{"id":35279,"date":"2023-07-26T19:48:23","date_gmt":"2023-07-26T19:48:23","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-3744-de-2003\/"},"modified":"2023-07-26T19:48:23","modified_gmt":"2023-07-26T19:48:23","slug":"decreto-3744-de-2003","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-3744-de-2003\/","title":{"rendered":"DECRETO 3744 DE 2003"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a03744 DE 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Diciembre \u00a022) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica el art\u00edculo 9\u00b0 del Decreto 207 de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0sus atribuciones constitucionales y legales especialmente las conferidas por el \u00a0numeral 14 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 115 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante el Decreto \u00a0ley n\u00famero 1689 del 27 de junio de 1997, se orden\u00f3 la supresi\u00f3n y \u00a0liquidaci\u00f3n del Fondo de Pasivo Social de la empresa Puertos de Colombia, y se \u00a0le asign\u00f3 al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, hoy de la Protecci\u00f3n \u00a0Social, la atenci\u00f3n de los procesos judiciales y dem\u00e1s reclamaciones de \u00a0car\u00e1cter laboral a cargo del mencionado Fondo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n n\u00famero 03137 de diciembre 31 \u00a0de 1998, proferida por el desaparecido Ministerio de Trabajo y Seguridad \u00a0Social, se cre\u00f3 el Grupo Interno de Trabajo para la Gesti\u00f3n del Pasivo Social \u00a0de Puertos de Colombia, adscrito al despacho del Ministro, con el prop\u00f3sito de \u00a0coordinar todo lo relacionado con la citada empresa liquidada, cuya planta de \u00a0personal fue establecida en forma transitoria mediante el Decreto n\u00famero \u00a02567 de 1999, prorrogado a trav\u00e9s del Decreto n\u00famero \u00a03216 de 2002 y reiterado mediante el art\u00edculo 9\u00b0 del Decreto 207 de 2003; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que efectuada por el \u00a0Ministerio de la Protecci\u00f3n Social una evaluaci\u00f3n de las labores y la gesti\u00f3n \u00a0desarrollada por el Grupo Interno de Trabajo para la Gesti\u00f3n del Pasivo Social \u00a0de Puertos de Colombia, desde su creaci\u00f3n hasta la fecha, se pudo establecer \u00a0que a\u00fan subsisten las causas que dieron origen a su creaci\u00f3n, vale decir, que \u00a0existen procesos en tr\u00e1mite que deben continuar siendo atendidos a efectos de \u00a0garantizar la adecuada defensa de los intereses del Estado; no se ha completado \u00a0la revisi\u00f3n y depuraci\u00f3n de la n\u00f3mina de pensionados y se encuentran por \u00a0resolver peticiones formuladas por ex trabajadores y pensionados de la \u00a0desaparecida empresa Puertos de Colombia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que las actividades \u00a0pendientes a que hace referencia el considerando anterior, tienen relaci\u00f3n con \u00a0la atenci\u00f3n de miles de procesos judiciales actualmente en tr\u00e1mite, penales, \u00a0laborales, administrativos y civiles; 51.114 reclamaciones correspondientes a \u00a011.551 turnos que conforman el orden cronol\u00f3gico de solicitudes y reclamaciones \u00a0de pagos; la liquidaci\u00f3n y depuraci\u00f3n jur\u00eddica y formal de un n\u00famero aproximado \u00a0a 15.000 pensiones; el seguimiento de las acciones legales que el Grupo ha \u00a0promovido con el prop\u00f3sito de defender el inter\u00e9s p\u00fablico y los bienes del \u00a0Estado, as\u00ed como el apoyo y colaboraci\u00f3n a los \u00f3rganos judiciales, de control y \u00a0a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, con los cuales se viene coordinando la \u00a0ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica estatal de lucha contra la corrupci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 19 de la Ley 797 de 2003, \u00a0consagra la obligaci\u00f3n de realizar una verificaci\u00f3n oficiosa de los actos \u00a0administrativos mediante los cuales se hubiere reconocido o reconozcan \u00a0prestaciones econ\u00f3micas con el fin de verificar el cumplimiento de los \u00a0requisitos legales correspondientes para adquirir el beneficio; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el \u00a0art\u00edculo 20 de la misma ley, corresponde a varias autoridades, entre ellas al \u00a0Ministerio de la Protecci\u00f3n Social, adelantar la acci\u00f3n de revisi\u00f3n contra \u00a0providencias judiciales, transacciones o conciliaciones en las cuales se \u00a0otorgue el reconocimiento de sumas peri\u00f3dicas o pensiones a cargo del tesoro \u00a0p\u00fablico o de fondos de naturaleza p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la honorable Corte \u00a0Constitucional, mediante Sentencia C-835 de 2003, al declarar \u00a0la exequibilidad condicionada y parcial de los mencionados art\u00edculos, se\u00f1al\u00f3 \u00a0que la acci\u00f3n de revisi\u00f3n debe aplicarse dentro de los t\u00e9rminos establecidos en \u00a0los art\u00edculos 187 del C\u00f3digo Contencioso Administrativo y 32 de la Ley 712 de 2001, \u00a0contados a partir de la fecha de notificaci\u00f3n, situaci\u00f3n que exige contar con \u00a0una estructura especializada para adelantar los procedimientos de revocatoria y \u00a0las acciones de revisi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con lo \u00a0anterior, es necesario prorrogar la vigencia de la referida planta de personal \u00a0hasta el 31 de diciembre de 2004, t\u00e9rmino que se estima suficiente para \u00a0concluir la labor administrativa para la cual fue creado, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 9\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a0207 de 2003, en el sentido de prorrogar, hasta el 31 de diciembre de 2004, \u00a0la vigencia de la planta de personal adicional del Ministerio de la Protecci\u00f3n \u00a0Social, adscrita al Despacho del Ministro e incluida en la planta de personal \u00a0adoptada en el citado decreto y que conforma el Grupo Interno de Trabajo para \u00a0la Gesti\u00f3n del Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia, la cual se \u00a0disminuir\u00e1 progresivamente de acuerdo con las necesidades del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente decreto \u00a0rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a \u00a022 de diciembre de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ALVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de la Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego Palacio Betancourt. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a03744 DE 2003 \u00a0 \u00a0 (Diciembre \u00a022) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica el art\u00edculo 9\u00b0 del Decreto 207 de 2003. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0sus atribuciones constitucionales y legales especialmente las conferidas por el \u00a0numeral 14 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[51],"tags":[],"class_list":["post-35279","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2003"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35279","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35279"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35279\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35279"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35279"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35279"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}