{"id":31018,"date":"2023-07-19T20:50:41","date_gmt":"2023-07-19T20:50:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/19\/decreto-246-de-2002\/"},"modified":"2023-07-19T20:50:41","modified_gmt":"2023-07-19T20:50:41","slug":"decreto-246-de-2002","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/19\/decreto-246-de-2002\/","title":{"rendered":"DECRETO 246 DE 2002"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 246 DE 2002 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(febrero 11) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del cual se \u00a0crea el Equipo para las Negociaciones Comerciales de Colombia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Modificado parcialmente por el Decreto 3053 de 2002. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial las conferidas en los numerales 11 y 25 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en la Ley 7\u00aa de 1991 y en el \u00a0art\u00edculo 32 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que las negociaciones comerciales \u00a0internacionales, de creciente importancia en el esquema de globalizaci\u00f3n, se \u00a0realizan por los pa\u00edses con la participaci\u00f3n cada vez mayor de la sociedad \u00a0civil; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo dispuesto por \u00a0el art\u00edculo 3 2 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0entidades de la administraci\u00f3n p\u00fablica deben procurar la participaci\u00f3n de la \u00a0sociedad civil en la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, control y evaluaci\u00f3n de las \u00a0funciones a su cargo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para lograr el mejor resultado de \u00a0las negociaciones es preciso contar con el conocimiento y la experiencia de la \u00a0comunidad empresarial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la academia colombiana se debe \u00a0involucrar activamente en las negociaciones comerciales internacionales, con el \u00a0\u00e1nimo de acercarlas a las aulas y por ende poner al alcance de las nuevas \u00a0generaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que Colombia participar\u00e1 entre el a\u00f1o \u00a02002 y el a\u00f1o 2005 en negociaciones de trascendental significado para el futuro \u00a0econ\u00f3mico del pa\u00eds, tales como las previstas en la Comunidad Andina, el Area de \u00a0Libre Comercio de las Am\u00e9ricas, ALCA, y las que provienen del mandato de la \u00a0Conferencia Ministerial de Doha de la Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Del Equipo para las Negociaciones Comerciales de Colombia. \u00a0Cr\u00e9ase el Equipo para las Negociaciones Comerciales de Colombia, el cual \u00a0contar\u00e1 con la participaci\u00f3n del Consejo Asesor Empresarial y los \u00a0representantes del sector p\u00fablico, sector privado y representantes de la \u00a0academia, los cuales contribuir\u00e1n a la definici\u00f3n de los elementos necesarios \u00a0para fijar la posici\u00f3n de Colombia en las negociaciones al interior de la Comunidad \u00a0Andina, el Area de Libre Comercio de las Am\u00e9ricas y la Organizaci\u00f3n Mundial del \u00a0Comercio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Objetivo del Equipo para \u00a0las Negociaciones Comerciales de Colombia, ser\u00e1 definir una posici\u00f3n \u00a0negociadora que consulte el inter\u00e9s nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Construcci\u00f3n de la posici\u00f3n negociadora. Para la construcci\u00f3n de \u00a0la posici\u00f3n comercial de Colombia, el Ministerio de Comercio Exterior ser\u00e1 el \u00a0responsable de coordinar la participaci\u00f3n de las diferentes entidades del \u00a0Estado y dem\u00e1s integrantes del equipo negociador y tendr\u00e1 en cuenta las \u00a0recomendaciones del Consejo Asesor Empresarial y los aportes del sector privado \u00a0y acad\u00e9mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modificado por el Decreto 3053 de 2002, \u00a0art\u00edculo 1. Consejo Asesor Empresarial. El Consejo Asesor Empresarial estar\u00e1 conformado por hasta un n\u00famero de \u00a0veinte (20) empresarios representantes de los diferentes sectores del aparato \u00a0productivo nacional, designados para tal efecto por el Ministro de Comercio \u00a0Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo Asesor Empresarial para las \u00a0Negociaciones Comerciales de Colombia, manifestar\u00e1 al Ministro de Comercio \u00a0Exterior su visi\u00f3n integral sobre el enfoque, necesidades y resultados de las \u00a0negociaciones, con el fin de apoyar la construcci\u00f3n de una posici\u00f3n estrat\u00e9gica \u00a0que beneficie a la comunidad en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Comercio Exterior \u00a0convocar\u00e1 al Consejo Asesor Empresarial para las Negociaciones Comerciales de \u00a0Colombia, por lo menos una vez cada dos meses. El Ministerio de Comercio \u00a0Exterior remitir\u00e1 a cada uno de los Miembros del Consejo Asesor, con una \u00a0antelaci\u00f3n no menor a 8 d\u00edas calendario, los documentos que ser\u00e1n objeto de \u00a0an\u00e1lisis y discusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Del sector privado. El equipo para las negociaciones comerciales \u00a0de Colombia podr\u00e1 contar con los representantes del sector privado que designen \u00a0para ello con dedicaci\u00f3n exclusiva a los fines de las negociaciones, los \u00a0gremios de la producci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. De la academia y centros de investigaci\u00f3n. La participaci\u00f3n de \u00a0la academia y de los centros de investigaci\u00f3n que apoyen las negociaciones \u00a0comerciales en que participa Colombia, tendr\u00e1 por objeto ampliar el \u00e1mbito de \u00a0participaci\u00f3n en las negociaciones que interesan de manera se\u00f1alada al aparato \u00a0productivo nacional y a la comunidad en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corresponder\u00e1 a estas entidades \u00a0contribuir en la construcci\u00f3n de la estrategia general y analizar y difundir el \u00a0de sarrollo y avance de las negociaciones en las diferentes, en aras de apoyar \u00a0el pensamiento emprendedor en los j\u00f3venes y alumnos en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 11 de febrero \u00a0de 2002. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA \u00a0ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Comercio Exterior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Marta Luc\u00eda Ram\u00edrez de \u00a0Rinc\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 246 DE 2002 \u00a0 \u00a0 (febrero 11) \u00a0 \u00a0 por medio del cual se \u00a0crea el Equipo para las Negociaciones Comerciales de Colombia \u00a0 \u00a0 Nota: Modificado parcialmente por el Decreto 3053 de 2002. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial las [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[46],"tags":[],"class_list":["post-31018","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2002"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/31018","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=31018"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/31018\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=31018"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=31018"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=31018"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}