{"id":34824,"date":"2023-07-26T19:48:00","date_gmt":"2023-07-26T19:48:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-1777-de-2003\/"},"modified":"2023-07-26T19:48:00","modified_gmt":"2023-07-26T19:48:00","slug":"decreto-1777-de-2003","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-1777-de-2003\/","title":{"rendered":"DECRETO 1777 DE 2003"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1777 DE 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(junio 26) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D. O. 45.231, junio 27 de 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por el cual \u00a0se escinde la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social, Cajanal, \u00a0y se crea la Cajanal S. A. EPS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>EL \u00a0PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>en ejercicio \u00a0de las facultades extraordinarias que le confieren los literales d) y f) del \u00a0art\u00edculo 16 de la Ley 790 de 2002, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 790 de 2002, en su \u00a0art\u00edculo 16, literales d) y f), confiri\u00f3 facultades extraordinarias al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica para escindir entidades u organismos administrativos \u00a0del orden nacional y crear las entidades u organismos que se requieran para \u00a0desarrollar los objetivos que cumpl\u00edan las entidades escindidas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Programa \u00a0de Renovaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Nacional, tiene como prop\u00f3sito \u00a0racionalizar la organizaci\u00f3n y funcionamiento de la administraci\u00f3n p\u00fablica o \u00a0garantizar la sostenibilidad financiera de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno \u00a0Nacional, en el marco del Programa anteriormente citado, ha determinado de \u00a0conformidad con el respectivo estudio t\u00e9cnico, la necesidad y conveniencia de \u00a0separar las actividades de aseguramiento en el sistema de seguridad social \u00a0integral de salud y de pensiones en entidades diferentes, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ESCISI\u00d3N. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a01o. ESCISI\u00d3N. Esc\u00edndese de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n \u00a0Social, Cajanal, Empresa Industrial y Comercial del \u00a0Estado, vinculada al Ministerio de la Protecci\u00f3n Social, la Subdirecci\u00f3n \u00a0General de Salud, la Subdirecci\u00f3n General Administrativa y Financiera, las \u00a0Direcciones Seccionales Regionales y las dem\u00e1s dependencias de cualquier nivel \u00a0vinculadas a la prestaci\u00f3n del servicio de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CREACI\u00d3N. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2o. CREACI\u00d3N, NATURALEZA JUR\u00cdDICA, DENOMINACI\u00d3N Y SEDE. Cr\u00e9ese la \u00a0Sociedad Cajanal S. A. EPS, como una sociedad por \u00a0acciones del orden nacional, vinculada al Ministerio de la Protecci\u00f3n Social, \u00a0con personer\u00eda jur\u00eddica, patrimonio propio, autonom\u00eda administrativa y \u00a0financiera. Su domicilio y sede principal ser\u00e1 la ciudad de Bogot\u00e1, D. C., y \u00a0podr\u00e1 establecer regionales en el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3o. OBJETO Y DURACI\u00d3N. La Sociedad Cajanal \u00a0S. A. EPS tendr\u00e1 como objeto promover, organizar, garantizar y prestar, directa \u00a0o indirectamente, los servicios de salud a sus afiliados y usuarios, para lo \u00a0cual podr\u00e1 desarrollar las funciones consagradas en el art\u00edculo 178 de la Ley 100 de 1993 y \u00a0dem\u00e1s normas que la reglamenten, modifiquen o adicionen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El t\u00e9rmino de \u00a0duraci\u00f3n de la Sociedad ser\u00e1 indef inido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a04o. DOMICILIO. El domicilio principal de la Sociedad Cajanal \u00a0S. A. EPS ser\u00e1 la ciudad de Bogot\u00e1, D. C. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a05o. FUNCIONES DE CAJANAL S.A. EPS. Adem\u00e1s de lo previsto en el presente decreto \u00a0y en el C\u00f3digo de Comercio, para el desarrollo de sus objetivos Cajanal S. A. EPS ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 Promover la \u00a0afiliaci\u00f3n y efectuar el registro de la poblaci\u00f3n al Sistema General de \u00a0Seguridad Social en Salud, bien sea a trav\u00e9s del r\u00e9gimen contributivo o del \u00a0subsidiado, garantizando la libre escogencia del usuario, el recaudo de las \u00a0cotizaciones y la promoci\u00f3n, gesti\u00f3n, coordinaci\u00f3n y control de los servicios \u00a0de salud de las instituciones prestadoras de servicios de salud, con las cuales \u00a0atiendan a sus afiliados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 Remitir al \u00a0Fondo de Solidaridad y Garant\u00eda, Fosyga, la \u00a0informaci\u00f3n relativa a la afiliaci\u00f3n, a las novedades laborales y a los \u00a0recaudos por cotizaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 Administrar \u00a0el riesgo en salud de sus afiliados, procurando disminuir la ocurrencia de los \u00a0eventos previsibles de enfermedad o de eventos de enfermedad sin atenci\u00f3n, \u00a0evitando la discriminaci\u00f3n de personas con altos riesgos o enfermedades de alto \u00a0costo en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4 Organizar y \u00a0garantizar la prestaci\u00f3n de los servicios de salud previstos en el Plan \u00a0Obligatorio de Salud, con cargo a las Unidades de Pago por Capitaci\u00f3n, UPC, \u00a0correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.5 Gestionar y \u00a0coordinar la oferta de servicios de salud, directamente o a trav\u00e9s de la \u00a0contrataci\u00f3n con instituciones prestadoras de servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.6 Implementar \u00a0sistemas de control de costos y establecer los procedimientos de garant\u00eda de \u00a0calidad para la atenci\u00f3n integral, eficiente y oportuna de los afiliados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.7 Reconocer y \u00a0pagar a sus afiliados las incapacidades derivadas de los riesgos de enfermedad \u00a0y maternidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.8 Organizar la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios de salud de los afiliados de los reg\u00edmenes \u00a0exceptuados del Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando las \u00a0entidades responsables de los mismos celebren contrato para tal efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.9 Las dem\u00e1s \u00a0funciones que se le asignen o que determine la ley o las disposiciones \u00a0reglamentarias para las Entidades Promotoras de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 6o. \u00d3RGANOS DE DIRECCI\u00d3N Y ADMINISTRACI\u00d3N. La direcci\u00f3n y \u00a0administraci\u00f3n de Cajanal S. A. EPS estar\u00e1n a cargo \u00a0de la Asamblea General de Accionistas, la Junta Directiva y un Presidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 7o. ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS.\u00a0 \u00a0El \u00f3rgano m\u00e1ximo de direcci\u00f3n de Cajanal S. A. \u00a0EPS ser\u00e1 la Asamblea General de Accionistas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las funciones de \u00a0la Asamblea General de Accionistas ser\u00e1n, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en el C\u00f3digo \u00a0de Comercio, las que fijen sus estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 8o. JUNTA DIRECTIVA. La Junta Directiva de Cajanal \u00a0S. A. EPS estar\u00e1 integrada por siete (7) miembros que ser\u00e1n elegidos por la \u00a0Asamblea General de Accionistas con sus respectivos suplentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las funciones de \u00a0la Junta Directiva ser\u00e1n las que se\u00f1alen los estatutos en los cuales se \u00a0establecer\u00e1 la periodicidad de sus reuniones, el qu\u00f3rum y dem\u00e1s condiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 9o. PRESIDENTE. La representaci\u00f3n legal de Cajanal \u00a0S. A. EPS estar\u00e1 a cargo de un Presidente, que ser\u00e1 designado por la Junta \u00a0Directiva. La forma de designaci\u00f3n, per\u00edodo y suplencias del representante legal \u00a0ser\u00e1n los que se\u00f1alen los estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a010. ESTRUCTURA DE CAJANAL, S.A. EPS.\u00a0 \u00a0Para el cumplimiento de sus funciones, Cajanal \u00a0S. A. EPS tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. ASAMBLEA \u00a0GENERAL DE ACCIONISTAS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Revisor\u00eda \u00a0Fiscal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. JUNTA DIRECTIVA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. PRESIDENCIA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0VICEPRESIDENCIA T\u00c9CNICA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0VICEPRESIDENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. DIRECCIONES \u00a0REGIONALES \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PAR\u00c1GRAFO 1o. La \u00a0Junta Directiva adoptar\u00e1 las modificaciones a la estructura que considere \u00a0pertinentes para el cabal desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PAR\u00c1GRAFO 2o. La \u00a0Junta Directiva definir\u00e1 las Direcciones Regionales, su jurisdicci\u00f3n y sede, de \u00a0acuerdo con los planes y programas que establezca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a011. ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS Y JUNTA DIRECTIVA.\u00a0 La \u00a0Asamblea General de Accionistas y la Junta Directiva de Cajanal \u00a0S. A. EPS cumplir\u00e1n las funciones establecidas en sus estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a012. REVISOR FISCAL.\u00a0 Cajanal S. A. EPS \u00a0tendr\u00e1 un Revisor Fiscal designado para un per\u00edodo de dos (2) a\u00f1os, quien \u00a0desempe\u00f1ar\u00e1 sus funciones de acuerdo con el C\u00f3digo de Comercio y dem\u00e1s normas \u00a0vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a013. PRESIDENCIA.\u00a0 Son funciones de la Presidencia las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1 Implementar \u00a0el plan estrat\u00e9gico de la sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2 Dirigir, \u00a0coordinar, vigilar, controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n y cumplimiento de los \u00a0objetivos, funciones, pol\u00edticas, planes, programas y proyectos inherentes al \u00a0objeto de la sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.3 Ordenar los \u00a0gastos, dictar los actos administrativos y celebrar los contratos y convenios \u00a0necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la Sociedad, \u00a0dentro de los l\u00edmites legales y estatutarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.4 Presentar a \u00a0la Junta Directiva el anteproyecto de presupuesto, las modificaciones al \u00a0presupuesto y los planes de inversi\u00f3n de la Sociedad, con arreglo a las \u00a0disposiciones legales que regulan la materia y ejecutar las decisiones de dicho \u00a0organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.5 Proponer a \u00a0la Junta Directiva y tramitar las modificaciones a la estructura y planta de \u00a0personal de la Sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.6 Nombrar, \u00a0remover y contratar al personal de la Sociedad, conforme a las normas legales, \u00a0reglamentarias y estatutarias vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.7 Presentar a \u00a0consideraci\u00f3n de la Junta Directiva los informes financieros, informes sobre la \u00a0marcha de la Sociedad, las iniciativas, planes de trabajo y todas aquellas \u00a0gestiones encaminadas al mejoramiento y racionalizaci\u00f3n de los sistemas \u00a0administrativos de la Sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.8 Presentar a \u00a0la Junta Directiva el an\u00e1lisis de la ejecuci\u00f3n presupuestal, complementado con \u00a0los balances de prueba correspondientes y el c\u00f3mputo aproximado de p\u00e9rdidas y \u00a0ganancias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.9 Designar \u00a0apoderados que representen a la Sociedad en asuntos judiciales y extrajudiciales, \u00a0para la defensa de los intereses de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.10 Dirigir \u00a0las relaciones laborales de la Sociedad y delegar, cuando lo estime \u00a0conveniente, total o parcialmente, esta atribuci\u00f3n en funcionarios de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.11 Cumplir y \u00a0hacer cumplir las decisiones de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.12 Presentar \u00a0al Gobierno los informes que este solicite y a las dem\u00e1s dependencias oficiales \u00a0los datos que de conformidad con la ley deban suministrarse. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.13 En \u00a0general, ejercer todas las funciones y actividades encaminadas al cumplimiento \u00a0de los fines de la Sociedad, y que no est\u00e9n atribuidas a la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a014. FUNCIONES DE LA VICEPRESIDENCIA T\u00c9CNICA. Corresponde a la Vicepresidencia T\u00e9cnica, ejercer \u00a0las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.1 Organizar y \u00a0dirigir el modelo de prestaci\u00f3n de los servicios contenidos en el Plan \u00a0Obligatorio de Salud del r\u00e9gimen contributivo del Sistema General de Seguridad \u00a0Social en Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.2 Desarrollar \u00a0las actividades que aseguran la prestaci\u00f3n de los servicios de salud a los \u00a0afiliados cotizantes y beneficiarios, en forma eficiente, oportuna y de \u00a0calidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.3 Ejecutar \u00a0las operaciones propias de las Entidades Promotoras de Salud, especialmente las \u00a0relacionadas con el Fondo de Solidaridad y Garant\u00eda en lo relativo a la \u00a0compensaci\u00f3n, administraci\u00f3n de la base de datos de afiliados y el pago de \u00a0prestaci\u00f3n de servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.4 Desarrollar \u00a0las actividades de Administraci\u00f3n de Red de Prestadores y Garant\u00eda de Calidad \u00a0para asegurar el desarrollo del negocio de salud con calidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.5 Ejecutar los \u00a0procesos a su cargo, conforme a las disposiciones que regulan el Sistema \u00a0General de Seguridad Social en Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.6 Formular \u00a0los criterios de la pol\u00edtica de mercadeo y de servicio al cliente a nivel \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.7 Definir, \u00a0realizar y asegurar el cumplimiento de estrategias y planes de acci\u00f3n globales \u00a0para los procesos de mercadeo, ventas y servicio al cliente, que aseguren la \u00a0sostenibilidad de la Sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.8 Programar y \u00a0coordinar la prestaci\u00f3n de los servicios contenidos en los planes de promoci\u00f3n \u00a0de la salud y prevenci\u00f3n de la enfermedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.9 Administrar \u00a0el Sistema de Informaci\u00f3n Integral de Salud de la EPS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.10 Dirigir la \u00a0implementaci\u00f3n y administraci\u00f3n de los programas de garant\u00eda de calidad de los \u00a0servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.11 Las dem\u00e1s \u00a0que se le asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a015. FUNCIONES DE LA VICEPRESIDENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. Corresponde a la Vicepresidencia \u00a0Administrativa y Financiera cumplir las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.1 Dictar \u00a0pol\u00edticas, normas y procedimientos para la administraci\u00f3n de los recursos \u00a0humanos, f\u00edsicos, econ\u00f3micos y financieros de la Sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2 Realizar la \u00a0planeaci\u00f3n financiera de la Sociedad seg\u00fan los lineamientos estrat\u00e9gicos \u00a0corporativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.3 Expedir los \u00a0lineamientos para consolidar y estructurar la informaci\u00f3n financiera, \u00a0administrativa y t\u00e9cnica necesaria para mostrar la gesti\u00f3n de la sociedad al \u00a0Presidente y entes de vigilancia y control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.4 Llevar a \u00a0cabo programas para conocer las necesidades sobre recursos humanos, f\u00edsicos y \u00a0financieros en todas las dependencias de la Sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.5 Establecer \u00a0los lineamientos estrat\u00e9gicos para elaborar el plan anual de compras, de \u00a0acuerdo con los requerimientos de las \u00e1reas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.6 Establecer \u00a0los procedimientos para la contrataci\u00f3n de suministro de infraestructura \u00a0f\u00edsica, materiales, bienes y servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.7 Organizar y \u00a0dirigir la administraci\u00f3n, actualizaci\u00f3n del inventario de activos fijos, su \u00a0contabilizaci\u00f3n y el control de bienes muebles e inmuebles y del parque \u00a0automotor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.8 Organizar y \u00a0dirigir la prestaci\u00f3n de los servicios generales y mantenimiento que requiera \u00a0la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.9 Las dem\u00e1s \u00a0que se le asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a016. FUNCIONES DE LAS DIRECCIONES REGIONALES. Corresponde a las Direcciones Regionales cumplir \u00a0las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.1 Organizar, \u00a0dirigir y coordinar las actividades de los centros de atenci\u00f3n al cliente y del \u00a0centro administrativo de su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.2 Supervisar \u00a0la ejecuci\u00f3n de los contratos que se lleven a cabo en la regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.3 Realizar el \u00a0pago oportuno de las obligaciones contra\u00eddas por la Sociedad en su \u00a0jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.4 Realizar la \u00a0compra y suministro de bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de \u00a0la Regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.5 Elaborar \u00a0los informes t\u00e9cnicos y de gesti\u00f3n con la periodicidad y en los t\u00e9rminos en que \u00a0le sean solicitados por el nivel central o por las autoridades de regulaci\u00f3n y \u00a0control en materia de seguridad social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.6 Suministrar \u00a0la informaci\u00f3n requerida a los prestadores de servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.7 Enviar la \u00a0documentaci\u00f3n soporte para la calificaci\u00f3n del estado de invalidez seg\u00fan las \u00a0disposiciones pertinentes a las aseguradoras, administradoras, fondos de \u00a0pensiones o responsables del reconocimiento de la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.8 Las dem\u00e1s \u00a0funciones que se le asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a017. CAPITAL SOCIAL. El \u00a0capital de la Sociedad Cajanal S. A. EPS estar\u00e1 \u00a0representado en acciones nominativas de igual valor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El capital \u00a0social autorizado para el acto de constituci\u00f3n ser\u00e1 de treinta mil millones de \u00a0pesos ($30.000.000.000) moneda legal. El capital aqu\u00ed indicado se podr\u00e1 \u00a0aumentar o disminuir en cualquier tiempo mediante la correspondiente reforma \u00a0estatutaria tramitada y aprobada por la Asamblea General de Accionistas y \u00a0debidamente solemnizada en la forma prevista por la ley y sus estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El capital suscrito \u00a0y pagado ser\u00e1 el que definan los socios al momento de elevar a Escritura \u00a0P\u00fablica el documento de constituci\u00f3n de la sociedad y sus estatutos, pero en \u00a0todo caso, no menor al cincuenta por ciento (50%) del capital autorizado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A la \u00a0protocolizaci\u00f3n de la constituci\u00f3n de la sociedad concurrir\u00e1n como socios las \u00a0entidades p\u00fablicas que tengan la capacidad jur\u00eddica para ello y sean \u00a0autorizadas por sus respectivos \u00f3rganos sociales o directivos seg\u00fan el caso, \u00a0entre otros la Naci\u00f3n &#8211; Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, Fiduciaria la \u00a0Previsora S.A., Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, Fonade, \u00a0Fondo Nacional de Garant\u00edas, Financiera de Desarrollo Territorial, Findeter, u otras entidades p\u00fablicas con capacidad jur\u00eddica \u00a0para participar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La participaci\u00f3n \u00a0del Estado ser\u00e1 el patrimonio neto de Cajanal EPS al \u00a0momento de la protocolizaci\u00f3n de la escritura p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Sociedad Cajanal S. A. EPS, podr\u00e1 ser capitalizada con el aporte de \u00a0inversionistas privados o a trav\u00e9s de la capitalizaci\u00f3n total o parcial de las \u00a0acreencias de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social Cajanal \u00a0EPS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a018. PATRIMONIO. Forman \u00a0parte del patrimonio de Cajanal S. A. EPS: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.1 Los bienes \u00a0muebles e inmuebles y derechos que a la vigencia del presente decreto se encuentren \u00a0en los estados financieros de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social Cajanal, y que correspondan a los activos que actualmente \u00a0tiene para el desempe\u00f1o de las actividades como entidad promotora de salud o \u00a0prestadora de servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.2 Las donaciones \u00a0que reciba a cualquier t\u00edtulo la Sociedad de personas naturales o jur\u00eddicas, \u00a0nacionales o internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.3 Los bienes \u00a0que adquiera a cualquier t\u00edtulo y el producto de las inversiones, rentas y \u00a0bienes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.4 Los dem\u00e1s \u00a0recursos que pueda obtener. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PAR\u00c1GRAFO. \u00a0Ingresar\u00e1n al patrimonio de Cajanal S. A. EPS, los \u00a0bienes y derechos que estando registrados en los estados financieros de la \u00a0administradora de pensiones y de la Subdirecci\u00f3n de Prestaciones Econ\u00f3micas de \u00a0la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social Cajanal, tengan \u00a0relaci\u00f3n directa con la prestaci\u00f3n de servicios de salud, los cuales quedar\u00e1n \u00a0afectos a la prestaci\u00f3n de dicho servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a019. DE LOS SERVIDORES P\u00daBLICOS. El Gerente de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social Cajanal \u00a0empresa industrial y comercial del Estado, determinar\u00e1 cu\u00e1les servidores \u00a0p\u00fablicos pasar\u00e1n a Cajanal S. A. EPS. Los \u00a0trabajadores oficiales continuar\u00e1n con sus contratos laborales, en las mismas \u00a0condiciones en las que fueron suscritos y los empleados p\u00fablicos ser\u00e1n \u00a0vinculados en los t\u00e9rminos establecidos en las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a020. ADMINISTRACI\u00d3N DE PENSIONES. La Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social, Cajanal \u00a0empresa industrial y comercial del Estado continuar\u00e1 teniendo como objeto la \u00a0administraci\u00f3n del r\u00e9gimen solidario de prima media con prestaci\u00f3n definida y \u00a0de aquellas prestaciones especiales, convencionales y dem\u00e1s que por efectos de \u00a0las normas legales vigentes o contractuales, le hayan sido o le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Fondo de \u00a0Pensiones P\u00fablicas del Nivel Nacional, Fopep, tambi\u00e9n \u00a0podr\u00e1 sustituir a entidades del orden nacional que tengan a su cargo el pago de \u00a0pensiones, siempre y cuando, la entidad le reconozca al Fondo el valor de la \u00a0comisi\u00f3n de administraci\u00f3n y los recursos necesarios para que este realice el \u00a0pago correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a021. TRANSITORIO. Mientras \u00a0la Asamblea General de Accionistas de Cajanal S. A. \u00a0EPS efect\u00faa la designaci\u00f3n de miembros de la Junta Directiva, el Ministro de la \u00a0Protecci\u00f3n Social los designar\u00e1. Igualmente, mientras la junta designa Presidente, \u00a0este ser\u00e1 nombrado por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Gerente y la \u00a0Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social, empresa industrial y \u00a0comercial del Estado, continuar\u00e1n en ejercicio de sus funciones hasta tanto se \u00a0efect\u00fae una nueva designaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a022. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga \u00a0las disposiciones que le sean Contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PUBL\u00cdQUESE Y \u00a0C\u00daMPLASE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 26 de junio de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE \u00a0V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ALBERTO \u00a0CARRASQUILLA BARRERA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro \u00a0de la Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIEGO \u00a0PALACIO BETANCOURT. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director \u00a0del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1777 DE 2003 \u00a0 \u00a0 (junio 26) \u00a0 \u00a0 D. O. 45.231, junio 27 de 2003 \u00a0 \u00a0 Por el cual \u00a0se escinde la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social, Cajanal, \u00a0y se crea la Cajanal S. A. 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