{"id":34780,"date":"2023-07-26T19:47:58","date_gmt":"2023-07-26T19:47:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-1620-de-2003\/"},"modified":"2023-07-26T19:47:58","modified_gmt":"2023-07-26T19:47:58","slug":"decreto-1620-de-2003","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-1620-de-2003\/","title":{"rendered":"DECRETO 1620 DE 2003"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1620 DE 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(junio \u00a013) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la estructura del Ministerio de \u00a0Comunicaciones y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 91 de 2010, \u00a0art\u00edculo 26. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del \u00a0art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0con sujeci\u00f3n a los principios y reglas del art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Objetivos del Ministerio. El Ministerio de Comunicaciones es el \u00a0rector del sector de comunicaciones y tendr\u00e1 como objetivos los siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Formular las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos del Ministerio de \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Promover el acceso universal como soporte del desarrollo social y econ\u00f3mico de \u00a0la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejercer \u00a0la administraci\u00f3n y control del espectro radioel\u00e9ctrico y los servicios \u00a0postales, con excepci\u00f3n de lo dispuesto en art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Contribuir al desarrollo social de los colombianos a trav\u00e9s de la promoci\u00f3n del \u00a0acceso universal a las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Funciones del Ministerio de Comunicaciones. El Ministerio de Comunicaciones \u00a0tendr\u00e1, adem\u00e1s de las funciones que determina el art\u00edculo 59 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Adoptar, formular y dise\u00f1ar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos del \u00a0sector de comunicaciones, y preparar los actos administrativos, para los fines \u00a0que se relacionan a continuaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Ejercer la intervenci\u00f3n del Estado en el sector de comunicaciones, dentro de \u00a0los l\u00edmites y con las finalidades previstas por la ley, con excepci\u00f3n de lo \u00a0dispuesto por el art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Establecer las condiciones generales de operaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de redes y \u00a0servicios de conformidad con la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Reglamentar las condiciones para la prestaci\u00f3n de los servicios de \u00a0comunicaciones, dentro de las clases establecidas en la ley y definir la \u00a0clasificaci\u00f3n de cada servicio para los efectos previstos en la misma; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Fijar, de conformidad con la ley, las condiciones y requisitos generales y \u00a0particulares para el otorgamiento de las licencias, concesiones, \u00a0autorizaciones, registros y permisos establecidos en la ley, para el sector de \u00a0comunicaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Establecer, para los efectos de la ley y en las condiciones que la misma fije, \u00a0el \u00e1mbito de cobertura de las redes y servicios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Expedir el r\u00e9gimen de contraprestaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Ejercer la representaci\u00f3n internacional de Colombia en el campo de las \u00a0comunicaciones, especialmente ante los organismos internacionales del sector, \u00a0en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores y bajo la direcci\u00f3n \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Ejecutar los tratados y convenios de comunicaciones ratificados por el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Desarrollar las pol\u00edticas, planes y programas adoptados por el Gobierno \u00a0Nacional, tendientes al mejoramiento del sector y a la difusi\u00f3n y acceso de los \u00a0colombianos a las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones, para lo \u00a0cual debe: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Dise\u00f1ar, formular y proponer pol\u00edticas, planes y programas que garanticen el \u00a0acceso y la implantaci\u00f3n de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y de las \u00a0comunicaciones, con el fin de fomentar su uso, como soporte del crecimiento y \u00a0aumento de la competitividad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Formular pol\u00edticas, planes y programas que garanticen a trav\u00e9s del uso de \u00a0tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y de las comunicaciones: acceso a mercados para \u00a0el sector productivo, mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad y acceso \u00a0equitativo a oportunidades de educaci\u00f3n, trabajo, justicia, cultura y \u00a0recreaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Apoyar al Estado en el desarrollo de la conectividad a las redes de \u00a0comunicaciones, para facilitar y optimizar la gesti\u00f3n de los organismos \u00a0gubernamentales y la contrataci\u00f3n administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Asistir al Gobierno Nacional y a las dem\u00e1s dependencias estatales en la \u00a0identificaci\u00f3n de oportunidades de implantaci\u00f3n de tecnolog\u00edas de la \u00a0informaci\u00f3n y de las comunicaciones, para el mejoramiento de la funci\u00f3n p\u00fablica \u00a0y en el dise\u00f1o de los proyectos de implantaci\u00f3n identificados, sin perjuicio de \u00a0la iniciativa que debe corresponder a cada entidad estatal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Apoyar al Estado en la formulaci\u00f3n de los lineamientos generales para la \u00a0difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n que generen los Ministerios, Departamentos \u00a0Administrativos y Establecimientos P\u00fablicos y efectuar las recomendaciones que \u00a0considere indicadas para lograr que esta sea en forma \u00e1gil y oportuna; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Planear, formular, estructurar, dirigir, controlar y hacer el seguimiento a los \u00a0programas a cargo de este Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Otorgar, de conformidad con la ley y las condiciones generales y particulares \u00a0establecidas, las licencias, concesiones, autorizaciones, registros y permisos \u00a0que sean de su \u00e1mbito de competencia, as\u00ed como determinar las \u00e1reas de \u00a0cobertura para los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Ejercer, a nombre de la Naci\u00f3n, la titularidad de los servicios de \u00a0comunicaciones y otorgar las licencias, concesiones, autorizaciones, registros \u00a0y permisos que se requieran para la prestaci\u00f3n de dichos servicios, dentro del \u00a0marco legal vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Cancelar, caducar, suspender o revocar las licencias, concesiones, \u00a0autorizaciones, registros y permisos, dados para la prestaci\u00f3n de servicios de \u00a0comunicaciones, de acuerdo con el respectivo r\u00e9gimen legal e imponer las dem\u00e1s \u00a0sanciones de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Ejercer la potestad de requerir a los concesionarios y dem\u00e1s personas que \u00a0presten o utilicen los servicios del sector comunicaciones, en estados de \u00a0excepci\u00f3n y eventos de calamidad, con destino a los operativos de ayuda, el uso \u00a0de las redes y servicios de comunicaciones y, en cualquier caso, la de requerir \u00a0que se d\u00e9 prelaci\u00f3n a las comunicaciones que tengan por objeto la salvaguarda \u00a0de la vida humana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Atribuir, asignar, gestionar y controlar el espectro radioel\u00e9ctrico con \u00a0excepci\u00f3n de lo dispuesto en art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, con \u00a0el fin de evitar pr\u00e1cticas monopol\u00edsticas, fomentar la competencia y el \u00a0pluralismo informativo, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden a \u00a0la entidad de que trata el art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Administrar el r\u00e9gimen de contraprestaciones por concepto de otorgamiento de \u00a0licencias, concesiones, autorizaciones, registros, permisos y otras actuaciones \u00a0administrativas que comporten el pago de derechos, mediante el desarrollo de \u00a0las operaciones de liquidaci\u00f3n, cobro y recaudo, de conformidad con la \u00a0legislaci\u00f3n vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Ejercer las funciones de inspecci\u00f3n, vigilancia y control respecto del \u00a0cumplimiento de los reg\u00edmenes de telecomunicaciones y postal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Promover \u00a0la introducci\u00f3n, divulgaci\u00f3n y adopci\u00f3n de nuevos desarrollos tecnol\u00f3gicos en \u00a0materia de comunicaciones, cuando a juicio del Ministerio resulte conveniente \u00a0para el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Promover el establecimiento de una cultura de la tecnolog\u00eda de la informaci\u00f3n y \u00a0comunicaciones en el pa\u00eds incentivando la oferta y la demanda de informaci\u00f3n y \u00a0de contenidos, as\u00ed como la masificaci\u00f3n del uso de la tecnolog\u00eda de la \u00a0informaci\u00f3n y comunicaciones en las civersas \u00a0actividades de la vida cotidiana, con el prop\u00f3sito de contribuir a satisfacer \u00a0las necesidades de los ciudadanos y a la mayor eficiencia del aparato \u00a0productivo del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Promover la adopci\u00f3n y uso de la tecnolog\u00eda de la informaci\u00f3n y comunicaciones \u00a0en las entidades p\u00fablicas, particularmente para su relaci\u00f3n con los ciudadanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Vigilar el pleno ejercicio de los derechos de informaci\u00f3n y de la comunicaci\u00f3n, \u00a0as\u00ed como el cumplimiento de la responsabilidad social de los medios de \u00a0comunicaci\u00f3n, los cuales deber\u00e1n contribuir al desarrollo social, econ\u00f3mico, cultural \u00a0y pol\u00edtico del pa\u00eds y de los distintos grupos sociales que conforman la naci\u00f3n \u00a0colombiana, sin perjuicio de las competencias de que trata el art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Establecer y ejecutar pol\u00edticas de divulgaci\u00f3n y promoci\u00f3n permanente de los \u00a0servicios y programas del sector de comunicaciones, promoviendo el uso y \u00a0beneficio social de las comunicaciones para todos los habitantes del territorio \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Dise\u00f1ar y ejecutar planes, programas y proyectos estrat\u00e9gicos de apoyo a las \u00a0pol\u00edticas sociales del Gobierno Nacional en coordinaci\u00f3n con las instituciones, \u00a0los medios de comunicaci\u00f3n y las organizaciones de la sociedad civil como \u00a0contribuci\u00f3n del sector al mejoramiento de la calidad de vida, la promoci\u00f3n del \u00a0desarrollo, la defensa de los derechos fundamentales, la gobernabilidad y la \u00a0paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Evaluar en el \u00e1mbito de su competencia legal, el cumplimiento por parte de los \u00a0operadores y comercializadores de servicios y de redes de comunicaciones de los \u00a0indicadores, par\u00e1metros o metas de calidad, cobertura, eficiencia de los \u00a0servicios de comunicaciones, requisitos de orden t\u00e9cnico y los par\u00e1metros de \u00a0normalizaci\u00f3n u homologaci\u00f3n que sean establecidos y exigibles de conformidad \u00a0con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Ordenar el cese de operaciones no autorizadas de redes y servicios de \u00a0comunicaciones, el decomiso provisional y definitivo de equipos y dem\u00e1s bienes \u00a0utilizados para el efecto y disponer su destino con arreglo a lo dispuesto en \u00a0la ley, sin perjuicio de las competencias que tienen las autoridades Militares \u00a0y de Polic\u00eda para el decomiso de equipos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas al Ministerio por la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Integraci\u00f3n del Sector Administrativo de Comunicaciones. El sector \u00a0administrativo de comunicaciones est\u00e1 integrado por el Ministerio de \u00a0Comunicaciones y las siguientes entidades adscritas y vinculadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A. Entidades \u00a0adscritas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Unidades \u00a0Administrativas Especiales con personer\u00eda jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Fondo \u00a0de Comunicaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Unidades \u00a0Administrativas Especiales sin personer\u00eda jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Comisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de Telecomunicaciones, CRT. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>B. Entidades \u00a0vinculadas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Empresas \u00a0Industriales y Comerciales del Estado: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Instituto Nacional de Radio y Televisi\u00f3n, Inravisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Administraci\u00f3n Postal Nacional, Adpostal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Compa\u00f1\u00eda de Informaciones Audiovisuales, Audiovisuales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>C. Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Consejo Filat\u00e9lico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. Estructura. La estructura del Ministerio de Comunicaciones ser\u00e1 la \u00a0siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Despacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. \u00a0Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. \u00a0Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. \u00a0Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Despacho del Viceministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Direcci\u00f3n \u00a0de Desarrollo del Sector \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 \u00a0Direcci\u00f3n de Administraci\u00f3n de Recursos de Comunicaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.1 \u00a0Direcciones Territoriales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 \u00a0Direcci\u00f3n de Acceso y Desarrollo Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 \u00a0Subdirecci\u00f3n Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 \u00a0Subdirecci\u00f3n Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Organos de \u00a0Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. \u00a0Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo Administrativo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. \u00a0Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. Direcci\u00f3n del Ministerio. La direcci\u00f3n del Ministerio de \u00a0Comunicaciones estar\u00e1 a cargo del Ministro, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata \u00a0colaboraci\u00f3n del Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. Funciones del Despacho del Ministro. Son funciones del Despacho del \u00a0Ministro de Comunicaciones, adem\u00e1s de las que le se\u00f1alan la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, la ley 489 de 1998 y \u00a0dem\u00e1s disposiciones legales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dise\u00f1ar y formular pol\u00edticas con el fin de coordinar y estandarizar los \u00a0esfuerzos inform\u00e1ticos en el gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Dise\u00f1ar y formular las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos del sector de \u00a0comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Orientar el desarrollo de las pol\u00edticas, planes y programas adoptados por el \u00a0Gobierno Nacional, tendientes al mejoramiento del sector y a la difusi\u00f3n y \u00a0acceso de los colombianos a las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las \u00a0comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Expedir los actos administrativos necesarios para el cum \u00a0plimiento de las funciones del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Ejercer bajo la direcci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica y en coordinaci\u00f3n con \u00a0el Ministro de Relaciones Exteriores, la representaci\u00f3n internacional de \u00a0Colombia en el campo de las comunicaciones, especialmente ante los organismos \u00a0internacionales del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Otorgar \u00a0licencias, concesiones, autorizaciones, registros y permisos para operar \u00a0servicios de comunicaciones; as\u00ed como autorizar sus modificaciones, pr\u00f3rrogas, \u00a0renovaciones y cesiones, de acuerdo con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Planear y promover la introducci\u00f3n, divulgaci\u00f3n y adopci\u00f3n de nuevos \u00a0desarrollos tecnol\u00f3gicos en materia de comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Proponer pol\u00edticas para difundir y promover la generaci\u00f3n de una cultura de \u00a0tecnolog\u00eda de la informaci\u00f3n y las comunicaciones en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Orientar y coordinar la planeaci\u00f3n, administraci\u00f3n, vigilancia y control del \u00a0uso de los servicios de comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Orientar y coordinar la gesti\u00f3n de proyectos de acceso a las tecnolog\u00edas de \u00a0informaci\u00f3n y comunicaciones que promuevan el desarrollo social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Definir las pol\u00edticas y directrices para la ejecuci\u00f3n de las actividades del \u00a0Ministerio de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Conocer y fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios que se \u00a0adelantan contra los servidores y ex servidores p\u00fablicos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Asignar las funciones atribuidas al Ministerio de Comunicaciones no \u00a0contempladas en este decreto, que se encuentren establecidas en otras \u00a0disposiciones legales y reglamentarias, a las dependencias del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Imponer las sanciones legales y contractuales a que den lugar las violaciones a \u00a0las normas de comunicaciones, de acuerdo con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Adjudicar los procesos licitatorios y concursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Suscribir los contratos del Ministerio y del Fondo de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Actuar como superior inmediato, sin perjuicio de la funci\u00f3n nominadora, de los \u00a0representantes legales de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Aprobar el proyecto del programa anual mensualizado de caja, PAC, de ingresos, \u00a0gastos, reservas presupuestales y cuentas por pagar del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Garantizar el ejercicio de l Control Interno y supervisar su efectividad y la \u00a0observancia de sus recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Ejercer la vocer\u00eda del Gobierno Nacional ante el Congreso de la Rep\u00fablica, presentando \u00a0proyectos de ley, atendiendo las citaciones que se le hagan y tomando parte en \u00a0los debates, relacionados con el objeto y funciones del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Crear, organizar y conformar mediante resoluci\u00f3n interna y con car\u00e1cter \u00a0permanente o transitorio, grupos internos de trabajo y comit\u00e9s internos para \u00a0atender las necesidades del servicio y el cumplimiento oportuno, eficiente y \u00a0eficaz de los objetivos, pol\u00edticas y programas del Ministerio, indicando las \u00a0actividades que deban cumplir y los responsables de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las \u00a0dem\u00e1s funciones inherentes a la naturaleza del cargo y las que le sean \u00a0asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica o que le atribuya la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00b0. Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Asesora \u00a0Jur\u00eddica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Asesorar al Ministro, al Viceministro, al Secretario General y a las \u00a0dependencias del Ministerio en los asuntos jur\u00eddicos relacionados con la \u00a0entidad y emitir los conceptos legales que se requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Realizar las actividades tendientes para garantizar la unidad de criterio y la \u00a0seguridad jur\u00eddica, para lo cual la oficina debe coordinar el desarrollo de sus \u00a0actividades con la Secretar\u00eda General del Ministerio, Secretaria Jur\u00eddica de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica y las oficinas jur\u00eddicas de las entidades adscritas \u00a0o vinculadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Asesorar los procesos de contrataci\u00f3n que adelanten el Ministerio y el Fondo de \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Llevar a cabo las acciones encaminadas a lograr el cobro efectivo de las sumas \u00a0que le adeuden al Ministerio y\/o al Fondo de Comunicaciones por todo concepto, \u00a0adelantando los procesos ejecutivos por jurisdicci\u00f3n coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Preparar las consultas que requiera el Ministerio ante las distintas \u00a0jurisdicciones y organismos de la rama judicial, de conformidad con las \u00a0disposiciones legales sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Emitir concepto jur\u00eddico sobre los proyectos de ley, decretos, resoluciones, \u00a0contratos y dem\u00e1s actos administrativos del Ministerio que sean sometidos a su \u00a0consideraci\u00f3n y elaborar los que le sean asignados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Representar, por intermedio de sus abogados, al Ministerio y al Fondo de \u00a0Comunicaciones ante las autoridades judiciales y administrativas, cuando as\u00ed se \u00a0lo encomiende el Ministro e informarle oportunamente sobre el avance de los \u00a0tr\u00e1mites. As\u00ed mismo organizara, coordinar\u00e1 y controlar\u00e1 el registro y \u00a0actualizaci\u00f3n de los procesos en que la Naci\u00f3n-Ministerio y el Fondo de \u00a0Comunicaciones sea parte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Suministrar al Ministerio P\u00fablico y al Ministerio del Interior y de Justicia la \u00a0informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n necesarias para la defensa de los intereses del \u00a0Ministerio en los juicios en que sea parte la Naci\u00f3n-Ministerio de \u00a0Comunicaciones y el Fondo de Comunicaciones, seguir el curso de los mismos e \u00a0informar al Ministro, y a la Secretar\u00eda Jur\u00eddica del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, cuando esta la solicite, sobre su estado y \u00a0desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Codificar, compilar y actualizar las normas del Sector Comunicaciones, \u00a0propiciar su difusi\u00f3n y promover su aplicaci\u00f3n en los diferentes niveles del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Notificar los actos administrativos que emita el Fondo de Comunicaciones y el \u00a0Ministerio de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00b0. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control \u00a0Interno, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en la ley, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Asesorar al Ministro en la formulaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n del control interno del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Dise\u00f1ar los planes, m\u00e9todos, procedimientos y mecanismos de verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n \u00a0del Sistema de Control Interno del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Evaluar el control interno aplicado en las dependencias y programas del \u00a0Ministerio para medie la eficiencia, eficacia y econom\u00eda de los controles \u00a0establecidos, asegurar la continuidad del proceso administrativo y formular las \u00a0recomendaciones y correctivos necesarios para el cumplimiento de la misi\u00f3n, los \u00a0objetivos y metas previstos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Desarrollar programas de Auditor\u00eda de conformidad con \u00a0la naturaleza objeto de evaluaci\u00f3n, formulando las observaciones y \u00a0recomendaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Asesorar y apoyar a los Directivos del Ministerio en el dise\u00f1o y actualizaci\u00f3n \u00a0de los procesos y procedimientos, requisitos, funciones y formas que requiere \u00a0el funcionamiento de la Entidad, dentro de los criterios de eficacia, \u00a0eficiencia, econom\u00eda, celeridad, igualdad, publicidad y oportunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar \u00a0por el cumplimiento de las leyes, normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, \u00a0programas, proyectos y metas del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Fomentar en el Ministerio la formaci\u00f3n de una cultura de control que contribuya \u00a0al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Vigilar que la atenci\u00f3n de quejas y reclamos se preste pronta y adecuadamente y \u00a0rendir los informes sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Velar por la formulaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n del control de gesti\u00f3n y su \u00a0sistema de evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas y mantener \u00a0permanentemente informados a los Directivos acerca del estado de control \u00a0interno de las dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Verificar la aplicaci\u00f3n y cumplimiento de las medidas que adopte el Gobierno \u00a0Nacional sobre lucha contra la corrupci\u00f3n, racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites y \u00a0austeridad del gasto, entre otras materias, con el fin de contribuir al \u00a0mejoramiento y eficiencia en la gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Acompa\u00f1ar y asesorar a las diferentes dependencias del Ministerio en la \u00a0implementaci\u00f3n y desarrollo del proceso de administraci\u00f3n del riesgo, y realizar \u00a0la evaluaci\u00f3n y seguimiento del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Realizar la evaluaci\u00f3n y seguimiento de las acciones del Ministerio y promover \u00a0ante las autoridades competentes las investigaciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00b0. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora \u00a0de Planeaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Coordinar la formulaci\u00f3n de los elementos de direccionamiento estrat\u00e9gico del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divulgar \u00a0y promover la misi\u00f3n, visi\u00f3n, valores, objetivos misionales y dem\u00e1s elementos \u00a0de direccionamiento estrat\u00e9gico del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Dise\u00f1ar las pol\u00edticas, estrategias y directrices para el desarrollo inform\u00e1tico \u00a0y organizacional de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Articular, \u00a0con las \u00e1reas involucradas, la ejecuci\u00f3n de los planes, programas y proyectos \u00a0que se desprendan de los direccionamientos estrat\u00e9gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Registrar los planes, proyectos y programas internos y sectoriales ante los \u00a0entes externos correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Adelantar los tr\u00e1mites pertinentes, ante las entidades competentes, para la \u00a0aprobaci\u00f3n de los planes y programas del Sector Administrativo de \u00a0Comunicaciones y efectuar el seguimiento a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer \u00a0el seguimiento a los compromisos adquiridos, por las \u00e1reas, para la realizaci\u00f3n \u00a0de los proyectos de inversi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Definir los indicadores del Ministerio de Comunicaciones y coordinar con las \u00a0diferentes dependencias el establecimiento de metas y tiempos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Asesorar a las dependencias en la formulaci\u00f3n de los planes de acci\u00f3n y \u00a0mejoramiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Organizar y operar el banco de proyectos del Sector Administrativo de \u00a0Comunicaciones, tramitar la inclusi\u00f3n de los que el Ministerio considere \u00a0prioritarios en el Banco Nacional de Proyectos de Inversi\u00f3n y gestionar la \u00a0obtenci\u00f3n de los recursos pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Validar y tramitar los planes y programas de la entidad y del sector y el \u00a0anteproyecto de presupuesto que en cada vigencia fiscal se requiera para su \u00a0ejecuci\u00f3n, atendiendo las directrices del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico y del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Someter a consideraci\u00f3n de los organismos competentes los planes y presupuestos \u00a0del sector, una vez aprobados por el Ministro, para que sean incorporados al \u00a0Plan Nacional de Desarrollo y al Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Coordinar con las \u00e1reas misionales del Ministerio de Comunicaciones la \u00a0consecuci\u00f3n de recursos de cooperaci\u00f3n internacional que puedan ser aplicados a \u00a0los planes, programas y proyectos de acceso, promoci\u00f3n y desarrollo social de \u00a0las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Funciones del Despacho del Viceministro. Son funciones del Despacho \u00a0del Viceministro, adem\u00e1s de las que le se\u00f1alan la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, la Ley 489 de 1998 y \u00a0dem\u00e1s disposiciones legales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Asesorar al Ministro en el dise\u00f1o y la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica y planes de \u00a0acci\u00f3n del Ministerio y asistirlo en las funciones de direcci\u00f3n, supervisi\u00f3n y \u00a0control que le corresponden. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Orientar el dise\u00f1o de los planes, programas y proyectos que requiera el \u00a0Ministerio para el desarrollo del sector de comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Coordinar la investigaci\u00f3n y promoci\u00f3n del desarrollo del sector de las \u00a0comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Asesorar al Ministro en el desarrollo de las pol\u00edticas, planes y programas adoptados \u00a0por el Gobierno Nacional, tendientes al mejoramiento del sector y a la difusi\u00f3n \u00a0y acceso de los colombianos a las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las \u00a0comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Dirigir la planeaci\u00f3n, administraci\u00f3n, vigilancia y control del uso de los recursos \u00a0de comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Orientar l a formulaci\u00f3n de proyectos de acceso a las tecnolog\u00edas de \u00a0informaci\u00f3n y comunicaciones que promuevan el desarrollo social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Asistir al Ministro en sus relaciones con el Congreso de la Rep\u00fablica y vigilar \u00a0el curso de los proyectos de ley relacionados con el ramo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Apoyar al Ministro en la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y control de la ejecuci\u00f3n de \u00a0las funciones a cargo de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Orientar la acci\u00f3n operativa y t\u00e9cnica del Fondo de comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Velar por la aplicaci\u00f3n del plan de desarrollo administrativo espec\u00edfico del \u00a0\u00e1rea de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Direcci\u00f3n de Desarrollo del Sector. Son funciones de la direcci\u00f3n de \u00a0desarrollo del sector las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dise\u00f1ar, formular y proponer pol\u00edticas de tecnolog\u00eda de informaci\u00f3n del Estado \u00a0para promover el desarrollo masivo del conocimiento, as\u00ed como coordinar y \u00a0estandarizar los esfuerzos inform\u00e1ticos en el gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Investigar acerca de las nuevas tendencias nacionales e internacionales del \u00a0sector de las comunicaciones en cuanto a tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y \u00a0comunicaciones, reglamentaci\u00f3n, administraci\u00f3n del espectro electromagn\u00e9tico \u00a0con excepci\u00f3n de lo dispuesto en art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0servicio postal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Formular la visi\u00f3n del sector y participar en las pol\u00edticas para el desarrollo \u00a0del sector de las comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Asesorar al Ministro en la definici\u00f3n de la posici\u00f3n del Ministerio con \u00a0relaci\u00f3n a la regulaci\u00f3n de las comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Organizar, dirigir, promover y divulgar el desarrollo de nuevas oportunidades \u00a0de negocio del sector involucrando inversionistas para el sector de las \u00a0comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Planear y atribuir el espectro radioel\u00e9ctrico con excepci\u00f3n de lo dispuesto en \u00a0art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0conforme a la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Notificar e inscribir ante los organismos internacionales pertinentes, la \u00a0atribuci\u00f3n de espectro radioel\u00e9ctrico y posiciones orbitales con excepci\u00f3n de \u00a0lo dispuesto en el art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Recomendar los par\u00e1metros de valoraci\u00f3n por el uso del espectro radioel\u00e9ctrico \u00a0y estudiar la estructura de contribuciones del sector de las comunicaciones , \u00a0conforme a la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Coordinar y ejecutar los estudios de impacto socioecon\u00f3mico generados por los \u00a0proyectos de desarrollo de los servicios de comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Investigar acerca de las nuevas tendencias nacionales e internacionales de \u00a0tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Direcci\u00f3n de Administraci\u00f3n de Recursos de Comunicaciones. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Administraci\u00f3n de Recursos de Comunicaciones, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Formular pol\u00edticas para la asignaci\u00f3n, control y vigilancia de los recursos de \u00a0comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Programar y ejecutar la habilitaci\u00f3n, vigilancia y control del uso de los \u00a0recursos de comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Determinar las \u00e1reas de cobertura para las concesiones, autorizaciones, \u00a0licencias registros y permisos de utilizaci\u00f3n de los recursos de comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Cumplir los procedimientos de notificaci\u00f3n, registro y coordinaci\u00f3n \u00a0internacional de las asignaciones del espectro radioel\u00e9ctrico con excepci\u00f3n de \u00a0lo dispuesto en el art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Adelantar investigaciones para establecer posibles infracciones al r\u00e9gimen del \u00a0espectro con excepci\u00f3n de lo dispuesto en art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica e \u00a0imponer las sanciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Notificar ante los organismos internacionales las interferencias detectadas por \u00a0se\u00f1ales originadas en otros pa\u00edses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Vigilar y controlar el cumplimiento del r\u00e9gimen de obligaciones a cargo de los \u00a0concesionarios y dem\u00e1s personas que presten o utilicen los servicios del sector \u00a0comunicaciones para con el Ministerio de Comunicaciones-Fondo de \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Coordinar y controlar el proceso de administraci\u00f3n de bienes en decomiso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Establecer los requisitos t\u00e9cnicos requeridos para adelantar el proceso de \u00a0selecci\u00f3n objetiva para la asignaci\u00f3n de los recursos de comunicaciones, de \u00a0conformidad con la normatividad vigente. As\u00ed mismo, los establecer\u00e1 en los \u00a0casos que se asignen a petici\u00f3n de parte, de conformidad con la normatividad \u00a0vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Coordinar y controlar la gesti\u00f3n operativa, administrativa y t\u00e9cnica de las \u00a0direcciones territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013. Direcciones Territoriales. Son funciones de las Direcciones \u00a0Territoriales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Programar y ejecutar la vigilancia y control de los servicios de \u00a0comunicaciones, de acuerdo con los lineamientos que le sean se\u00f1alados por la \u00a0direcci\u00f3n de administraci\u00f3n de recursos de comunicaciones, dentro de la \u00a0jurisdicci\u00f3n asignada por el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Suspender los servicios de comunicaciones cuando operen sin la autorizaci\u00f3n \u00a0respectiva, sin perjuicio de las competencias que tienen las Autoridades \u00a0militares y de Polic\u00eda para realizar el decomiso de los equipos utilizados, y \u00a0de la aplicaci\u00f3n de las sanciones de orden administrativo o penal a que hubiere \u00a0lugar, de conformidad con las normas legales y reglamentarias vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Recepcionar, direccionar y \u00a0remitir a las dependencias correspondientes las solicitudes, peticiones, quejas \u00a0y reclamos que se presenten por parte de los interesados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Proveer la informaci\u00f3n de car\u00e1cter general y de tr\u00e1mite presentadas por los \u00a0interesados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Informar al interesado sobre el estado de su tr\u00e1mite. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Fomentar, en coordinaci\u00f3n con la direcci\u00f3n de acceso y desarrollo social, la \u00a0participaci\u00f3n comunitaria en el desarrollo y gesti\u00f3n de servicios de \u00a0comunicaciones, especialmente en la planeaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de programas y \u00a0proyectos de comunicaci\u00f3n social de alcance local y regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00ba. El Ministerio de Comunicaciones podr\u00e1 tener hasta cinco direcciones \u00a0territoriales en aquellas regiones del pa\u00eds donde se considere necesario para \u00a0el cumplimiento de sus funciones, las cuales se organizar\u00e1n internamente con \u00a0grupos de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00ba. Para el cumplimiento de las funciones previstas en este art\u00edculo, el \u00a0Gobierno Nacional, mediante decreto, podr\u00e1 crear, suprimir o reubicar las \u00a0direcciones territoriales, previa la realizaci\u00f3n de los estudios t\u00e9cnicos y \u00a0econ\u00f3micos demostrativos que justifiquen tal iniciativa, con la observancia de \u00a0los principios se\u00f1alados en el art\u00edculo 209 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a014. Direcci\u00f3n de Acceso y Desarrollo Social. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Acceso y Desarrollo Social, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Formular las pol\u00edticas para el acceso, promoci\u00f3n y desarrollo social de las \u00a0tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Investigar tendencias mundiales en el manejo de aspectos sociales, aplicados a \u00a0las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Investigar y tramitar los recursos de cooperaci\u00f3n internacional que puedan ser \u00a0aplicados a los planes, programas y proyectos de acceso, promoci\u00f3n y desarrollo \u00a0social de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Investigar necesidades formular y gestionar proyectos de acceso y uso social de \u00a0las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones tendientes a satisfacer \u00a0las necesidades de las comunidades vulnerables y excluidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Planear, dirigir y coordinar el proceso de planeaci\u00f3n y estructuraci\u00f3n de \u00a0proyectos de acceso y desarrollo social de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y \u00a0las comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Planear y dirigir el proceso de seguimiento y control de proyectos sociales de \u00a0tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Planear, formular, estructurar, controlar y hacer el seguimiento de los \u00a0programas y proyectos a los que se refiere el numeral 4 del art\u00edculo 2\u00b0 del \u00a0presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8 \u00a0Coordinar la ejecuci\u00f3n de los estudios de impacto socioecon\u00f3mico generados por \u00a0los proyectos sociales de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las \u00a0comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda General las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Asesorar al Ministro en el dise\u00f1o y formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y \u00a0procedimientos para la administraci\u00f3n de recursos humanos, f\u00edsicos, econ\u00f3micos \u00a0y financieros de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Orientar, dirigir y coordinar las funciones asignadas a las subdirecciones a su \u00a0cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Coordinar y dirigir la ejecuci\u00f3n de planes y programas de las dependencias que \u00a0tiene a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Adelantar, con apoyo de la oficina jur\u00eddica, los procesos de contrataci\u00f3n de \u00a0bienes y servicios requeridos por el Ministerio y Fondo de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Recepcionar, direccionar y hacer \u00a0seguimiento a las solicitudes, peticiones, quejas y reclamos interpuestas por \u00a0los ciudadanos, concesionarios y dem\u00e1s personas que presten o utilicen los \u00a0servicios relacionados con las funciones del Ministerio de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Asegurar el funcionamiento del \u00e1rea de atenci\u00f3n al usuario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Ejercer la funci\u00f3n disciplinaria y aplicar el procedimiento con sujeci\u00f3n a las \u00a0disposiciones, facultades y competencias establecidas en la ley disciplinaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Coordinar con la Oficina asesora de planeaci\u00f3n la elaboraci\u00f3n del anteproyecto \u00a0de presupuesto de funcionamiento e inversi\u00f3n de programa anual mensualizado de \u00a0caja que deba adoptar el Ministerio y Fondo de Comunicaciones de acuerdo con \u00a0las directrices que al respecto dicte el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Coordinar con la Oficina asesora de planeaci\u00f3n la elaboraci\u00f3n y actualizaci\u00f3n \u00a0de los manuales de funciones y procedimientos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Dirigir y controlar la gesti\u00f3n documental del Ministerio y del Fondo de \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Subdirecci\u00f3n Administrativa. Son funciones de la subdirecci\u00f3n \u00a0administrativa, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Desarrollar los procesos de selecci\u00f3n, vinculaci\u00f3n, inducci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y \u00a0calidad laboral de los funcionarios del Ministerio en concordancia con las \u00a0disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Administrar el sistema de informaci\u00f3n y gesti\u00f3n de personal del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Elaborar y mantener actualizados los manuales de funciones y procedimientos del \u00a0Ministerio con la colaboraci\u00f3n de todas las dependencias del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Coordinar el mantenimiento y actualizaci\u00f3n de los sistemas de informaci\u00f3n y \u00a0comunicaciones de conformidad con las pol\u00edticas, planes y programas del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Dise\u00f1ar y proponer el plan integral de seguridad inform\u00e1tica y velar por su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Prestar el soporte t\u00e9cnico a las dependencias del Ministerio en la soluci\u00f3n de \u00a0problemas referentes a los sistemas de informaci\u00f3n y comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Verificar el cumplimiento de las normas sobre derechos de autor en los sistemas \u00a0de informaci\u00f3n que utilice y adquiera el Ministerio y\/o el Fondo de \u00a0Comunicaciones y certificar dicho cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Prestar los servicios de registro, clasificaci\u00f3n, tr\u00e1mite y archivo de la correspondencia, \u00a0documentos y expedientes del Ministerio y del Fondo de \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Elaborar y ejecutar, con base en las necesidades y consumos de \u00a0las dependencias, el plan general de compras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Controlar, \u00a0conservar y custodiar el inventario de elementos devolutivos y de consumo del \u00a0Ministerio y del Fondo de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Controlar, conservar y custodiar el inventario de bienes inmuebles del \u00a0Ministerio y del Fondo de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Controlar \u00a0la adecuada prestaci\u00f3n de servicios de aseo, vigilancia, transporte, \u00a0mantenimiento y otros que requiera el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a017. Subdirecci\u00f3n Financiera. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n \u00a0Financiera, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Apoyar al Secretario General en la asesor\u00eda al Ministro en el dise\u00f1o, \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y procedimientos para la administraci\u00f3n de los \u00a0recursos financieros del Ministerio y del Fondo de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Desarrollar los procesos contables y de tesorer\u00eda del Ministerio y del Fondo de \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Facturar las liquidaciones producto del Fondo de Comunicaciones y generar los \u00a0informes respectivos, conforme a la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recaudar \u00a0los recursos del Ministerio y Fondo de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Recibir y revisar las autoliquidaciones, y emitir los informes a las \u00a0respectivas direcciones misionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Elaborar y actualizar la informaci\u00f3n referente al estado de cuenta de los \u00a0concesionarios y dem\u00e1s personas que presten o utilicen los servicios del sector \u00a0comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Elaborar y presentar a las autoridades, los estados financieros del Ministerio \u00a0y del Fondo de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Elaborar el anteproyecto de presupuesto en coordinaci\u00f3n con las \u00e1reas del \u00a0Ministerio, conforme a la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Elaborar el anteproyecto de presupuesto del Ministerio y del Fondo de \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Planear y controlar la ejecuci\u00f3n presupuestal del Ministerio y del Fondo de \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Elaborar los certificados de disponibilidad presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Coordinar con las \u00e1reas del Ministerio las modificaciones presupuestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018. Organos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n. \u00a0El comit\u00e9 sectorial de desarrollo administrativo, el comit\u00e9 de coordinaci\u00f3n del \u00a0sistema de control interno y la comisi\u00f3n de personal se organizar\u00e1n y ejercer\u00e1n \u00a0sus funciones conforme a lo previsto en las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a019. Adopci\u00f3n de la nueva planta de personal. De conformidad con la \u00a0estructura prevista en el presente Decreto, el Gobierno Nacional proceder\u00e1 a \u00a0adoptar la planta de personal del Ministerio de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a020. Atribuciones de los funcionarios de la planta actual. Los \u00a0funcionarios de la actual planta de personal del Ministerio de Comunicaciones \u00a0continuar\u00e1n ejerciendo las funciones a ellos asignadas, hasta tanto sea \u00a0adoptada la nueva planta de personal e incorporados los funcionarios a la misma \u00a0de conformidad con las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a021. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n, y deroga los art\u00edculos 1\u00b0 al 19 y 41 al 45 del Decreto 1130 de 1999, \u00a0y dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 13 de junio de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO \u00a0URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto \u00a0Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Ministra de Comunicaciones, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Martha \u00a0Elena Pinto de De Hart. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando \u00a0Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1620 DE 2003 \u00a0 \u00a0 (junio \u00a013) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la estructura del Ministerio de \u00a0Comunicaciones y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el Decreto 91 de 2010, \u00a0art\u00edculo 26. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades \u00a0constitucionales y legales, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[51],"tags":[],"class_list":["post-34780","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2003"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/34780","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=34780"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/34780\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=34780"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=34780"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=34780"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}