{"id":35342,"date":"2023-07-26T19:48:26","date_gmt":"2023-07-26T19:48:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-49-de-2003\/"},"modified":"2023-07-26T19:48:26","modified_gmt":"2023-07-26T19:48:26","slug":"decreto-49-de-2003","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-49-de-2003\/","title":{"rendered":"DECRETO 49 DE 2003"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 49 DE 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 13) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual \u00a0se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Modificado por el Decreto 113 de 2022, \u00a0por el Decreto 1381 de 2015, \u00a0por el Decreto 2369 de 2014, \u00a0por el Decreto 1737 de 2013, \u00a0por el Decreto 2758 de 2012, \u00a0por el Decreto 4890 de 2011, \u00a0por el Decreto 4320 de 2010, \u00a0por el Decreto 5057 de 2009, \u00a0por el Decreto 4481 de 2008, \u00a0por el Decreto 3123 de 2007 \u00a0y por el Decreto 4222 de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a02: Derogado parcialmente por el Decreto 1874 de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a03: Ver Resoluci\u00f3n \u00a0188 de 2017, M. de Defensa. Ver Decreto \u00a01070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de \u00a0Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y \u00a0legales, en especial las conferidas por el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. La estructura \u00a0del Ministerio de Defensa Nacional ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Numeral modificado por el Decreto 4890 de 2011, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Despacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 Secretar\u00eda de Gabinete \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.1 Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n Sectorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.2 Oficina de Control Interno Sectorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 Obispado Castrense. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior. Numeral modificado por el Decreto 4320 de 2010, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u201cDespacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n Sectorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Obispado Castrense.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior. \u00a0Modificado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u201cDespacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n Sectorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Direcci\u00f3n de Fondelibertad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Obispado Castrense.2. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 1.: \u201cDespacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1\u00a0 Oficina Comisionado Nacional para la Polic\u00eda \u00a0Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.1\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n de Quejas y Denuncias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.2 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de Control y Vigilancia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.3 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de Evaluaci\u00f3n y Prevenci\u00f3n.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Numeral modificado \u00a0por el Decreto 4890 de 2011, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Despacho del Viceministro para \u00a0las Pol\u00edticas y Asuntos Internacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Direcci\u00f3n de Estudios Estrat\u00e9gicos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas y Consolidaci\u00f3n de la Seguridad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 Direcci\u00f3n de Seguridad P\u00fablica y de Infraestructura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 Direcci\u00f3n de Relaciones Internacionales y Cooperaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5 Direcci\u00f3n de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.6 Direcci\u00f3n Operativa para la Defensa de la Libertad Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior. Modificado por el Decreto 4320 de 2010, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u201cDespacho del Viceministro para las Pol\u00edticas y \u00a0Asuntos Internacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas de Defensa y \u00a0Seguridad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Programas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Derechos Humanos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de Asuntos Internacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5. Direcci\u00f3n Operativa para la Defensa de la \u00a0Libertad Personal.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del numeral 2\u00ba. Modificado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u201cDespacho del Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos Internacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas de Defensa y \u00a0Seguridad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Programas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Derechos Humanos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Internacionales.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 2.: \u201cDespacho del \u00a0Viceministro de Asuntos Pol\u00edticos y Tem\u00e1tica Internacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1.\u00a0 Direcci\u00f3n de Derechos Humanos, Derecho \u00a0Internacional Humanitario, DIH, y Asuntos Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.\u00a0 Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n Corporativa.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Numeral modificado \u00a0por el Decreto 4890 de 2011, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Despacho del Viceministro para \u00a0la Estrategia y Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 Direcci\u00f3n de Proyecci\u00f3n de Capacidades \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 Direcci\u00f3n de Desarrollo del Capital Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3 Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Presupuestaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4 Direcci\u00f3n de Log\u00edstica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4.1 Subdirecci\u00f3n de Log\u00edstica y de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4.2 Subdirecci\u00f3n de Normas T\u00e9cnicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior. \u00a0Modificado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u201cDespacho del Viceministro para la \u00a0Estrategia y Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Informaci\u00f3n y \u00a0Tecnolog\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3 Direcci\u00f3n de Proyectos Especiales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4 Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y \u00a0Presupuestaci\u00f3n del Sector Defensa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5 Direcci\u00f3n de Estudios Sectoriales.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 3.: \u201cDespacho del \u00a0Viceministro de Gesti\u00f3n Institucional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Direcci\u00f3n \u00a0de Finanzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Oficina de \u00a0Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Oficina \u00a0Asesora de Planeaci\u00f3n.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 2369 de 2014, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Oficina \u00a0de Control Disciplinario Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Oficina \u00a0Asesora de Sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. \u00a0Direcci\u00f3n de Asuntos Legales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Direcci\u00f3n \u00a0de Finanzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5. \u00a0Direcci\u00f3n Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.6. \u00a0Direcci\u00f3n de Contrataci\u00f3n Estatal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.7. Direcci\u00f3n del Fondo de Defensa T\u00e9cnica y Especializada de los \u00a0Miembros de la Fuerza P\u00fablica (Fondetec). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del numeral 4. Numeral modificado \u00a0por el Decreto 1737 de 2013, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u201cSecretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Oficina de Control Disciplinario Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Oficina Asesora de Sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Direcci\u00f3n de Asuntos Legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Direcci\u00f3n de Finanzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5. Direcci\u00f3n Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.6. Direcci\u00f3n de Contrataci\u00f3n Estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.7. Gerencia del Fondo de Defensa T\u00e9cnica y \u00a0Especializada de los Miembros de la Fuerza P\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del numeral 4. Numeral modificado por el Decreto 4890 de 2011, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u201cSecretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 \u00a0Oficina de Control Disciplinario Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 \u00a0Oficina Asesora de Sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3 \u00a0Direcci\u00f3n de Asuntos Legales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4 \u00a0Direcci\u00f3n de Finanzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5 \u00a0Direcci\u00f3n Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.6 \u00a0Direcci\u00f3n de Contrataci\u00f3n Estatal.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior. \u00a0Modificado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u201cSecretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Oficina de Control Disciplinario \u00a0Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Oficina de Normas T\u00e9cnicas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Direcci\u00f3n de Asuntos Legales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Direcci\u00f3n de Finanzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5. Direcci\u00f3n Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.6. Direcci\u00f3n de Contrataci\u00f3n Estatal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.7 Direcci\u00f3n de Veteranos y Bienestar \u00a0Sectorial.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 4.: \u201cSecretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Obispado \u00a0Castrense \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Oficina de \u00a0Control Disciplinario Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Oficina de \u00a0Inform\u00e1tica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5. Oficina \u00a0Asesora de Jur\u00eddica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n Ejecutiva de la Justicia Penal Militar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0\u00a0 Fuerzas Militares \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1\u00a0 Comando General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1.1\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n General de Sanidad Militar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1.2\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Federaci\u00f3n Colombiana Deportiva Militar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2\u00a0 Ej\u00e9rcito \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3\u00a0 Armada Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3.1. Numeral \u00a0derogado por el Decreto 1874 de 2021, \u00a0art\u00edculo 40. Numeral modificado por \u00a0el Decreto 5057 de 2009, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Direcci\u00f3n \u00a0General Mar\u00edtima \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3.1.1 Despacho del Director \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3.1.2 Capitan\u00edas de Puerto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3.1.3 Subdirecci\u00f3n de Marina Mercante \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3.1.4 Subdirecci\u00f3n de Desarrollo Mar\u00edtimo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3.1.4.1 Centro de Investigaciones Oceanogr\u00e1ficas e \u00a0Hidrogr\u00e1ficas del Caribe \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3.1.4.2 Centro de Investigaciones Oceanogr\u00e1ficas e \u00a0Hidrogr\u00e1ficas del Pac\u00edfico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3.1.4.3 Se\u00f1alizaci\u00f3n Mar\u00edtima del Caribe \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3.1.4.4 Se\u00f1alizaci\u00f3n del R\u00edo Magdalena \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3.1.4.5 Se\u00f1alizaci\u00f3n Mar\u00edtima del Pac\u00edfico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3.1.5 Subdirecci\u00f3n Administrativa y Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0numeral 6.3.1.: \u201cDirecci\u00f3n \u00a0General Mar\u00edtima, Dimar\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.4\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Fuerza A\u00e9rea \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Numeral modificado por el Decreto 113 de 2022, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda Nacional de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1. Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.1. Jefatura Nacional de \u00a0Desarrollo Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.1.1. Direcci\u00f3n de \u00a0Incorporaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.1.2. Direcci\u00f3n de Talento \u00a0Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.1.3. Direcci\u00f3n de Educaci\u00f3n \u00a0Policial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.1.4. Direcci\u00f3n de Bienestar \u00a0Social y Familia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.1.5. Direcci\u00f3n de Sanidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.2. Jefatura Nacional de \u00a0Servicio de Polic\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.2.1. Direcci\u00f3n de \u00a0Investigaci\u00f3n Criminal e Interpol. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.2.2. Direcci\u00f3n de \u00a0Inteligencia Policial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.2.3. Direcci\u00f3n de \u00a0Carabineros y Protecci\u00f3n Ambiental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.2.4. Direcci\u00f3n de \u00a0Antinarc\u00f3ticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.2.5. Direcci\u00f3n de Tr\u00e1nsito \u00a0y Transporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.2.6. Direcci\u00f3n de Protecci\u00f3n \u00a0y Servicios Especiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.2.7. \u00a0Direcci\u00f3n de Antisecuestro y Antiextorsi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.3. Jefatura Nacional de \u00a0Administraci\u00f3n de Recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.3.1. Direcci\u00f3n Log\u00edstica y \u00a0Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.3.2. Direcci\u00f3n de \u00a0Infraestructura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2. Inspecci\u00f3n General y \u00a0Responsabilidad Profesional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3. Comisionado de Derechos \u00a0Humanos para la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.4. Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.5. Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.6. Oficina de Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.7. Oficina de Relaciones y \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.8. Oficina de Comunicaciones \u00a0Estrat\u00e9gicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.9. Oficina de Control \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del numeral 7. \u00a0Numeral modificado por el Decreto 4222 de 2006, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. (\u00e9ste modificado por el Decreto 216 de 2010, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba.). Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda Nacional \u00a0de Colombia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Subdirecci\u00f3n \u00a0General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.1 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de \u00a0Seguridad Ciudadana \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.2 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de \u00a0Carabineros y Seguridad Rural \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.3 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de \u00a0Investigaci\u00f3n Criminal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.4 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de \u00a0Inteligencia Policial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.5 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de \u00a0Antinarc\u00f3ticos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.6 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de \u00a0Protecci\u00f3n y Servicios Especiales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.7 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n \u00a0Antisecuestro y Antiextorsi\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.8 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de \u00a0Tr\u00e1nsito y Transporte \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.9 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n Nacional \u00a0de Escuelas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.10\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.11\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de \u00a0Talento Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.12\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de \u00a0Sanidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.13\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de \u00a0Bienestar Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.14\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n de \u00a0Incorporaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Inspecci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.4 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Secretar\u00eda \u00a0General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.5 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Oficina de \u00a0Telem\u00e1tica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.6 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Oficina de \u00a0Comunicaciones Estrat\u00e9gicas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 7. \u201cDirecci\u00f3n General de la Polic\u00eda Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1\u00a0 Subdirecci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.1\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n Operativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.2\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n Central de la Polic\u00eda Judicial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.3\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n Central de Inteligencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.4\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n Antinarc\u00f3ticos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.5\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n de Servicios Especializados \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.6\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n Antisecuestro y Extorsi\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n Escuela Nacional de Polic\u00eda &#8220;General Santander&#8221; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.8\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n de Recursos Humanos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.9\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.10 Direcci\u00f3n de Sanidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1.11\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Direcci\u00f3n de Bienestar Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2\u00a0 Inspecci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3\u00a0 Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.4.\u00a0 Oficina de Gesti\u00f3n Institucional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.5.\u00a0 Oficina de Telem\u00e1tica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 Numeral modificado por el Decreto 4890 de 2011, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1 Consejo Superior de Defensa y Seguridad Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2 Juntas Asesoras de las Fuerzas Militares y de la Polic\u00eda Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.3 Consejo Asesor de la Justicia Penal Militar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.4 Consejo Nacional de Lucha Contra el Secuestro y dem\u00e1s Atentados contra \u00a0la Li\u00adbertad Personal, Conase \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.5 Consejo de Salud Superior de las Fuerzas Militares y la Polic\u00eda Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.6 Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo Administrativo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.7 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.8 Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.9 Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.10 Junta Asesora del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 8\u00ba: \u201c Organos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1\u00a0 Consejo Superior de Defensa y Seguridad \u00a0Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2\u00a0 Juntas Asesoras de las Fuerzas Militares y de \u00a0la Polic\u00eda Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.3\u00a0 Consejo Asesor de la Justicia Penal Militar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.4\u00a0 Consejo Nacional de Lucha Contra el Secuestro \u00a0y dem\u00e1s Atentados contra la\u00a0 Libertad \u00a0Personal, Conase \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.5\u00a0 Consejo de Salud Superior de las Fuerzas \u00a0Militares y la Polic\u00eda Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.6\u00a0 Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo Administrativo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.7\u00a0 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.8\u00a0 Comisi\u00f3n de Personal.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Modificado \u00a0por el Decreto 4890 de 2011, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Despacho del Viceministro del \u00a0Grupo Social Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d y Bienestar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1 Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n Estrat\u00e9gica y Finanzas Corporativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.2 Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n Empresarial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.3 Direcci\u00f3n de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.4 Direcci\u00f3n de Bienestar Sectorial y Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.5. \u00a0Subnumeral adicionado por el Decreto 1381 de 2015, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. DIRECCI\u00d3N CENTRO REHABILITACI\u00d3N INCLUSIVA (DCRI) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del numeral 9. Modificado por el Decreto 4481 de 2008, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u201cViceministerio \u00a0del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1 Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n Estrat\u00e9gica del Grupo \u00a0Social y Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.2 Direcci\u00f3n de Finanzas Corporativas del \u00a0Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 9.: Adicionado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u201cDirecci\u00f3n Ejecutiva del \u00a0Grupo Social Empresarial del Sector Defensa.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Ver art\u00edculo 1.1.2.1. del Decreto 1070 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Derogado \u00a0por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Funciones del Ministro. Corresponde al Despacho del Ministro del \u00a0Ministerio de Defensa Nacional, con sus respectivas Oficinas y Direcciones, el \u00a0ejercicio de las funciones contempladas en los art\u00edculos 8\u00b0, 9\u00b0, 10, 11 y 12 \u00a0del Decreto 1512 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Derogado \u00a0por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Funciones del Despacho del Viceministro de Asuntos \u00a0Pol\u00edticos y Tem\u00e1tica Internacional. Corresponde al Despacho del Viceministro de \u00a0Asuntos Pol\u00edticos y Tem\u00e1tica Internacional el ejercicio de las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y coordinar las pol\u00edticas del Ministro en los \u00a0asuntos relacionados con los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, \u00a0DIH. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y difundir, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores, la negociaci\u00f3n de tratados o convenios \u00a0internacionales del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Ministro en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas y estrategias relacionadas con comunicaci\u00f3n corporativa y prensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir al Ministro en sus relaciones con el Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica, para lo cual dispondr\u00e1 el seguimiento a las citaciones que le \u00a0formulen las comisiones o las plenarias del Congreso y la preparaci\u00f3n de las \u00a0respuestas a los cuestionarios respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la preparaci\u00f3n de la memoria anual que debe \u00a0presentar el Ministro al Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con la Presidencia de la Rep\u00fablica, los \u00a0Ministerios y Departamentos Administrativos, los temas relativos al \u00a0cumplimiento de la misi\u00f3n del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Se\u00f1alar los criterios para la formulaci\u00f3n del plan anual \u00a0de gesti\u00f3n del despacho, impartir su aprobaci\u00f3n y velar por su estricto \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Estudiar los informes de las distintas dependencias \u00a0que tiene a su cargo, con el fin de rendir informes al Ministro y presentarle \u00a0las observaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Presidir las Juntas y\/o Consejos Directivos de las \u00a0entidades adscritas y\/o vinculadas, cuando el Ministro de Defensa Nacional le \u00a0haya encomendado esta funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asistir al Ministro en la formulaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas en relaci\u00f3n con las Entidades Descentralizadas en las cuales se le \u00a0haya encomendado la funci\u00f3n de presidir su junta o consejo directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Verificar que las decisiones adoptadas por las Juntas \u00a0o Consejos Directivos se lleven a cabo y respondan a las pol\u00edticas y criterios \u00a0formulados por el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Llevar la representaci\u00f3n del Ministro en las \u00a0actuaciones oficiales que este le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Ejercer las funciones que le delegue el Ministro, la \u00a0ley y las disposiciones legales vigentes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Realizar las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan \u00a0a la naturaleza de su dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Derogado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Funciones de la Direcci\u00f3n de Derechos Humanos, \u00a0Derecho Internacional Humanitario, DIH, y Asuntos Internacionales. Corresponde \u00a0a la Direcci\u00f3n de Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario, DIH, y \u00a0Asuntos Internacionales, el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Difundir la pol\u00edtica gubernamental en materia de \u00a0promoci\u00f3n, respeto y garant\u00eda de los derechos humanos y de aplicaci\u00f3n del \u00a0derecho internacional humanitario por parte de las Fuerzas Militares y la \u00a0Polic\u00eda Nacional, y hacer su seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Ministro y al Viceministro en la \u00a0formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas sectoriales de capacitaci\u00f3n, protecci\u00f3n, difusi\u00f3n, \u00a0respeto y defensa de los derechos fundamentales, los derechos humanos y el \u00a0derecho internacional humanitario en el marco de las pol\u00edticas gubernamentales \u00a0sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar a las entidades del Estado competentes en la \u00a0labor de defensa de los intereses institucionales ante las instancias \u00a0nacionales e internacionales de derechos humanos y derecho internacional \u00a0humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proyectar y proponer los planes de ac ci\u00f3n necesarios para afianzar la cultura de derechos \u00a0humanos y derecho internacional humanitario al interior de la Fuerza P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer, asesorar y concretar proyectos de \u00a0cooperaci\u00f3n nacional e internacional para beneficio del Sector Defensa, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la entidad estatal encargada de canalizar dicha cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar al Ministro y al Viceministro en las materias \u00a0propias de las relaciones internacionales que sean de inter\u00e9s para el Sector, \u00a0en concordancia con las pol\u00edticas y directrices que para tal efecto emitan la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica y el Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Mantener actualizados los estudios sobre la situaci\u00f3n \u00a0interna e internacional de los pa\u00edses fronterizos y de aquellos que se \u00a0consideren de inter\u00e9s para la pol\u00edtica exterior del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar las reuniones del Ministro con sus hom\u00f3logos en \u00a0el continente y\/o los que se consideren de importancia para el desarrollo de la \u00a0pol\u00edtica exterior en materia de diplomacia militar y policial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores y \u00a0las Oficinas de Asuntos Internacionales de las entidades del Estado la \u00a0ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior en materia de diplomacia militar y policial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas del Sector \u00a0Defensa en materia de asuntos internacionales con el Comando General de las \u00a0Fuerzas Militares y la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Derogado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Funciones de la Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n \u00a0Corporativa. Corresponde a la Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n Corporativa, el ejercicio de \u00a0las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Velar por el fortalecimiento, mejoramiento y \u00a0mantenimiento de la imagen institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Ministro y a los Viceministros en la \u00a0formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de pol\u00edticas y estrategias del Ministerio, las Fuerzas \u00a0Militares y la Polic\u00eda Nacional, relacionadas con comunicaci\u00f3n externa y \u00a0organizacional, prensa, protocolo, informaci\u00f3n y relaciones con medios \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Planear, organizar y ejecutar las actividades \u00a0relacionadas con informaci\u00f3n, prensa, medios de comunicaci\u00f3n y protocolo que \u00a0ata\u00f1en al Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar, estructurar y construir los medios y los \u00a0productos de comunicaci\u00f3n del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar, supervisar y ejecutar todo lo relacionado \u00a0con protocolo militar oficial requerido para ceremonias y eventos que sean de \u00a0responsabilidad del Gabinete Ministerial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Generar informaci\u00f3n p\u00fablica sobre el Ministerio de \u00a0Defensa para los medios y la opini\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer pol\u00edticas y coordinar acciones referentes a \u00a0la red de informaci\u00f3n del Ministerio, las Fuerzas Militares y la Polic\u00eda \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Integrar y liderar los criterios intrainstitucionales \u00a0en las diferentes \u00e1reas de comunicaci\u00f3n corporativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de su dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Derogado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Funciones del Despacho del Viceministro de \u00a0Gesti\u00f3n Institucional. Corresponde al Despacho del Viceministro de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y \u00a0planes de acci\u00f3n del Ministerio y asistirlo en las funciones de direcci\u00f3n, \u00a0coordinaci\u00f3n y control que le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir al Ministro en la \u00a0organizaci\u00f3n y disposici\u00f3n de los recursos asignados al Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, supervisar y controlar la aplicaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas sobre ejecuci\u00f3n presupuestal, aspectos contables y de tesorer\u00eda, \u00a0establecidas en el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con las diferentes unidades presupuestales \u00a0la ejecuci\u00f3n del presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Se\u00f1alar los criterios para la formulaci\u00f3n del plan \u00a0anual de gesti\u00f3n de su despacho, impartir su aprobaci\u00f3n y velar por su estricto \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Estudiar los informes de las distintas dependencias \u00a0que tiene a su cargo con el fin de rendir informes al Ministro y presentarle \u00a0las observaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presidir el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas \u00a0Militares y de la Polic\u00eda Nacional por delegaci\u00f3n del Ministro en los t\u00e9rminos \u00a0de la Ley 352 de 1997. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Garantizar el sistema de control interno y supervisar su \u00a0efectividad y la observancia de sus recomendaciones, a trav\u00e9s de la Oficina de \u00a0Control Interno del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Planear y ejecutar los recursos asignados al Fondo de \u00a0Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Presidir las Juntas y\/o Consejos Directivos de las \u00a0entidades adscritas y\/o vinculadas, cuando el Ministro de Defensa Nacional le \u00a0haya encomendado esta funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asistir al Ministro en la formulaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas en relaci\u00f3n con las Entidades Descentralizadas en las cuales se le \u00a0haya encomendado la funci\u00f3n de presidir su junta o consejo directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Verificar que las decisiones adoptadas por las Juntas \u00a0o Consejos Directivos se lleven a cabo y respondan a las pol\u00edticas y criterios \u00a0formulados por el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar la Administraci\u00f3n y Direcci\u00f3n del Circulo \u00a0de Suboficiales de las Fuerzas Militares, en los t\u00e9rminos y para los efectos de \u00a0los Decretos 1826 de 1962, 1132 de 1963 y 1083 de 1987 y normas que \u00a0los modifiquen o adicionen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Llevar la representaci\u00f3n del Ministro en las \u00a0actuaciones oficiales que este le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Ejercer las funciones que le delegue el Ministro, la \u00a0ley y las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Realizar las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de su dependencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Derogado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Funciones de la Direcci\u00f3n de Finanzas. Corresponde a \u00a0la Direcci\u00f3n de Finanzas, el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Cumplir las pol\u00edticas relacionadas con el control de \u00a0la ejecuci\u00f3n del presupuesto que se le asigna al Ministerio de Defensa \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a los funcionarios del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional y a las Unidades Ejecutoras en \u00a0asuntos financieros, relacionados con la ejecuci\u00f3n y contabilizaci\u00f3n del \u00a0presupuesto, incluyendo los recursos provenientes de programas de ayuda \u00a0nacional o internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Administrar el programa anual mensualizado de caja y \u00a0cuenta \u00fanica nacional, de acuerdo con la normatividad legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar y difundir las normas relacionadas con el \u00a0\u00e1rea contable y fiscal a las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional, as\u00ed como establecer procedimientos administrativos para proteger los \u00a0fondos y bienes del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Consolidar los estados financieros y cuentas fiscales \u00a0que elaboran las Unidades Ejecutoras con el prop\u00f3sito de presentarlos a la \u00a0Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n, Comisi\u00f3n Legal de Cuentas de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes y Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Controlar el recaudo de la cuota de compensaci\u00f3n \u00a0militar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Controlar la ejecuci\u00f3n del Programa Anual de \u00a0Adquisiciones, PANA, en cada una de las Unidades Ejecutoras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir y consolidar el Sistema Integrado de \u00a0Informaci\u00f3n Financiera, SIIF, en el Ministerio de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de su dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Derogado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Funciones de la Oficina de Control Interno. Corresponde a \u00a0la Oficina de Control Interno, el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar al Ministro, en el dise\u00f1o, \u00a0implantaci\u00f3n y desarrollo de procesos relacionados con el Sistema de Control \u00a0Interno en el Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Planear, dirigir, organizar y coordinar el proceso de \u00a0verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del sistema de control interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificar el efectivo funcionamiento del sistema de \u00a0control interno, realizar su evaluaci\u00f3n y recomendar las acciones conducentes \u00a0para su desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar y fomentar la cultura del autocontrol y el \u00a0mejoramiento continuo del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Mantener permanentemente informados a los directivos \u00a0acerca del estado del control interno en el Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de su dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Derogado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Funciones de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. Corresponde \u00a0a la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro sobre pol\u00edticas, normas y \u00a0metodolog\u00eda que articulen el planeamiento operativo con el log\u00edstico, para \u00a0desarrollar la estrategia de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Efectuar an\u00e1lisis de escenarios que permitan conocer a \u00a0mediano y largo plazo las necesidades de orden econ\u00f3mico, pol\u00edtico y social de \u00a0la Fuerza P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar y desarrollar el sistema integrado \u00a0de planeamiento, programaci\u00f3n y presupuestaci\u00f3n como modelo de administraci\u00f3n \u00a0de recursos para el Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer pol\u00edticas y metodolog\u00edas relacionadas con \u00a0el sistema de evaluaci\u00f3n de gesti\u00f3n y resultados del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer el sistema de informaci\u00f3n que soporte los \u00a0procesos de planeamiento del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de su dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Derogado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Funciones de la Secretar\u00eda General. Corresponde \u00a0a la Secretar\u00eda General, el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Velar por el cumplimiento de las normas legales \u00a0org\u00e1nicas del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Presidir las Juntas y\/o Consejos Directivos de las \u00a0entidades adscritas y\/o vinculadas, cuando el Ministro de Defensa Nacional le \u00a0haya encomendado esta funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificar que las decisiones adoptadas por las Juntas \u00a0o Consejos Directivos se lleven a cabo y respondan a las pol\u00edticas y criterios \u00a0formulados por el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Presentar a consideraci\u00f3n del Ministro los proyectos \u00a0de decreto que reglamentan la estructura interna y el funcionamiento del \u00a0Ministerio, y los actos administrativos relacionados con la administraci\u00f3n de \u00a0personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Liderar y coordinar el desarrollo, implementaci\u00f3n, \u00a0actualizaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de lucha contra la corrupci\u00f3n en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar y proponer estrategias orientadas a fortalecer \u00a0el sistema de informaci\u00f3n ciudadana, en procura de un \u00f3ptimo funcionamiento de \u00a0la gesti\u00f3n del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la elaboraci\u00f3n de los proyectos de \u00a0presupuesto de la Gesti\u00f3n General del Ministerio y presentarlos al Viceministro \u00a0de Gesti\u00f3n Institucional del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Definir la pol\u00edtica para la creaci\u00f3n de estrategias \u00a0para fomentar la conducta \u00e9tica para la adecuada prestaci\u00f3n del servicio de los \u00a0servidores p\u00fablicos de la Gesti\u00f3n General del Ministerio en cumplimiento de sus \u00a0funciones y coordinar el dise\u00f1o de programas para la prevenci\u00f3n y represi\u00f3n de \u00a0las faltas administrativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Convocar y presidir el Tribunal M\u00e9dico Laboral de \u00a0Revisi\u00f3n Militar y de Polic\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Definir las pol\u00edticas de administraci\u00f3n del recurso \u00a0humano, de prestaci\u00f3n de bienes y servicios, del recurso financiero y de los \u00a0procesos contractuales de la Gesti\u00f3n General del Ministerio y las que le sean \u00a0delegadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Llevar a consideraci\u00f3n del Ministro los contratos \u00a0relacionados con los asuntos que competen a la Gesti\u00f3n General del Ministerio y \u00a0los que le sean delegados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Velar por la adecuada administraci\u00f3n del recurso \u00a0humano de la Gesti\u00f3n General del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Desarrollar pol\u00edticas para la administraci\u00f3n de \u00a0los bienes muebles e inmuebles del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Administrar los recursos de la Unidad Presupuestal \u00a0Gesti\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Velar por el eficiente desempe\u00f1o de las funciones \u00a0jur\u00eddicas, t\u00e9cnicas, administrativas y tecnol\u00f3gicas del mismo y coordinar la \u00a0actividad de sus distintas dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Presentar a consideraci\u00f3n del Ministro los proyectos \u00a0de actos administrativos y dem\u00e1s documentos de car\u00e1cter t\u00e9cnico y \u00a0administrativo, que \u00e9l deba suscribir en ejercicio de sus funciones y velar por \u00a0su legalidad y constitucionalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Informar peri\u00f3dicamente al Ministro sobre el \u00a0funcionamiento jur\u00eddico, t\u00e9cnico, administrativo y tecnol\u00f3gico de las \u00a0dependencias que conforman la Gesti\u00f3n General del Ministerio y el estado de \u00a0ejecuci\u00f3n de los programas de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejecutar las operaciones relacionadas con el Fondo de \u00a0Bienestar Recreaci\u00f3n del Ministerio de Defensa Nacional y las Fuerzas \u00a0Militares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Establecer y apoyar los procesos del Archivo General \u00a0relacionados con la memoria hist\u00f3rica del Ministerio y todas sus dependencias, \u00a0velando por su conservaci\u00f3n y custodia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Establecer las pol\u00edticas de gesti\u00f3n documental en la \u00a0Gesti\u00f3n General del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Impartir directrices a las diferentes dependencias de \u00a0la Gesti\u00f3n General del Ministerio sobre la \u00a0actividad administrativa, proporcion\u00e1ndoles una adecuada orientaci\u00f3n t\u00e9cnica \u00a0que garantice la continuidad en la prestaci\u00f3n de los servicios y la ejecuci\u00f3n \u00a0de los programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Asesorar al Ministerio de Defensa Nacional en la \u00a0definici\u00f3n de pol\u00edticas para el cumplimiento de la funci\u00f3n legal de la Fuerza \u00a0P\u00fablica en relaci\u00f3n con el Medio Ambiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Dirigir las actividades de control de ejecuci\u00f3n \u00a0presupuestal, tesorer\u00eda y contabilidad de la Unidad de Gesti\u00f3n General del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Velar por el cumplimiento oportuno de las \u00a0responsabilidades del Ministro ante los \u00f3rganos de control, respecto de los \u00a0estados financieros y dem\u00e1s informes que reflejen en debida forma la situaci\u00f3n \u00a0financiera y contable de la Gesti\u00f3n General del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Aprobar y dirigir la metodolog\u00eda que permita \u00a0fortalecer las actividades de investigaci\u00f3n, normalizaci\u00f3n, estandarizaci\u00f3n y \u00a0desarrollo organizacional del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Velar por el cumplimiento de las funciones de las \u00a0dependencias que tenga a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Velar por que se ejerza el control interno sobre cada \u00a0una de las funciones de la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Realizar las dem\u00e1s que le sean asignadas o delegadas \u00a0por el Ministro y por las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Derogado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Funciones del Obispado Castrense. Corresponde \u00a0al Obispado Castrense, el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Atender todos los aspectos relacionados con la fe y la \u00a0moral de la Iglesia particular castrense. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por la marcha de las Capellan\u00edas en las Fuerzas \u00a0Armadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar al Ministerio los candidatos para la \u00a0vinculaci\u00f3n, traslado y suspensi\u00f3n de capellanes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Velar por la promoci\u00f3n de los futuros sacerdotes y \u00a0capellanes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la \u00a0naturaleza del Obispado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Derogado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. \u00a0Funciones de la Direcci\u00f3n Administrativa. Corresponde a la Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa, el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir la actividad administrativa de la Gesti\u00f3n \u00a0General del Ministerio, su planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y control de gesti\u00f3n y \u00a0resultados, proporcion\u00e1ndoles una adecuada orientaci\u00f3n t\u00e9cnica que garantice la \u00a0continuidad en la prestaci\u00f3n de los servicios y la ejecuci\u00f3n de los programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar, dirigir y supervisar la ejecuci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas de administraci\u00f3n de personal y desarrollo del talento humano del \u00a0personal de Gesti\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la elaboraci\u00f3n, actualizaci\u00f3n, modificaci\u00f3n \u00a0o adici\u00f3n del manual de funciones y requisitos m\u00ednimos para los diferentes empleos \u00a0de la Gesti\u00f3n General del Ministerio y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Orientar y velar por el diagn\u00f3stico, dise\u00f1o y \u00a0ejecuci\u00f3n del plan de capacitaci\u00f3n, bienestar social, salud ocupacional e \u00a0incentivos de la Gesti\u00f3n General del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Llevar el registro y control de las hojas de vida de \u00a0los funcionarios de la Gesti\u00f3n General del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar las actividades de ejecuci\u00f3n presupuestal, \u00a0tesorer\u00eda y contabilidad de la Unidad de Gesti\u00f3n General del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar el proyecto de presupuesto de la Unidad \u00a0Presupuestal Gesti\u00f3n General del Ministerio y presentarlo a la Secretar\u00eda \u00a0General, acompa\u00f1ado de su explicaci\u00f3n y justificaci\u00f3n de cada una de las \u00a0apropiaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Planear y controlar los procesos log\u00edsticos \u00a0administrativos relacionados con la adquisici\u00f3n y suministro de materiales, \u00a0bienes y servicios necesarios para el correcto funcionamiento de la Gesti\u00f3n \u00a0General del Ministerio y velar por su efectiva ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del programa \u00a0anual de compras en concordancia con las necesidades de la Gesti\u00f3n General del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir, controlar y velar por la eficiente \u00a0prestaci\u00f3n del servicio de correspondencia y archivo documental en la Gesti\u00f3n \u00a0General del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir la actualizaci\u00f3n de lo s inventarios de \u00a0elementos devolutivos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Formular, efectuar el seguimiento a su ejecuci\u00f3n y \u00a0evaluar los resultados de los planes de acci\u00f3n de la Direcci\u00f3n Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Analizar el desarrollo de las actividades propias del \u00a0\u00e1rea y presentar propuestas de proyectos a realizar tendientes a optimizar la \u00a0calidad de los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar la actualizaci\u00f3n de los procedimientos, \u00a0gu\u00edas y manuales propios de la Direcci\u00f3n Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar la preparaci\u00f3n de los diferentes informes \u00a0exigidos por ley, solicitados por los organismos de control y en general todos \u00a0aquellos que le sean requeridos por la Secretaria General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Velar por que se ejerza el control interno sobre cada \u00a0una de las funciones de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Realizar las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Derogado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Oficina de Control Disciplinario Interno. Corresponde \u00a0a la Oficina de Control Disciplinario Interno, el ejercicio de las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Secretar\u00eda General en la definici\u00f3n de \u00a0las pol\u00edticas para la creaci\u00f3n de estrategias que fomenten la conducta \u00e9tica y \u00a0permitan la adecuada prestaci\u00f3n del servicio de los servidores p\u00fablicos del \u00a0Ministerio en cumplimiento de sus funciones y coordinar el dise\u00f1o de programas \u00a0para la prevenci\u00f3n y represi\u00f3n de las faltas disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Recibir las denuncias o quejas por las violaciones de \u00a0las normas constitucionales o legales en que puedan incurrir los funcionarios \u00a0del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Decidir sobre la procedencia o no de la indagaci\u00f3n \u00a0preliminar, la investigaci\u00f3n disciplinaria, la formulaci\u00f3n de cargos y su \u00a0archivo provisional o definitivo, observando las normas legales vigentes y los \u00a0principios que rigen el procedimiento disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Conocer y fallar en primera instancia los procesos discip linarios que se adelanten \u00a0contra todos los funcionarios o ex funcionarios p\u00fablicos y los particulares que \u00a0ejerzan funciones p\u00fablicas en el Ministerio de Defensa Nacional en forma \u00a0permanente o transitoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar en primera instancia los procesos verbales \u00a0por faltas disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Decidir los recursos de reposici\u00f3n y comunicar a la \u00a0Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n sobre el resultado de la investigaci\u00f3n \u00a0disciplinaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Imponer las sanciones a que haya lugar seg\u00fan las \u00a0disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proyectar las providencias mediante las cuales se \u00a0acojan decisiones ordenadas por la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Presentar informes de sus actuaciones a la \u00a0Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n cuando esta lo requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Enviar a la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n las \u00a0investigaciones que esta deba asumir en virtud de la competencia preferente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Continuar los procesos disciplinarios que de \u00a0conformidad con lo preceptuado en el C\u00f3digo Unico \u00a0Disciplinario vigente sean recibidos por parte de la Procuradur\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Remitir las investigaciones a los organismos o \u00a0entidades judiciales cuando haya m\u00e9rito para ello. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Mantener un control, registro y actualizaci\u00f3n de los \u00a0procesos disciplinarios adelantados en el Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Recopilar y mantener actualizada la normatividad \u00a0disciplinaria y divulgarla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Formular, efectuar el seguimiento a su ejecuci\u00f3n y \u00a0evaluar los resultados de los planes de acci\u00f3n de la Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar la actualizaci\u00f3n de los procedimientos, \u00a0gu\u00edas y manuales propios de la Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar la preparaci\u00f3n de los diferentes informes exigidos por ley, \u00a0solicitados por los organismos de control y en general todos aquellos que le \u00a0sean requeridos por la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Velar por que se ejerza el control interno sobre cada \u00a0una de las funciones de la Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Realizar las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Derogado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Funciones de la Oficina de Inform\u00e1tica. Corresponde a \u00a0la Oficina de Inform\u00e1tica, el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar en la definici\u00f3n y difusi\u00f3n de pol\u00edticas, \u00a0normas, procedimientos, metodolog\u00edas y est\u00e1ndares, relacionados con el uso de \u00a0soluciones inform\u00e1ticas en el Ministerio, Fuerzas Militares y Polic\u00eda Nacional \u00a0para garantizar el oportuno intercambio electr\u00f3nico de informaci\u00f3n en el \u00a0sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Ministerio, Fuerzas Militares y Polic\u00eda \u00a0Nacional en la adquisici\u00f3n, implantaci\u00f3n y puesta en funcionamiento de \u00a0soluciones inform\u00e1ticas que apoyen la toma de decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar en la elaboraci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de los \u00a0planes estrat\u00e9gicos para el desarrollo inform\u00e1tico unificado en el Ministerio, \u00a0Fuerzas Militares y Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar en el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n y mantenimiento \u00a0de los sistemas de informaci\u00f3n que se determine en el plan estrat\u00e9gico \u00a0informativo del Ministerio, Fuerzas Militares y Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar a las dependencias del Sector Defensa, en el \u00a0mantenimiento de adecuados sistemas de administraci\u00f3n y seguridad en las \u00a0diferentes plataformas inform\u00e1ticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer, desarrollar y reglamentar el uso de los \u00a0servicios de internet, intranet y extranet como medio de informaci\u00f3n y \u00a0divulgaci\u00f3n con las entidades p\u00fablicas y privadas, ciudadan\u00eda y al interior del \u00a0Ministerio, Fuerzas Militares y Polic\u00eda Nacional, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n Corporativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover las pol\u00edticas ten dientes a incrementar la \u00a0cultura inform\u00e1tica para lograr la mejor utilizaci\u00f3n de los recursos \u00a0disponibles en el Ministerio, Fuerzas Militares y Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Revisar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Control \u00a0Interno del Ministerio, las pol\u00edticas de seguridad y control necesarias para \u00a0garantizar la eficacia, eficiencia y confiabilidad de los recursos tecnol\u00f3gicos \u00a0del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Implementar planes de contingencia en tecnolog\u00eda, para \u00a0el Ministerio, las Fuerzas Militares y la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Formular, efectuar el seguimiento a su ejecuci\u00f3n y \u00a0evaluar los resultados de los planes de acci\u00f3n de la Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar la actualizaci\u00f3n de los procedimientos, \u00a0gu\u00edas y manuales propios de la Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar la preparaci\u00f3n de los diferentes informes \u00a0exigidos por ley, solicitados por los organismos de control y en general todos \u00a0aquellos que le sean requeridos por la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar por que se ejerza el \u00a0control interno sobre cada una de las funciones de la Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Realizar las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Derogado por el Decreto 3123 de 2007, \u00a0art\u00edculo 30. Oficina Asesora de Jur\u00eddica. Corresponde \u00a0a la Oficina Asesora de Jur\u00eddica, el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro, Viceministros, Secretario \u00a0General, Directores y dem\u00e1s dependencias en los asuntos jur\u00eddicos relacionados \u00a0con las funciones a cargo del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Atender los procesos judiciales y administrativos y \u00a0las conciliaciones en que la Naci\u00f3n-Ministerio de Defensa Nacional sea parte y \u00a0promover las acciones legales para proteger los intereses de la misma, previa \u00a0delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Mantener informado al Ministro sobre las citaciones \u00a0que le hagan las Comisiones o las Pl enarias del Congreso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar la presentaci\u00f3n de respuestas a los \u00a0cuestionarios que le formulen los Miembros del Congreso, directamente o a \u00a0trav\u00e9s de las Comisiones o de las Plenarias al Ministro y velar por que estas \u00a0sean entregadas al Congreso dentro de los t\u00e9rminos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar un seguimiento de los proyectos de ley y \u00a0coordinar la preparaci\u00f3n y elaboraci\u00f3n de los documentos que vayan a ser \u00a0presentados a consideraci\u00f3n del Congreso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener informado al Ministro sobre aquellas \u00a0iniciativas o proyectos que puedan afectar al Ministerio o que sean de inter\u00e9s \u00a0general para este. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar o coordinar la presentaci\u00f3n y sustentaci\u00f3n de \u00a0las iniciativas que deban ser presentadas al Congreso, incluida la preparaci\u00f3n \u00a0de las exposiciones de motivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar las respuestas de las acciones de tutela y \u00a0de cumplimiento que sean interpuestas contra el Ministerio y tramitar los \u00a0derechos de petici\u00f3n de los Despachos del Ministro, Viceministros y Secretar\u00eda \u00a0General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar o coordinar la elaboraci\u00f3n de proyectos de \u00a0decreto de iniciativa del Ministerio y revisar aquellos actos administrativos \u00a0que deba suscribir el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Tramitar el llamamiento en garant\u00eda y las acciones de \u00a0repetici\u00f3n a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar al Ministro en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0sobre control, administraci\u00f3n, preservaci\u00f3n y racionalizaci\u00f3n en el uso de los \u00a0bienes inmuebles destinados al Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar y apoyar al Ministro, Viceministros y \u00a0Directores, en el desarrollo de las actuaciones contractuales, conforme a la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias \u00a0directas, derechos de petici\u00f3n, tutelas, consultas y dem\u00e1s acciones jur\u00eddicas \u00a0relacionadas con la administraci\u00f3n de personal, y cobro persuasivo a favor de \u00a0la Naci\u00f3n ?Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar el tr\u00e1mite de las sentencias, \u00a0conciliaciones y laudos arbitrales a cargo de la Naci\u00f3n ? Ministerio de Defensa \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dirigir y controlar las actividades tendientes al \u00a0cobro de cr\u00e9ditos a favor de la Naci\u00f3n-Ministerio de Defensa Nacional, de \u00a0conformidad con las normas que rigen la jurisdicci\u00f3n coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Formular, efectuar el seguimiento a su ejecuci\u00f3n y \u00a0evaluar los resultados de los planes de acci\u00f3n de la Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar la compilaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de la \u00a0jurisprudencia y de las normas legales y administrativas que regulan las \u00a0funciones del Ministerio y cada una de sus dependencias, y velar por su \u00a0adecuada difusi\u00f3n y aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Coordinar la actualizaci\u00f3n de los procedimientos, \u00a0gu\u00edas y manuales propios de la Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Coordinar y elaborar los diferentes informes exigidos \u00a0por la ley, solicitados por los organismos de control y en general todos \u00a0aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Velar por que se ejerza el control interno sobre cada \u00a0una de las funciones de la Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Realizar las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo \u00a0con la naturaleza de las funciones de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Vigencia. \u00a0El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga los \u00a0art\u00edculos 6\u00b0, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 del Decreto 1512 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a \u00a013 de enero de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda \u00a0y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Roberto Junguito Bonnet. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Defensa \u00a0Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Marta Luc\u00eda Ram\u00edrez de Rinc\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Antonio Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 49 DE 2003 \u00a0 \u00a0 (enero 13) \u00a0 \u00a0 por el cual \u00a0se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Modificado por el Decreto 113 de 2022, \u00a0por el Decreto 1381 de 2015, \u00a0por el Decreto 2369 de 2014, \u00a0por el Decreto 1737 de 2013, \u00a0por el Decreto [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[51],"tags":[],"class_list":["post-35342","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2003"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35342","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35342"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35342\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35342"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35342"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35342"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}