{"id":34874,"date":"2023-07-26T19:48:02","date_gmt":"2023-07-26T19:48:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-2056-de-2003\/"},"modified":"2023-07-26T19:48:02","modified_gmt":"2023-07-26T19:48:02","slug":"decreto-2056-de-2003","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-2056-de-2003\/","title":{"rendered":"DECRETO 2056 DE 2003"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2056 DE 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(julio \u00a024) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de \u00a0V\u00edas, Inv\u00edas, y se dictan otras disposiciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 2618 de 2013, \u00a0art\u00edculo 27. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las \u00a0facultades que le confiere el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0de conformidad con el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Acta n\u00famero 7 del d\u00eda 24 de junio de 2003 el Consejo \u00a0Directivo del Instituto Nacional de V\u00edas decidi\u00f3 someter a consideraci\u00f3n del \u00a0Gobierno Nacional la modificaci\u00f3n de la estructura de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objeto, \u00a0funciones, patrimonio y estructura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Objeto del Instituto Nacional de V\u00edas. El Instituto \u00a0Nacional de V\u00edas, Inv\u00edas, tendr\u00e1 como objeto la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas, \u00a0estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no \u00a0concesionada de la Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, \u00a0f\u00e9rrea, fluvial y de la infraestructura mar\u00edtima, de acuerdo con los \u00a0lineamientos dados por el Ministerio de Transporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. Funciones del Instituto Nacional de V\u00edas. Para el \u00a0cumplimiento de sus objetivos el Instituto Nacional de V\u00edas desarrollar\u00e1 las \u00a0siguientes funciones generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Ejecutar la pol\u00edtica del Gobierno Nacional en relaci\u00f3n con la \u00a0infraestructura de su competencia, de conformidad con los lineamientos \u00a0establecidos por el Ministro de Transporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Elaborar conjuntamente con el Ministerio de Transporte los planes, \u00a0programas y proyectos tendientes a la construcci\u00f3n, reconstrucci\u00f3n, \u00a0mejoramiento, rehabilitaci\u00f3n, conservaci\u00f3n, atenci\u00f3n de emergencias, y dem\u00e1s \u00a0obras que requiera la infraestructura de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 Coordinar con el Ministerio de Transporte la ejecuci\u00f3n de los \u00a0planes y programas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 Adelantar investigaciones, estudios, y supervisar la ejecuci\u00f3n de \u00a0las obras de su competencia conforme a los planes y prioridades nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5 Asesorar y prestar apoyo t\u00e9cnico a las entidades territoriales o a \u00a0sus organismos descentralizados encargados de la construcci\u00f3n, mantenimiento y \u00a0atenci\u00f3n de emergencias en las infraestructuras a su cargo, cuando ellas lo \u00a0soliciten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.6 Recaudar los peajes y dem\u00e1s cobros sobre el uso de la \u00a0infraestructura vial de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.7 Celebrar todo tipo de negocios, contratos y convenios que se \u00a0requieran para el cumplimiento de su objetivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.8 Elaborar, conforme a los planes del sector, la programaci\u00f3n de \u00a0compra de terrenos y adquirir los que se consideren prioritarios para el \u00a0cumplimiento de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.9 Adelantar, directamente o mediante contrataci\u00f3n, los estudios \u00a0pertinentes para determinar los proyectos que causen la contribuci\u00f3n nacional \u00a0por valorizaci\u00f3n en relaci\u00f3n con la infraestructura de su competencia, \u00a0revisarlos y emitir concepto para su presentaci\u00f3n al Ministro de Transporte, de \u00a0conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.10 Dirigir y supervisar la elaboraci\u00f3n de los proyectos para el \u00a0an\u00e1lisis, liquidaci\u00f3n, distribuci\u00f3n y cobro de la contribuci\u00f3n nacional de \u00a0valorizaci\u00f3n, causada por la construcci\u00f3n y mejoramiento de la infraestructura \u00a0de transporte de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.11 Prestar asesor\u00eda en materia de valorizaci\u00f3n, a los entes \u00a0territoriales y entidades del Estado que lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.12 Proponer los cambios que considere convenientes para mejorar la \u00a0gesti\u00f3n administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.13 Definir las caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas de la demarcaci\u00f3n y \u00a0se\u00f1alizaci\u00f3n de la infraestructura de transporte de su competencia, as\u00ed como \u00a0las normas que deber\u00e1n aplicarse para su uso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.14 Ejecutar los planes, programas y proyectos relacionados con el desarrollo \u00a0de la infraestructura a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.15 Controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, \u00a0programas y proyectos relacionados con el desarrollo de la infraestructura a su \u00a0cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.16 Definir la regulaci\u00f3n t\u00e9cnica relacionada con la infraestructura \u00a0de los modos de transporte carretero, fluvial, f\u00e9rreo y mar\u00edtimo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.17 Coordinar con el Instituto Nacional de Concesiones, Inco, la \u00a0entrega, mediante acto administrativo, de la infraestructura de transporte, en \u00a0desarrollo de los contratos de concesi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.18 Las dem\u00e1s que se le asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. Patrimonio del Instituto Nacional de V\u00edas. Conforman el \u00a0patrimonio del Instituto Nacional de V\u00edas los siguientes bienes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 Los recursos de la Naci\u00f3n que se asignen al Instituto Nacional de \u00a0V\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 Los aportes, donaciones y dem\u00e1s contribuciones que reciba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3 Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4 Los recursos del cr\u00e9dito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5 Los ingresos provenientes de los peajes y dem\u00e1s cobros de la \u00a0infraestructura a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6 Los ingresos provenientes de la venta de sus activos y derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7 Los ingresos provenientes del recaudo de la contribuci\u00f3n nacional \u00a0de valorizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8 Los bienes, contratos, derechos y obligaciones que el Ministerio de \u00a0Transporte-Direcci\u00f3n de Transporte Fluvial y Direcci\u00f3n General de Transporte \u00a0Mar\u00edtimo y de Puertos le transfiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.9 Los bienes, contratos, derechos y obligaciones que el Fondo \u00a0Nacional de Caminos Vecinales, FNCV, en liquidaci\u00f3n, le transfiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.10 Los bienes, contratos, derechos y obligaciones que la Empresa \u00a0Colombiana de V\u00edas F\u00e9rreas, Ferrov\u00edas, en liquidaci\u00f3n, le transfiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Estructura del Instituto Nacional de V\u00edas. El Instituto \u00a0Nacional de V\u00edas tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 Consejo Directivo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 Direcci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2.1 Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2.2 Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2.3 Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2.4 Oficina de Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Emergencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3 Secretar\u00eda General T\u00e9cnica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.1 Subdirecci\u00f3n de Apoyo T\u00e9cnico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.2 Subdirecci\u00f3n de Medio Ambiente y Gesti\u00f3n Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.3 Subdirecci\u00f3n de la Red Nacional de Carreteras \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.4 Subdirecci\u00f3n Mar\u00edtima y Fluvial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.5 Subdirecci\u00f3n de la Red Terciaria y F\u00e9rrea \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6 Direcciones Territoriales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.1 Direcci\u00f3n Territorial Antioquia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.2 Direcci\u00f3n Territorial Atl\u00e1ntico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.3 Direcci\u00f3n Territorial Bol\u00edvar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.4 Direcci\u00f3n Territorial Boyac\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.5 Direcci\u00f3n Territorial Caldas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.6 Direcci\u00f3n Territorial Caquet\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.7 Direcci\u00f3n Territorial Casanare \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.8 Direcci\u00f3n Territorial Cauca \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.9 Direcci\u00f3n Territorial Cesar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.10 Direcci\u00f3n Territorial Choc\u00f3 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.11 Direcci\u00f3n Territori al C\u00f3rdoba \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.12 Direcci\u00f3n Territorial Cundinamarca \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.13 Direcci\u00f3n Territorial Guajira \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.14 Direcci\u00f3n Territorial Huila \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.15 Direcci\u00f3n Territorial Magdalena \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.16 Direcci\u00f3n Territorial Meta \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.17 Direcci\u00f3n Territorial Nari\u00f1o \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.18 Direcci\u00f3n Territorial Norte de Santander \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.19 Direcci\u00f3n Territorial Putumayo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.20 Direcci\u00f3n Territorial Quind\u00edo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.21 Direcci\u00f3n Territorial Risaralda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.22 Direcci\u00f3n Territorial Santander \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.23 Direcci\u00f3n Territorial Sucre \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.24 Direcci\u00f3n Territorial Tolima \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.25 Direcci\u00f3n Territorial Valle \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.6.26 Direcci\u00f3n Territorial Oca\u00f1a \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4 Secretar\u00eda General Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4.1 Subdirecci\u00f3n Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4.2 Subdirecci\u00f3n Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5 Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5.1 Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5.2 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Integraci\u00f3n del Consejo Directivo del Instituto Nacional \u00a0de V\u00edas, Inv\u00edas. El Consejo Directivo estar\u00e1 integrado as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 El Ministro de Transporte o su delegado, quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4 El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.5 Un representante del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director General del Instituto Nacional de V\u00edas asistir\u00e1 a las \u00a0reuniones del Consejo Directivo con voz; igualmente participar\u00e1n el Director de \u00a0infraestructura y el Jefe de Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n del Ministerio de \u00a0Transporte, cuando as\u00ed lo considere el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General Administrativo del Instituto Nacional de V\u00edas \u00a0actuar\u00e1 como secretario del Consejo Directivo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. Funciones del Consejo Directivo del Instituto Nacional de \u00a0V\u00edas, Inv\u00edas. Son funciones del Consejo Directivo las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1 Formular a propuesta del Director General la pol\u00edtica general del \u00a0organismo, los planes y programas que conforme a la Ley Org\u00e1nica de Planeaci\u00f3n \u00a0y a la Ley Org\u00e1nica de Presupuesto deben proponerse para su incorporaci\u00f3n a los \u00a0planes sectoriales y a trav\u00e9s de estos, al Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2 Formular a propuesta del Director General, la pol\u00edtica de \u00a0mejoramiento continuo de la entidad, as\u00ed como los programas orientados a \u00a0garantizar el desarrollo administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3 Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecuci\u00f3n presentadas \u00a0por la administraci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.4 Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura \u00a0que considere pertinente y adoptar los estatutos internos de la entidad y \u00a0cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en \u00a0sus estatutos de creaci\u00f3n o reestructuraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.5 Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la entidad y sus \u00a0modificaciones de conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.6 Aprobar los estados financieros de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.7 Aprobar la causaci\u00f3n, distribuci\u00f3n y cobro de la contribuci\u00f3n de \u00a0la valorizaci\u00f3n por la ejecuci\u00f3n de obras de infraestructura de competencia de \u00a0la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.8 Darse su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.9 Las dem\u00e1s que le se\u00f1alen la ley, el acto de creaci\u00f3n y los \u00a0estatutos internos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. Despacho del Director General. El Despacho del Director \u00a0General del Instituto Nacional de V\u00edas ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1 Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecuci\u00f3n de las funciones \u00a0o programas de la organizaci\u00f3n y de su personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2 Llevar la representaci\u00f3n legal del Instituto en todos los actos y \u00a0contratos, necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3 Rendir informes generales y particulares al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, y al Ministro de Transporte, sobre las actividades desarrolladas, la \u00a0situaci\u00f3n general de la entidad y las medidas adoptadas que puedan afectar el \u00a0curso de la pol\u00edtica del Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.4 Llevar la representaci\u00f3n judicial y extrajudicial de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.5 Nombrar los apoderados especiales que demande la mejor defensa de \u00a0los intereses de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.6 Velar por la ejecuci\u00f3n de las disposiciones y acuerdos del Consejo \u00a0Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.7 Dirigir y adelantar la actividad contractual y la de ordenaci\u00f3n \u00a0del gasto de la entidad, las cuales podr\u00e1 delegar de conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.8 Dirigir la elaboraci\u00f3n de los planes y programas, anteproyectos de \u00a0presupuesto de funcionamiento e inversi\u00f3n de la entidad y sus propuestas de \u00a0modificaci\u00f3n, y someter a la aprobaci\u00f3n de Consejo Directivo, as\u00ed como el \u00a0balance anual y los estados financieros, de conformidad con las normas \u00a0contables y presupuestales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.9 Adoptar la regulaci\u00f3n t\u00e9cnica relacionada con la Infraestructura \u00a0de los modos de transporte carretero, fluvial, f\u00e9rreo y mar\u00edtimo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.10 Declarar las emergencias que se presenten en la infraestructura a \u00a0su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.11 Proponer al Consejo Directivo los proyectos cuya construcci\u00f3n o \u00a0mantenimiento tengan prevista su financiaci\u00f3n con recursos provenientes de \u00a0contribuci\u00f3n por valorizaci\u00f3n o tasa de peaje y la localizaci\u00f3n de estos \u00a0\u00faltimos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.12 Distribuir mediante resoluci\u00f3n, la contribuci\u00f3n nacional de \u00a0valorizaci\u00f3n y dictar, en general, las resoluciones y actos necesarios \u00a0relacionados con este proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.13 Nombrar, dar posesi\u00f3n, remover, promover e incorporar, de acuerdo \u00a0con las disposiciones legales pertinentes, al personal de la entidad; dirigir \u00a0la actividad de administraci\u00f3n de personal, dictar los actos correspondientes y \u00a0establecer las pol\u00edticas generales en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.14 Crear y organizar con car\u00e1cter permanente o transitorio, comit\u00e9s, \u00a0grupos de trabajo que se requieran dentro de la organizaci\u00f3n, para garantizar \u00a0su funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.15 Elaborar los proyectos de estatutos y sus reformas y someterlos a \u00a0aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.16 Coordinar con el Instituto Nacional de Concesiones, Inco, la \u00a0entrega de la infraestructura a concesionar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.17 Emitir los actos administrativos que se requieran en el \u00a0desarrollo de la actividad t\u00e9cnica y administrativa del Instituto, de \u00a0conformidad con las disposiciones vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.18 Dirigir la funci\u00f3n disciplinaria de acuerdo con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.19 Las dem\u00e1s que le se\u00f1alen las disposiciones legales y el Consejo \u00a0Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. La Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1 Asesorar a la Direcci\u00f3n General y a las dem\u00e1s dependencias del \u00a0Instituto en el dise\u00f1o y formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos que \u00a0debe desarrollar el Instituto en cumplimiento de sus funciones a corto, mediano \u00a0y largo plazo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2 Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias, el plan de \u00a0desarrollo y acci\u00f3n del Instituto y una vez aprobado, coordinar y evaluar su \u00a0ejecuci\u00f3n y proponer los ajustes correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.3 Participar con el Ministerio de Transporte en la elaboraci\u00f3n del \u00a0programa plurianual de inversiones del plan sectorial del transporte y elaborar \u00a0y actualizar los correspondientes al Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.4 Adoptar las metodolog\u00edas establecidas por el Ministerio de \u00a0Transporte, para la formulaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de planes, programas \u00a0y proyectos y difundirlas en las distintas dependencias, prestando la asesor\u00eda \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.5 Identificar, evaluar, registrar y actualizar los proyectos de \u00a0inversi\u00f3n a cargo del Instituto en el Banco de Programas y Proyectos de \u00a0Inversi\u00f3n de acuerdo con la metodolog\u00eda que al respecto prescriba el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.6 Consolidar y analizar las evaluaciones de ejecuci\u00f3n de los planes, \u00a0programas y proyectos de inversi\u00f3n de las dependencias del Instituto y formular \u00a0recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.7 Elaborar proyecciones y estimaciones, f\u00edsicas y financieras, tendientes \u00a0a establecer los requerimientos de recursos para la ejecuci\u00f3n de los programas \u00a0del Instituto e identificar de acuerdo con los requerimientos financieros de \u00a0los proyectos, posibles fuentes de financiamiento internas y externas a mediano \u00a0y largo plazo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.8 Efectuar, en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica, el \u00a0seguimiento de proyectos especiales, binacionales, fronterizos y de integraci\u00f3n \u00a0regional a nivel internacional, as\u00ed como todo lo relacionado con asuntos \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.9 Asistir al Director General durante las diferentes etapas de \u00a0negociaci\u00f3n en contrataci\u00f3n de empr\u00e9stitos y en su control integral, as\u00ed como \u00a0en la celebraci\u00f3n de convenios internacionales para la realizaci\u00f3n y \u00a0financiaci\u00f3n de proyectos especiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.10 Elaborar, en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00ed a General \u00a0Administrativa y la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica, el anteproyecto de presupuesto \u00a0de funcionamiento, servicio de la deuda e inversi\u00f3n del Instituto, de \u00a0conformidad con el Plan de Desarrollo y presentarlo a consideraci\u00f3n de la \u00a0Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.11 Preparar y tramitar, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias, \u00a0las adiciones y modificaciones al presupuesto de la vigencia correspondiente \u00a0ante las autoridades competentes, as\u00ed como las autorizaciones requeridas para amparar \u00a0compromisos cuya ejecuci\u00f3n comprenda m\u00e1s de una vigencia fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.12 Efectuar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos, en cuanto a \u00a0su programaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.13 Estudiar, evaluar y participar en la elaboraci\u00f3n de planes de \u00a0expansi\u00f3n de la Infraestructura a su cargo en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda \u00a0General T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.14 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba. Oficina de Control Interno. La Oficina de Control Interno \u00a0ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1 Planear, dirigir y organizar la verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del \u00a0Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.2 Verificar que el Sistema de Control Interno est\u00e9 formalmente \u00a0establecido dentro de la organizaci\u00f3n y que su ejercicio sea intr\u00ednseco al desarrollo \u00a0de las funciones de los cargos y, en particular, de aquellos que tengan \u00a0responsabilidad de mando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.3 Verificar que los controles definidos para los procesos y \u00a0actividades de la organizaci\u00f3n, se cumplan por los responsables de su \u00a0ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.4 Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las \u00a0actividades de la organizaci\u00f3n est\u00e9n adecuadamente definidos, sean apropiados y \u00a0se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evoluci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.5 Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, pol\u00edticas, \u00a0procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organizaci\u00f3n y \u00a0recomendar los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.6 Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de \u00a0decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.7 Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, \u00a0bienes y los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad y recomendar los correctivos \u00a0que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.8 Fomentar en la organizaci\u00f3n la formaci\u00f3n de una cultura de \u00a0autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la \u00a0misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.9 Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos de \u00a0participaci\u00f3n ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, \u00a0dise\u00f1e la entidad correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.10 Mantener informados a los directivos acerca del estado del \u00a0control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades \u00a0detectadas y de las fallas en su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.11 Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.12 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Oficina Asesora Jur\u00eddica. La Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.1 Asesorar al Despacho del Director General y dem\u00e1s dependencias \u00a0del Instituto en los asun tos de car\u00e1cter jur\u00eddico de competencia de la entidad \u00a0y emitir los conceptos que en esta materia se requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.2 Adelantar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias ejecutoras los \u00a0tr\u00e1mites y procedimientos de naturaleza jur\u00eddica relacionados con la actividad \u00a0precontractual y contractual del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.3 Velar por el cumplimiento de las normas relativas al Instituto y \u00a0conceptuar sobre los temas de car\u00e1cter jur\u00eddico que permitan orientar la \u00a0actividad de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.4 Preparar en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias los proyectos \u00a0de ley, decretos y resoluciones que requiera el Instituto en el desarrollo de \u00a0sus competencias y funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.5 Atender los procesos judiciales y extrajudiciales en los cuales \u00a0sea parte el Instituto Nacional de V\u00edas y suministrar al Ministerio del \u00a0Interior y de Justicia las informaciones y documentos requeridos, seguir el \u00a0curso de los mismos e informar sobre su estado al Director General de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.6 Atender, controlar y vigilar los asuntos de car\u00e1cter jur\u00eddico \u00a0tramitados ante cualquier autoridad administrativa o jurisdiccional del pa\u00eds y \u00a0efectuar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los asuntos que sean gestionados por \u00a0los apoderados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.7 Atender y resolver las consultas y peticiones elevadas al \u00a0Instituto Nacional de V\u00edas, formuladas por las autoridades administrativas o \u00a0jurisdiccionales, al igual que las presentadas por otras entidades o los \u00a0particulares, cuando traten de asuntos que competan al Inv\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.8 Llevar a cabo las actuaciones encaminadas a lograr el cobro \u00a0efectivo de las sumas que le adeuden al Instituto por todo concepto, \u00a0desarrollando las labores de cobro persuasivo, y adelantando los procesos \u00a0ejecutivos por jurisdicci\u00f3n coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.9 Efectuar la liquidaci\u00f3n de las sentencias a cargo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.10 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Oficina de Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Emergencias. La \u00a0Oficina de Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Emergencias ejercer\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.1 Ejecutar las pol\u00edticas y proyectos relacionados con la prevenci\u00f3n \u00a0y atenci\u00f3n de emergencias relacionadas con los asuntos a cargo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.2 Ejecutar los planes de contingencia preventivos y reactivos para \u00a0la atenci\u00f3n de emergencias de la infraestructura a cargo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.3 Ejecutar los programas adoptados por el Sistema Nacional para la \u00a0Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.4 Dise\u00f1ar y mantener actualizados los planes de contingencia para enfrentar \u00a0las emergencias en la infraestructura a cargo de la entidad, restableciendo en \u00a0el menor tiempo posible su utilizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.5 Administrar integralmente los procesos de atenci\u00f3n y prevenci\u00f3n \u00a0de emergencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.6 Coordinar y evaluar la ejecuci\u00f3n de los contratos y apoyar \u00a0integralmente el proceso de supervisi\u00f3n contractual que ejecutan las \u00a0direcciones territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.7 Controlar, evaluar y hacer el seguimiento de los planes y \u00a0proyectos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.8 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Secretar\u00eda General T\u00e9cnica. La Secretar\u00eda General T\u00e9cnica \u00a0ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.1 Coordinar la gesti\u00f3n de la infraestructura de la red vial \u00a0nacional de carreteras primaria y terciaria, fluvial, f\u00e9rrea y de la \u00a0infraestructura mar\u00edtima no concesionada, a cargo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.2 Elaborar en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, \u00a0los planes y programas; el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e \u00a0inversi\u00f3n del \u00e1rea de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.3 Dirigir y coordinar los procesos t\u00e9cnicos requeridos para el \u00a0desarrollo de la infraestructura a cargo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.4 Dirigir, coordinar y presentar las propuestas de regulaci\u00f3n \u00a0t\u00e9cnica relacionadas con la infraestructura de los modos de transporte \u00a0carretero, fluvial, f\u00e9rreo y mar\u00edtimo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.5 Dirigir y coordinar la gesti\u00f3n de las subdirecciones a su cargo y \u00a0de las direcciones territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.6 Controlar, hacer seguimiento y evaluar los planes, programas y \u00a0proyectos relacionados con la gesti\u00f3n de la infraestructura a cargo de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.7 Dirigir, controlar y evaluar la gesti\u00f3n socioambiental requerida \u00a0para la ejecuci\u00f3n de los proyectos a cargo del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.8 Dirigir, orientar y controlar el desarrollo de investigaciones \u00a0t\u00e9cnicas requeridas por el Instituto para la ejecuci\u00f3n de los planes, programas \u00a0y proyectos en sus diferentes etapas y realizar investigaciones para la \u00a0implantaci\u00f3n de t\u00e9cnicas de construcci\u00f3n, est\u00e1ndares de dise\u00f1o geom\u00e9trico, \u00a0normas y manuales sobre dise\u00f1o estructural de pavimentos, puentes y t\u00faneles, \u00a0construcci\u00f3n y rehabilitaci\u00f3n de carreteras y, en general, sobre proyectos de \u00a0infraestructura a cargo del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.9 Establecer los par\u00e1metros y\/o indicadores cient\u00edficos y t\u00e9cnicos \u00a0que permitan evaluar la calidad de los programas del \u00e1rea y la regulaci\u00f3n de \u00a0los factores de riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.10 Coordinar con las dependencias a su cargo el desarrollo de los \u00a0estudios t\u00e9cnicos necesarios para la ejecuci\u00f3n de los planes, programas y \u00a0proyectos, as\u00ed como para la contrataci\u00f3n de empr\u00e9stitos conforme a las \u00a0definiciones dadas por el Ministerio de Transporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.11 Otorgar los permisos de tr\u00e1nsito por la red vial nacional a \u00a0cargo del Instituto, cuando los veh\u00edculos excedan las normas en cuanto a \u00a0dimensiones o cargas, as\u00ed como atender lo relacionado con los permisos para \u00a0cierre de v\u00edas, coordinando lo necesario con el Instituto Nacional de \u00a0Concesiones, Inco. (Nota 1: Ver Sentencia del Consejo \u00a0de Estado del 20 de octubre de 2011. Exp.\u00a0 2003-00436. Secci\u00f3n 1\u00aa. Actor: Pedro Jos\u00e9 \u00a0Bautista Moller. Ponente: Marco Antonio Velilla Moreno. Nota 2: Ver Auto del \u00a0Consejo de Estado del 22 de marzo de 2007. Exp. 2003-00436. Secci\u00f3n 1\u00aa. Actor: Pedro \u00a0Jos\u00e9 Bautista Moller. Ponente: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.12 Conceder permisos para la construcci\u00f3n de accesos, instalaci\u00f3n \u00a0de tuber\u00edas, redes de servicios p\u00fablicos, canalizaciones, obras destinadas a la \u00a0seguridad vial y traslado de postes en la infraestructura a cargo del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.13 Ejecutar las pol\u00edticas de descentralizaci\u00f3n, delegaci\u00f3n o \u00a0desconcentraci\u00f3n conforme a los lineamientos dados por el Ministerio de \u00a0Transporte, de conformidad con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.14 Aprobar los \u00edndices de ajuste de precios que deben aplicarse a \u00a0los contratos que a\u00fan tengan esta modalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.15 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Subdirecci\u00f3n de Apoyo T\u00e9cnico. La Subdirecci\u00f3n de Apoyo \u00a0T\u00e9cnico ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1 Ejecutar los planes, programas y proyectos relacionados con el \u00a0\u00e1rea de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2 Elaborar y supervisar los estudios t\u00e9cnicos, de valorizaci\u00f3n y de \u00a0peaje requeridos para la administraci\u00f3n y desarrollo de los proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.3 Elaborar y presentar las propuestas de regulaci\u00f3n t\u00e9cnica \u00a0relacionadas con la infraestructura de los modos de transporte carretero, \u00a0fluvial, f\u00e9rreo y mar\u00edtimo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.4 Adelantar los estudios t\u00e9cnicos necesarios para la ejecuci\u00f3n de \u00a0los planes, programas y proyectos del \u00e1rea t\u00e9cnica y formular propuestas en \u00a0materia de normas, regulaciones y promover la modernizaci\u00f3n de la \u00a0infraestructura a cargo del Instituto a efectos de favorecer la seguridad a los \u00a0usuarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.5 Proponer la adopci\u00f3n de los manuales, normas y especificaciones \u00a0t\u00e9cnicas para la construcci\u00f3n, conservaci\u00f3n y seguridad de la red de la \u00a0infraestructura a cargo de la entidad y velar por su permanente actualizaci\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.6 Realizar las pruebas t\u00e9cnicas de laboratorio a los diferentes \u00a0materiales utilizados y utilizables en los proyectos de competencia de la \u00a0entidad y proponer est\u00e1ndares y normas t\u00e9cnicas nacionales para los materiales \u00a0a ser utilizados en los proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.7 Elaborar las especificaciones t\u00e9cnicas de los procesos contractuales \u00a0relacionados con los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.8 Propiciar el desarrollo tecnol\u00f3gico de la infraestructura, en \u00a0especial el mejoramiento de los criterios t\u00e9cnicos de dise\u00f1o y de las normas y \u00a0especificaciones de construcci\u00f3n y de ingenier\u00eda de materiales que deban \u00a0emplearse en la ejecuci\u00f3n de los proyectos y obras a cargo del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.9 Efectuar la estandarizaci\u00f3n de la nomenclatura, clasificaci\u00f3n y \u00a0referenciaci\u00f3n de la infraestructura a cargo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.10 Calcular los \u00edndices de ajuste de precios a los contratos que \u00a0a\u00fan tengan vigente la f\u00f3rmula definida por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.11 Adelantar las actividades t\u00e9cnicas relacionadas con la causaci\u00f3n \u00a0y distribuci\u00f3n de los procesos de valorizaci\u00f3n y de peaje. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.12 Administrar el sistema de estad\u00edsticas y mantener un inventario \u00a0actualizado del estado de la infraestructura, \u00edndices de accidentalidad, costos \u00a0de insumos y precios unitarios, de las obras de mantenimiento y reparaci\u00f3n que \u00a0se deban efectuar y coordinar las acciones necesarias para tomar las medidas \u00a0correctivas sobre los puntos cr\u00edticos de accidentalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.13 Controlar, evaluar y hacer el seguimiento de los planes y \u00a0proyectos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.14 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Subdirecci\u00f3n de Medio Ambiente y Gesti\u00f3n Social. La \u00a0Subdirecci\u00f3n de Medio Ambiente y Gesti\u00f3n Social ejercer\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.1 Ejecutar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos \u00a0relacionados con la gesti\u00f3n social y ambiental, necesarios para el desarrollo \u00a0de la infraestructura vial de carretera primaria y terciaria, f\u00e9rrea, fluvial y \u00a0mar\u00edtima no concesionada y cumplir la regulaci\u00f3n establecida y la normatividad \u00a0ambiental vigente para estos procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.2 Cumplir, conforme a las directrices establecidas por la \u00a0Secretar\u00eda General T\u00e9cnica, las actividades necesarias frente a las entidades \u00a0competentes para obtener las licencias ambientales y dem\u00e1s autorizaciones, \u00a0concesiones y permisos necesarios para el uso y aprovechamiento de los recursos \u00a0naturales intervenidos en la ejecuci\u00f3n de los proyectos de la infraestructura a \u00a0cargo del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.3 Socializar y adelantar los tr\u00e1mites necesarios con las \u00a0comunidades localizadas en las \u00e1reas de influencia de los proyectos que \u00a0desarrolle la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.4 Suministrar las especificaciones t\u00e9cnicas relacionadas con la \u00a0gesti\u00f3n socioambiental, que deban ser incluidas en los contratos que suscriban \u00a0las dependencias ejecutoras del Instituto y apoyar el seguimiento al \u00a0cumplimiento de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.5 Elaborar y supervisar los estudios socioambientales y prediales, \u00a0requeridos para la administraci\u00f3n y desarrollo de los proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.6 Ejecutar los proyectos socioambientales en sus diferentes etapas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.7 Elaborar las especificaciones t\u00e9cnicas del proceso contractual \u00a0que deba adelantar la Subdirecci\u00f3n para el cumplimiento de las \u00a0responsabilidades a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.8 Elaborar y presentar las propuestas de regulaci\u00f3n t\u00e9cnica \u00a0relacionadas con la gesti\u00f3n a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.9 Controlar, evaluar y hacer el seguimiento de los planes y \u00a0proyectos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.10 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Subdirecci\u00f3n de la Red Nacional de Carreteras. La \u00a0Subdirecci\u00f3n de la Red Nacional de Carreteras ejercer\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.1 Ejecutar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos \u00a0relacionados con la infraestructura de la red primaria no concesionada y \u00a0cumplir la regulaci\u00f3n t\u00e9cnica establecida, as\u00ed como la normatividad ambiental \u00a0vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2 Administrar integralmente los procesos de construcci\u00f3n, \u00a0conservaci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n, operaci\u00f3n, se\u00f1alizaci\u00f3n, y de seguridad de la \u00a0infraestructura de carreteras primarias no concesionada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.3 Elaborar las especificaciones t\u00e9cnicas del proceso contractual de \u00a0la infraestructura a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.4 Coordinar y evaluar la ejecuci\u00f3n de los contratos, y apoyar \u00a0integralmente el proceso de supervisi\u00f3n contractual que ejecutan las \u00a0direcciones territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.5 Controlar, evaluar y hacer el seguimiento de los planes y \u00a0proyectos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.6 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Subdirecci\u00f3n Mar\u00edtima y Fluvial. La Subdirecci\u00f3n Mar\u00edtima \u00a0y Fluvial ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.1 Ejecutar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos \u00a0relacionados con la infraestructura mar\u00edtima y fluvial y cumplir la regulaci\u00f3n \u00a0t\u00e9cnica establecida, as\u00ed como la normatividad ambiental vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.2 Administrar integralmente los procesos de construcci\u00f3n, \u00a0conservaci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n, balizaje, dragados y de seguridad en la infraestructura \u00a0a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.3 Elaborar las especificaciones t\u00e9cnicas del proceso contractual de \u00a0la infraestructura a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.4 Coordinar y evaluar la ejecuci\u00f3n de los contratos y apoyar \u00a0integralmente el proceso de supervisi\u00f3n contractual que ejecutan las \u00a0direcciones territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.5 Controlar, evaluar y hacer el seguimiento de los planes y \u00a0proyectos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.6 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Subdirecci\u00f3n de la Red Terciaria y F\u00e9rrea. La \u00a0Subdirecci\u00f3n de Red Terciaria y F\u00e9rrea ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17.1 Ejecutar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos \u00a0relacionados con la infraestructura de la red terciaria y f\u00e9rrea no \u00a0concesionada y cumplir la regulaci\u00f3n t\u00e9cnica establecida, as\u00ed como la \u00a0normatividad ambiental vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17.2 Administrar integralmente los procesos de construcci\u00f3n, \u00a0conservaci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n, operaci\u00f3n, se\u00f1alizaci\u00f3n, y de seguridad de la \u00a0infraestructura de la red terciaria y f\u00e9rrea no concesionada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17.3 \u00a0Elaborar las especificaciones t\u00e9cnicas del proceso contractual de la \u00a0infraestructura a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17.4 Coordinar y evaluar la ejecuci\u00f3n de los contratos y apoyar \u00a0integralmente el proceso de supervisi\u00f3n contractual que ejecutan las \u00a0direcciones territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17.5 Controlar, evaluar y hacer el seguimiento de los planes y \u00a0proyectos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17.6 Ejecutar las pol\u00edticas de descentralizaci\u00f3n, delegaci\u00f3n o \u00a0desconcentraci\u00f3n dadas por el Ministerio de Transporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17.7 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Direcciones Territoriales. Las Direcciones Territoriales \u00a0ejercer\u00e1n las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.1 Dirigir, coordinar y ejecutar en su respectiva jurisdicci\u00f3n \u00a0territorial los planes, programas y proyectos establecidos por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.2 Supervisar dentro de su jurisdicci\u00f3n la ejecuci\u00f3n de los contratos \u00a0de la infraestructura a cargo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.3 Conceptuar sobre la viabilidad de conceder permisos para la \u00a0construcci\u00f3n de accesos, instalaci\u00f3n de tuber\u00edas, redes de servicios p\u00fablicos, \u00a0canalizaciones, obras destinadas a seguridad vial y traslado de postes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.4 Conceptuar sobre la viabilidad de otorgar permisos para cierre de \u00a0v\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.5 Apoyar las gestiones relacionadas con los procesos de \u00a0descentralizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.6 Atender las emergencias en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Prevenci\u00f3n \u00a0y Atenci\u00f3n de Emergencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.7 Coordinar con la Polic\u00eda de Carreteras y dem\u00e1s autoridades \u00a0competentes, el cumplimiento de las normas sobre uso de las v\u00edas, derechos de \u00a0las zonas de carreteras y protecci\u00f3n de la seguridad de los usuarios de las \u00a0mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.8 Realizar y mantener actualizado el inventario y evaluaci\u00f3n del \u00a0estado de la infraestructura a cargo de la entidad, las estad\u00edsticas de \u00a0accidentalidad, costos de los insumos y precios unitarios y rendir los informes \u00a0correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.9 Suministrar la informaci\u00f3n relacionada con las ejecuciones y \u00a0avances de los planes, programas, proyectos desarrollados en su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.10 Participar de los programas y proyectos que gubernamentalmente \u00a0se establezcan para la regi\u00f3n y a los cuales sea convocado el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.11 Ejecutar, conforme a los direccionamientos dados por el nivel \u00a0central del Instituto, las actividades relacionadas con la administraci\u00f3n del \u00a0talento humano, la gesti\u00f3n administrativa, financiera, legal, contractual y de \u00a0ordenamiento de gasto y pagos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.12 Supervisar los contratos de recaudo de peajes y de su \u00a0interventor\u00eda e informar a la dependencia respectiva del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.13 Atender y tramitar los requerimientos de los contribuyentes para \u00a0el pago de valorizaci\u00f3n y mantener actualizada la base de datos suministrada \u00a0por la dependencia responsable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.14 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Secretar\u00eda General Administrativa. La Secretar\u00eda General \u00a0Administrativa ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19.1 Apoyar al Director en la determinaci\u00f3n de las pol\u00edticas, \u00a0objetivos y estrategias relacionadas con la administraci\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19.2 Planear, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y proyectos relacionados con los procesos de \u00a0gesti\u00f3n del talento humano, control interno disciplinario, comunicaciones, \u00a0financiero, inform\u00e1tico, atenci\u00f3n al ciudadano, administraci\u00f3n documental, \u00a0administraci\u00f3n de muebles e inmuebles y de bienes y servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19.3 Planear, dirigir, coordinar, desarrollar, controlar y evaluar la \u00a0ejecuci\u00f3n de los planes, programas y proyectos relacionados con el desarrollo \u00a0de sistemas de informaci\u00f3n y recursos tecnol\u00f3gicos, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dem\u00e1s dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19.4 Apoyar y asesorar los estudios y formulaci\u00f3n de propuestas sobre \u00a0la organizaci\u00f3n, desarrollo administrativo, simplificaci\u00f3n, agilizaci\u00f3n, \u00a0supresi\u00f3n y modernizaci\u00f3n de tr\u00e1mites y procedimientos, desconcentraci\u00f3n de \u00a0funciones y dem\u00e1s asuntos relacionados con la gesti\u00f3n y m\u00e9todos de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19.5 Elaborar en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n los \u00a0planes y programas y el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e \u00a0inversi\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19.6 Adelantar y fallar en primera instancia las investigaciones \u00a0disciplinarias de conformidad con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19.7 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Subdirecci\u00f3n Administrativa. La Subdirecci\u00f3n \u00a0Administrativa ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20.1 Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar las actividades \u00a0relacionadas con la administraci\u00f3n del talento humano y de los bienes y \u00a0servicios generales para el correcto funcionamiento del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20.2 Ejecutar las pol\u00edticas, programas y proyectos relativos a la \u00a0administraci\u00f3n del talento humano en materia de selecci\u00f3n, registro y control, \u00a0evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o, r\u00e9gimen salarial y prestacional, capacitaci\u00f3n, \u00a0desarrollo, seguridad social, salud ocupacional y bienestar social, de \u00a0conformidad con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20.3 Planear y formular el plan de compras en coordinaci\u00f3n con las \u00a0diferentes dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20.4 Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar las actividades \u00a0relacionadas con la administraci\u00f3n de los servicios generales y de apoyo \u00a0log\u00edstico para el correcto funcionamiento de la entidad, tales como: Servicios \u00a0de vigilancia, aseo, cafeter\u00eda, mantenimiento, fotocopiado, impresos y \u00a0publicaciones, seguros, transporte, adquisici\u00f3n, almacenamiento, inventario, \u00a0custodia y suministro de bienes muebles e inmuebles, necesarios para la entidad \u00a0en su parte administrativa y para el desarrollo de las obras de infraestructura \u00a0a su cargo y dem\u00e1s servicios indispensables para el normal funcionamiento del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20.5 Desarrollar y controlar el proceso de administraci\u00f3n documental \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20.6 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Subdirecci\u00f3n Financiera. La Subdirecci\u00f3n Financiera \u00a0ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21.1 Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar las pol\u00edticas, \u00a0planes y programas financieros relacionados con los procesos de presupuesto, \u00a0contabilidad y tesorer\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21.2 Preparar, en coordinaci\u00f3n con los Secretarios Generales, para \u00a0consideraci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General, el programa anual mensualizado de caja \u00a0de la entidad y adelantar las solicitudes de PAC ante la Direcci\u00f3n General del \u00a0Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, as\u00ed como la \u00a0distribuci\u00f3n de la meta global de pago fijada por el Confis. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21.3 \u00a0Administrar el recaudo, la cartera y los ingresos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21.4 Administrar y controlar financieramente los cr\u00e9ditos concedidos \u00a0al Instituto, teniendo en cuenta las estipulaciones previstas en los \u00a0respectivos acuerdos de pr\u00e9stamo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21.5 Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. El Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno y la Comisi\u00f3n de Personal, se \u00a0conformar\u00e1n y funcionar\u00e1n de conformidad con las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones \u00a0varias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Adopci\u00f3n de la nueva Planta de Personal. De conformidad \u00a0con la estructura prevista en el presente Decreto, el Gobierno Nacional \u00a0proceder\u00e1 a adoptar la nueva planta de personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Atribuciones de los funcionarios de la Planta Actual. Los \u00a0funcionarios de la planta de personal actual del Instituto Nacional de V\u00edas \u00a0continuar\u00e1n ejerciendo las funciones o atribuciones a ellos asignadas, hasta \u00a0tanto sea adoptada la nueva planta de personal de conformidad con lo dispuesto \u00a0en el art\u00edculo anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Subrogaci\u00f3n de contratos. El Instituto Nacional de V\u00edas, \u00a0Inv\u00edas, subrogar\u00e1 los contratos de concesiones vigentes al Instituto Nacional \u00a0de Concesiones, Inco, y en todos los dem\u00e1s contratos, cualquiera sea la \u00a0naturaleza jur\u00eddica de estos, siempre y cuando guarden una relaci\u00f3n directa o \u00a0indirecta con los contratos de concesi\u00f3n subrogados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Desarrollo de nuevos proyectos viales por el Sistema de \u00a0Concesi\u00f3n. La infraestructura a cargo del Instituto Nacional de V\u00edas, Inv\u00edas, \u00a0que con posterioridad a la vigencia del presente decreto, determine el \u00a0Ministerio de Transporte su administraci\u00f3n por el Sistema de Concesi\u00f3n, ser\u00e1 \u00a0transferida para tales fines al Instituto Nacional de Concesiones, Inco, en los \u00a0t\u00e9rminos y condiciones que, en cada caso se se\u00f1ale en el respectivo acto \u00a0administrativo de entrega. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00ba. Una vez expedido el acto administrativo a que se refiere \u00a0el presente art\u00edculo el Instituto Nacional de Concesiones, Inco, adelantar\u00e1 los \u00a0procesos precontractuales y contractuales requeridos por esta entidad para el \u00a0desarrollo de nuevos proyectos por el sistema de concesi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00ba. La rehabilitaci\u00f3n, mantenimiento y operaci\u00f3n de la \u00a0mencionada infraestructura continuar\u00e1 bajo la administraci\u00f3n del Inv\u00edas hasta \u00a0que el Instituto Nacional de Concesiones, Inco, y el adjudicatario del \u00a0respectivo contrato de concesi\u00f3n, suscriban la correspondiente acta de \u00a0iniciaci\u00f3n de obra de la infraestructura transferida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha \u00a0de su publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en \u00a0especial los art\u00edculos 53, 54 y 55 del Decreto 2171 de 1992 \u00a0y el Decreto 081 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 24 de julio de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO \u00a0URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Transporte, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Andr\u00e9s Uriel Gallego Henao. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2056 DE 2003 \u00a0 \u00a0 (julio \u00a024) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de \u00a0V\u00edas, Inv\u00edas, y se dictan otras disposiciones \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el Decreto 2618 de 2013, \u00a0art\u00edculo 27. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las \u00a0facultades que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[51],"tags":[],"class_list":["post-34874","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2003"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/34874","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=34874"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/34874\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=34874"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=34874"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=34874"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}