{"id":29810,"date":"2023-07-18T21:47:25","date_gmt":"2023-07-18T21:47:25","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-127-de-2001\/"},"modified":"2023-07-18T21:47:25","modified_gmt":"2023-07-18T21:47:25","slug":"decreto-127-de-2001","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-127-de-2001\/","title":{"rendered":"DECRETO 127 DE 2001"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a0\u00a0<\/p>\n<p>DECRETO 127 DE 2001 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>19\/01\/2001 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0el cual se crean las Consejer\u00edas y Programas Presidenciales en el Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el Decreto 3445 de 2010, \u00a0art\u00edculo 25. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 1616 de 2005, \u00a0por el Decreto 1247 de 2004, \u00a0por el Decreto 519 de 2003 \u00a0y el Decreto 2440 de 2001. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Derogado parcialmente por el Decreto 724 de 2007, \u00a0por el Decreto 100 de 2004 \u00a0y por el Decreto 3107 de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 4: Adicionado por el Decreto 2163 de 2001, \u00a0por el Decreto 1298 de 2001 \u00a0y por el Decreto 955 de 2001, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el \u00a0art\u00edculo 189, ordinal 16 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Decreto \u00a02719 del 27 de diciembre de 2000, se modific\u00f3 la estructura del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Cr\u00e9anse en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0las siguientes Consejer\u00edas y Programas Presidenciales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Consejer\u00edas \u00a0Presidenciales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Para la Paz \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Suprimida por \u00a0el Decreto 519 de 2003, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Econ\u00f3mica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Derogado por el Decreto 724 de 2007, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Modificado por el Decreto 1247 de 2004, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Para la Acci\u00f3n Social y el Plan Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 1.3. \u201cPara El Plan Colombia\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Para la Pol\u00edtica Social 1.5. Para la Equidad de la \u00a0Mujer \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Programas \u00a0Presidenciales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Suprimida por el Decreto 519 de 2003, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Para el afrontamiento del consumo de drogas-rumbos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Derogado por \u00a0el Decreto 100 de 2004, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Plan \u00a0Nacional de Desarrollo Alternativo-Plante \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Derogado por \u00a0el Decreto 724 de 2007, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Para \u00a0la convivencia, la Seguridad Ciudadana y la Prevenci\u00f3n del Delito \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. Para la lucha contra la corrupci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5. Para el Sistema Nacional de Juventud-Colombia Joven \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6. De promoci\u00f3n, respeto y garant\u00eda de los Derechos \u00a0Humanos y de aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional Humanitario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7. Derogado por \u00a0el Decreto 3107 de 2003, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Para \u00a0el desarrollo de las tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Nota: Dejamos constancia de que en la versi\u00f3n \u00a0oficial de este art\u00edculo, publicado en el Diario Oficial No. 44.503 de 30 de \u00a0julio de 2001, p\u00e1gina 119 consta el error en la numeraci\u00f3n.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Consejer\u00eda para la Paz. Son funciones de la Consejer\u00eda \u00a0para la Paz: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica en la \u00a0estructuraci\u00f3n y desarrollo de la pol\u00edtica de paz; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0 \u00a0Verificar \u00a0la voluntad real de paz y reinserci\u00f3n a la vida civil de los alzados en armas, \u00a0con el fin de determinar la formalizaci\u00f3n de di\u00e1logos y celebraci\u00f3n de acuerdos \u00a0de paz, de conformidad con lo que disponga el Presidente de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0 \u00a0Convocar \u00a0a los sectores de la sociedad civil en torno al prop\u00f3sito de la reconciliaci\u00f3n \u00a0nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Facilitar \u00a0la participaci\u00f3n de representantes de diversos sectores de la sociedad civil en \u00a0las gestiones que a su juicio puedan contribuir al desarrollo y consolidaci\u00f3n \u00a0de los procesos de paz, de acuerdo con las instrucciones del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d)\u00a0\u00a0 \u00a0Dirigir \u00a0los di\u00e1logos y firmar acuerdos con los voceros y representantes de los grupos \u00a0alzados en armas, tendientes a buscar la reinserci\u00f3n de sus integrantes a la \u00a0vida civil, de acuerdo con las \u00f3rdenes que le imparta el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e)\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0Como representante del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, definir los t\u00e9rminos de la agenda de negociaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Establecer \u00a0los mecanismos e instrumentos administrativos que permitan el desarrollo de sus \u00a0funciones en forma gerencial y ser el vocero del Gobierno Nacional respecto del \u00a0desarrollo de la pol\u00edtica de paz frente a la opini\u00f3n p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g)\u00a0\u00a0 \u00a0Las \u00a0dem\u00e1s acordes con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Derogado \u00a0por el Decreto 519 de 2003, \u00a0art\u00edculo 9\u00ba. Consejer\u00eda \u00a0Econ\u00f3mica. Son funciones de la Consejer\u00eda Econ\u00f3mica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0 Participar, conforme a las instrucciones del Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, en el estudio y gesti\u00f3n de asuntos econ\u00f3micos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0 Mantener comunicaci\u00f3n con las autoridades de planeaci\u00f3n, \u00a0monetarias y de comercio exterior, sobre lo concerniente a sus actividades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Estudiar para presentar \u00a0al Presidente de la Rep\u00fablica, las observaciones, los informes que sobre \u00a0asuntos econ\u00f3micos deban rendir al Presidente las entidades p\u00fablicas, los \u00a0informes provenientes de personas a quienes se hayan solicitado, y en general, \u00a0las comunicaciones de car\u00e1cter econ\u00f3mico que se reciban en la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d)\u00a0\u00a0 Reunir los indicadores y dem\u00e1s documentos econ\u00f3micos que \u00a0haya de consultar el Presidente de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e)\u00a0\u00a0 Tramitar la correspondencia de car\u00e1cter econ\u00f3mico que le \u00a0encomiende el Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Coordinar y llevar una \u00a0relaci\u00f3n de las reuniones de car\u00e1cter econ\u00f3mico convocadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g)\u00a0\u00a0 Atender las audiencias que en materia econ\u00f3mica le se\u00f1ale \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h)\u00a0\u00a0 Asistir a los Consejos, Juntas, y, en general a las \u00a0reuniones de car\u00e1cter oficial que determine el Presidente de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Hacer parte del Consejo \u00a0Superior de Pol\u00edtica Fiscal, Confis, de conformidad con las normas que regulan \u00a0la materia; j) Las dem\u00e1s acordes con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. Derogado por el Decreto 724 de 2007, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Modificado por el Decreto 1247 de 2004, \u00a0art\u00edculo 2o. Consejer\u00eda para la Acci\u00f3n Social y el Plan Colombia. Son funciones \u00a0de la Consejer\u00eda para la Acci\u00f3n Social y el Plan Colombia: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Estudiar, manejar y tramitar los asuntos que en cada caso en \u00a0particular le asigne el Presidente de la Rep\u00fablica y formular las \u00a0recomendaciones correspondientes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Desarrollar las actividades que le asigne el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica o le sean delegadas de conformidad con las disposiciones vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Las dem\u00e1s que le sean asignadas acordes con la naturaleza \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial: \u201cConsejer\u00eda para el Plan Colombia. Son funciones de la Consejer\u00eda para \u00a0el Plan Colombia: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0\u00a0 Estudiar, manejar y tramitar aquellos asuntos que en cada caso en \u00a0particular le asigne el Presidente de la Rep\u00fablica, y formular las \u00a0recomendaciones correspondientes; b) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0\u00a0 Las dem\u00e1s que le asigne el Presidente de la Rep\u00fablica o le sean \u00a0delegadas de conformidad con las disposiciones vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Las dem\u00e1s acordes con la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Consejer\u00eda para la Pol\u00edtica Social. Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda para la Pol\u00edtica Social: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0 \u00a0Colaborar \u00a0con el Gobierno en la formulaci\u00f3n de su Pol\u00edtica Social; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0 \u00a0Colaborar \u00a0con el Presidente de la Rep\u00fablica en la coordinaci\u00f3n de las actividades de las \u00a0distintas unidades ejecutoras de la Pol\u00edtica Social del Gobierno; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Hacer \u00a0el seguimiento permanente de la ejecuci\u00f3n de la Pol\u00edtica Social del Gobierno; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d)\u00a0\u00a0 \u00a0Impulsar \u00a0el h\u00e1bito de la lectura y el acceso y democratizaci\u00f3n de los libros y cuentos, \u00a0como una estrategia de integraci\u00f3n familiar y promoci\u00f3n de valores; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e)\u00a0\u00a0 \u00a0Las \u00a0dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. Modificado por el Decreto 519 de 2003, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de la Mujer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de la Mujer: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Asistir al Presidente y al Gobierno Nacional en el dise\u00f1o de las pol\u00edticas \u00a0gubernamentales destinadas a promover la equidad entre mujeres y hombres, \u00a0siguiendo las orientaciones generales trazadas por el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Impulsar la incorporaci\u00f3n de la perspectiva de g\u00e9nero en la formulaci\u00f3n, \u00a0gesti\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas, planes y programas en las entidades \u00a0p\u00fablicas nacionales y territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Establecer los mecanismos de seguimiento al cumplimiento de la legislaci\u00f3n \u00a0interna y de los tratados y convenciones internacionales que se relacionen con \u00a0la equidad de la mujer y la perspectiva de g\u00e9nero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Establecer alianzas estrat\u00e9gicas con el sector privado, organismos \u00a0internacionales, ONG, universidades y centros de investigaci\u00f3n, para estimular \u00a0y fortalecer la investigaci\u00f3n y el an\u00e1lisis del conocimiento existente sobre la \u00a0condici\u00f3n y situaci\u00f3n de la mujer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Apoyar organizaciones solidarias, comunitarias y sociales de mujeres a nivel \u00a0nacional y velar por su participaci\u00f3n activa en las acciones y programas \u00a0estatales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Apoyar la formulaci\u00f3n y el dise\u00f1o de programas y proyectos espec\u00edficos dirigidos \u00a0a mejorar la calidad de vida de las mujeres, especialmente las m\u00e1s pobres y \u00a0desprotegidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Impulsar la reglamentaci\u00f3n de leyes existentes dirigidas a lograr la equidad \u00a0para las mujeres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Canalizar recursos y acciones provenientes de la cooperaci\u00f3n internacional, \u00a0para el desarrollo de los proyectos destinados a garantizar la inclusi\u00f3n de la \u00a0dimensi\u00f3n de g\u00e9nero y la participaci\u00f3n de la mujer en el \u00e1mbito social, \u00a0pol\u00edtico y econ\u00f3mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Las dem\u00e1s que le sean asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial: \u201cConsejer\u00eda para la Equidad de la Mujer. Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda para la Equidad de la Mujer: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0\u00a0 Promover un cambio \u00a0cultural que permita construir relaciones de equidad entre los g\u00e9neros en todos \u00a0los \u00e1mbitos de la actividad social; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0\u00a0 Impulsar la \u00a0incorporaci\u00f3n de la perspectiva de g\u00e9nero en la formulaci\u00f3n y gesti\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de desarrollo por parte de todas las \u00a0entidades p\u00fablicas, sectoriales y territoriales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0 Adelantar labores \u00a0orientadas a garantizar que en el dise\u00f1o y la ejecuci\u00f3n de las acciones \u00a0estatales se asegure el acceso y la utilizaci\u00f3n de los recursos y beneficios en \u00a0condiciones de igualdad a mujeres y hombres; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d)\u00a0\u00a0\u00a0 Formular, dise\u00f1ar y \u00a0ejecutar programas y proyectos espec\u00edficos dirigidos a mejorar la calidad de \u00a0vida de las mujeres, especialmente las m\u00e1s pobres y desprotegidas, en orden a \u00a0lograr un mejor acceso a las oportunidades, recursos y beneficios del \u00a0desarrollo econ\u00f3mico y social; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e)\u00a0\u00a0\u00a0 Apoyar la \u00a0organizaci\u00f3n y participaci\u00f3n de las mujeres en todos los \u00f3rdenes y, \u00a0especialmente, en relaci\u00f3n con las acciones que adelanten las entidades \u00a0p\u00fablicas y con el acceso real de ellos a los niveles de direcci\u00f3n y decisi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Analizar las \u00a0necesidades de orden institucional y normativo requeridas por las pol\u00edticas de \u00a0equidad de la mujer y preparar las medidas que sea preciso adoptar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g)\u00a0\u00a0\u00a0 Canalizar recursos y \u00a0acciones provenientes de la cooperaci\u00f3n internacional con sujeci\u00f3n a las \u00a0disposiciones legales aplicables, para el desarrollo de los proyectos \u00a0destinados a garantizar la participaci\u00f3n de la mujer; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h)\u00a0\u00a0\u00a0 Dirigir, orientar y \u00a0coordinar el cumplimiento de las competencias y funciones de la Consejer\u00eda, a \u00a0trav\u00e9s del personal a cargo, conforme a las orientaciones generales trazadas \u00a0por el Presidente de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Proponer y preparar, \u00a0en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica, los documentos de pol\u00edticas, programas y \u00a0estrategias que deben ser considerados y aprobados por el Conpes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Coordinar el dise\u00f1o, \u00a0ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos que se adopten; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k)\u00a0\u00a0\u00a0 Adelantar las \u00a0gestiones indispensables para la incorporaci\u00f3n de los planes, programas y \u00a0proyectos a los de car\u00e1cter sectorial y a los de las entidades territoriales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Preparar los actos \u00a0administrativos que deban ser expedidos por el Presidente de la Rep\u00fablica, o \u00a0por otras autoridades u organismos nacionales o de las entidades territoriales, \u00a0para garantizar la adopci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, programas y \u00a0proyectos formulados por la Consejer\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m)\u00a0\u00a0 Poner en \u00a0consideraci\u00f3n del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica los contratos y convenios requeridos para el cumplimiento de las \u00a0funciones de la Consejer\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n)\u00a0\u00a0\u00a0 Coordinar y \u00a0supervisar las labores del personal asignado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o)\u00a0\u00a0\u00a0 Impulsar el \u00a0movimiento social de mujeres y promover y apoyar sus organizaciones, as\u00ed como \u00a0su participaci\u00f3n activa en las acciones estatales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p)\u00a0\u00a0\u00a0 Promover y establecer \u00a0relaciones con organismos de car\u00e1cter internacional y con entidades de \u00a0cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica internacional, en coordinaci\u00f3n con la Agencia Colombiana de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional, cuyo objeto sea la participaci\u00f3n equitativa de la \u00a0mujer y la introducci\u00f3n de la perspectiva de g\u00e9nero en la acci\u00f3n estatal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q)\u00a0\u00a0\u00a0 Contribuir al cabal \u00a0cumplimiento de la legislaci\u00f3n interna y de los tratados y convenciones \u00a0internacionales que se relacionen con la equidad de la mujer y la perspectiva \u00a0de g\u00e9nero; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Derogado \u00a0por el Decreto 519 de 2003, \u00a0art\u00edculo 9\u00ba. Programa \u00a0Presidencial para el Afrontamiento del Consumo de Drogas-Rumbos. Son funciones \u00a0del Programa Presidencial para el Afrontamiento del Consumo de Drogas-Rumbos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0 Asesorar y apoyar los proyectos de entidades \u00a0gubernamentales relacionados con: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Est\u00edmulo y alertamiento \u00a0de la conciencia p\u00fablica sobre los problemas asociados al consumo de sustancias \u00a0sicoactivas, utilizando estrategias de comunicaci\u00f3n de masas en forma escrita y \u00a0audiovisual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Capacitaci\u00f3n de agentes \u00a0de cambio con representantes de la sociedad civil, de la comunidad educativa, \u00a0del sector salud, de poblaciones marginales y de las Fuerzas Armadas y de \u00a0Polic\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Fortalecimiento de las \u00a0redes sociales mediante la creaci\u00f3n, desarrollo y recuperaci\u00f3n de espacio \u00a0recreativos para los j\u00f3venes, apoyando las iniciativas de la comunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Fomento del inter\u00e9s y \u00a0el an\u00e1lisis del problema de consumo de sustancias sicoactivas, a trav\u00e9s del \u00a0desarrollo de estrategias investigativas novedosas, buscando la participaci\u00f3n \u00a0de toda la comunidad universitaria y de los principales centros de \u00a0investigaci\u00f3n del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0 Coordinar con los organismos y entidades p\u00fablicas \u00a0ejecutoras de acciones de prevenci\u00f3n y tratamiento, la planeaci\u00f3n, desarrollo, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de sus proyectos, garantizando su organizaci\u00f3n con las \u00a0pol\u00edticas estatales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Asistir al Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica y al Gobierno Nacional en el dise\u00f1o de las pol\u00edticas \u00a0gubernamentales destinadas a promover la prevenci\u00f3n y el tratamiento del \u00a0consumo de drogas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d)\u00a0\u00a0 Gestionar la consecuci\u00f3n, distribuci\u00f3n y asignaci\u00f3n de \u00a0recursos provenientes de organismos y\/o entidades de car\u00e1cter nacional e \u00a0internacional, en coordinaci\u00f3n con la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional, destinados a apoyar y financiar programas y proyectos \u00a0encaminados a la prevenci\u00f3n y tratamiento del consumo de drogas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e)\u00a0\u00a0 Participar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores en la negociaci\u00f3n y el desarrollo de los convenios bilaterales y \u00a0multilaterales relacionados con la prevenci\u00f3n y el tratamiento del consumo de \u00a0drogas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Participar en las \u00a0reuniones del Comit\u00e9 T\u00e9cnico Asesor de Prevenci\u00f3n Nacional de \u00a0Farmacodependencia creado por la Ley 30 de 1986; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g)\u00a0\u00a0 Rendir los informes que sobre el desarrollo de los \u00a0Programas solicite el Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del \u00a0Departamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h)\u00a0\u00a0 Proponer a los organismos que imparten educaci\u00f3n, incluir \u00a0en sus p\u00e9nsum acad\u00e9mico programas encaminados a la prevenci\u00f3n del consumo de \u00a0drogas y uso de sustancias sicoactivas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Elaborar en \u00a0coordinaci\u00f3n con los organismos pertinentes las campa\u00f1as de publicidad, para \u00a0lograr el posicionamiento de los mensajes que deba adelantar el programa en \u00a0cumplimiento de sus funciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Actuar como Secretario \u00a0del Comit\u00e9 T\u00e9cnico Asesor de la Prevenci\u00f3n de la Farmacodependencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k)\u00a0\u00a0 Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Derogado \u00a0por el Decreto 100 de 2004, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Programa \u00a0Presidencial, Plan Nacional de Desarrollo Alternativo-Plante. Son funciones de \u00a0Programa Presidencial para el Plan Nacional de Desarrollo Alternativo-Plante: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0 Emprender acciones para la generaci\u00f3n de opciones \u00a0productivas l\u00edcitas rentables y ambientalmente viables, para campesinos e \u00a0ind\u00edgenas, en orden a superar las condiciones que facilitaron el \u00a0establecimiento de cultivos il\u00edcitos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0 Contribuir al mejoramiento de la infraestructura social y \u00a0productiva, principalmente en materia de adecuaci\u00f3n de tierras y mejoramiento \u00a0de las redes y medios de comunicaci\u00f3n y del entorno ambiental, procurando el \u00a0ordenamiento, manejo y conservaci\u00f3n de ecosistemas y microcuencas intervenidas \u00a0o deforestadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Apoyar y ejecutar \u00a0proyectos tendientes a establecer canales e instituciones adecuados de \u00a0comercializaci\u00f3n de la producci\u00f3n, microempresas agropecuarias y \u00a0agroindustriales, as\u00ed como a legalizar y normalizar los derechos de propiedad y \u00a0a facilitar el acceso de la poblaci\u00f3n objetivo a los recursos productivos como \u00a0el cr\u00e9dito y la asistencia t\u00e9cnica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d)\u00a0\u00a0 Adelantar programas para facilitar el acceso de la \u00a0poblaci\u00f3n objetivo a la propiedad de la tierra a la educaci\u00f3n, la salud y la \u00a0seguridad social, los servicios y el saneamiento b\u00e1sico, la recreaci\u00f3n y el \u00a0deporte, e instancias de reconocimiento y protecci\u00f3n de los derechos humanos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e)\u00a0\u00a0 Procurar el fortalecimiento de la capacidad institucional \u00a0de los municipios para la planeaci\u00f3n y gesti\u00f3n de sus planes de desarrollo, \u00a0mediante el apoyo a la concertaci\u00f3n con la comunidad y la articulaci\u00f3n de sus \u00a0acciones con los procesos de desarrollo Nacional y regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Adelantar programas de \u00a0capacitaci\u00f3n para la asimilaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de los objetivos del Plante y \u00a0sus alcances; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g)\u00a0\u00a0 Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Derogado \u00a0por el Decreto 724 de 2007, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Programa \u00a0Presidencial para la Convivencia, la Seguridad Ciudadana y la Prevenci\u00f3n del \u00a0Delito. Son funciones del Programa Presidencial para la Convivencia, la \u00a0Seguridad Ciudadana y la Prevenci\u00f3n del Delito: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0 Elaborar el Plan Nacional sobre Seguridad y Convivencia \u00a0Ciudadana basado en la participaci\u00f3n comunitaria; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0 Promover en los centros urbanos distintos a Bogot\u00e1, \u00a0Medell\u00edn y Cali, la generaci\u00f3n de planes locales de convivencia y seguridad \u00a0ciudadana basados en la coordinaci\u00f3n entre las autoridades locales y la \u00a0Polic\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Promover en los centros \u00a0urbanos distintos a Bogot\u00e1, Medell\u00edn y Cali, la generaci\u00f3n de centros de \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de las manifestaciones de inseguridad y violencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d)\u00a0\u00a0 Establecer con la Polic\u00eda Nacional y autoridades locales, \u00a0la implantaci\u00f3n de un plan destinado a consolidar en todo el pa\u00eds la Polic\u00eda \u00a0Comunitaria que genere el aumento del n\u00famero de efectivos de la Polic\u00eda en la \u00a0calle, su capacitaci\u00f3n especializada para la labor comunitaria y la \u00a0consolidaci\u00f3n del apoyo ciudadano a la labor policial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e)\u00a0\u00a0 Promover con las autoridades competentes la reforma de las \u00a0Inspecciones de Polic\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Colaborar con el \u00a0Ministerio de Justicia en el impulso de pol\u00edticas como la creaci\u00f3n de Unidades \u00a0de Justicia r\u00e1pida, la organizaci\u00f3n del sistema de investigaci\u00f3n criminal del \u00a0Estado, la soluci\u00f3n del problema carcelario y promover mecanismos eficaces de \u00a0desjudicializaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g)\u00a0\u00a0 Elaborar, por encargo del Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0estudios y presentar propuestas de soluci\u00f3n sobre aspectos que interesen a la \u00a0seguridad y defensa de la naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h)\u00a0\u00a0 Preparar documentos y planes que permitan el desarrollo de \u00a0una pol\u00edtica nacional de seguridad, de conformidad con las instrucciones que \u00a0reciba del Presidente de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Elaborar las directivas \u00a0que le encargue el Presidente de la Rep\u00fablica, en relaci\u00f3n con la convivencia, \u00a0la seguridad ciudadana y la prevenci\u00f3n del delito; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Formular \u00a0recomendaciones al Presidente de la Rep\u00fablica en relaci\u00f3n con situaciones que \u00a0afecten de manera especial la seguridad de defensa nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k)\u00a0\u00a0 Coordinar bajo las indicaciones que le imparta el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, actividades de entidades y organismos p\u00fablicos que \u00a0cumplan funciones para la convivencia, la seguridad ciudadana y la prevenci\u00f3n \u00a0del delito; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Las dem\u00e1s que \u00a0correspondan con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Modificado por el Decreto 519 de 2005, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. Programa Presidencial de Modernizaci\u00f3n, Eficiencia, \u00a0Transparencia y Lucha Contra la Corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son \u00a0funciones del Programa Presidencial de Modernizaci\u00f3n, Eficiencia, Transparencia \u00a0y Lucha Contra la Corrupci\u00f3n, el cual ejercer\u00e1 sus actividades bajo la \u00a0supervisi\u00f3n inmediata del Vicepresidente de la Rep\u00fablica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica, al Vicepresidente de la Rep\u00fablica y al \u00a0Gobierno Nacional en el dise\u00f1o de las pol\u00edticas gubernamentales destinadas a \u00a0promover la lucha contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Impulsar la realizaci\u00f3n de estudios, evaluaciones, sondeos, estad\u00edsticas, con \u00a0miras a establecer las principales causas de corrupci\u00f3n o ineficiencia en \u00a0materia administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Desarrollar, participar y colaborar en el dise\u00f1o de proyectos y herramientas, \u00a0que propicien la modernizaci\u00f3n, \u00e9tica, eficiencia y transparencia de la gesti\u00f3n \u00a0del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Colaborar en proyectos que mediante la utilizaci\u00f3n de tecnolog\u00eda permitan conectar \u00a0las entidades y organismos del Estado, provean a la comunidad de informaci\u00f3n \u00a0sobre la gesti\u00f3n p\u00fablica, permita realizar tr\u00e1mites en l\u00ednea y propendan por la \u00a0masificaci\u00f3n del acceso a la tecnolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Colaborar en proyectos que propicien que las entidades y organismos p\u00fablicos de \u00a0todo orden implementen desarrollos tecnol\u00f3gicos que les permitan modernizar y \u00a0agilizar su gesti\u00f3n, competir y obtener certificaciones de calidad para sus \u00a0procesos que incluyan sistemas de medici\u00f3n de resultados e indicadores de \u00a0gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Liderar y colaborar en proyectos que mediante el an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n \u00a0contable y presupuestal de las entidades y organismos del Estado, permitan \u00a0evaluar la gesti\u00f3n y la eficiencia en la administraci\u00f3n de los bienes p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Liderar y colaborar en proyectos que fortalezcan en las entidades y organismos \u00a0p\u00fablicos de todo orden el control interno de gesti\u00f3n y el control interno \u00a0disciplinario y propiciar mecanismos que mediante la adecuada evaluaci\u00f3n de \u00a0procesos permiten establecer nuevos m\u00e9todos para mejorar el desempe\u00f1o de las \u00a0entidades del Estado y el impacto de su que hacer en la sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Desarrollar conjuntamente con los organismos de control, metodolog\u00edas y modelos \u00a0de investigaci\u00f3n que les permitan detectar y castigar los casos de corrupci\u00f3n \u00a0administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Establecer contacto y coordinaci\u00f3n entre la sociedad y el Gobierno en relaci\u00f3n \u00a0con el desarrollo de mecanismos orientados a fortalecer la veedur\u00eda c\u00edvica en \u00a0los diferentes \u00f3rdenes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Elaborar proyectos de ley, decretos, resoluciones, directivas y en general \u00a0cualquier otro instrumento pertinente para implantar las pol\u00edticas del Gobierno \u00a0en materia de \u00e9tica, eficiencia, transparencia y eficiencia administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Dise\u00f1ar y desarrollar proyectos de educaci\u00f3n, concientizaci\u00f3n, fortalecimiento \u00a0de valores y principios y promoci\u00f3n de una nueva cultura de responsabilidad \u00a0social y defensa de lo p\u00fablico, dirigidos tanto a la comunidad en general como \u00a0a los sectores privado y p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Dise\u00f1ar y proponer instrumentos que permitan hacer evaluaci\u00f3n, seguimiento y \u00a0control a los procesos contractuales adelantados por las entidades estatales de \u00a0cualquier orden. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Recibir denuncias en contra de funcionarios p\u00fablicos de cualquier orden, \u00a0darles, el tr\u00e1mite ante la autoridad competente y hacer el seguimiento \u00a0respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Rendir peri\u00f3dicamente informes al Vicepresidente de la Rep\u00fablica sobre el \u00a0desarrollo y resultados del programa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza y objetivos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial: \u201cPrograma Presidencial para \u00a0la Lucha Contra la Corrupci\u00f3n. Son funciones del Programa Presidencial para la \u00a0Lucha Contra la Corrupci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0\u00a0 Asistir al Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica y al Gobierno Nacional en el dise\u00f1o de las pol\u00edticas \u00a0gubernamentales destinadas a promover la lucha contra la corrupci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0\u00a0 Hacer estudios, \u00a0evaluaciones, sondeos, estad\u00edsticas, con miras a establecer las principales \u00a0causas de corrupci\u00f3n o ineficiencia en materia administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Elaborar proyectos de ley, decretos, resoluciones, \u00a0directivas y, en general cualquier otro instrumento pertinente para implantar \u00a0las pol\u00edticas del gobierno en materia de \u00e9tica y eficiencia administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d)\u00a0\u00a0\u00a0 Recomendar controles \u00a0y mecanismos encaminados a mejorar la eficiencia y garantizar la transparencia \u00a0en las actuaciones administrativas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e)\u00a0\u00a0\u00a0 Recibir denuncias en \u00a0contra de los funcionarios p\u00fablicos de cualquier orden, darles tr\u00e1mite ante la \u00a0autoridad competente y efectuar el seguimiento a las denuncias presentadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Ejecutar labores de \u00a0veedur\u00eda en las entidades p\u00fablicas del orden nacional con el fin de verificar \u00a0la calidad y el valor en las adquisiciones de bienes y la contrataci\u00f3n de \u00a0servicios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g)\u00a0\u00a0\u00a0 Recomendar \u00a0correctivos frente a casos concretos de ineficiencia o faltas contra la \u00e9tica \u00a0administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h)\u00a0\u00a0\u00a0 Establecer contacto y \u00a0coordinaci\u00f3n con la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n y la Contralor\u00eda General \u00a0de la Rep\u00fablica en temas relacionados con la \u00e9tica y la ineficiencia \u00a0administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Establecer \u00a0herramientas de comunicaci\u00f3n entre la sociedad y el gobierno en relaci\u00f3n con el \u00a0desarrollo de mecanismos orientados a fortalecer la veedur\u00eda c\u00edvica en los \u00a0diferentes ordenes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Colaborar con el \u00a0Consejo de Planeaci\u00f3n Territorial en las acciones conjuntas que permitan \u00a0realizar un seguimiento eficiente al Plan Nacional de Desarrollo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k)\u00a0\u00a0\u00a0 Rendir los informes \u00a0que sobre el desarrollo del programa solicite el Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Coordinar con el \u00a0Ministerio del Interior y el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0las acciones, programas y pol\u00edticas relacionadas con la lucha contra la \u00a0corrupci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m)\u00a0\u00a0 Las dem\u00e1s que \u00a0correspondan con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Adicionado por el Decreto 1298 de 2001, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Incoar acciones populares para \u00a0promover la protecci\u00f3n y defensa de la moralidad administrativa, el goce del \u00a0espacio p\u00fablico y la utilizaci\u00f3n y defensa de los bienes de uso p\u00fablico, la defensa \u00a0del patrimonio p\u00fablico, el acceso a una infraestructura de servicios que \u00a0garantice la salubridad p\u00fablica y el acceso a los servicios p\u00fablicos y a que su \u00a0prestaci\u00f3n sea eficiente y oportuna, en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 88 de la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y de la Ley 472 de 1998.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Programa Presidencial para el Sistema \u00a0Nacional de Juventud-Colombia Joven. Son funciones del Programa Presidencial \u00a0del Programa Presidencial para el Sistema Nacional de Juventud-Colombia Joven: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0 \u00a0Asistir \u00a0al Presidente de la Rep\u00fablica, al Gobierno Nacional y a los gobiernos \u00a0territoriales, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de \u00a0juventud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0 \u00a0Procurar \u00a0que las entidades estatales del orden nacional y territorial incorporen a los \u00a0j\u00f3venes en sus pol\u00edticas de desarrollo social y econ\u00f3mico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Dise\u00f1ar \u00a0y ejecutar planes, programas y proyectos a favor de la juventud y velar por su \u00a0inclusi\u00f3n en los planes de desarrollo nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d)\u00a0\u00a0 \u00a0Fomentar \u00a0la formaci\u00f3n para el trabajo, el uso del tiempo libre y la vinculaci\u00f3n de joven \u00a0a la vida econ\u00f3mica, cultural, a la globalizaci\u00f3n y la competitividad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e)\u00a0\u00a0 \u00a0Promover \u00a0y realizar estudios e investigaciones sobre temas y asuntos que conciernen a la \u00a0juventud y sobre el impacto de la pol\u00edtica p\u00fablica de juventud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Prestar \u00a0asistencia t\u00e9cnica en el dise\u00f1o y elaboraci\u00f3n de los planes de juventud de las \u00a0entidades territoriales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g)\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0Estimular la formaci\u00f3n para la participaci\u00f3n \u00a0de la juventud en las decisiones que los afectan en la vida econ\u00f3mica, \u00a0pol\u00edtica, administrativa y cultural de la naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h)\u00a0\u00a0 \u00a0Promover \u00a0estrategias que aseguren el acceso de los j\u00f3venes a los servicios, recursos y \u00a0beneficios ofrecidos por las entidades gubernamentales y no gubernamentales y \u00a0generar oportunidades para que los j\u00f3venes mejoren su formaci\u00f3n integral y su \u00a0calidad de vida; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Concertar \u00a0el desarrollo de programas y proyectos y actividades a favor de la juventud que \u00a0adelanten instituciones estatales y privadas, de orden nacional e \u00a0internacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Las \u00a0dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Modificado por el Decreto 519 de 2003, \u00a0art\u00edculo 7\u00ba. Programa Presidencial de los Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son \u00a0funciones del Programa Presidencial de los Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario, el cual ejercer\u00e1 sus funciones bajo la supervisi\u00f3n \u00a0inmediata del Vicepresidente de la Rep\u00fablica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir \u00a0al Presidente de la Rep\u00fablica en la promoci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las acciones \u00a0dirigidas a garantizar la adecuada protecci\u00f3n de los Derechos Humanos y de la \u00a0aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Sugerir al Gobierno Nacional las medidas que pueden tomarse, para garantizar en \u00a0el pa\u00eds el respeto y debida protecci\u00f3n de los Derechos Humanos y la aplicaci\u00f3n \u00a0del Derecho Internacional Humanitario previo an\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de la \u00a0situaci\u00f3n general en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Realizar estudios y an\u00e1lisis sobre la situaci\u00f3n de Derechos Humanos y la \u00a0aplicaci\u00f3n del Dere cho Internacional Humanitario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Coordinar la elaboraci\u00f3n del informe anual sobre Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Autoridad Nacional de lucha contra las \u00a0minas antipersonales y de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Promover las acciones necesarias por parte de las autoridades para conjurar \u00a0situaciones que puedan dar lugar a violaciones de los Derechos Humanos y el \u00a0Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Coordinar, promover, impulsar, participar y hacer seguimiento de las tareas que \u00a0en materia de Derechos Humanos y la aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional \u00a0Humanitario realizan y deben realizar los distintos despachos gubernamentales \u00a0de acuerdo con la pol\u00edtica formulada por el Gobierno, en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Coordinar su actividad con los organismos del Estado vinculados a la protecci\u00f3n \u00a0de los Derechos Humanos y la aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Solicitar informes, en cuanto no se trate de documentos reservados, de las \u00a0denuncias que se formulen ante cualquier organismo p\u00fablico o privado sobre \u00a0violaciones a los Derechos Humanos y tomar las medidas y realizar las \u00a0gestiones, dentro de su competencia, para combatir la impunidad en este tipo de \u00a0casos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Recibir, dar traslado y hacer seguimiento a las quejas y reclamos presentados \u00a0por los ciudadanos en relaci\u00f3n con el cumplimiento, protecci\u00f3n, garant\u00eda y \u00a0efectividad de los Derechos Humanos fundamentales por parte de los diferentes organismos \u00a0de la administraci\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Establecer contactos, de manera coordinada con el Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores, con los \u00f3rganos de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y de la \u00a0OEA, con los dem\u00e1s organismos de derecho p\u00fablico internacional interesados en \u00a0la situaci\u00f3n de Colombia en esta materia, lo mismo que con las organizaciones \u00a0no gubernamentales nacionales o extranjeras que se ocupen del tema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Dar a conocer, promover el an\u00e1lisis y la b\u00fasqueda de aplicaci\u00f3n de las \u00a0recomendaciones que en materia de derechos humanos realizan los organismos \u00a0p\u00fablicos internacionales. Coordinar la elaboraci\u00f3n de los informes a dichos \u00a0organismos internacionales y velar para que en ellos se d\u00e9 cuenta de la \u00a0situaci\u00f3n de derechos humanos que se vive en el pa\u00eds y de las acciones que el \u00a0Gobierno y el Estado realizan para enfrentar tal situaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Participar en las reuniones y tareas del Comit\u00e9 Intersectorial Permanente para \u00a0la Coordinaci\u00f3n y Seguimiento de la Pol\u00edtica Nacional en Materia de Derechos Humanos \u00a0y Derecho Internacional Humanitario y hacer seguimiento al Plan Nacional de \u00a0Acci\u00f3n en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Promover la cooperaci\u00f3n entre el Estado, el Gobierno, los entes territoriales y \u00a0la sociedad civil para la promoci\u00f3n y el respeto de los Derechos Humanos y la \u00a0aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Rendir al Presidente y Vicepresidente de la Rep\u00fablica informes sobre los \u00a0asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Las dem\u00e1s que le asigne el Presidente o el Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial: \u201cPrograma Presidencial de Promoci\u00f3n, Respeto y Garant\u00eda \u00a0de los Derechos Humanos y de Aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional Humanitario. \u00a0Son funciones del Programa Presidencial Programa Presidencial de promoci\u00f3n, \u00a0respeto y garant\u00eda de los derechos humanos y de aplicaci\u00f3n del derecho \u00a0internacional humanitario, el cual ejercer\u00e1 sus actividades bajo la supervisi\u00f3n \u00a0inmediata del Vicepresidente de la Rep\u00fablica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en la promoci\u00f3n y \u00a0coordinaci\u00f3n de las acciones dirigidas a garantizar la adecuada protecci\u00f3n de \u00a0los derechos humanos y de aplicaci\u00f3n del derecho internacional humanitario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Sugerir al Gobierno Nacional las medidas que puedan tomarse para \u00a0garantizar en el pa\u00eds el respeto y la debida protecci\u00f3n de los derechos humanos \u00a0y la aplicaci\u00f3n del derecho internacional humanitario previo an\u00e1lisis y \u00a0evaluaci\u00f3n de la situaci\u00f3n general en la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Promover las acciones necesarias por parte de las autoridades \u00a0para conjurar situaciones que puedan dar lugar a violaciones a los derechos \u00a0humanos y al derecho internacional humanitario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Coordinar, promover, impulsar, participar y hacer seguimiento a \u00a0las distintas tareas que en materia de derechos humanos y aplicaci\u00f3n del derecho \u00a0internacional humanitario realizan y deben realizar los distintos despachos \u00a0gubernamentales de acuerdo con la pol\u00edtica formulada por el Gobierno en la \u00a0materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Coordinar su actividad con los organismos de Estado vinculados a \u00a0la protecci\u00f3n de los derechos humanos y aplicaci\u00f3n del derecho internacional \u00a0humanitario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Informarse, en cuanto no se trate de documentos reservados, de \u00a0las denuncias que se formulen ante cualquier organismo p\u00fablico o privado sobre \u00a0violaciones a los derechos humanos y tomar las medidas y realizar las gestiones \u00a0dentro de su competencia para combatir la impunidad en este tipo de casos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Recibir, dar traslado y hacer seguimiento a las quejas y \u00a0reclamos presentados por los ciudadanos en relaci\u00f3n con el cumplimiento, \u00a0protecci\u00f3n, garant\u00eda y efectividad de los derechos humanos fundamentales por \u00a0parte de los diferentes organismos de la administraci\u00f3n p\u00fablica; h) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Establecer contactos, de manera coordinada con el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores, con los \u00f3rganos de Derechos Humanos de las Naciones \u00a0Unidas y de la OEA, con los dem\u00e1s organismos de derecho p\u00fablico internacional \u00a0interesados en la situaci\u00f3n de Colombia en esta materia, lo mismo que con las \u00a0organizaciones no gubernamentales internacionales que se ocupen del tema; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Dar a conocer, promover el an\u00e1lisis y la b\u00fasqueda de aplicaci\u00f3n \u00a0de las recomendaciones que en materia de derechos humanos realizan los \u00a0organismos p\u00fablicos internacionales. Adem\u00e1s participar en la elaboraci\u00f3n de los \u00a0informes a dichos organismos internacionales y velar para que en ellos se de \u00a0cuenta de la situaci\u00f3n de derechos humanos que se viva en el pa\u00eds y de las \u00a0acciones que el Gobierno y el Estado realizan para enfrentar la situaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Participar en las reuniones y tareas de la Comisi\u00f3n \u00a0Gubernamental para los Derechos Humanos y hacer seguimiento al Plan Nacional de \u00a0Acci\u00f3n en la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Promover la cooperaci\u00f3n entre el Estado y el Gobierno con la \u00a0sociedad civil para la promoci\u00f3n y el respeto de los derechos humanos y la \u00a0aplicaci\u00f3n del derecho internacional humanitario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Rendir al Presidente y Vicepresidente de la Rep\u00fablica informes \u00a0sobre los asuntos a su cargo; m) Las dem\u00e1s que le asigne el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica o el Vicepresidente de la Rep\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Derogado \u00a0por el Decreto 3107 de 2003, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Programa \u00a0Presidencial para el Desarrollo de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las \u00a0Comunicaciones. Son funciones del Programa Presidencial para el Desarrollo de \u00a0las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0 Asesorar, dise\u00f1ar, formular y proponer pol\u00edticas planes y \u00a0programas que garanticen el acceso y la implantaci\u00f3n de nuevas tecnolog\u00edas de \u00a0la informaci\u00f3n y de las comunicaciones, con el fin de fomentar su uso, como \u00a0soporte del crecimiento y aumento de la competitividad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0 Formular pol\u00edticas planes y programas que garanticen a \u00a0trav\u00e9s del uso de nuevas tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y de las comunicaciones \u00a0el acceso a mercados para el sector productivo como esfuerzo para la pol\u00edtica \u00a0de generaci\u00f3n de empleo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Fomentar el uso de las \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las comunicaciones, para mejorar la calidad de \u00a0vida de la comunidad, ofreciendo un acceso equitativo a oportunidades de \u00a0educaci\u00f3n, trabajo, justicia, cultura, recreaci\u00f3n etc.; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d)\u00a0\u00a0 Apoyar al Estado en el desarrollo de la conectividad a las \u00a0redes de comunicaciones, para facilitar y optimizar la gesti\u00f3n de los \u00a0organismos gubernamentales y la contrataci\u00f3n administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e)\u00a0\u00a0 Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en el diagnostico de \u00a0necesidades y de sistemas y redes de comunicaci\u00f3n para la definici\u00f3n, \u00a0coordinaci\u00f3n y difusi\u00f3n de planes y programas del Gobierno Nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Evaluar de manera \u00a0permanente la forma como se suministra la informaci\u00f3n sobre la gesti\u00f3n del \u00a0gobierno, con el fin de lograr que esta sea transparente, oportuna y confiable; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g)\u00a0\u00a0 Coordinar de acuerdo con las instrucciones que le imparta \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica, el suministro de la informaci\u00f3n que se produzca \u00a0en los Ministerios, Departamentos Administrativos y Establecimientos P\u00fablicos y \u00a0efectuar las recomendaciones que considere indicadas para lograr que esta sea \u00a0en forma \u00e1gil y oportuna; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h)\u00a0\u00a0 Coordinar, hacer seguimiento y proponer ajustes y nuevos \u00a0proyectos para la ejecuci\u00f3n de la Agenda de Conectividad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Las dem\u00e1s que \u00a0correspondan con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. El presente Decreto rige a partir de la fecha \u00a0de su publicaci\u00f3n, deroga el Decreto 1860 de 1991, \u00a0Decreto \u00a053 y la Resoluci\u00f3n 1268 de 1992, el art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto 472 de 1996, \u00a0Decreto 2014 y \u00a02120 de 1997, Decretos 692, 1820, 2193, 2404, 2405 de 1998, los \u00a0Decretos 453, 1526 y 1529 de 1999 y \u00a0los Decreto 150 y \u00a01636 de 2000, y dem\u00e1s disposiciones que le sean contrar\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en de Bogot\u00e1, D. C., a 19 de enero de 2001. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, Juan Manuel Santos Calder\u00f3n. El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, Eduardo Pizano de Narv\u00e1ez. El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, Mauricio \u00a0Zuluaga Ruiz. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0\u00a0 DECRETO 127 DE 2001 \u00a0 \u00a0\u00a0 19\/01\/2001 \u00a0 \u00a0 por \u00a0el cual se crean las Consejer\u00edas y Programas Presidenciales en el Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el Decreto 3445 de 2010, \u00a0art\u00edculo 25. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Modificado por el Decreto 1616 de 2005, \u00a0por [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[45],"tags":[],"class_list":["post-29810","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2001"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29810","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=29810"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29810\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=29810"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=29810"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=29810"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}