{"id":35486,"date":"2023-07-26T20:30:22","date_gmt":"2023-07-26T20:30:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-110-de-2004\/"},"modified":"2023-07-26T20:30:22","modified_gmt":"2023-07-26T20:30:22","slug":"decreto-110-de-2004","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-110-de-2004\/","title":{"rendered":"DECRETO 110 DE 2004"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 110 DE 2004 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 21) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del cual se modifica la estructura del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 3355 de 2009, \u00a0art\u00edculo 33. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el \u00a0numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objetivos, funciones, direcci\u00f3n e integraci\u00f3n del sector \u00a0administrativo de Relaciones Exteriores \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Integraci\u00f3n del sector de Relaciones \u00a0Exteriores. El sector de Relaciones Exteriores est\u00e1 integrado por el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores, quien tendr\u00e1 a cargo la orientaci\u00f3n del \u00a0ejercicio de las funciones de las entidades adscritas y vinculadas, sin \u00a0perjuicio de las potestades de decisi\u00f3n que les correspondan, as\u00ed como de su \u00a0participaci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica, en la elaboraci\u00f3n de los \u00a0programas sectoriales y en la ejecuci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entidades adscritas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0Unidad \u00a0Administrativa Especial con personer\u00eda jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Objetivos. El Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores es el organismo rector del sector Relaciones Exteriores y le \u00a0corresponde, bajo la direcci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica, proponer, \u00a0orientar, coordinar y ejecutar la pol\u00edtica exterior de Colombia y administrar \u00a0el servicio exterior de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. El Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores tendr\u00e1, adem\u00e1s de las funciones que determina el art\u00edculo 59 de la Ley 489 de 1998 las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular y proponer al Presidente de la Rep\u00fablica la \u00a0pol\u00edtica exterior del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar la pol\u00edtica exterior del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Mantener, en concordancia con las necesidades e \u00a0intereses del pa\u00eds, las relaciones de todo orden con los dem\u00e1s Estados y \u00a0organismos internacionales, directamente o por medio de las Misiones \u00a0Diplom\u00e1ticas y Consulares correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover y salvaguardar los intereses del pa\u00eds y de sus \u00a0nacionales ante los dem\u00e1s Estados, los organismos y conferencias \u00a0internacionales y la comunidad internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Otorgar el concepto previo para la negociaci\u00f3n y \u00a0celebraci\u00f3n de todo acuerdo internacional sin perjuicio de las atribuciones \u00a0constitucionales del Jefe del Estado en la direcci\u00f3n de las relaciones \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ser interlocutor, coordinador y enlace para todas las \u00a0gestiones oficiales que se adelanten entre las entidades gubernamentales y los \u00a0gobiernos de otros pa\u00edses, as\u00ed como con los organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Orientar, integrar y armonizar las pol\u00edticas y \u00a0programas sectoriales que competen a las diferentes instituciones del Estado, \u00a0cuando tengan relaci\u00f3n con la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Articular las acciones de las diversas entidades del \u00a0Estado en lo que concierne a las relaciones internacionales del pa\u00eds, en \u00a0especial las de \u00edndole pol\u00edtica, econ\u00f3mica, comercial, social y ambiental sobre \u00a0las bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar, en materia de relaciones exteriores, las \u00a0Agencias del Estado y las actividades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, en todos \u00a0sus \u00f3rdenes y niveles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Negociar y orientar los procesos de negociaci\u00f3n, con \u00a0la cooperaci\u00f3n de otros organismos nacionales, si es del caso, de tratados y \u00a0dem\u00e1s instrumentos internacionales, as\u00ed como hacer su seguimiento, evaluar sus \u00a0resultados y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica de comercio exterior y de integraci\u00f3n en todos sus aspectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Formular y orientar la pol\u00edtica de cooperaci\u00f3n \u00a0internacional en sus diferentes modalidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Promover y fortalecer la capacidad negociadora de \u00a0Colombia en relaci\u00f3n con los dem\u00e1s sujetos de derecho internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Desarrollar actividades de protecci\u00f3n de los derechos \u00a0fundamentales de los colombianos en el exterior y ejercer ante las autoridades \u00a0del pa\u00eds donde se encuentren, las acciones pertinentes, de conformidad con los \u00a0principios y normas del Derecho Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Conformar y definir, el nivel de las delegaciones que \u00a0representen al pa\u00eds en las reuniones internacionales de car\u00e1cter bilateral y \u00a0multilateral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Presidir las delegaciones que representan al pa\u00eds, \u00a0cuando as\u00ed lo disponga el Presidente de la Rep\u00fablica, en las reuniones de \u00a0car\u00e1cter bilateral y multilateral o encomendar dicha funci\u00f3n, cuando a ello \u00a0hubiere lugar, a otras entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Administrar el servicio exterior de la Rep\u00fablica y \u00a0adoptar las medidas necesarias para que se ajuste a la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Formular y dirigir la pol\u00edtica migratoria de Colombia \u00a0y otorgar las autorizaciones de ingreso de extranjeros al pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Aplicar el r\u00e9gimen de privilegios e inmunidades a que \u00a0se ha comprometido el Estado colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Tramitar la naturalizaci\u00f3n de extranjeros y aplicar el \u00a0r\u00e9gimen legal de nacionalidad en lo pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Expedir los pasaportes y autorizar mediante convenios \u00a0su expedici\u00f3n cuando lo estime necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Actuar como Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Asesora \u00a0de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De la estructura y funciones de sus dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Estructura. La estructura del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Direcci\u00f3n del Protocolo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Direcci\u00f3n Academia Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro de Relaciones Exteriores \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Soberan\u00eda Territorial y Desarrollo \u00a0Fronterizo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Europa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Am\u00e9rica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de Asia, Africa y Ocean\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5. Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Viceministro de Asuntos Multilaterales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Direcci\u00f3n de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de Asuntos Pol\u00edticos Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Direcci\u00f3n de Asuntos Econ\u00f3micos, Sociales y \u00a0Ambientales Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. Direcci\u00f3n de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5. Direcci\u00f3n de Asuntos Culturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Direcci\u00f3n de Asuntos Consulares y Comunidades \u00a0Colombianas en el Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00bf Consulados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Direcci\u00f3n del Talento Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Direcci\u00f3n de Control Disciplinario Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Delegaciones Permanentes ante Organismos \u00a0Internacionales Multilaterales y Regionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Embajadas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Organos Internos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1. Consejo Acad\u00e9mico de la Academia Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3. Comisi\u00f3n de Personal de Carrera Diplom\u00e1tica y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.4. Comisi\u00f3n de Personal de Carrera Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.5. Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Direcci\u00f3n. La Direcci\u00f3n del Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores estar\u00e1 a cargo del Ministro, quien la ejercer\u00e1 con la \u00a0inmediata colaboraci\u00f3n de los Viceministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Despacho del Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores. Son funciones del Despacho del Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores, adem\u00e1s de las establecidas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y en el \u00a0art\u00edculo 61 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Representar, junto con el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, al Gobierno de Colombia en la ejecuci\u00f3n de todos \u00a0los actos relativos a la celebraci\u00f3n de acuerdos internacionales. Los dem\u00e1s \u00a0representantes del Gobierno deber\u00e1n acreditar los plenos poderes otorgados por \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica de conformidad con lo dispuesto en la Ley 32 de 1985 aprobatoria \u00a0de la Convenci\u00f3n de Viena. (Nota: \u00a0Ver Sentencia del Consejo de Estado del 9 de noviembre de 2006. Expediente: 2004-00114-01. Actor: Germ\u00e1n Cavelier Gaviria. Ponente: Martha Sof\u00eda Sanz Tob\u00f3n.) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Delegar, en los funcionarios de los niveles directivo o \u00a0asesor las funciones que se requieran para el mejor desarrollo de la gesti\u00f3n \u00a0del Ministerio, en especial, las relacionadas con temas espec\u00edficos de la \u00a0pol\u00edtica exterior, as\u00ed como las de asistencia a Consejos y Juntas Directivas de \u00a0las cuales forme parte por derecho propio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir, dirigir y coordinar todo lo relacionado con la \u00a0imagen institucional y la divulgaci\u00f3n de las actividades, planes y programas \u00a0del Ministerio, tanto en el \u00e1mbito nacional como internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y coordinar la estrategia de comunicaci\u00f3n que \u00a0promueva la generaci\u00f3n de una cultura corporativa en pro del desarrollo de la \u00a0misi\u00f3n institucional y que brinde apoyo y asistencia t\u00e9cnica en materia de \u00a0comunicaciones a todas las dependencias del Ministerio que lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y coordinar lo relacionado, con temas \u00a0espec\u00edficos de la pol\u00edtica exterior y delegarlos si lo considera conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Crear, organizar y reglamentar, mediante resoluci\u00f3n, \u00a0grupos internos de trabajo y comit\u00e9s necesarios, con el fin de desarrollar con \u00a0eficiencia y eficacia los objetivos, pol\u00edticas, planes, estrategias y programas \u00a0del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Reglamentar e Integrar el funcionamiento de comit\u00e9s o \u00a0grupos de trabajo interinstitucionales de car\u00e1cter asesor o consultivo, con o \u00a0sin la participaci\u00f3n del sector privado, para auscultar la opini\u00f3n de expertos \u00a0sobre materias relacionadas con los intereses internacionales del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar, con los Viceministerios y las oficinas \u00a0pertinentes, las respuestas que el Ministro de Relaciones Exteriores deba \u00a0presentar al Congreso de la Rep\u00fablica o a otras instancias que as\u00ed lo \u00a0requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s funciones que le sean delegadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica o que le atribuya la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Direcci\u00f3n del Protocolo. Son funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n del Protocolo, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y supervisar las actividades propias del \u00a0protocolo, en especial las relacionadas con el ceremonial diplom\u00e1tico del \u00a0Estado y con las misiones extranjeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir el ceremonial diplom\u00e1tico del Estado y asesorar \u00a0sobre el particular a las entidades oficiales que lo soliciten. En desarrollo de \u00a0esta funci\u00f3n, en todos los actos o ceremonias a los que concurra el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica y en los que participen miembros del Cuerpo Diplom\u00e1tico o \u00a0funcionarios oficiales extranjeros, organizar\u00e1 el programa correspondiente y \u00a0vigilar\u00e1 el cumplimiento de las normas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar todos los aspectos de ceremonial y protocolo \u00a0en las visitas que realicen al pa\u00eds los jefes de Estado, jefes de gobierno, \u00a0funcionarios de Estado y otras personalidades invitadas por el Gobierno \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y apoyar las visitas oficiales que realicen \u00a0fuera del pa\u00eds el Presidente de la Rep\u00fablica, el Vicepresidente y el Ministro \u00a0de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar, de conformidad con las disposiciones \u00a0vigentes, en todas las tareas relacionadas con el otorgamiento de las \u00a0condecoraciones nacionales de las Ordenes de Boyac\u00e1, de San Carlos y Nacional \u00a0al M\u00e9rito y tramitar la autorizaci\u00f3n a funcionarios colombianos para aceptar \u00a0condecoraciones extranjeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Tramitar las solicitudes de audiencias protocolarias de \u00a0los jefes de misiones extranjeras, funcionarios oficiales extranjeros y \u00a0funcionarios de organismos internacionales, con el Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0co n el Vicepresidente, con el Ministro de Relaciones Exteriores, con los \u00a0Viceministros y con el Secretario General del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Se\u00f1alar la precedencia de los agentes diplom\u00e1ticos y \u00a0determinar la de los asistentes a ceremonias o actos oficiales que cuenten con \u00a0la presencia del Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente, del Ministro \u00a0de Relaciones Exteriores, de los Viceministros, del Secretario General del \u00a0Ministerio o del Cuerpo Diplom\u00e1tico acreditado en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Tramitar las solicitudes de benepl\u00e1cito que se \u00a0presenten ante el Gobierno Nacional para la designaci\u00f3n de los jefes de misi\u00f3n \u00a0extranjeros, y de aprobaci\u00f3n en los casos de otros miembros del personal de las \u00a0misiones que as\u00ed lo requieran, al igual que el reconocimiento de c\u00f3nsules \u00a0extranjeros en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar y registrar la acreditaci\u00f3n correspondiente de \u00a0los miembros del personal de las misiones diplom\u00e1ticas, consulares, de \u00a0organismos internacionales y de cooperaci\u00f3n, y autorizar la expedici\u00f3n de los \u00a0diferentes documentos de identificaci\u00f3n de dichas personas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Gestionar ante las autoridades nacionales la aplicaci\u00f3n \u00a0de los privilegios e inmunidades a que tengan derecho las misiones extranjeras \u00a0y los miembros del personal de estas, acreditados ante el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Estudiar, tramitar y resolver las solicitudes de visas \u00a0preferenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ordenar la preparaci\u00f3n y revisi\u00f3n de las cartas \u00a0credenciales, letras patentes, exe-qu\u00e1tur, diplomas y de otros documentos de \u00a0esta \u00edndole. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar a las dependencias pertinentes en la \u00a0negociaci\u00f3n de acuerdos internacionales, en aquellos aspectos relativos a \u00a0privilegios e inmunidades y emitir los conceptos que le soliciten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son \u00a0funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar, a petici\u00f3n del Ministro, de los Viceministros \u00a0y del Secretario General, estudios y emitir conceptos sobre temas de Derecho \u00a0Internacional P\u00fablico y Privado y sobre la legislaci\u00f3n nacional y su \u00a0aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar para el Ministro estudios y emitir conceptos \u00a0sobre las relaciones entre el ordenamiento jur\u00eddico interno y el ordenamiento \u00a0jur\u00eddico internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Brindar asistencia jur\u00eddica a los Despachos de los \u00a0Viceministros en la negociaci\u00f3n, perfeccionamiento y terminaci\u00f3n de cualquier \u00a0acuerdo internacional, previo concepto del Viceministro competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Prestar asistencia jur\u00eddica, sin perjuicio del concepto \u00a0de los Viceministros, a los Organismos del Estado, en la negociaci\u00f3n, \u00a0perfeccionamiento y terminaci\u00f3n de cualquier acuerdo internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar los tr\u00e1mites relacionados con el \u00a0perfeccionamiento de los acuerdos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar, de conformidad con las disposiciones legales \u00a0vigentes, los tr\u00e1mites para la promulgaci\u00f3n de los tratados internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Estudiar, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n General del \u00a0Protocolo, todo acuerdo internacional que conduzca a la concesi\u00f3n de \u00a0privilegios e inmunidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Estudiar los proyectos de ley, decreto o resoluci\u00f3n \u00a0relacionados con el Ministerio, cuan do as\u00ed lo amerite. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Tramitar los plenos poderes que deben acreditar los \u00a0representantes del Gobierno para la celebraci\u00f3n y perfeccionamiento de acuerdos \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Preparar las exposiciones de motivos de proyectos de \u00a0ley originados en el Ministerio, con la colaboraci\u00f3n de la dependencia \u00a0competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Estudiar, conceptuar y tramitar las solicitudes \u00a0de nacionalizaci\u00f3n y definici\u00f3n de la nacionalidad colombiana por adopci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Adelantar los tr\u00e1mites que en materia de extradici\u00f3n le \u00a0correspondan al Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Estudiar, cuando lo solicite el Ministro o los \u00a0Viceministros, las reclamaciones diplom\u00e1ticas que se presenten al Gobierno de \u00a0Colombia o que este deba presentar a otros gobiernos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Proyectar y sustanciar, cuando as\u00ed se requiera, los \u00a0recursos que por la v\u00eda gubernativa corresponda resolver al Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Atender, por delegaci\u00f3n o poder otorgado por el \u00a0Ministro, todos los procesos que se relacionen con el Ministerio, y su Fondo \u00a0Rotatorio especialmente los que se ventilen ante la jurisdicci\u00f3n \u00a0Contencioso-Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Responder las acciones de tutela que se relacionen con \u00a0asuntos atinentes a las funciones asignadas a la Oficina y revisar los \u00a0proyectos de respuestas de las dem\u00e1s dependencias del Ministerio, cuando as\u00ed lo \u00a0amerite y se remitan con la debida antelaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Otorgar poder a abogados externos, previa autorizaci\u00f3n \u00a0del Ministro de Relaciones Exteriores, para atender procesos jurisdiccionales, \u00a0extrajudiciales y administrativos, tanto del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores como de su Fondo Rotatorio, que por su naturaleza ameriten este \u00a0mecanismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Absolver las consultas de orden legal que le formulen \u00a0los Viceministros o el Secretario General del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Elaborar instructivos generales que permitan orientar \u00a0el proceso de contrataci\u00f3n, del Ministerio y del Fondo Rotatorio, sin perjuicio \u00a0de las funciones asignadas a la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Tramitar las reclamaciones de tipo laboral que \u00a0presenten los ciudadanos colombianos que trabajen en las Misiones Diplom\u00e1ticas \u00a0y Consulares acreditadas en nuestro pa\u00eds. (Nota: \u00a0Ver Sentencia C-058 de 2010.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Adelantar los cobros coactivos que requiera el \u00a0Ministerio y su Fondo Rotatorio en desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. Son \u00a0funciones de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar, el proceso \u00a0planificador del sector de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar y asesorar a las diferentes dependencias en la \u00a0elaboraci\u00f3n de los Planes Operativos anuales, traducidos en objetivos, metas, \u00a0estrategias e indicadores, y en la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de los sistemas \u00a0de evaluaci\u00f3n y seguimiento en articulaci\u00f3n con el Plan de desarrollo, de \u00a0acuerdo con los lineamientos establecidos por el Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar a las diferentes dependencias en la \u00a0formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de programas de mejoramiento continuo y en la \u00a0aplicaci\u00f3n de los sistema s e indicadores para el control y evaluaci\u00f3n de \u00a0gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de \u00a0Control Interno, de la ejecuci\u00f3n de los planes, programas y proyectos, y \u00a0asesorar a las dependencias en la formulaci\u00f3n de acciones correctivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar el proyecto de presupuesto de inversi\u00f3n del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, gerenciar el Banco de \u00a0Proyectos del sector de Relaciones Exteriores y, en lo pertinente, manejar las \u00a0relaciones del Ministerio con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y el Ministerio \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, en materia presupuestal y planes de desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar a las dependencias del Ministerio en la \u00a0formulaci\u00f3n de los planes sectoriales pertinentes para el desarrollo de la \u00a0pol\u00edtica exterior, de los compromisos bilaterales o multilaterales adquiridos \u00a0por el pa\u00eds con otras naciones u organismos internacionales y de los convenios \u00a0de cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con las \u00e1reas competentes del Ministerio y \u00a0con las otras entidades, cuando sea pertinente, la compilaci\u00f3n de los informes \u00a0que deba elaborar el Ministerio sobre el seguimiento y cumplimiento de los \u00a0tratados y convenios internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con los organismos p\u00fablicos y privados, la \u00a0compilaci\u00f3n de informaci\u00f3n y la difusi\u00f3n de los estudios necesarios para la \u00a0funci\u00f3n planificadora. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y preparar la memoria anual del Ministro de \u00a0Relaciones Exteriores al Congreso Nacional, as\u00ed como asesorar al Ministro en la \u00a0elaboraci\u00f3n de otras publicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Establecer los lineamientos que permitan desarrollar \u00a0actividades de modernizaci\u00f3n, optimizaci\u00f3n de m\u00e9todos y procedimientos de \u00a0trabajo y dem\u00e1s asuntos que propendan por el mejoramiento de la eficiencia y \u00a0eficacia en la gesti\u00f3n del Ministerio y efectuar su seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener actualizada la Gu\u00eda Diplom\u00e1tica y Consular de \u00a0la Rep\u00fablica y coordinar su publicaci\u00f3n y distribuci\u00f3n con las dependencias \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Direcci\u00f3n Academia Diplom\u00e1tica. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n Academia Diplom\u00e1tica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar en sus diversas etapas el proceso de \u00a0selecci\u00f3n de aspirantes para ingreso a la Academia Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar los concursos de ingreso y ascenso a la \u00a0carrera diplom\u00e1tica y consular y realizar las pruebas y evaluaciones \u00a0correspondientes, de conformidad con lo establecido en las disposiciones que \u00a0regulan el Servicio Exterior y la Carrera Diplom\u00e1tica y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar y actualizar peri\u00f3dicamente los cursos de \u00a0capacitaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n, talleres, seminarios, actividades y dem\u00e1s \u00a0programas de estudio de la Academia, de conformidad con lo previsto en el \u00a0estatuto org\u00e1nico del Servicio Exterior y de la Carrera Diplom\u00e1tica y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover y desarrollar investigaciones sobre temas de \u00a0pol\u00edtica exterior y asuntos relacionados con los objetivos y las actividades \u00a0del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar los concursos internos para funcionarios del \u00a0Ministerio, destinados al otorgamiento de becas de estudio en el pa\u00eds o fuera \u00a0de \u00e9l. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover y ejecutar programas de intercambio y \u00a0cooperaci\u00f3n acad\u00e9mica con instituciones similares o con universidades del pa\u00eds \u00a0y del exterior, en las \u00e1reas relacionadas con las funciones del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover publicaciones sobre temas de inter\u00e9s en \u00a0materia de pol\u00edtica exterior y coordinar su divulgaci\u00f3n con las dependencias \u00a0pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Contribuir al continuo desarrollo profesional de los \u00a0funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores de manera que puedan \u00a0atender y servir eficazmente a los requerimientos y objetivos de la pol\u00edtica \u00a0internacional del pa\u00eds y fortalecer su capacidad negociadora. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Organizar, custodiar y prestar los servicios del Centro \u00a0de Documentaci\u00f3n para el Ministerio y p\u00fablico en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Presentar a las dependencias competentes, los informes \u00a0sobre el rendimiento acad\u00e9mico de los alumnos de la Academia, con miras al \u00a0ingreso en per\u00edodo de prueba, as\u00ed como la informaci\u00f3n sobre el rendimiento \u00a0acad\u00e9mico de los cursos de capacitaci\u00f3n y de actualizaci\u00f3n para ascenso y para \u00a0permanencia en el rango de los funcionarios de la carrera diplom\u00e1tica y \u00a0consular, de conformidad con lo que sobre la materia establece el estatuto \u00a0org\u00e1nico del Servicio Exterior y la Carrera Diplom\u00e1tica y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Despacho del Viceministro de Relaciones \u00a0Exteriores. Son funciones del Despacho del Viceministro de Relaciones \u00a0Exteriores, adem\u00e1s de las contenidas en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Mantener informadas a las dependencias y a las Misiones \u00a0Diplom\u00e1ticas y Consulares en el exterior sobre el desarrollo de los temas de su \u00a0competencia para una mejor coordinaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Ministro, en la formulaci\u00f3n, direcci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n y seguimiento de la pol\u00edtica exterior de Colombia en materia de \u00a0relaciones bilaterales y en el contexto de las organizaciones y foros \u00a0regionales y subregionales de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n a las cuales pertenece \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir al Ministro en el desarrollo y ejecuci\u00f3n de \u00a0instrumentos bilaterales vigentes, conceptuar sobre su eventual terminaci\u00f3n o \u00a0denuncia; dirigir y supervisar la negociaci\u00f3n de nuevos tratados y convenios \u00a0bilaterales y participar en su negociaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir al Ministro en las relaciones con otras \u00a0entidades del Estado y con las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares acreditadas \u00a0en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer directrices de pol\u00edtica exterior, en los asuntos \u00a0de su competencia, e instruir sobre el particular a las Misiones Diplom\u00e1ticas y \u00a0Consulares y divulgarla ante otros pa\u00edses cuando esta pol\u00edtica est\u00e9 aprobada \u00a0por el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer, dirigir y coordinar la pol\u00edtica exterior del \u00a0Gobierno Nacional en materia de integraci\u00f3n, consulta y concertaci\u00f3n pol\u00edtica \u00a0en los \u00e1mbitos regionales y subregionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Participar en los procesos de decisi\u00f3n que se adelanten \u00a0en grupos de integraci\u00f3n, consulta y concertaci\u00f3n pol\u00edtica en los \u00e1mbitos \u00a0regionales y subregionales tales como la Comunidad Andina, la Asociaci\u00f3n de \u00a0Estados del Caribe, El Grupo de R\u00edo, La Cumbre Iberoamericana, la Cumbre de Las \u00a0Am\u00e9ricas y el Grupo de Los Tres, adem\u00e1s de aquellos que se establezcan a nivel \u00a0regional y subregional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar los informes o estudios que le encomien de el \u00a0Ministro, en materia de relaciones bilaterales, de integraci\u00f3n y de \u00a0concertaci\u00f3n regionales y subregionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer directrices sobre pol\u00edtica de integraci\u00f3n y \u00a0desarrollo fronterizo, coordinar con las entidades del orden nacional y \u00a0regional la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la misma y orientar su articulaci\u00f3n con \u00a0la pol\u00edtica exterior de Colombia, en el marco de los organismos bilaterales y \u00a0regionales de integraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Definir, con las dependencias pertinentes, las agendas \u00a0para las reuniones internacionales sobre los temas de pol\u00edtica exterior de su \u00a0competencia, prestando el apoyo que se requiera para su realizaci\u00f3n y hacer un \u00a0seguimiento a los compromisos que de all\u00ed resulten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover, coordinar y participar en la realizaci\u00f3n de \u00a0comisiones mixtas, comisiones de vecindad, comisiones binacionales y mecanismos \u00a0de consulta, as\u00ed como dirigir la preparaci\u00f3n del temario de los asuntos a \u00a0tratar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.Velar porque se tome en cuenta la pol\u00edtica nacional relacionada \u00a0con los asuntos estrat\u00e9gicos del pa\u00eds en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0internacional y propender por su consistencia y complementariedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar porque los elementos de la pol\u00edtica exterior y \u00a0los compromisos internacionales asumidos por Colombia sean tenidos en cuenta en \u00a0la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas nacionales y sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dar a conocer entre las entidades estatales y privadas \u00a0la pol\u00edtica exterior de Colombia y las decisiones que bilateralmente interesen \u00a0al pa\u00eds y divulgarla ante los otros pa\u00edses, organismos y foros internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Revisar y aprobar la documentaci\u00f3n de apoyo para las \u00a0visitas del Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente y del Ministro a \u00a0pa\u00edses, conferencias y organismos internacionales, as\u00ed como de representantes \u00a0de Gobiernos extranjeros a Colombia, en visitas de Estado, oficiales y de \u00a0trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Articular las relaciones del Ministerio con las dem\u00e1s \u00a0entidades p\u00fablicas o privadas pertinentes, para lograr una participaci\u00f3n eficaz \u00a0de Colombia en las negociaciones bilaterales y de concertaci\u00f3n regional, \u00a0convocando para tal efecto a reuniones o solicitando informes a las entidades \u00a0respectivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar con el Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales, los asuntos relativos a los refugiados y asilados pol\u00edticos y \u00a0estudiar la aplicaci\u00f3n de los convenios internacionales sobre la materia en \u00a0cada caso concreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Organizar reuniones preparatorias de comisiones mixtas \u00a0y de seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la naturaleza \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Direcci\u00f3n de Soberan\u00eda Territorial y \u00a0Desarrollo Fronterizo. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Soberan\u00eda \u00a0Territorial y Desarrollo Fronterizo, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Someter a consideraci\u00f3n del Viceministro de Relaciones \u00a0Exteriores los asuntos relacionados con la caracterizaci\u00f3n de las fronteras \u00a0mar\u00edtimas y terrestres y todo lo concerniente a la soberan\u00eda mar\u00edtima, \u00a0terrestre, a\u00e9rea, las cuencas hidrogr\u00e1ficas internacionales y los r\u00edos \u00a0fronterizos, y coordinar la pol\u00edtica del medio ambiente en zonas de fronteras \u00a0conjuntamente con el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial \u00a0y otras entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar y hacer seguimiento de manera conjunta con el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n a los planes y programas de desarrollo para \u00a0las zonas de frontera y verificar su ejecuci\u00f3n con las entidades competentes \u00a0del orden nacional y regional en materia de asuntos fronterizos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Viceministro de Relaciones Exteriores, para \u00a0efectos de la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior en materia de desarrollo \u00a0fronterizo y en relaci\u00f3n con aspectos de integraci\u00f3n fronteriza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar a las autoridades competentes en todo lo \u00a0relativo a garantizar la soberan\u00eda en las zonas de frontera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar en la preparaci\u00f3n de las negociaciones de \u00a0los tratados sobre l\u00edmites territoriales de la Rep\u00fablica y vigilar el \u00a0cumplimiento de los tratados vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar las actividades relacionadas con la \u00a0definici\u00f3n y revisi\u00f3n de la legislaci\u00f3n sobre inmuebles en zonas fronterizas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Inspeccionar las zonas de frontera y tramitar las \u00a0denuncias sobre incidentes de acuerdo con las instrucciones que le impartan el \u00a0Ministro o el Viceministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Evaluar y coordinar los asuntos sobre pol\u00edtica \u00a0mar\u00edtima, ant\u00e1rtica y de los territorios insulares y costeros fronterizos y \u00a0participar en la negociaci\u00f3n de los instrumentos internacionales sobre asuntos \u00a0mar\u00edtimos y fluviales, conjuntamente con las dependencias y entidades correspondientes \u00a0del nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Atender en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n General \u00a0Mar\u00edtima, el Ministerio de Defensa Nacional y dem\u00e1s entidades competentes, lo \u00a0relacionado con la explotaci\u00f3n, conservaci\u00f3n y contaminaci\u00f3n de los recursos \u00a0del mar y de las zonas costeras, as\u00ed como los tr\u00e1mites relacionados con las \u00a0eventuales infracciones de buques de bandera extranjera en las \u00e1reas de dominio \u00a0mar\u00edtimo de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Participar en reuniones y hacer seguimiento, en temas \u00a0competentes del Ministerio, sobre asuntos y derecho del mar, que realicen \u00a0entidades nacionales u organismos internacionales, y contribuir a la adecuada \u00a0ejecuci\u00f3n de la Pol\u00edtica Nacional del Oc\u00e9ano y de los Espacios Costeros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Atender todo lo relacionado con las Comisiones \u00a0Binacionales para la caracterizaci\u00f3n de los l\u00edmites fronterizos y coordinar con \u00a0otras entidades nacionales el manejo adecuado de las cuencas internacionales; \u00a0del mismo modo coordinar y apoyar a las Comisiones Binacionales de Vecindad e \u00a0Integraci\u00f3n fronteriza y a sus Secretar\u00edas Ejecutivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Mantener debidamente informadas las dependencias del \u00a0Ministerio, las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares colombianas y, cuando sea \u00a0procedente, a entidades del Estado, sobre el desarrollo de temas atinentes en \u00a0el \u00e1mbito de la Soberan\u00eda Territorial, con el objeto de facilitar la \u00a0formulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Articular y coordinar con las entidades p\u00fablicas y \u00a0privadas una eficaz participaci\u00f3n de Colombia en las negociaciones bilaterales y \u00a0regionales de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Revisar para la aprobaci\u00f3n del Viceministro de \u00a0Relaciones Exteriores, en coordinaci\u00f3n con las autoridades competentes, los \u00a0mapas y publicaciones oficiales que se refieran a las fronteras nacionales y \u00a0las \u00e1reas de jurisdicci\u00f3n de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.Apoyar la definici\u00f3n, negociaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica amaz\u00f3nica del pa\u00eds, en el marco de los tratados vigentes, coordinando \u00a0con las entidades estatales correspondientes, las acciones pertinentes, en lo \u00a0que sea de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar y tramitar, con las entidades competentes, \u00a0las solicitudes especiales para sobrevolar el espacio a\u00e9reo del Estado, o el \u00a0sobrevuelo y aterrizaje de aeronaves de Estado, o el permiso para naves de \u00a0Estado en el \u00e1rea mar\u00edtima del pa\u00eds, as\u00ed como las solicitudes a favor de naves \u00a0y aeronaves colombianas en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar con las entidades de car\u00e1cter nacional y \u00a0regional relacionadas con el tema, la labor de prevenci\u00f3n o detecci\u00f3n de las \u00a0actividades no autorizadas de exploraci\u00f3n, explotaci\u00f3n, extracci\u00f3n y \u00a0comercializaci\u00f3n de los recursos naturales renovables y no renovables no \u00a0autorizados, que causen perjuicios en territorio colombiano lim\u00edtrofe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Recopilar, promover, divulgar normas, programas e \u00a0investigaciones relativas al r\u00e9gimen fronterizo, en cuanto a aspectos \u00a0administrativos, fiscales, ambientales, \u00e9tnicos y de comercio exterior que \u00a0involucren comunidades fronterizas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Presentar informes al Ministro y al Viceministro sobre \u00a0la situaci\u00f3n de las zonas de frontera, en cumplimiento de los objetivos \u00a0consagrados en la Ley 191 de 1995 y la Ley 47 de 1993, o en \u00a0las que las modifiquen, complementen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Promover y coordinar con las entidades de car\u00e1cter \u00a0nacional y regional, programas y estrategias para el desarrollo de los departamentos \u00a0de frontera, de conformidad con las directrices impartidas por el Viceministro \u00a0de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Ejercer la Secretar\u00eda Ejecutiva de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Integraci\u00f3n y Desarrollo Fronterizo, creada mediante el \u00a0art\u00edculo 7\u00ba del Decreto 569 de 2001, \u00a0y ejercer las funciones establecidas en el decreto mencionado, o en los que lo \u00a0modifiquen, complementen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Coordinar, en lo de su competencia, las acciones \u00a0necesarias para el desarrollo y aplicaci\u00f3n del Decreto 569 de 2001, \u00a0o de los que lo modifiquen, complementen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Presentar a la Comisi\u00f3n Intersectorial de Integraci\u00f3n \u00a0y Desarrollo Fronterizo, en su condici\u00f3n de Secretar\u00eda Ejecutiva de la misma, \u00a0los informes relacionados con los compromisos emanados de las Comisiones de \u00a0Integraci\u00f3n y Vecindad Fronteriza, ejerciendo una labor permanente de \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Coordinar y proponer a la Comisi\u00f3n Intersectorial de \u00a0Integraci\u00f3n y Desarrollo Fronterizo los planes y programas sectoriales, \u00a0debidamente concertados interinstitucional mente, que permitan establecer \u00a0condiciones de desarrollo especial para las Unidades Especiales de Desarrollo \u00a0Fronterizo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Coordinar la ejecuci\u00f3n y el seguimiento de las \u00a0Directrices de Pol\u00edtica emanadas de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Integraci\u00f3n y \u00a0Desarrollo Fronterizo, en ejercicio de la Secretar\u00eda Ejecutiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Desarrollar los v\u00ednculos entre los establecimientos \u00a0p\u00fablicos y privados para la plena aplicaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Integraci\u00f3n y \u00a0Desarrollo Fronterizo y de las Directrices de Pol\u00edtica emanadas de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Integraci\u00f3n y Desarrollo Fronterizo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Propiciar la participaci\u00f3n de las organizaciones \u00a0sociales, comunidades negras y autoridades Ind\u00edgenas fronterizas, en las comisiones \u00a0Binacionales de vecindad, y fomentar la participaci\u00f3n de las comunidades \u00a0ind\u00edgenas y negras, definidas por la Ley 70 de 1993 o las \u00a0que la sustituyan, en la proyecci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica de fronteras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Analizar las iniciativas y emprender las acciones \u00a0aprobadas por el Ministro o el Viceministro, relacionadas con las fronteras \u00a0terrestres, espacios mar\u00edtimos y a\u00e9reo del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Participar en la elaboraci\u00f3n de planes especiales de \u00a0desarrollo econ\u00f3mico y social para las zonas de frontera y las Unidades \u00a0Especiales de Desarrollo Fronterizo, y coordinarlas cuando tenga incidencia en \u00a0la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Direcci\u00f3n de Europa. Son funciones de \u00a0la Direcci\u00f3n de Europa, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer directrices de la pol\u00edtica exterior y asesorar \u00a0al Viceministro de Relaciones Exteriores en la direcci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica exterior de Colombia en materia de relaciones bilaterales, con los \u00a0pa\u00edses de Europa y en el contexto de las organizaciones regionales de \u00a0integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n a las cuales pertenece nuestro pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar las directrices de pol\u00edtica exterior en los \u00a0temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias del \u00a0Ministerio que correspondan, la documentaci\u00f3n sobre asuntos de su competencia, \u00a0que sea necesaria para las visitas del Presidente de la Rep\u00fablica, del \u00a0Vicepresidente, del Ministro y de los Viceministros a los pa\u00edses y organismos \u00a0internacionales, para conferencias, as\u00ed como para la participaci\u00f3n del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores en el Consejo Superior de Comercio Exterior \u00a0y dem\u00e1s \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar en conjunto con las entidades y dependencias \u00a0relacionadas con cada tema, en los procesos de decisi\u00f3n sobre la celebraci\u00f3n de \u00a0instrumentos bilaterales internacionales, comerciales, econ\u00f3micos, financieros, \u00a0de ciencia y tecnolog\u00eda, pol\u00edticos, culturales, sociales y ambientales o en la \u00a0adhesi\u00f3n a los ya existentes; hacer su seguimiento, evaluar sus resultados y \u00a0velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Intervenir en los procesos intra e interinstitucionales \u00a0de elaboraci\u00f3n y determinaci\u00f3n de la posici\u00f3n colombiana en las negociaciones \u00a0pol\u00edticas, econ\u00f3micas, sociales, ambientales y culturales y realizar los \u00a0an\u00e1lisis correspondientes en coordinaci\u00f3n con las dependencias y entidades \u00a0relacionadas con cada asunto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener debidamente informadas en el exterior a las \u00a0diferentes dependencias de la Canciller\u00eda, a las Misiones Diplom\u00e1ticas y \u00a0Consulares y a las entidades pertinentes, sobre el desarrollo de los temas \u00a0econ\u00f3micos, pol\u00edticos, sociales, culturales y ambientales en el \u00e1mbito \u00a0bilateral y de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n regionales, con el objeto de \u00a0facilitar la formulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Informar al Viceministro de Relaciones Exteriores sobre \u00a0las gestiones adelantadas en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar con las dependencias pertinentes del \u00a0Ministerio y las correspondientes del orden nacional en la elaboraci\u00f3n y \u00a0desarrollo de las agendas de las comisiones de vecindad bajo la orientaci\u00f3n y \u00a0supervisi\u00f3n del Viceministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcci\u00f3n de Am\u00e9rica. Son funciones de \u00a0la Direcci\u00f3n de Am\u00e9rica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer directrices de la pol\u00edtica exterior y asesorar \u00a0al Viceministro de Relaciones Exteriores en la direcci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica exterior de Colombia en materia de relaciones bilaterales con los \u00a0pa\u00edses de Am\u00e9rica y en el contexto de las organizaciones regionales y \u00a0subregionales de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n a las cuales pertenece nuestro \u00a0pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar las directrices de pol\u00edtica exterior en los \u00a0temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias del \u00a0Ministerio que correspondan, la documentaci\u00f3n sobre asuntos de su competencia, \u00a0que sea necesaria para las visitas del Presidente de la Rep\u00fablica, del \u00a0Vicepresidente, del Ministro y de los Viceministros a los pa\u00edses y organismos \u00a0internacionales, para conferencias, as\u00ed como para la participaci\u00f3n del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores en el Consejo Superior de Comercio Exterior \u00a0y dem\u00e1s \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar en conjunto con las entidades y dependencias \u00a0relacionadas con cada tema, en los procesos de decisi\u00f3n sobre la celebraci\u00f3n de \u00a0instrumentos bilaterales internacionales, comerciales, econ\u00f3micos, financieros, \u00a0de ciencia y tecnolog\u00eda, pol\u00edticos, culturales; sociales y ambientales o en la \u00a0adhesi\u00f3n a los ya existentes; hacer su seguimiento, evaluar sus resultados y \u00a0velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Intervenir en los procesos intra e interinstitucionales \u00a0de elaboraci\u00f3n y determinaci\u00f3n de la posici\u00f3n colombiana en las negociaciones \u00a0pol\u00edticas, econ\u00f3micas, sociales, ambientales y culturales y realizar los \u00a0an\u00e1lisis correspondientes en coordinaci\u00f3n con las dependencias y entidades \u00a0relacionadas con cada asunto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener debidamente informadas en el exterior a las \u00a0diferentes dependencias de la Canciller\u00eda, a las Misiones Diplom\u00e1ticas y \u00a0Consulares y a las entidades pertinentes, sobre el desarrollo de los temas \u00a0econ\u00f3micos, pol\u00edticos, sociales, culturales y ambientales en el \u00e1mbito \u00a0bilateral y de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n regionales, con el objeto de \u00a0facilitar la formulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Informar al Viceministro de Relaciones Exteriores sobre \u00a0las gestiones adelantadas en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar con las dependencias pertinentes del \u00a0Ministerio y las correspondientes del orden nacional en la elaboraci\u00f3n y \u00a0desarrollo de las agendas de las comisiones de vecindad bajo la orientaci\u00f3n y \u00a0supervisi\u00f3n del Viceministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Direcci\u00f3n de Asia, Africa y Ocean\u00eda. \u00a0Son funciones de la Direcci\u00f3n de Asia, Africa y Ocean\u00eda, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer directrices de la pol\u00edtica exterior y asesorar \u00a0al Viceministro de Relaciones Exteriores en la direcci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica exterior de Colombia en materia de relaciones bilaterales con los \u00a0pa\u00edses de Asia, Africa y Ocean\u00eda y en el contexto de las organizaciones \u00a0regionales de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n a las cuales pertenece nuestro pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar las directrices de pol\u00edtica exterior en los \u00a0temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias del \u00a0Ministerio que correspondan, la documentaci\u00f3n sobre asuntos de su competencia, \u00a0que sea necesaria para las visitas del Presidente de la Rep\u00fablica, del \u00a0Vicepresidente, del Ministro y de los Viceministros a otros pa\u00edses y organismos \u00a0internacionales, para conferencias, as\u00ed como para la participaci\u00f3n del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores en el Consejo Superior de Comercio Exterior \u00a0y dem\u00e1s \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar en conjunto con las entidades y dependencias \u00a0relacionadas con cada tema, en los procesos de decisi\u00f3n sobre la celebraci\u00f3n de \u00a0instrumentos bilaterales internacionales, comerciales, econ\u00f3micos, financieros, \u00a0de ciencia y tecnolog\u00eda, pol\u00edticos, culturales, sociales y ambientales o en la \u00a0adhesi\u00f3n a los ya existentes; hacer su seguimiento, evaluar sus resultados y \u00a0velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Intervenir en los procesos intra e interinstitucionales \u00a0de elaboraci\u00f3n y determinaci\u00f3n de la posici\u00f3n colombiana en las negociaciones \u00a0pol\u00edticas, econ\u00f3micas, sociales, ambientales y culturales y realizar los \u00a0an\u00e1lisis correspondientes en coordinaci\u00f3n con las dependencias y entidades \u00a0relacionadas con cada asunto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener debidamente informadas en el exterior a las \u00a0diferentes dependencias de la Canciller\u00eda, a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares \u00a0y a las entidades pertinentes, sobre el desarrollo de los temas econ\u00f3micos, \u00a0pol\u00edticos, sociales, culturales y ambientales en el \u00e1mbito bilateral y de \u00a0integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n regionales, con el objeto de facilitar la formulaci\u00f3n \u00a0y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Informar al Viceministro de Relaciones Exteriores sobre \u00a0las gestiones adelantadas en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar con las dependencias pertinentes del \u00a0Ministerio y las correspondientes del orden nacional en la elaboraci\u00f3n y \u00a0desarrollo de las agendas de las comisiones de vecindad bajo la orientaci\u00f3n y \u00a0supervisi\u00f3n del Viceministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Oficina de Control Interno. Son \u00a0funciones de la Oficina de Control Interno, adem\u00e1s de las establecidas en la Ley 87 de 1993 y las \u00a0dem\u00e1s normas que la complementen, sustituyan o modifiquen las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Relaciones Exteriores y por \u00a0su intermedio al Ministro en la formulaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n del sistema de control \u00a0interno del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Viceministro de Relaciones Exteriores y por \u00a0su intermedio al Ministro en la Administraci\u00f3n del sistema de control interno, \u00a0evaluarlo peri\u00f3dicamente y proponer sus ajustes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar los planes, m\u00e9todos, procedimientos y \u00a0mecanismos de verificaci\u00f3n del Sistema de Control Interno del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar el control interno aplicado en las dependencias \u00a0y programas del Ministerio para medir la eficiencia, eficacia y econom\u00eda de los \u00a0controles establecidos, asegurar la continuidad del proceso administrativo y \u00a0formular las recomendaciones y correctivos necesarios para garantizar el \u00a0cumplimiento de la misi\u00f3n, los objetivos y metas previstos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Desarrollar programas de auditor\u00eda formulando las \u00a0observaciones y recomendaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar y apoyar a las dependencias del Ministerio en \u00a0el dise\u00f1o y actualizaci\u00f3n de los procesos y procedimientos, requisitos, \u00a0funciones y formas que requiere el funcionamiento de la entidad, dentro de los \u00a0criterios de eficacia, eficiencia, econom\u00eda, celeridad, igualdad, publicidad y \u00a0oportunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, \u00a0pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del Ministerio \u00a0y recomendar los ajustes del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fomentar en el Ministerio la formaci\u00f3n de una cultura \u00a0de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la \u00a0misi\u00f3n institucional y velar por la formulaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n del control \u00a0de gesti\u00f3n y su sistema de evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Vigilar que la atenci\u00f3n de quejas y reclamos se preste \u00a0pronta y adecuadamente y rendir los informes sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Verificar que se implanten las medidas recomendadas y \u00a0mantener permanentemente informados a los funcionarios responsables de las \u00a0dependencias acerca del estado de control interno de las dependencias a su \u00a0cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar la evaluaci\u00f3n y seguimiento de las acciones \u00a0del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Despacho del Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales. Son funciones del despacho del Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales, adem\u00e1s de las conferidas en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en la formulaci\u00f3n, direcci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n y seguimiento de la pol\u00edtica exterior del Estado en materia de \u00a0relaciones multilaterales, velando porque los diferentes aspectos de car\u00e1cter \u00a0pol\u00edtico, econ\u00f3mico, social, ambiental y cultural se armonicen con los fines \u00a0generales de aquella. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir al Ministro en las relaciones con otras \u00a0entidades del Estado y con los organismos internacionales acreditados en \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Mantener adecuadamente informadas a todas las \u00a0dependencias y a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares en el exterior sobre el \u00a0desarrollo de los temas de su competencia para lograr una mejor coordinaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir al Ministro en el seguimiento de los \u00a0instrumentos multilaterales vigentes, en la ejecuci\u00f3n de los mismos cuando ello \u00a0corresponda al Ministerio de Relaciones Exteriores, conceptuar sobre la \u00a0eventual terminaci\u00f3n o denuncia de estos instrumentos, dirigir y supervisar la \u00a0negociaci\u00f3n de nuevos tratados y convenios multilaterales y, cuando se \u00a0considere oportuno, participar en su negociaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar, bajo la orientaci\u00f3n del Ministro, y \u00a0coordinar con las dependencias pertinentes del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores, en los procesos de consulta y di\u00e1logo que adelanten autoridades \u00a0nacionales con organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Articular las relaciones del Ministerio con las dem\u00e1s \u00a0entidades p\u00fablicas o privadas, para asegurar la coherencia y eficacia en la \u00a0ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica multilateral y para lograr una adecuada participaci\u00f3n \u00a0del pa\u00eds en las reuniones y conferencias multilaterales, convocando para tal \u00a0efecto a reuniones de informaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n y solicitando informes a las \u00a0entidades pertinentes sobre sus \u00e1reas de competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Impartir las directrices de pol\u00edtica multilateral \u00a0aprobadas por el Presidente de la Rep\u00fablica y por el Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores e instruir sobre el particular a las Misiones Diplom\u00e1ticas y \u00a0Consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Orientar y coordinar lo relacionado con la cooperaci\u00f3n \u00a0internacional, incluidas las negociaciones, el seguimiento y la evaluaci\u00f3n del \u00a0cumplimiento de la pol\u00edtica exterior en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir, las negociaciones de cooperaci\u00f3n internacional, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las entidades nacionales p\u00fablicas y privadas \u00a0pertinentes, con miras a lograr y mantener una posici\u00f3n concertada y \u00a0consolidada del pa\u00eds en las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir lo relacionado con la promoci\u00f3n de la \u00a0diversidad cultural de Colombia en el exterior, y orientar la formulaci\u00f3n del \u00a0plan de promoci\u00f3n de Colombia en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Presidir la Comisi\u00f3n Asesora para la determinaci\u00f3n de \u00a0la condici\u00f3n de refugiado y la Comisi\u00f3n Nacional de Migraciones o designar su \u00a0delegado para tal efecto cuando as\u00ed lo estime pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Direcci\u00f3n de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0Son funciones de la Direcci\u00f3n de Cooperaci\u00f3n Internacional, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Asuntos Multilaterales en \u00a0los asuntos relacionados con la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior \u00a0en materia de cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con las diferentes entidades del Estado la \u00a0ejecuci\u00f3n de la Pol\u00edtica Exterior en materia de cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer lineamientos en materia de legislaci\u00f3n y \u00a0control de las actividades de cooperaci\u00f3n tanto p\u00fablicas como privadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proyectar directrices para desarrollar la cooperaci\u00f3n \u00a0internacional originada en la Organizaci\u00f3n de Naciones Unidas (ONU), la \u00a0Organizaci\u00f3n de Estados Americanos (OEA) y dem\u00e1s Organismos especializados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer directrices e instrucciones para las \u00a0negociaciones de cooperaci\u00f3n internacional, teniendo en cuenta las \u00a0recomendaciones de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional o quien \u00a0haga sus veces, cuando a ello hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar consultas intra e interinstitucionales que \u00a0apoyen la participaci\u00f3n del pa\u00eds en las negociaciones de cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar la documentaci\u00f3n relacionada con los temas de \u00a0cooperaci\u00f3n internacional, con el fin de ser presentados en las reuniones \u00a0bilaterales o multilaterales internacionales, en las cuales participen el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, el Vicepresidente, el Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores o los Viceministros, en coordinaci\u00f3n con la Agencia Colombiana de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar al Ministro de Relaciones Exteriores o el \u00a0Viceministro de Asuntos Multilaterales en las actividades de la Junta Directiva \u00a0de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional y analizar y conceptuar \u00a0sobre los documentos a ser considerados por la misma o por quien haga sus \u00a0veces, cuando as\u00ed lo solicite el Ministro de Relaciones Exteriores o el \u00a0Viceministro de Asuntos Multilaterales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Estudiar y analizar en coordinaci\u00f3n con el Viceministro \u00a0de Asuntos Multilaterales, la Oficina Asesora Jur\u00eddica del Ministerio y la \u00a0Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional o quien haga sus veces, los \u00a0proyectos de ley presentados por el Gobierno o por iniciativa parlamentaria, en \u00a0temas relacionados con la cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Hacer seguimiento a la vigencia y ejecuci\u00f3n de los Convenios \u00a0y acuerdos internacionales de cooperaci\u00f3n, incluidos los proyectos de las \u00a0Comisiones Mixtas, y a las gestiones que se adelanten en el interior y exterior \u00a0del pa\u00eds sobre cooperaci\u00f3n internacional, en coordinaci\u00f3n con la Agencia \u00a0Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar con la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional o quien haga sus veces las actividades tendientes a mantener \u00a0informadas a las entidades nacionales, p\u00fablicas y privadas y a las Misiones Diplom\u00e1ticas \u00a0en el Exterior, sobre el desarrollo de temas de cooperaci\u00f3n internacional, con \u00a0el fin de lograr una mejor coordinaci\u00f3n y seguimiento de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dise\u00f1ar el plan indicativo de gesti\u00f3n, conducente al \u00a0seguimiento en materia de cooperaci\u00f3n internacional y elaborar los documentos \u00a0de gesti\u00f3n para ser incluidos en los informes de pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Direcci\u00f3n de Asuntos Pol\u00edticos \u00a0Multilaterales. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos Pol\u00edticos \u00a0Multilaterales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Asuntos Multilaterales y \u00a0por su intermedio al Ministro, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0exterior de Colombia en el \u00e1mbito de los asuntos a su cargo incluyendo lo \u00a0relacionado con los organismos multilaterales a los cuales pertenece Colombia u \u00a0otros de su competencia y preparar en cada materia los estudios y documentos \u00a0necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar, en el \u00e1mbito de su competencia, al Viceministro \u00a0de Asuntos Multilaterales en el desarrollo y ejecuci\u00f3n de acciones \u00a0interinstitucionales con organismos y entidades estatales y privadas, \u00a0requeridas para la aplicaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Viceministro de Asuntos Multilaterales en \u00a0tareas relativas a la formulaci\u00f3n de propuestas, definici\u00f3n de posiciones, \u00a0elaboraci\u00f3n de estudios e instrucciones en relaci\u00f3n con los temas a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar, con las \u00e1reas pertinentes del Ministerio, \u00a0incluidas las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de Colombia en el exterior, la \u00a0ejecuci\u00f3n, en el \u00e1mbito de su competencia, de las directrices de pol\u00edtica \u00a0exterior de Colombia, incluidas las relacionadas con los organismos y \u00a0conferencias pol\u00edticos multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar las acciones requeridas para que la pol\u00edtica \u00a0nacional relacionada con los asuntos de su competencia sea considerada en la \u00a0formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior, asegurando su consistencia y \u00a0complementariedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en los procesos de negociaci\u00f3n sobre la celebraci\u00f3n \u00a0de tratados o convenios multilaterales, en el \u00e1mbito de su competencia, y \u00a0coordinar los estudios necesarios para la ratificaci\u00f3n o la adhesi\u00f3n a los ya \u00a0existentes; hacer su seguimiento, evaluar sus resultados y velar por su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar los procesos interinstitucionales de \u00a0elaboraci\u00f3n y determinaci\u00f3n de la posici\u00f3n de Colombia en las negociaciones \u00a0multilaterales sobre asuntos pol\u00edticos, y elaborar los an\u00e1lisis \u00a0correspondientes en coordinaci\u00f3n con las dependencias y entidades relacionadas \u00a0con cada asunto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener adecuadamente informadas a las diferentes \u00a0dependencias del Ministerio, a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares y \u00a0a las entidades pertinentes, sobre el desarrollo de los temas pol\u00edticos en el \u00a0\u00e1mbito multilateral, con el objeto de facilitar la formulaci\u00f3n. y coordinaci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la recopilaci\u00f3n, consolidaci\u00f3n y suministro \u00a0de informaci\u00f3n que el Gobierno de Colombia debe remitir a los organismos \u00a0internacionales, en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Solicitar a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares los \u00a0documentos y an\u00e1lisis sobre los temas multilaterales que interesen al pa\u00eds y \u00a0transmitirlos, cuando sea del caso, a las dependencias pertinentes del \u00a0Ministerio y a las entidades nacionales que corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Tramitar todos los asuntos relacionados con las \u00a0candidaturas de los organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Gestionar los tr\u00e1mites requeridos para el pago de las \u00a0cuotas a los organismos internacionales que corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Transmitir a las representaciones de Colombia ante los \u00a0organismos, conferencias y otras instancias multilaterales, as\u00ed como a los \u00a0organismos y entidades estatales, la posici\u00f3n del Gobierno Nacional sobre los \u00a0temas de su competencia e impartir las orientaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar con los organismos y entidades del Estado y \u00a0las entidades privadas pertinentes, los asuntos relacionados con la ejecuci\u00f3n y \u00a0desarrollo de la pol\u00edtica exterior en el \u00e1mbito pol\u00edtico multilateral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Realizar, en coordinaci\u00f3n con otras \u00e1reas involucradas \u00a0seg\u00fan el tema, el seguimiento a los asuntos estrat\u00e9gicos puestos a \u00a0consideraci\u00f3n de las diferentes entidades, informando al Ministro y \u00a0Viceministro de Asuntos Multilaterales sobre las discusiones y conclusiones respecto \u00a0de aquellas iniciativas o proyectos que sean de inter\u00e9s para el tratamiento de \u00a0las relaciones exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Mantener actualizada y sistematizada la documentaci\u00f3n \u00a0relativa a los temas de la dependencia e informar oportunamente sobre su \u00a0contenido a las dependencias pertinentes del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Direcci\u00f3n de Asuntos Econ\u00f3micos, Sociales \u00a0y Ambientales Multilaterales. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Econ\u00f3micos, Sociales y Ambientales Multilaterales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Asuntos Multilaterales y \u00a0por su intermedio al Ministro, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0exterior de Colombia, en el \u00e1mbito de los asuntos econ\u00f3micos, sociales y \u00a0ambientales, incluyendo lo relacionado con los organismos multilaterales a los \u00a0cuales pertenece Colombia u otros de su competencia, y preparar en cada materia \u00a0los estudios y documentos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar, bajo la orientaci\u00f3n del Viceministro de \u00a0Asuntos Multilaterales, las acciones estrat\u00e9gicas relacionadas con los asuntos \u00a0de la dependencia y aquellos que a juicio del Ministro requieran un tratamiento \u00a0especial por ser prioritarios para la pol\u00edtica exterior, incluidas las relacionadas \u00a0con los organismos y conferencias que tratan estos temas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar, al Viceministro de Asuntos Multilaterales en \u00a0el desarrollo y ejecuci\u00f3n de acciones interinstitucionales con organismos y \u00a0entidades estatales y privadas requeridas para la aplicaci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0exterior del pa\u00eds, as\u00ed como en tareas relativas a la formulaci\u00f3n de propuestas, \u00a0definici\u00f3n de posiciones, elaboraci\u00f3n de estudios e instrucciones en relaci\u00f3n \u00a0con los temas a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar las acciones requeridas para que la pol\u00edtica \u00a0nacional relacionada con los asuntos econ\u00f3micos, sociales y ambientales \u00a0multilaterales sea considerada en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior, \u00a0asegurando su consistencia y complementariedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar, por delegaci\u00f3n del Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales con otras \u00e1reas involucradas seg\u00fan el tema, incluidas las \u00a0Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de Colombia en el exterior, la ejecuci\u00f3n de \u00a0las directrices de pol\u00edtica exterior, as\u00ed como los procesos de an\u00e1lisis y \u00a0cumplimiento de las recomendaciones formuladas por los organismos y entidades \u00a0internacionales en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar los procesos interinstitucionales de \u00a0elaboraci\u00f3n y determinaci\u00f3n de la posici\u00f3n de Colombia en las negociaciones \u00a0multilaterales sobre asuntos a su cargo y elaborar los an\u00e1lisis \u00a0correspondientes en coordinaci\u00f3n con las dependencias y entidades relacionadas \u00a0con cada asunto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la recopilaci\u00f3n, consolidaci\u00f3n y suministro \u00a0de informaci\u00f3n que el Gobierno de Colombia debe remitir a los organismos \u00a0internacionales que le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar en los procesos de negociaci\u00f3n sobre la \u00a0celebraci\u00f3n de tratados o convenios multilaterales bajo su competencia y \u00a0coordinar los estudios necesarios para la ratificaci\u00f3n o la adhesi\u00f3n a los ya \u00a0existentes; hacer su seguimiento, evaluar sus resultados y velar por su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Mantener adecuadamente informadas a las diferentes \u00a0dependencias del Ministerio, a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares y a las \u00a0entidades nacionales pertinentes, sobre el desarrollo de los temas de su \u00a0competencia en el \u00e1mbito multilateral, con el objeto de facilitar la \u00a0formulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Solicitar a las Misione s Diplom\u00e1ticas y Consulares \u00a0los documentos y an\u00e1lisis sobre los temas multilaterales que interesen al pa\u00eds \u00a0y transmitirlos, cuando sea del caso, a las dependencias pertinentes del \u00a0Ministerio y a las entidades nacionales que corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Transmitir a las representaciones de Colombia ante los \u00a0organismos, conferencias y otras instancias multilaterales, as\u00ed como a los \u00a0organismos y entidades estatales la posici\u00f3n del Gobierno Nacional sobre los \u00a0temas de su competencia e impartir las orientaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Mantener actualizada y sistematizada la documentaci\u00f3n \u00a0relativa a los temas de su competencia e informar oportunamente sobre su \u00a0contenido a las dependencias pertinentes del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar estudios e investigaciones sobre la econom\u00eda, \u00a0el comercio y las finanzas internacionales relevantes para la formulaci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica exterior del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Articular los resultados de los estudios econ\u00f3micos \u00a0nacionales e internacionales con los compromisos multilaterales de Colombia, \u00a0los acuerdos de cooperaci\u00f3n internacional y la agenda exterior del pa\u00eds en la \u00a0formulaci\u00f3n de los planes sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Direcci\u00f3n de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Derechos Humanos \u00a0y Derecho Internacional Humanitario, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Asuntos Multilaterales y \u00a0por su intermedio al Ministro, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0exterior de Colombia en materia de derechos humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover y desarrollar las acciones estrat\u00e9gicas \u00a0necesarias para la atenci\u00f3n y el manejo de los temas de derechos humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario en el \u00e1mbito internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Conservar y clasificar la informaci\u00f3n relativa a \u00a0derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Resolver las consultas que le formulen el Ministro, los \u00a0Viceministros y las dem\u00e1s dependencias del Ministerio, en especial para la definici\u00f3n \u00a0de posiciones y de instrucciones que involucren asuntos relativos a derechos \u00a0humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Mantener un proceso constante de consulta con la \u00a0Academia Diplom\u00e1tica, de manera que la din\u00e1mica del manejo de las \u00e1reas de \u00a0trabajo de su competencia en los escenarios internacionales, pueda ser \u00a0aprovechada oportuna y adecuadamente en los programas y las actividades de \u00a0formaci\u00f3n que en ella se desarrollan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en los procesos de consulta y di\u00e1logo que \u00a0adelanten las autoridades nacionales con gobiernos extranjeros y organismos \u00a0internacionales en materia de derechos humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Transmitir a las entidades estatales pertinentes las \u00a0solicitudes de acci\u00f3n urgente que le formulen al Estado colombiano los \u00a0organismos internacionales de protecci\u00f3n de los derechos humanos ante amenazas \u00a0o situaciones especiales de riesgo, hacer seguimiento de las medidas adoptadas \u00a0en virtud de tales amenazas o situaciones y presentar los informes peri\u00f3dicos a \u00a0que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar el manejo de los casos individuales, que por \u00a0posibles violaciones de derechos humanos, sean denunciados internacionalmente y \u00a0transmitidos al Gobierno de Colombia por los organismos internacionales de \u00a0protecci\u00f3n, y definir la pautas que deben tenerse en consideraci\u00f3n en relaci\u00f3n \u00a0con actuaciones de especial trascendencia jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Cumplir las labores de Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 de \u00a0Ministros creado por la Ley 288 de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar la atenci\u00f3n de las quejas transmitidas por \u00a0la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos \u00a0Humanos en Colombia, relativas a posibles violaciones de derechos humanos o a \u00a0posibles infracciones al Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar los procesos de an\u00e1lisis y seguimiento de las \u00a0recomendaciones formuladas por los organismos internacionales de derechos \u00a0humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar intra e interinstitucionalmente la \u00a0elaboraci\u00f3n y sustentaci\u00f3n de los informes peri\u00f3dicos que debe presentar \u00a0Colombia, en virtud de la ratificaci\u00f3n de instrumentos internacionales de \u00a0derechos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Participar por delegaci\u00f3n en las misiones y, cuando \u00a0sea del caso, llevar la representaci\u00f3n del Gobierno de Colombia en las \u00a0audiencias y sesiones de los organismos internacionales de derechos humanos, \u00a0bajo la orientaci\u00f3n del Ministro o del Viceministro de Asuntos Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Brindar informaci\u00f3n general para la elaboraci\u00f3n de \u00a0quejas por posibles infracciones al Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Direcci\u00f3n de Asuntos Culturales. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos Culturales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Asuntos Multilaterales y \u00a0por su intermedio al Ministro en los asuntos culturales de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar, bajo la orientaci\u00f3n del Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales, las acciones pertinentes relacionadas con asuntos y temas de \u00a0difusi\u00f3n de la cultura colombiana en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con otras dependencias del Ministerio, con \u00a0las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de la Rep\u00fablica y con las entidades \u00a0oficiales y privadas pertinentes la difusi\u00f3n y promoci\u00f3n de la imagen de \u00a0Colombia en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Programar y coordinar con otras dependencias del \u00a0Ministerio, con las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de Colombia en el \u00a0exterior, con las acreditadas en Colombia y con las entidades nacionales e \u00a0internacionales competentes, la participaci\u00f3n de Colombia en proyectos \u00a0culturales, de educaci\u00f3n y afines. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar los proyectos culturales y afines requeridos \u00a0para promocionar la diversidad y riqueza cultural de Colombia en el exterior y \u00a0presentarlos al Viceministro de Asuntos Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejecutar el Plan de Promoci\u00f3n de Colombia en el \u00a0Exterior, en coordinaci\u00f3n con las dependencias pertinentes del Ministerio y con \u00a0las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de la Rep\u00fablica, hacer su seguimiento, \u00a0evaluar sus resultados y verificar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Suministrar al Viceministro de Asuntos Multilaterales \u00a0la informaci\u00f3n requerida para el seguimiento a la ejecuci\u00f3n del Plan de \u00a0Promoci\u00f3n de Colombia en el Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar la negociaci\u00f3n de convenios culturales \u00a0internacionales, emitir conceptos sobre la conveniencia de su celebraci\u00f3n y \u00a0velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Participar en la realizaci\u00f3n de comisiones de car\u00e1cter \u00a0cultural, as\u00ed como preparar los programas de intercambio cultural con los \u00a0diversos Estados y organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Participar y contribuir en la ejecuci\u00f3n de programas \u00a0de informaci\u00f3n cultural con destino a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de \u00a0Colombia y a los medios de comunicaci\u00f3n extranjeros, en coordinaci\u00f3n con otras \u00a0dependencias del Ministerio y con las entidades oficiales competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Organizar, custodiar y prestar los servicios de \u00a0biblioteca y hemeroteca para el Ministerio y el p\u00fablico en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Realizar todos los tr\u00e1mites que faciliten la \u00a0intermediaci\u00f3n aduanera, incluido el otorgamiento de la garant\u00eda y del mandato \u00a0necesarios para adelantar los eventos culturales en las Embajadas y Consulados \u00a0de Colombia, con cargo al Ministerio o a su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. Art\u00edculo 23. Secretar\u00eda General. Son \u00a0funciones de la Secretar\u00eda General las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, \u00a0normas y procedimientos para la administraci\u00f3n del talento humano y de los \u00a0recursos f\u00edsicos, econ\u00f3micos y financieros del Ministerio y de su Fondo \u00a0Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por la debida aplicaci\u00f3n del sistema de \u00a0desarrollo administrativo, relacionado con las pol\u00edticas, estrategias, \u00a0metodolog\u00edas, t\u00e9cnicas y mecanismos de car\u00e1cter administrativo y organizacional \u00a0para la gesti\u00f3n y el manejo del talento humano y de los recursos t\u00e9cnicos, \u00a0materiales, f\u00edsicos y financieros del Ministerio, orientado a fortalecer la \u00a0capacidad administrativa y el desempe\u00f1o institucional, de conformidad con las \u00a0normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Atender bajo la direcci\u00f3n del Ministro, la prestaci\u00f3n \u00a0de los servicios y la ejecuci\u00f3n de los programas adoptados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar e impulsar programas de modernizaci\u00f3n \u00a0institucional y supervisar las actividades relacionadas con la organizaci\u00f3n, \u00a0racionalizaci\u00f3n y sistematizaci\u00f3n de los m\u00e9todos y procedimientos \u00a0administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores de conformidad con los \u00a0principios que orientan la Funci\u00f3n P\u00fablica de acuerdo con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Supervisar, junto con la Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Consulares y Comunidades Colombianas en el Exterior el debido cumplimiento de \u00a0la legislaci\u00f3n vigente en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar el Comit\u00e9 de Desarrollo Administrativo de \u00a0conformidad con las normas vigentes, efectuar el seguimiento de los planes de \u00a0desarrollo administrativo de las entidades adscritas y vinculadas y presentar \u00a0el plan de acci\u00f3n respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir, coordinar y controlar las actuaciones \u00a0relativas a la participaci\u00f3n ciudadana, la atenci\u00f3n al ciudadano y el centro de \u00a0documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar, con la Direcci\u00f3n de Control Disciplinario \u00a0Interno la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y programas de capacitaci\u00f3n y \u00a0divulgaci\u00f3n sobre el r\u00e9gimen disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y coordinar lo relacionado con las comisiones \u00a0de servicio de los funcionarios de conformidad con las normas vigentes sobre la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Direcci\u00f3n de Asuntos Consulares y \u00a0Comunidades Colombianas en el Exterior. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Asuntos Consulares y Comunidades Colombianas en el Exterior las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Secretario General y por su intermedio al \u00a0Ministro en materia de pol\u00edtica sobre las comunidades colombianas en el \u00a0exterior, en asuntos consulares, en la expedici\u00f3n de pasaportes, visas y en \u00a0Pol\u00edtica Migratoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Orientar y evaluar las actividades de los consulados de \u00a0la Rep\u00fablica, teniendo en cuenta los intereses del pa\u00eds y la necesaria \u00a0protecci\u00f3n de los derechos fundamentales de los colombianos en el exterior y \u00a0coordinar lo pertinente con las pol\u00edticas adoptadas por el Ministerio en esta \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover los v\u00ednculos de todo orden de las comunidades \u00a0colombianas en el exterior con el pa\u00eds, como medio de exaltar la identidad y \u00a0los valores nacionales y contribuir al mantenimiento de la buena imagen de \u00a0Colombia en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y supervisar los tr\u00e1mites de reconocimiento de \u00a0c\u00f3nsules colombianos en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Servir de enlace entre los consulados acreditados en \u00a0Colombia y las entidades oficiales correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y supervisar a los consulados de la Rep\u00fablica, en \u00a0el proceso de expedici\u00f3n de pasaportes, otorgamiento de visas y funciones \u00a0notariales asignadas al personal consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Instruir y supervisar a las entidades que el Ministerio \u00a0determine en el proceso de expedici\u00f3n de pasaportes, otorgamiento de visas y \u00a0legalizaci\u00f3n de documentos de conformidad con los convenios o contratos que se \u00a0suscriban sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Expedir los pasaportes diplom\u00e1ticos y oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Vigilar la correcta aplicaci\u00f3n de las normas sobre \u00a0recaudos consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y controlar con la Direcci\u00f3n Administrativa \u00a0y Financiera los recaudos del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar las actividades de los consulados para \u00a0adelantar las gestiones notariales, electorales, de registro civil, de \u00a0cedulaci\u00f3n y tarjetas de identidad, de reclutamiento, de certificaciones de \u00a0antecedentes judiciales, de supervivencias y dem\u00e1s tr\u00e1mites documentarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar la legalizaci\u00f3n o apostille de documentos \u00a0provenientes o con destino al exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar la traducci\u00f3n de documentos oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Supervisar el tr\u00e1mite de exhortos, cartas rogatorias y \u00a0diligencias judiciales que deban cumplirse en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Mantener contacto permanente y coordinar acciones con \u00a0las autoridades nacionales en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Direcci\u00f3n del Talento Humano. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n del Talento Humano, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en el Decreto \u00a0274 del 22 febrero de 2000, o en las normas que lo adicionen, lo modifiquen \u00a0o sustituyan, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Secretario General y por su intermedio al \u00a0Ministro, en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y procedimientos para la \u00a0administraci\u00f3n del talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Administrar la planta de personal del servicio \u00a0exterior, bajo la direcci\u00f3n de la Secretar\u00eda General y recomendarle programas \u00a0de distribuci\u00f3n o redistribuci\u00f3n de los cargos y de ubicaci\u00f3n del personal, de \u00a0acuerdo con las necesidades del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, programar y ejecutar las actividades de \u00a0administraci\u00f3n del personal, capacitaci\u00f3n, bienestar social y prestaciones \u00a0sociales de los funcionarios del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Mantener actualizado el manual espec\u00edfico de funciones \u00a0y requisitos del Ministerio, de acuerdo con las pol\u00edticas del Ministerio y las \u00a0normas legales vigentes establecidas sobre estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones \u00a0legales que rigen las carreras diplom\u00e1tica y consular y administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Custodiar y mantener actualizadas las hojas de vida de \u00a0todos los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Participar en los Consejos, Comisiones o Juntas, que \u00a0determine el Ministro o el Secretario General, e informarles las \u00a0determinaciones tomadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Llevar el registro y la numeraci\u00f3n de las resoluciones que \u00a0se expidan en el Ministerio y su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Estudiar y tramitar las solicitudes formuladas por las \u00a0Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares sobre asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera. \u00a0Son funciones de la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Secretario General y por su intermedio al Ministro, \u00a0en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y procedimientos para la administraci\u00f3n \u00a0de los recursos f\u00edsicos y financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y controlar los procesos de la \u00a0administraci\u00f3n de recursos f\u00edsicos y financieros garantizando el apoyo al \u00a0correcto funcionamiento del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Programar y adelantar los procesos de licitaci\u00f3n, \u00a0contrataci\u00f3n, adquisici\u00f3n, almacenamiento y custodia de los bienes y materiales \u00a0tanto del Ministerio como del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejercer la interventor\u00eda de todos los contratos \u00a0suscritos por el Ministerio de Relaciones Exteriores o su Fondo Rotatorio, o \u00a0delegar el ejercicio de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Administrar el Fondo Rotatorio del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer y ejecutar las pol\u00edticas, planes, programas y \u00a0dem\u00e1s acciones relacionadas con la gesti\u00f3n financiera, presupuestal, \u00a0contable y de caja del Ministerio y su Fondo Rotatorio, de conformidad con las \u00a0disposiciones legales vigentes en estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y controlar la adecuada prestaci\u00f3n de los \u00a0servicios generales para el correcto funcionamiento del Ministerio incluido su \u00a0archivo general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir y controlar el procesamiento electr\u00f3nico de \u00a0datos, as\u00ed como la sistematizaci\u00f3n integral de la informaci\u00f3n y controlar el \u00a0mantenimiento y actualizaci\u00f3n de aplicaciones y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con las entidades oficiales correspondientes \u00a0los asuntos relacionados con las normas fiscales y presupuestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y controlar administrativamente la rendici\u00f3n \u00a0de cuentas de las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar y controlar administrativamente los recaudos \u00a0del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar el proyecto de presupuesto de funcionamiento tanto \u00a0del Ministerio de Relaciones Exteriores como de su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Direcci\u00f3n Control Disciplinario Interno. \u00a0Son funciones de la Direcci\u00f3n de Control Disciplinario Interno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y coordinar el control disciplinario interno \u00a0del Ministerio de conformidad con lo establecido en el C\u00f3digo Disciplinario \u00a0Unico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer la acci\u00f3n disciplinaria y aplicar el \u00a0procedimiento disciplinario con sujeci\u00f3n a las disposiciones, facultades \u00a0competencias y procedimientos establecidos en la Ley 734 de 2002 o \u00a0C\u00f3digo Disciplinario Unico y dem\u00e1s disposiciones que lo complementen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Conocer y fallar, en primera y \u00fanica instancia, los \u00a0procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores y ex servidores \u00a0p\u00fablicos del Ministerio de Relaciones Exteriores y, en general, contra los \u00a0sujetos disciplinables previstos en el C\u00f3digo Disciplinario Unico, sin \u00a0perjuicio de las competencias atribuidas a la Procuradur\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dictar las providencias, resolver los recursos, decidir \u00a0sobre archivo de la investigaci\u00f3n, nulidades, prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n, y \u00a0emitir las dem\u00e1s providencias y actos que procedan dentro de la indagaci\u00f3n \u00a0preliminar e investigaci\u00f3n disciplinaria de primera y \u00fanica instancia a su \u00a0cargo conforme con lo previsto en el C\u00f3digo Disciplinario Unico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Poner en conocimiento de la Fiscal\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n, de los organismos de control y fiscalizaci\u00f3n del Estado y de las \u00a0dependencias de control disciplinario interno de otras entidades los hechos y \u00a0pruebas materia de la acci\u00f3n disciplinaria a su cargo, cuando pudieren ser de \u00a0competencia de aquellos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Desarrollar las pol\u00edticas de control disciplinario y \u00a0adelantar actividades orientadas a la prevenci\u00f3n de faltas disciplinarias y al \u00a0dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de una pol\u00edtica de prevenci\u00f3n y control de pr\u00e1cticas de \u00a0corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Participar con las \u00e1reas competentes en el Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores y bajo la coordinaci\u00f3n de la Secretar\u00eda General en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y programas de capacitaci\u00f3n sobre el r\u00e9gimen \u00a0disciplinario, sus desarrollos normativos, doctrinarios y jurisprudenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Delegaciones Permanentes ante Organismos \u00a0Internacionales Multilaterales y Regionales. Las Delegaciones Permanentes \u00a0ante Organismos Internacionales est\u00e1n conformadas por Agentes Diplom\u00e1ticos, \u00a0representantes del Gobierno Nacional ante organismos Internacionales de \u00a0concertaci\u00f3n, en los que participe y tenga inter\u00e9s el pa\u00eds, en desarrollo y \u00a0ejecuci\u00f3n de su pol\u00edtica exterior. Los mecanismos de concertaci\u00f3n regionales \u00a0tendr\u00e1n coordinadores nacionales y adjuntos designados por el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones de las Delegaciones Permanentes ante \u00a0Organismos Internacionales Multilaterales y Regionales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Representar al Gobierno Nacional en la definici\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los asuntos Multilaterales que se tramiten en los \u00a0respectivos organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Integrar y armonizar las tem\u00e1ticas a ser tratadas en \u00a0los diferentes organismos internacionales y articular las acciones pertinentes \u00a0para su ejecuci\u00f3n, en especial las relacionadas con asuntos de \u00edndole pol\u00edtica, \u00a0econ\u00f3mica, social, ambiental, cultural, de integraci\u00f3n y cooperaci\u00f3n, en \u00a0concordancia con los principios de reciprocidad y conveniencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar a las dependencias pertinentes del Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores los an\u00e1lisis y recomendaciones correspondientes sobre \u00a0los temas de discusi\u00f3n en las diferentes reuniones multilaterales de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Servir de interlocutor y enlace para todas las \u00a0gestiones entre el Gobierno Nacional, a trav\u00e9s del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores, y los Organismos Internacionales ante los cuales se encuentran \u00a0destacadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover y salvaguardar los intereses del pa\u00eds ante los \u00a0organismos internacionales, de acuerdo con la pol\u00edtica exterior que determine \u00a0el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover y fortalecer la capacidad negociadora del pa\u00eds \u00a0ante los organismos internacionales correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar al Ministerio informes espec\u00edficos y \u00a0regulares sobre su gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Embajadas. Las Embajadas son unidades \u00a0diplom\u00e1ticas, representantes del Gobierno Nacional ante otros pa\u00edses, encargadas \u00a0de ejecutar la pol\u00edtica exterior bilateral, con capacidad delegada de negociar, \u00a0acordar y convenir t\u00e9rminos de concertaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n en asuntos de inter\u00e9s \u00a0mutuo, especialmente en los campos pol\u00edticos, social, econ\u00f3mico, comercial, \u00a0ambiental, cient\u00edfico, tecnol\u00f3gico, y cultural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organos Internos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Organos Internos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n. La composici\u00f3n y funciones del Consejo Acad\u00e9mico de la \u00a0Academia Diplom\u00e1tica, del Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo Administrativo y del \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno, y de las Comisiones de \u00a0Personal de Carrera Diplom\u00e1tica y Consular y, de Personal de Carrera \u00a0Administrativa, se regir\u00e1n por las disposiciones legales y reglamentarias sobre \u00a0la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Archivo General. El Archivo General \u00a0del Ministerio de Relaciones Exteriores no tiene car\u00e1cter p\u00fablico y su consulta \u00a0debe ser autorizada en forma escrita por el Ministro, el Viceministro de \u00a0Relaciones Exteriores, o el Secretario General, teniendo en cuenta la materia \u00a0consultada y el objeto de la consulta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La publicaci\u00f3n de datos atinentes a circunstancias o \u00a0negociaciones reservadas no podr\u00e1 ser ordenada antes de treinta (30) a\u00f1os de \u00a0ocurridos tales eventos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Lo anterior acorde con lo dispuesto en la materia por el \u00a0art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto ley 274 de \u00a02000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Los conceptos de la Oficina Asesora Jur\u00eddica, \u00a0as\u00ed como los informes de la Direcci\u00f3n de Soberan\u00eda Territorial y Desarrollo \u00a0Fronterizo, est\u00e1n reservados al uso y conocimiento del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores. En consecuencia no podr\u00e1n ser incorporados a expedientes levantados \u00a0sobre reclamaciones privadas, ni utilizados o conocidos por personas extra\u00f1as \u00a0al Ministerio, sin autorizaci\u00f3n escrita del Ministro, del Viceministro de \u00a0Relaciones Exteriores o del Secretario General. Sin embargo, el Ministerio \u00a0podr\u00e1 dar a la publicidad aquellos conceptos que por su inter\u00e9s general puedan \u00a0servir para formar un cuerpo de doctrina del Ministerio sobre temas jur\u00eddicos. \u00a0Lo anterior acorde con lo dispuesto por el art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto ley 274 de \u00a02000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones laborales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Adopci\u00f3n de la nueva Planta de Personal. \u00a0De conformidad con la estructura ordenada por el presente decreto, el Gobierno \u00a0Nacional proceder\u00e1 a adoptar la nueva planta de personal, del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Atribuciones de los funcionarios de la \u00a0planta actual. Los funcionarios de la Planta de personal actual del \u00a0Ministerio, continuar\u00e1n ejerciendo las funciones y atribuciones a ellos \u00a0asignadas, hasta tanto sea adoptada la nueva planta de personal de conformidad \u00a0con lo dispuesto en el art\u00edculo anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. Vigencia. El presente decreto rige a \u00a0partir de la fecha de su publicaci\u00f3n, y deroga el Decreto 2105 de 2001 \u00a0y las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 21 de enero de 2004. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carolina Barco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Viceministro General encargado de las funciones del \u00a0despacho del Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Ricardo Ortega L\u00f3pez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Antonio Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 110 DE 2004 \u00a0 \u00a0 (enero 21) \u00a0 \u00a0 por medio del cual se modifica la estructura del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el Decreto 3355 de 2009, \u00a0art\u00edculo 33. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0las facultades constitucionales [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[52],"tags":[],"class_list":["post-35486","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2004"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35486","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35486"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35486\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35486"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35486"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35486"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}