{"id":34943,"date":"2023-07-26T19:48:06","date_gmt":"2023-07-26T19:48:06","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-2232-de-2003\/"},"modified":"2023-07-26T19:48:06","modified_gmt":"2023-07-26T19:48:06","slug":"decreto-2232-de-2003","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-2232-de-2003\/","title":{"rendered":"DECRETO 2232 DE 2003"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2232 DE 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(agosto \u00a08) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano \u00a0para el Fomento de la Educaci\u00f3n Superior, ICFES, y se \u00a0dictan otras disposiciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el Decreto 5014 de 2009, \u00a0art\u00edculo 30. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Derogado parcialmente por \u00a0el Decreto 4857 de 2009. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren \u00a0el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0mediante Acta n\u00famero 5 del d\u00eda diez (10) de julio de 2003 el Consejo Directivo \u00a0del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educaci\u00f3n Superior, ICFES, decidi\u00f3 someter a consideraci\u00f3n del Gobierno \u00a0Nacional la modificaci\u00f3n de su estructura, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objetivo, \u00a0estructura y funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Denominaci\u00f3n y naturaleza jur\u00eddica. El Instituto Colombiano para el \u00a0Fomento de la Educaci\u00f3n Superior, ICFES, es un \u00a0establecimiento p\u00fablico del orden nacional, adscrito al Ministerio de Educaci\u00f3n \u00a0Nacional, con personer\u00eda jur\u00eddica, autonom\u00eda administrativa y financiera y \u00a0patrimonio independiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Objeto. El Instituto Colombiano para el Fomento de la Educaci\u00f3n \u00a0Superior, ICFES, tiene como objeto fundamental la \u00a0evaluaci\u00f3n del sistema educativo colombiano en todos sus niveles y modalidades \u00a0y propender a la calidad de dicho sistema a trav\u00e9s de la implementaci\u00f3n de \u00a0programas y proyectos de Fomento de la educaci\u00f3n superior, de acuerdo con las \u00a0pol\u00edticas trazadas por el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Funciones generales. El Instituto Colombiano para el Fomento de la \u00a0Educaci\u00f3n Superior, ICFES, tendr\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 \u00a0Ejecutar las pol\u00edticas de fomento de la educaci\u00f3n superior y de la evaluaci\u00f3n, \u00a0que contribuyan a cualificar los procesos educativos en todos sus niveles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 \u00a0Promover y adelantar investigaciones y estudios orientados al desarrollo de la \u00a0calidad, pertinencia y cobertura de la educaci\u00f3n superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3 \u00a0Promover el desarrollo de la investigaci\u00f3n en las instituciones de educaci\u00f3n \u00a0superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4 \u00a0Apoyar y promover el desarrollo de estrategias y programas en la formaci\u00f3n y \u00a0capacitaci\u00f3n de los docentes, investigadores, directivos y administradores de \u00a0la educaci\u00f3n superior de acuerdo con las pol\u00edticas trazadas por el Gobierno \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5 \u00a0Administrar el Fondo de Bienestar Universitario de que trata el art\u00edculo 117 de \u00a0la Ley 30 de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6 \u00a0Estimular los procesos y desarrollar las acciones que conduzcan al cumplimiento \u00a0de las funciones de los Comit\u00e9s Regionales de Educaci\u00f3n Superior, CRES, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Educaci\u00f3n \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7 \u00a0Prestar asistencia t\u00e9cnica al Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional y a las \u00a0Secretar\u00edas de Educaci\u00f3n, en temas relacionados con la evaluaci\u00f3n de la calidad \u00a0de la educaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8 \u00a0Apoyar al sector educativo en la toma de decisiones y la reorientaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas para posibilitar a los ciudadanos el ejercicio del control social de \u00a0la calidad de la educaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.9 \u00a0Realizar estudios e investigaciones en el campo de la evaluaci\u00f3n de la calidad \u00a0de la educaci\u00f3n, cuyos resultados posibiliten el seguimiento del desempe\u00f1o de \u00a0los estudiantes y docentes, en pro de la cualificaci\u00f3n \u00a0general del sistema educativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.10 \u00a0Impulsar y fortalecer la cultura de la evaluaci\u00f3n en todos los medios relacionados \u00a0con la educaci\u00f3n, difundir los resultados de los an\u00e1lisis y desarrolla r \u00a0actividades de formaci\u00f3n, en materia de evaluaci\u00f3n de la calidad educativa, en \u00a0los niveles local, regional y nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.11 Establecer \u00a0los principios, metodolog\u00edas y procedimientos que deben guiar la evaluaci\u00f3n de \u00a0la calidad de la educaci\u00f3n, acorde con el estado del arte sobre el tema, al \u00a0nivel nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.12 \u00a0Desarrollar la fundamentaci\u00f3n te\u00f3rica, dise\u00f1ar, elaborar \u00a0y aplicar instrumentos de evaluaci\u00f3n de la calidad de la educaci\u00f3n, dirigidos a \u00a0los estudiantes de los niveles de educaci\u00f3n b\u00e1sica, media y superior, de \u00a0acuerdo con las orientaciones que para el efecto defina el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.13 \u00a0Desarrollar la fundamentaci\u00f3n te\u00f3rica, dise\u00f1ar, \u00a0elaborar y aplicar instrumentos de evaluaci\u00f3n para el ingreso de docentes y \u00a0directivos docentes al servicio educativo estatal, de acuerdo con las \u00a0orientaciones que para el efecto defina el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.14 \u00a0Desarrollar la fundamentaci\u00f3n te\u00f3rica, dise\u00f1ar, \u00a0elaborar y aplicar instrumentos de evaluaci\u00f3n complementarios, que sean \u00a0solicitados por entidades oficiales o privadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.15 \u00a0Organizar y administrar el banco de pruebas y preguntas, seg\u00fan niveles \u00a0educativos y programas, el cual tendr\u00e1 car\u00e1cter reservado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.16 \u00a0Dise\u00f1ar, implementar y controlar el procesamiento de informaci\u00f3n y la \u00a0producci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de resultados de las evaluaciones realizadas, seg\u00fan \u00a0las necesidades identificadas en cada nivel educativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.17 Dise\u00f1ar, \u00a0implementar, administrar y mantener actualizado un Sistema Nacional de \u00a0Informaci\u00f3n de la Calidad de la Educaci\u00f3n B\u00e1sica y Media, con base en los \u00a0resultados alcanzados en las pruebas aplicadas, con el fin de proveer elementos \u00a0para el reconocimiento y la cualificaci\u00f3n de los \u00a0procesos educativos correspondientes a estos niveles, de acuerdo con las \u00a0pol\u00edticas impartidas por el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.18 \u00a0Propiciar la participaci\u00f3n del pa\u00eds en programas y proyectos internacionales en \u00a0materia de evaluaci\u00f3n y establecer relaciones de cooperaci\u00f3n con Organismos \u00a0Pares, localizados en otros pa\u00edses o regiones, con el fin de confrontar y \u00a0validar las distintas estrategias e innovaciones propuestas en el desarrollo de \u00a0sus proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.19 \u00a0Concertar acuerdos y convenios con las autoridades educativas del orden local y \u00a0territorial, as\u00ed como con entidades privadas, para promover pol\u00edticas y \u00a0programas tendientes a cualificar los procesos educativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.20 \u00a0Definir y recaudar las tarifas correspondientes a los costos de los servicios \u00a0prestados en lo concerniente a las funciones se\u00f1aladas para el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.21 Las \u00a0dem\u00e1s funciones que le fijen las leyes y los reglamentos, acordes con su \u00a0naturaleza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. Derogado por el Decreto 4857 de 2009, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Organos de Direcci\u00f3n y \u00a0Administraci\u00f3n. La Direcci\u00f3n y \u00a0Administraci\u00f3n del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educaci\u00f3n \u00a0Superior, estar\u00e1 a cargo de un Consejo Directivo y de un Director General, \u00a0quien es el representante legal del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. Derogado por el Decreto 4857 de 2009, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. El Consejo Directivo. El \u00a0Consejo Directivo del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educaci\u00f3n \u00a0Superior, ICFES, estar\u00e1 integrado as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 El Ministro de \u00a0Educaci\u00f3n Nacional o su delegado, quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 El Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 Un delegado del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4 Un ex rector de \u00a0universidad estatal u oficial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.5 Un ex rector de \u00a0universidad priv ada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.6 Un Secretario de \u00a0Educaci\u00f3n Departamental, designado por la Federaci\u00f3n de Departamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.7 Un Secretario de \u00a0Educaci\u00f3n Distrital o Municipal, designado por la Federaci\u00f3n de Municipios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.8 El Director \u00a0General del Instituto, con voz y sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a0transitorio. El actual Consejo Directivo del ICFES \u00a0continuar\u00e1 en el ejercicio de sus funciones hasta tanto se proceda a la \u00a0designaci\u00f3n de los nuevos integrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. Derogado por el Decreto 4857 de 2009, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Funciones del Consejo Directivo. El \u00a0Consejo Directivo del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educaci\u00f3n \u00a0Superior, ICFES, adem\u00e1s de las funciones que le \u00a0se\u00f1ala el art\u00edculo 76 de la Ley 489 de 1998, tendr\u00e1 las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1 Expedir en la \u00a0\u00f3rbita de su competencia los actos administrativos que se requieran para el \u00a0cumplimiento de las funciones del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2 Autorizar la \u00a0aceptaci\u00f3n de donaciones, auxilios y legados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3 Expedir su \u00a0propio reglamento de funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00b0. Director General. El Director General del Instituto Colombiano para \u00a0el Fomento de la Educaci\u00f3n Superior, ICFES, es agente \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica, de su libre nombramiento y remoci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00b0. Estructura. La Estructura del Instituto Colombiano para el Fomento \u00a0de la Educaci\u00f3n Superior, ICFES, ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1 \u00a0Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2 \u00a0Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.3 \u00a0Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.4 \u00a0Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.5 \u00a0Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.6 \u00a0Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.7 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Fomento de la Educaci\u00f3n Superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.8 \u00a0Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.9 \u00a0Subdirecci\u00f3n Log\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.10 Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.10.1 \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.10.2 Comisi\u00f3n \u00a0de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00b0. Funciones de la Direcci\u00f3n General. El Director General, adem\u00e1s de \u00a0las funciones se\u00f1aladas en el art\u00edculo 78 de la Ley 489 de 1998, \u00a0tendr\u00e1 las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1 \u00a0Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias \u00a0vigentes y ejecutar las decisiones del Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.2 Dirigir, \u00a0evaluar y controlar el funcionamiento general del Instituto, de conformidad con \u00a0las directrices trazadas por el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.3 \u00a0Apoyar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, la ejecuci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica que en materia de fomento de la educaci\u00f3n superior, evaluaci\u00f3n e \u00a0informaci\u00f3n de la calidad de la educaci\u00f3n trace el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.4 \u00a0Orientar y coordinar la formulaci\u00f3n de planes, programas y proyectos para el \u00a0adecuado desarrollo de la evaluaci\u00f3n e informaci\u00f3n del Sistema Educativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.5 \u00a0Dirigir y coordinar las relaciones intersectoriales e intrasectoriales \u00a0de los servicios relacionados con evaluaci\u00f3n e informaci\u00f3n del sistema \u00a0educativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.6 \u00a0Adelantar las gestiones necesarias para la integraci\u00f3n de las regiones en el \u00a0desarrollo arm\u00f3nico del sistema de evaluaci\u00f3n de la calidad de la educaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.7 \u00a0Someter a consideraci\u00f3n del Consejo Directivo el proyecto de presupuesto y, una \u00a0vez expedido, velar por su adecuada ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.8 \u00a0Rendir informes al Consejo Directivo sobre el funcionamiento general del \u00a0Instituto y el desarrollo y ejecuci\u00f3n de sus planes y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.9 \u00a0Celebrar los contratos, ordenar los gastos y expedir los actos que sean \u00a0necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Instituto, con \u00a0arreglo a las disposiciones legales y estatutarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.10 \u00a0Crear y organizar los comit\u00e9s y grupos internos de trabajo que considere \u00a0necesarios para el \u00f3ptimo desarrollo de las funciones del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.11 \u00a0Nombrar y remover al personal del Instituto y ejercer en general aquellas \u00a0funciones relacionadas con la administraci\u00f3n del personal al servicio del \u00a0mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.12 \u00a0Presentar al Consejo Directivo los balances mensuales y los informes \u00a0adicionales que le soliciten y practicar para ellos los estudios especiales que \u00a0ordenen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.13 \u00a0Velar por el adecuado ejercicio del control interno y de gesti\u00f3n de la entidad \u00a0y propender al mejoramiento institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.14 \u00a0Delegar las funciones que considere necesarias para la buena marcha del \u00a0Instituto, conforme a la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.15 Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0atribuidas al Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora \u00a0de Planeaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.1 \u00a0Asesorar a la Direcci\u00f3n General y a las dependencias de la entidad en la \u00a0elaboraci\u00f3n de planes y programas institucionales e igualmente en los procesos \u00a0de planeaci\u00f3n y programaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.2 \u00a0Elaborar el plan estrat\u00e9gico de la entidad, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional y con las diferentes \u00e1reas de \u00a0la entidad, y realizar su evaluaci\u00f3n mediante el dise\u00f1o de un sistema de \u00a0indicadores que permita monitorear la ejecuci\u00f3n de los programas y proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.3 \u00a0Dise\u00f1ar e implementar un sistema de indicadores que permita monitorear el \u00a0desarrollo de las actividades misionales y de apoyo del Instituto y presentar \u00a0propuestas de mejoramiento a la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.4 \u00a0Coordinar la elaboraci\u00f3n del Plan de Acci\u00f3n del Instituto y llevar a cabo su \u00a0seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.5 \u00a0Asesorar a las dem\u00e1s dependencias del Instituto en la elaboraci\u00f3n de programas \u00a0y proyectos que deban llevarse a cabo, para el cumplimiento de las funciones \u00a0misionales y de apoyo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.6 Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Asesora \u00a0Jur\u00eddica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.1 \u00a0Asesorar a la Direcci\u00f3n General y a las dem\u00e1s dependencias del Instituto en la \u00a0interpretaci\u00f3n de las normas constitucionales y legales, en el tr\u00e1mite y \u00a0soluci\u00f3n de asuntos de car\u00e1cter jur\u00eddico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.2 \u00a0Conceptuar en las materias de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.3 \u00a0Representar judicial y extrajudicialmente al Instituto por intermedio de los \u00a0abogados de planta o mediante abogados externos, en los casos en que determine \u00a0el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.4 \u00a0Recopilar, actualizar y sistematizar las normas legales y reglamentarias, los \u00a0conceptos, la jurisprudencia y la doctrina que tengan relaci\u00f3n con la misi\u00f3n y \u00a0competencias del Instituto y propender a su difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.5 \u00a0Orientar a las dependencias del Instituto y adelantar desde el punto de vista \u00a0jur\u00eddico y con aplicaci\u00f3n de las normas vigentes, las actividades relacionadas \u00a0con los procesos de contrataci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.6 Velar \u00a0por la custodia de los contratos celebrados durante cada vigencia fiscal y una \u00a0vez liquidados los contratos disponer su remisi\u00f3n con antecedentes al Archivo \u00a0General del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.7 \u00a0Elaborar y presentar al Director General del Instituto los proyectos e \u00a0iniciativas legales relacionadas con la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.8 \u00a0Estudiar y conceptuar sobre proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, \u00a0convenios y dem\u00e1s actos administrativos que deba proponer o expedir el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.9 \u00a0Compilar las normas legales, los conceptos, la jurisprudencia y la doctrina \u00a0relacionadas con la actividad de la Instituci\u00f3n y velar por su actualizaci\u00f3n y \u00a0difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.10 \u00a0Coordinar el desarrollo de las investigaciones que en el campo jur\u00eddico \u00a0requiera el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.11 Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control \u00a0Interno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.1 \u00a0Planear, dirigir y organizar la verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.2 \u00a0Verificar que el Sistema de Control Interno est\u00e9 formalmente establecido dentro \u00a0de la organizaci\u00f3n y que su ejercicio sea intr\u00ednseco al desarrollo de las \u00a0funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan \u00a0responsabilidad de mando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.3 \u00a0Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la \u00a0organizaci\u00f3n, se cumplan por los responsables de su ejecuci\u00f3n y en especial, \u00a0que las \u00e1reas o empleados encargados de la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen disciplinario \u00a0ejerzan adecuadamente esta funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.4 \u00a0Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades \u00a0de la organizaci\u00f3n est\u00e9n adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren \u00a0permanentemente, de acuerdo con la evoluci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.5 \u00a0Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, pol\u00edticas, procedimientos, \u00a0planes, programas, proyectos y metas de la organizaci\u00f3n y recomendar los \u00a0ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.6 \u00a0Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de \u00a0que se obtengan los resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.7 \u00a0Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los \u00a0sistemas de informaci\u00f3n de la entidad y recomendar los correctivos que sean \u00a0necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.8 Fomentar \u00a0en toda la organizaci\u00f3n la formaci\u00f3n de una cultura de control que contribuya \u00a0al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.9 \u00a0Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana, \u00a0que en desarrollo del mandato constitucional y legal, dise\u00f1e la entidad \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.10 \u00a0Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del \u00a0control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades \u00a0detectadas y de las fallas en su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.11 \u00a0Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.12 \u00a0Asesorar, acompa\u00f1ar, verificar y hacer seguimiento de las pol\u00edticas, \u00a0estrategias y actividades implementadas para la administraci\u00f3n de los riesgos, \u00a0que puedan representar amenazas para la consecuci\u00f3n de los objetivos \u00a0organizacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.13 \u00a0Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013. Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda General, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1 \u00a0Adelantar las pol\u00edticas y los programas relacionados con la administraci\u00f3n, el \u00a0desarrollo del talento humano, la promoci\u00f3n del buen clima organizacional, la \u00a0calidad del proceso de toma de decisiones y el fomento de est\u00edmulos e \u00a0incentivos para el mejoramiento continuo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2 \u00a0Dirigir y controlar de conformidad con la ley, el desarrollo de las funciones \u00a0relacionadas con la administraci\u00f3n del Instituto, el sistema integrado de \u00a0informaci\u00f3n financiera, la gesti\u00f3n y desarrollo del talento humano, la adquisici\u00f3n \u00a0de bienes y servicios y la conservaci\u00f3n y mantenimiento de sus bienes, mediante \u00a0programas, m\u00e9todos y procedimientos de gesti\u00f3n administrativa y la implantaci\u00f3n \u00a0de sistemas de simplificaci\u00f3n de tr\u00e1mites y procedimientos de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.3 \u00a0Coordinar la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen disciplinario de los servidores p\u00fablicos \u00a0del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educaci\u00f3n Superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.4 \u00a0Dirigir, coordinar y controlar las actuaciones relativas a la participaci\u00f3n \u00a0ciudadana y a la atenci\u00f3n al ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.5 \u00a0Notificar los actos administrativos que expida el Instituto y el Consejo \u00a0Directivo y comunicar las decisiones a las correspondientes entidades del \u00a0Estado o a las dependencias del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.6 \u00a0Ejercer las funciones de Secretar\u00eda del Consejo Directivo del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.7 \u00a0Llevar y mantener bajo su custodia los libros de actas y acuerdos del Consejo \u00a0Directivo y de resoluciones de la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.8 \u00a0Realizar los estudios necesarios con el fin de proponer las especificaciones t\u00e9cnicas \u00a0de los recursos inform\u00e1ticos requeridos para la modernizaci\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.9 \u00a0Dirigir y coordinar la programaci\u00f3n general de la impresi\u00f3n editorial de las \u00a0publicaciones, de acuerdo con las pol\u00edticas establecidas por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.10 \u00a0Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a014. Subdirecci\u00f3n de Fomento de la Educaci\u00f3n Superior. Son funciones de \u00a0la Subdirecci\u00f3n de Fomento de la Educaci\u00f3n Superior, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.1 \u00a0Asesorar a la Direcci\u00f3n General en la coordinaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes y \u00a0programas dise\u00f1ados por el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, para el fomen to de la investigaci\u00f3n y el \u00a0desarrollo acad\u00e9mico, cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico en las Instituciones de \u00a0Educaci\u00f3n Superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.2 Asesorar \u00a0a la Direcci\u00f3n General en la implementaci\u00f3n de planes, programas y proyectos \u00a0orientados al mejoramiento de la gesti\u00f3n de las instituciones de educaci\u00f3n \u00a0superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.3 \u00a0Asesorar a la Direcci\u00f3n General en los asuntos relacionados con la participaci\u00f3n \u00a0del ICFES en el Sistema Nacional de Ciencia y \u00a0Tecnolog\u00eda y en coordinaci\u00f3n con Colciencias \u00a0adelantar acciones para el fomento de la actividad investigativa en la \u00a0educaci\u00f3n superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.4 \u00a0Adelantar acciones que promuevan la aplicaci\u00f3n de nuevas tecnolog\u00edas de \u00a0ense\u00f1anza-aprendizaje y el uso de medios did\u00e1cticos alternativos en educaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.5 \u00a0Administrar el Fondo de Bienestar Universitario y promover el desarrollo del \u00a0Bienestar Universitario en las Instituciones de Educaci\u00f3n Superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.6 \u00a0Apoyar los procesos y las acciones relacionados con los Comit\u00e9s Regionales de \u00a0Educaci\u00f3n Superior, CRES. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.7 \u00a0Fomentar el desarrollo de los programas y actividades de extensi\u00f3n en las \u00a0Instituciones de educaci\u00f3n Superior, a partir de las directrices fijadas por el \u00a0Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.8 \u00a0Apoyar y promover el desarrollo de planes y programas para la formaci\u00f3n y \u00a0actualizaci\u00f3n del talento humano de la educaci\u00f3n superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.9 \u00a0Adelantar estudios orientados al desarrollo de la calidad, pertinencia y \u00a0cobertura de la educaci\u00f3n superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.10 \u00a0Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.1 Orientar \u00a0y liderar los proyectos que se susciten al interior de la Subdirecci\u00f3n, \u00a0mediante la coordinaci\u00f3n de los recursos humanos, financieros y tecnol\u00f3gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2 \u00a0Proponer elementos de conexi\u00f3n entre las \u00e1reas acad\u00e9micas y verificar la debida \u00a0coherencia conceptual y pertinencia de cada instrumento que se elabore. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.3 \u00a0Asesorar a la Direcci\u00f3n General en los aspectos acad\u00e9micos y t\u00e9cnicos \u00a0relacionados con la evaluaci\u00f3n de la calidad de la educaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.4 \u00a0Establecer las actividades necesarias para adelantar programas de evaluaci\u00f3n de \u00a0la calidad educativa, determinando y cuantificando los recursos humanos, \u00a0f\u00edsicos, financieros y t\u00e9cnicos necesarios para desarrollarlas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.5 \u00a0Dirigir y controlar las actividades relacionadas con el manejo de los recursos \u00a0humanos que se requieran para el desarrollo de las actividades propias de la \u00a0Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.6 \u00a0Supervisar la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los contratos que se celebren para el \u00a0desarrollo de los programas que debe atender la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.7 \u00a0Coordinar y realizar estudios e investigaciones tendientes a la cualificaci\u00f3n de procesos acad\u00e9micos y t\u00e9cnicos de \u00a0evaluaci\u00f3n de la calidad de la educaci\u00f3n, teniendo en cuenta la estructura, \u00a0fines y organizaci\u00f3n de la educaci\u00f3n colombiana y las perspectivas \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.8 \u00a0Desarrollar la fundamentaci\u00f3n te\u00f3rica y conceptual de \u00a0los instrumentos de evaluaci\u00f3n, seg\u00fan los niveles educativos y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.9 \u00a0Dise\u00f1ar y desarrollar instrumentos de evaluaci\u00f3n de la calidad de la educaci\u00f3n \u00a0y otros complementarios, para los diferentes programas que ofrece el Instituto, \u00a0de acuerdo con avances nacionales e internacionales en el tema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.10 \u00a0Organizar y administrar el banco de pruebas y preguntas seg\u00fan niveles \u00a0educativos y programas, velando por su confidencialidad y reserva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.11 \u00a0Desarrollar, adaptar e implementar modelos para el procesamiento y an\u00e1lisis de \u00a0los resultados de los instrumentos de evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.12 \u00a0Procesar y analizar los resultados de aplicar los instrumentos de evaluaci\u00f3n de \u00a0la calidad de la educaci\u00f3n, de acuerdo con los modelos psicom\u00e9tricos \u00a0adoptados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.13 \u00a0Dise\u00f1ar y producir los informes de los resultados de los instrumentos de \u00a0evaluaci\u00f3n desarrollados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.14 \u00a0Establecer procedimientos estandarizados para los diferentes procesos adelantados \u00a0por la Subdirecci\u00f3n, de acuerdo con los principios y m\u00e9todos adoptados por el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.15 \u00a0Promover el desarrollo de la capacidad t\u00e9cnica en medici\u00f3n y evaluaci\u00f3n \u00a0educativa de las entidades territoriales, a trav\u00e9s de las Secretar\u00edas de Educaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.16 \u00a0Prestar asesor\u00eda t\u00e9cnica en evaluaci\u00f3n de la calidad de la educaci\u00f3n, tanto al \u00a0nivel nacional como internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.17 \u00a0Participar en las evaluaciones educativas internacionales en que se comprometa \u00a0el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.18 \u00a0Adelantar las gestiones necesarias para el cumplimiento oportuno de los planes \u00a0y programas propios de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.19 \u00a0Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Subdirecci\u00f3n Log\u00edstica. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n Log\u00edstica, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.1 \u00a0Dise\u00f1ar, implementar y evaluar procedimientos de calidad, \u00e1giles y econ\u00f3micos, \u00a0para la aplicaci\u00f3n de distintos tipos de instrumentos, dirigidos a poblaciones n\u00famerosas, dispersas y de gran variabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.2 \u00a0Asesorar a la Direcci\u00f3n General en la definici\u00f3n de pol\u00edticas y estrategias \u00a0relacionadas con la administraci\u00f3n de instrumentos de evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.3 \u00a0Coordinar con la Direcci\u00f3n General y dem\u00e1s instancias institucionales, los \u00a0planes y programas relacionados con las diferentes aplicaciones de instrumentos \u00a0de evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.4 \u00a0Coordinar con las autoridades e instituciones educativas, su participaci\u00f3n en \u00a0actividades propias de la administraci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de instrumentos de \u00a0evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.5 \u00a0Planear, organizar y controlar la ejecuci\u00f3n de las aplicaciones de instrumentos \u00a0de evaluaci\u00f3n que debe realizar el Instituto simult\u00e1neamente en poblaciones \u00a0dispersas en todo el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.6 \u00a0Dirigir, supervisar, promover y participar en estudios e investigaciones que \u00a0permitan mejorar los procesos y procedimientos propios de su funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.7 \u00a0Adelantar las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de \u00a0los planes y programas de aplicaci\u00f3n de instrumentos de evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.8 Supervisar \u00a0la ejecuci\u00f3n de los contratos que se celebren para el desarrollo de los \u00a0programas que debe atender . \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.9 \u00a0Dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con los recursos \u00a0humanos, financieros y tecnol\u00f3gicos que se requieren para el cumplimiento de \u00a0las actividades propias de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.10 \u00a0Coordinar, ejecutar y controlar la divulgaci\u00f3n de la programaci\u00f3n y \u00a0procedimientos necesarios para la inscripci\u00f3n a las programas que ofrece el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.11 \u00a0Planear, ejecutar y controlar el proceso de inscripci\u00f3n y citaci\u00f3n para la \u00a0aplicaci\u00f3n de instrumentos de evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.12 \u00a0Responder por la ejecuci\u00f3n y legalizaci\u00f3n de los recursos financieros asignados \u00a0para la realizaci\u00f3n de aplicaciones de instrumentos de evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.13 \u00a0Planear, ejecutar y controlar el procesamiento, producci\u00f3n, administraci\u00f3n y \u00a0distribuci\u00f3n de los resultados de aplicaciones de instrumentos de evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.14 \u00a0Participar en las evaluaciones educativas internacionales en que se comprometa \u00a0el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.15 \u00a0Desarrollar estrategias para divulgar la informaci\u00f3n obtenida de las \u00a0evaluaciones realizadas y estudiar su impacto en la cualificaci\u00f3n \u00a0de los procesos educativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.16 \u00a0Organizar, administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de \u00a0Informaci\u00f3n de la Calidad de la Educaci\u00f3n B\u00e1sica, Media y Superior y promover \u00a0su utilizaci\u00f3n por parte de instituciones educativas e investigadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.17 \u00a0Organizar, administrar y mantener actualizada la informaci\u00f3n obtenida de las \u00a0evaluaciones realizadas y promover su utilizaci\u00f3n por parte de instituciones \u00a0educativas e investigadores y atender las solicitudes correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.18 \u00a0Apoyar el desarrollo, producci\u00f3n en los diversos medios y distribuci\u00f3n de las \u00a0publicaciones del Sistema Nacional de Informaci\u00f3n de la Educaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.19 \u00a0Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a017. Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. \u00a0La composici\u00f3n y las funciones del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno y de la Comisi\u00f3n de Personal, se regir\u00e1n por las disposiciones \u00a0legales y reglamentarias sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Patrimonio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018. El patrimonio. Integran el patrimonio del Instituto Colombiano para \u00a0el Fomento de la Educaci\u00f3n Superior, ICFES: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.1 Las \u00a0partidas que con destino a \u00e9l se incluyan en el Presupuesto Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.2 El \u00a0dos por ciento (2%) de los aportes que por cualquier concepto reciban del \u00a0presupuesto nacional las instituciones de Educaci\u00f3n Superior Estatales, de que \u00a0trata el literal d) del art\u00edculo 43 de la Ley 30 de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.3 \u00a0Todos los bienes que a la fecha le pertenecen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.4 \u00a0Cualquier renta o donaci\u00f3n que perciba de personas naturales o jur\u00eddicas, de \u00a0conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones \u00a0laborales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a019. Adopci\u00f3n de la Planta de Personal. De conformidad con la estructura \u00a0prevista en el presente decreto, el Gobierno Nacional proceder\u00e1 a adoptar l a \u00a0planta de personal del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educaci\u00f3n \u00a0Superior, ICFES. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a020. Atribuciones de los Funcionarios de la Planta del Instituto Colombiano \u00a0para el Fomento de la Educaci\u00f3n Superior, ICFES. \u00a0Los funcionarios de la actual planta de personal del Instituto Colombiano para \u00a0el Fomento de la Educaci\u00f3n Superior, ICFES, sin \u00a0perjuicio de las situaciones administrativas en que puedan encontrarse, \u00a0continuar\u00e1n ejerciendo las funciones y atribuciones a ellos asignadas, hasta \u00a0tanto se adopten e incorporen a la nueva planta de personal del Instituto, o \u00a0pasen al Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, o se adopten las determinaciones \u00a0pertinentes de conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones \u00a0finales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a021. Entrega de archivos. Los archivos relacionados con las funciones que \u00a0cumple el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educaci\u00f3n Superior, ICFES, y que cumplir\u00e1 el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, \u00a0ser\u00e1n entregados por el ICFES, de conformidad con las \u00a0normas establecidas por el Archivo General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a022. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2662 de 1999 \u00a0y el Decreto 1211 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 8 de agosto de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO \u00a0URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto \u00a0Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Ministra de Educaci\u00f3n Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cecilia \u00a0Mar\u00eda V\u00e9lez White. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando \u00a0Antonio Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2232 DE 2003 \u00a0 \u00a0 (agosto \u00a08) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano \u00a0para el Fomento de la Educaci\u00f3n Superior, ICFES, y se \u00a0dictan otras disposiciones \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el Decreto 5014 de 2009, \u00a0art\u00edculo 30. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Derogado parcialmente por \u00a0el Decreto [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[51],"tags":[],"class_list":["post-34943","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2003"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/34943","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=34943"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/34943\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=34943"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=34943"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=34943"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}