{"id":31226,"date":"2023-07-19T20:50:51","date_gmt":"2023-07-19T20:50:51","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/19\/decreto-53-de-2002\/"},"modified":"2023-07-19T20:50:51","modified_gmt":"2023-07-19T20:50:51","slug":"decreto-53-de-2002","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/19\/decreto-53-de-2002\/","title":{"rendered":"DECRETO 53 DE 2002"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 53 DE 2002 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 18) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se dictan unas disposiciones relacionadas con la actividad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 2438 de 2010, \u00a0art\u00edculo 10. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones \u00a0constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del \u00a0art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0los art\u00edculos 2\u00b0, 84 y 85 de la Ley 300 de 1996, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 300 de 1996 \u00a0precept\u00faa que la industria tur\u00edstica se regir\u00e1 por los principios all\u00ed \u00a0establecidos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el numeral 7\u00b0 del art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 300 de 1996, \u00a0se\u00f1ala que de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 333 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0el turismo es una industria de servicios de libre iniciativa privada, libre \u00a0acceso y libre competencia, sujeta a los requisitos establecidos en la ley y en \u00a0sus normas reglamentarias y adem\u00e1s, que las autoridades de turismo en los \u00a0niveles nacional y territorial preservar\u00e1n el mercado libre, la competencia \u00a0abierta y leal, as\u00ed como la libertad de empresa dentro de un marco normativo de \u00a0idoneidad, responsabilidad y relaci\u00f3n equilibrada con los usuarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el numeral 8\u00b0 ib\u00eddem, precept\u00faa que \u201ccon miras al cabal desarrollo del \u00a0turismo, el consumidor ser\u00e1 objeto de protecci\u00f3n espec\u00edfica por parte de las \u00a0entidades p\u00fablicas y privadas\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en desarrollo de los principios consagrados en el art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 300 de 1996 y en \u00a0especial los establecidos en los numerales 7\u00b0 y 8\u00b0, se hace necesario dictar \u00a0unas disposiciones cuya finalidad es lograr que las agencias de viajes presten \u00a0los servicios ofrecidos a los usuarios dentro de los mejores niveles de \u00a0calidad, as\u00ed como establecer algunas normas que regulen la actividad de estos \u00a0prestadores de servicios tur\u00edsticos, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Las agencias de viajes en desarrollo de sus actividades, \u00a0deber\u00e1n observar las siguientes reglas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Extender a los usuarios un comprobante que especifique los servicios \u00a0contratados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Indicar al turista con precisi\u00f3n la duraci\u00f3n de la estad\u00eda en el \u00a0destino; y la hora de llegada y de salida del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Todas las modificaciones al plan tur\u00edstico contratado, deben contar con \u00a0la aceptaci\u00f3n previa y escrita del usuario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Llevar un archivo con todos los soportes, eventualidades y \u00a0circunstancias en las que se desarroll\u00f3 el plan tur\u00edstico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Celebrar convenios con otros prestadores de servicios tur\u00edsticos y \u00a0empresas en los que se haga constar la intermediaci\u00f3n y los servicios que esta \u00a0comprende y en los que se establezcan los derechos y obligaciones de cada una \u00a0de las partes, las condiciones de su operaci\u00f3n y su responsabilidad frente al \u00a0turista. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Informar y asesorar a los usuarios sobre las condiciones de sus reservas \u00a0y en general, sobre sus obligaciones para la \u00f3ptima utilizaci\u00f3n de los \u00a0servicios tur\u00edsticos contratados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar a los usuarios con la debida antelaci\u00f3n, sobre las medidas de \u00a0salud preventivas que deban observar para el desplazamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Orientar y asistir al viajero en los eventos de extrav\u00edo de documentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Contratar o intermediar la prestaci\u00f3n de servicios tur\u00edsticos s\u00f3lo con \u00a0empresas que cumplan sus obligaciones frente al Registro Nacional de Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Velar por el cabal cumplimiento de los servicios contratados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Suministrar en forma completa la informaci\u00f3n y los servicios \u00a0solicitados por los usuarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Toda publicidad o informaci\u00f3n escrita sobre servicios \u00a0tur\u00edsticos utilizada por las agencias de viajes o difundida por estas a trav\u00e9s \u00a0de internet, deber\u00e1 contener como m\u00ednimo los siguientes aspectos: clase de \u00a0alojamiento, tarifas, duraci\u00f3n del plan tur\u00edstico, medios de transporte y \u00a0servicios complementarios, nombre y direcci\u00f3n de las agencias que intervienen \u00a0en el dise\u00f1o, organizaci\u00f3n y operaci\u00f3n del plan tur\u00edstico, y el correspondiente \u00a0n\u00famero de inscripci\u00f3n en el Registro Nacional de Turismo. As\u00ed mismo, deber\u00e1 \u00a0especificar claramente los servicios que no incluye el plan tur\u00edstico ofrecido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El material publicitario utilizado en la promoci\u00f3n de los servicios de las \u00a0agencias de viajes deber\u00e1 ser claro evitando el uso de t\u00e9rminos que por su \u00a0ambig\u00fcedad, pudieran inducir en los usuarios expectativas sobre el servicio, \u00a0superiores a las que realmente presta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Los planes tur\u00edsticos deber\u00e1n consignar una cl\u00e1usula de \u00a0responsabilidad que contemple como m\u00ednimo, los siguientes aspectos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Responsabilidad del organizador del plan tur\u00edstico ante los usuarios por \u00a0la total prestaci\u00f3n y calidad de los servicios descritos en el programa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. L\u00edmites en la responsabilidad del organizador de la excursi\u00f3n y de sus \u00a0operadores y agentes en eventos tales como accidentes, huelgas, asonadas, \u00a0terremotos y cualquier otro caso de fuerza mayor que pudiere ocurrir durante el \u00a0viaje. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Circunstancias en las cuales la agencia de viajes se reserva el derecho \u00a0de hacer cambios en el itinerario, fechas de viaje, hoteles, transporte y los \u00a0dem\u00e1s que sean necesarios para garantizar el \u00e9xito de la excursi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Plazo en el cual se reintegrar\u00e1n al usuario los valores pagados, cuando \u00a0fuere necesaria la cancelaci\u00f3n del viaje con anterioridad a su inicio. En el \u00a0caso de que los servicios tur\u00edsticos se vieren interrumpidos en raz\u00f3n a la \u00a0ocurrencia de algunos de los eventos constitutivos de fuerza mayor, es \u00a0obligatorio se\u00f1alar que se reintegrar\u00e1 a los usuarios el valor de los servicios \u00a0no disfrutados por estos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. La prerrogativa a favor de la agencia de viajes, de modificar el \u00a0itinerario o los hoteles confirmados y dem\u00e1s servicios, por otros de igual o \u00a0superior categor\u00eda cuando dichos cambios redunden en beneficio de la calidad \u00a0del viaje. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El derecho a favor del usuario que por enfermedad o fuerza mayor se vea \u00a0obligado a retirarse de la ex cursi\u00f3n, al pasaje a\u00e9reo de regreso contemplado \u00a0en el plan tur\u00edstico y al reintegro de los servicios no disfrutados \u00a0exceptu\u00e1ndose los gastos que efectivamente se hayan causado o se causaren \u00a0posteriormente por razones de su cancelaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. La obligaci\u00f3n a cargo del organizador de la excursi\u00f3n, de tramitar y \u00a0prestar asesor\u00eda al viajero en la obtenci\u00f3n de la documentaci\u00f3n requerida para \u00a0facilitar su desplazamiento en los destinos nacionales e internacionales. \u00a0Adem\u00e1s se deber\u00e1 contemplar que el organizador no asume responsabilidad alguna \u00a0en caso de que las autoridades del pa\u00eds o pa\u00edses visitados nieguen al pasajero \u00a0los documentos requeridos para el ingreso o no se lo permitan, evento en el \u00a0cual el usuario tendr\u00e1 derecho al reintegro del valor de los servicios \u00a0tur\u00edsticos no disfrutados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Prerrogativa a favor del organizador y los operadores tur\u00edsticos de \u00a0retirar del tour a quien por causa grave de car\u00e1cter moral o disciplinario \u00a0debidamente comprobada, atente contra el \u00e9xito del mismo; caso en el cual el \u00a0usuario tendr\u00e1 derecho al reintegro del valor de los servicios tur\u00edsticos no \u00a0disfrutados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. L\u00edmites en la responsabilidad de la agencia de viajes frente a los \u00a0asuntos legales u otros inconvenientes en que pueda verse involucrado el \u00a0usuario, en caso de que el usuario se vea obligado a retirarse de la excursi\u00f3n \u00a0por tales motivos y as\u00ed mismo, frente a los gastos personales en que el \u00a0pasajero incurra. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. L\u00edmites en la responsabilidad de la agencia de viajes en relaci\u00f3n con \u00a0el equipaje y cualquier objeto que el turista lleve consigo. El usuario podr\u00e1 \u00a0solicitar al prestador de servicios tur\u00edsticos la adquisici\u00f3n de una p\u00f3liza que \u00a0cubra aspectos tales como p\u00e9rdida, sustracci\u00f3n, deterioro o da\u00f1o de sus efectos \u00a0personales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Cuant\u00eda del anticipo y plazo para el pago de esta suma por parte del \u00a0usuario, con el objeto de asegurar su participaci\u00f3n en la excursi\u00f3n. Esta suma \u00a0ser\u00e1 abonada al costo total del plan tur\u00edstico. Las reservaciones y boletas \u00a0para la participaci\u00f3n en cruceros, eventos deportivos y culturales, congresos, \u00a0ferias, exposiciones y similares se sujetaran a las condiciones que se\u00f1alen las \u00a0empresas organizadoras de tales eventos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. En los eventos en que las agencias de viajes pretendan \u00a0desempe\u00f1ar adicionalmente las funciones de otro prestador de servicios \u00a0tur\u00edsticos, deber\u00e1n inscribirse en el Registro Nacional de Turismo con el \u00a0cumplimiento de los requisitos establecidos para tales prestadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. En eventos tales como la venta del establecimiento de \u00a0comercio, cambio de propietario, o cesaci\u00f3n temporal o definitiva en la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios tur\u00edsticos, y estando en curso la operaci\u00f3n de planes \u00a0tur\u00edsticos, todos los prestadores que hayan intervenido en los mismos, deber\u00e1n \u00a0garantizar su culminaci\u00f3n exitosa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Las agencias de viajes y las aerol\u00edneas deber\u00e1n pactar en \u00a0forma expresa la responsabilidad que asumen frente al usuario en eventos tales \u00a0como retrasos o modificaciones imprevistas en los horarios de los vuelos \u00a0dispuestos por las empresas de transporte a\u00e9reo y el procedimiento para hacer \u00a0efectivas las devoluciones de dinero a que estos hechos den lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. El presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n y deroga \u00a0las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 18 de enero de 2002. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Desarrollo Econ\u00f3mico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Eduardo Pizano de Narv\u00e1ez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 53 DE 2002 \u00a0 \u00a0 (enero 18) \u00a0 \u00a0 por el cual se dictan unas disposiciones relacionadas con la actividad \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el Decreto 2438 de 2010, \u00a0art\u00edculo 10. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones \u00a0constitucionales y legales, en especial de las conferidas [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[46],"tags":[],"class_list":["post-31226","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2002"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/31226","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=31226"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/31226\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=31226"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=31226"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=31226"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}