{"id":30740,"date":"2023-07-19T20:50:26","date_gmt":"2023-07-19T20:50:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/19\/decreto-1491-de-2002\/"},"modified":"2023-07-19T20:50:26","modified_gmt":"2023-07-19T20:50:26","slug":"decreto-1491-de-2002","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/19\/decreto-1491-de-2002\/","title":{"rendered":"DECRETO 1491 DE 2002"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1491 \u00a0DE 2002 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(julio 17 de 2002) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: \u00a0Derogado por el Decreto 246 de 2004, \u00a0art\u00edculo 60. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el \u00a0numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Funciones de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Presupuesto P\u00fablico Nacional. Corresponde a la Direcci\u00f3n General del \u00a0Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, el \u00a0ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al \u00a0Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico en la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0presupuestal y fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Colaborar \u00a0con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n en la preparaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del \u00a0Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir la \u00a0elaboraci\u00f3n del proyecto del Presupuesto General de la Naci\u00f3n que ser\u00e1 \u00a0presentado al Congreso de la Rep\u00fablica y el proyecto de presupuesto de las \u00a0Empresas Industriales y Comerciales del Estado no financieras, de las \u00a0Sociedades de Econom\u00eda Mixta no financieras sujetas al r\u00e9gimen de Empresas \u00a0Industriales y Comerciales del Estado del orden nacional, para presentar a \u00a0consideraci\u00f3n del Consejo Superior de Pol\u00edtica Fiscal, Confis. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir el \u00a0trabajo de preparaci\u00f3n del mensaje presupuestal del proyecto del Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n y las justificaciones de los proyectos que lo modifiquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar a \u00a0las Comisiones Constitucionales permanentes del Congreso de la Rep\u00fablica en el \u00a0estudio de los proyectos del Plan Nacional de Desarrollo y de Presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asistir a \u00a0las sesiones de las Comisiones Econ\u00f3micas y a las Plenarias del Congreso de la Rep\u00fablica, \u00a0en el estudio del proyecto del Presupuesto General de la Naci\u00f3n o de los \u00a0proyectos de iniciativa del Gobierno Nacional, cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir la \u00a0elaboraci\u00f3n de los proyectos de decreto de liquidaci\u00f3n o repetici\u00f3n del \u00a0presupuesto, seg\u00fan sea el caso y la aprobaci\u00f3n de los traslados, distribuciones \u00a0y dem\u00e1s modificaciones presupuestales que los afecten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar \u00a0la preparaci\u00f3n, conjuntamente con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, del \u00a0Plan Financiero y presentarlo a consideraci\u00f3n del Consejo Superior de Pol\u00edtica \u00a0Fiscal, Confis. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer la \u00a0Secretar\u00eda Ejecutiva del Consejo Superior de Pol\u00edtica Fiscal, Confis. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Presentar \u00a0al Consejo Superior de Pol\u00edtica Fiscal, Confis, los informes y evaluaciones que \u00a0este organismo requiera respecto del Sistema Presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Emitir \u00a0conceptos sobre las solicitudes de nuevos gastos, de aumento en la s \u00a0apropiaciones existentes y de modificaci\u00f3n en los ingresos presupuestados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir la \u00a0preparaci\u00f3n de los decretos de r\u00e9gimen salarial de los \u00f3rganos que hacen parte \u00a0del Presupuesto General de la Naci\u00f3n y del presupuesto de las Empresas \u00a0Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Econom\u00eda Mixta sometidas \u00a0al r\u00e9gimen de dichas empresas del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Emitir \u00a0conceptos sobre el costo de las modificaciones de las plantas de personal de \u00a0los organismos y entidades que conforman el Presupuesto General de la Naci\u00f3n, \u00a0de conformidad con la Pol\u00edtica Fiscal del Gobierno y lo establecido por la Ley, \u00a0cuantificar los efectos de los incrementos salariales que se decreten o \u00a0acuerden convencionalmente y certificar su viabilidad, cuando a ello haya \u00a0lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Certificar \u00a0la inembargabilidad de los recursos del Presupuesto General de la Naci\u00f3n, para \u00a0ser presentados ante las distintas autoridades judiciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dirigir la \u00a0preparaci\u00f3n de las disposiciones generales del Presupuesto General de la Naci\u00f3n \u00a0y del Manual de Programaci\u00f3n, Ejecuci\u00f3n y Seguimiento Presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir \u00a0los estudios de viabilidad presupuestal sobre las solicitudes que presenten las \u00a0entidades con cargo a los recursos del Fondo de Compensaci\u00f3n Interministerial, \u00a0en los t\u00e9rminos establecidos en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Expedir \u00a0las resoluciones de aclaraci\u00f3n y correcci\u00f3n de errores aritm\u00e9ticos o de leyenda \u00a0en que se incurra en la elaboraci\u00f3n de la Ley Anual del Presupuesto General de \u00a0la Naci\u00f3n y sus modificaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Enviar a \u00a0la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica las reservas presupuestales y cuentas \u00a0por pagar constituidas por los \u00f3rganos al cierre de cada vigencia fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Dirigir \u00a0las labores de seguimiento del Presupuesto General de la Naci\u00f3n, de las \u00a0Empresas Industriales y Comerciales del Estado, de las entidades asimiladas a \u00a0\u00e9stas y el de las entidades p\u00fablicas o privadas que administren fondos p\u00fablicos \u00a0del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Ordenar la \u00a0realizaci\u00f3n de visitas de seguimiento presupuestal y velar porque se remitan \u00a0los respectivos informes a las autoridades competentes cuando sea del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Asignar a \u00a0las Subdirecciones las entidades cuyo presupuesto deben programar y adelantar \u00a0su seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Emitir \u00a0autorizaciones para adquirir compromisos que afecten vigencias futuras y \u00a0autorizar su registro y programaci\u00f3n en los presupuestos anuales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Proponer, \u00a0en coordinaci\u00f3n con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, la distribuci\u00f3n del \u00a0monto que corresponda a la Naci\u00f3n de los excedentes de los Establecimientos \u00a0P\u00fablicos y utilidades de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y \u00a0Sociedades de Econom\u00eda Mixta y de entidades asimiladas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. \u00a0Conceptuar, en coordinaci\u00f3n con la Unidad Jur\u00eddica Asesora o la dependencia que \u00a0haga sus veces, sobre la aplicaci\u00f3n de las normas relacionadas con el \u00a0presupuesto p\u00fablico y previa delegaci\u00f3n del Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, atender las demandas y reclamaciones que se presenten ante los tribunales \u00a0competentes en contra de la Naci\u00f3n, Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0en aspectos presupuestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. \u00a0Representar al Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, previa delegaci\u00f3n, en \u00a0los Consejos y\/o Juntas Directivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Las que le \u00a0se\u00f1alen las leyes org\u00e1nicas del presupuesto y sus reglamentos y las dem\u00e1s \u00a0funciones que le sean asignadas por el Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. Est ructura. La Direcci\u00f3n General del \u00a0Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u00a0tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho \u00a0del Director General del Presupuesto P\u00fablico Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Estudios Fiscales y Consolidaci\u00f3n Presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Divisi\u00f3n \u00a0de Pol\u00edtica Fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Divisi\u00f3n \u00a0de Consolidaci\u00f3n Presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Subdirecci\u00f3n \u00a0de Infraestructura y Desarrollo Econ\u00f3mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 Divisi\u00f3n \u00a0de Comunicaciones y Transporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 Divisi\u00f3n \u00a0de Desarrollo Econ\u00f3mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3 Divisi\u00f3n \u00a0de Minas y Energ\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Administraci\u00f3n General del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 Divisi\u00f3n de \u00a0Administraci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 Divisi\u00f3n \u00a0de Planificaci\u00f3n Central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3 Divisi\u00f3n \u00a0de Defensa y Seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4 Divisi\u00f3n \u00a0de Hacienda y Finanzas Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Desarrollo Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 Divisi\u00f3n \u00a0de Trabajo y Seguridad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 Divisi\u00f3n \u00a0de Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 Divisi\u00f3n \u00a0de Educaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. Funciones de la Subdirecci\u00f3n de Estudios \u00a0Fiscales y Consolidaci\u00f3n Presupuestal de la Direcci\u00f3n General del Presupuesto \u00a0P\u00fablico Nacional. La Subdirecci\u00f3n de Estudios Fiscales y Consolidaci\u00f3n \u00a0Presupuestal de la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico ser\u00e1 la encargada de elaborar el Plan \u00a0Financiero, en coordinaci\u00f3n con el Consejo Superior de Pol\u00edtica Fiscal, Confis \u00a0y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, calcular los ingresos del Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n, elaborar las actas del Consejo Superior de Pol\u00edtica \u00a0Fiscal, Confis y consolidar la programaci\u00f3n y las cifras de ejecuci\u00f3n del \u00a0presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0cumplimiento del objetivo indicado, le corresponde a la Subdirecci\u00f3n mencionada \u00a0el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir el \u00a0trabajo de elaboraci\u00f3n del Plan Financiero, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0Direcciones del Ministerio, el Confis y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0DNP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir la \u00a0preparaci\u00f3n del presupuesto de ingresos de la Naci\u00f3n, la consolidaci\u00f3n del \u00a0presupuesto de gastos y establecer las necesidades de financiamiento, para \u00a0presentarlos a consideraci\u00f3n del Director de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Presupuesto P\u00fablico Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar \u00a0el proceso de preparaci\u00f3n del decreto de liquidaci\u00f3n, sus modificaciones o el \u00a0de repetici\u00f3n del Presupuesto General de la Naci\u00f3n, seg\u00fan sea el caso, as\u00ed como \u00a0la consolidaci\u00f3n del anexo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer \u00a0las directrices para la preparaci\u00f3n de los proyectos de decreto o ley de \u00a0modificaciones al Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar \u00a0los estudios de viabilidad presupuestal sobre las solicitudes que presenten las \u00a0entidades con cargo a los recursos del Fondo de Compensaci\u00f3n Interministerial, \u00a0en los t\u00e9rminos establecidos en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar el \u00a0informe que sobre operaciones efectivas consolidadas del sector p\u00fablico se haya \u00a0preparado para determinar su impacto en el Plan Financiero, en el Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n, en el presupuesto de las Empresas Industriales y \u00a0Comerciales del Estado y asimi ladas y presentarlo a consideraci\u00f3n del Director \u00a0de la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar \u00a0la agenda de las sesiones del Confis, preparar el Orden del D\u00eda y desempe\u00f1arse \u00a0como Secretario ad hoc. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar \u00a0la presentaci\u00f3n de documentos presupuestales al Confis para su estudio en cada \u00a0sesi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar los \u00a0consolidados y los informes de seguimiento de vigencias futuras y de aquellas \u00a0que son excepcionales, de acuerdo con el art\u00edculo 24 del Estatuto Org\u00e1nico del \u00a0Presupuesto General de la Naci\u00f3n o las normas que lo modifiquen o adicionen y \u00a0coordinar su comunicaci\u00f3n al Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Evaluar el \u00a0informe de resultados del ejercicio fiscal de los Establecimientos P\u00fablicos y las \u00a0utilidades de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, para ser \u00a0presentado ante el Director General del Presupuesto P\u00fablico Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.Autorizar \u00a0al personal de las dem\u00e1s Subdirecciones la inclusi\u00f3n de informaci\u00f3n en el \u00a0sistema de la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional y evaluar la \u00a0consistencia global de las reservas, las cuentas por pagar y los ajustes que a \u00a0\u00e9stas se realicen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Cuantificar los efectos de los incrementos salariales que se decreten o \u00a0acuerden convencionalmente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s Subdirecciones de la Direcci\u00f3n, la preparaci\u00f3n de \u00a0los informes de ejecuci\u00f3n del cierre del ejercicio presupuestal de los \u00a0organismos y entidades que conforman el Presupuesto General de la Naci\u00f3n, \u00a0ordenar la preparaci\u00f3n de los informes peri\u00f3dicos sobre el comportamiento de \u00a0los numerales rent\u00edsticos del presupuesto e informar a la Contralor\u00eda General \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Orientar \u00a0el proceso de consolidaci\u00f3n del presupuesto de las Empresas Industriales y \u00a0Comerciales del Estado y asimiladas, presentar un informe al Director General \u00a0del Presupuesto P\u00fablico Nacional para posterior consideraci\u00f3n del Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y coordinar la presentaci\u00f3n al Confis de las \u00a0modificaciones que se requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Representar \u00a0al Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, previa delegaci\u00f3n, en los Consejos \u00a0y\/o Juntas Directivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Realizar \u00a0las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del \u00a0cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Funciones de la Divisi\u00f3n de Pol\u00edtica Fiscal. \u00a0Corresponde a la Divisi\u00f3n de Pol\u00edtica Fiscal de la Subdirecci\u00f3n de Estudios \u00a0Fiscales y Consolidaci\u00f3n Presupuestal, el ejercicio de las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Evaluar las \u00a0operaciones efectivas consolidadas del sector p\u00fablico, determinar su impacto en \u00a0el Plan Financiero, en el Presupuesto General de la Naci\u00f3n, en el presupuesto \u00a0de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y proponer ajustes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar \u00a0los estudios necesarios para determinar las metas globales de pago con cargo a \u00a0recursos del presupuesto nacional, de las Empresas Industriales y Comerciales \u00a0del Estado y de los Establecimientos P\u00fablicos que hacen parte del Plan \u00a0Financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Consolidar \u00a0la informaci\u00f3n sobre los resultados del ejercicio fiscal de los \u00a0Establecimientos P\u00fablicos y las utilidades de las Empresas Industriales y \u00a0Comerciales del Estado que hacen parte del s ector p\u00fablico no financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Analizar el \u00a0financiamiento de las entidades del sector p\u00fablico no financiero, identificar \u00a0las tendencias, evaluar el impacto presupuestal del servicio de la deuda \u00a0p\u00fablica y presentar alternativas compatibles con el Plan Financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Analizar \u00a0los efectos de las diferentes modificaciones presupuestales y sus implicaciones \u00a0sobre las entidades de seguimiento financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar \u00a0informes trimestrales del desarrollo del Plan Financiero y presentar los \u00a0ajustes necesarios al mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer \u00a0los ajustes necesarios para que el Plan Financiero refleje las metas fijadas en \u00a0el Plan Nacional de Desarrollo Econ\u00f3mico y Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar \u00a0proyecciones sobre la capacidad financiera de los fiscos locales y realizar \u00a0estudios sobre la destinaci\u00f3n de los recursos que la Naci\u00f3n transfiera a las \u00a0entidades territoriales para sustentar las decisiones sobre ejecuci\u00f3n de \u00a0proyectos nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar el \u00a0presupuesto de ingresos de la Naci\u00f3n y establecer las necesidades de \u00a0financiamiento de acuerdo al gasto previsto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.Determinar \u00a0la consistencia de las cifras presupuestales con el Plan Financiero aprobado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Determinar \u00a0los montos globales de transferencias territoriales, comunicar y monitorear el \u00a0cumplimiento de montos de gastos asociados a rentas de destinaci\u00f3n espec\u00edfica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Revisar \u00a0las fuentes de financiamiento y su concordancia con las metas del Plan \u00a0Financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Preparar \u00a0informes peri\u00f3dicos sobre el comportamiento de los numerales rent\u00edsticos del \u00a0presupuesto en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s Subdirecciones de la Direcci\u00f3n \u00a0General del Presupuesto P\u00fablico Nacional y dependencias del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Realizar \u00a0mensualmente los c\u00e1lculos de cada uno de los ingresos de la Naci\u00f3n de acuerdo \u00a0con la metodolog\u00eda y modelos estad\u00edsticos establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Mantener \u00a0actualizadas las cifras correspondientes a las variables macroecon\u00f3micas \u00a0vigentes y disponibles para toda la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Realizar \u00a0an\u00e1lisis sobre las tendencias del gasto p\u00fablico de los \u00f3rganos que hacen parte \u00a0del Presupuesto General de la Naci\u00f3n y del presupuesto de las Empresas \u00a0Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Econom\u00eda Mixta sometidas \u00a0al r\u00e9gimen de dichas empresas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Preparar \u00a0los informes necesarios para asistir al Director en las discusiones ante el \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica, para la aprobaci\u00f3n de la Ley Anual del Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Realizar \u00a0las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del \u00a0cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Funciones de la Divisi\u00f3n de Consolidaci\u00f3n \u00a0Presupuestal. Corresponde a la Divisi\u00f3n de Consolidaci\u00f3n Presupuestal de \u00a0la Subdirecci\u00f3n de Estudios Fiscales y Consolidaci\u00f3n Presupuestal, el ejercicio \u00a0de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Enviar a \u00a0las Comisiones Econ\u00f3micas del Congreso de la Rep\u00fablica los anteproyectos del \u00a0presupuesto presentados por los diferentes \u00f3rganos que hacen parte del \u00a0Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar el \u00a0documento para la presentaci\u00f3n del proyecto de presupuesto al Confis. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar \u00a0la presentaci\u00f3n del proyecto de presupuesto que ser\u00e1 sometido a estudio al \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar \u00a0la presentaci\u00f3n al Congreso de la Rep\u00fablica de las modificaciones al proyecto \u00a0de Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar \u00a0las actividades necesarias para la publicaci\u00f3n de la Ley Anual de Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n y su decreto de liquidaci\u00f3n acompa\u00f1ado de sus anexos \u00a0respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Consolidar \u00a0la informaci\u00f3n necesaria para la elaboraci\u00f3n de los proyectos de decreto de \u00a0reducci\u00f3n o aplazamiento al Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar \u00a0los estudios de viabilidad presupuestal sobre las solicitudes que presenten las \u00a0entidades con cargo a los recursos del Fondo de Compensaci\u00f3n Interministerial, \u00a0en los t\u00e9rminos establecidos en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Consolidar \u00a0informaci\u00f3n sobre rezago presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar \u00a0seguimiento del gasto social en cada vigencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar la \u00a0presentaci\u00f3n de documentos presupuestales al Confis y comunicar las decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar \u00a0el seguimiento mensual de la ejecuci\u00f3n en cada vigencia, consolidando cifras y \u00a0generando un informe trimestral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Consolidar \u00a0la informaci\u00f3n presupuestal y producir informes estad\u00edsticos necesarios para la \u00a0programaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar \u00a0las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del \u00a0cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. Funciones de las Subdirecciones de Infraestructura \u00a0y Desarrollo Econ\u00f3mico, de Administraci\u00f3n General del Estado y de Desarrollo \u00a0Social de la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional. Las \u00a0Subdirecciones de Infraestructura y Desarrollo Econ\u00f3mico, de Administraci\u00f3n \u00a0General del Estado y de Desarrollo Social de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0ser\u00e1n las encargadas de dirigir la programaci\u00f3n y seguimiento del Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n, el de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado \u00a0y asimiladas, en los sectores que determine el Director de la Direcci\u00f3n General \u00a0del Presupuesto P\u00fablico Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0cumplimiento del objetivo indicado en el presente art\u00edculo, corresponde a cada \u00a0una de las Subdirecciones mencionadas el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir la \u00a0preparaci\u00f3n del proyecto del Presupuesto General de la Naci\u00f3n en lo \u00a0correspondiente a las entidades asignadas a la Subdirecci\u00f3n por el Director de \u00a0la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir la \u00a0preparaci\u00f3n y estudio del presupuesto de Empresas Industriales y Comerciales \u00a0del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer y \u00a0elaborar proyectos de resoluci\u00f3n sobre procedimientos de programaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n del Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar las \u00a0modificaciones al proyecto de Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar el \u00a0proyecto de decreto de liquidaci\u00f3n del Presupuesto General de la Naci\u00f3n de las \u00a0entidades asignadas por el Director de la D irecci\u00f3n General del Presupuesto \u00a0P\u00fablico Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar \u00a0la preparaci\u00f3n de los informes de cuantificaci\u00f3n del impacto presupuestal de \u00a0los proyectos de ley o decreto que tengan incidencia presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar \u00a0la evaluaci\u00f3n y preparaci\u00f3n de proyectos de decretos de aplazamiento, reducci\u00f3n \u00a0o fusi\u00f3n que afecten los presupuestos de las entidades asignadas por el \u00a0Director de la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar \u00a0la preparaci\u00f3n de los decretos de r\u00e9gimen salarial de las entidades asignadas \u00a0por el Director de la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional y \u00a0supervisar la revisi\u00f3n de los relacionados con normas prestacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Supervisar \u00a0la inclusi\u00f3n en el Sistema de Informaci\u00f3n Presupuestal de las plantas aprobadas \u00a0y n\u00f3minas certificadas de cada uno de los \u00f3rganos asignados a la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Orientar \u00a0los procesos de evaluaci\u00f3n de las solicitudes de modificaci\u00f3n presupuestal \u00a0presentadas por los \u00f3rganos que hacen parte del Presupuesto General de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar \u00a0la elaboraci\u00f3n de los estudios de solicitudes de modificaciones de planta de \u00a0personal, presentadas por los \u00f3rganos correspondientes a su sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Orientar \u00a0los estudios tendientes a la autorizaci\u00f3n de cupos para comprometer vigencias \u00a0fiscales futuras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir \u00a0las labores encaminadas a la liquidaci\u00f3n de excedentes financieros de los \u00a0Establecimientos P\u00fablicos Nacionales y de utilidades de las Empresas \u00a0Industriales y Comerciales del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir, \u00a0coordinar y evaluar el proceso de seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal de \u00a0los \u00f3rganos del Presupuesto General de la Naci\u00f3n, las Empresas Industriales y \u00a0Comerciales del Estado y de las Sociedades de Econom\u00eda Mixta no financieras, \u00a0correspondientes a su sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Asesorar y \u00a0establecer las directrices tendientes a orientar el proceso de asesor\u00eda en \u00a0materia presupuestal y financiera en los sectores que determine el Director de \u00a0la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Representar al Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, previa delegaci\u00f3n, en \u00a0los Consejos y\/o Juntas Directivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir y \u00a0coordinar los estudios sectoriales en t\u00e9rminos econ\u00f3micos y financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Coordinar \u00a0los procesos de estudio de las solicitudes de autorizaci\u00f3n de constituci\u00f3n de \u00a0cajas menores o adquisici\u00f3n de veh\u00edculos que presenten las entidades que \u00a0conforman el Presupuesto General de la Naci\u00f3n, las Empresas Industriales y \u00a0Comerciales del Estado y las Sociedades de Econom\u00eda Mixta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Realizar \u00a0las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de las funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. Funciones de las Divisiones de las \u00a0Subdirecciones de Infraestructura y Desarrollo Econ\u00f3mico, de Administraci\u00f3n \u00a0General del Estado y de Desarrollo Social. Las Divisiones de \u00a0Comunicaciones y Transporte, de Desarrollo Econ\u00f3mico y de Minas y Energ\u00eda de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Infraestructura y Desarrollo Econ\u00f3mico; las Divisiones de \u00a0Administraci\u00f3n General, de Planificaci\u00f3n Central, de Defensa y Seguridad y de \u00a0Hacienda y Finanzas Territoriales de la Subdi recci\u00f3n de Administraci\u00f3n General \u00a0del Estado y las Divisiones de Trabajo y Seguridad Social, de Justicia y de \u00a0Educaci\u00f3n de la Subdirecci\u00f3n de Desarrollo Social de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Presupuesto P\u00fablico Nacional, ser\u00e1n las encargadas de programar, ejecutar y \u00a0controlar el Presupuesto General de la Naci\u00f3n, el de las Empresas Industriales \u00a0y Comerciales del Estado y el de las entidades privadas que administren fondos \u00a0p\u00fablicos del orden nacional en los sectores asignados a sus respectivas \u00a0Subdirecciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En cumplimiento \u00a0del objetivo indicado en el presente art\u00edculo, corresponde a cada una de las \u00a0Divisiones mencionadas el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Evaluar y \u00a0programar el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y de Gastos del \u00a0Presupuesto General de la Naci\u00f3n y las modificaciones cuando a ello haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar el \u00a0decreto de liquidaci\u00f3n del Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Evaluar y \u00a0preparar los traslados y dem\u00e1s modificaciones presupuestales que afecten la Ley \u00a0Anual del Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar y \u00a0preparar los proyectos de decreto de aplazamiento, reducci\u00f3n, fusi\u00f3n de \u00f3rganos \u00a0y Estados de Excepci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Emitir \u00a0concepto previo sobre las modificaciones y distribuciones del Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar y \u00a0revisar los documentos salariales de los \u00f3rganos asignados por el respectivo \u00a0Subdirector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Estudiar y \u00a0evaluar las solicitudes de plantas, de personal y preparar concepto de \u00a0viabilidad presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener \u00a0actualizado el costo de las plantas de personal de los organismos y entidades y \u00a0dar concepto sobre el impacto presupuestal en los servicios personales, las \u00a0transferencias, los gastos generales y los gastos de inversi\u00f3n que puedan \u00a0producir las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar los \u00a0estudios relacionados con las solicitudes de autorizaci\u00f3n de gastos que \u00a0requieran la celebraci\u00f3n de contratos que comprometan m\u00e1s de una vigencia \u00a0fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar \u00a0los estudios sectoriales en t\u00e9rminos econ\u00f3micos y financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Evaluar y \u00a0preparar la aprobaci\u00f3n de solicitudes de modificaciones presupuestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Estudiar y \u00a0evaluar las solicitudes para aprobaci\u00f3n de aumento de la meta global de pagos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Evaluar y \u00a0registrar las reservas presupuestales y las cuentas por pagar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Establecer \u00a0el resultado fiscal de los Establecimientos P\u00fablicos Nacionales y las \u00a0utilidades de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y elaborar \u00a0conjuntamente con la Subdirecci\u00f3n de Estudios Fiscales un informe que refleje \u00a0la situaci\u00f3n de las mismas al cierre de cada vigencia fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Evaluar y \u00a0preparar el presupuesto de Empresas Industriales y Comerciales del Estado y \u00a0Sociedades de Econom\u00eda Mixta no financieras y sus modificaciones cuando a ello \u00a0haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Hacer \u00a0seguimiento a la ejecuci\u00f3n de ingresos y gastos del Presupuesto General de la \u00a0Naci\u00f3n, de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de los \u00a0Establecimientos P\u00fablicos Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Realizar \u00a0los estudios y evaluaciones correspondientes, para determinar los excedentes \u00a0financieros de los Establecimientos P\u00fablicos Nacionales y de las Empresas \u00a0Industriales y Comerciales del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Conceptuar \u00a0desde el punto de vista presupuestal sobre el impacto de los proyectos de ley o \u00a0de decreto que afecten el presupuesto de los sectores a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Asesorar \u00a0directamente o a trav\u00e9s de sus dependencias, a los organismos y entidades del \u00a0orden nacional y territorial en el proceso presupuestal y financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Preparar \u00a0los proyectos de resoluci\u00f3n relacionados con las aclaraciones y correcciones de \u00a0errores de ubicaci\u00f3n, aritm\u00e9ticos o de leyenda en que se haya incurrido en la \u00a0elaboraci\u00f3n de la Ley Anual del Presupuesto General de la Naci\u00f3n y sus \u00a0modificaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Preparar \u00a0los proyectos de resoluci\u00f3n relacionados con las aclaraciones y correcciones de \u00a0errores de ubicaci\u00f3n, aritm\u00e9ticos o de leyenda en que se haya incurrido en la \u00a0elaboraci\u00f3n de la Ley Anual del Presupuesto General de la Naci\u00f3n y sus \u00a0modificaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Presentar \u00a0a consideraci\u00f3n del Director General del Presupuesto P\u00fablico Nacional, para \u00a0posterior remisi\u00f3n a la Procuradur\u00eda Delegada para Asuntos Presupuestales o a \u00a0la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica seg\u00fan sea el caso, los informes sobre \u00a0presuntas infracciones a las disposiciones legales y a las normas del Estatuto \u00a0Org\u00e1nico del Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Preparar y \u00a0elaborar los estudios sectoriales o institucionales requeridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Estudiar y \u00a0preparar autorizaciones para adquisici\u00f3n de veh\u00edculos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Efectuar \u00a0la evaluaci\u00f3n de los pasivos objeto de cruce de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Realizar \u00a0las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del \u00a0cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba. Adopci\u00f3n de la nueva planta de personal. \u00a0De conformidad con la reestructuraci\u00f3n ordenada en el presente decreto, el \u00a0Gobierno Nacional proceder\u00e1 a adoptar la nueva planta de personal dentro de los \u00a0quince (15) d\u00edas siguientes a la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba. \u00a0El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y modifica en \u00a0lo pertinente el Decreto 1133 de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 17 de julio de 2002. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Manuel Santos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director \u00a0del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio Zuluaga Ruiz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1491 \u00a0DE 2002 \u00a0 \u00a0 (julio 17 de 2002) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0 Nota: \u00a0Derogado por el Decreto 246 de 2004, \u00a0art\u00edculo 60. \u00a0 \u00a0 El Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[46],"tags":[],"class_list":["post-30740","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2002"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/30740","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=30740"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/30740\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=30740"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=30740"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=30740"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}