{"id":30082,"date":"2023-07-18T21:49:57","date_gmt":"2023-07-18T21:49:57","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-2105-de-2001\/"},"modified":"2023-07-18T21:49:57","modified_gmt":"2023-07-18T21:49:57","slug":"decreto-2105-de-2001","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-2105-de-2001\/","title":{"rendered":"DECRETO 2105 DE 2001"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2105 DE 2001 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(octubre 8) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la estructura del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota. Derogado por el Decreto 110 de 2004 \u00a0y por el Decreto 1540 de 2003, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de las facultades otorgadas por el numeral 16 del \u00a0art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en concordancia con el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ministerio de Relaciones Exteriores \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Integraci\u00f3n del Sector \u00a0de Relaciones Exteriores. El Sector de Relaciones Exteriores est\u00e1 integrado \u00a0por el Ministerio de Relaciones Exteriores quien tendr\u00e1 a cargo la orientaci\u00f3n \u00a0del ejercicio de las funciones de las entidades adscritas y vinculadas, sin \u00a0perjuicio de las potestades de decisi\u00f3n que les correspondan, as\u00ed como de su \u00a0participaci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica, en la elaboraci\u00f3n de los \u00a0programas sectoriales y en la ejecuci\u00f3n de los mismos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entidades adscritas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Establecimiento p\u00fablico: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Unidad Administrativa Especial con \u00a0Personer\u00eda Jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondo Rotatorio del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Objetivos. El \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores es el organismo rector del sector \u00a0Relaciones Exteriores y le corresponde, bajo la direcci\u00f3n del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, proponer, orientar, coordinar y ejecutar la pol\u00edtica exterior de \u00a0Colombia y administrar el servicio exterior de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. El \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores tendr\u00e1, adem\u00e1s de las funciones que \u00a0determina el art\u00edculo 59 de la Ley 489 de 1998 las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular y proponer al Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica la pol\u00edtica exterior del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar la pol\u00edtica exterior del \u00a0Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Mantener, en concordancia con las \u00a0necesidades e intereses del pa\u00eds, las relaciones de todo orden con los dem\u00e1s \u00a0Estados y organismos internacionales, directamente o por medio de las Misiones \u00a0Diplom\u00e1ticas y Consulares correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover y salvaguardar los intereses \u00a0del pa\u00eds y de sus nacionales ante los dem\u00e1s Estados, los organismos y \u00a0conferencias internacionales y la comunidad internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Otorgar el concepto previo para la \u00a0negociaci\u00f3n y celebraci\u00f3n de todo acuerdo internacional sin perjuicio de las atribuciones \u00a0constitucionales del Jefe del Estado en la direcci\u00f3n de las relaciones \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ser interlocutor, coordinador y \u00a0enlace para todas las gestiones oficiales que se adelanten entre las entidades \u00a0gubernamentales y los gobiernos de otros pa\u00edses, as\u00ed como con los organismos \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Orientar, integrar y armonizar las \u00a0pol\u00edticas y programas sectoriales que competen a las diferentes instituciones \u00a0del Estado, cuando tengan relaci\u00f3n con la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Articular las acciones de las \u00a0diversas entidades del Estado en lo que concierne a las relaciones \u00a0internacionales del pa\u00eds, en especial las de \u00edndole pol\u00edtica, econ\u00f3mica, \u00a0comercial, social y ambiental sobre las bases de equidad, reciprocidad y \u00a0conveniencia nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar, en materia de relaciones \u00a0exteriores, todas las agencias del Estado y las actividades de la \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica, en todos sus \u00f3rdenes y niveles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Negociar y orientar los procesos de \u00a0negociaci\u00f3n, con la cooperaci\u00f3n de otros organismos nacionales, si es del caso, \u00a0de tratados y dem\u00e1s instrumentos internacionales, as\u00ed como hacer su \u00a0seguimiento, evaluar sus resultados y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en la formulaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica de comercio exterior y de integraci\u00f3n en todos sus aspectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Formular y orientar la pol\u00edtica de \u00a0cooperaci\u00f3n internacional en sus diferentes modalidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Promover y fortalecer la capacidad \u00a0negociadora de Colombia en relaci\u00f3n con los dem\u00e1s sujetos de derecho in \u00a0ternacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Desarrollar actividades de \u00a0protecci\u00f3n de los derechos fundamentales de los colombianos en el exterior y \u00a0ejercer ante las autoridades del pa\u00eds donde se encuentren, las acciones \u00a0pertinentes, de conformidad con los principios y normas del Derecho \u00a0Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Conformar y definir, el nivel de las \u00a0delegaciones que representen al pa\u00eds en las reuniones internacionales de \u00a0car\u00e1cter bilateral y multilateral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Presidir las delegaciones que \u00a0representan al pa\u00eds, cuando as\u00ed lo disponga el Presidente de la Rep\u00fablica, en \u00a0las reuniones de car\u00e1cter bilateral y multilateral o encomendar dicha funci\u00f3n, \u00a0cuando a ello hubiere lugar, a otras entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Administrar el servicio exterior de \u00a0la Rep\u00fablica y adoptar las medidas necesarias para que se ajuste a la pol\u00edtica \u00a0exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Formular y dirigir la pol\u00edtica \u00a0migratoria de Colombia y otorgar las autorizaciones de ingreso de extranjeros \u00a0al pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Aplicar el r\u00e9gimen de privilegios e \u00a0inmunidades a que se ha comprometido el Estado colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Tramitar la naturalizaci\u00f3n de \u00a0extranjeros y aplicar el r\u00e9gimen legal de nacionalidad en lo pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Expedir los pasaportes y autorizar \u00a0mediante convenios su expedici\u00f3n cuando lo estime necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Actuar como Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n Asesora de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Organizaci\u00f3n Interna. La \u00a0estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Direcci\u00f3n del Protocolo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Direcci\u00f3n Academia Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro de \u00a0Relaciones Exteriores \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Soberan\u00eda Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Asuntos B ilaterales y \u00a0Regionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Integraci\u00f3n y \u00a0Desarrollo Fronterizos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Viceministro de \u00a0Asuntos Multilaterales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Direcci\u00f3n de Asuntos Pol\u00edticos \u00a0Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de Asuntos Econ\u00f3micos, \u00a0Sociales y Ambientales Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Direcci\u00f3n de Derechos Humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. Direcci\u00f3n de Asuntos Culturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Direcci\u00f3n de Asuntos Consulares y \u00a0Comunidades Colombianas en el Exterior Consulados \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Direcci\u00f3n del Talento Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4 Direcci\u00f3n de Control Interno \u00a0Disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Delegaciones Permanentes ante \u00a0Organismos Internacionales Multilaterales y Regionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Embajadas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Organos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1. Consejo administrativo y Consejo \u00a0Acad\u00e9mico de la Academia Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2. Comit\u00e9 de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3. Comisi\u00f3n de Personal de Carrera \u00a0Diplom\u00e1tica y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.4. Comisi\u00f3n de Personal de Carrera \u00a0Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Direcci\u00f3n. La \u00a0Direcci\u00f3n del Ministerio de Relaciones Exteriores estar\u00e1 a cargo del Ministro, \u00a0quien la ejercer\u00e1 con la inmediata colaboraci\u00f3n de los Viceministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Despacho del Ministro de \u00a0Relaciones Exteriores. Son funciones del Ministro de Relaciones Exteriores, \u00a0adem\u00e1s de las establecidas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, en las leyes, en \u00a0especial en la Ley 489 de 1998, en \u00a0las normas vigentes, y las dem\u00e1s que le asigne el Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Representar, junto con el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica, al Gobierno de Colombia en la ejecuci\u00f3n de todos los actos \u00a0relativos a la celebraci\u00f3n de acuerdos internacionales. Los dem\u00e1s representantes \u00a0del Gobierno deber\u00e1n acreditar los plenos poderes otorgados por el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica de conformidad con lo dispuesto en la Ley 32 de 1985 \u00a0aprobatoria de la Convenci\u00f3n de Viena. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Delegar si considera conveniente, en \u00a0los funcionarios de los niveles directivo o asesor las funciones que se \u00a0requieran para el mejor desarrollo de la gesti\u00f3n del Ministerio, en especial, \u00a0las relacionadas con temas espec\u00edficos de la pol\u00edtica exterior, as\u00ed como las de \u00a0asistencia a Consejos y Juntas Directivas de las cuales forme parte por derecho \u00a0propio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir, dirigir y coordinar todo lo \u00a0relacionado con la imagen institucional y la divulgaci\u00f3n de las actividades, \u00a0planes y programas del Ministerio, tanto en el \u00e1mbito nacional como \u00a0internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y coordinar la estrategia de \u00a0comunicaci\u00f3n que promueva la generaci\u00f3n de una cultura corporativa en pro del \u00a0desarrollo de la misi\u00f3n institucional y que brinde apoyo y asistencia t\u00e9cnica \u00a0en materia de comunicaciones a todas las dependencias del Ministerio que lo \u00a0requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y coordinar lo relacionado, \u00a0con temas espec\u00edficos de la pol\u00edtica exterior y delegarlos si lo considera \u00a0conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Organizar y reglamentar, mediante \u00a0resoluci\u00f3n, los grupos internos de trabajo para la adecuada atenci\u00f3n de los \u00a0asuntos propios del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Direcci\u00f3n del Protocolo. \u00a0Son funciones de la Direcci\u00f3n del Protocolo las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y supervisar las actividades \u00a0propias del protocolo, en especial las relacionadas con el ceremonial \u00a0diplom\u00e1tico del Estado y con las misiones extranjeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir el ceremonial diplom\u00e1tico del \u00a0Estado y asesorar sobre el particular a las entidades oficiales que lo \u00a0soliciten. En desarrollo de esta funci\u00f3n, en todos los actos o ceremonias a los \u00a0que concurra el Presidente de la Rep\u00fablica y en los que participen miembros del \u00a0Cuerpo Diplom\u00e1tico o funcionarios oficiales extranjeros, organizar\u00e1 el programa \u00a0correspondiente y vigilar\u00e1 el cumplimiento de las normas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar todos los aspectos de \u00a0ceremonial y protocolo en las visitas que realicen al pa\u00eds los jefes de Estado, \u00a0jefes de gobierno, funcionarios de Estado y otras personalidades invitadas por \u00a0el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y apoyar las visitas \u00a0oficiales que realicen fuera del pa\u00eds el Presidente de la Rep\u00fablica, el \u00a0Vicepresidente y el Ministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar, de conformidad con las \u00a0disposiciones vigentes, en todas las tareas relacionadas con el otorgamiento de \u00a0las condecoraciones nacionales de las Ordenes de Boyac\u00e1, de San Carlos y \u00a0Nacional al M\u00e9rito y tramitar la autorizaci\u00f3n a funcionarios colombianos para \u00a0aceptar condecoraciones extranjeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Tramitar las solicitudes de \u00a0audiencias protocolarias de los jefes de misiones extranjeras, funcionarios \u00a0oficiales extranjeros y funcionarios de organismos internacionales, con el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, con el Vicepresidente, con el Ministro de \u00a0Relaciones Exteriores, con los Viceministros y con el Secretario General del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Se\u00f1alar la precedencia de los agentes \u00a0diplom\u00e1ticos y determinar la de los asistentes a ceremonias o actos oficiales \u00a0que cuenten con la presencia del Presidente de la Rep\u00fablica, del \u00a0Vicepresidente, del Ministro de Relaciones Exteriores, de los Viceministros, \u00a0del Secretario General del Ministerio o del Cuerpo Diplom\u00e1tico acreditado en \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Tramitar las solicitudes de \u00a0benepl\u00e1cito que se presenten ante el Gobierno Nacional para la designaci\u00f3n de \u00a0los jefes de misi\u00f3n extranjeros, y de aprobaci\u00f3n en los casos de otros miembros \u00a0del personal de las misiones que as\u00ed lo requieran, al igual que el \u00a0reconocimiento de c\u00f3nsules extranjeros en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar y registrar la acreditaci\u00f3n \u00a0correspondiente de los miembros del personal de las misiones diplom\u00e1ticas, \u00a0consulares, de organismos internacionales y de cooperaci\u00f3n, y autorizar la \u00a0expedici\u00f3n de los diferentes documentos de identificaci\u00f3n de dichas personas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Gestionar ante las autoridades \u00a0nacionales la aplicaci\u00f3n de los privilegios e inmunidades a que tengan derecho \u00a0las misiones extranjeras y los miembros del personal de \u00e9stas, acreditados ante \u00a0el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Estudiar, tramitar y resolver las \u00a0solicitudes de visas preferenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ordenar la preparaci\u00f3n y revisi\u00f3n de \u00a0las cartas credenciales, letras patentes, exequatur, diplomas y de otros \u00a0documentos de esta \u00edndole. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar a las dependencias \u00a0pertinentes en la negociaci\u00f3n de acuerdos internacionales, en aquellos aspectos \u00a0relativos a privilegios e inmunidades y emitir los conceptos que le soliciten \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Oficina Asesora \u00a0Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica las siguient es: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar, a petici\u00f3n del Ministro, de \u00a0los Viceministros y del Secretario General, estudios y emitir conceptos sobre \u00a0temas, de Derecho Internacional P\u00fablico y Privado y sobre aplicaci\u00f3n de la \u00a0legislaci\u00f3n nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar para el Ministro estudios y \u00a0emitir conceptos sobre las relaciones entre el ordenamiento jur\u00eddico interno y \u00a0el ordenamiento jur\u00eddico internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar para el Ministro estudios y \u00a0emitir conceptos sobre la legislaci\u00f3n nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Brindar asistencia jur\u00eddica a los \u00a0Despachos de los Viceministros en la negociaci\u00f3n, perfeccionamiento y \u00a0terminaci\u00f3n de cualquier acuerdo internacional, previo concepto del \u00a0Viceministro competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Prestar asistencia jur\u00eddica, sin \u00a0perjuicio del concepto de los Viceministros, a los Organismos del Estado, en la \u00a0negociaci\u00f3n, perfeccionamiento y terminaci\u00f3n de cualquier acuerdo \u00a0internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 \u00a0Adelantar los tr\u00e1mites relacionados con el perfeccionamiento de los \u00a0acuerdos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Realizar, de conformidad con las \u00a0disposiciones legales vigentes, los tr\u00e1mites para la promulgaci\u00f3n de los \u00a0tratados internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Estudiar, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Direcci\u00f3n General del Protocolo, todo acuerdo internacional que conduzca a la \u00a0concesi\u00f3n de privilegios e inmunidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Estudiar los proyectos de ley, \u00a0decreto o resoluci\u00f3n relacionados con el Ministerio, cuando as\u00ed lo amerite. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Tramitar los plenos poderes que \u00a0deben acreditar los representantes del Gobierno para la celebraci\u00f3n y \u00a0perfeccionamiento de acuerdos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Preparar las exposiciones de motivos \u00a0de proyectos de ley originados en el Ministerio, con la colaboraci\u00f3n de la \u00a0dependencia competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Estudiar, conceptuar y tramitar las \u00a0solicitudes de nacionalizaci\u00f3n y definici\u00f3n de la nacionalidad colombiana por \u00a0adopci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adelantar los tr\u00e1mites que en \u00a0materia de extradici\u00f3n le correspondan al Ministerio. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Proyectar y sustanciar, cuando as\u00ed \u00a0se requiera, los recursos que por la v\u00eda gubernativa corresponda resolver al \u00a0Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Atender, por delegaci\u00f3n o poder \u00a0otorgado por el Ministro, todos los procesos que se relacionen con el \u00a0Ministerio, y su Fondo Rotatorio especialmente los que se ventilen ante la \u00a0jurisdicci\u00f3n Contencioso Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Responder las acciones de tutela que \u00a0se relacionen con asuntos atinentes a las funciones asignadas a la Oficina y \u00a0revisar los proyectos de respuestas de las dem\u00e1s dependencias del Ministerio, \u00a0cuando as\u00ed lo amerite y se remitan con la debida antelaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Otorgar poder a abogados externos, \u00a0previa autorizaci\u00f3n del Ministro de Relaciones Exteriores, para atender \u00a0procesos jurisdiccionales, tanto del Ministerio de Relaciones Exteriores como \u00a0de su Fondo Rotatorio, que por su naturaleza ameriten este mecanismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Absolver las consultas de orden \u00a0legal que le formulen los Viceministros o el Secretario General del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Elaborar instructivos generales que \u00a0permitan orientar el proceso de contrataci\u00f3n, del Ministerio y del Fondo \u00a0Rotatorio, sin perjuicio de las funciones asignadas a la Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Tramitar las reclamaciones de tipo \u00a0laboral que presenten los ciudadanos colombianos que trabajen en las Misiones \u00a0Diplom\u00e1ticas y Consulares acreditadas en nuestro pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Adelantar los cobros coactivos que \u00a0requiera el Ministerio y su Fondo Rotatorio en desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar, controlar y \u00a0evaluar, el proceso planificador del sector de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar y asesorar a las diferentes \u00a0dependencias del Ministerio en la elaboraci\u00f3n de los Planes Operativos anuales, \u00a0traducidos en objetivos, metas, estrategias e indicadores, y en la formulaci\u00f3n \u00a0e implementaci\u00f3n de los sistemas de evaluaci\u00f3n y seguimiento en articulaci\u00f3n \u00a0con el Plan de desarrollo, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar a las diferentes \u00a0dependencias en la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de programas de mejoramiento \u00a0continuo y en la aplicaci\u00f3n de los sistemas e indicadores para el control y \u00a0evaluaci\u00f3n de gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento, en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Oficina de Control Interno, de la ejecuci\u00f3n de los planes, programas y \u00a0proyectos, y asesorar a las dependencias en la formulaci\u00f3n de acciones \u00a0correctivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar el proyecto de presupuesto, \u00a0gerenciar el Banco de Proyectos del sector de Relaciones Exteriores y, en lo \u00a0pertinente, manejar las relaciones del Ministerio con el Departamento Nacional \u00a0de Planeaci\u00f3n y el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, en materia \u00a0presupuestal y planes de desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar a las dependencias del \u00a0Ministerio en la formulaci\u00f3n de los planes sectoriales pertinentes para el \u00a0desarrollo de la pol\u00edtica exterior, de los compromisos bilaterales o \u00a0multilaterales adquiridos por el pa\u00eds con otras naciones u organismos \u00a0internacionales y de los convenios de cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con las \u00e1reas competentes \u00a0del Ministerio y con las otras entidades, cuando sea pertinente, la compilaci\u00f3n \u00a0de los informes que deba elaborar el Ministerio sobre el seguimiento y \u00a0cumplimiento de los tratados y convenios internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con los organismos p\u00fablicos \u00a0y privados, la compilaci\u00f3n de informaci\u00f3n y la difusi\u00f3n de los estudios \u00a0necesarios para la funci\u00f3n planificadora. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y preparar la memoria anual \u00a0del Ministro de Relaciones Exteriores al Congreso Nacional, as\u00ed como asesorar \u00a0la elaboraci\u00f3n de otras publicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Establecer los lineamientos que \u00a0permitan desarrollar actividades de modernizaci\u00f3n, optimizaci\u00f3n de m\u00e9todos y \u00a0procedimientos de trabajo y dem\u00e1s asuntos que propendan por el mejoramiento de \u00a0la eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n del Ministerio y efectuar su seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener actualizada la gu \u00eda \u00a0diplom\u00e1tica y consular de la Rep\u00fablica y coordinar su publicaci\u00f3n y \u00a0distribuci\u00f3n con las dependencias competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar, recopilar y revisar con \u00a0los Viceministerios y las oficinas pertinentes, las respuestas que el Ministro \u00a0de Relaciones Exteriores deba presentar al Congreso de la Rep\u00fablica o a otras \u00a0instancias que as\u00ed lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Direcci\u00f3n Academia Diplom\u00e1tica. \u00a0Son funciones de la Direcci\u00f3n Academia Diplom\u00e1tica, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas \u00a0en el Decreto Ley 274 de \u00a02000, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar en sus diversas etapas el \u00a0proceso de selecci\u00f3n de aspirantes para ingreso a la Academia Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar los concursos de ingreso y \u00a0ascenso a la carrera diplom\u00e1tica y consular y realizar las pruebas y \u00a0evaluaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en las \u00a0disposiciones que regulan el Servicio Exterior y la Carrera Diplom\u00e1tica y \u00a0Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar y actualizar peri\u00f3dicamente \u00a0los cursos de capacitaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n, talleres, seminarios, actividades y \u00a0dem\u00e1s programas de estudio de la Academia, de conformidad con lo previsto en el \u00a0estatuto org\u00e1nico del Servicio Exterior y de la Carrera Diplom\u00e1tica y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover y desarrollar la investigaci\u00f3n \u00a0sobre temas de pol\u00edtica exterior y asuntos relacionados con los objetivos y las \u00a0actividades del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar los concursos internos para \u00a0funcionarios del Ministerio, destinados al otorgamiento de becas de estudio en \u00a0el pa\u00eds o fuera de el. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover y ejecutar programas de \u00a0intercambio y cooperaci\u00f3n acad\u00e9mica con instituciones similares o con \u00a0universidades del pa\u00eds y del exterior, en las \u00e1reas relacionadas con las \u00a0funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover publicaciones sobre temas de \u00a0inter\u00e9s en materia de pol\u00edtica exterior y coordinar su divulgaci\u00f3n con las \u00a0dependencias pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Contribuir al continuo desarrollo \u00a0profesional de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores de \u00a0manera que puedan atender y servir eficazmente a los requerimientos y objetivos \u00a0de la pol\u00edtica internacional del pa\u00eds y fortalecer su capacidad negociadora. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Organizar, custodiar y prestar los \u00a0servicios del Centro de Documentaci\u00f3n para el Ministerio y p\u00fablico en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Presentar a la s dependencias \u00a0competentes, los informes sobre el rendimiento acad\u00e9mico de los alumnos de la \u00a0academia, con miras al ingreso en per\u00edodo de prueba, as\u00ed como la informaci\u00f3n \u00a0sobre el rendimiento acad\u00e9mico de los cursos de capacitaci\u00f3n y de actualizaci\u00f3n \u00a0para ascenso y para permanencia en el rango de los funcionarios de la carrera \u00a0diplom\u00e1tica y consular, de conformidad con lo que sobre la materia establece el \u00a0estatuto org\u00e1nico del Servicio Exterior y la Carrera Diplom\u00e1tica y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Despacho del \u00a0Viceministro de Relaciones Exteriores. Son funciones del Viceministro de \u00a0Relaciones Exteriores adem\u00e1s de las contenidas en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Suplir las faltas temporales del \u00a0Ministro, cuando as\u00ed lo disponga el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 \u00a0Ejercer la coordinaci\u00f3n general del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Mantener adecuadamente informadas a \u00a0todas las dependencias y a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares en el \u00a0exterior sobre el desarrollo de los temas de su competencia para lograr una \u00a0mejor coordinaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar al Ministro, en la \u00a0formulaci\u00f3n, direcci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de la pol\u00edtica exterior de \u00a0Colombia en materia de relaciones bilaterales y en el contexto de las \u00a0organizaciones regionales de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n a las cuales pertenece \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asistir al Ministro en el desarrollo \u00a0y ejecuci\u00f3n de instrumentos bilaterales vigentes, conceptuar sobre su eventual \u00a0terminaci\u00f3n o denuncia; dirigir y supervisar la negociaci\u00f3n de nuevos tratados \u00a0y convenios bilaterales y, cuando lo considere oportuno, participar en su \u00a0negociaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asistir al Ministro en las relaciones \u00a0con otras entidades del Estado y con las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares \u00a0acreditadas en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer directrices de pol\u00edtica \u00a0exterior, en los asuntos de su competencia, e instruir sobre el particular a \u00a0las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares y divulgarla ante otros pa\u00edses cuando \u00a0esta pol\u00edtica est\u00e9 aprobada por el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar en materia de relaciones bilaterales, \u00a0de integraci\u00f3n y de concertaci\u00f3n regionales los informes o estudios que le \u00a0encomiende el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer directrices sobre pol\u00edtica \u00a0de integraci\u00f3n y desarrollo fronterizo, coordinar con las entidades del orden \u00a0nacional y regional la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la misma y orientar su \u00a0articulaci\u00f3n con la pol\u00edtica exterior de Colombia, en el marco de los \u00a0organismos bi laterales y regionales de integraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Definir, con las dependencias \u00a0pertinentes, las agendas para las reuniones internacionales sobre los temas de \u00a0pol\u00edtica exterior de su competencia, prestar todo el apoyo que se requiera para \u00a0su realizaci\u00f3n y hacer un seguimiento a los compromisos que de all\u00ed resulten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover, coordinar y participar en \u00a0la realizaci\u00f3n de comisiones mixtas, comisiones de vecindad, comisiones \u00a0binacionales y mecanismos de consulta, as\u00ed como dirigir la preparaci\u00f3n del \u00a0temario de los asuntos a tratar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Velar porque se tome en cuenta la \u00a0pol\u00edtica nacional relacionada con los asuntos estrat\u00e9gicos del pa\u00eds en la \u00a0formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica internacional y propender por su consistencia y \u00a0complementariedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar porque los elementos de la \u00a0pol\u00edtica exterior y los compromisos internacionales asumidos por Colombia sean \u00a0tenidos en cuenta en la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas nacionales y sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dar a conocer entre las entidades \u00a0estatales y privadas la pol\u00edtica exterior de Colombia y las decisiones que \u00a0bilateralmente interesen al pa\u00eds y divulgarla ante los otros pa\u00edses, organismos \u00a0y foros internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Revisar y aprobar la documentaci\u00f3n \u00a0de apoyo para las visitas del Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente y \u00a0del Ministro a pa\u00edses, conferencias y organismos internacionales, as\u00ed como de \u00a0representantes de gobiernos extranjeros a Colombia, en visitas de Estado, \u00a0oficiales y de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Articular las relaciones del \u00a0Ministerio con las dem\u00e1s entidades p\u00fablicas o privadas pertinentes, para lograr \u00a0una participaci\u00f3n eficaz de Colombia en las negociaciones bilaterales y de \u00a0concertaci\u00f3n regional, convocando para tal efecto a reuniones o solicitando \u00a0informes a las entidades respectivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar con el Viceministro de \u00a0Asuntos Multilaterales, los asuntos relativos a los refugiados y asilados \u00a0pol\u00edticos y estudiar la aplicaci\u00f3n de los convenios internacionales sobre la \u00a0materia en cada caso concreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Organizar reuniones preparatorias de \u00a0comisiones mixtas y de seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Direcci\u00f3n de Soberan\u00eda Territorial. \u00a0Son funciones de la Direcci\u00f3n de Soberan\u00eda Territorial: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Someter a consideraci\u00f3n del \u00a0Viceministro de Relaciones Exteriores los asuntos relacionados con la \u00a0caracterizaci\u00f3n de las fronteras mar\u00edtimas y terrestres y todo lo concerniente \u00a0a la soberan\u00eda mar\u00edtima, terrestre, a\u00e9rea, las cuencas hidrogr\u00e1ficas \u00a0internacionales y los r\u00edos fronterizos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar a las autoridades competentes \u00a0en todo lo relativo a garantizar la soberan\u00eda en las zonas de frontera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar en la preparaci\u00f3n de las \u00a0negociaciones de los tratados sobre l\u00edmites territoriales de la Rep\u00fablica y \u00a0vigilar el cumplimiento de los tratados vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar las tareas relacionadas con \u00a0la definici\u00f3n y revisi\u00f3n de la legislaci\u00f3n sobre inmuebles en zonas fronterizas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Inspeccionar las zonas fronterizas y \u00a0tramitar las denuncias sobre incidentes de acuerdo con las instrucciones que le \u00a0impartan el Ministro y\/o el Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Direcci\u00f3n General Mar\u00edtima, el Ministerio de Defensa Nacional y dem\u00e1s entidades \u00a0competentes, todo lo relacionado con la explotaci\u00f3n, conservaci\u00f3n y \u00a0contaminaci\u00f3n de los recursos del mar, de las zonas costeras y las eventuales \u00a0infracciones de buques de bandera extranjera en las \u00e1reas de dominio mar\u00edtimo \u00a0de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Atender todo lo relacionado con las \u00a0Comisiones Binacionales para la caracterizaci\u00f3n de los l\u00edmites fronterizos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar los informes de car\u00e1cter \u00a0interno y reservado, para uso exclusivo del Ministerio, para la conducci\u00f3n de \u00a0la pol\u00edtica exterior del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Mantener debidamente informadas a las \u00a0diferentes dependencias del Ministerio, a las Misiones Diplom\u00e1ticas y \u00a0Consulares y, cuando sea procedente, a las entidades del Estado, sobre el \u00a0desarrollo de los temas atinentes en el \u00e1mbito de la Soberan\u00eda Territorial, con \u00a0el objeto de facilitar la formulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Articular y coordinar con las \u00a0entidades p\u00fablicas y privadas una eficaz participaci\u00f3n de Colombia en las \u00a0negociaciones bilaterales y regionales de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Revisar para la aprobaci\u00f3n \u00a0del Viceministro de Relaciones Exteriores en coordinaci\u00f3n con las autoridades \u00a0competentes, los mapas y publicaciones oficiales que contemplen y comprometan \u00a0las fronteras nacionales y las \u00e1reas de jurisdicci\u00f3n de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar en la definici\u00f3n, negociaci\u00f3n \u00a0y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica amaz\u00f3nica del pa\u00eds, en el marco de los tratados \u00a0vigentes y futuros, coordinando conjuntamente con las dependencias del \u00a0Ministerio y, cuando sea procedente, con las entidades estatales \u00a0correspondientes, las acciones pertinentes, en lo que sea de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar y tramitar, con las \u00a0entidades competentes, las solicitudes especiales sobre la presencia de naves y \u00a0sobrevuelo y aterrizaje de aeronaves de Estados, en aguas, espacio a\u00e9reo \u00a0nacional, as\u00ed como de las naves y aeronaves colombianas en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar con las entidades de \u00a0car\u00e1cter nacional y regional relacionadas con el tema, la labor de prevenci\u00f3n \u00a0y\/o detecci\u00f3n de las actividades no autorizadas de exploraci\u00f3n, explotaci\u00f3n, \u00a0extracci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de los recursos naturales renovables y no \u00a0renovables no autorizados, que causen perjuicios en territorio colombiano y que \u00a0impacten las zonas lim\u00edtrofes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Evaluar y coordinar conjuntamente \u00a0con la Direcci\u00f3n de Asuntos Pol\u00edticos Multilaterales y con las dependencias y \u00a0entidades correspondientes del nivel nacional, los asuntos sobre pol\u00edtica \u00a0mar\u00edtima, ant\u00e1rtica y de los territorios insulares y costeros fronterizos y \u00a0participar en la negociaci\u00f3n de los instrumentos internacionales sobre asuntos \u00a0mar\u00edtimos y fluviales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Bilaterales y Regionales. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Bilaterales y Regionales las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer directrices de la pol\u00edtica \u00a0exterior y asesorar al Viceministro de Relaciones Exteriores en la direcci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior de Colombia en materia de relaciones \u00a0bilaterales y en el contexto de las organizaciones regionales de integraci\u00f3n y \u00a0concertaci\u00f3n a las cuales pertenece nuestro pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 \u00a0Ejecutar las directrices de pol\u00edtica exterior en los temas de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias del Ministerio que correspondan, la documentaci\u00f3n sobre asuntos de \u00a0su competencia, que sea necesaria para las visitas del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, del Vicepresidente, del Ministro y de los Viceministros a otros \u00a0pa\u00edses y organismos internacionales, para conferencias, as\u00ed como para la \u00a0participaci\u00f3n del Ministerio de Relaciones Exteriores e n el Consejo Superior \u00a0de Comercio Exterior y dem\u00e1s \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar en conjunto con las \u00a0entidades y dependencias relacionadas con cada tema, en los procesos de decisi\u00f3n \u00a0sobre la celebraci\u00f3n de instrumentos bilaterales internacionales, comerciales, \u00a0econ\u00f3micos, financieros, de ciencia y tecnolog\u00eda, pol\u00edticos, culturales, \u00a0sociales y ambientales o en la adhesi\u00f3n a los ya existentes; hacer su \u00a0seguimiento, evaluar sus resultados y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Intervenir en los procesos intra o \u00a0interinstitucionales de elaboraci\u00f3n y determinaci\u00f3n de la posici\u00f3n colombiana \u00a0en las negociaciones pol\u00edticas, econ\u00f3micas, sociales, ambientales y culturales \u00a0y realizar los an\u00e1lisis correspondientes en coordinaci\u00f3n con las dependencias y \u00a0entidades relacionadas con cada asunto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener debidamente informadas en el \u00a0exterior a las diferentes dependencias de la Canciller\u00eda, a las Misiones \u00a0Diplom\u00e1ticas y Consulares y a las entidades pertinentes, sobre el desarrollo de \u00a0los temas econ\u00f3micos, pol\u00edticos, sociales, culturales y ambientales en el \u00a0\u00e1mbito bilateral y de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n regionales, con el objeto de \u00a0facilitar la formulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Informar al Viceministro de \u00a0Relaciones Exteriores sobre las gestiones adelantadas en los asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar con las dependencias \u00a0pertinentes del Ministerio y las correspondientes del orden nacional en la \u00a0elaboraci\u00f3n y desarrollo de las agendas de las comisiones de vecindad bajo la \u00a0orientaci\u00f3n y supervisi\u00f3n del Viceministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Atender las reuniones de consejos, \u00a0juntas o comit\u00e9s cuando el Ministro o el Viceministro de Relaciones Exteriores \u00a0lo estimen conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcci\u00f3n de Integraci\u00f3n \u00a0y Desarrollo Fronterizos. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Integraci\u00f3n y \u00a0Desarrollo Fronterizos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer al Viceministro de \u00a0Relaciones Exteriores los planes y programas de desarrollo para las zonas de \u00a0frontera y coordinar su ejecuci\u00f3n con las entidades competentes del orden \u00a0nacional y regional en materia de asuntos fronterizos y hacer el seguimiento \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Recopilar, promover, divulgar normas, \u00a0programas e investigaciones relativas al r\u00e9gimen fronterizo, en cuanto a \u00a0aspectos administrativos, fiscales, ambientales, \u00e9tnicos y de comercio exterior \u00a0que involucren comunidades fronterizas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar informes al Ministro y al \u00a0Viceministro sobre la situaci\u00f3n de las zonas de frontera y del cumplimiento de \u00a0los objetivos consagrados en la Ley 191 de 1995 y la Ley 47 de 1993, o en \u00a0las que las modifiquen, complementen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover y coordinar con las \u00a0entidades de car\u00e1cter nacional y regional programas y estrategias para el \u00a0desarrollo de los departamentos de frontera, de conformidad con las directrices \u00a0impartidas por el Viceministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Viceministro de Relaciones \u00a0Exteriores, conjuntamente con la Direcci\u00f3n de Asuntos Bilaterales y Regionales, \u00a0en materia de desarrollo fronterizo para efectos de la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0exterior en relaci\u00f3n con los pa\u00edses lim\u00edtrofes y en el contexto de los \u00a0organismos regionales de integraci\u00f3n, a los cuales pertenezca Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejercer la Secretar\u00eda Ejecutiva de la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de Integraci\u00f3n y Desarrollo Fronterizo, creada mediante \u00a0el art\u00edculo 7 del Decreto 569 de 2001, \u00a0y asumir, en nombre del Ministro de Relaciones Exteriores, las funciones \u00a0establecidas en el art\u00edculo 8\u00b0 y dem\u00e1s estipuladas en el decreto mencionado, o \u00a0en los que lo modifiquen, complementen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con las diferentes \u00a0instancias del Ministerio de Relaciones Exteriores, en lo de su competencia, \u00a0las acciones necesarias para el desarrollo y aplicaci\u00f3n del Decreto 569 de 2001, \u00a0o de los que lo modifique,\u00a0 complementen \u00a0o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar a la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Integraci\u00f3n y Desarrollo Fronterizo, en su condici\u00f3n de Secretar\u00eda \u00a0Ejecutiva de la misma, los informes relacionados con los compromisos emanados \u00a0de las Comisiones de Integraci\u00f3n y Vecindad Fronteriza, ejerciendo una labor \u00a0permanente de seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y proponer a la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Integraci\u00f3n y Desarrollo Fronterizo los planes y programas \u00a0sectoriales, debidamente concertados interinstitucionalmente, que permitan \u00a0establecer condiciones de desarrollo especial para las Unidades Especiales de \u00a0Desarrollo Fronterizo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar la ejecuci\u00f3n y el \u00a0seguimiento de las Directrices de Pol\u00edtica emanadas de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Integraci\u00f3n y Desarrollo Fronterizo, en ejercicio de la \u00a0Secretar\u00eda Ejecutiva de misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Actuar como v\u00ednculo permanente entre \u00a0los establecimientos p\u00fablicos y privados para la plena aplicaci\u00f3n de la \u00a0Pol\u00edtica de Integraci\u00f3n y Desarrollo Fronterizo y de las Directrices de \u00a0Pol\u00edtica emanadas de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Integraci\u00f3n y Desarrollo \u00a0Fronterizo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Brindar el apoyo t\u00e9cnico que \u00a0requieran las Secretar\u00edas Ejecutivas en la coordinaci\u00f3n Interinstitucional de \u00a0las comisiones Binacionales de vecindad e integraci\u00f3n fronteriza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Propiciar la participaci\u00f3n de las \u00a0comunidades, organizaciones sociales, comunidades negras y autoridades \u00a0Ind\u00edgenas Fronterizas en las comisiones Binacionales de vecindad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Propiciar la participaci\u00f3n de las \u00a0comunidades ind\u00edgenas y negras definidas por la Ley 170 de 1993 o las \u00a0que la sustituyan en la proyecci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica de fronteras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Recibir y analizar las iniciativas y \u00a0acciones relacionadas con las zonas de frontera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Participar en la elaboraci\u00f3n de \u00a0planes especiales de desarrollo econ\u00f3mico y social para las zonas de frontera y \u00a0las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo, y coordinarlas cuando tenga \u00a0incidencia en la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Oficina de Control Interno. \u00a0Son funciones de la Oficina de Control Interno, adem\u00e1s de las establecidas \u00a0en la Ley 87 de 1993 y las \u00a0dem\u00e1s normas que la complementen, sustituyan o modifiquen las siguientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de \u00a0Relaciones Exteriores y por su intermedio al Ministro en la formulaci\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n del sistema de control interno del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Viceministro de \u00a0Relaciones Exteriores y por su intermedio al Ministro en la Administraci\u00f3n del \u00a0sistema de control interno, evaluarlo peri\u00f3dicamente y proponer sus ajustes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar los planes, m\u00e9todos, \u00a0procedimientos y mecanismos de verificaci\u00f3n del Sistema de Control Interno del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar el control interno aplicado \u00a0en las dependencias y programas del Ministerio para medir la eficiencia, \u00a0eficacia y econom\u00eda de los controles establecidos, asegurar la continuidad del \u00a0proceso, administrativo y formular las recomendaciones y correctivos necesarios \u00a0para garantizar el cumplimiento de la misi\u00f3n, los objetivos y metas previstos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 \u00a0Desarrollar programas de auditor\u00eda formulando las observaciones y \u00a0recomendaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar y apoyar a las dependencias \u00a0del Ministerio en el dise\u00f1o y actualizaci\u00f3n de los procesos y procedimientos, \u00a0requisitos, funciones y formas que requiere el funcionamiento de la entidad, \u00a0dentro de los criterios de eficacia, eficiencia, econom\u00eda, celeridad, igualdad, \u00a0publicidad y oportunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar por el cumplimiento de las \u00a0leyes, normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas \u00a0del Ministerio y recomendar los ajustes del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fomentar en el Ministerio la \u00a0formaci\u00f3n de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en \u00a0e l cumplimiento de la misi\u00f3n institucional y velar por la formulaci\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n del control de gesti\u00f3n y su sistema de evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Vigilar que la atenci\u00f3n de quejas y \u00a0reclamos se preste pronta y adecuadamente y rendir los informes sobre el \u00a0particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Verificar que se implanten las \u00a0medidas recomendadas y mantener permanentemente informados a los funcionarios \u00a0responsables de las dependencias acerca del estado de control interno de las dependencias \u00a0a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar la evaluaci\u00f3n y seguimiento \u00a0de las acciones del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Despacho del \u00a0Viceministro de Asuntos Multilaterales. Son funciones del Viceministro de \u00a0Asuntos Multilaterales, adem\u00e1s de las conferidas en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en la \u00a0formulaci\u00f3n, direcci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de la pol\u00edtica exterior del \u00a0Estado en materia de relaciones multilaterales, velando porque los diferentes \u00a0aspectos de car\u00e1cter pol\u00edtico, econ\u00f3mico, social, ambiental y cultural se \u00a0armonicen con los fines generales de aquella. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir al Ministro en las relaciones \u00a0con otras entidades del Estado y con los organismos internacionales acreditados \u00a0en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Mantener adecuadamente informadas a \u00a0todas las dependencias y a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares en el \u00a0exterior sobre el desarrollo de los temas de su competencia para lograr una \u00a0mejor coordinaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir al Ministro en el seguimiento \u00a0de los instrumentos multilaterales vigentes, en la ejecuci\u00f3n de los mismos \u00a0cuando ello corresponda al Ministerio de Relaciones Exteriores, conceptuar \u00a0sobre la eventual terminaci\u00f3n o denuncia de estos instrumentos, dirigir y \u00a0supervisar la negociaci\u00f3n de nuevos tratados y convenios multilaterales y, \u00a0cuando lo considere oportuno, participar en su negociaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar, bajo la orientaci\u00f3n del \u00a0Ministro, y coordinar con las dependencias pertinentes del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores, en los procesos de consulta y di\u00e1logo que adelanten autoridades \u00a0nacionales con organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Articular las relaciones del \u00a0Ministerio con las dem\u00e1s entidades p\u00fablicas o privadas, para asegurar la \u00a0coherencia y eficacia en la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica multilateral y para lograr \u00a0una adecuada participaci\u00f3n del pa\u00eds en las reuniones y conferencias \u00a0multilaterales, convocando para tal efecto a reuniones de informaci\u00f3n y \u00a0coordinaci\u00f3n y solicitando informes a las entidades pertinentes sobre sus \u00e1reas \u00a0de competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Impartir las dire ctrices de pol\u00edtica \u00a0multilateral aprobadas por el Presidente de la Rep\u00fablica y por el Ministro de \u00a0Relaciones Exteriores e instruir sobre el particular a las Misiones \u00a0Diplom\u00e1ticas y Consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Orientar y coordinar lo relacionado \u00a0con la cooperaci\u00f3n internacional, incluidas las negociaciones, el seguimiento y \u00a0la evaluaci\u00f3n del cumplimiento de la pol\u00edtica exterior en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir, las negociaciones de \u00a0cooperaci\u00f3n internacional, en coordinaci\u00f3n con las entidades nacionales \u00a0p\u00fablicas y privadas pertinentes, con miras a lograr y mantener una posici\u00f3n \u00a0concertada y consolidada del pa\u00eds en las mismas y delegar esta tarea en las \u00a0dependencias del Ministerio o la ACCI, cuando as\u00ed lo considere pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir lo relacionado con la \u00a0promoci\u00f3n de la diversidad cultural de Colombia en el exterior, y orientar la \u00a0formulaci\u00f3n del plan de promoci\u00f3n de Colombia en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Presidir la Comisi\u00f3n Asesora para la \u00a0determinaci\u00f3n de la condici\u00f3n de refugiado y la Comisi\u00f3n Nacional de \u00a0Migraciones o designar su delegado para tal efecto cuando as\u00ed lo estime \u00a0pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Pol\u00edticos Multilaterales. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Pol\u00edticos Multilaterales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales y por su intermedio al Ministro, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica exterior de Colombia en el \u00e1mbito de los asuntos a su cargo \u00a0incluyendo lo relacionado con los organismos multilaterales a los cuales \u00a0pertenece Colombia u otros de su competencia y preparar en cada materia los \u00a0estudios y documentos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar, en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia, al Viceministro de Asuntos Multilaterales en el desarrollo y \u00a0ejecuci\u00f3n de acciones interinstitucionales con organismos y entidades estatales \u00a0y privadas, requeridas para la aplicaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales en tareas relativas a la formulaci\u00f3n de propuestas, definici\u00f3n \u00a0de posiciones, elaboraci\u00f3n de estudios e instrucciones en relaci\u00f3n con los \u00a0temas a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar, con las \u00e1reas pertinentes \u00a0del Ministerio, incluidas las Misiones Diplom\u00e1ticas y consulares de Colombia en \u00a0el exterior, la ejecuci\u00f3n, en el \u00e1mbito de su competencia, de las directrices \u00a0de pol\u00edtica exterior de Colombia, incluidas las relacionadas con los organismos \u00a0y conferencias pol\u00edticos multilaterales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar las acciones requeridas para \u00a0que la pol\u00edtica nacional relacionada con los asuntos de su com petencia sea \u00a0considerada en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior, asegurando su \u00a0consistencia y complementariedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en los procesos de \u00a0negociaci\u00f3n sobre la celebraci\u00f3n de tratados o convenios multilaterales, en el \u00a0\u00e1mbito de su competencia, y coordinar los estudios necesarios para la \u00a0ratificaci\u00f3n o la adhesi\u00f3n a los ya existentes; hacer su seguimiento, evaluar \u00a0sus resultados y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar los procesos \u00a0interinstitucionales de elaboraci\u00f3n y determinaci\u00f3n de la posici\u00f3n de Colombia \u00a0en las negociaciones multilaterales sobre asuntos pol\u00edticos, y elaborar los \u00a0an\u00e1lisis correspondientes en coordinaci\u00f3n con las dependencias y entidades \u00a0relacionadas con cada asunto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener adecuadamente informadas \u00a0a1as diferentes dependencias del Ministerio, a las Misiones Diplom\u00e1ticas y \u00a0Consulares y a las entidades pertinentes, sobre el desarrollo de los temas \u00a0pol\u00edticos en el \u00e1mbito multilateral, con el objeto de facilitar la formulaci\u00f3n \u00a0y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la recopilaci\u00f3n, \u00a0consolidaci\u00f3n y suministro de informaci\u00f3n que el Gobierno de Colombia debe \u00a0remitir a los organismos internacionales, en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Solicitar a las Misiones \u00a0Diplom\u00e1ticas y Consulares los documentos y an\u00e1lisis sobre los temas \u00a0multilaterales que interesen al pa\u00eds y transmitirlos, cuando sea del caso, a \u00a0las dependencias pertinentes del Ministerio y a las entidades nacionales que \u00a0corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Tramitar todos los asuntos \u00a0relacionados con las candidaturas de los organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Gestionar los tr\u00e1mites requeridos \u00a0para el pago de las cuotas a los organismos internacionales que corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Transmitir a las representaciones de \u00a0Colombia ante los organismos, conferencias y otras instancias multilaterales, as\u00ed \u00a0como a los organismos y entidades estatales, la posici\u00f3n del Gobierno Nacional \u00a0sobre los temas de su competencia e impartir las orientaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar con los organismos y \u00a0entidades del Estado y las entidades privadas pertinentes, los asuntos \u00a0relacionados con la ejecuci\u00f3n y desarrollo de la pol\u00edtica exterior en el \u00e1mbito \u00a0pol\u00edtico multilateral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Realizar, sobre los asuntos de su \u00a0competencia y en coordinaci\u00f3n con otras \u00e1reas involucradas seg\u00fan el tema, el \u00a0seguimiento a los asuntos estrat\u00e9gicos puestos a consideraci\u00f3n de las \u00a0diferentes entidades, informando al Ministro y Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales sobre las discusiones y conclusiones respecto de aquellas \u00a0iniciativas o proyectos que sean de inter\u00e9s para el tratamiento de las relaciones \u00a0exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Mantener actualizada y sistematizada \u00a0la documentaci\u00f3n relativa a los temas de su competencia e informar oportunament \u00a0e sobre su contenido a las dependencias pertinentes del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Atender las reuniones de los comit\u00e9s \u00a0y consejos sectoriales, cuando el Ministro o el Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales lo estimen conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Econ\u00f3micos, Sociales y Ambientales Multilaterales. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Asuntos Econ\u00f3micos, Sociales y Ambientales Multilaterales las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales y por su intermedio al Ministro, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica exterior de Colombia, en el \u00e1mbito de los asuntos a su cargo, \u00a0incluyendo lo relacionado con los organismos multilaterales a los cuales \u00a0pertenece Colombia u otros de su competencia, y preparar en cada materia los \u00a0estudios y documentos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar, bajo la orientaci\u00f3n del \u00a0Viceministro de Asuntos Multilaterales, las acciones estrat\u00e9gicas relacionadas \u00a0con los asuntos y temas de su competencia, y aquellos que a juicio del Ministro \u00a0requieran un tratamiento especial por ser prioritarios para la pol\u00edtica \u00a0exterior, incluidas las relacionadas con los organismos y conferencias que \u00a0tratan estos temas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar, en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia, al Viceministro de Asuntos Multilaterales en el desarrollo y \u00a0ejecuci\u00f3n de acciones interinstitucionales con organismos y entidades estatales \u00a0y privadas requeridas para la aplicaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior del pa\u00eds, as\u00ed \u00a0como en tareas relativas a la formulaci\u00f3n de propuestas, definici\u00f3n de \u00a0posiciones, elaboraci\u00f3n de estudios e instrucciones en relaci\u00f3n con los temas a \u00a0su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar las acciones requeridas para \u00a0que la pol\u00edtica nacional relacionada con los asuntos de su competencia sea \u00a0considerada en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior, asegurando su \u00a0consistencia y complementariedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar, por delegaci\u00f3n del \u00a0Viceministro de Asuntos Multilaterales con otras \u00e1reas involucradas seg\u00fan el \u00a0tema, incluidas las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de Colombia en el \u00a0exterior, la ejecuci\u00f3n de las directrices de pol\u00edtica exterior, as\u00ed como los \u00a0procesos de an\u00e1lisis y cumplimiento de las recomendaciones formuladas por los \u00a0organismos y entidades internacionales en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar los procesos \u00a0interinstitucionales de elaboraci\u00f3n y determinaci\u00f3n de la posici\u00f3n de Colombia \u00a0en las negociaciones multilaterales sobre asuntos a su cargo y elaborar los \u00a0an\u00e1lisis correspondientes en coordinaci\u00f3n con las dependencias y entidades \u00a0relacionadas con cada asunto. As\u00ed mismo, coordinar la recopilaci\u00f3n, \u00a0consolidaci\u00f3n y suministro de informaci\u00f3n que el Gobierno de Colombia debe \u00a0remitir a los organismos internacionales que le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Participar en los procesos de \u00a0negociaci\u00f3n sobre la celebraci\u00f3n de tratados o con venios multilaterales bajo \u00a0su competencia y coordinar los estudios necesarios para la ratificaci\u00f3n o la \u00a0adhesi\u00f3n a los ya existentes; hacer su seguimiento, evaluar sus resultados y \u00a0velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener adecuadamente informadas a \u00a0las diferentes dependencias del Ministerio, a las Misiones Diplom\u00e1ticas y \u00a0Consulares y a las entidades nacionales pertinentes, sobre el desarrollo de los \u00a0temas de su competencia en el \u00e1mbito multilateral, con el objeto de facilitar \u00a0la formulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Solicitar a las Misiones Diplom\u00e1ticas \u00a0y Consulares los documentos y an\u00e1lisis sobre los temas multilaterales que \u00a0interesen al pa\u00eds y transmitirlos, cuando sea del caso, a las dependencias \u00a0pertinentes del Ministerio y a las entidades nacionales que corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Transmitir a las representaciones de \u00a0Colombia ante los organismos, conferencias y otras instancias multilaterales, \u00a0as\u00ed como a los organismos y entidades estatales la posici\u00f3n del Gobierno \u00a0Nacional sobre los temas de su competencia e impartir las orientaciones \u00a0pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener actualizada y sistematizada \u00a0la documentaci\u00f3n relativa a los temas de su competencia e informar \u00a0oportunamente sobre su contenido a las dependencias pertinentes del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Realizar estudios e investigaciones \u00a0sobre la econom\u00eda, el comercio y las finanzas internacionales relevantes para \u00a0la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Articular los resultados de los \u00a0estudios econ\u00f3micos nacionales e internacionales con los compromisos \u00a0multilaterales de Colombia, los acuerdos de cooperaci\u00f3n internacional y la \u00a0agenda exterior del pa\u00eds en la formulaci\u00f3n de los planes sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender las reuniones de los \u00a0comit\u00e9s, juntas y consejos sectoriales, cuando el Ministro o del Viceministro \u00a0de Asuntos Multilaterales lo estimen conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.\u00a0 \u00a0Las dem\u00e1s que le sean asignadas o que por su naturaleza sean afines a \u00a0las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Direcci\u00f3n de Derechos \u00a0Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales y por su intermedio al Ministro, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica exterior de Colombia en materia de derechos humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover y desarrollar las acciones \u00a0estrat\u00e9gicas necesarias para la atenci\u00f3n y el manejo de los temas de derechos \u00a0humanos y Derecho Internacional Humanitario en el \u00e1mbito internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Conservar y clasificar la informaci\u00f3n relativa a derechos humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Resolver las consultas que le \u00a0formulen el Ministro, los Viceministros y las dem\u00e1s dependencias del \u00a0Ministerio, en especial para la definici\u00f3n de posiciones y de instrucciones que \u00a0involucren asuntos relativos a derechos humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Mantener un proceso constante de \u00a0consulta con la Academia Diplom\u00e1tica, de manera que la din\u00e1mica del manejo de \u00a0las \u00e1reas de trabajo de su competencia en los escenarios internacionales, pueda \u00a0ser aprovechada oportuna y adecuadamente en los programas y las actividades de \u00a0formaci\u00f3n que en ella se desarrollan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en los procesos de \u00a0consulta y di\u00e1logo, que adelantan las autoridades nacionales con gobiernos \u00a0extranjeros y organismos internacionales en materia de derechos humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Transmitir a las entidades estatales \u00a0pertinentes las solicitudes de acci\u00f3n urgente que le formulan al Estado \u00a0colombiano los organismos internacionales de protecci\u00f3n de los derechos humanos \u00a0ante amenazas o situaciones especiales de riesgo, hacer un seguimiento de las \u00a0medidas adoptadas en virtud de tales amenazas o situaciones y presentar los \u00a0informes peri\u00f3dicos a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar el manejo de los casos \u00a0individuales, que por posibles violaciones de derechos humanos, sean \u00a0denunciados internacionalmente y transmitidos al Gobierno de Colombia por los \u00a0organismos internacionales de protecci\u00f3n, y definir la pautas que deben tenerse \u00a0en consideraci\u00f3n en relaci\u00f3n con actuaciones de especial trascendencia \u00a0jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 \u00a0Cumplir las labores de Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 de Ministros creado \u00a0por la Ley 288 de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar la atenci\u00f3n de las quejas \u00a0transmitidas por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para \u00a0los Derechos Humanos en Colombia, relativas a posibles violaciones de derechos \u00a0humanos o a posibles infracciones al Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar los procesos de an\u00e1lisis y \u00a0seguimiento de las recomendaciones formuladas por los organismos \u00a0internacionales de derechos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar intra e \u00a0interinstitucionalmente la elaboraci\u00f3n y sustentaci\u00f3n de los informes peri\u00f3dicos \u00a0que debe presentar Colombia, en virtud de la ratificaci\u00f3n de instrumentos \u00a0internacionales de derechos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Participar por delegaci\u00f3n en \u00a0las misiones y, cuando sea del caso, llevar la representaci\u00f3n del Gobierno de \u00a0Colombia en las audiencias y sesiones de los organismos internacionales de \u00a0derechos humanos, bajo la orientaci\u00f3n, del Ministro y\/o del Viceministro de \u00a0Asuntos Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Brindar informaci\u00f3n general para la \u00a0elaboraci\u00f3n de quejas por posibles infracciones al Derecho Internacional \u00a0Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Culturales. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos Culturales las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales y por su intermedio al Ministro en los asuntos culturales de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar, bajo la orientaci\u00f3n del \u00a0Viceministro de Asuntos Multilaterales, las acciones pertinentes relacionadas \u00a0con asuntos y temas de difusi\u00f3n de la cultura Colombiana en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con otras dependencias del \u00a0Ministerio, con las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de la Rep\u00fablica y con \u00a0las entidades oficiales y privadas pertinentes difusi\u00f3n y promoci\u00f3n de la \u00a0imagen de Colombia en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Programar y coordinar con otras \u00a0dependencias del Ministerio, con las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de \u00a0Colombia en el exterior, con las acreditadas en Colombia y con las entidades \u00a0nacionales e internacionales competentes, la participaci\u00f3n de Colombia en \u00a0proyectos culturales, de educaci\u00f3n y afines. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar los proyectos culturales y \u00a0afines requeridos para promocionar la diversidad y riqueza cultural de Colombia \u00a0en el exterior y presentarlos al Viceministro de Asuntos Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejecutar el Plan de Promoci\u00f3n de \u00a0Colombia en el Exterior, en coordinaci\u00f3n con las dependencias pertinentes del \u00a0Ministerio y con las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de la Rep\u00fablica, hacer \u00a0su seguimiento, evaluar sus resultados y verificar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Suministrar al Viceministro de \u00a0Asuntos Multilaterales la informaci\u00f3n requerida para el seguimiento a la \u00a0ejecuci\u00f3n del Plan de Promoci\u00f3n de Colombia en el Exterior. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Participar en la realizaci\u00f3n de \u00a0comisiones de car\u00e1cter cultural, as\u00ed como preparar los programas de intercambio \u00a0cultural con los diversos Estados y organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Participar y contribuir en la \u00a0ejecuci\u00f3n de programas de informaci\u00f3n cultural con destino a las Misiones \u00a0Diplom\u00e1ticas y Consulares de Colombia y a los medios de comunicaci\u00f3n \u00a0extranjeros, en coordinaci\u00f3n con otras dependencias del Ministerio y con las \u00a0entidades oficiales competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Presentar propuestas para enriquecer \u00a0las bibliotecas y hemerotecas de las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de \u00a0Colombia, con el fin de fomentar un mejor conocimiento del pa\u00eds en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Organizar, custodiar y prestar los \u00a0servicios de biblioteca y hemeroteca para el Ministerio y el p\u00fablico en \u00a0general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar todos los tr\u00e1mites que \u00a0faciliten la intermediaci\u00f3n aduanera, incluido el otorgamiento de la garant\u00eda y \u00a0del mandato necesarios para adelantar los eventos culturales en las Embajadas y \u00a0Consulados de Colombia, con cargo al Ministerio o a su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por naturaleza sean afines con las descritas anteriormente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Secretar\u00eda General. \u00a0Son funciones de la Secretar\u00eda General las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y procedimientos para la administraci\u00f3n del \u00a0talento humano y de los recursos f\u00edsicos, econ\u00f3micos y financieros del \u00a0Ministerio y de su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por la debida aplicaci\u00f3n del \u00a0sistema de desarrollo administrativo, relacionado con las pol\u00edticas, \u00a0estrategias, metodolog\u00edas, t\u00e9cnicas y mecanismos de car\u00e1cter administrativo y \u00a0organizacional para la gesti\u00f3n y el manejo del talento humano y de los recursos \u00a0t\u00e9cnicos, materiales, f\u00edsicos y financieros del Ministerio, orientado a \u00a0fortalecer la capacidad administrativa y el desempe\u00f1o institucional, de \u00a0conformidad con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Atender bajo la direcci\u00f3n del \u00a0Ministro, la prestaci\u00f3n de los servicios y la ejecuci\u00f3n de los programas \u00a0adoptados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Informar peri\u00f3dicamente al Ministro, \u00a0o a solicitud de \u00e9ste, sobre el desarrollo de los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar e impulsar programas de \u00a0modernizaci\u00f3n institucional y supervisar las actividades relacionadas con la \u00a0organizaci\u00f3n, racionalizaci\u00f3n y sistematizaci\u00f3n de los m\u00e9todos y procedimientos \u00a0administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores de conformidad con los \u00a0principios que orientan la Funci\u00f3n P\u00fablica de acuerdo con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en los Consejos, \u00a0Comisiones o Juntas, que determine el Ministro e informarle las determinaciones \u00a0tomadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Supervisar, junto con la Direcci\u00f3n de \u00a0Asuntos Consulares y Comunidades Colombiana en el Exterior el debido \u00a0cumplimiento de la legislaci\u00f3n vigente en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el Comit\u00e9 de Desarrollo \u00a0Administrativo de conformidad con las normas vigentes, efectuar el seguimiento \u00a0de los planes de desarrollo administrativo de las entidades adscritas y \u00a0vinculadas y presentar el plan de acci\u00f3n respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Supervisar junto con la Direcci\u00f3n de \u00a0Control Interno Disciplinario, los temas de competencia de \u00e9sta de conformidad \u00a0con el C\u00f3digo Unico Disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar lo relacionado con las \u00a0comisiones de servicio de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Consulares y Comunidades Colombianas en el Exterior. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Asuntos Consulares y Comunidades Colombianas en el Exterior las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Secretario General y por \u00a0su intermedio al Ministro en materia de pol\u00edtica sobre las comunidades \u00a0colombianas en el exterior, en asuntos consulares, en la expedici\u00f3n de pasaportes, \u00a0visas y en Pol\u00edtica Migratoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Orientar y evaluar las actividades de \u00a0los consulados de la Rep\u00fablica, teniendo en cuenta los intereses del pa\u00eds y la \u00a0necesaria protecci\u00f3n de los derechos fundamentales de los colombianos en el \u00a0exterior y coordinar lo pertinente con las pol\u00edticas adoptadas por el \u00a0Ministerio en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover los v\u00ednculos de todo orden \u00a0do las comunidades colombianas en el exterior con el pa\u00eds, como medio de \u00a0exaltar la identidad y los valores nacional es y contribuir al mantenimiento de \u00a0la buena imagen de Colombia en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y supervisar los tr\u00e1mites de \u00a0reconocimiento de c\u00f3nsules colombianos en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Servir de enlace entre los consulados \u00a0acreditados en Colombia y las entidades oficiales correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y supervisar a los consulados \u00a0de la Rep\u00fablica, en el proceso de expedici\u00f3n de pasaportes, otorgamiento de \u00a0visas y funciones notariales asignadas al personal consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Instruir y supervisar a las entidades \u00a0que el Ministerio determine en el proceso de expedici\u00f3n de pasaportes, \u00a0otorgamiento de visas y legalizaci\u00f3n de documentos de conformidad con los \u00a0convenios o contratos que se suscriban sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 \u00a0Expedir los pasaportes diplom\u00e1ticos y oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 \u00a0Vigilar la correcta aplicaci\u00f3n de las normas sobre recaudos consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y controlar con la \u00a0Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera los recaudos del Fondo Rotatorio del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Supervisar el tr\u00e1mite de exhortos, \u00a0cartas rogatorias y diligencias judiciales que deban cumplirse en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar las actividades de los \u00a0consulados para adelantar las gestiones notariales, electorales, de registro \u00a0civil, de cedulaci\u00f3n y tarjetas de identidad, de reclutamiento, de \u00a0certificaciones de antecedentes judiciales, de supervivencias y dem\u00e1s tr\u00e1mites \u00a0documentarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar la legalizaci\u00f3n o \u00a0apostille de documentos provenientes o con destino al exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar la traducci\u00f3n de \u00a0documentos oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Mantener contacto permanente y \u00a0coordinar acciones con las autoridades nacionales en los asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Estudiar y tramitar las peticiones \u00a0formuladas por las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares sobre asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Participar en los consejos, \u00a0comisiones o juntas, que determine el Ministro o el Secretario General e \u00a0informarles las determinaciones tomadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18 . Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Direcci\u00f3n del Talento \u00a0Humano. Son funciones de la Direcci\u00f3n del Talento Humano, adem\u00e1s de las \u00a0se\u00f1aladas en el Decreto \u00a0274 del 22 febrero de 2000 o en las normas que lo adicionen, lo modifiquen \u00a0o sustituyan las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Secretario General y por \u00a0su intermedio al Ministro, en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y \u00a0procedimientos para la administraci\u00f3n del talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Administrar la planta de personal del \u00a0servicio exterior, bajo la direcci\u00f3n de la Secretar\u00eda General y recomendarle \u00a0programas de distribuci\u00f3n o redistribuci\u00f3n de los cargos y de ubicaci\u00f3n del \u00a0personal, de acuerdo con las necesidades del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar, programar y dirigir las \u00a0actividades de administraci\u00f3n del personal, capacitaci\u00f3n, bienestar social y \u00a0prestaciones sociales de los funcionarios del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Mantener actualizado el manual \u00a0espec\u00edfico de funciones y requisitos del Ministerio, de acuerdo con las \u00a0pol\u00edticas del Ministerio y las normas legales vigentes establecidas sobre estas \u00a0materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar por el estricto cumplimiento de \u00a0las disposiciones legales que rigen las carreras diplom\u00e1tica y consular y \u00a0administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Custodiar y mantener actualizadas las \u00a0hojas de vida de todos los funcionarios del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Participar en los Consejos, \u00a0Comisiones o Juntas, que determine el Ministro o el Secretario General, e \u00a0informarles las determinaciones tomadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Llevar el registro y la numeraci\u00f3n de \u00a0las resoluciones que se expidan en el Ministerio y su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Estudiar y tramitar las solicitudes \u00a0formuladas por las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares sobre asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas.&lt; \/span&gt; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Direcci\u00f3n Administrativa \u00a0y Financiera. Son funciones de la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Secretario General y por \u00a0su intermedio al Ministro, en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y \u00a0procedimientos para la administraci\u00f3n de los recursos f\u00edsicos y financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y controlar los \u00a0procesos de la administraci\u00f3n de recursos f\u00edsicos y financieros garantizando el \u00a0apoyo al correcto funcionamiento del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Programar y adelantar los procesos de \u00a0licitaci\u00f3n, contrataci\u00f3n, adquisici\u00f3n, almacenamiento y custodia de los bienes \u00a0y materiales tanto del Ministerio como del Fondo Rotatorio del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejercer la interventor\u00eda de todos los \u00a0contratos suscritos por el Ministerio de Relaciones Exteriores o su Fondo \u00a0Rotatorio, o delegar el ejercicio de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Administrar el Fondo Rotatorio del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer y ejecutar las pol\u00edticas, \u00a0planes, programas y dem\u00e1s acciones relacionadas con la gesti\u00f3n financiera, \u00a0presupuestal, contable y de caja del Ministerio y su Fondo Rotatorio, de \u00a0conformidad con las disposiciones legales vigentes en estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y controlar la adecuada \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios generales para el correcto funcionamiento del \u00a0Ministerio incluido su archivo general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir y controlar el procesamiento \u00a0electr\u00f3nico de datos, as\u00ed como la sistematizaci\u00f3n integral de la informaci\u00f3n y \u00a0controlar el mantenimiento y actualizaci\u00f3n de aplicaciones y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con las, entidades \u00a0oficiales correspondientes los asuntos relacionados con las normas fiscales y \u00a0presupuestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Estudiar y tramitar las solicitudes \u00a0que presenten las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares, sobre asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar y controlar \u00a0administrativamente la rendici\u00f3n de cuentas de las Misiones Diplom\u00e1ticas y \u00a0Consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar y controlar \u00a0administrativamente los recaudos del Fondo Rotatorio del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Participar en los Consejos, \u00a0Comisiones o Juntas, que determine el Ministro o el Secretario General, e \u00a0informarles las determinaciones tomadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Direcci\u00f3n Control Interno Disciplinario. Son funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n de Control Interno Disciplinario las siguientes: \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y coordinar el control interno \u00a0disciplinario del Ministerio de conformidad con el C\u00f3digo Unico Disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 \u00a0Adelantar actividades orientadas a la prevenci\u00f3n de la comisi\u00f3n de \u00a0faltas disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar y coordinar con el jefe \u00a0inmediato del funcionario investigado sobre el tr\u00e1mite de la investigaci\u00f3n, \u00a0cuando se deba adelantar en \u00fanica instancia, de conformidad con lo se\u00f1alado por \u00a0el art\u00edculo 61 de la Ley 200 de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Conocer y fallar en primera instancia \u00a0los procesos disciplinarios que deba adelantar en contra de los funcionarios y \u00a0ex funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, en todos sus niveles, \u00a0con excepci\u00f3n de quienes por competencia sean investigados disciplinariamente \u00a0\u00fanicamente por la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Practicar las pruebas a que haya \u00a0lugar en las indagaciones preliminares y\/o investigaciones disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Formular, adoptar, dirigir y \u00a0coordinar con el Secretario General y las entidades de Vigilancia y, Control \u00a0del Estado las pol\u00edticas generales sobre r\u00e9gimen disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Participar con la Direcci\u00f3n de \u00a0Desarrollo del Talento Humano en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas de capacitaci\u00f3n y \u00a0divulgaci\u00f3n de los objetivos de la Direcci\u00f3n de Control Interno Disciplinario, \u00a0de las normas, jurisprudencia y doctrina sobre materia disciplinaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fijar procedimientos operativos \u00a0disciplinarios para que los procesos se desarrollen dentro de los principios \u00a0legales de econom\u00eda, celeridad, eficacia, imparcialidad, publicidad y \u00a0contradicci\u00f3n, buscando as\u00ed salvaguardar el derecho de defensa y debido proceso \u00a0a los indagados y\/o investigados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer vigilancia sobre la conducta \u00a0oficial de los servidores p\u00fablicos del Ministerio y adelantar de oficio, por \u00a0queja o informaci\u00f3n de terceros, las indagaciones preliminares e \u00a0investigaciones disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Poner en conocimiento de la Fiscal\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n y de los Organismos de Control las conductas activas u \u00a0omisivas de los servidores o ex servidores p\u00fablicos que adem\u00e1s de infringir \u00a0leyes disciplinarias vulneren otras disposiciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Archivar las indagaciones \u00a0preliminares y\/o investigaciones disciplinarias cuando aparezca que el hecho \u00a0investigado no ha existido, o que la conducta no est\u00e1 prevista como falta \u00a0disciplinaria o que est\u00e1 demostrada, una causal de justificaci\u00f3n, o que el \u00a0proceso no pod\u00eda iniciarse o proseguirse. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ren dir informes sobre el estado de \u00a0los procesos disciplinarios al Secretario General y a las dependencias cuando \u00a0as\u00ed lo requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas o \u00a0que por su naturaleza sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Delegaciones Permanentes \u00a0ante Organismos Internacionales Multilaterales y Regionales. Las \u00a0Delegaciones Permanentes ante Organismos Internacionales est\u00e1n conformadas por \u00a0Agentes Diplom\u00e1ticos, representantes del Gobierno Nacional ante organismos \u00a0Internacionales de concertaci\u00f3n, en los que participe y tenga inter\u00e9s el pa\u00eds, \u00a0en desarrollo y ejecuci\u00f3n de su pol\u00edtica exterior. Los mecanismos de \u00a0concertaci\u00f3n regionales tendr\u00e1n coordinadores nacionales y adjuntos designados \u00a0por el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones de las Delegaciones \u00a0Permanentes ante Organismos Internacionales Multilaterales y Regionales las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Representar al Gobierno Nacional en \u00a0la definici\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los asuntos Multilaterales que se \u00a0tramiten en los respectivos organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Integrar y armonizar las tem\u00e1ticas a \u00a0ser tratadas en los diferentes organismos internacionales y articular las \u00a0acciones pertinentes para su ejecuci\u00f3n, en especial las relacionadas con \u00a0asuntos de \u00edndole pol\u00edtica, econ\u00f3mica, social, ambiental, cultural de \u00a0integraci\u00f3n y cooperaci\u00f3n en concordancia con los principios de reciprocidad y \u00a0conveniencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar a las dependencias \u00a0pertinentes del Ministerio de Relaciones Exteriores los an\u00e1lisis y \u00a0recomendaciones correspondientes sobre los temas de discusi\u00f3n en las diferentes \u00a0reuniones multilaterales de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Servir de interlocutor y enlace para \u00a0todas las gestiones entre el Gobierno Nacional, a trav\u00e9s del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores, y los Organismos Internacionales ante los cuales se \u00a0encuentran destacadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover y salvaguardar los intereses \u00a0del pa\u00eds ante los organismos internacionales, de acuerdo con la pol\u00edtica \u00a0exterior que determine el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover y fortalecer la capacidad \u00a0negociadora del pa\u00eds ante los organismos internacionales correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 \u00a0Presentar al Ministerio informes espec\u00edficos y regulares sobre su \u00a0gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 \u00a0Las dem\u00e1s que le sean asignadas o que por su naturaleza sean afines a \u00a0las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Embajadas. Las Embajadas son unidades diplom\u00e1ticas, representantes \u00a0del Gobierno Nacional ante otros pa\u00edses, encargadas de ejecutar la pol\u00edtica \u00a0exterior bilateral, con capacidad delegada de negociar, acordar y convenir \u00a0t\u00e9rminos de concertaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n en asuntos de inter\u00e9s mutuo, \u00a0especialmente en los campos pol\u00edticos, social, econ\u00f3mic o, comercial, \u00a0ambiental, cient\u00edfico, tecnol\u00f3gico, y cultural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Organos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n. El Ministerio de Relaciones Exteriores har\u00e1 parte de los \u00a0Consejos, Juntas, Comisiones u \u00f3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n que le \u00a0se\u00f1alen la ley y las disposiciones vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Consejo Administrativo y \u00a0Consejo Acad\u00e9mico de la Academia Diplom\u00e1tica. Las funciones del Consejo \u00a0Administrativo y del Consejo Acad\u00e9mico de la Academia Diplom\u00e1tica ser\u00e1n \u00a0establecidas por resoluci\u00f3n ministerial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n \u00a0del Sistema de Control Interno. Es su funci\u00f3n procurar que todas las \u00a0actividades, operaciones y actuaciones, as\u00ed como la administraci\u00f3n de la informaci\u00f3n \u00a0y los recursos, se realicen de acuerdo a las normas constitucionales y legales \u00a0vigentes dentro de, las pol\u00edticas trazadas y en atenci\u00f3n a las metas u \u00a0objetivos previstos, de acuerdo con la Ley 87 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Comisi\u00f3n de Personal de \u00a0Carrera Diplom\u00e1tica y Consular. Las funciones de esta comisi\u00f3n son las \u00a0se\u00f1aladas en el Decreto que regula el servicio exterior y la carrera \u00a0diplom\u00e1tica y consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Comisi\u00f3n de Personal de \u00a0Carrera Administrativa. Son funciones de esta comisi\u00f3n las se\u00f1aladas en el \u00a0art\u00edculo 61 de la Ley 443 de 1998, o en \u00a0las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Archivo General. El \u00a0Archivo General del Ministerio de Relaciones Exteriores no tiene \u00a0car\u00e1cter p\u00fablico y su consulta debe ser autorizada en forma escrita por el \u00a0Ministro, el Viceministro de Relaciones Exteriores, o el Secretario General, \u00a0teniendo en cuenta la materia consultada y el objeto de la consulta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La publicaci\u00f3n de datos atinentes a \u00a0circunstancias o negociaciones reservadas no podr\u00e1 ordenarse antes de treinta \u00a0(30) a\u00f1os de ocurridos tales eventos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Comit\u00e9s o Grupos de \u00a0Trabajo Externos. El Ministro de Relaciones Exteriores podr\u00e1 integrar y \u00a0reglamentar el funcionamiento de comit\u00e9s o grupos de trabajo \u00a0interinstitucionales de car\u00e1cter asesor o consultivo, con o sin la \u00a0participaci\u00f3n del sector privado, para auscultar la opini\u00f3n de expertos sobre \u00a0materias relacionadas con los intereses internacionales del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. Los conceptos de la Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica, as\u00ed como los informes de la Direcci\u00f3n de Soberan\u00eda \u00a0Territorial, est\u00e1n reservados al uso y conocimiento del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. En consecuencia no podr\u00e1n ser incorporados a expedientes \u00a0lev antados sobre reclamaciones privadas, ni utilizados o conocidos por \u00a0personas extra\u00f1as al Ministerio, sin autorizaci\u00f3n escrita del Ministro, del \u00a0Viceministro de Relaciones Exteriores o del Secretario General. Sin embargo, el \u00a0Ministerio podr\u00e1 dar a la publicidad aquellos conceptos que por su inter\u00e9s \u00a0general puedan servir para formar un cuerpo de doctrina del Ministerio sobre \u00a0temas jur\u00eddicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones Laborales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36. Adopci\u00f3n de la nueva \u00a0Planta de Personal. De conformidad con la reestructuraci\u00f3n ordenada por el \u00a0presente decreto, el Gobierno Nacional proceder\u00e1 a adoptar la nueva Planta de \u00a0Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37. Atribuciones de los \u00a0funcionarios de la planta actual. Los funcionarios de la Planta de personal \u00a0actual del Ministerio, continuar\u00e1n ejerciendo las atribuciones a ellos asignadas, \u00a0hasta tanto sea adoptada la nueva planta de personal de conformidad con lo \u00a0dispuesto en el art\u00edculo anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38. Supresi\u00f3n de empleos. \u00a0El Gobierno Nacional suprimir\u00e1 los empleos o cargos desempe\u00f1ados por los \u00a0empleados p\u00fablicos, que no fueren necesarios, de conformidad con la \u00a0reestructuraci\u00f3n dispuesta en el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. Indemnizaciones. Los \u00a0empleados p\u00fablicos de carrera a quienes se les suprima el cargo, como consecuencia \u00a0de la reestructuraci\u00f3n del Ministerio, tendr\u00e1n derecho a la indemnizaci\u00f3n \u00a0consagrada en la Ley 443 de 1998, los \u00a0Decretos Reglamentarios 1572 y 1568 de 1998 y las normas que los modifiquen, \u00a0adicionen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. Vigencia. El \u00a0presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga el Decreto 1295 de 2000 \u00a0y las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C.,\u00a0 el 8 de octubre de 2001. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Relaciones Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Guillermo Fern\u00e1ndez de Soto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Manuel Santos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio Zuluaga Ruiz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2105 DE 2001 \u00a0 \u00a0 (octubre 8) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la estructura del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0 Nota. 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