{"id":35405,"date":"2023-07-26T19:48:31","date_gmt":"2023-07-26T19:48:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-851-de-2003\/"},"modified":"2023-07-26T19:48:31","modified_gmt":"2023-07-26T19:48:31","slug":"decreto-851-de-2003","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-851-de-2003\/","title":{"rendered":"DECRETO 851 DE 2003"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 851 DE 2003 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(abril 4) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual \u00a0se conforma un Comit\u00e9 de Enlace entre el Sector P\u00fablico y el Sector Privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Modificado por el Decreto 1021 de 2004. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0sus facultades constitucionales y legales, en especial las consagradas en el \u00a0numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en desarrollo de los \u00a0art\u00edculos 17 y 18 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mediante el Decreto 2740 de 2001 \u00a0el Gobierno Nacional adopt\u00f3 las pol\u00edticas de desarrollo administrativo \u00a0formuladas por el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y dentro de \u00a0ellas las relativas a la democratizaci\u00f3n de la administraci\u00f3n, a los redise\u00f1os \u00a0organizacionales, y a la moralizaci\u00f3n y transparencia de la misma; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Estado Comunitario es un Estado en el que el ciudadano \u00a0participa en la definici\u00f3n, ejecuci\u00f3n y vigilancia de las tareas p\u00fablicas, lo \u00a0cual requiere que la administraci\u00f3n abra espacios de participaci\u00f3n de la \u00a0ciudadan\u00eda en el cumplimiento de las tareas p\u00fablicas, y que se enfatice en la \u00a0relaci\u00f3n de complementariedad entre el aparato estatal y la sociedad civil; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En este sentido, se hace necesario poner en marcha un \u00a0conjunto de acciones tendientes, a la construcci\u00f3n de un Estado que se legitime \u00a0con una nueva cultura gerencial de administraci\u00f3n de lo p\u00fablico, lo cual \u00a0constituye el principal objetivo del Programa de Renovaci\u00f3n de la \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mientras las reformas estructurales del programa de \u00a0Renovaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica se llevan a cabo, se hace necesaria una \u00a0instancia que facilite y mejore las relaciones entre los sectores p\u00fablico y \u00a0privado, como mecanismo orientado a fortalecer la participaci\u00f3n ciudadana en \u00a0los procesos de toma de decisiones, fiscalizaci\u00f3n y \u00f3ptimo funcionamiento de \u00a0los servicios, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Comit\u00e9 de Enlace. Cr\u00e9ase el Comit\u00e9 de \u00a0Enlace entre el Sector P\u00fablico y el Sector Privado el cual estar\u00e1 integrado, \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0Cuatro (4) representantes del sector privado designados \u00a0por el Consejo Gremial Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0Un (1) representante de la Asociaci\u00f3n Nacional de \u00a0Instituciones Financieras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0El Alto Consejero Presidencial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0El Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n \u00a0o su delegado, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La representaci\u00f3n de los ministros o de los directores de \u00a0departamento, s\u00f3lo podr\u00e1 delegarse en el Viceministro o el Subdirector General \u00a0respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Programa de Renovaci\u00f3n de la \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica, asistir\u00e1 como invitado permanente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los representantes de los sectores podr\u00e1n invitar a las \u00a0reuniones del Comit\u00e9 a los Ministros, Directores de Departamentos \u00a0Administrativos, Jefes, Gerentes o Directores de cualquier entidad u organismos \u00a0administrativos del orden nacional, o a los representantes de los gremios y \u00a0sociedad civil, en funci\u00f3n de los temas a tratar en las respectivas sesiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Coordinaci\u00f3n del Comit\u00e9 estar\u00e1 a cargo del \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n por parte del sector p\u00fablico y del Consejo \u00a0Gremial Nacional por parte del sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica ejercer\u00e1 \u00a0la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Objetivos. El Comit\u00e9 de enlace tendr\u00e1 \u00a0como objetivos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Estudiar, discutir y proponer las recomendaciones \u00a0que puedan hacer m\u00e1s \u00e1gil, eficiente, transparente y eficaz el funcionamiento \u00a0de la administraci\u00f3n p\u00fablica del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Analizar y contribuir con el dise\u00f1o de los programas \u00a0mediante los cuales el sector privado pueda apoyar los planes gubernamentales, \u00a0cuando ello sea del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Participar activamente en el Programa de Renovaci\u00f3n de \u00a0la Administraci\u00f3n P\u00fablica, en especial, en la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los \u00a0planes que acompa\u00f1an dicho programa, bien sea para lograr el apoyo directo del \u00a0sector privado o para que el sector p\u00fablico genere condiciones para facilitar \u00a0la actividad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 Colaborar en la identificaci\u00f3n de algunas de las \u00a0funciones que puedan ser prestadas por terceros, cuando ello se considere \u00a0conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones del Comit\u00e9. El Comit\u00e9 de \u00a0Enlace cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Servir de mecanismo para facilitar el di\u00e1logo entre \u00a0las entidades privadas y p\u00fablicas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Definir los temas que ser\u00e1n de su conocimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Convocar a las personas del m\u00e1s alto nivel de los \u00a0dos sectores, que prestar\u00e1n su concurso durante el per\u00edodo de duraci\u00f3n del Comit\u00e9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. Analizar y proponer recomendaciones que puedan hacer \u00a0m\u00e1s \u00e1gil, eficiente, transparente y eficaz el funcionamiento de la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5. Coordinar la colaboraci\u00f3n del sector privado con el \u00a0programa de Renovaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6. Presentar al Gobierno las recomendaciones a que haya \u00a0lugar con el fin de que los temas de conocimiento del Comit\u00e9 tengan pronta \u00a0respuesta y soluci\u00f3n efectiva por parte de la o las entidades involucradas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7. Identificar los temas que requieran de la \u00a0intervenci\u00f3n simult\u00e1nea de varios sectores y coordinar lo necesario para que el \u00a0tema se ex amine, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8. Hacer seguimiento a las sugerencias presentadas en \u00a0el marco del programa de Renovaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Funciones de la Secretar\u00eda. La \u00a0Secretar\u00eda del Comit\u00e9 tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 Citar a las reuniones del Comit\u00e9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 Elaborar las actas de las sesiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3 Centralizar y consolidar los avances del Comit\u00e9, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4 Hacer seguimiento de las recomendaciones y sus \u00a0cronogramas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Asuntos para estudio del Comit\u00e9. El \u00a0siguiente marco conceptual determinar\u00e1 el contenido de los asuntos que deber\u00e1n \u00a0ser estudiadas por el Comit\u00e9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Revisi\u00f3n del marco regulatorio y de inspecci\u00f3n y \u00a0vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Identificaci\u00f3n de tr\u00e1mites, normas o actuaciones que \u00a0no agregan valor alguno y dificultan la inversi\u00f3n y la actividad empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Generaci\u00f3n de un entorno m\u00e1s competitivo y din\u00e1mico \u00a0para el sector privado y para mejorar la calidad de la gesti\u00f3n y del gasto \u00a0p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4. Elaboraci\u00f3n de iniciativas innovadoras en cuanto a \u00a0las pol\u00edticas de reubicaci\u00f3n, reinserci\u00f3n laboral y capacitaci\u00f3n profesional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.5. Identificaci\u00f3n de los procedimientos que agilicen y \u00a0faciliten el cumplimiento de las obligaciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los representantes del sector p\u00fablico y del \u00a0sector privado se encargar\u00e1n de seleccionar los temas cr\u00edticos dentro del \u00a0presente marco de acci\u00f3n, y los presentar\u00e1n al Comit\u00e9 de Enlace a trav\u00e9s de sus \u00a0respectivos representantes. No se abordar\u00e1 en el Comit\u00e9 el estudio de casos \u00a0particulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Metodolog\u00eda de las propuestas. Todas \u00a0las propuestas que se presenten al Comit\u00e9 de enlace tendr\u00e1n una estructura \u00a0homog\u00e9nea que incluya, por lo menos, los siguientes aspectos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1. Identificaci\u00f3n precisa de la norma, procedimiento o \u00a0servicio a revisar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2.Norma legal que la respalda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3.Cuesti\u00f3n de fondo a tratar, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.4.Opciones de soluci\u00f3n y recomendaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 har\u00e1 un plan de temas seleccionando los asuntos \u00a0a tratar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 invitar\u00e1 a los representantes o sus delegados \u00a0de las entidades respectivas para atender las inquietudes y buscar consensos \u00a0con las propuestas que se presenten. La Secretar\u00eda los convocar\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con base en lo anterior, el Comit\u00e9 analizar\u00e1 el tema y \u00a0presentar\u00e1 sus recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 1021 de 2004, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Duraci\u00f3n. \u00a0El Comit\u00e9 ser\u00e1 una instancia transitoria que operar\u00e1 hasta el 4 de abril de \u00a02005.&#8221; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial: \u201cDuraci\u00f3n. El Comit\u00e9 ser\u00e1 \u00a0una instancia transitoria que operar\u00e1 por un per\u00edodo de doce (12) meses, \u00a0contados a partir de la fecha de publicaci\u00f3n del presente decreto.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Informes. El Comit\u00e9 elaborar\u00e1 un \u00a0informe de actividades trimestral en donde se relacionen las iniciativas \u00a0propuestas, aquellas que fueron acogidas por los sectores, y el seguimiento de \u00a0las mismas que demuestre en qu\u00e9 medida se lograron los objetivos. Agotados los \u00a0doce (12) meses de funcionamiento del Comit\u00e9 de Enlace, este rendir\u00e1 un informe \u00a0final con los resultados y logros m\u00e1s significativos, el cual ser\u00e1 parte \u00a0fundamental del programa de Renovaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Reuniones: El Comit\u00e9 se reunir\u00e1 una \u00a0(1) vez al mes, en el lugar que indiquen las respectivas citaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Vigencia. El presente decreto rige a \u00a0partir de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 4 de abril de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Humberto Botero Angulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Santiago Montenegro Trujillo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 851 DE 2003 \u00a0 \u00a0 (abril 4) \u00a0 \u00a0 por el cual \u00a0se conforma un Comit\u00e9 de Enlace entre el Sector P\u00fablico y el Sector Privado. \u00a0 \u00a0 Nota: Modificado por el Decreto 1021 de 2004. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0sus facultades constitucionales y legales, en [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[51],"tags":[],"class_list":["post-35405","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2003"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35405","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35405"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35405\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35405"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35405"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35405"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}