{"id":30811,"date":"2023-07-19T20:50:30","date_gmt":"2023-07-19T20:50:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/19\/decreto-1691-de-2002\/"},"modified":"2023-07-19T20:50:30","modified_gmt":"2023-07-19T20:50:30","slug":"decreto-1691-de-2002","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/19\/decreto-1691-de-2002\/","title":{"rendered":"DECRETO 1691 DE 2002"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1691 DE 2002 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(agosto 2) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica parcialmente la \u00a0estructura del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: \u00a0Derogado por el Decreto 246 de 2004, \u00a0art\u00edculo 60. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades \u00a0que le confiere el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. Corresponde a la Direcci\u00f3n General \u00a0del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, el ejercicio \u00a0de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico en todo lo \u00a0relacionado con el manejo del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Establecer pol\u00edticas y procedimientos para el manejo del Tesoro \u00a0Nacional y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer un sistema de control interno que permita que las \u00a0actividades de la Direcci\u00f3n sean desarrolladas dentro del marco de los \u00a0principios de legalidad, seguridad, econom\u00eda y eficiencia; efectuar su \u00a0evaluaci\u00f3n a fin de detectar debilidades o fallas en los procesos y operaciones \u00a0y adoptar los correctivos necesarios cuando a ello hubiere lugar y coordinar lo \u00a0pertinente con la Oficina de Control Interno del Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y coordinar con la Direcci\u00f3n General de Tecnolog\u00eda del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico las acciones de su competencia para el \u00a0desarrollo e implementaci\u00f3n de los sistemas de informaci\u00f3n y dem\u00e1s soluciones \u00a0inform\u00e1ticas que requiera la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer las condiciones financieras y de colocaci\u00f3n de t\u00edtulos de \u00a0deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n con plazo menor de un a\u00f1o para operaciones \u00a0temporales de tesorer\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Emitir bonos, pagar\u00e9s y t\u00edtulos valores de deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n, \u00a0de conformidad con las normas legales vigentes, y las pol\u00edticas y \u00a0procedimientos que para tal efecto establezca la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Administrar los t\u00edtulos valores de deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n propios \u00a0del manejo de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, de conformidad con las \u00a0normas legales vigentes y las pol\u00edticas y procedimientos que para tal efecto \u00a0establezca esta Direcci\u00f3n, as\u00ed como coordinar la celebraci\u00f3n con entidades \u00a0nacionales o extranjeras de los contratos para su agenciamiento, colocaci\u00f3n, \u00a0garant\u00eda, fideicomiso y servicio de los respectivos t\u00edtulos, cuando a ello \u00a0hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Definir las metas de endeudamiento interno a trav\u00e9s de la colocaci\u00f3n \u00a0de t\u00edtulos de deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n mediante captaciones convenidas y \u00a0obligatorias y coordinar con la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico las \u00a0correspondientes a subastas y las de endeudamiento externo de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Gestionar la captaci\u00f3n de recursos de competencia de la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional y definir, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n General \u00a0de Cr\u00e9dito P\u00fablico del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, las \u00a0condiciones de colocaci\u00f3n primaria de t\u00edtulos de deuda de la Naci\u00f3n bajo las \u00a0modalidades de convenida y obligatoria, cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Efectuar el control y seguimiento al cumplimiento de la inversi\u00f3n \u00a0obligatoria que las entidades p\u00fablicas del orden nacional deban realizar de \u00a0conformidad con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar la compra y venta de divisas e instrumentos del mercado \u00a0cambiario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Definir y realizar las operaciones de tesorer\u00eda que se consideren \u00a0necesarias para la consecuci\u00f3n de recursos que coadyuven al cumplimiento de los \u00a0objetivos de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Efectuar directamente o a trav\u00e9s de intermediarios especializados \u00a0autorizados, la colocaci\u00f3n de los excedentes de liquidez de la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional y de los recursos que \u00e9sta administre, teniendo en \u00a0cuenta, en todos los casos, los criterios de seguridad y solidez y su \u00a0realizaci\u00f3n en condiciones de mercado, con sujeci\u00f3n a las pol\u00edticas y \u00a0procedimientos que para tal efecto establezca esta Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En desarrollo de lo anterior, la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, \u00a0podr\u00e1 realizar las siguientes operaciones financieras: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1 En moneda nacional: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Compra y venta de t\u00edtulos valores emitidos por la Naci\u00f3n, el Banco de la \u00a0Rep\u00fablica, el Fondo de Garant\u00edas de Instituciones Financi eras y las entidades \u00a0sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria; compras con \u00a0pacto de retroventa con entidades p\u00fablicas, y con entidades financieras sujetas \u00a0al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, dentro de los cupos \u00a0que autorice el Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico; constituci\u00f3n de \u00a0dep\u00f3sitos remunerados y de inversiones financieras en entidades sujetas al \u00a0control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria; realizaci\u00f3n de \u00a0operaciones de cubrimiento de riesgos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2 En moneda extranjera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Compra y venta de t\u00edtulos valores emitidos por la Naci\u00f3n, as\u00ed como de \u00a0t\u00edtulos valores emitidos por otros gobiernos o tesorer\u00edas, incluidas las \u00a0compras con pacto de retroventa; compra de deuda de la Naci\u00f3n; constituci\u00f3n de \u00a0dep\u00f3sitos a t\u00e9rmino y compras de t\u00edtulos emitidos por entidades bancarias y \u00a0financieras y, con estricta sujeci\u00f3n a las disposiciones cambiarias, realizar \u00a0operaciones de cubrimiento tales como opciones y futuros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Otorgar cr\u00e9ditos de tesorer\u00eda previamente autorizados por el Ministro \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, en concordancia con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Aceptar el endoso o la transferencia a su favor de t\u00edtulos valores de \u00a0deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n para el pago de obligaciones de los \u00f3rganos p\u00fablicos \u00a0con el Tesoro de la Naci\u00f3n, con excepci\u00f3n de las de origen tributario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Ejercer la custodia de los t\u00edtulos representativos de la \u00a0participaci\u00f3n de la Naci\u00f3n en el capital social de entidades p\u00fablicas del orden \u00a0nacional y de t\u00edtulos valores f\u00edsicos a favor de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Velar por la transferencia de derechos representativos de t\u00edtulos \u00a0valores y el cumplimiento de las operaciones financieras pactadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Realizar las actividades relacionadas con la ejecuci\u00f3n de los \u00a0contratos de mutuo sobre cuentas inactivas celebrados entre la Naci\u00f3n y \u00a0entidades financieras en desarrollo de las disposiciones del art\u00edculo 36 del Decreto 2331 de 1998 \u00a0y las dem\u00e1s normas que lo modifiquen o adicionen y suministrar a la Direcci\u00f3n \u00a0General de Cr\u00e9dito P\u00fablico la informaci\u00f3n necesaria para el registro de la \u00a0deuda, la amortizaci\u00f3n y pago de intereses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Asignar a los \u00f3rganos ejecutores el programa anual mensualizado de \u00a0caja-PAC, cuando se trate de recursos del Presupuesto Nacional y efectuar su \u00a0administraci\u00f3n, con sujeci\u00f3n tanto a las metas financieras y a las aprobaciones \u00a0efectuadas por el Confis, como a las disponibilidades de recursos y a las \u00a0pol\u00edticas y procedimientos que para el efecto establezca la Direcci\u00f3n General \u00a0del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Evaluar y aprobar, con sujeci\u00f3n a los criterios definidos en el \u00a0numeral anterior, las modificaciones al PAC presentadas por los \u00f3rganos \u00a0ejecutores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Evaluar la ejecuci\u00f3n del PAC por parte de los \u00f3rganos ejecutores y \u00a0adoptar las acciones que se consideren convenientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Recaudar directamente, o a trav\u00e9s de tercero s, los recursos que \u00a0deban ingresar a la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, de acuerdo con las \u00a0normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Autorizar y solicitar la apertura de las cuentas que se requieran \u00a0para el recaudo y manejo de los recursos que deban ingresar a la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional, as\u00ed como disponer su cancelaci\u00f3n, con base en las \u00a0normas legales vigentes, e informar a los entes generadores de los ingresos las \u00a0cuentas en las que deben ser consignados los recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Autorizar y registrar, de conformidad con las normas legales \u00a0vigentes, las cuentas a trav\u00e9s de las cuales se manejen los recursos del \u00a0Presupuesto Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Realizar la situaci\u00f3n de fondos a los \u00f3rganos ejecutores del \u00a0Presupuesto Nacional o disponer su abono en las cuentas de los beneficiarios \u00a0finales, y efectuar otros pagos o giros en desarrollo de las funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, de acuerdo con las normas legales \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Evaluar, de conformidad con las normas legales vigentes, la \u00a0utilizaci\u00f3n por parte de los \u00f3rganos ejecutores del Presupuesto Nacional de los \u00a0recursos situados por esta Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Efectuar, de conformidad con las normas legales vigentes, la \u00a0devoluci\u00f3n de recursos y derechos representativos de t\u00edtulos valores que no \u00a0correspondan al Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Suministrar a los entes de control competentes, la relaci\u00f3n de los \u00a0\u00f3rganos ejecutores del Presupuesto Nacional que reintegren a la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional, recursos no ejecutados de vigencias anteriores, \u00a0con posterioridad a las fechas establecidas por las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Definir y administrar los riesgos asociados con las operaciones \u00a0financieras que realice la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional; crear las \u00a0metodolog\u00edas y disponer de las herramientas necesarias para la evaluaci\u00f3n y \u00a0calificaci\u00f3n de los riesgos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Adelantar los estudios que se consideren necesarios, crear las \u00a0metodolog\u00edas y disponer de las herramientas e informaci\u00f3n, para la adecuada \u00a0toma de decisiones en relaci\u00f3n con las operaciones financieras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>31. Emitir conceptos jur\u00eddicos y atender los asuntos legales relacionados \u00a0con las funciones y operaciones de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Unidad Jur\u00eddica Asesora o la dependencia que haga sus veces \u00a0en el Ministerio, cuando as\u00ed se requiera y, previa delegaci\u00f3n del Ministro de Hacienda \u00a0y Cr\u00e9dito P\u00fablico, atender las acciones, demandas y reclamaciones que se \u00a0presenten ante las autoridades competentes en representaci\u00f3n de los intereses \u00a0de la Naci\u00f3n, Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, por raz\u00f3n de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>32. Elaborar proyectos de ley, de decretos, de resoluciones y de los \u00a0dem\u00e1s actos administrativos que tengan relaci\u00f3n con el manejo de la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional en coordinaci\u00f3n con la Unidad Jur\u00eddica o la \u00a0dependencia que haga sus veces en el Ministerio, cuando as\u00ed se requiera, y \u00a0expedir los actos administrativos propios de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3 3. Acordar, proyectar los t\u00e9rminos y suscribir los convenios y \u00a0contratos relacionados con el manejo de los recursos del Tesoro Nacional, as\u00ed \u00a0como los dem\u00e1s que se requieran en desarrollo de las funciones asignadas a la \u00a0Direcci\u00f3n y efectuar su control y seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>34. Manejar flujos de caja que le permitan a la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional la toma de decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>35. Velar por el cumplimiento de las disposiciones y lineamientos de la \u00a0Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n, en lo relativo al manejo y registro contable \u00a0de las operaciones realizadas por la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y \u00a0producir los estados financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>36. Formular el plan estrat\u00e9gico de la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional, en concordancia con los objetivos y pol\u00edticas generales del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y efectuar su seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>37. Identificar y gestionar ante la Direcci\u00f3n Administrativa del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, las necesidades de adquisici\u00f3n de \u00a0bienes y servicios, de contrataci\u00f3n, de capacitaci\u00f3n y de novedades de personal \u00a0requeridas por la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>38. Identificar los grupos de trabajo necesarios para la organizaci\u00f3n interna \u00a0de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional; definir la conformaci\u00f3n de los \u00a0mismos y las funciones correspondientes y gestionar su implementaci\u00f3n ante las \u00a0instancias competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>39. Presentar al Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, a las entidades \u00a0y autoridades competentes, los informes que requieran respecto de la situaci\u00f3n \u00a0y manejo del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>40. Ejercer las dem\u00e1s funciones que el Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico y las disposiciones legales le asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. organizaci\u00f3n interna. \u00a0La Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico tendr\u00e1 la siguiente organizaci\u00f3n interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Subdirecci\u00f3n Operativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n de Programa Anual Mensualizado de Caja-PAC-Divisi\u00f3n de Cuentas \u00a0Corrientes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n de Giros Divisi\u00f3n de Caja \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Subdirecci\u00f3n de Riesgos y Apoyo a la Gesti\u00f3n Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Subdirecci\u00f3n Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n Mesa de Dinero \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n de Financiamiento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n de Apoyo Operativo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n de Programaci\u00f3n y Seguimiento Divisi\u00f3n de Contabilidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Subdirecci\u00f3n \u00a0Operativa. Corresponde a la Subdirecci\u00f3n Operativa de la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional el ejercicio de las siguientes funciones, en \u00a0concordancia con las normas legales vigentes y las pol\u00edticas y procedimientos \u00a0que para tal efecto se establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas, procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones de \u00a0la Direcci\u00f3n y, en especial, con las de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos \u00a0establecidos; recomendar y adoptar las modificaciones que se consideren \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, orientar y coordinar la asignaci\u00f3n y administraci\u00f3n del \u00a0Programa Anual Mensualizado de Caja-PAC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir, orientar, coordinar y realizar el estudio de las solicitudes \u00a0de modificaci\u00f3n al PAC presentadas por los \u00f3rganos ejecutores; emitir las \u00a0recomendaciones correspondientes, aprobar aquellas de su competencia y realizar \u00a0la evaluaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n del PAC por parte de los \u00f3rganos ejecutores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar y mantener actualizado el Manual de Tesorer\u00eda para la \u00a0administraci\u00f3n del PAC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir, orientar y coordinar el recaudo de los recursos que deban \u00a0ingresar a la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir y recomendar las condiciones para la apertura de las cuentas \u00a0que se requieran para el recaudo y manejo de los recursos que deban ingresar a \u00a0la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Velar por el suministro de la informaci\u00f3n relacionada con el \u00a0movimiento de las cuentas de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, para su \u00a0registro y conciliaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir, coordinar, implementar y controlar los procesos de apertura \u00a0y\/o cancelaci\u00f3n de las cuentas a trav\u00e9s de las cuales se recauden los recursos \u00a0que deban ingresar a la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir, orientar, coordinar e implementar los procesos de \u00a0autorizaci\u00f3n, registro y control de las cuentas a trav\u00e9s de las cuales los \u00a0\u00f3rganos ejecutores manejen los recursos situados por la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Remitir a las entidades financieras para su validaci\u00f3n, la \u00a0informaci\u00f3n sobre las cuentas de los beneficiarios finales reportadas por los \u00a0\u00f3rganos ejecutores a trav\u00e9s del Sistema Integrado de Informaci\u00f3n \u00a0Financiera-SIIF, e incluir en el mismo los resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar y mantener actualizados los manuales de tr\u00e1mites y \u00a0procedimientos que deben cumplir los \u00f3rganos ejecutores para la apertura y \u00a0terminaci\u00f3n de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar que el traslado de los recursos del Presupuesto Nacional se \u00a0realice en condiciones eficientes y seguras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Autorizar y controlar el traslado de recursos entre cuentas de la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Expedir a los organismos de control, instancias jurisdiccionales y, \u00a0cuando las pol\u00edticas de seguridad de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional \u00a0lo permitan, a o tros solicitantes, las certificaciones relacionadas con las \u00a0cuentas que la Direcci\u00f3n administra, autoriza o registra. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Autorizar en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 16 del Decreto 359 de 1995 \u00a0las condiciones financieras de los convenios que suscriban los \u00f3rganos \u00a0ejecutores del Presupuesto Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir, orientar, coordinar y autorizar la programaci\u00f3n y la \u00a0situaci\u00f3n de recursos para la ejecuci\u00f3n del Presupuesto Nacional, as\u00ed como los \u00a0dem\u00e1s pagos y giros que por competencia deba realizar la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dirigir, orientar, coordinar y realizar el proceso de evaluaci\u00f3n \u00a0sobre la utilizaci\u00f3n de los recursos situados a los \u00f3rganos ejecutores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Dirigir, orientar, coordinar y realizar la devoluci\u00f3n de recursos y \u00a0derechos representativos de t\u00edtulos valores que no correspondan al Tesoro \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Ejercer el control interno sobre las actividades de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Remitir al \u00e1rea competente la informaci\u00f3n y los documentos necesarios \u00a0para soportar las acciones judiciales o administrativas que se inicien ante las \u00a0autoridades competentes, en defensa de los intereses de la Naci\u00f3n, Ministerio \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, en lo relacionado con las funciones asignadas a \u00a0la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia de la \u00a0Subdirecci\u00f3n y velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico de la Subdirecci\u00f3n; \u00a0definir el plan de acci\u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n y evaluar \u00a0los resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Dirigir, orientar y coordinar la configuraci\u00f3n y mantenimiento \u00a0actualizado de bases de datos que contengan la informaci\u00f3n requerida para el \u00a0cumplimiento de las funciones de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos de los contratos y \u00a0convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias de la Subdirecci\u00f3n \u00a0y suministrar a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n \u00a0sobre tales aspectos, para los tr\u00e1mites a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Suministrar a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n y soportes documentarios para la \u00a0contabilizaci\u00f3n de las operaciones realizadas por la Subdirecci\u00f3n, as\u00ed como la \u00a0de los movimientos bancarios originados en las operaciones que realice la \u00a0Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Definir las necesidades de la Subdirecci\u00f3n a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0informes relacionados con las funciones a cargo de la Subdirecci\u00f3n que \u00a0requieran otras \u00e1reas de la Direcci\u00f3n y del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico y otros organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Divisi\u00f3n de \u00a0Programa Anual Mensualizado De Caja-PAC: Corresponde a la Divisi\u00f3n de \u00a0PAC de la Subdirecci\u00f3n Operativa de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional el \u00a0ejercicio de las siguientes funciones, en concordancia con las normas legales \u00a0vigentes y las pol\u00edticas y procedimientos que para tal efecto se establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas, procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones del \u00a0\u00e1rea y, en especial, con las de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos establecidos; \u00a0recomendar y aplicar las modificaciones que se consideren necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Gestionar ante las distintas instancias del Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico y del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n para el estudio y la asignaci\u00f3n del PAC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar la propuesta de distribuci\u00f3n del PAC b\u00e1sico, teniendo en \u00a0cuenta, entre otros, las metas anuales de pago establecidas por el Confis, y la \u00a0informaci\u00f3n suministrada por los \u00f3rganos ejecutores y el PAC que dejar\u00e1 a su \u00a0disposici\u00f3n la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional para ser distribuido \u00a0durante el transcurso de la vigencia fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar para su evaluaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n ante la instancia competente \u00a0de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, la propuesta de distribuci\u00f3n del \u00a0PAC b\u00e1sico y tramitar la formalizaci\u00f3n de la aprobaci\u00f3n respectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con la Subdirecci\u00f3n Operativa que los giros con cargo a \u00a0apropiaciones a ser ejecutadas como rezago, se realicen hasta por el monto \u00a0debidamente constituid o ante la Direcci\u00f3n General de Presupuesto P\u00fablico \u00a0Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Analizar y evaluar las modificaciones al PAC asignado a los \u00f3rganos \u00a0ejecutores, elaborar la respectiva propuesta de modificaci\u00f3n y presentarla para \u00a0su aprobaci\u00f3n ante la instancia competente de la Direcci\u00f3n; velar por su \u00a0formalizaci\u00f3n, registro y comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Velar que en el momento de la asignaci\u00f3n del PAC por objeto del gasto, \u00a0este no supere la respectiva apropiaci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Establecer los eventos en los que el PAC asignado por objeto del gasto \u00a0supere la apropiaci\u00f3n respectiva; ajustar el PAC a la apropiaci\u00f3n \u00a0correspondiente y coordinar con la Subdirecci\u00f3n Operativa la suspensi\u00f3n \u00a0temporal de nuevos giros a los \u00f3rganos ejecutores, hasta tanto estos efect\u00faen \u00a0el reintegro de los recursos, cuando el exceso de PAC frente a la apropiaci\u00f3n \u00a0haya sido girado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Velar, en coordinaci\u00f3n con la Divisi\u00f3n de Giros de la Subdirecci\u00f3n \u00a0Operativa de la Direcci\u00f3n, porque los recursos girados en exceso por objeto del \u00a0gasto sean reintegrados oportunamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Definir y efectuar los movimientos de las metas de pago entre objetos \u00a0de gasto e informar a las instancias competentes del Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Informar a las Subdirecciones Financiera, Operativa y de Planeaci\u00f3n \u00a0el PAC asignado a los \u00f3rganos ejecutores, cuya ejecuci\u00f3n se realizar\u00e1 con cargo \u00a0a los recursos de los Fondos Administrados por la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional; hacer seguimiento y efectuar los ajustes respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Prestar asesor\u00eda a los \u00f3rganos ejecutores relacionada con el PAC, as\u00ed \u00a0como atender las consultas y requerimientos relacionadas con el manejo del \u00a0mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Elaborar y mantener actualizado el Manual de Tesorer\u00eda para la \u00a0administraci\u00f3n del PAC; divulgarlo a los \u00f3rganos ejecutores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Ejercer el control interno sobre las actividades del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia de la \u00a0Subdirecci\u00f3n y velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico de la Subdirecci\u00f3n; \u00a0definir el plan de acci\u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n y evaluar \u00a0los resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dirigir, orientar y coordinar la configuraci\u00f3n y mantenimiento actualizado \u00a0de bases de datos que contengan la informaci\u00f3n requerida para el cumplimiento \u00a0de las funciones del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos de los contratos y \u00a0convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias del \u00e1rea y suministrar \u00a0a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n sobre tales \u00a0aspectos, para los tr\u00e1mites a que h aya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Suministrar a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n y soportes documentarios para la \u00a0contabilizaci\u00f3n de las operaciones realizadas por el \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Definir las necesidades del \u00e1rea a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0informes relacionados con las funciones a cargo del \u00e1rea que requieran las \u00a0dem\u00e1s \u00e1reas de la Direcci\u00f3n y del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y \u00a0otros organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Divisi\u00f3n de Cuentas \u00a0Corrientes. Corresponde a la Divisi\u00f3n de Cuentas Corrientes de la \u00a0Subdirecci\u00f3n Operativa de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional el ejercicio \u00a0de las siguientes funciones, en concordancia con las normas legales vigentes y \u00a0las pol\u00edticas y procedimientos que para tal efecto se establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas, procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones del \u00a0\u00e1rea y, en especial, con las de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos \u00a0establecidos; recomendar y aplicar las modificaciones que se consideren \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Identificar y someter a consideraci\u00f3n de la Subdirecci\u00f3n Operativa los \u00a0bancos comerciales en los cuales la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional \u00a0podr\u00eda autorizar la apertura de cuentas corrientes a las entidades ejecutoras \u00a0del Presupuesto Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar los diferentes componentes de la calificaci\u00f3n de los \u00a0establecimientos financieros a trav\u00e9s de los cuales los \u00f3rganos ejecutores \u00a0manejan los recursos del presupuesto; recomendar los ajustes metodol\u00f3gicos y \u00a0realizar su implementaci\u00f3n previa la aprobaci\u00f3n de la Subdirecci\u00f3n Operativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Confirmar con los establecimientos financieros la informaci\u00f3n b\u00e1sica \u00a0de las cuentas en proceso de apertura y cancelaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar seguimiento a los resultados de la validaci\u00f3n electr\u00f3nica remitida \u00a0por los establecimientos financieros, en relaci\u00f3n con las nuevas cuentas \u00a0autorizadas, registradas o administradas por la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional y desarrollar las acciones que de ello se deriven. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Conformar, la base de datos de las cuentas exentas de impuestos e \u00a0informarlas a los establecimientos financieros para su identificaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Estudiar las solicitudes de sustituci\u00f3n de cuentas; formular las \u00a0recomendaciones correspondientes a la Subdirecci\u00f3n Operativa y adelantar las \u00a0acciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar las soli citudes presentadas por los \u00f3rganos ejecutores \u00a0relacionadas con el n\u00famero de d\u00edas de reciprocidad por la prestaci\u00f3n de \u00a0servicios bancarios, en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 16 del Decreto 359 de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Evaluar la metodolog\u00eda existente para los efectos del numeral \u00a0anterior y recomendar a la Subdirecci\u00f3n Operativa los ajustes correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Velar que los establecimientos financieros en los cuales los \u00f3rganos \u00a0ejecutores tienen cuentas corrientes autorizadas por la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional, cumplan con la remisi\u00f3n de la informaci\u00f3n establecida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Generar la informaci\u00f3n relacionada con los indicadores de ejecuci\u00f3n \u00a0de los recursos situados a los \u00f3rganos ejecutores; analizar los resultados y \u00a0recomendar a la Subdirecci\u00f3n Operativa las acciones a seguir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Suministrar a las \u00e1reas competentes de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional y a las entidades ejecutoras los resultados de la evaluaci\u00f3n de \u00a0los indicadores de ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Reportar a los entes de control aquellos \u00f3rganos que, de acuerdo con \u00a0los par\u00e1metros establecidos por la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, \u00a0presenten baja ejecuci\u00f3n de los recursos del Presupuesto Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Elaborar y mantener actualizado el Manual de Procedimientos y \u00a0Tr\u00e1mites para Apertura Terminaci\u00f3n-Sustituci\u00f3n de cuentas; recomendar y \u00a0presentar a consideraci\u00f3n de la Subdirecci\u00f3n Operativa los ajustes al mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Ejercer el control interno sobre las actividades del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia de la \u00a0Subdirecci\u00f3n y velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico del \u00e1rea; definir el \u00a0plan de acci\u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n; evaluar los resultados \u00a0y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Dirigir, orientar y coordinar la configuraci\u00f3n y mantenimiento \u00a0actualizado de bases de datos que contengan la informaci\u00f3n requerida para el \u00a0cumplimiento de las funciones del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos de los contratos y \u00a0convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias del \u00e1rea y \u00a0suministrar a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n \u00a0sobre tales aspectos, para los tr\u00e1mites a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Suministrar a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n y soportes documentarios para la \u00a0contabilizaci\u00f3n de las operaciones realizadas por el \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Definir las necesidades del \u00e1rea a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0informes relacionados con las funciones a cargo del \u00e1rea que requieran las \u00a0dem\u00e1s \u00e1reas de la Direcci\u00f3n y del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y \u00a0otros organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Divisi\u00f3n de Giros. \u00a0Corresponde a la Divisi\u00f3n de Giros de la Subdirecci\u00f3n Operativa de la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional el ejercicio de las siguientes funciones, en \u00a0concordancia con las normas legales vigentes y las pol\u00edticas y procedimientos \u00a0que para tal efecto se establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas, procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones del \u00a0\u00e1rea y, en especial, con las de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos \u00a0establecidos; recomendar y aplicar las modificaciones que se consideren \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Analizar y aprobar a los \u00f3rganos ejecutores que operan en l\u00ednea el \u00a0Sistema Integrado de Informaci\u00f3n Financiera, SIIF, los cupos diarios de pago. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Velar porque los \u00f3rganos ejecutores remitan la informaci\u00f3n relacionada \u00a0con la proyecci\u00f3n diaria mensualizada de giros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Identificar las fechas l\u00edmites en que deben estar disponibles los \u00a0recursos en moneda nacional y extranjera para el pago de la deuda interna y \u00a0externa y de otras obligaciones a cargo de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar la proyecci\u00f3n diaria mensual de situaci\u00f3n de recursos en \u00a0moneda nacional y extranjera; someterla a consideraci\u00f3n de la Subdirecci\u00f3n \u00a0Operativa y realizar los ajustes a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Solicitar a la Subdirecci\u00f3n Financiera la compra de las divisas \u00a0requeridas para el pago del servicio de la deuda y de otras obligaciones a \u00a0cargo de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Efectuar seguimiento diario a la programaci\u00f3n de desembolsos de \u00a0recursos de fuente espec\u00edfica e informar a la Subdirecci\u00f3n Financiera, de \u00a0acuerdo con la solicitud de giro de los \u00f3rganos ejecutores, la disponibilidad \u00a0de tales recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Determinar diariamente la consistencia de las \u00f3rdenes de pago frente \u00a0al valor proyectado y, en concordancia con la disponibilidad de recursos, \u00a0realizar los ajustes a que haya lugar e informar a las \u00e1reas competentes los cambios \u00a0presentados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Generar las \u00f3rdenes de pago que, por procedimiento interno y del \u00a0Sistema Integrado de Informaci\u00f3n Financiera, SIIF, le corresponda realizar a la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar las actividades que deben ser cumplidas previa la \u00a0autorizaci\u00f3n de giro por parte de la Subdirecci\u00f3n Operativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar las claves que en el proceso de situaci\u00f3n de recursos sean \u00a0de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar, en coordinaci\u00f3n con la Divisi\u00f3n de Caja, por la recepci\u00f3n de \u00a0la informaci\u00f3n relacionada con la devoluci\u00f3n de recursos originados en pagos no \u00a0exitosos y reprogramar su respectivo giro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Identificar diariamente los cupos de recursos solicitados que no son \u00a0utilizados por los \u00f3rganos ejecutores y efectuar los ajustes a la proyecci\u00f3n \u00a0diaria mensualizada de giros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar y efectuar seguimiento, a los procesos establecidos para la \u00a0identificaci\u00f3n y registro de reintegros, provenientes de los recursos girados \u00a0por la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y no ejecutados por las entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Proporcionar a los \u00f3rganos ejecutores a trav\u00e9s del sistema SIIF la \u00a0informaci\u00f3n de los reintegros realizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar con la Divisi\u00f3n de PAC de la Subdirecci\u00f3n Operativa de la \u00a0Direcci\u00f3n que los giros con cargo a apropiaciones a ser ejecutadas como rezago, \u00a0se realicen hasta por el monto debidamente constituido ante la Direcci\u00f3n \u00a0General de Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Velar, en coordinaci\u00f3n con la Divisi\u00f3n de PAC de la Subdirecci\u00f3n \u00a0Operativa de la Direcci\u00f3n, que los recursos girados en exceso por objeto del \u00a0gasto sean reintegrados oportunamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Realizar la suspensi\u00f3n temporal de los giros a los \u00f3rganos ejecutores \u00a0hasta tanto se produzca el reintegro, por concepto de gasto, de los recursos girados \u00a0en exceso al valor de la apropiaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Ejercer el control interno sobre las actividades del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia del \u00e1rea y \u00a0velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico del \u00e1rea; definir el \u00a0plan de acci\u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n; evaluar los resultados \u00a0y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Dirigir, orientar y coordinar la configuraci\u00f3n y mantenimiento \u00a0actualizado de bases de datos que contengan la informaci\u00f3n requerida para el \u00a0cum plimiento de las funciones del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos de los contratos y \u00a0convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias del \u00e1rea y \u00a0suministrar a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n sobre \u00a0tales aspectos, para los tr\u00e1mites a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Suministrar a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n y soportes documentarios para la \u00a0contabilizaci\u00f3n de las operaciones realizadas por el \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Definir las necesidades del \u00e1rea a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0informes relacionados con las funciones a cargo del \u00e1rea que requieran las \u00a0dem\u00e1s \u00e1reas de la Direcci\u00f3n y del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y otros \u00a0organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Divisi\u00f3n de Caja. \u00a0Corresponde a la Divisi\u00f3n de Caja . de la Subdirecci\u00f3n Operativa de la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional el ejercicio de las siguientes funciones, \u00a0en concordancia con las normas legales vigentes y las pol\u00edticas y \u00a0procedimientos que para tal efecto se establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas, procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones del \u00a0\u00e1rea y, en especial, con las de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos \u00a0establecidos; recomendar y aplicar las modificaciones que se consideren \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Identificar en la ley anual de presupuesto los recursos susceptibles \u00a0de ingresar a la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Validar, en coordinaci\u00f3n con las entidades generadoras de los \u00a0ingresos, la vigencia de las condiciones de recaudo que tengan relaci\u00f3n con las \u00a0funciones de \u00e9sta Direcci\u00f3n; presentar a la Subdirecci\u00f3n Operativa las \u00a0recomendaciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Identificar los nuevos recursos a recaudar y definir en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y las entidades generadoras del ingreso, las \u00a0condiciones y caracter\u00edsticas del \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>recaudo, as\u00ed como la informaci\u00f3n necesaria para su control y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>registro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Suministrar a las \u00e1reas competentes de la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional informaci\u00f3n sobre nuevos recursos a recaudar cuando, de acuerdo con \u00a0las normas legales, no les sea aplicable el principio de unidad de caja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y realizar el proceso de selecci\u00f3n de las entidades \u00a0financieras a trav\u00e9s de las cuales se recauden los ingresos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Evaluar las propuestas de las entidades financieras interesadas en el \u00a0recaudo de los ingresos; presentar a consideraci\u00f3n de la Subdirecci\u00f3n Operativa \u00a0los resultados y las recomendaciones y adelantar las acciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Definir, en coordinaci\u00f3n con la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n, los par\u00e1metros contables para el \u00a0registro de las cuentas en el Sistema Integrado de Informaci\u00f3n Financiera, \u00a0SIIF. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Informar a las entidades generadoras de los ingresos, para su \u00a0correspondiente divulgaci\u00f3n, las caracter\u00edsticas de las cuentas que la \u00a0Direcci\u00f3n General, del Tesoro Nacional ha dispuesto para los recaudos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Efectuar con la periodicidad que se defina la validaci\u00f3n de los datos \u00a0b\u00e1sicos de las cuentas administradas por la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional, incluidas en el Sistema Integrado de Informaci\u00f3n Financiera, SIIF, \u00a0con los existentes en la base de datos de la Divisi\u00f3n de Cuentas Corrientes; \u00a0informar a la Subdirecci\u00f3n Operativa las inconsistencias y desarrollar las \u00a0acciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Efectuar seguimiento para identificar las cuentas corrientes u otras \u00a0que se encuentren en estado inactivo y adelantar las acciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar por el cumplimiento por parte de las entidades financieras, de \u00a0las condiciones establecidas por la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional para \u00a0el manejo de las cuentas corrientes u otras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Determinar diariamente la disponibilidad de recursos en las cuentas \u00a0de fuente espec\u00edfica e informar a la Divisi\u00f3n de Giros de la Subdirecci\u00f3n \u00a0Operativa de la Direcci\u00f3n para que adelante las acciones de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Realizar el traslado de recursos entre las cuentas corrientes u otras \u00a0de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Adelantar las acciones de su competencia relacionadas con el giro de \u00a0los recursos, previa la validaci\u00f3n de la informaci\u00f3n correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Realizar el pago de las operaciones pactadas por la Subdirecci\u00f3n \u00a0Financiera, cuando no aplique u opere la compensaci\u00f3n autom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Presentar diariamente a la Subdirecci\u00f3n Operativa el informe de \u00a0gesti\u00f3n de pagos con el detalle que se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Identificar diariamente la devoluci\u00f3n de recursos originados en pagos \u00a0no exitosos de giros efectuados; informar a la Subdirecci\u00f3n Operativa y \u00a0procesar en el Sistema de Informaci\u00f3n Financiera, SIIF, las respectivas \u00a0novedades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Efectuar seguimiento diario a los movimientos de las cuentas \u00a0corrientes u otras de la Direcci\u00f3n General de Tesoro Nacional; identificar, \u00a0informar. y adelantar las acciones necesarias respecto de los movimientos \u00a0d\u00e9bito no autorizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Enviar diariamente a las entidades financieras la informaci\u00f3n \u00a0relacionada con la prenotificaci\u00f3n de cuentas corrientes u otras para su \u00a0validaci\u00f3n y registrar en el Sistema Integrado de Informaci\u00f3n Financiera, SIIF, \u00a0las novedades reportadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Presentar a la instancia competente para su aprobaci\u00f3n, las \u00a0solicitudes de devoluci\u00f3n de recursos y derechos que no le corresponden a la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y efectuar los pagos correspondientes, \u00a0previo el cumplimiento de los requisitos establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Velar porque los establecimientos financieros suministren \u00a0oportunamente la informaci\u00f3n relacionada con los movimientos de las cuentas \u00a0corrientes u otras que administra la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Registrar en el sistema contable los movimientos de las cuentas \u00a0corrientes u otras que administra la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Velar que el reintegro de los recursos debitados sin autorizaci\u00f3n, de \u00a0las cuentas corrientes u otras que administra la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional, sea realizado oportunamente por parte de las entidades financieras y \u00a0adelantar las acciones requeridas para tal efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Suministrar a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n, la informaci\u00f3n y soportes documentarios \u00a0relacionados con los movimientos bancarios de las cuentas corrientes u otras \u00a0que administra la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Velar que las partidas de conciliaci\u00f3n bancaria se depuren dentro de \u00a0los t\u00e9rminos establecidos por la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Ejercer el control interno sobre las actividades del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia del \u00e1rea y \u00a0velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico del \u00e1rea; definir el \u00a0plan de acci\u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n; evaluar los resultados \u00a0y velar por su, cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>31. Dirigir, orientar y coordinar la configuraci\u00f3n y mantenimiento actual \u00a0izado de bases de datos que contengan la informaci\u00f3n requerida para el cumplimiento \u00a0de las funciones del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>32. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos de los contratos y \u00a0convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias del \u00e1rea y \u00a0suministrar a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n \u00a0sobre tales aspectos, para los tr\u00e1mites a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>33. Definir las necesidades del \u00e1rea a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>34. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0informes relacionados con las funciones a cargo del \u00e1rea que requieran otras \u00a0\u00e1reas de la Direcci\u00f3n o del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y otros \u00a0organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>35. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Subdirecci\u00f3n de \u00a0riesgos y apoyo a la gesti\u00f3n financiera. Corresponde a la Subdirecci\u00f3n \u00a0de Riesgo y Apoyo a la Gesti\u00f3n Financiera de la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional el ejercicio de las siguientes funciones, en concordancia con las \u00a0normas legales vigentes y las pol\u00edticas y procedimientos que para tal efecto se \u00a0establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas, procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones de \u00a0la Direcci\u00f3n y, en especial, con las de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos \u00a0establecidos; recomendar y adoptar las modificaciones que se consideren necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar los estudios para la determinaci\u00f3n y limitaci\u00f3n de los \u00a0riesgos asociados con las operaciones financieras de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional y formular recomendaciones para su control y manejo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Suministrar a la Subdirecci\u00f3n Financiera herramientas, informaci\u00f3n y \u00a0par\u00e1metros para el control y manejo de los riesgos asociados con las \u00a0operaciones financieras que realice la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar la evaluaci\u00f3n de las metodolog\u00edas existentes para el an\u00e1lisis \u00a0de los riesgos en las operaciones financieras; recomendar y efectuar los \u00a0ajustes que se consideren necesarios; dise\u00f1ar e implementar nuevas \u00a0metodolog\u00edas, cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar las pol\u00edticas y estrategias existentes y recomendar nuevas \u00a0l\u00edneas de acci\u00f3n para la realizaci\u00f3n de las operaciones financieras de la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Realizar estudios y desarrollar metodolog\u00edas para proyectar el \u00a0comportamiento de las tasas de inter\u00e9s del mercado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar estudios y desarrollar metodolog\u00edas para la definici\u00f3n, \u00a0control y seguimiento de las tasas de inter\u00e9s y portafolios de referencia; \u00a0efectuar las recomendaciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar estudios, desarrollar metodolog\u00edas y efectuar recomendaciones \u00a0para la oportuna toma de decisiones en relaci\u00f3n con los portafolios de \u00a0inversi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Realizar con la periodicidad que se requiera, an\u00e1lisis fundamental y \u00a0t\u00e9cnico sobre t\u00edtulos valores, divisas y dem\u00e1s instrumentos de los mercados \u00a0financiero, monetario y cambiario, que se consideren pertinentes, y efectuar \u00a0las recomendaciones respectivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar estudios y formular recomendaciones sobre la oportunidad y \u00a0conveniencia de la compra y venta de divisas e instrumentos del mercado \u00a0cambiario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Realizar estudios, desarrollar metodolog\u00edas y formular \u00a0recomendaciones respecto de las tasas m\u00ednimas de negociaci\u00f3n y otras \u00a0condiciones de las operaciones financieras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Evaluar la gesti\u00f3n del \u00e1rea financiera y el cumplimiento de las \u00a0respectivas pol\u00edticas; formular las recomendaciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Realizar estudios de mercados y tipos de operaciones financieras \u00a0potenciales en los que pueda incursionar la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional; formular las recomendaciones respectivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Efectuar seguimiento al comportamiento de las negociaciones en los \u00a0sistemas transaccionales, en particular a los vol\u00famenes y condiciones de \u00a0negociaci\u00f3n, con el objeto de formular recomendaciones y definir par\u00e1metros \u00a0para la participaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional en los \u00a0mismos, as\u00ed como dise\u00f1ar y recomendar estrategias de negociaci\u00f3n a trav\u00e9s de \u00a0dichos sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Formular recomendaciones sobre las caracter\u00edsticas y funcionamiento \u00a0de las subastas que utilice la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, en la \u00a0realizaci\u00f3n de las operaciones financieras y sugerir los ajustes que se \u00a0consideren pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Recopilar estad\u00edsticas y organizar bases de datos con informaci\u00f3n \u00a0sobre el comportamiento y evoluci\u00f3n de los mercados, indicadores econ\u00f3micos y \u00a0la dem\u00e1s requerida para el cumplimiento de las funciones de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejercer el control interno sobre las actividades de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Remitir al \u00e1rea competente la informaci\u00f3n y los documentos necesarios \u00a0para soportar las acciones judiciales o administrativas que se inicien ante las \u00a0autoridades competentes, en defensa de los intereses de la Naci\u00f3n-Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, en lo relacionado con las funciones asignadas a la \u00a0Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia de la \u00a0Subdirecci\u00f3n y velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico del \u00e1rea; definir el \u00a0plan de acci \u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n; evaluar los \u00a0resultados y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos de los contratos y \u00a0convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias de la Subdirecci\u00f3n \u00a0y suministrar a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n \u00a0sobre tales aspectos, para los tr\u00e1mites a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Suministrar a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n y soportes documentarios para la \u00a0contabilizaci\u00f3n de las operaciones realizadas por la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Definir las necesidades de la Subdirecci\u00f3n a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0informes relacionados con las funciones a cargo de la subdirecci\u00f3n que \u00a0requieran otras \u00e1reas de la Direcci\u00f3n y del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico y otros organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Subdirecci\u00f3n \u00a0Financiera. Corresponde a la Subdirecci\u00f3n Financiera de la Direcci\u00f3n General \u00a0del Tesoro Nacional el ejercicio de las siguientes funciones, en concordancia \u00a0con las normas legales vigentes y las pol\u00edticas y procedimientos que para tal \u00a0efecto se establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, programas, \u00a0procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n y, en especial, con las de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos \u00a0establecidos; recomendar y adoptar las modificaciones que se consideren \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, orientar y coordinar la definici\u00f3n de los aspectos t\u00e9cnicos \u00a0de los contratos para el agenciamiento, colocaci\u00f3n, garant\u00eda, fideicomiso y \u00a0servicio de los t\u00edtulos de deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n con plazo menor de un a\u00f1o \u00a0y de los propios del manejo del Tesoro Nacional; realizar control y seguimiento \u00a0a la ejecuci\u00f3n de tales contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir, orientar, coordinar y supervisar la emisi\u00f3n de bonos, pagar\u00e9s \u00a0y dem\u00e1s t\u00edtulos valores de deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Evaluar y recomendar las condiciones financieras y de colocaci\u00f3n de \u00a0t\u00edtulos valores de deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n con plazo menor de un a\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir, orientar y coordinar la obtenci\u00f3n de informaci\u00f3n sobre las \u00a0metas de endeudamiento externo de la Naci\u00f3n, los ajustes a que haya lugar y la \u00a0relacionada con el desembolso de los recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y orientar l a definici\u00f3n de las metas de endeudamiento \u00a0interno a trav\u00e9s de t\u00edtulos de deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n, mediante \u00a0colocaciones convenidas y obligatorias, y coordinar con la Direcci\u00f3n General de \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico lo relacionado con \u00a0las colocaciones a trav\u00e9s de subastas; acordar y solicitar los ajustes a que \u00a0haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir, orientar y coordinar la colocaci\u00f3n de t\u00edtulos de deuda \u00a0p\u00fablica de la Naci\u00f3n a trav\u00e9s de operaciones convenidas y, en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico, del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, establecer las condiciones de las mismas, cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir, orientar y coordinar el control y seguimiento al cumplimiento \u00a0de las inversiones obligatorias por parte de las entidades p\u00fablicas del orden \u00a0nacional, as\u00ed como al cumplimiento de las disposiciones reglamentarias de tales \u00a0inversiones por parte de las entidades obligadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir, orientar y coordinar la realizaci\u00f3n de las operaciones de \u00a0tesorer\u00eda tendientes a la consecuci\u00f3n de recursos para el cumplimiento de los \u00a0objetivos del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir, orientar y coordinar la colocaci\u00f3n de los excedentes de \u00a0liquidez de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y de los recursos que \u00e9sta \u00a0administre, en las operaciones autorizadas a la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Velar por el cumplimiento de las obligaciones contra\u00eddas por la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional con las contrapartes, en desarrollo de \u00a0las operaciones financieras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir, orientar, coordinar y realizar el manejo en portafolios \u00a0independientes de los recursos del Presupuesto Nacional, de conformidad con las \u00a0disposiciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir, orientar y coordinar el registro de las operaciones \u00a0financieras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional en el sistema de \u00a0administraci\u00f3n de portafolio y en los dem\u00e1s sistemas y herramientas de la \u00a0Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dirigir, orientar y coordinar la utilizaci\u00f3n transitoria de los \u00a0recursos y de los t\u00edtulos valores que administra la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir, orientar y coordinar las actividades relacionadas con los \u00a0cr\u00e9ditos de tesorer\u00eda otorgados por la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir, orientar y coordinar la ejecuci\u00f3n de los contratos de mutuo \u00a0celebrados en desarrollo de las disposiciones del art\u00edculo 36 del Decreto 2331 de 1998, \u00a0y las dem\u00e1s normas que lo modifiquen o adicionen; y el suministro a la \u00a0Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico de la informaci\u00f3n para el registro de la \u00a0deuda, la amortizaci\u00f3n y pago de intereses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dirigir, orientar y coordinar la compra y venta de divisas e \u00a0instrumentos del mercado cambiario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Dirigir, orientar y coordinar el control, y seguimiento al recaudo de \u00a0ingresos derivados de las obligaciones contra\u00eddas por las entidades contraparte \u00a0de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional en desarrollo de las operaciones \u00a0financieras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Velar que los movimientos de derechos en las cuentas de la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional en los dep\u00f3sitos centralizados de valores se \u00a0realicen con seguridad y que la informaci\u00f3n . suministrada por \u00e9stos tenga el \u00a0nivel de detalle requerido para su registro y conciliaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Dirigir, orientar y coordinar el manejo de t\u00edtulos valores f\u00edsicos a \u00a0la orden de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y de los t\u00edtulos valores \u00a0f\u00edsicos representativos de la participaci\u00f3n de la Naci\u00f3n en el capital social \u00a0de entidades p\u00fablicas del orden nacional y organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Coordinar y realizar las acciones para el endoso o la transferencia \u00a0de derechos a favor de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional de t\u00edtulos \u00a0valores de deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n para el pago de obligaciones de los \u00a0\u00f3rganos p\u00fablicos con el Tesoro de la Naci\u00f3n, con excepci\u00f3n de las de origen \u00a0tributario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Dirigir, coordinar y supervisar la expedici\u00f3n de t\u00edtulos valores de \u00a0deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n propios del manejo del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Ejercer el control interno sobre las actividades de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Remitir al \u00e1rea competente la informaci\u00f3n y los documentos necesarios \u00a0para soportar las acciones judiciales o administrativas que se inicien ante las \u00a0autoridades competentes, en defensa de los intereses de la Naci\u00f3n-Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, en lo relacionado con las funciones asignadas a la \u00a0Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia de la \u00a0Subdirecci\u00f3n y velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico del \u00e1rea; definir el plan \u00a0de acci\u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n; evaluar los resultados y \u00a0velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Dirigir, orientar y coordinar la configuraci\u00f3n y mantenimiento \u00a0actualizado de bases de datos que contengan la informaci\u00f3n requerida para el \u00a0cumplimiento de las funciones de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos de los contratos y \u00a0convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias de la Subdirecci\u00f3n \u00a0y suministrar a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n \u00a0sobre tales aspectos, para los tr\u00e1mites a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Suministrar a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n y soportes documentarios para la \u00a0contabilizaci\u00f3n de las operaciones realizadas por la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>31. Definir las necesidades de la Subdirecci\u00f3n a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>32. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0informes relacionados con las funciones a cargo de la subdirecci\u00f3n que \u00a0requieran otras \u00e1reas de la Direcci\u00f3n y del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico y otros organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>33. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Divisi\u00f3n Mesa de \u00a0Dinero, Corresponde a la Divisi\u00f3n Mesa de Dinero de la Subdirecci\u00f3n \u00a0Financiera de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional el ejercicio de las \u00a0siguientes funciones, en concordancia con las normas legales vigentes y las \u00a0pol\u00edticas y procedimientos que para tal efecto se establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas, procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones \u00a0del, \u00e1rea y, en especial, con las de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos \u00a0establecidos; recomendar y aplicar las modificaciones que se consideren \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Efectuar seguimiento diario a las condiciones de los mercados \u00a0financieros, monetarios y cambiarios nacional e internacional, para la toma de \u00a0decisiones en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Determinar diariamente, en coordinaci\u00f3n con la Divisi\u00f3n de Apoyo \u00a0Operativo de la Subdirecci\u00f3n Financiera y la Divisi\u00f3n de Programaci\u00f3n y \u00a0Seguimiento de la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n, las \u00a0disponibilidades de liquidez en moneda nacional y en moneda extranjera de la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y de cada uno de los fondos administrados \u00a0por \u00e9sta, susceptibles de ser invertidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Determinar diariamente, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n \u00a0Financiera, las estrategias de colocaci\u00f3n, los perfiles de las inversiones, las \u00a0tasas m\u00ednimas de negociaci\u00f3n y los tipos de operaciones, entre otros, que debe \u00a0realizar la Mesa de Dinero en relaci\u00f3n con el manejo de los excedentes de \u00a0liquidez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Informar a la Subdirecci\u00f3n Financiera sobre los hechos o \u00a0comportamientos de los mercados que puedan generar mayor riesgo para la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional que se traduzcan en cambios de las \u00a0pol\u00edticas y en las condiciones de negociaci\u00f3n de la Mesa de Dinero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Realizar la colocaci\u00f3n de los excedentes de liquidez en moneda \u00a0nacional y moneda extranjera de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y de \u00a0los fondos administrados por \u00e9sta, en las operaciones y dentro de los \u00a0par\u00e1metros previamente acordados con la Subdirecci\u00f3n Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n Financiera, la inversi\u00f3n \u00a0en t\u00edtulos de deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n de mercado primario, de los excedentes \u00a0de liquidez de los fondos administrados por la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional, cuando a ello haya lugar; informar a las Divisiones de Financiamiento \u00a0y de Apoyo Operativo para lo de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Determinar, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n Financiera, las \u00a0estrategias para la realizaci\u00f3n de las operaciones de tesorer\u00eda tendientes a la \u00a0consecuci\u00f3n de recursos para el cumplimiento de los objetivos del Tesoro \u00a0Nacional; los plazos, modalidades de operaci\u00f3n, tasas m\u00e1ximas de negociaci\u00f3n y \u00a0la oportunidad de su realizaci\u00f3n; llevar a cabo las negociaciones a que haya \u00a0lugar; informar a las Divisiones de Financiamiento y de Apoyo Operativo para lo \u00a0de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Definir, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n Financiera, la \u00a0oportunidad de la cancelaci\u00f3n anticipada de los pr\u00e9stamos transitorios a la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional con recursos de los fondos administrados \u00a0por \u00e9sta; informar a las Divisiones de Financiamiento y de Apoyo Operativo para \u00a0lo de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Definir en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n Financiera, la \u00a0conveniencia y oportunidad de la participaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional en operaciones de mercado abierto y la constituci\u00f3n de \u00a0dep\u00f3sitos remunerados en el Banco de la Rep\u00fablica; recomendar las condiciones \u00a0b\u00e1sicas de negociaci\u00f3n, cuando a ello haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Establecer, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n Financiera, las \u00a0estrategias de mercado y los par\u00e1metros de negociaci\u00f3n de divisas e \u00a0instrumentos del mercado cambiario dom\u00e9stico y de divisas distintas de d\u00f3lares \u00a0americanos; realizar las operaciones de compra y venta a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar por el cumplimiento de las operaciones pactadas por la Divisi\u00f3n \u00a0Mesa de Dinero de la Subdirecci\u00f3n Financiera y coordinar con la Divisi\u00f3n de \u00a0Apoyo Operativo de la misma Subdirecci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la implementaci\u00f3n de \u00a0las acciones requeridas para tal fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Elaborar diariamente un informe sobre el entorno y comportamiento de \u00a0los mercados, en los que la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional haya \u00a0participado, as\u00ed como sobre la gesti\u00f3n de la Mesa de Dinero y los dem\u00e1s \u00a0aspectos que se consideren relevantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Solicitar a la Subdirecci\u00f3n de Riesgos y Apoyo a la Gesti\u00f3n \u00a0Financiera el suministro de informaci\u00f3n e indicadores y la realizaci\u00f3n de los \u00a0estudios y an\u00e1lisis que se requieran para la toma de decisiones; evaluar las \u00a0recomendaciones formuladas y sugerir a la Subdirecci\u00f3n Financiera las acciones \u00a0a seguir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Ejercer el control interno sobre las actividades del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia del \u00e1rea y \u00a0velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico del \u00e1rea; definir el \u00a0plan de acci\u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n; evaluar los resultados \u00a0y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Dirigir, orientar y coordinar la configuraci\u00f3n y mantenimiento \u00a0actualizado de bases de datos que contengan la informaci\u00f3n requerida para el \u00a0cumplimiento de las funciones de l \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos de los contratos y \u00a0convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias del \u00e1rea y \u00a0suministrar a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Subdirecci\u00f3n la informaci\u00f3n \u00a0sobre tales aspectos, para los tr\u00e1mites a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Suministrar a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n y soportes documentarios para la \u00a0contabilizaci\u00f3n de las operaciones realizadas por el \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Definir las necesidades del \u00e1rea a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0informes relacionados con las funciones a cargo del \u00e1rea que requieran otras \u00a0\u00e1reas del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y otros organismos del \u00a0Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Divisi\u00f3n de \u00a0Financiamiento. Corresponde a la Divisi\u00f3n de Financiamiento de la \u00a0Subdirecci\u00f3n Financiera de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional el \u00a0ejercicio de las siguientes funciones, en concordancia con las normas legales \u00a0vigentes y las pol\u00edticas y procedimientos que para tal efecto se establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1 Asesorar al Subdirector en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas, procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones del \u00a0\u00e1rea y, en especial, con las de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos \u00a0establecidos; recomendar y aplicar las modificaciones que se consideren \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Obtener informaci\u00f3n sobre las metas anuales de endeudamiento externo \u00a0de la Naci\u00f3n, as\u00ed como la requerida para realizar los ajustes a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Efectuar seguimiento a la programaci\u00f3n de desembolsos del cr\u00e9dito \u00a0externo de la Naci\u00f3n, realizar los ajustes a que haya lugar, e informar a las \u00a0\u00e1reas competentes de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Efectuar control y seguimiento al ingreso de los recursos provenientes \u00a0de las colocaciones de bonos de la Naci\u00f3n en los mercados externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Obtener informaci\u00f3n sobre las metas anuales de financiamiento interno \u00a0de la Naci\u00f3n mediante operaciones convenidas, obligatorias y subastas, y su \u00a0distribuci\u00f3n mensual, as\u00ed como la requerida para realizar los ajustes a que \u00a0haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Efectuar control y seguimiento al cumplimiento de las inversiones \u00a0obligatorias en t\u00edtulos de deuda de la Naci\u00f3n o en los que autorice la \u00a0Direcci\u00f3n Ge neral del Tesoro Nacional, as\u00ed como al cumplimiento de las \u00a0disposiciones reglamentarias de dichas inversiones por parte de las entidades \u00a0obligadas, y adelantar las acciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer en coordinaci\u00f3n con la Divisi\u00f3n Mesa de Dinero de la \u00a0Subdirecci\u00f3n Financiera de la Direcci\u00f3n, la conveniencia, oportunidad y \u00a0condiciones financieras en que se realizar\u00edan las compras de t\u00edtulos valores \u00a0ofrecidos por las entidades y organismos p\u00fablicos del orden nacional sujetos a \u00a0inversi\u00f3n obligatoria, as\u00ed como los ofrecidos por entidades p\u00fablicas distintas \u00a0de las obligadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Efectuar las compras de T\u00edtulos de Tesorer\u00eda a trav\u00e9s del Fondo de \u00a0Amortizaci\u00f3n, a las entidades obligadas a suscribirlos, cuando se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Convenir con entidades p\u00fablicas distintas de las obligadas, la \u00a0inversi\u00f3n de los excedentes de liquidez en t\u00edtulos de deuda de la Naci\u00f3n, para \u00a0el cumplimiento de las metas de endeudamiento interno asumidas por la \u00a0Direcci\u00f3n, y en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico establecer las condiciones financieras \u00a0de tales inversiones, cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar con la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico del Ministerio \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico las acciones requeridas para formalizar la \u00a0sustituci\u00f3n, canje u operaciones similares de manejo de deuda p\u00fablica de la \u00a0Naci\u00f3n, en los portafolios de inversi\u00f3n de la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional o en los administrados por \u00e9sta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Instrumentar los pr\u00e9stamos transitorios a la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional de recursos de los fondos administrados por \u00e9sta y de otras \u00a0fuentes de financiaci\u00f3n, as\u00ed como de los pr\u00e9stamos de t\u00edtulos valores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Evaluar las solicitudes presentadas a la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional para el otorgamiento de cr\u00e9ditos de tesorer\u00eda y definir, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n Financiera, las condiciones financieras, \u00a0garant\u00edas y otros requisitos exigidos para su otorgamiento; elaborar los actos \u00a0administrativos a que haya lugar para la autorizaci\u00f3n, desembolso y \u00a0cancelaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Velar por el cumplimiento de los requisitos para la formalizaci\u00f3n de \u00a0los cr\u00e9ditos de tesorer\u00eda o de corto plazo contra\u00eddos por la Naci\u00f3n y los \u00a0exigidos para el desembolso y amortizaci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Determinar el mercado potencial para cada subasta de t\u00edtulos valores \u00a0de deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n con plazo menor de un a\u00f1o; recomendar las \u00a0condiciones financieras y de colocaci\u00f3n de tales t\u00edtulos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Realizar el tr\u00e1mite presupuestal y administrativo para la cancelaci\u00f3n \u00a0de los rendimientos de los t\u00edtulos valores de deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n con \u00a0plazo menor de un a\u00f1o, y cuando a ello haya lugar, para la cancelaci\u00f3n de los \u00a0intereses de las dem\u00e1s operaciones pasivas de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Realizar las actividades de validaci\u00f3n de las cuentas inactivas que \u00a0las entidades financieras proyecten trasladar a la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional y de los reintegros que \u00e9sta deba efectu ar a las mismas, en \u00a0desarrollo de contratos de mutuo celebrados entre la Naci\u00f3n y entidades \u00a0financieras; y suministrar a la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico la \u00a0informaci\u00f3n requerida para el registro de la deuda, la amortizaci\u00f3n y pago de \u00a0intereses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Validar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional para la emisi\u00f3n de bonos, pagar\u00e9s y dem\u00e1s t\u00edtulos \u00a0valores de deuda p\u00fablica de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Validar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional para la expedici\u00f3n de t\u00edtulos valores de deuda \u00a0p\u00fablica de la Naci\u00f3n propios del manejo del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Solicitar a la Subdirecci\u00f3n de Riesgos y Apoyo a la Gesti\u00f3n \u00a0Financiera de la Direcci\u00f3n, la realizaci\u00f3n de estudios y an\u00e1lisis que se \u00a0requieran para la toma de decisiones; evaluar las recomendaciones formuladas y \u00a0sugerir a , la Subdirecci\u00f3n Financiera las acciones a seguir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Ejercer el control interno sobre las actividades del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia del \u00e1rea y \u00a0velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico del \u00e1rea; definir el \u00a0plan de acci\u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n; evaluar los resultados \u00a0y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Dirigir, orientar y coordinar la configuraci\u00f3n y mantenimiento \u00a0actualizado de bases de datos que contengan la informaci\u00f3n requerida para el \u00a0cumplimiento de las funciones del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos de los contratos y \u00a0convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias del \u00e1rea y \u00a0suministrar a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n \u00a0sobre tales aspectos, para los tr\u00e1mites a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Suministrar a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n y soportes documentarios para la \u00a0contabilizaci\u00f3n de las operaciones realizadas por el \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Definir, las necesidades del \u00e1rea a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0informes relacionados con las funciones a cargo del \u00e1rea que requieran otras \u00a0\u00e1reas de la Direcci\u00f3n y del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y otros \u00a0organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Divisi\u00f3n de Apoyo Operativo. \u00a0Corresponde a la Divisi\u00f3n de Apoyo Operativo de la Subdirecci\u00f3n Financiera de \u00a0la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional el ejercicio de las siguientes \u00a0funciones, en concordancia con las normas legales vigentes y las pol\u00edticas y \u00a0procedimientos que para tal efecto se establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas, procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones del \u00a0\u00e1rea y, en especial, con las de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos \u00a0establecidos; recomendar y aplicar las modificaciones que se consideren \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Determinar diariamente, en coordinaci\u00f3n con la Divisi\u00f3n Mesa de Dinero \u00a0de la Subdirecci\u00f3n Financiera y la Divisi\u00f3n de Programaci\u00f3n y Seguimiento de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n las disponibilidades de liquidez en \u00a0moneda nacional y en moneda extranjera de la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional y de cada uno de los fondos administrados por \u00e9sta, susceptibles de \u00a0ser invertidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar con la periodicidad que se defina conciliaciones con las \u00a0Divisiones de Contabilidad y Programaci\u00f3n y Seguimiento de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n, sobre las disponibilidades y saldos de los \u00a0portafolios de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y de cada uno de los \u00a0fondos administrados por \u00e9sta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Tramitar ante la Divisi\u00f3n de Caja de la Subdirecci\u00f3n Operativa, con la \u00a0periodicidad. u oportunidad que se defina, el traslado de los saldos \u00a0disponibles de los fondos administrados por la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional a las cuentas corrientes respectivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Efectuar control y seguimiento al recaudo de los ingresos derivados de \u00a0las obligaciones contra\u00eddas por las entidades contraparte de la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional en desarrollo de las operaciones financieras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Realizar la valoraci\u00f3n de los colaterales ofrecidos en desarrollo de \u00a0las operaciones de compra con pacto de retroventa; generar las claves, cuando a \u00a0ello haya lugar, para el cumplimiento de las operaciones financieras de la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional a trav\u00e9s de sistemas electr\u00f3nicos de \u00a0transferencias de fondos y dep\u00f3sitos centralizados de valores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Registrar en el sistema de administraci\u00f3n de portafolio, las \u00a0operaciones celebradas en desarrollo del manejo de los excedentes de liquidez \u00a0de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y de los fondos administrados por \u00a0\u00e9sta; y en los respectivos sistemas o herramientas las dem\u00e1s operaciones \u00a0financieras de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar control a los movimientos de derechos en las cuentas de la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional en los dep\u00f3sitos centralizados de \u00a0valores, con el nivel de detalle que permita su registro y conciliaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Realizar las actividades relacionadas con el recibo y custodia de \u00a0t\u00edtulos valores f\u00edsicos a favor de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional en \u00a0desarrollo de las operaciones financieras, as\u00ed como de t\u00edtulos valores f\u00edsicos \u00a0representativos de la participaci\u00f3n de la Naci\u00f3n en el capital social de las \u00a0entidades p\u00fablicas del orden nacional; adelantar los tr\u00e1mites relacionados con \u00a0el endoso y devoluci\u00f3n de los t\u00edtulos valores en custodia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Registrar y mantener actualizada la base de datos de las cuentas en \u00a0bancos del exterior de las entidades contraparte de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional en las operaciones cambiarias dom\u00e9sticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Documentar la devoluci\u00f3n de derechos representativos de t\u00edtulos \u00a0valores transferidos en exceso o que no correspondan a la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional, o de sumas de dinero abonadas en exceso a la Direcci\u00f3n en \u00a0desarrollo de las operaciones financieras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar las acciones requeridas para el funcionamiento de la \u00a0aplicaci\u00f3n sistematizada de administraci\u00f3n de los portafolios de inversi\u00f3n de \u00a0la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y de los fondos administrados por \u00a0\u00e9sta; formular las recomendaciones para los ajustes o nuevos desarrollos \u00a0requeridos y elaborar los t\u00e9rminos de referencia a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ejercer el control interno sobre las actividades del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia del \u00e1rea y \u00a0velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico del \u00e1rea; definir el \u00a0plan de acci\u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n; evaluar los resultados \u00a0y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir, orientar y coordinar la configuraci\u00f3n y mantenimiento \u00a0actualizado de bases de datos que contengan la informaci\u00f3n requerida para el \u00a0cumplimiento de las funciones del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos de los contratos y \u00a0convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias del \u00e1rea y \u00a0suministrar a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n \u00a0sobre tales aspectos, para los tr\u00e1mites a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Suministrar a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n y soportes documentarios para la \u00a0contabilizaci\u00f3n de las operaciones realizadas por el \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Definir las necesidades del \u00e1rea a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de informes \u00a0relacionados con las funciones a cargo del \u00e1rea que requieran otras \u00e1reas de la \u00a0Direcci\u00f3n y del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y otros organi smos \u00a0del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus funciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n. Corresponde a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional el ejercicio de las siguientes funciones, en \u00a0concordancia con las normas legales vigentes y las pol\u00edticas y procedimientos \u00a0que para tal efecto se establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas, procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones de \u00a0la Direcci\u00f3n y, en especial, con las de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos \u00a0establecidos; recomendar y adoptar las modificaciones que se consideren \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de los \u00a0flujos de caja de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y de los recursos \u00a0administrados por \u00e9sta y velar por su confiabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir, orientar y coordinar la programaci\u00f3n mensual y diaria de las \u00a0metas anuales de ingresos y de pagos de la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional y de los recursos administrados por \u00e9sta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir, orientar y coordinar los aspectos relacionados con el \u00a0seguimiento a la programaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de ingresos y pagos de la Naci\u00f3n; \u00a0identificar las contingencias, validar la viabilidad de ocurrencia de las \u00a0mismas y adelantar las acciones a que haya lugar e incorporar los ajustes \u00a0requeridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir, orientar, coordinar y realizar la determinaci\u00f3n de la \u00a0consistencia de los flujos de caja proyectados y efectuar los ajustes a que \u00a0haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir, orientar y coordinar con las entidades obligadas, el traslado \u00a0a la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional de los excedentes financieros y el \u00a0super\u00e1vit en los t\u00e9rminos establecidos por el Conpes, as\u00ed como el pago de los \u00a0intereses de mora, cuando a ello hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir, orientar y coordinar las actividades de la Direcci\u00f3n General \u00a0del Tesoro Nacional necesarias para el cumplimiento de las disposiciones y \u00a0lineamientos de la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n, en lo relativo al manejo \u00a0contable de las operaciones realizadas por la Direcci\u00f3n y a la producci\u00f3n de \u00a0estados financieros confiables y oportunos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir, orientar y coordinar el an\u00e1lisis, conciliaci\u00f3n y depuraci\u00f3n \u00a0de las cifras que conforman los estados financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asesorar a las dependencias de la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional en lo relacionado con el manejo contable de las operaciones y velar \u00a0porque previa la realizaci\u00f3n de operaciones no tipificadas, se defina su \u00a0tratamiento contable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Velar porque las diferentes \u00e1reas de la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional den cumplimiento a l as directrices para el adecuado y oportuno \u00a0registro de las operaciones y para la realizaci\u00f3n de otros procesos necesarios \u00a0para la producci\u00f3n de estados financieros confiables y oportunos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Expedir certificaciones contables relacionadas con las operaciones de \u00a0la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir, orientar y coordinar con las dependencias de la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional, los procesos relacionados con la definici\u00f3n, \u00a0seguimiento, ajuste, evaluaci\u00f3n y medici\u00f3n de los resultados de la Planeaci\u00f3n \u00a0Estrat\u00e9gica y efectuar su consolidaci\u00f3n; presentar los informes \u00a0correspondientes a las \u00e1reas y organismos que lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir, orientar y coordinar las acciones tendientes a documentar \u00a0los manuales de pol\u00edticas y procedimientos de las dependencias de la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional; definir directrices para el reporte de nuevos \u00a0procedimientos a ser incluidos en los mismos o modificaciones a los ya \u00a0existentes y velar por su actualizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Divulgar en la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional las pol\u00edticas y \u00a0procedimientos administrativos definidos por el Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico y coordinar las acciones necesarias para su implementaci\u00f3n y \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Canalizar las necesidades de las diferentes \u00e1reas de la Direcci\u00f3n, en \u00a0relaci\u00f3n con personal, funciones, servicios y contrataci\u00f3n; realizar los \u00a0tr\u00e1mites ante las \u00e1reas competentes para garantizar la adecuada y oportuna \u00a0obtenci\u00f3n de los servicios solicitados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar el proceso de identificaci\u00f3n de las necesidades de \u00a0capacitaci\u00f3n de los funcionarios de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, \u00a0la oportunidad de la misma y coordinar con el \u00e1rea de Recursos Humanos del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, la incorporaci\u00f3n de dichas \u00a0necesidades en el plan del Ministerio; efectuar el seguimiento a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejercer el control interno sobre las actividades de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Remitir al \u00e1rea competente la informaci\u00f3n y los documentos necesarios \u00a0para soportar las acciones judiciales o administrativas que se inicien ante las \u00a0autoridades competentes, en defensa de los intereses de la Naci\u00f3n-Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, en lo relacionado con las funciones asignadas a la \u00a0Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia de la \u00a0Subdirecci\u00f3n y velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico del \u00e1rea; definir el \u00a0plan de acci\u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n; evaluar los resultados \u00a0y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Dirigir, orientar y coordinar la configuraci\u00f3n y mante nimiento \u00a0actualizado de bases de datos que contengan la informaci\u00f3n requerida para el \u00a0cumplimiento de las funciones de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos de los contratos y \u00a0convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias de la Subdirecci\u00f3n \u00a0y coordinar con la Direcci\u00f3n Administrativa del Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico los tr\u00e1mites necesarios para su formalizaci\u00f3n de los contratos \u00a0y convenios requeridos por la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Suministrar a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n y soportes documentarios para la \u00a0contabilizaci\u00f3n de las operaciones realizadas por la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Definir las necesidades de la Subdirecci\u00f3n a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0informes relacionados con las funciones a cargo de la subdirecci\u00f3n que \u00a0requieran otras \u00e1reas de la Direcci\u00f3n o del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico y otros organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Divisi\u00f3n de \u00a0Programaci\u00f3n y Seguimiento. Corresponde a la Divisi\u00f3n de Programaci\u00f3n y Seguimiento \u00a0de la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional el \u00a0ejercicio de las siguientes funciones, en concordancia con las normas legales \u00a0vigentes y las pol\u00edticas y procedimientos que para tal efecto se establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas, procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones del \u00a0\u00e1rea y, en especial, con las de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos \u00a0establecidos; recomendar y aplicar las modificaciones que se consideren \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con el Consejo Superior de Pol\u00edtica Fiscal, Confis, el \u00a0suministro oportuno de la informaci\u00f3n relacionada con las metas anuales de \u00a0ingresos y de pagos, necesaria para la elaboraci\u00f3n, seguimiento y ajuste de los \u00a0flujos de caja de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con la Unidad Administrativa Especial Direcci\u00f3n de Impuestos \u00a0y Aduanas Nacionales, DIAN, el suministro oportuno de la informaci\u00f3n \u00a0relacionada con las metas anuales y mensuales de recaudos tributarios y toda \u00a0aquella informaci\u00f3n que se considere \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>necesaria para permitir mayor precisi\u00f3n en las proyecciones efectuadas y \u00a0en el seguimiento y ajuste de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar la proyecci\u00f3n de las metas mensuales y diarias de traslado a \u00a0la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional de los impuestos administrados por la \u00a0DIAN. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por el oportuno reporte de informaci\u00f3n por parte de las \u00a0entidades recaudadoras de impuestos, por los medios y en las condiciones \u00a0establecidas para tal efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Realizar la consolidaci\u00f3n de los recaudos de impuestos internos y \u00a0externos, con base en la informaci\u00f3n suministrada por la red bancaria y \u00a0establecer las fechas de traslado de estos recursos a la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Velar que el valor de los impuestos recaudados por las entidades \u00a0financieras sea consignado en las cuentas de la Direcci\u00f3n General del Tesoro \u00a0Nacional, en las fechas que corresponda y por los montos previamente \u00a0reportados; requerir a las entidades financieras recaudadoras de impuestos \u00a0cuando se considere necesario, acerca de las diferencias presentadas entre los \u00a0valores consignados y los reportados previamente; informar sobre tales \u00a0situaciones a la DIAN y a la Superintendencia Bancaria cuando la situaci\u00f3n lo \u00a0amerite. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico del Ministerio \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico el suministro oportuno de informaci\u00f3n relacionada \u00a0con las metas anuales de endeudamiento interno y externo de la Naci\u00f3n, \u00a0privatizaciones, recuperaci\u00f3n de cartera, sustituci\u00f3n, canje de deuda y otras \u00a0operaciones similares, con el detalle necesario para su inclusi\u00f3n en los flujos \u00a0de caja, su reprogramaci\u00f3n y ajustes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con la Subdirecci\u00f3n Financiera de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional, el suministro de la informaci\u00f3n relacionada con las metas de \u00a0endeudamiento interno de la Naci\u00f3n a trav\u00e9s de operaciones convenidas, \u00a0obligatorias y de corto plazo, as\u00ed como la informaci\u00f3n sobre operaciones \u00a0financieras y cambiarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar con los entes competentes el suministro oportuno de la \u00a0informaci\u00f3n relacionada con los excedentes financieros y el super\u00e1vit que deben \u00a0ser trasladados a la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y velar por su \u00a0oportuno ingreso a la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar con los dem\u00e1s entes generadores de ingresos de la Naci\u00f3n, y \u00a0con las \u00e1reas de la Direcci\u00f3n el suministro oportuno de la informaci\u00f3n que debe \u00a0ser incluida en los flujos de caja de excedentes y de fondos administrados, as\u00ed \u00a0como la requerida para su reprogramaci\u00f3n y ajustes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar con la Subdirecci\u00f3n Operativa de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional el suministro de informaci\u00f3n relacionada con las metas de pago \u00a0por concepto de gasto, y con la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico las metas de pago por concepto de la \u00a0deuda interna y externa de la Naci\u00f3n, as\u00ed como la necesaria para su \u00a0reprogramaci\u00f3n y ajuste. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Elaborar y consolidar los flujos de caja de los excedentes de la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y de los recursos administrados por \u00e9sta, \u00a0para cada tipo de moneda en forma diaria, mensual y anual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar con la Subdirecci\u00f3n Operativa el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n relacionada con reintegros de recursos girados por la Di recci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional y no ejecutados por los \u00f3rganos; realizar los \u00a0ajustes correspondientes en el flujo de caja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dise\u00f1ar e implementar los controles requeridos para garantizar la \u00a0calidad de la informaci\u00f3n del flujo de caja y facilitar el seguimiento e \u00a0identificaci\u00f3n del origen de las variaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Obtener diariamente informaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n real del d\u00eda anterior \u00a0y realizar las actualizaciones correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Hacer seguimiento diario a los ingresos y pagos programados y \u00a0determinar las contingencias sobre los mismos para informar oportunamente a las \u00a0\u00e1reas usuarias del flujo de caja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Analizar peri\u00f3dicamente las diferencias presentadas entre los \u00a0ingresos programados y los ejecutados; determinar el origen de las variaciones \u00a0y recomendar a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n e instancias competentes los \u00a0ajustes a que haya lugar; efectuar su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Adelantar procesos de validaci\u00f3n de las disponibilidades finales de \u00a0los flujos consolidados por moneda, identificar las causas de las diferencias y \u00a0efectuar los ajustes a que haya lugar; informar a las \u00e1reas competentes sobre \u00a0el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Realizar con la periodicidad que se defina, conciliaciones con las \u00a0Divisiones de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y con la Divisi\u00f3n \u00a0de Apoyo Operativo de la Subdirecci\u00f3n Financiera, sobre las disponibilidades y \u00a0saldos de los portafolios de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y de cada \u00a0uno de los fondos administrados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Ejercer el control interno sobre las actividades del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia del \u00e1rea y \u00a0velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico del \u00e1rea; definir el \u00a0plan de acci\u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n; evaluar los resultados \u00a0y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Dirigir, orientar y coordinar la configuraci\u00f3n y mantenimiento \u00a0actualizado de bases de datos que contengan la informaci\u00f3n requerida para el \u00a0cumplimiento de las funciones del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos y operativos de los \u00a0contratos y convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias del \u00e1rea \u00a0y suministrar a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n \u00a0sobre tales aspectos, para los tr\u00e1mites a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Suministrar a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n y soportes documentarios para la \u00a0contabilizaci\u00f3n de las operaciones realizadas por el \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Definir las necesidades del \u00e1rea a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro, Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0informes relacionados con las funciones a cargo del \u00e1rea que requieran otras \u00a0\u00e1reas de la Direcci\u00f3n y del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y otros \u00a0organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Divisi\u00f3n de \u00a0Contabilidad. Corresponde a la Divisi\u00f3n de Contabilidad de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional el ejercicio \u00a0de las siguientes funciones en concordancia con las normas legales vigentes y \u00a0las pol\u00edticas y procedimientos que para tal efecto se establezcan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas, procedimientos y planes de acci\u00f3n relacionados con las funciones del \u00a0\u00e1rea y, en especial, con las de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y de los procedimientos \u00a0establecidos; recomendar y aplicar las modificaciones que se consideren \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divulgar las pol\u00edticas, procedimientos y directrices emanadas de la \u00a0Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n; as\u00ed como las originadas en esta Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar y dar a conocer a las \u00e1reas involucradas, la actualizaci\u00f3n \u00a0del plan de cuentas aplicado por la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional; \u00a0incorporar las modificaciones en los diferentes aplicativos que maneja la \u00a0Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dar cumplimiento a las disposiciones de la Contadur\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n, para el registro de las operaciones realizadas por la Direcci\u00f3n General \u00a0del Tesoro Nacional, el an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n contable y la presentaci\u00f3n \u00a0de estados financieros confiables y oportunos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Definir procedimientos y establecer directrices de obligatorio \u00a0cumplimiento por parte de las diferentes \u00e1reas de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional, para garantizar la producci\u00f3n de estados financieros \u00a0confiables y oportunos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir procedimientos sobre el tratamiento contable de las \u00a0operaciones realizadas por la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional y asesorar a \u00a0las dependencias de la Direcci\u00f3n sobre la aplicaci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer el procedimiento para que las diferentes \u00e1reas de la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, previa a la realizaci\u00f3n de operaciones \u00a0no tipificadas, soliciten la definici\u00f3n del tratamiento contable a ser aplicado \u00a0para su registro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Solicitar concepto a la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n cuando las \u00a0nuevas operaciones no se encuentren tipificadas dentro del Plan General de \u00a0Contabilidad P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Presentar a consideraci\u00f3n de la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n, \u00a0propuestas de modificaci\u00f3n al tratamiento contable definido para operaciones de \u00a0la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, cuando se considere procedente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Velar porque las \u00e1reas de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, \u00a0env\u00eden en forma oportuna los documentos soportes requeridos para la \u00a0contabilizaci\u00f3n de las operaciones realizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Velar por la adecuada recepci\u00f3n, organizaci\u00f3n y archivo de los \u00a0documentos soporte de las operaciones realizadas por la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar las conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes u \u00a0otras que administra la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional en moneda \u00a0nacional y extranjera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Solicitar oportunamente a las \u00e1reas responsables las notas bancarias \u00a0pendientes de contabilizar de acuerdo con el resultado de la conciliaci\u00f3n y las \u00a0aclaraciones sobre partidas reflejadas en los extractos que no correspondan a \u00a0operaciones de esta Direcci\u00f3n; efectuar seguimiento permanente a la atenci\u00f3n de \u00a0las solicitudes realizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Efectuar la conciliaci\u00f3n de los portafolios administrados por la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional, con la Divisi\u00f3n de Apoyo Operativo de la \u00a0Subdirecci\u00f3n Financiera y la Divisi\u00f3n de Programaci\u00f3n y Seguimiento de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n; realizar y\/o verificar la inclusi\u00f3n \u00a0de los ajustes requeridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Enviar a la Divisi\u00f3n de Giros de la Subdirecci\u00f3n Operativa el informe \u00a0de los reintegros pendientes de aplicar, para su respectivo an\u00e1lisis o \u00a0verificaci\u00f3n; realizar los ajustes derivados del resultado del an\u00e1lisis \u00a0efectuado por la Divisi\u00f3n de Giros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Efectuar el an\u00e1lisis de las cuentas del Balance; elaborar y verificar \u00a0la inclusi\u00f3n de los ajustes requeridos; emitir y enviar las comunicaciones \u00a0necesarias de acuerdo con el resultado del an\u00e1lisis; efectuar seguimiento a las \u00a0comunicaciones remitidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Generar, organizar y enviar a los entes ejecutores y generadores de \u00a0ingreso del Presupuesto General de la Naci\u00f3n informaci\u00f3n, cuando sean \u00a0requeridos sobre los respectivos movimientos contables de competencia de la \u00a0Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Coordinar con los \u00f3rganos ejecutores del Presupuesto General de la \u00a0Naci\u00f3n, la conciliaci\u00f3n de las operaciones rec\u00edprocas con la Direcci\u00f3n General \u00a0del Tesoro Nacional, cuando a ello hubiere lugar; velar por la oportuna \u00a0remisi\u00f3n de los resultados de la conciliaci\u00f3n por parte de dichos entes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Suministrar oportunamente los soportes requeridos. por los \u00f3rg anos \u00a0ejecutores y generadores del Presupuesto General de la Naci\u00f3n, para la \u00a0depuraci\u00f3n de las partidas de conciliaci\u00f3n a cargo de las entidades e \u00a0identificar y efectuar los ajustes que correspondan a la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Velar porque las partidas de conciliaci\u00f3n resultantes del an\u00e1lisis de \u00a0las cuentas que conforman los estados financieros de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional, no tengan antig\u00fcedad superior a la establecida por pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Identificar y realizar el saneamiento contable cuando as\u00ed se \u00a0requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Generar en forma mensual los estados financieros de la Direcci\u00f3n \u00a0General del Tesoro Nacional y dem\u00e1s informes inherentes al \u00e1rea contable, \u00a0teniendo en cuenta la reglamentaci\u00f3n de la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n y de \u00a0la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Mantener actualizados los libros oficiales de acuerdo con las \u00a0directrices de la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Coordinar con la dependencia competente del Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico los aspectos relacionados con el env\u00edo de la informaci\u00f3n \u00a0contable para efectos de la consolidaci\u00f3n del Balance General del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Informar a la Direcci\u00f3n las situaciones que afecten la confiabilidad \u00a0y oportunidad de los estados financieros; recomendar las acciones a seguir y \u00a0velar por su adecuado cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Ejercer el control interno sobre las actividades del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos de competencia del \u00e1rea y \u00a0velar por su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Coordinar la formulaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico del \u00e1rea; definir el \u00a0plan de acci\u00f3n, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n; evaluar los resultados \u00a0y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Dirigir, orientar y coordinar la configuraci\u00f3n y, mantenimiento \u00a0actualizado de bases de datos que contengan la informaci\u00f3n requerida para el \u00a0cumplimiento de las funciones del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>31. Definir y recomendar los aspectos t\u00e9cnicos de los contratos y \u00a0convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias del \u00e1rea y suministrar \u00a0a la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n la informaci\u00f3n sobre tales \u00a0aspectos, para los tr\u00e1mites a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>32. Definir las necesidades del \u00e1rea a ser contempladas en el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de \u00a0compras de la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>33. Dirigir, orientar y coordinar la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0informes relacionados con las funciones a cargo del \u00e1rea que requieran otras \u00a0\u00e1reas de la Direcci\u00f3n y del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y otros \u00a0organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>34. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Adopci\u00f3n de la \u00a0nueva planta de personal. De conformidad con la reestructuraci\u00f3n \u00a0ordenada por el presente decreto, el Gobierno Nacional proceder\u00e1 a adoptar la \u00a0nueva planta de personal dentro de los quince (15) d\u00edas siguientes a la fecha \u00a0de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n y modifica en lo pertinente el Decreto 1133 de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 2 de agosto de 2002. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Viceministro de Hacienda y Cr\u00e9dito encargado de las funciones del \u00a0Despacho del Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Federico Rengifo V\u00e9lez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio Zuluaga Ruiz \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1691 DE 2002 \u00a0 \u00a0 (agosto 2) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica parcialmente la \u00a0estructura del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0 Nota: \u00a0Derogado por el Decreto 246 de 2004, \u00a0art\u00edculo 60. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades \u00a0que le confiere el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[46],"tags":[],"class_list":["post-30811","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2002"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/30811","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=30811"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/30811\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=30811"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=30811"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=30811"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}