{"id":35059,"date":"2023-07-26T19:48:12","date_gmt":"2023-07-26T19:48:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-2886-de-2003\/"},"modified":"2023-07-26T19:48:12","modified_gmt":"2023-07-26T19:48:12","slug":"decreto-2886-de-2003","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-2886-de-2003\/","title":{"rendered":"DECRETO 2886 DE 2003"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2886 DE 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(octubre 9) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual \u00a0se modifica el Decreto 1684 de 1993, \u00a0que crea la condecoraci\u00f3n &#8220;Enrique Low Murtra al \u00a0m\u00e9rito en el servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n&#8221; y se deroga el Decreto 844 de 2001. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Adicionado por el Decreto 1654 de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 1832 de 2019 \u00a0y por el Decreto 2046 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial \u00a0de las que le confiere el art\u00edculo 66 del la Ley 4\u00aa de 1913, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante el Decreto 1684 de 1993, \u00a0el Gobierno Nacional cre\u00f3 la condecoraci\u00f3n &#8220;Enrique Low Murtra al M\u00e9rito en el Servicio de la Fiscal\u00eda General de \u00a0la Naci\u00f3n&#8221;, el cual fue adicionado por el Decreto 2155 de 1995, \u00a0a su vez derogado por el Decreto 844 de 2001; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es necesario ajustar \u00a0las condiciones y requisitos para otorgar la condecoraci\u00f3n y efectuar el \u00a0reconocimiento de algunos est\u00edmulos a los galardonados con la Medalla, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. La \u00a0condecoraci\u00f3n &#8220;Enrique Low Murtra al M\u00e9rito en \u00a0el Servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n&#8221;, creada medianre el Decreto 1684 de 1993, \u00a0es un est\u00edmulo orientado a exaltar las virtudes y servicios distinguidos de los \u00a0funcionarios y empleados de la Instituci\u00f3n, as\u00ed como la consagraci\u00f3n, \u00a0perseverancia y superaci\u00f3n especiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificado por el Decreto 2046 de 2016, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. La Medalla Enrique Low Murtra al M\u00e9rito en el Servicio de la Fiscal\u00eda General de \u00a0la Naci\u00f3n se otorgar\u00e1 en categor\u00eda \u00danica, Meritoria en el Servicio, cuando a \u00a0juicio del Consejo de la Medalla se presenten actuaciones excepcionales por \u00a0parte de servidores, que se destaquen m\u00e1s all\u00e1 de lo com\u00fan, como la prestaci\u00f3n \u00a0de servicios eminentes en el campo de la investigaci\u00f3n, acciones de valor en el \u00a0ejercicio de sus funciones o el desempe\u00f1o sobresaliente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Inciso 2\u00ba modificado por el Decreto 1832 de 2019, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Por \u00a0cada zona del pa\u00eds se tendr\u00e1n en cuenta dos (2) servidores sobresalientes. Uno \u00a0(1) de la planta global del \u00e1rea de Fiscal\u00edas y otro de la planta global del \u00a0\u00e1rea de Polic\u00eda Judicial. A nivel nacional se elegir\u00e1 un (1) servidor de la \u00a0planta global del \u00e1rea administrativa o de apoyo a la gesti\u00f3n, un (1) servidor \u00a0del \u00e1rea de atenci\u00f3n al usuario y un (1) servidor analista de comunicaciones en \u00a0las salas de control telem\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0anterior del inciso 2\u00ba: \u201cPor \u00a0cada zona del pa\u00eds se tendr\u00e1n en cuenta dos (2) servidores sobresalientes. Uno \u00a0de la planta global del \u00e1rea de Fiscal\u00edas y otro de la planta global del \u00e1rea \u00a0de Polic\u00eda Judicial. A nivel nacional se elegir\u00e1 solo un servidor de la planta \u00a0global del \u00e1rea administrativa o de apoyo a la gesti\u00f3n.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Inciso 3\u00ba modificado por el Decreto 1832 de 2019, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Las condecoraciones como distinci\u00f3n p\u00f3stuma \u00a0podr\u00e1n otorgarse a servidores de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n fallecidos en \u00a0cumplimiento de su deber cuando, a juicio del Fiscal General, se den las \u00a0circunstancias para su reconocimiento, sin que este reconocimiento afecte el \u00a0n\u00famero de distinciones autorizadas por este decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0anterior del inciso 3\u00ba: \u201cLa \u00a0condecoraci\u00f3n podr\u00e1 otorgarse como distinci\u00f3n p\u00f3stuma a servidores de la \u00a0Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n fallecidos en cumplimiento de su deber, cuando a \u00a0juicio del Consejo de la Medalla se den las circunstancias establecidas en el \u00a0presente art\u00edculo.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. El presente decreto se aplicar\u00e1 a los servidores de la Fiscal\u00eda General de \u00a0la Naci\u00f3n que desempe\u00f1en su cargo en los niveles profesional, t\u00e9cnico y \u00a0asistencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. El Consejo de la Medalla determinar\u00e1 lo concerniente a la creaci\u00f3n de las \u00a0zonas del pa\u00eds que agrupar\u00e1n las diferentes direcciones seccionales y el nivel \u00a0central de la entidad, para efectos de la presente condecoraci\u00f3n, que en ning\u00fan \u00a0caso podr\u00e1n ser m\u00e1s de seis (6) zonas. La creaci\u00f3n de las zonas ser\u00e1 adoptada mediante \u00a0resoluci\u00f3n interna expedida por el Fiscal General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo tercero. Adicionado \u00a0por el Decreto 1654 de 2021, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. La Medalla Enrique Low Murtra al \u00a0M\u00e9rito en el Servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, en su categor\u00eda \u00a0\u00fanica, podr\u00e1 conferirse en forma excepcional solo con car\u00e1cter honorifico y por \u00a0una sola vez con ocasi\u00f3n de la conmemoraci\u00f3n del trig\u00e9simo aniversario de la \u00a0creaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, a quienes ocupen los cargos del \u00a0nivel directivo m\u00e1s alto de la instituci\u00f3n como un reconocimiento excepcional \u00a0para exaltar las virtudes, la consagraci\u00f3n al trabajo y los aportes en \u00a0beneficio de la instituci\u00f3n de quienes lideran y desarrollan la estrategia de \u00a0la instituci\u00f3n para el cumplimiento de las funciones constitucional y \u00a0legalmente asignadas al ente investigador y acusador del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 2\u00ba: \u201cLa Medalla \u00a0Enrique Low Murtra al M\u00e9rito en el Servicio de la Fiscal\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n, se otorgar\u00e1 en categor\u00eda \u00danica, Meritoria en el Servicio, \u00a0cuando a juicio del Consejo de la Medalla se presenten actuaciones \u00a0excepcionales por parte de servidores, que se destaquen m\u00e1s all\u00e1 de lo com\u00fan, \u00a0como la prestaci\u00f3n de servicios eminentes en el campo de la investigaci\u00f3n, \u00a0acciones de valor en el ejercicio de sus funciones o el desempe\u00f1o \u00a0sobresaliente. Se tendr\u00e1 en cuenta un servidor sobresaliente por cada \u00e1rea de \u00a0la instituci\u00f3n: Fiscal\u00edas, Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n y Administrativa y \u00a0Financiera, a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0condecoraci\u00f3n podr\u00e1 otorgarse como distinci\u00f3n p\u00f3stuma a servidores de la \u00a0Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n fallecidos en cumplimiento de su deber, cuando a \u00a0juicio del Consejo de la Medalla se den las circunstancias establecidas en el \u00a0presente art\u00edculo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El \u00a0presente decreto se aplicar\u00e1 a los servidores de la Fiscal\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n que desempe\u00f1en su cargo en los niveles profesional, t\u00e9cnico, asistencial \u00a0y auxiliar.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. La medalla \u00a0tendr\u00e1 cuatro cent\u00edmetros de di\u00e1metro y llevar\u00e1 en el anverso la efigie y el \u00a0nombre del ilustre doctor Enrique Low Murtra y la \u00a0expresi\u00f3n Meritoria en el Servicio, Categor\u00eda Unica. \u00a0Pender\u00e1 de una cinta moar\u00e9, con los colores del pabell\u00f3n nacional, que tendr\u00e1 \u00a0dos y medio cent\u00edmetros de ancho por cuatro cent\u00edmetros de largo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modificado por el Decreto 1832 de 2019, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. El Consejo de la Medalla \u201cEnrique Low Murtra \u00a0al m\u00e9rito en el servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n\u201d estar\u00e1 \u00a0conformado por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o su delegado, quien lo \u00a0presidir\u00e1, el Vicefiscal General de la Naci\u00f3n o su delegado, el Director \u00a0Ejecutivo, el Delegado para la Seguridad Ciudadana, el Delegado para las \u00a0Finanzas Criminales, el Delegado Contra la Criminalidad Organizada, el Director \u00a0del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI) y el Subdirector de Talento Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Subdirector de Talento Humano actuar\u00e1 como Canciller de la Medalla y Secretario \u00a0del Consejo de la Medalla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo \u00a0de la Medalla se reunir\u00e1 una vez al a\u00f1o, en el mes de noviembre y, \u00a0extraordinariamente, cuando lo convoque el Canciller de la Medalla, cuando sea \u00a0necesario someter a consideraci\u00f3n del Consejo condecoraciones por labores \u00a0relacionadas con investigaciones de connotaci\u00f3n nacional o, por labores de \u00a0servidores consideradas de importancia institucional para el desarrollo \u00a0misional de la entidad, las cuales no disminuir\u00e1n el n\u00famero de condecoraciones \u00a0ordinarias en la respectiva vigencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el acta \u00a0de la reuni\u00f3n del Consejo para la selecci\u00f3n de los nominados a la Medalla, se \u00a0dejar\u00e1 constancia de los motivos en que se funda cada postulaci\u00f3n, haci\u00e9ndose \u00a0un breve resumen de la labor del nominado en la entidad y las circunstancias o \u00a0actuaciones en que se haya destacado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo \u00a0de la Medalla establecer\u00e1 un procedimiento de selecci\u00f3n para otorgar la \u00a0condecoraci\u00f3n de que trata este Decreto, mediante el cual garantice una \u00a0adecuada participaci\u00f3n de todos los servidores de la Fiscal\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n y asegure la transparencia y objetividad en la escogencia de los \u00a0servidores merecedores de la Medalla, de acuerdo con las condiciones y \u00a0requisitos fijados en este decreto. Este procedimiento se adoptar\u00e1 mediante \u00a0resoluci\u00f3n expedida por el Fiscal General de Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. El reconocimiento de las condecoraciones extraordinarias no ser\u00e1 superior a \u00a0cinco (5) en la respectiva vigencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. El Fiscal General de la Naci\u00f3n, mediante resoluci\u00f3n interna, podr\u00e1 designar \u00a0otros servidores del nivel directivo que considere necesarios para conformar el \u00a0Consejo de la Medalla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Modificado por \u00a0el Decreto 2046 de 2016, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. \u201cEl Consejo de la Medalla \u201cEnrique Low Murtra \u00a0al m\u00e9rito en el servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n\u201d estar\u00e1 conformado \u00a0por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o su delegado, quien lo presidir\u00e1, el \u00a0Vicefiscal General de la Naci\u00f3n o su delegado, el Director Nacional de Apoyo a \u00a0la Gesti\u00f3n, el Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana, el \u00a0Director de Articulaci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas, el Director \u00a0Nacional del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n y el Subdirector de Talento Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Subdirector de Talento Humano actuar\u00e1 como \u00a0Canciller de la Medalla y Secretario del Consejo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo de la Medalla se reunir\u00e1 una vez al \u00a0a\u00f1o, en el mes de noviembre y, extraordinariamente, cuando lo convoque el \u00a0Canciller de la Medalla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el acta de la reuni\u00f3n del Consejo para la \u00a0selecci\u00f3n de los nominados a la Medalla, se dejar\u00e1 constancia de los motivos en \u00a0que se funda cada postulaci\u00f3n, haci\u00e9ndose un breve resumen de la labor del \u00a0nominado en la entidad y las circunstancias o actuaciones en que se haya \u00a0destacado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo de la Medalla deber\u00e1 establecer un \u00a0procedimiento de selecci\u00f3n que garantice una adecuada participaci\u00f3n de todos \u00a0los servidores de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, asegurando la transparencia \u00a0y objetividad en la escogencia de los servidores merecedores de la Medalla, de \u00a0acuerdo con las condiciones y requisitos fijados en este decreto. Este \u00a0procedimiento se adoptar\u00e1 mediante resoluci\u00f3n expedida por el Fiscal General de \u00a0la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Fiscal General de la Naci\u00f3n, \u00a0mediante resoluci\u00f3n interna, podr\u00e1 designar otros servidores del Nivel \u00a0Directivo que considere necesarios para conformar el Consejo de la Medalla.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 4\u00ba: \u201cEl Consejo de \u00a0la Medalla &#8220;Enrique Low Murtra al m\u00e9rito en el \u00a0servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n&#8221;, estar\u00e1 conformado por el \u00a0Fiscal General de la Naci\u00f3n, quien lo presidir\u00e1, el Secretario General y los \u00a0Directores Nacionales de Fiscal\u00edas, Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n y \u00a0Administrativo y Financiero. El Secretario General actuar\u00e1 como Canciller de la \u00a0Medalla y Secretario del Consejo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo de \u00a0la Medalla se reunir\u00e1 una vez al a\u00f1o, en el mes de noviembre y, \u00a0extraordinariamente, cuando lo convoque el Canciller de la Medalla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el acta de \u00a0la reuni\u00f3n del Consejo para la selecci\u00f3n de los nominados a la Medalla, se \u00a0dejar\u00e1 constancia de los motivos en que se funda cada postulaci\u00f3n, haci\u00e9ndose \u00a0un breve resumen de la labor del nominado en la entidad y las circunstancias o \u00a0actuaciones en que se haya destacado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo de \u00a0la Medalla deber\u00e1 establecer un procedimiento de selecci\u00f3n que garantice una \u00a0adecuada participaci\u00f3n de todos los servidores de la Fiscal\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n, asegurando la transparencia y objetividad en la escogencia de los \u00a0servidores merecedores de la Medalla, de acuerdo con las condiciones y \u00a0requisitos fijados en este decreto. Este procedimiento se adoptar\u00e1 mediante \u00a0resoluci\u00f3n expedida por el fiscal General de la Naci\u00f3n.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Corresponde \u00a0al Consejo de la Medalla indicar al Presidente de la Rep\u00fablica los nombres y \u00a0cargos de los servidores que hagan acreedores a la condecoraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Medalla ser\u00e1 otorgada \u00a0mediante decreto expedido por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. A los \u00a0galardonados, adem\u00e1s del reconocimiento honor\u00edfico que implica la imposici\u00f3n de \u00a0la Medalla, se les conceder\u00e1 un est\u00edmulo econ\u00f3mico sin car\u00e1cter salarial, por \u00a0una sola vez, equivalente al valor de veinte (20) salarios m\u00ednimos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el evento que la \u00a0condecoraci\u00f3n se otorgue como distinci\u00f3n p\u00f3stuma, el est\u00edmulo econ\u00f3mico que \u00a0corresponda se entregar\u00e1 a los beneficiarios del servidor en la forma que \u00a0se\u00f1ale la legislaci\u00f3n vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El \u00a0reconocimiento del est\u00edmulo econ\u00f3mico se sujetar\u00e1 en todos los casos a la \u00a0disponibilidad presupuestal correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Para que a \u00a0un servidor de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n le sea otorgada la Medalla \u00a0&#8220;Enrique Low Murtra al M\u00e9rito en el Servicio de \u00a0la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n&#8221;, deber\u00e1 cumplir los siguientes \u00a0requisitos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0Tener un tiempo de vinculaci\u00f3n con la Fiscal\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n no inferior a dos (2) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0No haber sido sancionado penal, disciplinaria \u00a0o fiscalmente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0Reunir las condiciones exigidas para el \u00a0otorgamiento de la condecoraci\u00f3n en cuanto a vocaci\u00f3n de servicio, abnegaci\u00f3n, \u00a0compromiso y rectitud de conducta, en grado superior al que corresponda al \u00a0cumplimiento estricto de los deberes legales de cada empleo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El primero de \u00a0estos est\u00edmulos no se exigir\u00e1 cuando la condecoraci\u00f3n se otorgue como \u00a0distinci\u00f3n p\u00f3stuma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Modificado por el Decreto 1832 de 2019, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Los servidores en servicio activo \u00a0que sean merecedores de la condecoraci\u00f3n Enrique \u00a0Low Murtra, podr\u00e1n elegir entre el est\u00edmulo \u00a0pecuniario de que trata el presente decreto o un reconocimiento de car\u00e1cter \u00a0acad\u00e9mico que consistir\u00e1 en una comisi\u00f3n de estudios al interior o al exterior \u00a0del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0incentivo acad\u00e9mico se conceder\u00e1 para realizar estudios de posgrado o estudios \u00a0relacionados o afines con las funciones del cargo o de la entidad, y en todo \u00a0caso, no podr\u00e1 superar el equivalente al reconocimiento pecuniario previsto en \u00a0el art\u00edculo 6\u00b0 del Decreto 2886 de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0comisi\u00f3n de estudios de que trata este art\u00edculo se regir\u00e1 por el art\u00edculo 15 y \u00a0siguientes del Decreto ley 021 de \u00a02014. Igualmente, se reglamentar\u00e1 a trav\u00e9s de la resoluci\u00f3n interna que \u00a0adopta el procedimiento para la selecci\u00f3n de los servidores postulados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del \u00a0art\u00edculo 8\u00ba. Modificado por \u00a0el Decreto 2046 de 2016, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. \u201cAdem\u00e1s del \u00a0reconocimiento honor\u00edfico y pecuniario que implica la imposici\u00f3n de la medalla, \u00a0podr\u00e1n concederse reconocimientos de car\u00e1cter acad\u00e9mico, como el otorgamiento \u00a0de comisi\u00f3n de estudios, conforme a las normas legales, para adelantar \u00a0programas de posgrado, durante un t\u00e9rmino que no exceda dos (2) a\u00f1os.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 8\u00ba: \u201cAdem\u00e1s del \u00a0reconocimiento honor\u00edfico que implica la imposici\u00f3n de la Medalla, podr\u00e1n \u00a0concederse otros reconocimientos de car\u00e1cter acad\u00e9mico, no pecuniarios, como el \u00a0otorgamiento de comisi\u00f3n de estudios, conforme a las normas legales, para \u00a0adelantar programas de posgrado, durante un t\u00e9rmino que no exceda un (1) a\u00f1o.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. El \u00a0otorgamiento de la condecoraci\u00f3n ser\u00e1 certificado por medio de diploma suscrito \u00a0por el Fiscal General de la Naci\u00f3n y el Canciller de la Medalla, y se dejar\u00e1 \u00a0constancia del hecho en la hoja de vida del servidor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. La \u00a0imposici\u00f3n de la condecoraci\u00f3n la har\u00e1 el Fiscal General de la Naci\u00f3n en \u00a0ceremonia solemne, que se llevar\u00e1 a cabo dentro del mes siguiente a la \u00a0expedici\u00f3n del correspondiente decreto de otorgamiento de la Medalla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. El registro \u00a0de los galardonados con la condecoraci\u00f3n y archivo de todos los efectos a ella \u00a0relativos, estar\u00e1 a cargo del Canciller de la Medalla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. El servidor \u00a0p\u00fablico que, sin derecho a ello, usare la condecoraci\u00f3n &#8220;Enrique Low Murtra al m\u00e9rito en el servicio de la Fiscal\u00eda General de \u00a0la Naci\u00f3n&#8221;, ser\u00e1 investigado y sancionado de conformidad con lo dispuesto \u00a0en el C\u00f3digo Disciplinario Unico y aquellas normas \u00a0que lo sustituyan, modifiquen o adicionen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. El \u00a0galardonado perder\u00e1 el derecho a la condecoraci\u00f3n por haber sido condenado a \u00a0pena de prisi\u00f3n por delito cometido con dolo, cuando disciplinariamente haya \u00a0sido sancionado por falta grave o grav\u00edsima o, incurra en hechos que atenten \u00a0contra la dignidad o la seguridad del Estado, de la Fiscal\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n o de sus servidores, a juicio del Consejo de la Medalla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Modificado por el Decreto 1832 de 2019, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Para atender los gastos que ocasionen los \u00a0est\u00edmulos econ\u00f3micos establecidos en al art\u00edculo 6\u00b0 de este decreto, la \u00a0Direcci\u00f3n Ejecutiva de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n o la dependencia que \u00a0haga sus veces, adelantar\u00e1 los tr\u00e1mites y traslados presupuestales necesarios para \u00a0tal efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del \u00a0art\u00edculo 14. Modificado por \u00a0el Decreto 2046 de 2016, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. \u201cPara atender los gastos que ocasionen los \u00a0est\u00edmulos econ\u00f3micos establecidos en el art\u00edculo 6\u00b0 de este decreto, la \u00a0Direcci\u00f3n Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n o \u00a0la dependencia que haga sus veces, adelantar\u00e1 los tr\u00e1mites y traslados \u00a0presupuestales necesarios para tal efecto.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 14: \u201cPara atender \u00a0los gastos que ocasionen los est\u00edmulos econ\u00f3micos establecidos en el art\u00edculo \u00a06\u00b0 de este decreto, la Direcci\u00f3n Nacional Administrativa y Financiera de la Fiscal\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n, o la dependencia que haga sus veces, adelantar\u00e1 los \u00a0tr\u00e1mites y traslados necesarios para tal efecto.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. El presente \u00a0decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n y deroga el Decreto 844 de 2001 \u00a0y dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dada en Bogot\u00e1, D. C., a \u00a09 de octubre de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior \u00a0y de Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Londo\u00f1o Hoyos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda \u00a0y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2886 DE 2003 \u00a0 \u00a0 (octubre 9) \u00a0 \u00a0 por el cual \u00a0se modifica el Decreto 1684 de 1993, \u00a0que crea la condecoraci\u00f3n &#8220;Enrique Low Murtra al \u00a0m\u00e9rito en el servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n&#8221; y se deroga el Decreto 844 de 2001. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Adicionado por el Decreto [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[51],"tags":[],"class_list":["post-35059","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2003"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35059","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35059"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35059\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35059"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35059"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35059"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}