializaci\u00f3n y transformaci\u00f3n de los minerales, factores cr\u00edticos para \u00a0lograr la competitividad del sector y permitir el desarrollo econ\u00f3mico y social \u00a0de las regiones m\u00e1s deprimidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Comunicaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.1 \u00a0Telecomunicaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0acciones gubernamentales contempladas en el Plan Nacional de Desarrollo para \u00a0que el sector de telecomunicaciones contribuya al aumento de la productividad y \u00a0la competitividad y al mejoramiento de la calidad de vida de los colombianos \u00a0son las siguientes: (i) lograr la cobertura nacional de los servicios de \u00a0telecomunicaciones, (ii) fortalecer el marco regulatorio e institucional del \u00a0sector, (iii) consolidar la liberalizaci\u00f3n del mercado, (iv) fomentar la \u00a0participaci\u00f3n privada en la prestaci\u00f3n de los servicios, y (v) propiciar el desarrollo \u00a0de la Infraestructura Colombiana de la Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.2 \u00a0Telefon\u00eda Local \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0telefon\u00eda local, las acciones del Plan estar\u00e1n dirigidas a aumentar el \u00a0cubrimiento y la calidad del servicio telef\u00f3nico. Los operadores telef\u00f3nicos \u00a0p\u00fablicos, privados y mixtos realizar\u00e1n inversiones en expansi\u00f3n y reposici\u00f3n de \u00a0sus redes de conmutaci\u00f3n y transmisi\u00f3n, as\u00ed como de su planta externa. Se \u00a0espera que para el final del cuatrienio el pa\u00eds cuente con m\u00e1s de 10.5 millones \u00a0de l\u00edneas instaladas, con porcentajes de digitalizaci\u00f3n cercanos al 100%. Las \u00a0acciones descritas permitir\u00e1n que el pa\u00eds pase de tener una densidad de 18 \u00a0tel\u00e9fonos por cada 100 habitantes en 1998 a 24 tel\u00e9fonos por cada 100 \u00a0habitantes al finalizar el cuatrienio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.3 \u00a0Telefon\u00eda de Larga Distancia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0nuevos operadores del servicio de telefon\u00eda de larga distancia realizar\u00e1n \u00a0inversiones orientadas a financiar la construcci\u00f3n y expansi\u00f3n de las nuevas \u00a0redes de larga distancia. Esto, mediante el tendido de modernos sistemas de \u00a0fibra \u00f3ptica, microondas y radioenlaces, para ofrecer sus servicios en buena \u00a0parte del territorio nacional. La Empresa Nacional de \u00a0Telecomunicaciones-Telecom-realizar\u00e1 inversiones tendientes a modernizar sus \u00a0redes troncales y alternas, y a participar en el sistema de cable submarino \u00a0Maya I. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.4 \u00a0Telefon\u00eda M\u00f3vil Celular y PCS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con \u00a0la adjudicaci\u00f3n de las concesiones de los Sistemas de Comunicaciones Personales \u00a0(PCS) durante el per\u00edodo, se pretende atraer importantes inversiones del sector \u00a0privado en nuevos servicios inal\u00e1mbricos m\u00f3viles y en las redes de telefon\u00eda \u00a0m\u00f3vil celular. Estas inversiones estar\u00e1n dirigidas a la instalaci\u00f3n y puesta en \u00a0funcionamiento de redes para la prestaci\u00f3n de servicios de telecomunicaciones \u00a0en la banda de 1.8 a 2.0 Ghz. Se incentivar\u00e1 de esta manera la competencia en \u00a0la prestaci\u00f3n de servicios inal\u00e1mbricos m\u00f3viles y fijos de telecomunicaciones, \u00a0llegando a m\u00e1s de 3.4 millones de abonados m\u00f3viles al finalizar el cuatrienio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.5 \u00a0Telefon\u00eda Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mediante \u00a0la ejecuci\u00f3n del Plan de Telefon\u00eda Social y del Plan Nacional de Servicio \u00a0Universal, el Fondo de Comunicaciones financiar\u00e1 inversiones con el objeto de \u00a0garantizar que la totalidad de los municipios del pa\u00eds y que las localidades \u00a0con necesidades de desarrollo m\u00e1s apremiantes, cuenten con acceso a servicios \u00a0de telecomunicaciones comunitarios y rurales. Adicionalmente, se espera que \u00a0durante el cuatrienio se generen incentivos a la participaci\u00f3n privada en la \u00a0provisi\u00f3n del servicio universal en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.6 \u00a0Valor Agregado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0la prestaci\u00f3n de los servicios de valor agregado, se espera un din\u00e1mico \u00a0crecimiento en la oferta de servicios telem\u00e1ticos y de valor agregado ofrecidos \u00a0en la actualidad a los sectores productivos, que le permitir\u00e1 a la econom\u00eda \u00a0nacional incrementar sus niveles de competitividad en los mercados internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.7 \u00a0Televisi\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0acciones del sector p\u00fablico en televisi\u00f3n comprenden el Plan de Fortalecimiento \u00a0T\u00e9cnico para Inravisi\u00f3n. Las prioridades de este plan se enfocar\u00e1n al \u00a0mejoramiento y expansi\u00f3n del cubrimiento de los canales p\u00fablicos de televisi\u00f3n, \u00a0mediante el uso de segmentos satelitales de televisi\u00f3n y a la reposici\u00f3n de los \u00a0sistemas de emisi\u00f3n, producci\u00f3n, transmisi\u00f3n y difusi\u00f3n. Tambi\u00e9n se buscar\u00e1 el \u00a0fortalecimiento de la televisi\u00f3n educativa y cultural p\u00fablica. La inversi\u00f3n \u00a0privada por su parte se orientar\u00e1 al mejoramiento del cubrimiento y capacidades \u00a0t\u00e9cnicas de los canales privados de televisi\u00f3n de cobertura nacional y local y \u00a0al montaje de las redes de los nuevos concesionarios de televisi\u00f3n por \u00a0suscripci\u00f3n zonal y local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.8 \u00a0Otros Servicios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0el servicio de correo, el sector p\u00fablico destinar\u00e1 inversiones en el per\u00edodo \u00a01999-2002, para ampliar su oferta y mejorar su eficiencia operativa. \u00a0Adicionalmente, se destinar\u00e1n recursos de inversi\u00f3n para el programa de \u00a0investigaci\u00f3n y desarrollo de Telecom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Comercio exterior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.1 \u00a0Eficiencia administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A \u00a0trav\u00e9s de este programa se pretende mejorar la competitividad de los productos \u00a0colombianos, a trav\u00e9s de la unificaci\u00f3n de los patrimonios aut\u00f3nomos que en la \u00a0actualidad manejan Bancoldex y Fiducoldex. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fortalecimiento \u00a0de la estructura colombiana en materia de comercio exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2 \u00a0Industria y Comercio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2.1 \u00a0Inversiones en Desarrollo Empresarial, Ciencia y Tecnolog\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0base de la pol\u00edtica industrial ser\u00e1 el fortalecimiento del aparato productivo, \u00a0para diversificar y consolidar la oferta exportable colombiana en los mercados \u00a0internacionales, mediante la implementaci\u00f3n de un \u00fanico ente coordinador, \u00a0financiero y de gesti\u00f3n, conformado por las entidades que apoyan y apalancan el \u00a0desarrollo empresarial en el Fondo Nacional de Productividad y Competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0efectos de robustecer la competitividad de productos exportables, se \u00a0perseguir\u00e1n cambios fundamentales en la organizaci\u00f3n de la producci\u00f3n, mediante \u00a0la introducci\u00f3n creciente de procesos de innovaci\u00f3n, elevaci\u00f3n de la calidad \u00a0del producto y el mejoramiento de las t\u00e9cnicas modernas de gesti\u00f3n de la \u00a0producci\u00f3n. Se orientar\u00e1 el apoyo a la producci\u00f3n industrial mediante la \u00a0promoci\u00f3n de actividades que estimulen la calidad, innovaci\u00f3n, renovaci\u00f3n y \u00a0diversificaci\u00f3n de los productos, la incorporaci\u00f3n de tecnolog\u00edas de dise\u00f1o a \u00a0la industria y, en general, la consolidaci\u00f3n de la oferta de servicios de \u00a0asistencia t\u00e9cnica y financiamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2.1.1 \u00a0Fomento a la Innovaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0apoyar\u00e1 el desarrollo cient\u00edfico y la innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, a trav\u00e9s de la \u00a0consolidaci\u00f3n de los programas, proyectos y actividades de las instituciones y \u00a0estrategias creadas a partir de la conformaci\u00f3n del sistema nacional de ciencia \u00a0y tecnolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0prop\u00f3sito ser\u00e1 orientar los recursos disponibles a la financiaci\u00f3n de \u00a0actividades cient\u00edficas en sectores estrat\u00e9gicos. Esto teniendo siempre en \u00a0cuenta las necesidades de competitividad de la sociedad, los requerimientos del \u00a0sector exportador que necesiten apoyo a la innovaci\u00f3n y gesti\u00f3n competitiva \u00a0junto con la capacitaci\u00f3n del recurso humano en aspectos t\u00e9cnicos y \u00a0tecnol\u00f3gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2.1.2 \u00a0Apoyo al desarrollo empresarial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0prop\u00f3sito principal es promover y apoyar proyectos de desarrollo sostenible, \u00a0con impacto social y en sectores estrat\u00e9gicos, preferiblemente con vocaci\u00f3n \u00a0exportadora. Con este objetivo, se crear\u00e1 el Fondo Nacional de Productividad y \u00a0Competitividad, que mediante una coordinaci\u00f3n interinstitucional y de recursos \u00a0humanos y financieros asegura coherencia en la complementariedad entre las \u00a0acciones del Sistema Nacional de Innovaci\u00f3n, el Sistema de Servicios a las \u00a0Exportaciones, el Sistema Nacional de Cr\u00e9dito a las PYMES, y las acciones \u00a0contempladas en la pol\u00edtica de desarrollo exportador, industrial y tecnol\u00f3gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Bajo \u00a0este esquema de intervenci\u00f3n hac\u00eda el elevamiento de la competitividad \u00a0empresarial, se pondr\u00e1 en marcha un nuevo modelo de atenci\u00f3n y asistencia \u00a0t\u00e9cnica a las empresas que asegure una mayor fluidez interinstitucional y \u00a0promueva modalidades y ritmos de intervenci\u00f3n, integrales y transversales, en \u00a0las \u00e1reas de mejoramiento de la productividad, financiaci\u00f3n, aseguramiento de \u00a0la calidad, innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica y promoci\u00f3n para la exportaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2.1.3 \u00a0Apoyo a la promoci\u00f3n de la competencia, propiedad industrial y mejoramiento de \u00a0la calidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Buscar\u00e1 \u00a0la homologaci\u00f3n de productos, promoviendo el acceso de las empresas a servicios \u00a0tecnol\u00f3gicos considerados b\u00e1sicos en la consolidaci\u00f3n de la competitividad, \u00a0tales como: la normalizaci\u00f3n, la metrolog\u00eda, la certificaci\u00f3n de la calidad y \u00a0la asesor\u00eda en propiedad y intelectual y patentamiento. Las entidades \u00a0relacionadas con estas \u00e1reas, deber\u00e1n contar con los recursos humanos y de \u00a0infraestructura necesarios para lograr el adecuado cumplimiento de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2.1.4 \u00a0Modernizaci\u00f3n de las actividades del estado hacia el sector exportador \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0programa est\u00e1 dirigido a la modernizaci\u00f3n del Estado, acorde con las \u00a0necesidades y exigencias del sector productivo, para lo cual se dotar\u00e1 a las \u00a0entidades relacionadas de los instrumentos que permitan apoyar, coordinar y \u00a0controlar los aspectos operativos de la administraci\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2.1.5 \u00a0Apoyo al desarrollo tur\u00edstico nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con \u00a0este prop\u00f3sito se orientar\u00e1n recursos al Fondo de Promoci\u00f3n Tur\u00edstico, de \u00a0acuerdo con lo previsto en la Ley 300 de 1996. De \u00a0igual forma, se canalizar\u00e1n fondos a actividades tales como la capacitaci\u00f3n de \u00a0la polic\u00eda de turismo y el desarrollo de una cultura de promoci\u00f3n del turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2.1.6 \u00a0Apoyo al desarrollo cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0programa de apoyo cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico orientar\u00e1 recursos destinados a la \u00a0investigaci\u00f3n cient\u00edfica y desarrollo tecnol\u00f3gico en los siguientes elementos \u00a0fundamentales: la formaci\u00f3n de recursos humanos de alto nivel, la investigaci\u00f3n \u00a0cient\u00edfica focalizada, la apropiaci\u00f3n y uso social de conocimiento cient\u00edfico y \u00a0tecnol\u00f3gico, el desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n hacia el sector exportador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2.2 \u00a0Turismo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con \u00a0este prop\u00f3sito se orientar\u00e1n recursos al Fondo de Promoci\u00f3n Tur\u00edstico, de \u00a0acuerdo con lo previsto en la Ley 300 de 1996. De \u00a0igual forma, se canalizar\u00e1n fondos a actividades tales como la capacitaci\u00f3n de \u00a0la polic\u00eda de turismo y el desarrollo de una cultura de promoci\u00f3n del turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Infraestructura social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.1 \u00a0Vivienda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.1.1 \u00a0Programa de vivienda urbana \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0programa de vivienda urbana tiene como objetivo la construcci\u00f3n de 500 mil \u00a0soluciones de vivienda nueva, 420 mil ser\u00e1n de inter\u00e9s social (valor inferior a \u00a0200 smlm) siendo respaldadas con subsidio 242 mil viviendas. Los recursos del \u00a0subsidio provendr\u00e1n fundamentalmente del nivel nacional por medio del \u00a0presupuesto del gobierno central, las rentas parafiscales administradas por las \u00a0Cajas de Compensaci\u00f3n Familiar y la Caja de Vivienda Militar, siendo \u00a0complementados con aportes municipales. Adicionalmente a los subsidios, se \u00a0contar\u00e1 con recursos del ahorro de las familias y cr\u00e9dito del Fondo Nacional de \u00a0Ahorro y del Sistema Financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0pol\u00edtica de vivienda de inter\u00e9s social continuar\u00e1 basada en la orientaci\u00f3n de \u00a0subsidios a la demanda, dirigidos \u00fanicamente a la compra de vivienda nueva y \u00a0para lotes con unidad m\u00ednima desarrollable. Con el objetivo de concentrar los \u00a0recursos disponibles para el subsidio familiar de vivienda, se dar\u00e1 preferencia \u00a0a soluciones de costo m\u00ednimo con un esquema progresivo de subsidios, reviviendo \u00a0el sistema de ahorro programado. Igualmente se dar\u00e1 transparencia al sistema \u00a0mediante la unificaci\u00f3n de los procedimientos de elegibilidad y promoci\u00f3n de la \u00a0oferta, as\u00ed como a la postulaci\u00f3n, asignaci\u00f3n y pago del subsidio a las \u00a0familias. La poblaci\u00f3n objetivo de la pol\u00edtica de subsidios para la VIS es \u00a0aquella con ingresos menores a 4 smlm teniendo \u00e9nfasis en la poblaci\u00f3n cuyos \u00a0ingresos sean menores a 2 smlm. Los programas que se desarrollar\u00e1n en la \u00a0pol\u00edtica de vivienda subsidiable son: programa del doble subsidio y programa \u00a0del subsidio para la equidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.1.1.1 \u00a0Subprograma de doble subsidio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0programa es dirigido a la poblaci\u00f3n con ingresos de menos de 2 smlm que \u00a0requiere la concurrencia entre los municipios y la naci\u00f3n para entregar un \u00a0doble subsidio (subsidio nacional y subsidio municipal). El subsidio municipal \u00a0puede ser entregado por entidades privadas o comunitarias. Busca fortalecer el \u00a0proceso de descentralizaci\u00f3n reconociendo que la soluci\u00f3n del problema \u00a0habitacional es una funci\u00f3n del municipio, as\u00ed como crear la posibilidad real \u00a0de las familias de menores ingresos para acceder a una soluci\u00f3n habitacional. \u00a0Con el fin de beneficiar a la poblaci\u00f3n m\u00e1s pobre, el orden de elegibilidad de \u00a0la oferta dar\u00e1 prioridad a la vivienda de m\u00e1s bajo costo. El valor del subsidio \u00a0nacional es de 25 smlm para este programa. El subsidio municipal o privado debe \u00a0tener correspondencia con el precio final de la soluci\u00f3n habitacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0subprograma de doble subsidio para mujeres cabeza de familia tendr\u00e1 un cupo del \u00a010% de los recursos totales destinados a este programa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.1.1.2 \u00a0Subprograma para la Equidad Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Es \u00a0un programa destinado para los hogares con ingresos entre 2 y 4 smlm, que busca \u00a0incrementar la oferta de VIS, particularmente en el rango de ingresos entre 2 y \u00a03 smlm, pues es all\u00ed donde se concentra el mayor d\u00e9ficit habitacional del pa\u00eds. \u00a0Se busca potenciar la acci\u00f3n del sector privado a trav\u00e9s del subsidio a la \u00a0demanda generando procesos de transparencia y mejorando las condiciones de \u00a0cr\u00e9dito a trav\u00e9s del ahorro programado. La asignaci\u00f3n de los recursos a este \u00a0programa se har\u00e1 con base en el d\u00e9ficit habitacional nacional y local existente \u00a0en cada rango de ingreso. Al igual que en el anterior programa, el orden de \u00a0elegibilidad de la oferta dar\u00e1 prioridad a la vivienda de m\u00e1s bajo costo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0subsidio nacional de vivienda en este programa ser\u00e1 de 20 smlm. Para los \u00a0beneficiarios con ingresos entre 2 y 3 smlm se tendr\u00e1 un puntaje adicional con \u00a0el objeto de focalizar en este rango las soluciones habitacionales, buscando \u00a0una mayor equidad en la distribuci\u00f3n de recursos. Se impulsar\u00e1n dos \u00a0subprogramas; el de alianzas estrat\u00e9gicas, con entidades p\u00fablicas y privadas \u00a0que posean terrenos para desarrollar proyectos VIS y los macroproyectos \u00a0urbanos, con el fin de estimular el desarrollo de programas masivos de vivienda \u00a0social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.1.1.3 \u00a0Coordinaci\u00f3n con las Cajas de Compensaci\u00f3n Familiar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este \u00a0subprograma tiene por objeto el fortalecimiento del sistema de vivienda de \u00a0inter\u00e9s social, a trav\u00e9s de dar prioridad a estas labores, para lo cual las \u00a0mismas deben tener una contabilidad separada. Tambi\u00e9n se prev\u00e9 la \u00a0redistribuci\u00f3n de los recursos que recaudan estas Cajas. Por otro lado, se \u00a0divide el manejo financiero de las cajas, para los servicios de mercadeo IPS y \u00a0EPS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Desde \u00a0la perspectiva social, estas cajas tambi\u00e9n podr\u00e1n prestar servicios de \u00a0capacitaci\u00f3n no formales, en \u00e1reas que no sean atendidas por el SENA, y prestar \u00a0servicios de seguridad social en salud a ni\u00f1os menores de seis a\u00f1os que no \u00a0tengan acceso a otro servicio de esta naturaleza. Por \u00faltimo, se aclara la \u00a0situaci\u00f3n de las madres comunitarias frente a las cajas de compensaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.2 \u00a0Agua Potable y Saneamiento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0pol\u00edtica sectorial estar\u00e1 encaminada a crear una pol\u00edtica integral que ordene \u00a0la acci\u00f3n de las entidades nacionales y permita modernizar las entidades \u00a0prestadoras de forma que alcancen altos niveles de eficiencia en su gesti\u00f3n. \u00a0Bajo estas condiciones, se apoyar\u00e1 a las entidades prestadoras para aumentar la \u00a0cobertura y la calidad de los servicios de acueducto y saneamiento. As\u00ed mismo, \u00a0en coordinaci\u00f3n con la pol\u00edtica ambiental, se busca avanzar en un plan de \u00a0tratamiento de las aguas residuales cuando sea econ\u00f3mica, social y \u00a0ambientalmente viable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0la nueva pol\u00edtica sectorial, el financiamiento debe provenir fundamentalmente \u00a0del cobro de tarifas a los usuarios, aportes de los municipios con cargo a la Ley 60 de 1993 e \u00a0impuestos locales (para subsidios a la tarifa de usuarios de bajos ingresos o \u00a0las inversiones en expansi\u00f3n de los servicios), recursos de cr\u00e9dito de Findeter \u00a0a las entidades prestadoras o a los municipios, y aportes del sector privado. \u00a0De manera complementaria, la Naci\u00f3n asignar\u00e1 recursos de apoyo para solucionar \u00a0los problemas estructurales del sector, promoviendo la modernizaci\u00f3n \u00a0empresarial para asegurar sostenibilidad y eficiencia en los servicios. Los \u00a0proyectos concursar\u00e1n por los recursos de apoyo de la Naci\u00f3n, previo el \u00a0cumplimiento de las siguientes condiciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cumplimiento \u00a0de la legislaci\u00f3n y de la pol\u00edtica sectorial. Es decir, que se adopten las \u00a0normas definidas por la Comisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de Agua Potable en materia de \u00a0tarifas y de gesti\u00f3n, se cuente con estudios y dise\u00f1os bajo criterios de costo \u00a0m\u00ednimo econ\u00f3mico, exista racionalidad t\u00e9cnica y econ\u00f3mica en la prioridad de \u00a0las obras y se cumplan las normas t\u00e9cnicas del MDE, entre otros. Los \u00a0desembolsos se realizar\u00e1n pari passu con el cumplimiento de los compromisos \u00a0locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0M\u00e1xima financiaci\u00f3n de los proyectos con tarifas, aportes locales (Ley 60 de 1993 e \u00a0impuestos municipales) y recursos de cr\u00e9dito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Prioridad de atenci\u00f3n a usuarios de menores ingresos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0En los casos en que se vincule al sector privado, se tendr\u00e1 en cuenta el porcentaje \u00a0de usuarios de bajos ingresos atendidos por \u00e9ste; los plazos definidos para la \u00a0obtenci\u00f3n de niveles de eficiencia; los menores requerimientos de garant\u00edas del \u00a0sector p\u00fablico y su cubrimiento por parte de los municipios; y que la \u00a0vinculaci\u00f3n se haya logrado mediante procesos competitivos (n\u00famero de \u00a0oferentes, plazo del concurso, condiciones exigidas a los proponentes). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.2.1 \u00a0Transformaci\u00f3n y ajuste institucional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Busca \u00a0crear las condiciones institucionales, regulatorias y de control en lo \u00a0nacional, para generar se\u00f1ales claras, estables, flexibles y acordes con las \u00a0condiciones locales. En el marco de la descentralizaci\u00f3n y la responsabilidad \u00a0municipal, el subprograma de Modernizaci\u00f3n Empresarial apoyar\u00e1 la creaci\u00f3n de \u00a0entidades prestadoras aut\u00f3nomas, t\u00e9cnica y financieramente viables, la \u00a0aglomeraci\u00f3n de mercados en empresas regionales, la creaci\u00f3n de empresas \u00a0comunitarias y peque\u00f1os operadores, y la vinculaci\u00f3n del sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.2.2 \u00a0Mejoramiento de la prestaci\u00f3n de los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0municipios y entidades prestadoras adelantar\u00e1n proyectos para ampliar las \u00a0coberturas de acueducto y saneamiento b\u00e1sico y mejorar su calidad. El Plan de \u00a0Agua Potable y Saneamiento permitir\u00e1 que en el per\u00edodo 1999-2002, las coberturas \u00a0urbanas aumenten de 94.7% a 96.0% en el servicio de acueducto, y de 81.8% a \u00a086.0% en el de alcantarillado. Con este Plan se beneficiar\u00e1n 4,5 millones de \u00a0habitantes con el servicio de acueducto y 5.9 millones con el de \u00a0alcantarillado. Por su parte, las mejoras en calidad de suministro de agua \u00a0beneficiar\u00e1n dos millones de habitantes que actualmente reciben servicios \u00a0deficientes. En este programa tambi\u00e9n se prev\u00e9 la modificaci\u00f3n al r\u00e9gimen de \u00a0transici\u00f3n para el desmonte de subsidios extralegales y la aclaraci\u00f3n de los \u00a0factores de contribuci\u00f3n en las tarifas que se cobran por este servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Emergencia a\u00f1o 2000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0llegada del a\u00f1o 2000 ha generado en el mundo entero una emergencia a causa de \u00a0las fallas tecnol\u00f3gicas que pueden presentarse ante la incapacidad de los \u00a0equipos electr\u00f3nicos de asimilar el cambio de milenio. Colombia no es ajena al \u00a0problema, pues los sistemas aeron\u00e1uticos, los sistemas de comunicaciones y en \u00a0general todas las actividades que dependen de los computadores se pueden ver \u00a0afectadas. Es entonces indispensable tomar todas las medidas necesarias para \u00a0evitar el caos inform\u00e1tico, raz\u00f3n por la cual, se incluyen disposiciones para \u00a0facilitar las herramientas necesarias para afrontar la crisis inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00b0. Valores de programas y subprogramas. Los valores asignados en el Plan \u00a0Nacional de inversiones p\u00fablicas 1999-2002 para algunos de los principales \u00a0programas y subprogramas descritos en el art\u00edculo anterior, se encuentran \u00a0expresados en cifras en millones de pesos de 1998 y son los siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Plan de inversiones 1998-2002 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cifras en millones de pesos de 1998 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>TOTAL 1998-2002 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 TOTAL INVERSION \u00a0GENERAL DEL GOBIERNO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sectores \u00a0Aportes Recursos Transfer. Resto del sector Total Fondo\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0 administrados\u00a0\u00a0 p\u00fablico no\u00a0 \u00a0de Total<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 financiero\u00a0 inversi\u00f3n p\u00fablico + FIP<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 (Descentralizado)\u00a0 Paz \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Defensa \u00a0y Seguridad\u00a0 903.499 34.799-46.424\u00a0 984.722\u00a0 \u00a0984.722 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Inversiones \u00a0en desarrollo empresarial, ciencia\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 y tecnolog\u00eda 212.845 177.107&#8211;389.953-389.953 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Industria \u00a0y Comercio\u00a0 88.928\u00a0 55.989&#8211;144.917\u00a0 144.917 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Apoyo \u00a0al desarrollo empresarial 28.320\u00a0 \u00a050.548&#8211;78.868\u00a0\u00a0 78.868 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Apoyo \u00a0a la promoci\u00f3n de la competencia. Propiedad\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 industrial\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 y mejoramiento de la calidad 1966&#8212;1966\u00a0 \u00a01966 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Modernizaci\u00f3n \u00a0de las actividades de Estado hacia el\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 sector exportador 6.284 5.441&#8211;11.725\u00a0\u00a0 \u00a011.725 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Apoyo \u00a0al desarrollo tur\u00edstico nacional 52.359&#8212;52.359\u00a0\u00a0 52.359 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ciencia \u00a0y tecnolog\u00eda\u00a0 123.917 \u00a0121.118&#8211;245.036\u00a0 245.036 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fomento \u00a0a la innovaci\u00f3n 19.948\u00a0 \u00a0113.176&#8211;133.124\u00a0 133.124 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Apoyo \u00a0al desarrollo cient\u00edfico y a la formaci\u00f3n del\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 recurso humano 53.585\u00a0 4.880&#8211;58.465\u00a0\u00a0 58.465 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ciencia \u00a0y tecnolog\u00eda agropecuaria\u00a0 50.385\u00a0 3.062&#8211;53.447\u00a0\u00a0 53.447 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Salud \u00a02.364.531 215.928 6.487.051 474.022 9.541.532-9.541.532 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fosyga \u00a02.140.321&#8212;2.140.321\u00a0 2.140.321 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Plan \u00a0de atenci\u00f3n b\u00e1sica 40.349&#8212;40.349\u00a0\u00a0 40.349 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros \u00a0programas 183.861&#8212;183.861\u00a0 183.861 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ISS-Formaci\u00f3n \u00a0bruta de capital&#8212;125.575 125.575\u00a0 \u00a0125.575 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ISS-Otros \u00a0promoci\u00f3n y prevenci\u00f3n&#8212;288.577 288.577\u00a0 \u00a0288.577 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cajas \u00a0de previsi\u00f3n-Formaci\u00f3n bruta de capital&#8212;14.883\u00a0 14.883\u00a0\u00a0 \u00a014.883 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cajas \u00a0de previsi\u00f3n-Promoci\u00f3n y prevenci\u00f3n&#8212;35.195\u00a0 \u00a035.195\u00a0\u00a0 35.195 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Empresas \u00a0sociales del estado&#8212;9.792 9.792\u00a0 9.792 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Total \u00a0transferencias&#8211;6.487.051-6.487.051\u00a0 \u00a06.487.051 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comunicaciones \u00a09.517 427.430-1.574.640 2011.587-2011.587 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Telefon\u00eda \u00a0local&#8212;303.436 303.436-303.436 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Telefon\u00eda \u00a0larga distancia&#8212;288.688 288.688-288.688 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Telefon\u00eda \u00a0m\u00f3vil celular y PCS&#8212;&#8212;- \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Telefon\u00eda \u00a0social-382.195-23 382.218-382.218 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Valor \u00a0agregado&#8212;89.839\u00a0 89.839-89.839 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Televisi\u00f3n&#8212;89.034\u00a0 89.034-89.034 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sectores \u00a0Aportes Recursos Transfer Resto del sector Total Fondo\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0 administrados\u00a0\u00a0 p\u00fablico no\u00a0 \u00a0de Total<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 financiero\u00a0 inversi\u00f3n p\u00fablico + FIP<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 (Descentralizado)\u00a0 Paz \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros \u00a09.517 45.235-803.620 858.372-858.372 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Minas \u00a0y Energ\u00eda 736.480 91.681-7.221.701 8.049.861\u00a0 \u00a08.049.861 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Electricidad \u00a0540.027 11.513-840.029 1.391.569-1.391.569 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Distribuci\u00f3n \u00a0130.329&#8211;83.615\u00a0 213.944\u00a0 213.944 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Energizaci\u00f3n \u00a0rural 55.820&#8212;55.820\u00a0\u00a0 55.820 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Generaci\u00f3n \u00a032.368&#8211;437.032 469.399\u00a0 469.399 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Planeaci\u00f3n \u00a0sectorial 7.626 10.467&#8211;18.092\u00a0 \u00a0\u00a018.092 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Subsidios \u00a0103.866&#8212;103.866\u00a0 103.866 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Transmisi\u00f3n&#8212;253.683 \u00a0253.683\u00a0 253.683 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Uso \u00a0racional de energ\u00eda 3.664 1.046&#8211;4.710\u00a0 \u00a04.710 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Zonas \u00a0interconectadas 123.349&#8212;123.349\u00a0 \u00a0123.349 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Zonas \u00a0no interconectadas 83.006&#8211;65.698\u00a0 \u00a0148.704\u00a0 148.704 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Petr\u00f3leo&#8212;6.125.943 \u00a06.125.943\u00a0 6.125.943 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corporativo&#8212;171.541 \u00a0171.541\u00a0 171.541 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Exploraci\u00f3n&#8212;1.050.717 \u00a01.050.717\u00a0 1.050.717 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Explotaci\u00f3n&#8212;3.727.614 \u00a03.727.614\u00a0 3.727.614 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros&#8212;4.003 \u00a04.003\u00a0 4.003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Refinaci\u00f3n&#8212;813.579 \u00a0813.579\u00a0 813.579 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Transporte&#8212;358.488 \u00a0358.488\u00a0 358.488 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gas \u00a023.141-200.430 223.571\u00a0 223.571 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Distribuci\u00f3n&#8212;22.056\u00a0 22.056\u00a0\u00a0 \u00a022.056 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Subsidios \u00a023.141&#8212;23.141\u00a0\u00a0 23.141 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Transporte&#8212;178.374 \u00a0178.374\u00a0 178.374 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carb\u00f3n \u00a0y otros 80.779&#8211;55.300\u00a0 136.079\u00a0 136.079 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Administraci\u00f3n \u00a0y fomento 80.779&#8212;80.779\u00a0\u00a0 80.779 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Exploraci\u00f3n&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Infraestructura&#8212;55.300\u00a0 55.300\u00a0\u00a0 \u00a055.300 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Miner\u00eda\u00a0 92.533\u00a0 \u00a080.168&#8211;172.700-172.700 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Administraci\u00f3n \u00a0y fomento 34.671&#8212;34.671\u00a0 \u00a034.671 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Exploraci\u00f3n&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fomento \u00a0miner\u00eda del oro 2.933&#8212;2.933\u00a0 2.933 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Infraestructura \u00a0de explotaci\u00f3n&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros \u00a017.841\u00a0 16.894&#8211;34.735\u00a0\u00a0 34.735 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Plan \u00a0de exploraci\u00f3n b\u00e1sica 37.087\u00a0 \u00a063.274&#8211;100.361\u00a0 100.361 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Promoci\u00f3n \u00a0y asistencia&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Transporte \u00a02.761.905 1.446.568-85.152\u00a0 \u00a04.293.624-4.293.624 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Red \u00a0primaria 1.352.360 905.587&#8211;2.257.947-2.257.947 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Red \u00a0secundaria y terciaria 330.063&#8212;330.063-330.063 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>V\u00edas \u00a0f\u00e9rreas 300.733 15.492&#8211;316.225-316.225 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Puertos \u00a0mar\u00edtimos 18.059&#8212;18.059-18.059 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Aeropuertos-525.489&#8211;525.489-525.489 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fluvial \u00a031.269&#8212;31.269-31.269 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Metro \u00a0de Bogot\u00e1 y tren ligero Cali\u00a0 \u00a0600.000&#8212;600.000\u00a0 600.000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros \u00a0transporte 129.421&#8211;85.152\u00a0 \u00a0214.573-214.573 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Educaci\u00f3n, \u00a0Juventud y Deporte 321.899 1.499.120 15.328.260-17.149.280-17.149.280 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Educaci\u00f3n \u00a0232.473 153.000 15.328.260-15.713.734-15.713.734 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Educaci\u00f3n \u00a0b\u00e1sica y media 115.024&#8212;115.024-115.024 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Educaci\u00f3n \u00a0es calidad 47.960&#8212;47.960\u00a0\u00a0 47.960 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Caminante \u00a067.064&#8212;67.064\u00a0\u00a0 67.064 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Educaci\u00f3n \u00a0informal 4.877&#8212;4.877-4.877 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ursulas \u00a04.877&#8212;4.877\u00a0 4.877 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Educaci\u00f3n \u00a0superior 112.572 153.000&#8211;265.572\u00a0 \u00a0265.572 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sociedad \u00a0del conocimiento&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ampliaci\u00f3n \u00a0del sistema de cr\u00e9dito 56.224\u00a0 \u00a0103.103&#8211;159.327\u00a0 159.327 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mejoramiento \u00a0de la calidad 21 18.568&#8211;18.589\u00a0\u00a0 18.589 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Impulso \u00a0a la educaci\u00f3n tecnol\u00f3gica y la capacidad\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 cient\u00edfica 56.327\u00a0 31.329&#8211;87.656\u00a0\u00a0 87.656 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Total \u00a0transferencia&#8211;15.328.260-15.328.260\u00a0 \u00a015.328.260 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Deporte&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Asistencia, \u00a0Apoyo y mejoramiento de la recreaci\u00f3n\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 y el deporte 13.406 \u00a031.413&#8211;44.818\u00a0\u00a0 \u00a044.818 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros \u00a0(incluye Inci. Insor. Colparticipar Caro y cuervo\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 y Bib. P\u00fab. de Medell\u00edn) 68.523&#8212;68.523\u00a0\u00a0 \u00a068.523 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sectores \u00a0Aportes Recursos Transfer Resto del sector Total Fondo\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0administrados\u00a0\u00a0 p\u00fablico no\u00a0 \u00a0de Total<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 financiero\u00a0 inversi\u00f3n p\u00fablico + FIP<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 (Descentralizado)\u00a0 Paz \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juventud&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Constructores \u00a0de un nuevo pa\u00eds 7.498&#8212;7.498\u00a0 7.498 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Capacitaci\u00f3n \u00a0t\u00e9cnica para el trabajo (SENA)-1.314.707&#8211;1.314.707\u00a0 1.314.707 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cultura \u00a0140.965 307 229.235-370.506\u00a0 370.506 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organizaci\u00f3n \u00a0del sector 11.169&#8212;11.169\u00a0\u00a0 11.169 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cultura \u00a0y medios de comunicaci\u00f3n\u00a0 \u00a09.953&#8212;9.953\u00a0 9.953 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Formaci\u00f3n \u00a0art\u00edstica y cultural 2.950&#8211;2.950\u00a0 2.950 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Patrimonio \u00a0cultural de la Naci\u00f3n 23.437&#8212;23.437\u00a0\u00a0 \u00a023.437 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fomento \u00a0a la creaci\u00f3n y la investigaci\u00f3n art\u00edstica\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 y cultural 18.854\u00a0 26&#8211;18.879\u00a0\u00a0 18.879 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Monumentos \u00a0nacionales 59.980&#8212;59.980\u00a0\u00a0 59.980 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros \u00a0cultura 14.622\u00a0 281&#8211;14.903\u00a0\u00a0 14.903 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Total \u00a0transferencias&#8211;229.235-229.235\u00a0 229.235 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Justicia \u00a0334.833 996.957&#8211;1.331.790-1.331.790 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Justicia \u00a0334.833 534.702&#8211;869.535\u00a0 869.535 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros \u00a0justicia (ICBF)-462.255&#8211;462.255\u00a0 462.255 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Medio \u00a0Ambiente 491.922 29.595&#8211;521.517-521.517 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Agua \u00a0123.755 12.931&#8211;136.686-136.686 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ordenamiento \u00a0y manejo de ecorregiones de inter\u00e9s\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 nacional para su conservaci\u00f3n y restauraci\u00f3n 5.325&#8212;5.325\u00a0 5.325 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ordenamiento \u00a0y manejo de microcuencas para la\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 conservaci\u00f3n y restauraci\u00f3n del recurso h\u00eddrico en\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 cantidad y calidad 102.769&#8212;102.769\u00a0 102.769 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Consolidaci\u00f3n \u00a0de instrumentos para la evaluaci\u00f3n de\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 la oferta y demanda del recurso h\u00eddrico superficial y\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 subterr\u00e1neo 15.661&#8212;28.592\u00a0\u00a0 28.592 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Biodiversidad\u00a0 87.068\u00a0 \u00a0490&#8211;87.558-87.558 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Recuperaci\u00f3n \u00a0Conservaci\u00f3n y manejo de la biodiversidad 48.150&#8212;48.150\u00a0 \u00a048.150 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Administraci\u00f3n, \u00a0Manejo y conservaci\u00f3n del sistema\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 de \u00e1reas protegidas\u00a0 32.854&#8212;32.854\u00a0\u00a0 32.854 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Implementaci\u00f3n \u00a0de procesos de investigaci\u00f3n. Carac-<\/p>\n<p>\u00a0 terizaci\u00f3n e informaci\u00f3n para la biodiversidad 6.064 490- 6.554\u00a0 6.554 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Bosques \u00a031.850&#8212;31.850-31.850 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Restauraci\u00f3n \u00a0y protecci\u00f3n de ecosistemas boscosos\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 y uso sostenible del recurso forestal 30.743&#8212;30.743\u00a0\u00a0 30.743 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Investigaci\u00f3n \u00a0para el uso sostenible del bosque y\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 desarrollo de mecanismos de implementaci\u00f3n conjunta\u00a0 1.107&#8212;1.107\u00a0 \u00a01.107 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sostenibilidad \u00a0procesos productivos end\u00f3genos\u00a0 \u00a0125.381&#8212;125.381-125.381 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Desarrollo \u00a0e investigaci\u00f3n en sistemas de conservaci\u00f3n y producci\u00f3n sostenible regional y \u00a0local\u00a0 122.083&#8212;122.083\u00a0 122.083 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Difusi\u00f3n \u00a0servicio de informaci\u00f3n. Educaci\u00f3n y capa-<\/p>\n<p>\u00a0 citaci\u00f3n ambiental 3.298&#8212;3.298\u00a0 3.298 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mejoramiento \u00a0calidad de vida urbana 40.132&#8212;40.132-40.132 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Manejo, \u00a0Control y monitoreo de vertimientos y\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 emisiones 26.899&#8212;26.899\u00a0\u00a0 26.899 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Regulaci\u00f3n, \u00a0Control. Disposici\u00f3n y manejo de residuos s\u00f3lidos y peligrosos 7.999&#8212;7.999\u00a0 7.999 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Implementaci\u00f3n \u00a0de planes de manejo de gesti\u00f3n ambiental urbana 5.234&#8212;5.234\u00a0 5.234 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Producci\u00f3n \u00a0m\u00e1s limpia 77.491\u00a0 16.174&#8211;93.665\u00a0\u00a0 93.665 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Investigaci\u00f3n, \u00a0Informaci\u00f3n, Regulaci\u00f3n y promoci\u00f3n\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 de sistemas productivos y extractivos limpios 6.695&#8212;22.869\u00a0\u00a0 22.869 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Recuperaci\u00f3n \u00a0y manejo de \u00e1reas afectadas por actividades productivas y extractivas\u00a0 70.796&#8212;70.796\u00a0\u00a0 70.796 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mercados \u00a0verdes 6.245&#8212;6.245-6.245 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Investigaci\u00f3n \u00a0y regulaci\u00f3n para la promoci\u00f3n de\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 mercados verdes 6.245&#8212;6.245\u00a0 6.245 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gobierno \u00a0287.145 115.580 173.073-575.797\u00a0 575.797 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Agropecuario \u00a0502.678 112.977&#8211;615.655\u00a0 615.655 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Adecuaci\u00f3n \u00a0de tierras 126.893 53.312&#8211;180.204\u00a0 \u00a0180.204 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mediana \u00a0y gran irrigaci\u00f3n&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Peque\u00f1a \u00a0irrigaci\u00f3n&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Capitalizaci\u00f3n\u00a0 133.297&#8212;133.297\u00a0 133.297 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Incentivo \u00a0a la capitalizaci\u00f3n rural&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Desarrollo \u00a0productivo 82.781\u00a0 35.677&#8211;118.459\u00a0 118.459 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sectores \u00a0Aportes Recursos Transfer Resto del sector Total Fondo\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0 administrados\u00a0\u00a0 p\u00fablico no\u00a0 \u00a0de Total<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 financiero\u00a0 inversi\u00f3n p\u00fablico + FIP<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 (Descentralizado)\u00a0 Paz \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Investigaci\u00f3n \u00a0agropecuaria&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sanidad \u00a0agropecuaria&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cr\u00e9dito&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fomento&#8212;&#8212; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Inversi\u00f3n \u00a0agropecuaria 342.971 88.989&#8211;431.960-431.960 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Desarrollo \u00a0social rural 159.707 23.988&#8211;183.695-183.695 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Reforma \u00a0agraria 97.012\u00a0 23.988&#8211;121.001\u00a0 121.001 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Titulaci\u00f3n \u00a0de bald\u00edos&#8212;&#8211; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Saneamiento \u00a0de resguardos&#8212;&#8211; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Adjudicaci\u00f3n \u00a0de tierras&#8212;&#8211; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Plante \u00a043.865&#8212;43.865\u00a0\u00a0 43.865 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Desarrollo \u00a0campesino 18.830&#8212;18.830\u00a0\u00a0 18.830 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Saneamiento \u00a0b\u00e1sico 104.463 29.096\u00a0 2.292.339 8.059 \u00a02.433.957-2.433.957 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Total \u00a0plan 104.463 29.096\u00a0 2.292.339 8.059 \u00a02.433.957-2.433.957 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Trabajo \u00a0y seguridad social 676.650 1.310.422-97.487\u00a0 \u00a02084.558-2084.558 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Administraci\u00f3n \u00a0e intermediaci\u00f3n de empleo-46.443-46.443\u00a0\u00a0 \u00a046.443 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Apoyos \u00a0de sostenimiento (red solidaridad)-24.260-24.260\u00a0\u00a0 24.260 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Seguridad \u00a0social 676.650 1.239.718&#8211;1916.368-1916.368 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondo \u00a0de solidaridad pensional 519.716&#8211;519.716\u00a0 \u00a0519.716 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Respaldo \u00a0pensiones servicio dom\u00e9stico 15.438&#8211;15.438\u00a0\u00a0 \u00a015.438 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Respaldo \u00a0reservas pensiones y cesant\u00edas\u00a0 130.638 \u00a01.239.683-1.370.321\u00a0 1.370.321 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Levantamiento \u00a0encuesta nacional de hogares 7.320&#8211;7.320\u00a0 \u00a07.320 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Programas \u00a0de asesor\u00eda. Difusi\u00f3n e investigaci\u00f3n\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 adelantados por la superintendencia de subsidio\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 familiar y las cajas de compensaci\u00f3n familiar 3.486&#8211;3.486\u00a0 3.486 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Capacitaci\u00f3n \u00a0y ubicaci\u00f3n laboral de limitados\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 auditivos 52 35-87\u00a0 87 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Formaci\u00f3n \u00a0bruta de capital&#8211; 61.585\u00a0 61.585\u00a0\u00a0 61.585 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Protecci\u00f3n \u00a0y bienestar social&#8211; 35.902\u00a0 35.902\u00a0\u00a0 35.902 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Vivienda \u00a0194.666 850.000-168.820 1.213.486\u00a0 \u00a01.213.486 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>No \u00a0vivienda de inter\u00e9s social urbana&#8212;53.820\u00a0 \u00a053.820-53.820 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Vivienda \u00a0de inter\u00e9s social urbana 172.000 850.000-115.000 1.137.000-1.137.000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros \u00a0vivienda 22.666 &#8211;22.666-22.666 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Desarrollo \u00a0comunitario 168.996 2.124.756-652 2.294.404-2.294.404 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Programas \u00a0de familia, Prevenci\u00f3n, Nutrici\u00f3n y cuidado del menor 22.230\u00a0 1968.468&#8211;1990.698-1990.698 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Programas \u00a0de protecci\u00f3n a la ni\u00f1ez. Los discapacitados y la poblaci\u00f3n y desarrollo \u00a0institucional 146.766 156.288-652 303.706-303.706 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Administraci\u00f3n \u00a0del Estado-198-14.010\u00a0 14.208\u00a0\u00a0 14.208 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Transferencias \u00a0otra inversi\u00f3n social&#8211;2.292.339-2.292.339\u00a0 \u00a02.292.339 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Transferencias \u00a0libre destinaci\u00f3nl&#8211;1.256.016-1.256.016\u00a0 \u00a01.256.016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Reconstrucci\u00f3n \u00a0del eje cafetero 471.888&#8212;471.888-471.888 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondo \u00a0de inversi\u00f3n para la paz&#8212;\u00a0 5.750.962 \u00a05.750.962 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Total \u00a010.684.881 9.462.521 28.058.312 9.690.967 57.896.681 5.750.962 63.647.643 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fuente: \u00a0DNP-UIP \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1 Los recursos del \u00a0Situado Fiscal de libre destinaci\u00f3n, se distribuyeron en el sector educaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Principales \u00a0proyectos de inversi\u00f3n. Algunos de los principales proyectos de inversi\u00f3n del \u00a0Plan Nacional de Inversiones P\u00fablicas 1999-2002 son los siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SECTOR AGROPECUARIO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Proyectos Adecuaci\u00f3n de \u00a0Tierras \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>An\u00e1lisis, dise\u00f1o y \u00a0construcci\u00f3n de distritos de riego y drenaje a nivel nacional: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Distrito Rancher\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Distrito Santo Tom\u00e1s El \u00a0Uvito \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SECTOR ELECTRICO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Proyectos de Generaci\u00f3n \u00a0El\u00e9ctrica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Urr\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Porce II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Termocentro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Termosierra \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Miel I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Encimadas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ca\u00f1averal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Expansi\u00f3n del Sistema de \u00a0Transmisi\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea Playa-Primavera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea Sabana-Nueva \u00a0Barranquilla \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea Urr\u00e1-Cerromatoso \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea Betania-Juanchito \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea Cartagena-Chin\u00fa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea \u00a0Cartagena-Sabanalarga \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea Jamundino-Santa \u00a0Rosa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea Guatap\u00e9-Anc\u00f3n Sur \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea San Felipe-Purnio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea \u00a0Primavera-Guatiguar\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea \u00a0Primavera-Facatativ\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea Tasajero-Guatiguar\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea San Felipe-La \u00a0Hermosa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Uso Racional y Eficiente \u00a0de Energ\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Distribuci\u00f3n El\u00e9ctrica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Zonas Interconectadas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Zonas no Interconectadas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Energizaci\u00f3n Rural \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SECTOR HIDROCARBUROS \u00a0PETROLEO Y GAS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Proyectos para Transporte \u00a0de Crudo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ampliaci\u00f3n de la Troncal \u00a0Gal\u00e1n-Salgar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ampliaci\u00f3n de la Troncal \u00a0Gualanday-Neiva \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ampliaci\u00f3n Poliducto de \u00a0Oriente \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ampliaci\u00f3n de Poliducto \u00a0de Occidente \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Almacenamiento \u00a0Estrat\u00e9gico de Crudos y Productos para todo el Pa\u00eds \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ampliaci\u00f3n Gal\u00e1n \u00a0Sebastopol \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Proyectos de Exploraci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Tocoragua \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Candelo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Guacharaco \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Cira \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Rio Zulia k \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cascajosa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Unicornio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Farallones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Medina Oriental \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sanjuanero \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Retorno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jerre Jerre \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Proyectos de Reserva en \u00a0Evaluaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Catalina-I-Valle Medio \u00a0Magdalena \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Olivo I-Valle Medio \u00a0Magdalena \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estero-Llano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Flore\u00f1a C-3F-Llanos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Segundo-Valle Superior \u00a0del Magdalena \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Proyectos de Transporte \u00a0de Gas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ampliaci\u00f3n de Compresi\u00f3n \u00a0Gasoducto Ballena-Barranca \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conversi\u00f3n a Gasoducto de \u00a0la L\u00ednea Cusiana-El Porvenir 35Km \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Construcci\u00f3n Gasoducto \u00a0Ayacucho-C\u00facuta 213 Km 10&#8243; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Construcci\u00f3n Gasoducto \u00a0Yumbo Caloto 100 Km 12&#8243; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ampliaci\u00f3n Gasoducto \u00a0Ballena Barrancabermeja-Loops \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Almacenamiento de Gas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Loops \u00a0Barrancabermeja-Sebastopol \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SECTOR MINERO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Proyectos de Evaluaci\u00f3n \u00a0de Expansi\u00f3n Minera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Plan de Exploraci\u00f3n \u00a0B\u00e1sica a nivel Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Promoci\u00f3n de la Miner\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Explotaci\u00f3n de las Areas \u00a0el Descanso, Guaymaral, Cerrej\u00f3n Sur y el Hatillo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SECTOR TRANSPORTE \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Principales proyectos \u00a0Viales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corredor \u00a0Bogot\u00e1-Buenaventura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Avenida \u00a0Boyac\u00e1-Girardot-Ibagu\u00e9 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>T\u00fanel de la L\u00ednea \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Buga-Buenaventura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corredor de Occidente \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Medell\u00edn-La Pintada \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Pereira-La \u00a0Paila-Armenia-Calarc\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Girardot-Ibagu\u00e9-Honda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Tumaco-Pasto-Mocoa \u00a0(Variante de San Francisco) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corredor Centro-Atl\u00e1ntico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Brice\u00f1o-Chiquinquir\u00e1-Barbosa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Barbosa-Bucaramanga-Lebrija \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Bucaramanga-San Alberto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>San Alberto-Santa Marta \u00a0(V\u00eda alterna al puerto) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conexi\u00f3n \u00a0Bucaramanga-Troncal del Magdalena Medio (Superv\u00eda) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Brice\u00f1o-Tunja-Sogamoso \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corredor del Caribe \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Malla Vial C\u00f3rdoba-Sucre \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Malla Vial \u00a0Atl\u00e1ntico-Bol\u00edvar-Sucre \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Santa Ana-La Gloria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corredor Sur-Occidente \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Rumichaca-Pasto-Chachag\u00fci \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corredor Central \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Neiva-Pitalito \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corredor Centro-Oriente \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>C\u00facuta-Bucaramanga \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>C\u00facuta-Oca\u00f1a \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Puente Tienditas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corredor Troncal del \u00a0Llano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Villavicencio-Saravena \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Principales proyectos \u00a0sector a\u00e9reo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Aeropuerto Alfonso \u00a0Bonilla Arang\u00f3n-Palmira, Valle \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Aeropuerto Jos\u00e9 Mar\u00eda \u00a0C\u00f3rdoba-Rionegro, Antioquia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Terminal de Pasajeros de \u00a0El Dorado-Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Aeropuertos Regionales a \u00a0nivel nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sistemas A\u00f1o 2000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Distribuci\u00f3n \u00a0regional. La siguiente distribuci\u00f3n regional de recursos se encuentra expresada \u00a0en millones de pesos constantes de 1998: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Plan de inversiones 1999-2002 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Regionalizaci\u00f3n preliminar e indicativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cifras en millones de pesos de 1998 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sector-Regi\u00f3n Corpes \u00a0Amazonia Bogot\u00e1\u00a0 Centro\u00a0 Costa\u00a0\u00a0 \u00a0Total Por<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0 Oriente atl\u00e1ntica Occidente Orinoquia \u00a0regional regionalizar Total \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Defensa y \u00a0seguridad&#8212;&#8212;-498.568 498.568 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Industria, comercio y \u00a0ciencia y tecnolog\u00eda&#8212;&#8212;-268.989\u00a0 \u00a0268.989 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Salud 91.271\u00a0 222.932 742.173 637.801 1.142.279 151.102 \u00a02.987.559 3.374.340\u00a0 6.361.899 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comunicaciones \u00a059.618\u00a0 869.466 501.413 484.438 1.122.624 \u00a0216.350 3.253.910\u00a0\u00a0 3.253.910 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Minas y energ\u00eda 721.543 \u00a01.169.780 3.857.583 2.261.515 638.913 2.529.500 11.178.833\u00a0 1.252.714 12.431.547 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Transporte 52.329\u00a0 100.280 1.256.863 461.138 999.822 66.931\u00a0 2.937.364\u00a0 \u00a05.784.892 8.722.256 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Educaci\u00f3n-Juventud y \u00a0deporte 195.861 629.211 1.522.337 1.268.325 2.364.540 337.633\u00a0 6.317.907 4.804.822 11.122.729 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cultura\u00a0 702 5.024 3.246 2.868 9.360 6.113 27.315\u00a0 160.274 187.588 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Justicia 5.864 \u00a080.618\u00a0 84.905\u00a0 95.510\u00a0 \u00a0126.689 10.030\u00a0 403.616 \u00a0270.673\u00a0 674.289 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Medio ambiente \u00a016.856\u00a0 5.448 48.632\u00a0 58.774\u00a0 \u00a039.804\u00a0 30.493\u00a0 200.006\u00a0 \u00a064.040\u00a0 264.046 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gobierno&#8212;&#8212;-291.528 \u00a0291.528 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Agropecuario 32.764\u00a0 5.825 192.581 250.423 173.706 88.851\u00a0 744.149-744.149 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Saneamiento \u00a0b\u00e1sico&#8212;&#8212;-2.554.033 2.554.033 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Trabajo y seguridad \u00a0social 1.595 987 93.644\u00a0 77.103\u00a0 101.907 6.075 281.310 774.108\u00a0 1.055.418 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Vivienda 45.102\u00a0 1.534.740 712.009 639.587 1.624.213 163.205 \u00a04.718.855\u00a0 11.476\u00a0 4.730.331 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Desarrollo comunitario \u00a019.245\u00a0 119.193 194.460 243.514 398.982 \u00a027.880\u00a0 1.003.275 158.389 1.161.663 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Administraci\u00f3n del \u00a0Estado&#8212;&#8212;-7.194 7.194 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Transferencias otra \u00a0inversi\u00f3n social&#8212;&#8212;-5.530.932 5.530.932 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Transferencias libre \u00a0destinaci\u00f3n&#8212;&#8212;-635.925 635.925 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Reconstrucci\u00f3n del eje \u00a0cafetero&#8212;-238.918-238.918-238.918 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondo de inversi\u00f3n para \u00a0la paz&#8212;&#8212;-2.911.729 2.911.729 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Total 1.242.750 4.743.504 \u00a09.209.846 6.480.997 8.981.757 3.634.163 34.293.017 29.354.626\u00a0 63.647.643 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Participaci\u00f3n \u00a0regionalizado 3.62% 13.83% 26.86% 18.90% 26.19% 10.60% 100.00%\u00a0\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Participaci\u00f3n total 1.95% \u00a07.45% 14.47% 10.18% 14.11% 5.71% 53.88% 46.12%\u00a0 \u00a0100.00% \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fuente: DNP-UIP-DPC \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Incluye aportes a \u00a0la Naci\u00f3n, recursos administrados, transferencias y sector descentralizado no \u00a0financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mecanismos para la ejecuci\u00f3n del plan \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Prelaci\u00f3n Legal del Plan de Inversiones P\u00fablicas. De conformidad con el inciso \u00a0tercero del art\u00edculo 341 de la Constituci\u00f3n, los \u00a0principios y disposiciones que contiene la presente ley, se aplicar\u00e1n con prelaci\u00f3n \u00a0a las dem\u00e1s leyes, no requerir\u00e1n leyes posteriores para su ejecuci\u00f3n y se \u00a0utilizar\u00e1n para resolver cualquier dificultad de interpretaci\u00f3n al aplicar las \u00a0disposiciones relacionadas con la ejecuci\u00f3n de los programas contenidos en esta \u00a0ley y para suplir los vac\u00edos que ellas presenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013. Alcance de la Ley del Plan en el Tiempo. Las disposiciones contenidas en la \u00a0presente ley continuar\u00e1n vigentes una vez se expidan nuevos planes de \u00a0desarrollo, a menos que sean modificados o derogados expresamente por el \u00a0legislador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a014. Flexibilizaci\u00f3n de Las Finanzas P\u00fablicas. Las apropiaciones financiadas con \u00a0rentas de destinaci\u00f3n espec\u00edfica autorizadas en el numeral 2 del art\u00edculo 359 de la Constituci\u00f3n, y los \u00a0gastos decretados por leyes preexistentes, se incluir\u00e1n en el presupuesto \u00a0despu\u00e9s de garantizar la disponibilidad de recursos necesarios para dar \u00a0cumplimiento al presente plan de desarrollo, atender el funcionamiento de las \u00a0ramas del poder p\u00fablico y los organismos de control, pagar los cr\u00e9ditos \u00a0judicialmente reconocidos y atender el servicio de la deuda, de conformidad con \u00a0el segundo inciso del art\u00edculo 346 de la Constituci\u00f3n, siempre \u00a0que no se afecten las metas macroecon\u00f3micas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. Cr\u00e9dito a las entidades territoriales. La Naci\u00f3n podr\u00e1 garantizar total o \u00a0parcialmente los cr\u00e9ditos otorgados por instituciones del sistema financiero a \u00a0las entidades territoriales con el fin de propiciar su saneamiento fiscal, \u00a0mediante el sistema de redescuento de Findeter, siempre y cuando se constituyan \u00a0las contragarant\u00edas necesarias a juicio del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico. Para tal fin, la respectiva operaci\u00f3n requerir\u00e1 la suscripci\u00f3n previa \u00a0de un convenio de desempe\u00f1o con la Direcci\u00f3n de Apoyo Fiscal del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>I. Sector Educaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Nuevo colegio. Con fundamento en los criterios de cobertura, calidad, \u00a0eficiencia y equidad, en un marco de autonom\u00eda y cohesi\u00f3n, el Gobierno Nacional \u00a0promover\u00e1 la integraci\u00f3n de establecimientos educativos de cualquier nivel, en \u00a0un \u00ab Nuevo Colegio\u00bb para garantizar el ciclo completo de educaci\u00f3n y la \u00a0racionalizaci\u00f3n de los factores humanos y de los recursos f\u00edsicos y financieros \u00a0a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a017. Educaci\u00f3n Media Superior. El Gobierno revisar\u00e1 la educaci\u00f3n media para \u00a0estructurarla en educaci\u00f3n media superior, claramente diferenciada de la \u00a0educaci\u00f3n b\u00e1sica secundaria o bachiller de manera que adquiera la entidad \u00a0propia relacionada con la preparaci\u00f3n de los educandos para el mundo del \u00a0trabajo y para educaci\u00f3n superior, previendo suficientes alternativas en \u00a0establecimientos especializados que se creen para tal fin o que sean \u00a0constituidos o establecidos mediante convenios entre varias instituciones, \u00a0incluidas las de educaci\u00f3n superior. La oferta de educaci\u00f3n media superior \u00a0podr\u00e1 ser subsidiada por la Naci\u00f3n con los recursos establecidos en la Ley 21 de 1992, pero se \u00a0procurar\u00e1 que su financiaci\u00f3n provenga principalmente de las entidades del \u00a0orden territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018. Traslado de docentes. A partir de la vigencia de la presente ley, la \u00a0extensi\u00f3n de cobertura, la calidad, la eficiencia y la equidad, se tendr\u00e1n como \u00a0criterios prevalentes y de inter\u00e9s general, cuando quiera que la autoridad \u00a0nominadora requiera efectuar traslados de plazas en situaciones particulares \u00a0que impidan la racionalizaci\u00f3n de la planta respectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a019. Concurrencia de salarios y pensiones. A partir de la vigencia de la \u00a0presente Ley y sin perjuicio de los empleados que hayan cumplido los requisitos \u00a0para su jubilaci\u00f3n, los empleados p\u00fablicos docentes, salvo en los casos que \u00a0se\u00f1ale el Gobierno Nacional, no podr\u00e1n percibir del Tesoro P\u00fablico de manera \u00a0concurrente salario y pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a020. Reliquidaci\u00f3n de pensiones reconocidas. Los empleados p\u00fablicos docentes que \u00a0se encuentren disfrutando de pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n y est\u00e9n cotizando para la \u00a0obtenci\u00f3n de segunda pensi\u00f3n, podr\u00e1n solicitar que las cotizaciones efectuadas \u00a0hasta la vigencia de la presente Ley sean contabilizadas para la reliquidaci\u00f3n \u00a0de su pensi\u00f3n actual, de conformidad con la reglamentaci\u00f3n que sobre el \u00a0particular expida el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a021. Retiro del servicio por jubilaci\u00f3n. El pago de la pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n \u00a0otorga a la entidad nominadora el derecho a retirar del servicio al empleado \u00a0p\u00fablico docente, de cualquier nivel territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0gobernadores y alcaldes podr\u00e1n retirar de las plantas docentes a cualquier \u00a0empleado p\u00fablico docente que goce de pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n, sin consideraci\u00f3n a \u00a0que el pago de su pensi\u00f3n sea a cargo de una entidad privada o de cualquier \u00a0nivel territorial, salvo en los casos que determine el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0retiro del empleado p\u00fablico docente se dispondr\u00e1 mediante resoluci\u00f3n proferida \u00a0por el respectivo gobernador o alcalde; y no podr\u00e1n alegarse derechos de \u00a0carrera docente para su impugnaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Gobierno determinar\u00e1 los criterios de conformidad con los cuales ser\u00e1 viable la \u00a0permanencia en el servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a022. Creaci\u00f3n de Instituciones de Educaci\u00f3n Superior P\u00fablicas. La creaci\u00f3n de \u00a0instituciones de educaci\u00f3n superior p\u00fablicas corresponde al Congreso Nacional, \u00a0a las asambleas departamentales y a los Concejos Distritales o Municipales, por \u00a0iniciativa del respectivo gobierno, previo cumplimiento de las disposiciones de \u00a0la presente ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A \u00a0partir de la vigencia de la presente ley, la creaci\u00f3n de seccionales, \u00a0regionales, sedes, dependencias o programas de extensi\u00f3n, ubicados por fuera \u00a0del domicilio principal de las instituciones de educaci\u00f3n superior p\u00fablicas, \u00a0requerir\u00e1 el cumplimiento de los requisitos previstos en el presente art\u00edculo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Al \u00a0proyecto de creaci\u00f3n de la instituci\u00f3n, seccional, regional, sede, dependencia \u00a0o programa de extensi\u00f3n, debe acompa\u00f1arse por parte del Gobierno respectivo, un \u00a0estudio de factibilidad socioecon\u00f3mica, que demuestre la sostenibilidad de la \u00a0instituci\u00f3n, aprobado por el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0estudio de factibilidad a que se refiere el presente art\u00edculo, deber\u00e1 demostrar \u00a0que la nueva instituci\u00f3n dispondr\u00e1 de personal docente id\u00f3neo con la dedicaci\u00f3n \u00a0necesaria; organizaci\u00f3n acad\u00e9mica y administrativa adecuadas; recursos f\u00edsicos \u00a0y financieros suficientes, de tal manera que tanto el nacimiento y desarrollo \u00a0de la instituci\u00f3n, como el de los programas que proyecte ofrecer, cuenten con \u00a0la garant\u00eda de su sostenibilidad y resultados de calidad acad\u00e9mica. Este \u00a0estudio deber\u00e1 demostrar igualmente, que la creaci\u00f3n de la instituci\u00f3n, seccional, \u00a0regional, sede, dependencia o programa de extensi\u00f3n est\u00e1 acorde con las \u00a0necesidades locales, regionales o nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0suficiencia de recursos financieros se demostrar\u00e1 cuando se trate de entidades \u00a0territoriales, acreditando una relaci\u00f3n intereses\/ahorro operacional no \u00a0inferior al 40%, En el caso de las instituciones del orden nacional, la \u00a0suficiencia de recursos se demostrar\u00e1 mediante certificado de viabilidad \u00a0presupuestal expedido por la Direcci\u00f3n General de Presupuesto del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a023. Presupuesto de las Instituciones de Educaci\u00f3n Superior P\u00fablicas. El \u00a0presupuesto de las instituciones de educaci\u00f3n superior p\u00fablicas que reciban \u00a0recursos de la Naci\u00f3n, se incorporar\u00e1 al presupuesto general de la naci\u00f3n como \u00a0una secci\u00f3n o en el presupuesto de la respectiva entidad territorial si es el \u00a0caso, e incluir\u00e1 el monto total de los ingresos que la respectiva instituci\u00f3n \u00a0proyecta recibir y el monto total de los gastos que pretende realizar por \u00a0concepto de gastos de funcionamiento, gastos de inversi\u00f3n y servicio de la \u00a0deuda. La desagregaci\u00f3n de las apropiaciones deber\u00e1 respetar su autonom\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0preparaci\u00f3n de los anteproyectos de presupuesto de las instituciones de \u00a0educaci\u00f3n superior p\u00fablicas, se realizar\u00e1 siguiendo la metodolog\u00eda mediante la \u00a0cual el monto de los recursos a transferir, sea el resultado de la evaluaci\u00f3n \u00a0de los par\u00e1metros de eficiencia, cobertura, calidad y desempe\u00f1o financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a024. Bonos Educativos de Valor Constante. Autor\u00edzase al Gobierno Nacional para \u00a0revisar y ajustar el corte de cuentas, efectuado en cumplimiento de la Ley 91 de 1989. As\u00ed como \u00a0la emisi\u00f3n de bonos educativos de valor constante por el valor total de la \u00a0deuda. Su administraci\u00f3n, redenci\u00f3n, cuant\u00edas y plazos ser\u00e1n fijados por el \u00a0Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>II. Sector cultura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a025. Recursos para la Cultura en las Participaciones Municipales. El porcentaje \u00a0de los recursos que de conformidad con el art\u00edculo 25 de la Ley 397 de 1997 est\u00e1 \u00a0destinado a cultura, ser\u00e1 el 40% de las participaciones municipales asignadas a \u00a0la educaci\u00f3n f\u00edsica, recreaci\u00f3n, deporte, cultura y aprovechamiento del tiempo \u00a0libre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a026. Fortalecimiento del Sector Cultura. El Gobierno Nacional propender\u00e1 por una \u00a0pol\u00edtica de fortalecimiento del sector cultural tratando de canalizar recursos \u00a0generados por la cultura al mismo sector. Adicionalmente para tal fin el sector \u00a0cultura deber\u00e1 generar recursos que tiendan a hacerlo viable financieramente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a027. Dep\u00f3sitos Aduaneros Culturales. Para el fomento de los programas culturales \u00a0prioritarios definidos en esta ley, se autoriza constituir dep\u00f3sitos aduaneros \u00a0a las entidades p\u00fablicas, dedicadas a la actividad cultural, previo concepto \u00a0favorable del Ministerio de Cultura y autorizaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n de Impuestos \u00a0y Aduanas Nacionales, DIAN. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a028. Espect\u00e1culos P\u00fablicos y Cultura. Para el financiamiento de los programas \u00a0culturales prioritarios definidos en esta ley, los recursos recaudados por el \u00a0pago del impuesto de espect\u00e1culos p\u00fablicos, con exclusi\u00f3n de aquellos que sean \u00a0de car\u00e1cter deportivo, ser\u00e1n destinados al financiamiento de actividades \u00a0art\u00edsticas y culturales, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Cultura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>III. Sector salud y seguridad social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a029. Estabilidad Financiera, Flexibilizaci\u00f3n Operativa y Eficiencia de las \u00a0Empresas Sociales del Estado. Cada una de las empresas sociales del Estado \u00a0deber\u00e1 ajustar su estructura organizacional y planta de personal, para mejorar \u00a0su capacidad de gesti\u00f3n y dise\u00f1ar un portafolio de servicios ajustado a sus \u00a0necesidades, a la demanda de la poblaci\u00f3n y a sus recursos f\u00edsicos humanos y \u00a0financieros, de tal forma que se garantice su sostenibilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Conpes social, con base en la propuesta elaborada por el Ministerio de Salud, \u00a0establecer\u00e1 la tipolog\u00eda hospitalaria por niveles de complejidad y establecer\u00e1 \u00a0los indicadores de gesti\u00f3n en las \u00e1reas de producci\u00f3n, calidad, eficiencia \u00a0administrativa, t\u00e9cnica y financiera y la gradualidad con la que deber\u00e1n \u00a0alcanzar las Empresas Sociales del Estado en dichos indicadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0establecer las condiciones que permitan cumplir con el proceso de ajuste, las \u00a0Empresas Sociales del Estado deber\u00e1n suscribir convenios de desempe\u00f1o con el \u00a0Ministerio de Salud y las entidades territoriales, en los cuales se se\u00f1ale el \u00a0t\u00e9rmino y la forma en que \u00e9ste se realizar\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De \u00a0manera excepcional con el objeto de garantizar el servicio p\u00fablico de salud y \u00a0como consecuencia de fallas de mercado, el Ministerio de Salud presentar\u00e1 a \u00a0consideraci\u00f3n del Conpes, la revisi\u00f3n de los indicadores de gesti\u00f3n generales, \u00a0con el fin de adaptarlos a los principios de equidad y eficiencia distributiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0Empresas Sociales del Estado que no se ajusten a la tipolog\u00eda establecida o no \u00a0cumplan los convenios de desempe\u00f1o, s\u00f3lo podr\u00e1n recibir recursos del Estado por \u00a0el pago de facturaci\u00f3n de servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0indemnizaciones que se originen por la supresi\u00f3n de cargos a causa del ajuste a \u00a0la tipolog\u00eda podr\u00e1n ser pagadas con los recursos del situado Fiscal y la \u00a0participaci\u00f3n de los municipios en los ingresos corrientes de la Naci\u00f3n, las \u00a0rentas cedidas, la venta de servicios y otros recursos que transfiera el \u00a0Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a030. Recursos del Presupuesto para la subcuenta de Solidaridad en Salud. La \u00a0Naci\u00f3n podr\u00e1 realizar aportes para la financiaci\u00f3n del r\u00e9gimen subsidiado en \u00a0salud, de acuerdo con las disponibilidades financieras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a031. Provisi\u00f3n de riesgos en la subcuenta de Solidaridad. El Gobierno Nacional \u00a0podr\u00e1 crear en el Fondo de Solidaridad y Garant\u00eda, Fosyga, Subcuenta de \u00a0Solidaridad, una provisi\u00f3n para garantizar la prestaci\u00f3n de los servicios a los \u00a0asegurados, en los casos de quiebra y de problemas de solvencia de las ARS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Esta \u00a0provisi\u00f3n se financiar\u00e1: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-Con \u00a0el porcentaje que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, \u00a0CNSSS, sobre el valor de la unidad de pago por capitaci\u00f3n subsidiada; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-Los \u00a0recursos provenientes de la liquidaci\u00f3n de los contratos suscritos entre las \u00a0entidades territoriales y las administradoras del r\u00e9gimen subsidiado para el \u00a0aseguramiento de la poblaci\u00f3n afiliada; y, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-Los \u00a0recursos provenientes de la provisi\u00f3n establecida por el CNSSS que deber\u00e1n \u00a0constituir las ARS a favor del r\u00e9gimen subsidiado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>As\u00ed \u00a0mismo el Gobierno podr\u00e1 establecer otros sistemas para garantizar la prestaci\u00f3n \u00a0de servicios en caso de quiebra o insolvencia de las entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a032. Provisi\u00f3n para Riesgos en el R\u00e9gimen Contributivo. El Gobierno podr\u00e1 crear \u00a0en el Fondo de Solidaridad y Garant\u00eda, Fosyga, Subcuenta de Compensaci\u00f3n, una \u00a0provisi\u00f3n para cubrir los riesgos del aseguramiento del R\u00e9gimen Contributivo y \u00a0garantizar la prestaci\u00f3n de los servicios en los casos de quiebra y de \u00a0problemas de solvencia entre otros, de las EPS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Esta \u00a0provisi\u00f3n se financiar\u00e1 con un porcentaje de los ingresos de las EPS destinados \u00a0a los gastos de administraci\u00f3n en la cuant\u00eda que establezca el Consejo Nacional \u00a0de Seguridad Social en Salud CNSSS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>As\u00ed \u00a0mismo, el Gobierno Nacional podr\u00e1 establecer otros sistemas para garantizar la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios en caso de quiebra o insolvencia de las entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a033. Excedentes de la Subcuenta de Eventos Catastr\u00f3ficos y Accidentes de \u00a0Tr\u00e1nsito. Los recursos excedentes de las tasas establecidas para financiar la \u00a0subcuenta de seguro de riesgos catastr\u00f3ficos y accidentes de tr\u00e1nsito del Fondo \u00a0de Solidaridad y Garant\u00eda en Salud, se destinar\u00e1n, para los fines que se\u00f1ala la \u00a0Ley 100 de 1993 y \u00a0adicionalmente a financiar los servicios asistenciales prestados a la poblaci\u00f3n \u00a0no amparada por beneficios del r\u00e9gimen contributivo del Sistema General de \u00a0Seguridad Social en Salud. Estos recursos se distribuir\u00e1n, de acuerdo con los \u00a0criterios que para tal efecto se\u00f1ale el Consejo Nacional de Seguridad Social en \u00a0Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a034. Controles del Sistema de Seguridad Social en Salud. Las entidades vigiladas \u00a0por la Superintendencia Nacional de Salud, salvo las excepciones previstas al \u00a0efecto en la Ley 488 de 1998, \u00a0participar\u00e1n en el financiamiento de dicha entidad mediante el pago de una \u00a0contribuci\u00f3n que se determinar\u00e1 y calcular\u00e1 conforme a lo dispuesto por dicha \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0asegurar el correcto funcionamiento del sistema de seguridad social en salud y \u00a0el uso adecuado de los recursos del mismo, el Gobierno Nacional organizar\u00e1 \u00a0sistemas de auditor\u00eda. A tal efecto, el gobierno precisar\u00e1 la forma como se \u00a0desarrollar\u00e1n dichos sistemas y los mecanismos como se contratar\u00e1 su desarrollo \u00a0por parte de particulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a035. Contrataci\u00f3n Colectiva de Seguros. El Gobierno Nacional podr\u00e1 establecer \u00a0sistemas que permitan la contrataci\u00f3n colectiva de los seguros de las enfermedades \u00a0de alto costo en el sistema de seguridad social en salud u otros mecanismos que \u00a0permitan lograr la mayor econom\u00eda en la contrataci\u00f3n de dichos seguros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a036. Excedentes del Fondo de Solidaridad Pensional. Los excedentes financieros \u00a0del Fondo de Solidaridad Pensional podr\u00e1n usarse para el pago de pensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a037. Reconocimiento y Pago de Pensiones. El Gobierno Nacional establecer\u00e1 \u00a0sistemas que permitan asegurar el correcto y eficiente reconocimiento y \u00a0liquidaci\u00f3n de pensiones a cargo del sector p\u00fablico. Dichos sistemas podr\u00e1n \u00a0incluir, entre otros, mecanismos de determinaci\u00f3n de par\u00e1metros generales \u00a0obligatorios, sistemas de auditor\u00eda, cruces de informaci\u00f3n e inclusive el \u00a0traslado de competencias para el efecto a otras entidades p\u00fablicas o la \u00a0contrataci\u00f3n de particulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a038. Eficiencia en el uso de los Recursos. El Sistema de Seguridad Social \u00a0funcionar\u00e1 de manera arm\u00f3nica y complementaria en los diversos elementos que le \u00a0son comunes, procurando cubrir todos los riesgos que le son propios, dentro de \u00a0los l\u00edmites de los recursos disponibles, y buscando el uso m\u00e1s eficiente para \u00a0los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV. Sector Agropecuario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a039. Adecuaci\u00f3n de Tierras. Los programas de adecuaci\u00f3n de tierras se podr\u00e1n \u00a0ejecutar mediante contratos de concesi\u00f3n, B.O.T. o similares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a040. Nuevas Operaciones Financieras de Finagro. El Fondo para el Financiamiento \u00a0del Sector Agropecuario, financiar\u00e1 adicionalmente, servicios vinculados \u00a0directa al sector agropecuario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Finagro \u00a0podr\u00e1 negociar t\u00edtulos valores sobre subyacentes agropecuarios y respaldar, \u00a0avalar, garantizar la emisi\u00f3n de dichos t\u00edtulos de conformidad con las normas \u00a0que regulan el mercado de valores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a041. Fondo Agropecuario de Garant\u00edas. El Fondo Agropecuario de Garant\u00edas, FAG, \u00a0podr\u00e1 otorgar garant\u00edas a los proyectos agropecuarios que le permita el \u00a0reglamento que para tal fin expida el Gobierno Nacional. (Nota: Art\u00edculo reglemantado por el Decreto 1203 de 2000). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a042. Reforma Agraria Integral. El subsidio al beneficiario de reforma agraria \u00a0podr\u00e1 cubrir no s\u00f3lo parte del valor del predio, sino tambi\u00e9n las inversiones complementarias, \u00a0tales como mejoras y fomento a la producci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0beneficiarios podr\u00e1n acceder a modalidades de subsidio colectivo. El \u00a0otorgamiento del subsidio de tierras para beneficiarios de reforma agraria no \u00a0estar\u00e1 sujeto a la obtenci\u00f3n de cr\u00e9dito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0arrendamiento con opci\u00f3n de compra o \u00ableasing\u00bb, ser\u00e1 un mecanismo que coadyuve \u00a0a activar la oferta de tierras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0otorgamiento de tierras adquiridas por el Incora mediante negociaci\u00f3n directa \u00a0se har\u00e1 preferiblemente mediante identificaci\u00f3n previa de proyectos productivos \u00a0y de planes integrales de ejecuci\u00f3n de las inversiones complementarias a la \u00a0adquisici\u00f3n de la tierra. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a043. Bonos Agrarios. Se emitir\u00e1n bonos agrarios de largo plazo redimibles en \u00a0diez a\u00f1os, con el fin de ejercer la opci\u00f3n de compra de los predios rurales que \u00a0reciban las entidades financieras a t\u00edtulo de daci\u00f3n en pago y para efectos de \u00a0pagar el valor de los bienes cuyo proceso de expropiaci\u00f3n por v\u00eda \u00a0administrativa adelante el Incora, respecto de bienes que el Incora requiera \u00a0para adelantar sus proyectos de reforma agraria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a044. Bolsas de Bienes y Productos Agropecuarios y Agroindustriales. Las bolsas \u00a0de bienes y productos agropecuarios y agroindustriales se constituir\u00e1n como \u00a0sociedades an\u00f3nimas con niveles de patrimonio adecuados que permitan \u00a0salvaguardar su solvencia y tendr\u00e1n por objeto organizar y mantener en \u00a0funcionamiento un mercado p\u00fablico en el cual se realicen mediante oferta \u00a0p\u00fablica operaciones de bienes, productos y servicios. Podr\u00e1n tambi\u00e9n realizar \u00a0operaciones sobre valores y derivados financieros sobre bienes y productos y \u00a0desarrollar mercados de futuros y opciones. Deber\u00e1n contar con organismos \u00a0independientes para la liquidaci\u00f3n y compensaci\u00f3n de sus operaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Gobierno Nacional regular\u00e1 el funcionamiento y operaci\u00f3n de estas bolsas, \u00a0se\u00f1alar\u00e1 la entidad encargada de ejercer su inspecci\u00f3n y vigilancia y \u00a0determinar\u00e1 respecto de los documentos a ser colocados en el mercado p\u00fablico, \u00a0cuales tendr\u00e1n el car\u00e1cter y prerrogativas de los t\u00edtulos valores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a045. Fondo Nacional de Riegos Agropecuarios. El Fondo Nacional de Riesgos \u00a0Agropecuarios podr\u00e1 apoyar el subsidio a las primas de riesgos de seguros a los \u00a0productores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Comisi\u00f3n Nacional de Cr\u00e9dito Agropecuario orientar\u00e1 los recursos del fondo \u00a0Nacional de Riesgos Agropecuarios, as\u00ed como la elegibilidad del subsidio de las \u00a0primas a explotaciones agropecuarias y zonas espec\u00edficas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>V. Sector Medio Ambiente \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a046. Elegibilidad de proyectos. El Ministerio del Medio Ambiente reglamentar\u00e1 \u00a0los criterios de selecci\u00f3n de los proyectos que soliciten financiaci\u00f3n con \u00a0recursos provenientes del Fondo Nacional de Regal\u00edas, as\u00ed como los criterios \u00a0que deber\u00e1 atender la Corporaci\u00f3n Aut\u00f3noma Regional o de Desarrollo Sostenible \u00a0respectiva para expedir aval t\u00e9cnico al proyecto que se presente para su \u00a0revisi\u00f3n, cuando los mismos tengan por objeto la preservaci\u00f3n del Medio \u00a0Ambiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a047. Fusi\u00f3n de los Fondos del Sector Medio Ambiente. El Gobierno Nacional \u00a0integrar\u00e1 en un fondo sin personer\u00eda jur\u00eddica, los fondos adscritos al \u00a0Ministerio del Medio Ambiente existentes. Dicho fondo estar\u00e1 adscrito al \u00a0mencionado ministerio, y se denominar\u00e1 Fondo Nacional Ambiental. Para tal \u00a0efecto, los fondos fusionados se transformar\u00e1n en subcuentas del fondo que se \u00a0ordena integrar, encargadas de administrar los respectivos recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a048. Tarifa de las Licencias Ambientales. El art\u00edculo 28 de la Ley 344 de 1996 \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8220;Las \u00a0autoridades ambientales podr\u00e1n cobrar por una sola vez el servicio de \u00a0evaluaci\u00f3n y seguimiento de la licencia ambiental y dem\u00e1s permisos, concesiones \u00a0y autorizaciones establecidas en la Ley y normas reglamentarias. Los costos por \u00a0concepto del cobro del servicio de la evaluaci\u00f3n de los estudios de impacto \u00a0ambiental, de los diagn\u00f3sticos ambientales, de alternativas, del seguimiento de \u00a0los proyectos y dem\u00e1s relacionados con la licencia ambiental, cobrados por el \u00a0Ministerio del Medio Ambiente, entrar\u00e1n a una subcuenta especial del Fonam. Los \u00a0recursos por este concepto se utilizar\u00e1n para sufragar los costos de evaluaci\u00f3n \u00a0y seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De \u00a0conformidad con el art\u00edculo 338 de la Constituci\u00f3n Nacional, \u00a0para la fijaci\u00f3n de las tarifas que se autorizan en este art\u00edculo, el \u00a0Ministerio del Medio Ambiente y las autoridades ambientales aplicar\u00e1n el \u00a0sistema que se describe a continuaci\u00f3n: La tarifa incluir\u00e1: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0El valor total de los honorarios de los profesionales requeridos para la \u00a0realizaci\u00f3n de la tarea propuesta; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0El valor total de los gastos de viaje de los profesionales que se ocasionen \u00a0para el estudio de la expedici\u00f3n, el seguimiento o el monitoreo de la licencia \u00a0ambiental, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0El valor total de los an\u00e1lisis de laboratorio u otros estudios y dise\u00f1os \u00a0t\u00e9cnicos que sean requeridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0autoridades ambientales aplicar\u00e1n el siguiente m\u00e9todo de c\u00e1lculo: Para el \u00a0literal a), se estimar\u00e1 el n\u00famero de profesionales\/mes o contratistas\/mes y se \u00a0aplicar\u00e1n los topes promedio de sueldos y contratos del Ministerio de \u00a0Transporte y para el caso de contratistas internacionales, las escalas tarifarias \u00a0promedio para contratos de consultor\u00eda del Banco Mundial o del PNUD; para el \u00a0literal b) sobre un estimativo de visitas a la zona del proyecto se calcular\u00e1 \u00a0el monto de los gastos de viaje necesarios, valorados de acuerdo con las \u00a0tarifas del transporte p\u00fablico y la escala de vi\u00e1ticos del Ministerio del Medio \u00a0Ambiente; para el literal c), el costo de los an\u00e1lisis de laboratorio u otros \u00a0trabajos t\u00e9cnicos ser\u00e1 incorporado en cada caso, de acuerdo con cotizaciones \u00a0espec\u00edficas. A la sumatoria de estos tres costos (a, b y c) se le aplicar\u00e1 un \u00a0porcentaje que anualmente fijar\u00e1 el Ministerio por gastos del valor del \u00a0proyecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0proyectos que requieran licencia, permiso o cualquier otra autorizaci\u00f3n \u00a0ambiental, pagar\u00e1n a la autoridad ambiental respectiva las siguientes tarifas \u00a0sobre el valor total del proyecto, por concepto de la prestaci\u00f3n del servicio \u00a0de evaluaci\u00f3n, seguimiento y monitoreo de la respectiva licencia, permiso o \u00a0autorizaci\u00f3n ambiental: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Aquellos que tengan un valor hasta de 2.115 salarios m\u00ednimos mensuales \u00a0vigentes, tendr\u00e1n una tarifa m\u00e1xima del 0.6%. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Aquellos que tengan un valor superior a los 2.115 salarios m\u00ednimos mensuales \u00a0vigentes e inferior a los 8.458 salarios m\u00ednimos mensuales vigentes, tendr\u00e1n \u00a0una tarifa m\u00e1xima del 0.5%. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Aquellos que tengan un valor superior a los 8.458 salarios m\u00ednimos mensuales \u00a0vigentes, tendr\u00e1n una tarifa m\u00e1xima del 0.4%. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Hasta \u00a0la expedici\u00f3n de un decreto de racionalizaci\u00f3n del tr\u00e1mite de licencias, \u00a0permisos y autorizaciones ambientales, los per\u00edodos m\u00e1ximos con que cuenta la \u00a0autoridad ambiental para completar los mencionados actos administrativos, una \u00a0vez cumplidos los requisitos legales, ser\u00e1 de hasta: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Aquellos que tengan un valor hasta de 2.115 salarios m\u00ednimos mensuales \u00a0vigentes, seis meses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Aquellos que tengan un valor superior a los 2.115 salarios m\u00ednimos mensuales \u00a0vigentes e inferior a los 8.458 salarios m\u00ednimos mensuales vigentes, ocho \u00a0meses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 \u00a0Aquellos que tengan un valor superior a los 8.458 salarios m\u00ednimos mensuales \u00a0vigentes, diez meses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cuando \u00a0las autoridades ambientales contraten la evaluaci\u00f3n de los estudios de impacto \u00a0ambiental y del diagn\u00f3stico ambiental de alternativas, as\u00ed como el seguimiento \u00a0de los proyectos, el pago de los honorarios de dichos servicios podr\u00e1 ser \u00a0cobrado por la autoridad ambiental al beneficiario del proyecto, de conformidad \u00a0con las tarifas que para tales efectos determine el Ministerio del Medio \u00a0Ambiente. En ning\u00fan caso dichos honorarios podr\u00e1n pagarse directamente a un \u00a0servidor p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0ingresos por concepto de los permisos establecidos en la Convenci\u00f3n \u00a0Internacional sobre comercio de especies amenazadas de fauna y flora silvestres \u00a0CITES, y los ingresos percibidos por concepto de Ecoturismo ingresar\u00e1n al Fondo \u00a0Nacional Ambiental, Fonam. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a049. Asociaciones Comunitarias de la Cuenca por Jurisdicci\u00f3n de Corporaciones \u00a0Aut\u00f3nomas Regionales y de Desarrollo Sostenible. El Ministerio del Medio \u00a0Ambiente definir\u00e1 los criterios de creaci\u00f3n de Asociaciones Comunitarias de \u00a0Cuenca por Jurisdicci\u00f3n de Corporaciones Aut\u00f3nomas Regionales y de Desarrollo \u00a0Sostenible, y fomentar\u00e1 su conformaci\u00f3n. Las Asociaciones estar\u00e1n conformadas \u00a0por: Propietarios de los predios colindantes con los cuerpos de agua de la \u00a0cuenca; representantes de las \u00e1reas protegidas y protectoras de los nacimientos \u00a0de agua; representantes de los usuarios; representantes de las autoridades \u00a0ambientales con jurisdicci\u00f3n sobre la cuenca o regi\u00f3n; representantes de las \u00a0ONG radicadas en la cuenca o regi\u00f3n; y representantes de otros sectores que la \u00a0autoridad ambiental estime conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>VI. Justicia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a050. Servicio Legal Popular en la Defensor\u00eda del Pueblo. El servicio legal \u00a0popular podr\u00e1 prestarse en la Defensor\u00eda del Pueblo por los reci\u00e9n egresados de \u00a0facultades de derecho, que podr\u00e1n graduarse sin la prestaci\u00f3n del servicio \u00a0legal popular, previa suscripci\u00f3n de un compromiso con la Defensor\u00eda del Pueblo \u00a0para obrar como apoderados de \u00e9sta, en las condiciones que ella se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Servicio Legal Popular podr\u00e1 prestarse durante seis (6) meses, con dedicaci\u00f3n \u00a0de tiempo completo; un (1) a\u00f1o, con dedicaci\u00f3n de medio tiempo y dos (2) a\u00f1os, \u00a0con dedicaci\u00f3n de diez (10) horas semanales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>VII. Infraestructura Sector Transporte \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a051. Transferencia Vial. El Fondo Nacional de Caminos Vecinales transferir\u00e1 a \u00a0los departamentos la red vial a su cargo dentro de los dos (2) a\u00f1os siguientes \u00a0a la entrada en vigencia de la presente ley, teniendo en cuenta para el efecto \u00a0lo previsto en el art\u00edculo 16 de la Ley 105 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Una \u00a0vez transferida la red a cargo del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, la \u00a0Naci\u00f3n no podr\u00e1 asumir responsabilidades relativas a la construcci\u00f3n, \u00a0conservaci\u00f3n o mantenimiento de v\u00edas secundarias o terciarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a052. Programa de fortalecimiento de la planeaci\u00f3n y gesti\u00f3n vial de los entes \u00a0territoriales. El Ministerio de Transporte, a trav\u00e9s del Instituto Nacional de \u00a0V\u00edas y en coordinaci\u00f3n con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0desarrollar\u00e1n durante los dos a\u00f1os siguientes a la vigencia de la presente ley, \u00a0un programa encaminado al fortalecimiento de la planeaci\u00f3n y de la gesti\u00f3n vial \u00a0de los entes territoriales en lo concerniente a las actividades de \u00a0rehabilitaci\u00f3n, mejoramiento y mantenimiento de la red vial a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0programa previsto en el presente art\u00edculo incluir\u00e1 esquemas de financiaci\u00f3n a \u00a0trav\u00e9s de los recursos del Fondo Nacional de Regal\u00edas, las sobretasas a los \u00a0combustibles y otros recursos del orden departamental y municipal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a053. Proyectos en Curso de Infraestructura Vial. Los proyectos de \u00a0infraestructura vial que al momento de expedirse la presente ley est\u00e9n a cargo \u00a0del Instituto Nacional de V\u00edas y que no correspondan a las referidas \u00a0especificaciones o prioridades, deber\u00e1n devolverse a los respectivos entes \u00a0territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a054. Planes de expansi\u00f3n. El art\u00edculo 15 de la Ley 105 de 1993, \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8220;Art\u00edculo \u00a015. Planes de expansi\u00f3n de la Ley de Transporte a cargo de la Naci\u00f3n. El \u00a0Ministerio de Transporte presentar\u00e1 al Consejo Nacional de Pol\u00edtica Econ\u00f3mica y \u00a0Social, Conpes, para su aprobaci\u00f3n, cada dos (2) a\u00f1os, los planes de expansi\u00f3n \u00a0vial, que deber\u00e1n contener como m\u00ednimo lo siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0La conveniencia de hacer inversiones en nueva infraestructura vial nacional, de \u00a0acuerdo con las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Las inversiones p\u00fablicas que deben efectuarse en infraestructura vial, y las \u00a0privadas que deben estimularse; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Las metodolog\u00edas que deben aplicarse de modo general al establecer \u00a0contraprestaciones por concesiones e infraestructura vial nacional, en los \u00a0t\u00e9rminos de la Ley 105 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0planes de expansi\u00f3n vial podr\u00e1n modificar la red nacional de transporte, \u00a0incorporando o excluyendo v\u00edas espec\u00edficas, en los t\u00e9rminos de los art\u00edculos 12 \u00a0y 13 de la presente ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0inversiones p\u00fablicas que se hagan en materia de infraestructura vial nacional \u00a0se ce\u00f1ir\u00e1n a lo expuesto en los planes de expansi\u00f3n vial y en el Plan Nacional \u00a0de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0planes de expansi\u00f3n vial se expedir\u00e1n por medio de decretos reglamentarios del \u00a0Plan Nacional de Desarrollo y esta ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministerio de Transporte presentar\u00e1 en un t\u00e9rmino no mayor de dos (2) meses \u00a0contados a partir de la vigencia de la presente ley, para consideraci\u00f3n y \u00a0aprobaci\u00f3n del Consejo Nacional de Pol\u00edtica Econ\u00f3mica y Social Conpes, el \u00a0proyecto de integraci\u00f3n de la Red Nacional de Transporte, de acuerdo con los \u00a0criterios previstos en esta ley\u00bb. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a055. Financiaci\u00f3n de los Proyectos Viales. Para la financiaci\u00f3n de proyectos de \u00a0construcci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n, conservaci\u00f3n y mantenimiento de proyectos viales \u00a0y de conformidad con el r\u00e9gimen actualmente vigente, la Naci\u00f3n y las entidades \u00a0territoriales podr\u00e1n cobrar simult\u00e1neamente la contribuci\u00f3n de valorizaci\u00f3n y \u00a0peajes, siempre que su sumatoria no exceda el costo total de la inversi\u00f3n. \u00a0Dichos sistemas de financiaci\u00f3n podr\u00e1n establecerse en cualquier etapa del \u00a0proyecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0todo caso, la determinaci\u00f3n de la contribuci\u00f3n de valorizaci\u00f3n en la \u00a0financiaci\u00f3n de los referidos proyectos, se efectuar\u00e1 de conformidad con lo \u00a0previsto en las normas vigentes sobre la materia e independientemente de que el \u00a0respectivo proyecto se haya estructurado en forma aut\u00f3noma o concurrente con el \u00a0establecimiento y recaudo de peajes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0tasas, tarifas y peajes que se establezcan para la construcci\u00f3n, conservaci\u00f3n y \u00a0mantenimiento de la infraestructura vial a cargo de la Naci\u00f3n o de los entes \u00a0territoriales, se determinar\u00e1n de conformidad con lo previsto en las \u00a0disposiciones pertinentes de la Ley 105 de 1993 y en \u00a0las dem\u00e1s normas vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a056. Financiaci\u00f3n de Variantes. Para la financiaci\u00f3n de variantes en las \u00a0ciudades por las que atraviesa la red primaria, el Instituto Nacional de V\u00edas \u00a0podr\u00e1 ser sujeto de cr\u00e9dito de Findeter y, con tal fin, ser\u00e1n admisibles como \u00a0garant\u00eda sus rentas propias o los recursos provenientes de los peajes que \u00a0establezca con destino a la financiaci\u00f3n de la respectiva variante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a057. Fondo de la Sobretasa al ACPM. Cr\u00e9ase el Fondo para la Inversi\u00f3n de la \u00a0Sobretasa al ACPM a la que se refiere el art\u00edculo 117 de la Ley 488 de 1998 como \u00a0un fondo cuenta sin personer\u00eda jur\u00eddica administrado por el Instituto Nacional \u00a0de V\u00edas a trav\u00e9s del cual se manejar\u00e1n los recursos provenientes del 3% del \u00a0recaudo total de la contribuci\u00f3n parafiscal sobretasa al ACPM. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a058. Afectaci\u00f3n y Reserva de Terrenos. De conformidad con los respectivos \u00a0proyectos viales, los alcaldes de los municipios y distritos deber\u00e1n afectar y \u00a0reservar los terrenos, as\u00ed como congelar el uso de los suelos de los predios \u00a0correspondientes a las \u00e1reas necesarias para adelantar la construcci\u00f3n de las \u00a0ampliaciones o variantes de la red de infraestructura vial primaria, secundaria \u00a0y terciaria, en la jurisdicci\u00f3n territorial del respectivo municipio o \u00a0distrito. Lo anterior, de acuerdo con las competencias que les corresponden a \u00a0dichas autoridades locales en relaci\u00f3n con la funci\u00f3n p\u00fablica del ordenamiento \u00a0del territorio y teniendo en cuenta la determinaci\u00f3n del componente urbano del \u00a0plan de ordenamiento territorial. El Gobierno reglamentar\u00e1 la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a059. Destinaci\u00f3n de los recursos provenientes del Fondo Nacional de Regal\u00edas. El \u00a0art\u00edculo 3\u00ba de la Ley 344 de 1996, \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8220;El \u00a0total de los recursos propios del Fondo Nacional de Regal\u00edas, incluyendo los \u00a0excedentes financieros y los reaforos que se produzcan, una vez descontadas las \u00a0asignaciones contempladas en el art\u00edculo 1\u00ba, par\u00e1grafo 1\u00ba, art\u00edculo 5\u00ba, \u00a0par\u00e1grafo, art\u00edculo 8\u00ba, numeral 8\u00ba, que se elevar\u00e1 al 1% y art\u00edculo 30 de la \u00a0presente ley, se destinar\u00e1 a la promoci\u00f3n de la miner\u00eda, a la preservaci\u00f3n del \u00a0medio ambiente y a la financiaci\u00f3n de proyectos regionales de inversi\u00f3n, \u00a0incluyendo los de la red vial, secundaria y terciaria, aplicando los siguientes \u00a0par\u00e1metros porcentuales como m\u00ednimo: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20% \u00a0para el fomento de la miner\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20% \u00a0para la preservaci\u00f3n del medio ambiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>59% \u00a0para la financiaci\u00f3n de proyectos regionales de inversi\u00f3n, incluyendo los de la \u00a0red vial, secundaria y terciaria definidos como prioritarios en los planes de \u00a0desarrollo de las respectivas entidades territoriales. De este porcentaje, no \u00a0menos del 80% deber\u00e1 destinarse, para financiar los proyectos de car\u00e1cter \u00a0regional de recuperaci\u00f3n, construcci\u00f3n o terminaci\u00f3n de la red vial secundaria \u00a0y terciaria.&#8221; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>VIII. Sector Minas y Energ\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a060. Monto de las Regal\u00edas. El art\u00edculo 16 de la Ley 141 de 1994 \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00abEstabl\u00e9cese como regal\u00eda por la explotaci\u00f3n de recursos naturales \u00a0no renovables de propiedad nacional, sobre el valor de la producci\u00f3n en boca o \u00a0borde de mina o pozo, seg\u00fan corresponda, el porcentaje que resulte de aplicar \u00a0la siguiente tabla: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carb\u00f3n \u00a0(explotaci\u00f3n mayor de 3 millones de toneladas anuales) 10% \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carb\u00f3n \u00a0(explotaci\u00f3n menor de 3 millones de toneladas anuales) 5% \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>N\u00edquel \u00a012% \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Hierro \u00a0y Cobre 5% \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oro \u00a0y Plata 4% \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oro \u00a0de aluvi\u00f3n en contratos de concesi\u00f3n 6% \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Platino\u00a0 5% \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sal \u00a012% \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Establ\u00e9cese \u00a0como regal\u00eda por la explotaci\u00f3n de hidrocarburos de propiedad nacional, sobre \u00a0el valor de la producci\u00f3n en boca de pozo, el porcentaje que resulte de aplicar \u00a0la siguiente escala: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>NOTA: \u00a0PARA VER LOS CUADROS Y TEXTOS COMPLETOS, POR FAVOR CONSULTAR EL DIARIO IMPRESO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. Para todos los efectos, se entiende por &#8220;Producci\u00f3n KBPD&#8221; la \u00a0producci\u00f3n diaria promedio mes de un campo dado, expresada en miles de barriles \u00a0por d\u00eda. Para el c\u00e1lculo de las regal\u00edas aplicables a la explotaci\u00f3n de \u00a0hidrocarburos gaseosos, se aplicar\u00e1 la siguiente equivalencia: 1 barril de \u00a0petr\u00f3leo equivale a 5.700 pies c\u00fabicos de gas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. La presente norma se aplicar\u00e1 para todos los eventos considerados como \u00a0descubrimientos de hidrocarburos de conformidad con el art\u00edculo 2\u00ba de la Ley 97 de 1993 o las \u00a0normas que la complementen, sustituyan o deroguen, que sean realizados con \u00a0posterioridad a la fecha de promulgaci\u00f3n de la presente ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a03\u00b0. En el contrato de asociaci\u00f3n entre Carbocol e Intercor, la regal\u00eda legal \u00a0ser\u00e1 de un quince por ciento (15%) a cargo del asociado particular conforme a \u00a0lo estipulado en dicho contrato la cual se distribuir\u00e1 seg\u00fan lo establecido en \u00a0el art\u00edculo 32 de la Ley 141 de 1994. \u00a0Carbocol \u00fanicamente continuar\u00e1 pagando el impuesto a la producci\u00f3n de carb\u00f3n el \u00a0cual ser\u00e1 distribuido en un 25% para el departamento productor, en un 25% para \u00a0el municipio productor, en un 25% para la Corporaci\u00f3n Aut\u00f3noma Regional en cuyo \u00a0territorio se efect\u00faen las explotaciones y en un 25% para el CORPES regional o \u00a0la entidad que lo sustituya, en cuyo territorio se adelanten las explotaciones. \u00a0En el evento en que Carbocol o la entidad p\u00fablica del sector minero a la que \u00a0por decisi\u00f3n del Gobierno se transfiera su aporte minero, enajene sus derechos \u00a0en el contrato de asociaci\u00f3n a un particular, quien los adquiera deber\u00e1 pagar \u00a0por lo menos la regal\u00eda prevista para las explotaciones de m\u00e1s de tres millones \u00a0de toneladas. Para efecto de la enajenaci\u00f3n de los derechos de Carbocol, la \u00a0Naci\u00f3n podr\u00e1 asumir la deuda a cargo de Carbocol. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a04\u00b0. El impuesto estipulado en los contratos o licencias vigentes para la \u00a0explotaci\u00f3n de carb\u00f3n ser\u00e1 sustituido por una regal\u00eda cuyo monto equivaldr\u00e1 al \u00a0de dicho tributo, a cargo del contratista, concesionario o explotador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a05\u00b0. Un porcentaje (%) de los ingresos que reciba la naci\u00f3n por las explotaciones \u00a0de hidrocarburos de propiedad privada ser\u00e1 cedido a los respectivos \u00a0departamentos y municipios productores, de modo tal que reciban el equivalente \u00a0a lo que deber\u00edan recibir como regal\u00edas de haber sido \u00e9stos yacimientos de \u00a0propiedad estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a06\u00b0. En el evento de ocurrir hechos o circunstancias excepcionales de baja de \u00a0precios o de calidad del material explotado y\/o de dificultades adicionales en \u00a0la explotaci\u00f3n del recurso no renovable el Presidente de la Rep\u00fablica, previo \u00a0concepto favorable un\u00e1nime del Consejo de Ministros, podr\u00e1 disminuir hasta en \u00a0un veinticinco por ciento (25%) los porcentajes (%) de regal\u00edas establecidos en \u00a0el presente art\u00edculo. La disminuci\u00f3n no podr\u00eda tener vigencia m\u00e1s all\u00e1 del \u00a0per\u00edodo de ocurrencia de tales hechos o circunstancias adicionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a061. Recursos para el Sector Minero. Los recursos p\u00fablicos destinados al sector \u00a0minero, dentro de los cuales se encuentran recursos del Fondo Nacional de \u00a0Regal\u00edas, deber\u00e1n ser canalizados a trav\u00e9s de la Empresa Nacional Minera \u00a0Limitada y del Instituto de Investigaciones en Geociencias, Miner\u00eda y Qu\u00edmica, \u00a0Ingeominas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a062. Destinaci\u00f3n de los Recursos de Regal\u00edas Asignados al Fomento de la Miner\u00eda. \u00a0La destinaci\u00f3n y distribuci\u00f3n de los recursos de regal\u00edas asignados al fomento \u00a0de la miner\u00eda quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El \u00a0100% de los recursos anuales destinados al fomento de la miner\u00eda, deber\u00e1n \u00a0invertirse para la promoci\u00f3n de la miner\u00eda, en la elaboraci\u00f3n de estudios y \u00a0realizaci\u00f3n de labores de prospecci\u00f3n, exploraci\u00f3n, dise\u00f1o, promoci\u00f3n, \u00a0supervisi\u00f3n y ejecuci\u00f3n de proyectos mineros, aprobados y canalizados a trav\u00e9s \u00a0de las entidades nacionales a las cuales la Ley o el Ministerio de Minas y \u00a0Energ\u00eda les asigne dicha competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El \u00a0ciento por ciento se canalizar\u00e1 a trav\u00e9s del Instituto de Investigaciones en \u00a0Geociencias, Miner\u00eda y Qu\u00edmica, Ingeominas que administrar\u00e1 el 20% y la Empresa \u00a0Nacional Minera Limitada que administrar\u00e1 el 80% restante, que distribuir\u00e1 de \u00a0acuerdo con las prioridades del Gobierno Nacional y las necesidades de desarrollo \u00a0de los tres subsectores mineros a saber: metales y piedras preciosas, minerales \u00a0y materiales industriales y minerales energ\u00e9ticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a063. Infraestructura de Transporte y Embarque para el Subsector Carb\u00f3n. Para \u00a0asegurar el uso eficiente de las instalaciones portuarias y promover el \u00a0desarrollo de proyectos carbon\u00edferos, el Gobierno Nacional podr\u00e1 adoptar las \u00a0medidas y mecanismos necesarios a fin de estimular y lograr que la \u00a0infraestructura e instalaciones portuarias privadas puedan ser usadas por \u00a0terceros productores de carb\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Para este efecto, la Superintendencia de Puertos podr\u00e1 otorgar directamente \u00a0nuevas concesiones o prorrogar las concesiones portuarias otorgadas a los \u00a0actuales concesionarios, en los t\u00e9rminos y condiciones que se\u00f1ale el Gobierno, \u00a0en concordancia con la Ley 1\u00aa de 1991. (Nota: Art\u00edculo reglamentado por el Decreto 1555 de 2000.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a064. Transici\u00f3n de los Subsidios en el Sector El\u00e9ctrico. El per\u00edodo de \u00a0transici\u00f3n para que las empresas que prestan el servicio p\u00fablico de energ\u00eda \u00a0el\u00e9ctrica alcancen los l\u00edmites establecidos en las Leyes 142 y 143 de 1994 en materia \u00a0de subsidios, en ning\u00fan caso podr\u00e1 exceder del 31 de diciembre del a\u00f1o 2001. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0las empresas de energ\u00eda el\u00e9ctrica, la contribuci\u00f3n a que se refiere el numeral \u00a089.5 del art\u00edculo 89 de la Ley \u00a0142 y el art\u00edculo 47 de la Ley 143 de 1994, no podr\u00e1 ser inferior a los \u00a0porcentajes que actualmente se cobran, hasta que el monto de las contribuciones \u00a0sea suficiente para cubrir los subsidios que se apliquen y se mantenga este \u00a0equilibrio. Unicamente mientras se encuentren equilibradas las contribuciones y \u00a0los subsidios se podr\u00e1 reducir la contribuci\u00f3n hasta alcanzar el valor \u00a0establecido en la Ley 142 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a065. Aplicaci\u00f3n y C\u00e1lculo de la Contribuci\u00f3n de Solidaridad. El c\u00e1lculo de los \u00a0subsidios aplicados, y de los excedentes de la contribuci\u00f3n de solidaridad, \u00a0creada por el numeral 89.5 del art\u00edculo 89 de la Ley 142 de 1994 y del \u00a0art\u00edculo 47 de la Ley 143, que se deben distribuir en las zonas territoriales o \u00a0transferir al Fondo de Solidaridad y Redistribuci\u00f3n de Ingresos, se realizar\u00e1 \u00a0sobre el monto de los recursos facturados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0recursos facturados que se apliquen para subsidios y no puedan ser recaudados, \u00a0podr\u00e1n ser conciliados contra contribuciones seis (6) meses despu\u00e9s de \u00a0facturados. Si posteriormente se produce el recaudo, deber\u00e1n contabilizarse \u00a0como nueva contribuci\u00f3n recaudada. No se podr\u00e1 contabilizar el pago del \u00a0servicio si previamente no se registra primero la contribuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0d\u00e9ficit generados por la aplicaci\u00f3n de subsidios desde el 1\u00ba de enero de 1997 \u00a0en el caso de gas combustible distribuido por red f\u00edsica y desde el 1\u00ba de enero \u00a0de 1998 en caso de energ\u00eda el\u00e9ctrica, podr\u00e1n ser conciliados contra las \u00a0contribuciones que se recauden. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0efectos de lo establecido en el presente art\u00edculo, las empresas prestadoras de \u00a0servicios p\u00fablicos deber\u00e1n llevar una contabilidad separada para los recursos \u00a0facturados y los efectivamente recaudados, con el fin de determinar la \u00a0aplicaci\u00f3n de la contribuci\u00f3n de solidaridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Es \u00a0obligaci\u00f3n de las empresas de servicios p\u00fablicos adelantar el cobro de las \u00a0contribuciones de solidaridad para lo cual realizar\u00e1n las gestiones de cobro \u00a0pertinentes, y aplicar\u00e1n los correspondientes intereses de mora, en caso de \u00a0incumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>No \u00a0se podr\u00e1n asignar subsidios del presupuesto nacional o del Fondo de Solidaridad \u00a0y Redistribuci\u00f3n de Ingresos a las empresas que no entreguen oportunamente la \u00a0informaci\u00f3n sobre el cobro de contribuciones y aplicaci\u00f3n de subsidios en los \u00a0t\u00e9rminos y la oportunidad que se\u00f1ale el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a066. Consumo de Subsistencia. La Comisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de Energ\u00eda y Gas \u00a0determinar\u00e1 para los sectores de su competencia, qu\u00e9 se entiende por consumo de \u00a0subsistencia y la forma de determinarlo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a067. C\u00e1lculo de la prestaci\u00f3n del servicio para efecto de la liquidaci\u00f3n de las \u00a0contribuciones. La Comisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de Energ\u00eda y Gas, establecer\u00e1 la \u00a0f\u00f3rmula del c\u00e1lculo del costo de la prestaci\u00f3n del servicio para la liquidaci\u00f3n \u00a0de las contribuciones a que se refiere el art\u00edculo 47 de la Ley 143 de 1994, de \u00a0manera que sea un costo \u00fanico nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IX. Sector Telecomunicaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a068. Fondo de Comunicaciones. Adem\u00e1s de las funciones establecidas en las \u00a0disposiciones legales y reglamentarias, el Fondo de Comunicaciones de que \u00a0tratan los Decretos-Ley 129 de 1976 y 1901 de 1990, \u00a0podr\u00e1 invertir sus recursos en la instalaci\u00f3n, operaci\u00f3n y mantenimiento de \u00a0proyectos de telecomunicaciones sociales, con el objeto de lograr la prestaci\u00f3n \u00a0del servicio en todo el territorio nacional, y en especial el desarrollo de \u00a0programas de telefon\u00eda social comunitaria en las zonas rurales y urbanas, en \u00a0especial en las zonas con altos \u00edndices de necesidades b\u00e1sicas insatisfechas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0No se aplicar\u00e1n a este fondo las normas relacionadas con los fondos de \u00a0solidaridad y redistribuci\u00f3n de ingresos a que se refiere el art\u00edculo 89 de la Ley 142 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a069. Gesti\u00f3n indirecta en la prestaci\u00f3n de servicios b\u00e1sicos de \u00a0telecomunicaciones internacionales. Sin perjuicio de las disposiciones \u00a0especiales aplicables a los servicios de radiodifusi\u00f3n sonora y de televisi\u00f3n, \u00a0la prestaci\u00f3n de los servicios b\u00e1sicos de telecomunicaciones internacionales \u00a0podr\u00e1 hacerse mediante gesti\u00f3n directa por personas de derecho p\u00fablico \u00a0pertenecientes al orden nacional, o bajo la modalidad de gesti\u00f3n indirecta, por \u00a0personas jur\u00eddicas de derecho privado o por sociedades de econom\u00eda mixta, \u00a0conforme a las disposiciones que para el efecto establezca el Gobierno \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a070. Inversi\u00f3n extranjera en telecomunicaciones. Sin perjuicio de las normas \u00a0especiales aplicables a los servicios de radiodifusi\u00f3n sonora y televisi\u00f3n, el \u00a0r\u00e9gimen de inversi\u00f3n extranjera en la prestaci\u00f3n de los servicios de \u00a0telecomunicaciones se regir\u00e1 por lo dispuesto en la Ley 9\u00aa de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a071. Recursos provenientes del espectro electromagn\u00e9tico. Los recursos \u00a0provenientes de la intervenci\u00f3n estatal en el espectro electromagn\u00e9tico \u00a0utilizado para los servicios de televisi\u00f3n ser\u00e1n registrados en el Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n en secci\u00f3n independiente y en todo caso su ejecuci\u00f3n se \u00a0har\u00e1 de conformidad con la autonom\u00eda que la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la Ley le \u00a0otorgan al organismo que los administra. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los recursos de que trata \u00a0el inciso anterior, que no hayan sido comprometidos en los t\u00e9rminos del \u00a0estatuto org\u00e1nico del presupuesto a 31 de diciembre de cada a\u00f1o, ser\u00e1n el \u00a0resultado neto de la operaci\u00f3n de que trata el inciso cuarto del literal f) del \u00a0art\u00edculo 12 de la Ley 182 de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>X. Comercio Exterior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a072. Manual de Comercio Exterior. Con el fin de simplificar y agilizar los \u00a0tr\u00e1mites de comercio exterior, dentro de los doce meses siguientes a la \u00a0publicaci\u00f3n de la presente ley, el Gobierno Nacional revisar\u00e1 los tr\u00e1mites de \u00a0importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de bienes, servicios y tecnolog\u00eda, y compilar\u00e1 la \u00a0totalidad de las disposiciones vigentes en materia de pol\u00edtica comercial \u00a0colombiana, eliminando o simplificando, dentro de la \u00f3rbita de su competencia, \u00a0aquellas que obstaculicen o dificulten la actividad empresarial exportadora. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a073. Administraci\u00f3n de Patrimonios Aut\u00f3nomos. En desarrollo de la estrategia de \u00a0dotar al aparato productivo de las condiciones competitivas necesarias para \u00a0enfrentar s\u00f3lidamente la competencia extranjera, el Gobierno Nacional podr\u00e1 \u00a0asignar a Bancoldex o Fiducoldex de manera directa y sin previa licitaci\u00f3n, la \u00a0administraci\u00f3n de los patrimonios aut\u00f3nomos que se creen en desarrollo del \u00a0fondo de productividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>XI. Agua Potable y Vivienda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a074. Asignaci\u00f3n de la participaci\u00f3n de los municipios en los ingresos corrientes \u00a0de la Naci\u00f3n con destino a agua potable y saneamiento b\u00e1sico. El cambio de \u00a0destinaci\u00f3n a prop\u00f3sitos generales, de los recursos establecidos en el numeral \u00a03 del art\u00edculo 22 de la Ley 60 de 1993 con \u00a0destinaci\u00f3n espec\u00edfica para el sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico, \u00a0estar\u00e1 condicionado a la certificaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de Agua \u00a0Potable y Saneamiento B\u00e1sico que en el municipio se tienen coberturas reales \u00a0superiores al 90% en acueducto y 80% en alcantarillado, y que las \u00a0contribuciones a que se refiere el art\u00edculo 85 de la Ley 142 de 1994, \u00a0cubran los subsidios a otorgar a los usuarios residenciales de los estratos \u00a0subsidiables, de acuerdo con los topes establecidos en dicha ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a075. R\u00e9gimen de Transici\u00f3n. Las entidades prestadoras de los servicios de \u00a0acueducto y alcantarillado deber\u00e1n alcanzar los l\u00edmites establecidos en la Ley 142 de 1994, en \u00a0materia de subsidios, en el plazo, condiciones y celeridad que establezca, \u00a0antes del 31 de diciembre de 1999, la Comisi\u00f3n de Agua Potable y Saneamiento \u00a0B\u00e1sico. En ning\u00fan caso, el per\u00edodo de transici\u00f3n podr\u00e1 exceder el 31 de \u00a0diciembre del a\u00f1o 2004 ni el desmonte de los subsidios a realizarse en una \u00a0proporci\u00f3n anual inferior a la quinta parte del desmonte total necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0contribuci\u00f3n de solidaridad no podr\u00e1 ser inferior a los porcentajes que \u00a0actualmente se cobran, hasta que el monto de las contribuciones sea suficiente \u00a0para cubrir los subsidios que se apliquen y se mantenga este equilibrio. \u00a0Unicamente mientras se encuentren equilibradas las contribuciones y los \u00a0subsidios se podr\u00e1 reducir la contribuci\u00f3n hasta alcanzar el valor establecido \u00a0en la Ley 142 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a076. Actualizaci\u00f3n de tarifas de acueducto, alcantarillado y aseo. Durante el \u00a0per\u00edodo de vigencia de las f\u00f3rmulas tarifarias, la Comisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de \u00a0Agua Potable y Saneamiento B\u00e1sico definir\u00e1 anualmente los mecanismos de \u00a0actualizaci\u00f3n de las tarifas de los servicios p\u00fablicos de acueducto, \u00a0alcantarillado y aseo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a077. R\u00e9gimen Especial para Arrendamientos. No estar\u00e1n sujetos al r\u00e9gimen de \u00a0control de precios los c\u00e1nones de arrendamiento de los contratos que, en \u00a0calidad de arrendadores, celebren las sociedades de inversi\u00f3n colectiva, las \u00a0sociedades titularizadoras y los patrimonios aut\u00f3nomos de que trata el Decreto 2331 de 1998. \u00a0Tampoco ser\u00e1 aplicable la previsi\u00f3n contenida en el art\u00edculo 518 del C\u00f3digo de \u00a0Comercio a los contratos de arrendamiento de locales comerciales que como \u00a0arrendadores celebren las sociedades y los patrimonios aut\u00f3nomos antes \u00a0indicados. El Gobierno Nacional reglamentar\u00e1 la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los aludidos contratos \u00a0podr\u00e1n contener pactos de arbitramento para resolver las diferencias que se \u00a0presenten entre las partes en relaci\u00f3n con la restituci\u00f3n de los inmuebles \u00a0objeto de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>XII. Ajustes Institucionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 78. Pago de \u00a0cesant\u00edas con retroactividad. A partir de la vigencia de la presente ley cuando \u00a0se liquiden auxilios de cesant\u00edas, cesant\u00edas parciales o anticipos de cesant\u00edas \u00a0de los servidores p\u00fablicos que conservan el r\u00e9gimen de retroactividad, se les \u00a0actualizar\u00e1 el valor de los anticipos o cesant\u00edas parciales anteriormente \u00a0pagados con base en el \u00edndice de inflaci\u00f3n certificado por el DANE desde su \u00a0cancelaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>No obstante lo anterior, \u00a0cada \u00f3rgano encargado del pago de cesant\u00edas, consolidar\u00e1 las cesant\u00edas \u00a0parciales o anticipos de cesant\u00edas pagados a 31 de diciembre de 1998 por su \u00a0valor nominal y en adelante se aplicar\u00e1 lo establecido en el inciso anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Esta \u00a0disposici\u00f3n se aplicar\u00e1 al personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas \u00a0Militares, en la Polic\u00eda Nacional a los Oficiales, Suboficiales y los Agentes; \u00a0a los empleados p\u00fablicos y trabajadores oficiales del Ministerio de Defensa y \u00a0de la Polic\u00eda Nacional y a los empleados p\u00fablicos y trabajadores oficiales de \u00a0los establecimientos p\u00fablicos, de las empresas industriales y comerciales del \u00a0Estado y de las unidades administrativas especiales, adscritas o vinculadas al \u00a0Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 79. Mecanismos \u00a0para la participaci\u00f3n en proyectos de infraestructura. Para la ejecuci\u00f3n del \u00a0presente Plan Nacional de Inversiones P\u00fablicas, el Gobierno Nacional podr\u00e1 \u00a0reglamentar las formas y procedimientos para asociarse con particulares, tanto \u00a0nacionales como extranjeros y para facilitar la participaci\u00f3n privada en \u00a0proyectos de infraestructura o telecomunicaciones pudiendo crear, entre otros, \u00a0mecanismos abiertos tales como subastas, martillos o remates. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Igualmente, el Gobierno \u00a0Nacional podr\u00e1 establecer mecanismos id\u00f3neos para la percepci\u00f3n de los recursos \u00a0p\u00fablicos derivados de la enajenaci\u00f3n de la participaci\u00f3n accionaria del Estado \u00a0en empresas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a080. Privatizaci\u00f3n. Las disposiciones de la Ley 226 de 1995 se \u00a0aplicar\u00e1n en los eventos en los cuales exista participaci\u00f3n accionaria directa \u00a0de entidades estatales, tal y como \u00e9stas est\u00e1n definidas en la Ley 80 de 1993, o \u00a0cuando dicha participaci\u00f3n directa se haya adquirido con recursos p\u00fablicos. \u00a0Para la enajenaci\u00f3n de la propiedad accionaria estatal no ser\u00e1 necesario \u00a0divulgar un precio m\u00ednimo, sin perjuicio de que se fije un precio de referencia \u00a0por los Ministerios y Departamentos Administrativos a los cuales puede \u00a0encomendar el Presidente de la Rep\u00fablica dicha labor. As\u00ed mismo, el precio de \u00a0venta al sector solidario podr\u00e1 determinarse con base en el precio que se \u00a0obtenga por la venta al p\u00fablico o al operador estrat\u00e9gico menos un descuento. \u00a0Adicionalmente, para asegurar la finalidad perseguida por el art\u00edculo 60 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, en \u00a0la venta a los trabajadores y al sector solidario se establecer\u00e1n l\u00edmites en \u00a0funci\u00f3n del patrimonio u otros indicadores financieros con el fin de evitar \u00a0conductas que atenten contra dicha finalidad. En tal caso corresponder\u00e1 a la \u00a0Superintendencia de Valores la declaratoria de la ineficacia de la operaci\u00f3n \u00a0cuando ello corresponda en los t\u00e9rminos de la Ley 226 de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a081. Programaci\u00f3n de recursos de car\u00e1cter extraordinario. Los recursos que se \u00a0generen de forma extraordinaria y que no puedan considerarse de car\u00e1cter \u00a0permanente s\u00f3lo se podr\u00e1n programar como recursos de capital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a082. Participaci\u00f3n en la venta de activos. El Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico podr\u00e1 en desarrollo de la Ley 226 de 1995 con su \u00a0presupuesto transferir recursos a los entes territoriales por la participaci\u00f3n \u00a0en la venta de activos de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a083. Contratos con organismos multilaterales. Cada \u00f3rgano del Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n informar\u00e1 anualmente, al presentar el anteproyecto de \u00a0presupuesto para el a\u00f1o siguiente, al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0Direcci\u00f3n General del Presupuesto, el monto de los recursos disponibles y \u00a0comprometidos a trav\u00e9s de contratos de asistencia t\u00e9cnica celebrados con \u00a0organismos multilaterales, personas extranjeras de derecho p\u00fablico, y \u00a0organismos de cooperaci\u00f3n, asistencia o ayuda internacional. Estos contratos \u00a0ejecutan la apropiaci\u00f3n respectiva y no podr\u00e1n superar el porcentaje del \u00a0presupuesto del respectivo \u00f3rgano que determine el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a084. Reducci\u00f3n del rezago en la Ley Anual. En la Ley Anual de Presupuesto se \u00a0realizar\u00e1 la reducci\u00f3n presupuestal por concepto de reservas de apropiaci\u00f3n y \u00a0cuentas por pagar que ordena la Ley 344 de 1996, \u00a0siguiendo la proyecci\u00f3n que sobre el particular realice la Direcci\u00f3n General de \u00a0Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a085. Inversiones Entidades P\u00fablicas Nacionales. Las entidades y organismos \u00a0p\u00fablicos del orden nacional invertir\u00e1n sus excedentes de liquidez en t\u00edtulos emitidos \u00a0por la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico o autorizados por \u00e9sta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a086. Fuentes de financiaci\u00f3n. En desarrollo del principio de unidad de caja \u00a0presupuestal, el Gobierno Nacional, con estricta sujeci\u00f3n al presupuesto de \u00a0rentas y recursos de capital que apruebe el Congreso, podr\u00e1 modificar las \u00a0fuentes de financiaci\u00f3n con las cuales se proyect\u00f3 el pago de las \u00a0apropiaciones, con el fin de evitar endeudamiento innecesario y mayores costos \u00a0en la operaci\u00f3n financiera del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a087. Financiaci\u00f3n de la emergencia a\u00f1o 2000. Autor\u00edzase a la Naci\u00f3n para \u00a0celebrar y garantizar operaciones de cr\u00e9dito p\u00fablico interno y externo, para \u00a0realizar operaciones asimiladas a \u00e9stas y de manejo de la deuda en la cuant\u00eda \u00a0requerida para financiar los proyectos y programas para precaver y mitigar la \u00a0emergencia del a\u00f1o 2000. Los contratos que se suscriban en desarrollo de esta \u00a0autorizaci\u00f3n s\u00f3lo requieren para su validez y perfeccionamiento autorizaci\u00f3n \u00a0del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y la firma de las partes. Una vez \u00a0perfeccionados deber\u00e1n publicarse en el Diario Unico de Contrataci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0los solos efectos de conjurar la situaci\u00f3n excepcional relativa al a\u00f1o 2000, \u00a0los recursos p\u00fablicos presupuestados para tal efecto podr\u00e1n ser ejecutados \u00a0presupuestamente a trav\u00e9s del mecanismo de la fiducia mercantil, contratos que \u00a0se regir\u00e1n en un todo por las normas del derecho privado. La asignaci\u00f3n de los \u00a0recursos del patrimonio aut\u00f3nomo la har\u00e1 un comit\u00e9 especial designado por le \u00a0Consejo Asesor A\u00f1o 2000, el cual se podr\u00e1 dar su propio reglamento. Los \u00a0contratos que celebre la sociedad fiduciaria en desarrollo del contrato de \u00a0fiducia tambi\u00e9n podr\u00e1n ser sometidos al derecho privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0recursos de \u00e9l o los patrimonios aut\u00f3nomos que se constituyan por el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n que no hayan sido comprometidos a 31 de \u00a0diciembre del a\u00f1o 2000 volver\u00e1n autom\u00e1ticamente a la Tesorer\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a088. Entidades sin \u00e1nimo de lucro. En desarrollo del art\u00edculo 355 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0de conformidad con la reglamentaci\u00f3n del Gobierno, se podr\u00e1n suscribir \u00a0contratos con entidades privadas sin \u00e1nimo de lucro y de reconocida idoneidad \u00a0con el fin de impulsar programas y actividades de inter\u00e9s p\u00fablico acordes con \u00a0el presente plan y especialmente las relacionadas con la prestaci\u00f3n de \u00a0servicios de salud, atenci\u00f3n a la infancia desamparada, atenci\u00f3n a la tercera \u00a0edad, atenci\u00f3n y prevenci\u00f3n de la drogadicci\u00f3n, apoyo a las actividades de las \u00a0academias y otras instituciones que tengan el car\u00e1cter de cuerpo asesor o \u00a0consultivo del Gobierno Nacional en las distintas \u00e1reas, as\u00ed como las \u00a0vinculadas a la atenci\u00f3n de desastres y aquellas que puedan colaborar en la \u00a0ejecuci\u00f3n del presente plan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a089. Exenci\u00f3n para donaciones. Los beneficios fiscales previstos en los \u00a0art\u00edculos 4\u00b0 y 5\u00b0 del Decreto 258 de 1999 \u00a0para las donaciones all\u00ed mencionadas, ser\u00e1n aplicables, igualmente, durante los \u00a0a\u00f1os 2001 a 2003, inclusive. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a090. Exenci\u00f3n del impuesto a la renta para las nuevas empresas que desarrollen \u00a0sus actividades en la zona afectada por el terremoto del 25 de enero de 1999. \u00a0Las personas jur\u00eddicas, distintas de las se\u00f1aladas en el art\u00edculo siguiente \u00a0que, a partir de la vigencia de la presente ley y a m\u00e1s tardar a 30 de junio \u00a0del a\u00f1o 2000, se constituyan y localicen f\u00edsicamente en la jurisdicci\u00f3n de los \u00a0municipios se\u00f1alados en los Decretos 195 y 223 de 1999, que \u00a0tengan como objeto social exclusivo desarrollar en la zona afectada cualquiera \u00a0de las siguientes actividades: agr\u00edcolas, ganaderas, industriales, de \u00a0construcci\u00f3n, de exportaci\u00f3n de bienes corporales muebles producidos en la zona \u00a0afectada, mineras-que no se relacionen con la exploraci\u00f3n o explotaci\u00f3n de \u00a0hidrocarburos-, de servicios p\u00fablicos domiciliarios y actividades \u00a0complementarias, de servicios tur\u00edsticos, educativos, de procesamiento de \u00a0datos, de programas de desarrollo tecnol\u00f3gico aprobados por Colciencias o de \u00a0atenci\u00f3n a la salud, estar\u00e1n exentas del impuesto de renta y complementarios \u00a0por los per\u00edodos gravables de 2001 a 2003, inclusive, en la parte de las \u00a0utilidades obtenidas por el desarrollo de las actividades mencionadas en dichos \u00a0municipios, que corresponda a los porcentajes que se indican a continuaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Lugar \u00a0de desarrollo\u00a0 Porcentaje de la exenci\u00f3n<\/p>\n<p>\u00a0 de la actividad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 2001 2002 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Municipios \u00a0del depar-Sesenta por Cincuenta por-Cuarenta por<\/p>\n<p>\u00a0 tamento del Quind\u00edo ciento (60%) ciento (50%) ciento (40%) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros \u00a0municipios Veinticinco Veinte por Diez por\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 por ciento (25%) ciento (20%) ciento \u00a0(10%) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>No \u00a0se consideran nuevas empresas las ya constituidas y que sean objeto de reforma \u00a0estatutaria para cambio de nombre, de domicilio o de propietarios, o cuando se \u00a0trate de empresas que surjan por escisi\u00f3n, o fusi\u00f3n con otras empresas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Las personas jur\u00eddicas se considerar\u00e1n constituidas a partir de la fecha de la \u00a0respectiva escritura p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a091. Exenci\u00f3n del impuesto a la renta para las nuevas Pymes que desarrollen sus \u00a0actividades en la zona afectada por el terremoto del 25 de enero de 1999. Las \u00a0personas jur\u00eddicas que se califiquen como peque\u00f1as y medianas empresas, que a \u00a0partir de la fecha de la presente ley y a m\u00e1s tardar el 30 de junio del a\u00f1o \u00a02000, se constituyan y localicen f\u00edsicamente en la jurisdicci\u00f3n de los \u00a0municipios se\u00f1alados en los Decretos 195 y 223 de 1999, que \u00a0tengan por objeto social exclusivo desarrollar en la zona afectada cualquiera \u00a0de las siguientes actividades: agr\u00edcolas, ganaderas, industriales, de \u00a0construcci\u00f3n, de elaboraci\u00f3n y venta de productos artesanales, comerciales, de \u00a0exportaci\u00f3n de bienes corporales muebles producidos en la zona afectada, \u00a0mineras-que no se relacionen con la exploraci\u00f3n o explotaci\u00f3n hidrocarburos-, \u00a0de servicios p\u00fablicos domiciliarios y actividades complementarias, de servicios \u00a0tur\u00edsticos, educativos, de procesamiento de datos, de programas de desarrollo \u00a0tecnol\u00f3gico aprobados por Colciencias, o de atenci\u00f3n a la salud, estar\u00e1n \u00a0exentas del impuesto de renta y complementarios por los per\u00edodos gravables de \u00a02001, 2002 y 2003, en la parte de las utilidades obtenidas por el desarrollo de \u00a0las actividades mencionadas en dichos municipios, que corresponda a los \u00a0porcentajes que se indican a continuaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Lugar \u00a0de desarrollo\u00a0 Porcentaje de la exenci\u00f3n<\/p>\n<p>\u00a0 de la actividad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 2001 2002 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Municipios \u00a0del depar-Setenta por Sesenta por Cincuenta por\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 tamento del Quind\u00edo ciento (70%) ciento (60%) ciento (50%) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros \u00a0municipios Cuarenta por \u00a0Treinta por Veinte por\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 ciento (40%) ciento (30%) ciento (20%) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>No \u00a0se consideran nuevas empresas las ya constituidas y que sean objeto de reforma \u00a0estatutaria para cambio de nombre, de domicilio o de propietarios, o cuando se \u00a0trate de empresas que surjan por escisi\u00f3n, o fusi\u00f3n con otras empresas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0efecto de lo dispuesto en este art\u00edculo, se consideran peque\u00f1as y medianas \u00a0empresas aquellas que se constituyan con un patrimonio bruto inferior a \u00a0ochocientos millones de pesos ($800.000.000) (valor a\u00f1o base 1999) y un n\u00famero \u00a0m\u00e1ximo de veinte (20) trabajadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0beneficio ser\u00e1 procedente, siempre y cuando la peque\u00f1a o mediana empresa \u00a0constituida hasta el 30 de junio del a\u00f1o 2000 con los requisitos se\u00f1alados en \u00a0el inciso anterior, cumpla, adicionalmente, en cada uno de los a\u00f1os gravables \u00a0mencionados, los siguientes requisitos: Que en el a\u00f1o inmediatamente anterior a \u00a0cada a\u00f1o objeto del beneficio, hubieran obtenido unos ingresos brutos \u00a0inferiores a seiscientos millones de pesos ($600.000.000) (valor a\u00f1o base 1999) \u00a0y a 31 de diciembre del mismo a\u00f1o tengan un patrimonio bruto inferior a ochocientos \u00a0millones de pesos ($800.000.000) (valor a\u00f1o base 1999) y un n\u00famero m\u00e1ximo de \u00a0veinte (20) trabajadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0el evento en que en uno de los a\u00f1os gravables mencionados, la peque\u00f1a o mediana \u00a0empresa no cumpla con la totalidad de los requisitos contemplados, el beneficio \u00a0ser\u00e1 procedente en el porcentaje que le corresponda, en los t\u00e9rminos indicados \u00a0en el art\u00edculo anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00ba. En el caso de las actividades comerciales, estar\u00e1n exentas, siempre y \u00a0cuando se refieran a bienes corporales muebles producidos en los municipios \u00a0contemplados en los Decretos 195 y 223 de 1999, que \u00a0se expendan al detal y su entrega f\u00edsica se produzca en la jurisdicci\u00f3n de esos \u00a0municipios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00ba. Las personas jur\u00eddicas se considerar\u00e1n constituidas a partir de la fecha de \u00a0la respectiva escritura p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a092. Exenci\u00f3n para empresas preexistentes en la zona afectada por el terremoto \u00a0del 25 de enero de 1999. Lo dispuesto en los dos art\u00edculos anteriores ser\u00e1 \u00a0igualmente aplicable para los a\u00f1os fiscales 2000 a 2003, inclusive, a aquellas \u00a0personas jur\u00eddicas o naturales, que para el 25 de enero de 1999 se encontraban \u00a0domiciliadas o localizadas f\u00edsicamente en la jurisdicci\u00f3n de los municipios \u00a0se\u00f1alados en los Decretos 195 y 223 de 1999, \u00a0siempre y cuando en el caso de las personas jur\u00eddicas \u00e9stas se encuentren \u00a0constituidas jur\u00eddicamente en dicha zona, y adicionalmente ellas y las personas \u00a0naturales demuestren, en la forma que se\u00f1ale el reglamento, que reanudaron las \u00a0actividades econ\u00f3micas que ven\u00edan desarrollando a la fecha del desastre, a m\u00e1s \u00a0tardar el 31 de diciembre de 1999, en la jurisdicci\u00f3n de los municipios a los \u00a0que se ha hecho referencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0efectos de lo previsto en el inciso anterior, el contribuyente deber\u00e1 informar \u00a0a la Administraci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales de su jurisdicci\u00f3n, la \u00a0fecha de reiniciaci\u00f3n de actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0el caso de las peque\u00f1as y medianas empresas, esto es, las que a 31 de diciembre \u00a0de 1998 ten\u00edan un patrimonio bruto inferior a ochocientos millones de pesos \u00a0($800.000.000) y cuyo n\u00famero de trabajadores vinculados no era superior a \u00a0veinte (20), el porcentaje de exenci\u00f3n ser\u00e1 el siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Lugar \u00a0de desarrollo\u00a0 Porcentaje de la exenci\u00f3n<\/p>\n<p>\u00a0 de la actividad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 2001 2002 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Municipios \u00a0del depar-Setenta por Sesenta por Cincuenta por<\/p>\n<p>\u00a0 tamento del Quind\u00edo ciento (70%) ciento (60%) ciento (50%) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros \u00a0municipios Cuarenta por\u00a0 Treinta por \u00a0Veinte por\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 ciento (40%) ciento (30%) ciento (20%) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0el caso de las dem\u00e1s empresas el porcentaje de exenci\u00f3n ser\u00e1 el siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Lugar \u00a0de desarrollo\u00a0 Porcentaje de la exenci\u00f3n<\/p>\n<p>\u00a0 de la actividad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 2001 2002 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Municipios \u00a0del depar-Sesenta por Cincuenta por\u00a0 \u00a0Cuarenta por\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 tamento del Quind\u00edo ciento (60%) ciento (50%) ciento (40%) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Otros \u00a0municipios Veinte por Quince por Diez por ciento<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 ciento (20%) ciento (15%) (10%) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0El beneficio a que se refiere el presente art\u00edculo se otorgar\u00e1 igualmente a \u00a0todas las personas naturales o jur\u00eddicas que desarrollaban actividades \u00a0comerciales previamente al terremoto en los t\u00e9rminos de este art\u00edculo, siempre \u00a0y cuando \u00e9stas se refieran a bienes corporales muebles que se expendan al detal \u00a0y su entrega f\u00edsica se produzca en la jurisdicci\u00f3n de los municipios \u00a0contemplados en los Decretos 195 a 223 \u00a0de 1999. Para determinar la cuant\u00eda del beneficio se tendr\u00e1 en cuenta si se \u00a0trata de peque\u00f1as y medianas empresas o no. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a093. Valor m\u00ednimo para las transacciones entre contribuyentes objeto de los \u00a0beneficios tributarios con vinculados. Las transacciones que realicen las \u00a0personas que gocen de los beneficios a que se refieren los art\u00edculos 90, 91 y \u00a092 de la presente ley con personas que le est\u00e9n vinculadas econ\u00f3micamente deber\u00e1n \u00a0realizarse por lo menos a valores comerciales. Por consiguiente, si se realizan \u00a0por un valor menor, para efectos tributarios se entender\u00e1 que se realiz\u00f3 por \u00a0los valores comerciales mencionados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a094. Requisito especial para la procedencia de las exenciones. Para tener \u00a0derecho a las exenciones contempladas en los art\u00edculos 90, 91 y 92 de esta ley, \u00a0las empresas deber\u00e1n acreditar que sus activos representados en inmuebles, \u00a0maquinaria y equipo, se encuentren amparados debidamente con un seguro contra \u00a0terremoto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a095. Extensi\u00f3n de los beneficios a los socios o accionistas. Los socios o \u00a0accionistas que recibieren dividendos o participaciones de las sociedades \u00a0objeto de los beneficios se\u00f1alados en este cap\u00edtulo, gozar\u00e1n del beneficio de \u00a0exenci\u00f3n del impuesto sobre la renta por tales dividendos o participaciones, en \u00a0los mismos porcentajes y por los mismos per\u00edodos aqu\u00ed previstos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a096. Sanciones administrativas y penales por no cumplir requisitos para la \u00a0procedencia de los beneficios. Cuando la administraci\u00f3n tributaria determine \u00a0que no se ha cumplido con algunos de los requisitos exigidos para la \u00a0procedencia de los beneficios consagrados en este cap\u00edtulo, el contribuyente no \u00a0podr\u00e1 volver a solicitar descuento alguno por los a\u00f1os restantes objeto del \u00a0beneficio, y estar\u00e1 sujeto a una sanci\u00f3n equivalente al doscientos por ciento \u00a0(200%) del valor del beneficio improcedente. Esta sanci\u00f3n no ser\u00e1 objeto de \u00a0disminuci\u00f3n por efecto de la correcci\u00f3n de la declaraci\u00f3n que realice el contribuyente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0solicitud de los beneficios fiscales aqu\u00ed se\u00f1alados sin el cumplimiento de los \u00a0requisitos previstos, dar\u00e1 lugar a responsabilidad penal por el delito de \u00a0fraude procesal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Lo \u00a0anterior se entiende sin perjuicio de la responsabilidad penal en que \u00a0incurriere el representante legal, los socios, contadores o revisores fiscales \u00a0de la empresa, por alterar la informaci\u00f3n contable o los estados financieros \u00a0para hacer uso del beneficio fiscal solicitado, de conformidad con las normas \u00a0que regulan la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a097. Exenci\u00f3n de los tributos se\u00f1alados en el art\u00edculo 29 del Decreto 2331 de 1998 \u00a0y en el cap\u00edtulo siguiente. Estar\u00e1n exentos del pago de la contribuci\u00f3n de que \u00a0trata el art\u00edculo 29 del Decreto 2331 de 1998 \u00a0y del impuesto contemplado en el cap\u00edtulo siguiente, todas las operaciones \u00a0mediante las cuales se disponga de los recursos administrados por el Fondo para \u00a0la Reconstrucci\u00f3n de la Regi\u00f3n del Eje Cafetero, FREC, destinados a la \u00a0recuperaci\u00f3n de la zona de que tratan los art\u00edculos primero del Decreto 195 de 1999 \u00a0y primero del Decreto 223 de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a098. Impuesto a las transacciones financieras. Cr\u00e9ase un impuesto nacional, de \u00a0car\u00e1cter temporal, que regir\u00e1 entre el primero de enero y el 31 de diciembre \u00a0del a\u00f1o 2000, a cargo de los usuarios del sistema financiero y de las entidades \u00a0que lo conforman. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0producido de este impuesto se destinar\u00e1 a financiar los gastos ocasionados por \u00a0las medidas adoptadas para la reconstrucci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n y desarrollo de la \u00a0zona determinada en los decretos dictados en virtud del estado excepci\u00f3n \u00a0declarado por el Decreto 195 de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por \u00a0disposici\u00f3n de esta ley estos gastos se consideran de inversi\u00f3n social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0hecho generador del impuesto creado en virtud de esta ley, lo constituye la \u00a0realizaci\u00f3n de las transacciones financieras, mediante las cuales se disponga \u00a0de recursos depositados en cu\u00e1ntas corrientes o de ahorros y los giros de \u00a0cheques de gerencia; as\u00ed como el pago del saldo neto de las operaciones \u00a0interbancarias, seg\u00fan el reglamento que expida el Gobierno Nacional. (Nota: Inciso reglamentado por el Decreto 966 de 2000.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De \u00a0conformidad con el inciso segundo del par\u00e1grafo del art\u00edculo 357 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0el impuesto aqu\u00ed establecido estar\u00e1 excluido de la participaci\u00f3n que le \u00a0corresponde a los municipios en los ingresos corrientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00ba. Los cheques de gerencia girados por un establecimiento de cr\u00e9dito no \u00a0bancario, con cargo a los recursos de una cuenta de ahorros perteneciente a un \u00a0cliente, se considerar\u00e1 que constituyen una sola operaci\u00f3n, el retiro en virtud \u00a0del cual se expide el cheque y el pago del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00ba. Los traslados entre cuentas corrientes de un mismo establecimiento de \u00a0cr\u00e9dito, estar\u00e1n exentos del impuesto a las transacciones financieras, cuando \u00a0dichas cuentas pertenezcan a un mismo y \u00fanico titular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a099. Tarifa, causaci\u00f3n y base gravable del impuesto a las transacciones \u00a0financieras. El impuesto tendr\u00e1 una tarifa \u00fanica del dos por mil (2\/1.000), que \u00a0se causar\u00e1 en el momento en que se produzca la disposici\u00f3n de los recursos \u00a0objeto de la transacci\u00f3n financiera o el pago del saldo neto en las operaciones \u00a0interbancarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0base gravable ser\u00e1 el valor total de la transacci\u00f3n financiera por la cual se \u00a0dispone de los recursos y el valor neto de las operaciones interbancarias. (Nota: Art\u00edculo reglamentado por el Decreto 966 de 2000.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a0100. Sujetos Pasivos. Ser\u00e1n sujetos pasivos del tributo los usuarios del \u00a0sistema financiero y las entidades que lo conforman. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cuando \u00a0se trate de retiros de fondos que manejen ahorro colectivo, el sujeto pasivo \u00a0ser\u00e1 el ahorrador individual beneficiario del retiro de la cuenta individual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a0101. Agente de Retenci\u00f3n del impuesto a las transacciones financieras. Actuar\u00e1n \u00a0como agentes retenedores del impuesto y ser\u00e1n responsables por el recaudo y \u00a0pago del mismo, los establecimientos de cr\u00e9dito en los cuales se encuentra la \u00a0respectiva cuenta, as\u00ed como los establecimientos de cr\u00e9dito que expiden los \u00a0cheques de gerencia o efect\u00faen los pagos mediante abonos en cuenta con cargo a \u00a0cuentas corrientes o de ahorro. En el caso del pago del saldo neto de las \u00a0operaciones interbancarias el agente retenedor ser\u00e1 la entidad vigilada por la \u00a0Superintendencia Bancaria o de Valores que efect\u00faa el pago. (Nota: Art\u00edculo reglamentado por el Decreto 966 de 2000.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a0102. Declaraci\u00f3n y pago. Los agentes de retenci\u00f3n del impuesto a las \u00a0transacciones financieras deber\u00e1n depositar las sumas recaudadas a la orden de \u00a0la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, en la cuenta que \u00e9sta se\u00f1ale para el \u00a0efecto, presentando la declaraci\u00f3n correspondiente, en el formulario que \u00a0disponga la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0declaraci\u00f3n y pago del impuesto a las transacciones financieras deber\u00e1 \u00a0realizarse dentro de los plazos y condiciones que se\u00f1ale el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Se entender\u00e1n como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el \u00a0pago en forma simult\u00e1nea a su presentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a0103. Competencia para la administraci\u00f3n del tributo a las transacciones. \u00a0Corresponde a la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales la administraci\u00f3n \u00a0del impuesto a las transacciones financieras a que se refiere la presente ley, \u00a0para lo cual tendr\u00e1 las facultades consagradas en el Estatuto Tributario para \u00a0la investigaci\u00f3n, determinaci\u00f3n, control, discusi\u00f3n, devoluci\u00f3n y cobro de los \u00a0impuestos de su competencia. As\u00ed mismo la DIAN quedar\u00e1 facultada para aplicar \u00a0las sanciones consagradas en el Estatuto Tributario, que sean compatibles con \u00a0la naturaleza del impuesto, as\u00ed como aquellas referidas a la calidad de agente \u00a0de retenci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a0104. Utilizaci\u00f3n de los recursos generados por el impuesto a las transacciones \u00a0financieras. Los recaudos del impuesto a las transacciones creado en este \u00a0cap\u00edtulo y sus rendimientos ser\u00e1n depositados en una cuenta especial de la \u00a0Direcci\u00f3n del Tesoro Nacional hasta tanto sean apropiados en el Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n en las vigencias fiscales correspondientes a su recaudo y \u00a0las subsiguientes. El Gobierno propondr\u00e1 al Congreso de la Rep\u00fablica la \u00a0incorporaci\u00f3n de estos ingresos en la medida en que las necesidades locales as\u00ed \u00a0lo aconsejen, hasta que se agote su producido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a0105. Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgaci\u00f3n y \u00a0deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el art\u00edculo 125 de \u00a0la Ley 142 de 1994, el \u00a0art\u00edculo 34 de la Ley 344 de 1996, el \u00a0art\u00edculo 87 de la Ley 30 de 1992, el \u00a0art\u00edculo 37 del Decreto 1900 de 1990, \u00a0art\u00edculo 6\u00b0 del Decreto 1706 de 1989, \u00a0y el art\u00edculo 61 del Decreto Ley 2277 \u00a0de 1979&#8243;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. El presente \u00a0decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa Fe de \u00a0Bogot\u00e1 D. C. a 26 de mayo de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Camilo Restrepo Salazar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 955 DE 2000 \u00a0 \u00a0 (mayo 26) \u00a0 \u00a0 por el \u00a0cual se pone en vigencia el Plan de Inversiones P\u00fablicas para los a\u00f1os 1998 a \u00a02002. \u00a0 \u00a0 Nota \u00a01: Declarado inexequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-1403 de 2000, \u00a0providencia confirmada en las Sentencias C-1494 de 2000, C-056 de 2001 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[44],"tags":[],"class_list":["post-29693","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2000"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29693","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=29693"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29693\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=29693"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=29693"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=29693"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}