{"id":35608,"date":"2023-07-26T20:30:30","date_gmt":"2023-07-26T20:30:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-1830-de-2004\/"},"modified":"2023-07-26T20:30:30","modified_gmt":"2023-07-26T20:30:30","slug":"decreto-1830-de-2004","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-1830-de-2004\/","title":{"rendered":"DECRETO 1830 DE 2004"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1830 DE 2004 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(junio 3) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Gesti\u00f3n de Activos Fijos P\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el Decreto 3297 de 2009, \u00a0art\u00edculo 13. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 1578 de 2007. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere \u00a0el art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Creaci\u00f3n. Cr\u00e9ase la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Gesti\u00f3n de Activos Fijos P\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Objetivo. El objetivo de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial ser\u00e1 la coordinaci\u00f3n y orientaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de las \u00a0funciones relacionadas con la gesti\u00f3n eficiente de los activos fijos p\u00fablicos \u00a0de propiedad de los organismos y entidades estatales del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Se entiende por gesti\u00f3n de activos fijos \u00a0p\u00fablicos la optimizaci\u00f3n del uso eficiente de los bienes en cabeza de su \u00a0propietario, dentro del desarrollo normal de su cometido estatal, o en su \u00a0defecto a trav\u00e9s de la transferencia, aporte o traspaso a otras entidades u \u00a0organismos p\u00fablicos para el desarrollo de sus actividades o proyectos, y en \u00a0\u00faltimo caso la enajenaci\u00f3n a t\u00edtulo oneroso cuando no sea factible lograr los \u00a0objetivos anteriores, o cuando la conservaci\u00f3n del dominio redunde en gastos no \u00a0recuperables o en actividades dispendiosas o improductivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modificado por \u00a0el Decreto 1578 de 2007, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Integraci\u00f3n. La Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Gesti\u00f3n de Activos Fijos P\u00fablicos estar\u00e1 integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El Ministro de Hacienda \u00a0y Cr\u00e9dito P\u00fablico o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El Ministro de \u00a0Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) El Ministro de Ambiente, \u00a0Vivienda y Desarrollo Territorial o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) El Director del \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Un delegado del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n podr\u00e1 invitar \u00a0a sus reuniones a servidores p\u00fablicos o representantes del sector privado, cuya \u00a0presencia se considere necesaria para adoptar decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n ser\u00e1 presidida \u00a0por el Director o el delegado del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La delegaci\u00f3n \u00a0deber\u00e1 realizarse de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 489 de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial: \u201cIntegraci\u00f3n. La \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de Gesti\u00f3n de Activos Fijos P\u00fablicos estar\u00e1 integrada \u00a0por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, qui\u00e9n podr\u00e1 \u00a0delegar en el Viceministro T\u00e9cnico de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, \u00a0quien podr\u00e1 delegar en el Viceministro de Vivienda y Desarrollo Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Agricultura, quien podr\u00e1 delegar en el \u00a0Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, quien \u00a0podr\u00e1 delegar en el Subdirector del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Un delegado del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Intersectorial de Gesti\u00f3n de Activos Fijos P\u00fablicos \u00a0podr\u00e1 invitar a sus reuniones a los servidores p\u00fablicos o los representantes \u00a0del sector privado, cuya presencia se considere necesaria para adoptar \u00a0decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00ba. La presidencia de la Comisi\u00f3n Intersectorial ser\u00e1 \u00a0ejercida por el Director o Subdirector del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0en su ausencia, los miembros asistentes escoger\u00e1n dentro de ellos la \u00a0presidencia de la comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00ba. La Comisi\u00f3n Intersectorial tendr\u00e1 una Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica que le prestar\u00e1 el apoyo requerido para el ejercicio de sus \u00a0funciones.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Funciones. Son funciones de la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de Gesti\u00f3n de Activos Fijos P\u00fablicos las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular los lineamientos generales de un sistema de \u00a0gesti\u00f3n eficiente de los activos fijos p\u00fablicos que maximice el retorno \u00a0econ\u00f3mico y social de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer los mecanismos que permitan obtener la \u00a0formaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y conservaci\u00f3n del inventario de todos los activos \u00a0fijos p\u00fablicos que se encuentren a cargo de los organismos y entidades del \u00a0Estado del orden nacional, con informaci\u00f3n que permita establecer, respecto de \u00a0cada activo, su identificaci\u00f3n, ubicaci\u00f3n, situaci\u00f3n jur\u00eddica y dem\u00e1s \u00a0caracter\u00edsticas que se estimen pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con los organismos y entidades estatales del \u00a0orden nacional la realizaci\u00f3n de los estudios t\u00e9cnicos dirigidos a encontrar \u00a0formas de racionalizar y optimizar el uso y mantenimiento de los activos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Fijar los criterios que los organismos y entidades \u00a0estatales del orden nacional, propietarios de activos fijos p\u00fablicos deben \u00a0seguir para determinar cu\u00e1les deben ser objeto de disposici\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Formular esquemas para promover la comercializaci\u00f3n de \u00a0los activos fijos p\u00fablicos que los organismos y entidades estatales del orden \u00a0nacional no requieran para cumplir las funciones o prestar los servicios a su \u00a0cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer la expedici\u00f3n de las normas y los actos \u00a0administrativos que se consideren necesarios para adelantar el programa de \u00a0gesti\u00f3n de activos fijos p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con los organismos y entidades estatales del \u00a0orden nacional la adopci\u00f3n del programa de gesti\u00f3n de activos fijos p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Efectuar el seguimiento al programa de gesti\u00f3n de \u00a0activos fijos p\u00fablicos que realicen los organismos y entidades del orden \u00a0nacional y la evaluaci\u00f3n de sus resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Solicitar y evaluar la informaci\u00f3n que estime \u00a0pertinente para el desarrollo de los programas de gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dictar su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Gesti\u00f3n de Activos Fijos P\u00fablicos tendr\u00e1 una Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica para su soporte y apoyo, la cual estar\u00e1 a cargo del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica \u00a0tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar administrativamente la preparaci\u00f3n y elaboraci\u00f3n \u00a0de los estudios y proyectos que determine la Comisi\u00f3n Intersectorial de Gesti\u00f3n \u00a0de Activos Fijos P\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar las actas y hacer seguimiento a las decisiones \u00a0y recomendaciones de la Comisi\u00f3n de Gesti\u00f3n de Activos Fijos P\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Organizar y mantener actualizados los archivos \u00a0requeridos por la Comisi\u00f3n Intersectorial de Gesti\u00f3n de Activos Fijos P\u00fablicos \u00a0y relacionados con los asuntos objeto de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con los organismos y entidades estatales el \u00a0sistema de informaci\u00f3n existente, relacionado con el objetivo para el cual se \u00a0crea la Comisi\u00f3n Intersectorial de Gesti\u00f3n de Activos Fijos P\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Divulgar entre los organismos y entidades estatales del \u00a0orden nacional las orientaciones, pol\u00edticas, directrices y dem\u00e1s pronunciamientos \u00a0de la Comisi\u00f3n Intersectorial en relaci\u00f3n con la gesti\u00f3n de activos fijos \u00a0p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que correspondan a su naturaleza y las que le \u00a0sean asignadas por la Comisi\u00f3n Intersectorial de Gesti\u00f3n de Activos Fijos \u00a0P\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a \u00a0partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 3 de junio de 2004. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto \u00a0Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Agricultura, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carlos \u00a0Gustavo Cano Sanz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo \u00a0Territorial, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sandra Su\u00e1rez P\u00e9rez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Santiago \u00a0Montenegro Trujillo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1830 DE 2004 \u00a0 \u00a0 (junio 3) \u00a0 \u00a0 por el cual se crea la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Gesti\u00f3n de Activos Fijos P\u00fablicos. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el Decreto 3297 de 2009, \u00a0art\u00edculo 13. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Modificado por el Decreto 1578 de 2007. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[52],"tags":[],"class_list":["post-35608","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2004"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35608","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35608"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35608\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35608"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35608"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35608"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}