{"id":30103,"date":"2023-07-18T21:49:58","date_gmt":"2023-07-18T21:49:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-2171-de-2001\/"},"modified":"2023-07-18T21:49:58","modified_gmt":"2023-07-18T21:49:58","slug":"decreto-2171-de-2001","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-2171-de-2001\/","title":{"rendered":"DECRETO 2171 DE 2001"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2171 DE 2001 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(octubre 12) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se reglamenta \u00a0el Decreto 2762 de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el \u00a0numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0de conformidad con la Sentencia C\u2011530 de 1993 \u00a0de la Corte Constitucional, el Decreto 2762 de 1991 \u00a0constituye una norma con fuerza de ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0se hace necesario reglamentar el Decreto 2762 de 1991 \u00a0con el fin de implementar mecanismos que permitan a la Oficina de Control de \u00a0Circulaci\u00f3n y Residencia, OCCRE cumplir de manera m\u00e1s eficiente con sus \u00a0funciones, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SECCION PRIMERA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Aspectos institucionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. La Junta Directiva podr\u00e1 invitar a sus sesiones a los servidores p\u00fablicos y \u00a0dem\u00e1s personas que considere necesarias para la discusi\u00f3n de temas espec\u00edficos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director de la OCCRE ejercer\u00e1 la Secretar\u00eda de la Junta Directiva, para lo cual \u00a0deber\u00e1 convocar a las reuniones, elaborar las actas respectivas y las dem\u00e1s \u00a0funciones que se\u00f1ale la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. La Junta Directiva sesionar\u00e1 ordinariamente por lo menos una vez al mes, previa \u00a0convocatoria realizada por el Director, con antelaci\u00f3n no inferior a ocho d\u00edas \u00a0calendario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0reuniones extraordinarias de la Junta Directiva, podr\u00e1n ser convocadas en \u00a0cualquier tiempo por el Director de la OCCRE o a solicitud del Presidente de la \u00a0Junta Directiva o cinco de sus miembros, con antelaci\u00f3n no inferior a cinco \u00a0d\u00edas h\u00e1biles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director o quienes soliciten la convocatoria a reuniones extraordinarias, \u00a0deber\u00e1n indicar previamente los motivos de citaci\u00f3n y los asuntos que ser\u00e1n \u00a0sometidos a su consideraci\u00f3n. En la junta extraordinaria s\u00f3lo se podr\u00e1n debatir \u00a0los temas para los cuales fue convocada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Las decisiones de la Junta Directiva se denominar\u00e1n \u201cAcuerdos de la Junta \u00a0Directiva\u201d y deber\u00e1n llevar la firma de quien presida la reuni\u00f3n y del \u00a0Secretario de la Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. De conformidad con la Ley 489 de 1998, \u00a0la Junta Directiva podr\u00e1 delegar algunas de sus funciones en el Director de la \u00a0OCCRE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. El Director de la OCCRE en desarrollo de sus funciones, deber\u00e1: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Someter para la aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva el informe anual de \u00a0actividades antes del \u00faltimo d\u00eda del mes de febrero; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Informar a la autoridad competente sobre las personas que se encuentren en \u00a0situaci\u00f3n irregular en el departamento, de conformidad con los lineamientos \u00a0establecidos en el Decreto 2762 de 1991 \u00a0y en el presente decreto, para efectos de que se adopten las acciones legales \u00a0pertinentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Las dem\u00e1s que le se\u00f1alen las disposiciones legales pertinentes y la Junta \u00a0Directiva de conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. Contra los actos administrativos proferidos por el Director de la OCCRE, \u00a0proceder\u00e1 el recurso de reposici\u00f3n y el de apelaci\u00f3n ante el Gobernador del \u00a0departamento Archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0las resoluciones que declaren a una persona en situaci\u00f3n irregular y ordenen su \u00a0devoluci\u00f3n a su lugar de origen o declaren la p\u00e9rdida de la residencia, los \u00a0recursos se conceder\u00e1n en el efecto devolutivo. (Nota: Con relaci\u00f3n a este inciso, ver Sentencia del Consejo de Estado \u00a0del 19 de mayo de 2005. Expediente: 00168-7955. Secci\u00f3n 1\u00aa. Actor: Jos\u00e9 Manuel \u00a0Gnecco Valencia. Ponente: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00b0. Las tarjetas de turista deber\u00e1n ser prepagadas por las empresas a que se \u00a0refieren los art\u00edculos 14 y 15 del Decreto 2762 de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Junta Directiva de la OCCRE podr\u00e1 fijar un cargo de manejo de la tarjeta de \u00a0turista, a favor de las empresas que las expidan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0La Junta Directiva de la OCCRE, establecer\u00e1 un procedimiento expedito para que \u00a0las empresas a que se refiere este art\u00edculo adquieran las tarjetas de turista. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00b0. El Director de la OCCRE presentar\u00e1 a consideraci\u00f3n del Gobernador del \u00a0departamento Archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina, el \u00a0presupuesto de gastos de la oficina para el a\u00f1o siguiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00b0. La Oficina de Control de Circulaci\u00f3n y Residencia-OCCRE\u2011, podr\u00e1 \u00a0celebrar convenios con la Registradur\u00eda Nacional del Estado Civil, para efectos \u00a0del dise\u00f1o y las caracter\u00edsticas de seguridad de las tarjetas de residencia \u00a0temporal y permanente y para elaborar las tarjetas de residencia permanente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Cuando la Registradur\u00eda conociere de la defunci\u00f3n de un residente permanente \u00a0har\u00e1 la anotaci\u00f3n respectiva y la comunicar\u00e1 oportunamente a la OCCRE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Las personas que se acojan a los programas de salida del archipi\u00e9lago que \u00a0la OCCRE dise\u00f1e en virtud del literal h) del art\u00edculo 26 del Decreto 2762 de 1991, \u00a0deber\u00e1n entregar a dicha oficina su tarjeta de residentes. En consecuencia, cuando \u00a0requieran ingresar nuevamente al Archipi\u00e9lago, deber\u00e1n cumplir con los \u00a0requisitos previstos en el Decreto 2762 de 1991 \u00a0y dem\u00e1s normas que lo adicionen, reglamenten o modifiquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SECCION SEGUNDA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Normas sobre densidad poblacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Las personas que ostenten la calidad de residentes temporales conforme al Decreto 2762 de 1991, \u00a0deber\u00e1n presentarse a la Oficina de la OCCRE cada dos meses, para efectos de \u00a0control. En caso de cambio de direcci\u00f3n, deber\u00e1n informar a la misma oficina a \u00a0m\u00e1s tardar al d\u00eda h\u00e1bil siguiente del cambio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0entidad p\u00fablica o privada a la que se encuentre vinculado un residente \u00a0temporal, deber\u00e1 informar a la OCCRE de la terminaci\u00f3n de la actividad para la \u00a0que le fue otorgada la residencia temporal, por lo menos con tres d\u00edas h\u00e1biles \u00a0de anterioridad a que esta ocurra y procurar el retorno del residente temporal \u00a0a su \u00faltimo lugar de embarque. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Se encuentran en situaci\u00f3n irregular las personas que habiendo perdido la \u00a0calidad de residentes de acuerdo con los art\u00edculos 6\u00b0 y 11 del Decreto 2762 de 1991, \u00a0no hayan abandonado la isla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013. Las normas del Decreto 2762 de 1991 \u00a0que hacen menci\u00f3n a las disposiciones sobre conservaci\u00f3n de los recursos \u00a0naturales y ambientales del departamento Archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s, \u00a0Providencia y Santa Catalina, comprenden las contenidas en la Ley 99 de 1993 \u00a0y en la Ley 388 de 1997 \u00a0y dem\u00e1s normas que las modifiquen, adicionen o reglamenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a014. Para dar cumplimento a las disposiciones del Decreto 2762 de 1991, \u00a0cuando se establezca que una persona sea devuelta a su lugar de origen, bastar\u00e1 \u00a0con que sea regresada a su lugar de \u00faltimo embarque. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. El Director de la OCCRE mediante resoluci\u00f3n motivada, deber\u00e1 declarar que \u00a0una persona est\u00e1 en situaci\u00f3n irregular, impondr\u00e1 la multa correspondiente y \u00a0consecuentemente en el mismo acto ordenar\u00e1 que sea devuelta a su \u00faltimo lugar \u00a0de embarque. El Comando Departamental de Polic\u00eda garantizar\u00e1 el cumplimiento de \u00a0esta orden, para cuyo efecto la OCCRE le prestar\u00e1 el concurso que sea \u00a0necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Las compa\u00f1\u00edas transportadoras nacionales o extranjeras que incumplan las \u00a0disposiciones del Decreto 2762 de 1991, \u00a0el presente decreto y las dem\u00e1s normas que lo modifiquen o adicionen, ser\u00e1n \u00a0obligadas a transportar de regreso al turista a su \u00faltimo lugar de embarque, \u00a0deber\u00e1n pagar multas sucesivas hasta por el valor de quinientos salarios \u00a0m\u00ednimos legales mensuales y se les podr\u00e1 suspender la licencia de \u00a0funcionamiento por la entidad competente, a solicitud del Director de la \u00a0Oficina de Control de Circulaci\u00f3n y Residencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a017. Los hoteles o establecimientos de alojamiento del departamento Archipi\u00e9lago \u00a0de San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina, deber\u00e1n exigir a las personas \u00a0antes de su registro o ingreso como hu\u00e9spedes, la correspondiente tarjeta de \u00a0turismo. El incumplimiento de la presente disposici\u00f3n, dar\u00e1 lugar a la \u00a0suspensi\u00f3n de la licencia de funcionamiento por la entidad competente a \u00a0solicitud de la OCCRE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Igualmente, \u00a0los propietarios de los inmuebles al momento de celebrar un contrato de arrendamiento \u00a0o facilitar hospedaje, est\u00e1n en la obligaci\u00f3n de exigir al arrendatario o \u00a0hu\u00e9sped, la presentaci\u00f3n de la tarjeta respectiva. El incumplimiento de estas \u00a0disposiciones acarrear\u00e1 la sanci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 30 del Decreto 2762 de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018. Quienes siendo residentes permanentes en el departamento Archipi\u00e9lago de \u00a0San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina, de conformidad con los art\u00edculos 1\u00b0 y \u00a02\u00b0 del Decreto 2762 de 1991, \u00a0encubran o presten su concurso para la violaci\u00f3n de las disposiciones sobre \u00a0residencia o control poblacional, se har\u00e1n acreedores a las sanciones previstas \u00a0en el art\u00edculo 13 del Decreto 2762 de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a019. El porte de la tarjeta que identifica la calidad que ostenta todo aquel que \u00a0se encuentre en territorio del departamento Archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s, \u00a0Providencia y Santa Catalina, es obligatorio. \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a020. El presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n y deroga las \u00a0disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado \u00a0en Bogot\u00e1, D. C., a 12 de octubre de 2001. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Armando Estrada Villa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2171 DE 2001 \u00a0 \u00a0 (octubre 12) \u00a0 \u00a0 por el cual se reglamenta \u00a0el Decreto 2762 de 1991. \u00a0 \u00a0 El Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el \u00a0numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, y \u00a0 \u00a0 CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0 Que \u00a0de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[45],"tags":[],"class_list":["post-30103","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2001"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/30103","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=30103"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/30103\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=30103"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=30103"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=30103"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}