{"id":35010,"date":"2023-07-26T19:48:10","date_gmt":"2023-07-26T19:48:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-2568-de-2003\/"},"modified":"2023-07-26T19:48:10","modified_gmt":"2023-07-26T19:48:10","slug":"decreto-2568-de-2003","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-2568-de-2003\/","title":{"rendered":"DECRETO 2568 DE 2003"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2568 DE 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(septiembre 10) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la estructura de la Direcci\u00f3n Nacional de \u00a0Estupefacientes y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado parcialmente por el Decreto 2897 de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial las que le confieren \u00a0el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia y el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00ba. Estructura. La estructura de la Direcci\u00f3n Nacional de \u00a0Estupefacientes ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Direcci\u00f3n Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 \u00a0Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 \u00a0Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Secretaria General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Numeral derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Subdirecci\u00f3n \u00a0Estrat\u00e9gica y de Investigaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Numeral derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Subdirecci\u00f3n de Asuntos \u00a0Regionales y de Erradicaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Numeral derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Subdirecci\u00f3n de \u00a0Estupefacientes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Bienes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Subdirecci\u00f3n Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Inform\u00e1tica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1 \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.2 \u00a0Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Funciones de la Direcci\u00f3n Nacional. Son funciones de la Direcci\u00f3n Nacional, \u00a0adem\u00e1s de las contempladas en las disposiciones legales vigentes, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 \u00a0Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecuci\u00f3n de las funciones y \u00a0programas de la Direcci\u00f3n Nacional de Estupefacientes y de sus funcionarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 \u00a0Fijar las pol\u00edticas y adoptar los planes generales relacionados con la \u00a0instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 \u00a0Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de los objetivos de la \u00a0instituci\u00f3n, en concordancia con los planes de desarrollo y las pol\u00edticas \u00a0trazadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 Dirigir \u00a0el Fondo de Rehabilitaci\u00f3n, Inversi\u00f3n Social y Lucha contra el Crimen \u00a0Organizado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5 \u00a0Adoptar las medidas y expedir los actos administrativos necesarios para la \u00a0adecuada administraci\u00f3n de la entidad y la racionalizaci\u00f3n del gasto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.6 \u00a0Rendir informes generales o peri\u00f3dicos o particulares al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, al Ministro del Interior y de Justicia y al Consejo Nacional de \u00a0Estupefacientes, sobre las actividades desarrolladas, la situaci\u00f3n general de \u00a0la Entidad y las medidas adoptadas que puedan afectar el curso de la pol\u00edtica \u00a0del gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.7 Numeral derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Expedir el certificado \u00a0de carencia de informes por tr\u00e1fico de estupefacientes, de conformidad con las \u00a0disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.8 \u00a0Conocer y fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios que se \u00a0adelantan contra los servidores y ex servidores p\u00fablicos de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.9 \u00a0Distribuir mediante acto administrativo, la planta de personal, teniendo en \u00a0cuenta la estructura, las necesidades del servicio y los planes y programas de \u00a0la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.10 \u00a0Crear, organizar y conformar mediante resoluci\u00f3n interna y con car\u00e1cter \u00a0permanente o transitorio, grupos internos de trabajo para atender las \u00a0necesidades del servicio y el cumplimiento oportuno, eficiente y eficaz de los \u00a0objetivos, pol\u00edticas y programas de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.11 \u00a0Crear, organizar y conformar mediante resoluci\u00f3n, los comit\u00e9s internos que r equiera la Direcci\u00f3n para su normal funcionamiento y \u00a0asignar las correspondientes funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.12 Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica o que le atribuya \u00a0la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora \u00a0de Planeaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 \u00a0Asesorar a la Direcci\u00f3n Nacional y a las dem\u00e1s dependencias, en la formulaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el cumplimiento de la misi\u00f3n \u00a0institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 \u00a0Liderar, orientar, asesorar y concertar con las distintas dependencias, la \u00a0formulaci\u00f3n de los planes de mediano y largo plazo, y los planes anuales en \u00a0concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y presentarlos a las instancias \u00a0correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3 \u00a0Dise\u00f1ar el sistema de seguimiento y evaluaci\u00f3n de planes, programas y proyectos \u00a0adelantados, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4 \u00a0Realizar seguimiento y evaluaci\u00f3n permanente a los planes, programas y \u00a0proyectos de la entidad, evaluar su cumplimiento y proponer ajustes a los \u00a0mismos y realizar la evaluaci\u00f3n de impacto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5 \u00a0Asesorar a las dependencias de la entidad en asuntos relacionados con la \u00a0organizaci\u00f3n, los m\u00e9todos y los procedimientos de trabajo que optimicen la \u00a0gesti\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6 \u00a0Establecer y mantener actualizado el Banco de Proyectos de Inversi\u00f3n de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7 \u00a0Identificar y gestionar fuentes alternas de financiamiento, as\u00ed como formular y \u00a0participar en la consecuci\u00f3n de cr\u00e9ditos y programas de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica \u00a0nacional e internacional, que la entidad requiera para el cumplimiento de su \u00a0misi\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con las instancias pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8 \u00a0Dise\u00f1ar, implementar y mantener en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias de \u00a0la Entidad el sistema de informaci\u00f3n gerencial para la medici\u00f3n de resultados \u00a0institucionales y la toma de decisiones en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.9 \u00a0Asesorar a la Secretar\u00eda General, en coordinaci\u00f3n con todas las dependencias, \u00a0en la elaboraci\u00f3n del anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e inversi\u00f3n \u00a0as\u00ed como en la elaboraci\u00f3n del plan de compras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.10 \u00a0Elaborar y presentar a la Direcci\u00f3n Nacional, informes peri\u00f3dicos de gesti\u00f3n y \u00a0responder por las estad\u00edsticas institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.11 \u00a0Coordinar y participar en la realizaci\u00f3n de estudios organizacionales y planes \u00a0de mejoramiento continuo y promover la simplificaci\u00f3n y supresi\u00f3n de tr\u00e1mites. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.12 Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan con \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control \u00a0Interno, adem\u00e1s de las contempladas en la normatividad vigente, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 \u00a0Asesorar y apoyar a la Direcci\u00f3n Nacional en la definici\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0referidas al dise\u00f1o e implantaci\u00f3n del sistema de control interno que \u00a0contribuya a incrementar la eficiencia y calidad en prestaci\u00f3n de los servicios \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 \u00a0Promover la cultura de autocontrol y el fortalecimiento de valores \u00a0institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3 \u00a0Dirigir el dise\u00f1o y establecimiento de los criterios, m\u00e9todos, procedimientos e \u00a0indicadores para evaluar la gesti\u00f3n en coordinaci\u00f3n con las diferentes \u00a0dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4 \u00a0Definir el plan de control de gesti\u00f3n, asesorar a las dependencias en su \u00a0ejecuci\u00f3n y evaluar el mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5 Definir \u00a0directrices, consolidar y hacer seguimiento al mapa de riesgos de la entidad y \u00a0verificar que se tomen las medidas preventivas y correctivas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.6 \u00a0Evaluar y verificar l a aplicaci\u00f3n de los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana \u00a0dise\u00f1ados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.7 \u00a0Velar por que la atenci\u00f3n de quejas y reclamos presentados por los ciudadanos \u00a0en relaci\u00f3n con la misi\u00f3n del Instituto, se preste en forma oportuna y \u00a0eficiente y rendir informes sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.8 \u00a0Vigilar que todas las operaciones institucionales, se enmarquen dentro de las \u00a0normas legales, reglamentarias y estatutarias vigentes y se realicen teniendo \u00a0en cuenta los principios constitucionales aplicables a la administraci\u00f3n \u00a0p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9. \u00a0Articular los informes que la entidad deba presentar a los organismos de \u00a0control estatal con el apoyo de las dependencias de la entidad y en \u00a0concordancia con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.10 \u00a0Preparar y presentar informes sobre los asuntos de su competencia de acuerdo \u00a0con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.11 \u00a0Realizar las evaluaciones peri\u00f3dicas a la gesti\u00f3n institucional y rendir los \u00a0informes a las instancias correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.12 Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan con \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. Secretar\u00eda general. Son funciones de la Secretar\u00eda General las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 \u00a0Asesorar a la Direcci\u00f3n Nacional en la formulaci\u00f3n de normas y procedimientos \u00a0para la administraci\u00f3n del talento humano y de los recursos f\u00edsicos, econ\u00f3micos \u00a0y financieros de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 Administrar \u00a0y velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas que en materia administrativa y \u00a0financiera determine la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 \u00a0Dirigir la elaboraci\u00f3n de los proyectos de presupuestos de inversi\u00f3n y de \u00a0funcionamiento de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4 \u00a0Adelantar las gestiones necesarias para asegurar el desarrollo de la cultura \u00a0organizacional y de gesti\u00f3n que contribuyan al mejoramiento continuo en el \u00a0cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.5 Numeral derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Asistir a las reuniones \u00a0del Consejo Nacional de Estupefacientes en calidad de Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.6 \u00a0Dirigir, coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de los programas y actividades \u00a0relacionadas con los asuntos financieros, de administraci\u00f3n de personal, de \u00a0servicios administrativos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.7 \u00a0Formular y velar por la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas y programas de \u00a0administraci\u00f3n de personal, bienestar social, selecci\u00f3n y clasificaci\u00f3n, \u00a0registro y control, r\u00e9gimen salarial y prestacional, \u00a0capacitaci\u00f3n y desarrollo de personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.8 \u00a0Dirigir la elaboraci\u00f3n de los manuales y dem\u00e1s formatos de car\u00e1cter \u00a0administrativo que requiera la entidad, en coordinaci\u00f3n con las diferentes \u00a0dependencias, con el fin de racionalizar la gesti\u00f3n y los recursos de la \u00a0Direcci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.9 \u00a0Coordinar la ejecuci\u00f3n de los procesos de adquisici\u00f3n, almacenamiento, inventario, \u00a0custodia y suministro de bienes necesarios para el normal funcionamiento de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.10 \u00a0Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de los procesos y estudios \u00a0precontractuales y contractuales que deba adelantar la entidad, en cumplimiento \u00a0de las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.11 \u00a0Atender los servicios de registro, clasificaci\u00f3n, archivo y tramitaci\u00f3n de \u00a0correspondencia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.12 \u00a0Dirigir y controlar la elaboraci\u00f3n de los informes de ley e institucionales que \u00a0la Entidad deba presentar a los organismos de control estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.13 \u00a0Coordinar la elaboraci\u00f3n del Plan Anual Mensualizado de Caja, PAC, y del plan \u00a0de necesidades de la entidad y velar por su cumplida aprobaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.14 \u00a0Velar por la correcta ejecuci\u00f3n, contabilizaci\u00f3n y rendici\u00f3n de informes \u00a0fiscales, presupuestales y contables, de los recursos asignados a la entidad \u00a0directamente o a trav\u00e9s del Fondo de Rehabilitaci\u00f3n, Inversi\u00f3n Social y Lucha \u00a0contra el Crimen Organizado, en coordinaci\u00f3n con las Subdirecciones de Bienes y \u00a0Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.15 \u00a0Adelantar las investigaciones de car\u00e1cter disciplinario que se adelanten contra \u00a0los funcionarios o ex funcionarios de la entidad, y resolverlas en primera \u00a0instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.16 \u00a0Adelantar las gestiones necesarias para garantizar la presentaci\u00f3n de propuestas \u00a0de inversi\u00f3n de recursos, el an\u00e1lisis del rendimiento generado y el control \u00a0sobre los vencimientos, en concordancia con las normas legales vigentes y la \u00a0pol\u00edtica de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.17 \u00a0Dirigir, controlar, velar y presentar propuesta para el adecuado servicio de \u00a0atenci\u00f3n al cliente y la participaci\u00f3n ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.18 \u00a0Recepcionar, direccionar, tramitar y remitir a las dependencias \u00a0correspondientes las solicitudes, peticiones, quejas y reclamos que se \u00a0presenten por parte de los interesados en relaci\u00f3n con la misi\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.19 \u00a0Dirigir la oportuna notificaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n de las decisiones adoptadas por \u00a0la Direcci\u00f3n Nacional de Estupefacientes y el \u00a0Consejo Nacional de Estupefacientes. (Nota: La expresi\u00f3n \u00a0se\u00f1alada en cursiva fue suprimida por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.20 Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan con \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. Derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Subdirecci\u00f3n Estrat\u00e9gica y de Investigaciones. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n Estrat\u00e9gica y de \u00a0Investigaciones, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1 Adelantar para la \u00a0Direcci\u00f3n Nacional de Estupefacientes y para el Consejo Nacional de \u00a0Estupefacientes, estudios e investigaciones relacionados con el problema \u00a0mundial de drogas il\u00edcitas en sus diferentes manifestaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2 Desarrollar \u00a0estrategias eficaces de seguimiento t\u00e9cnico al problema mundial de drogas \u00a0il\u00edcitas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3 Establecer contacto \u00a0permanente con las entidades ejecutoras de la pol\u00edtica de drogas con el fin de \u00a0mantener actualizado el Observatorio de Drogas de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.4 Investigar sobre la \u00a0din\u00e1mica del uso de sustancias qu\u00edmicas utilizadas en la producci\u00f3n de drogas il\u00edcitas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.5 Analizar rutas y \u00a0medios de transporte mar\u00edtimos, a\u00e9reos y terrestres con el fin de identificar \u00a0las posibles v\u00edas para el tr\u00e1fico de estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.6 Preparar desde lo \u00a0t\u00e9cnico, la participaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n Nacional de Estupefacientes en los \u00a0diferentes foros internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.7 Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00b0. Derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Subdirecci\u00f3n de Asuntos Regionales y de Erradicaci\u00f3n. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Asuntos Regionales y \u00a0de Erradicaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1 Apoyar las acciones \u00a0que demande el Gobierno Nacional, en especial al Consejo Nacional de \u00a0Estupefacientes, en materia de reducci\u00f3n de la oferta de drogas il\u00edcitas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2 Coordinar el \u00a0desarrollo de las funciones de los Consejos Seccionales de Estupefacientes, de \u00a0conformidad con las pol\u00edticas trazadas por el Consejo Nacional de \u00a0Estupefacientes y en lo relativo a los asuntos misionales de la Direcci\u00f3n \u00a0Nacional de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3 Realizar \u00a0seguimiento y evaluar el cumplimiento de los planes y programas que en materia \u00a0de producci\u00f3n y tr\u00e1fico sean asignados a la Subdirecci\u00f3n; as\u00ed mismo, sugerir \u00a0las modificaciones o ajustes que se consideren necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.4 Adelantar las \u00a0gestiones necesarias para el dise\u00f1o, divulgaci\u00f3n y promoci\u00f3n de estrategias de \u00a0comunicaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n, orientadas a prevenir la vinculaci\u00f3n de individuos \u00a0a las diferentes pr\u00e1cticas relacionadas con la producci\u00f3n y tr\u00e1fico de drogas \u00a0il\u00edcitas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.5 Preparar \u00a0recomendaciones para el Consejo Nacional de Estupefacientes encaminadas a \u00a0permitir el normal desarrollo del Programa de Erradicaci\u00f3n de Cultivos \u00a0Il\u00edcitos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.6 Ejecutar las \u00a0actividades relacionadas con el cumplimiento del Programa de Quejas y dem\u00e1s \u00a0actos administrativos emitidos por el Consejo Nacional de Estupefacientes en \u00a0materia de erradicaci\u00f3n de cultivos il\u00edcitos y de coordinaci\u00f3n regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.7 Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00b0. Derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Subdirecci\u00f3n de Estupefacientes. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Estupefacientes, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1 Adelantar el \u00a0procedimiento administrativo, previo y posterior, relacionado con la expedici\u00f3n \u00a0del Certificado de Carencia de Informes por Tr\u00e1fico de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2 Adelantar el \u00a0tr\u00e1mite de las autorizaciones extraordinarias para el manejo de sustancias \u00a0qu\u00edmicas controladas, de conformidad con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.3 Proyectar para la \u00a0firma del Director Nacional de Estupefacientes los actos administrativos que \u00a0culminen la actuaci\u00f3n relacionada con el Certificado de Carencia de Informes \u00a0por Tr\u00e1fico de Estupefacientes y los relacionados con la anulaci\u00f3n unilateral \u00a0del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.4 Velar por que se \u00a0cumplan los controles establecidos a las sustancias o precursores qu\u00edmicos que \u00a0se utilicen en la extracci\u00f3n o procesamiento de estupefacientes, de conformidad \u00a0con las disposiciones legales vigentes sobre la materia y las directrices del \u00a0Consejo Nacional de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.5 Realizar estudios \u00a0respecto a los asuntos de su competencia, que sirvan de base para la adopci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas por parte del Consejo Nacional de Estupefacientes, y aquellos que \u00a0se deriven de la ejecuci\u00f3n de la funci\u00f3n administrativa que le ha sido \u00a0asignada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.6 Presentar \u00a0propuestas relacionadas con el control administrativo preventivo a operaciones \u00a0y sustancias para consideraci\u00f3n de la Direcci\u00f3n Nacional y del Consejo Nacional \u00a0de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.7 Adelantar las \u00a0gestiones necesarias en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes, para asegurar \u00a0la oportuna expedici\u00f3n del Certificado de Carencia de Informes por Tr\u00e1fico de \u00a0Estupefacientes, de conformidad con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.8 Coordinar las \u00a0operaciones nacionales e internacionales encaminadas a ejercer un mejor control \u00a0en las materias de sustancias qu\u00edmicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.9 Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00b0. Subdirecci\u00f3n de Bienes. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Bienes, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1 \u00a0Presentar propuestas a la Direcci\u00f3n Nacional relacionadas con la administraci\u00f3n \u00a0de los bienes incautados y puestos a disposici\u00f3n de la entidad, provenientes de \u00a0delitos por narcotr\u00e1fico y conexos, as\u00ed como los bienes provenientes de los \u00a0procesos de Extinci\u00f3n de Dominio de conformidad con las normas legales \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.2 \u00a0Dirigir y controlar los procesos de administraci\u00f3n de los bienes incautados y \u00a0puestos a disposici\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.3 \u00a0Adelantar las gestiones necesarias para garantizar la correcta administraci\u00f3n y \u00a0la sostenibilidad de un sistema de informaci\u00f3n de los bienes incautados y \u00a0puestos a disposici\u00f3n de la entidad, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.4 \u00a0Adelantar las gestiones necesarias con los Organismos de Seguridad del Estado y \u00a0las entidades judiciales que permitan un adecuado flujo de informaci\u00f3n para la \u00a0administraci\u00f3n de los bienes incautados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.5 \u00a0Adelantar las gestiones necesarias para asegurar el flujo de informaci\u00f3n que \u00a0garantice una administraci\u00f3n eficiente del Fondo de Rehabilitaci\u00f3n, Inversi\u00f3n \u00a0Social y Lucha contra el Crimen Organizado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.6 \u00a0Adelantar, conjuntamente con la Secretar\u00eda General, las gestiones necesarias \u00a0para garantizar la adecuada administraci\u00f3n de los recursos del Fondo de \u00a0Rehabilitaci\u00f3n, Inversi\u00f3n Social y Lucha contra el Crimen Organizado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.7 Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas por autoridad competente y correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Subdirecci\u00f3n Jur\u00eddica. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n Jur\u00eddica, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.1 \u00a0Dirigir las investigaciones necesarias dentro del campo de su especialidad, \u00a0ejerciendo funciones de polic\u00eda judicial de \u00edndole netamente \u00a0administrativa y encaminadas a los fines de su competencia en materia de \u00a0acciones de extinci\u00f3n de dominio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.2 Numeral derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Realizar seguimiento \u00a0permanente a los procesos de extinci\u00f3n de dominio con el objeto de actuar en \u00a0defensa de los intereses de la entidad, coadyuvar al Fiscal de conocimiento de \u00a0la causa y aportar el material probatorio recaudado en pro \u00a0de la lucha frontal contra los bienes del narcotr\u00e1fico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.3 Numeral derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Promover las acciones \u00a0ejecutivas y de restituci\u00f3n de inmueble arrendado derivadas de la \u00a0administraci\u00f3n de bienes dejados a disposici\u00f3n de la Direcci\u00f3n Nacional de \u00a0Estupefacientes por hallarse afectos a procesos de extinci\u00f3n de dominio o de Ley 30 de 1986. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.4 \u00a0Formular las denuncias a que haya lugar, contra los depositarios o \u00a0destinatarios provisionales, cuando en el ejercicio de sus funciones infrinjan \u00a0la ley penal y constituirse en parte civil en pro de \u00a0la indemnizaci\u00f3n producto del da\u00f1o sufrido con la actuaci\u00f3n il\u00edcita. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.5 Numeral derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Efectuar el cobro de \u00a0las multas impuestas a favor de la Direcci\u00f3n por parte de las autoridades \u00a0competentes a quienes sean declarados responsables de infringir el Estatuto \u00a0Nacional de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.6 Numeral derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Adelantar el cobro de \u00a0las multas y dem\u00e1s obligaciones impuestas por la Direcci\u00f3n, mediante acto \u00a0administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.7 \u00a0Elaborar y presentar al Director Nacional, proyectos e iniciativas legales \u00a0relacionadas con la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.8 \u00a0Coordinar la atenci\u00f3n de las tutelas, acciones de cumplimiento y dem\u00e1s acciones \u00a0que se profieran en con tra de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.9 \u00a0Conceptuar y absolver consultas de car\u00e1cter jur\u00eddico, tanto internas como \u00a0externas, referidas a la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.10 Numeral derogado por el Decreto 2897 de 2011, \u00a0art\u00edculo 43. Sustentar jur\u00eddicamente \u00a0las decisiones que le competan al Consejo Nacional de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.11 \u00a0Representar jur\u00eddicamente a la entidad en los procesos que se instauren en su \u00a0contra o que esta deba promover mediante poder que le otorgue el Director \u00a0Nacional de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.12 \u00a0Asesorar al Director Nacional de Estupefacientes y a las dem\u00e1s dependencias de \u00a0la entidad en la interpretaci\u00f3n de las normas constitucionales, legales y reglamentarias \u00a0en los asuntos de car\u00e1cter jur\u00eddico de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.13 \u00a0Compilar las normas legales, conceptos, jurisprudencia y doctrina relacionados \u00a0con la actividad de la entidad y velar por su actualizaci\u00f3n, difusi\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.14 \u00a0Apoyar a las \u00e1reas competentes sobre las respuestas a los recursos que deban \u00a0resolverse en contra de actos administrativos proferidos por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.15 \u00a0Suministrar al Ministerio P\u00fablico y al Ministerio del Interior y de Justicia la \u00a0informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n necesarias para la defensa de los intereses de la \u00a0entidad en los juicios en que sea parte, seguir el curso de los mismos e \u00a0informar al Ministerio del Interior y de Justicia y a la Secretar\u00eda Jur\u00eddica de \u00a0la Presidencia, cuando esta la solicite, sobre su estado y desarrollo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.16 \u00a0Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Subdirecci\u00f3n de Inform\u00e1tica. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Inform\u00e1tica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.1 \u00a0Administrar, con criterios de seguridad y eficacia, los sistemas de informaci\u00f3n \u00a0y de comunicaciones internos y externos, de datos y \u00a0voz, que permitan el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.2 \u00a0Asesorar a las \u00e1reas operativas y administrativas en el desarrollo de mejores \u00a0pr\u00e1cticas y usos de la informaci\u00f3n inherente a los procesos misionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.3 \u00a0Administrar los procesos de seguridad en el manejo de la informaci\u00f3n de \u00a0sistemas, canales, programas aplicativos y voz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.4 \u00a0Asesorar a la Direcci\u00f3n en los temas de tecnolog\u00eda y en la ejecuci\u00f3n de los convenios \u00a0de cooperaci\u00f3n y dem\u00e1s relaciones interinstitucionales e intergubernamentales, \u00a0en lo referente a tecnolog\u00eda y sistemas de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.5 \u00a0Coordinar con las entidades externas con las que se tienen intercambio de \u00a0informaci\u00f3n, las mejores pr\u00e1cticas de seguridad y eficacia, para el \u00a0cumplimiento de los objetivos propuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.6 Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan con \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. \u00a0El Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno y la Comisi\u00f3n de \u00a0Personal se organizar\u00e1n y funcionar\u00e1n de conformidad con lo dispuesto en las \u00a0normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013. Adopci\u00f3n de la nueva planta de personal. De conformidad con la estructura \u00a0prevista por el presente decreto, el Gobierno Nacional proceder\u00e1 a adoptar la \u00a0nueva planta de personal de la Direcci\u00f3n Nacional de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00ed culo 14. Atribuciones de los funcionarios de la planta \u00a0actual. Los funcionarios de la planta de personal de la Direcci\u00f3n Nacional \u00a0de Estupefacientes continuar\u00e1n ejerciendo las atribuciones a ellos asignadas, \u00a0hasta tanto sea adoptada su nueva planta de personal, de conformidad con lo \u00a0dispuesto en el art\u00edculo anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. Presupuesto. Los gastos que genere la nueva estructura \u00a0organizacional de la Direcci\u00f3n Nacional de Estupefacientes ser\u00e1n financiados \u00a0con el presupuesto asignado a la Direcci\u00f3n Nacional de Estupefacientes \u00a0(recursos Naci\u00f3n y propios), m\u00e1s el porcentaje asignado a esa Entidad por el \u00a0Consejo Nacional de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n y deroga el Decreto 1575 de 1997 \u00a0y dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 10 de septiembre de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO \u00a0URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro del Interior y de Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando \u00a0Londo\u00f1o Hoyos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto \u00a0Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando \u00a0Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2568 DE 2003 \u00a0 \u00a0 (septiembre 10) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la estructura de la Direcci\u00f3n Nacional de \u00a0Estupefacientes y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado parcialmente por el Decreto 2897 de 2011. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades \u00a0constitucionales y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[51],"tags":[],"class_list":["post-35010","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2003"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35010","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35010"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35010\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35010"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35010"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35010"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}