{"id":35622,"date":"2023-07-26T20:30:31","date_gmt":"2023-07-26T20:30:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-188-de-2004\/"},"modified":"2023-07-26T20:30:31","modified_gmt":"2023-07-26T20:30:31","slug":"decreto-188-de-2004","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-188-de-2004\/","title":{"rendered":"DECRETO 188 DE 2004"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 188 DE 2004 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 26) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica \u00a0la estructura del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y se dictan \u00a0otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a01: Derogado por el Decreto 430 de 2016, \u00a0art\u00edculo 20. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: \u00a0Modificado por el Decreto 3715 de 2010 \u00a0y por el Decreto 264 de 2007. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y \u00a0legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en concordancia con el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objeto, funciones \u00a0generales, direcci\u00f3n e integraci\u00f3n del sector \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. \u00a0Corresponde al Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, formular las \u00a0pol\u00edticas generales de Administraci\u00f3n P\u00fablica, en especial en materias \u00a0relacionadas con Empleo P\u00fablico, Organizaci\u00f3n Administrativa, Control Interno y \u00a0Racionalizaci\u00f3n de Tr\u00e1mites de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Funciones \u00a0generales. El Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica tendr\u00e1, \u00a0adem\u00e1s de las funciones que determina el art\u00edculo 59 de la Ley 489 de 1998 y el \u00a0art\u00edculo 56 de la Ley 443 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular, \u00a0promover y evaluar las pol\u00edticas de empleo p\u00fablico en la Rama Ejecutiva del \u00a0Poder P\u00fablico de los \u00f3rdenes nacional y territorial, dentro del marco de la \u00a0Constituci\u00f3n y la ley, en lo referente a: Planificaci\u00f3n del Empleo, Gesti\u00f3n de \u00a0las Relaciones Humanas y Sociales, Gesti\u00f3n del Desarrollo, Gesti\u00f3n del Empleo, \u00a0Gesti\u00f3n del Desempe\u00f1o, Organizaci\u00f3n del Empleo, Sistemas de Clasificaci\u00f3n y \u00a0Nomenclatura y Administraci\u00f3n de Salarios y Prestaciones Sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar \u00a0t\u00e9cnicamente a las unidades de personal de las diferentes entidades y \u00a0organismos del orden nacional y territorial de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, en el \u00a0cumplimiento de las pol\u00edticas de empleo p\u00fablico adoptadas por el Gobierno \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer y \u00a0promover las pol\u00edticas generales de adiestramiento, formaci\u00f3n y \u00a0perfeccionamiento del recurso humano al servicio del Estado en la Rama \u00a0Ejecutiva del Poder P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar, \u00a0dirigir e implementar el Sistema Unico de Informaci\u00f3n de Personal, SUIP, para \u00a0el seguimiento y an\u00e1lisis de la organizaci\u00f3n administrativa del Estado y de la \u00a0situaci\u00f3n y gesti\u00f3n del recurso humano al servicio de la Administraci\u00f3n \u00a0P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar a la \u00a0Comisi\u00f3n Nacional del Servicio Civil en los t\u00e9rminos en que lo disponga la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con \u00a0la Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica la formulaci\u00f3n y desarrollo del \u00a0Plan Nacional de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n, el Plan Nacional de Formaci\u00f3n de \u00a0Veedores y los contenidos curriculares del Programa Escuela de Alto Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Formular, \u00a0coordinar, promover y evaluar de acuerdo con el Presidente de la Rep\u00fablica, las \u00a0pol\u00edticas de organizaci\u00f3n administrativa, nomenclatura y salarios de las \u00a0entidades de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico del orden nacional y \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir y \u00a0orientar estudios e investigaciones enfocados al fortalecimiento y \u00a0racionalizaci\u00f3n organizacional y de sistemas de nomenclatura y salarios de los \u00a0organismos de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico del orden nacional y \u00a0territorial y velar por la armonizaci\u00f3n de las reformas administrativas a las \u00a0necesidades de la planeaci\u00f3n econ\u00f3mica y social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Propender por \u00a0la funcionalidad y modernizaci\u00f3n de las estructuras administrativas y los \u00a0estatutos org\u00e1nicos de las entidades de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico en \u00a0el Orden Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Prestar la \u00a0asesor\u00eda t\u00e9cnica en las reformas organizacionales y en la adopci\u00f3n del sistema \u00a0de nomenclatura y clasificaci\u00f3n de empleos a los organismos de la Rama \u00a0Ejecutiva del Poder P\u00fablico del orden nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener \u00a0actualizado el Manual de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico y adoptarlo \u00a0oficialmente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Fijar las \u00a0pol\u00edticas generales en materia de Control Interno y recomendarlas al Gobierno \u00a0Nacional para su adopci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Analizar y \u00a0conceptuar sobre la idoneidad de los nombramientos de los jefes de control \u00a0interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar al \u00a0Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno en los temas \u00a0de su competencia y ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar al \u00a0Gobierno Nacional en la coordinaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de programas de selecci\u00f3n \u00a0de personal de la alta gerencia p\u00fablica, para que la vinculaci\u00f3n de dichos \u00a0servidores p\u00fablicos se realice mediante concurso abierto de conformidad con la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Orientar y \u00a0evaluar la pol\u00edtica de racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites adoptada por el Gobierno \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Organizar el \u00a0Banco de Exitos de la Administraci\u00f3n P\u00fablica de conformidad con lo dispuesto en \u00a0la Ley 489 de 1998 y \u00a0recomendar al Gobierno Nacional los criterios para el otorgamiento del Premio \u00a0Nacional de Alta Gerencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Definir \u00a0lineamientos de pol\u00edtica para impulsar en las entidades p\u00fablicas el dise\u00f1o de \u00a0programas de est\u00edmulo e incentivos a los servidores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Asesorar a los \u00a0municipios de menos 100.000 habitantes en la organizaci\u00f3n y gesti\u00f3n en materia \u00a0de empleo p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Orientar, \u00a0coordinar, evaluar y ejercer control administrativo a la gesti\u00f3n de las \u00a0entidades que conforman el Sector Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Suministrar \u00a0informaci\u00f3n estad\u00edstica relacionada con el n\u00famero de cargos ocupados por \u00a0mujeres, en cumplimiento de lo establecido por la Ley 581 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s \u00a0funciones asignadas por la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Direcci\u00f3n. \u00a0La Direcci\u00f3n del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, estar\u00e1 a \u00a0cargo del Director, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata colaboraci\u00f3n del \u00a0Subdirector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Integraci\u00f3n \u00a0del Sector Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. El Sector Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, estar\u00e1 integrado por el Departamento Administrativo de \u00a0la Funci\u00f3n P\u00fablica y la Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica, ESAP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Escuela \u00a0Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica, como establecimiento p\u00fablico de car\u00e1cter \u00a0universitario, estar\u00e1 adscrita al Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura y \u00a0funciones de sus dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modificado por el Decreto 3715 de 2010, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Estructura. La estructura del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Director \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Subdirector \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Empleo P\u00fablico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Desarrollo Organizacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Control Interno y Racionalizaci\u00f3n de Tr\u00e1mites \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior: Modificado por el Decreto 264 de 2007, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u201cEstructura. La estructura del \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Director \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Subdirector \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n de Empleo P\u00fablico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Direcci\u00f3n de Desarrollo Organizacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Direcci\u00f3n de Control Interno y \u00a0Racionalizaci\u00f3n de Tr\u00e1mites \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Direcci\u00f3n Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2. Comisi\u00f3n de Personal.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 5\u00ba.: \u201cEstructura. La estructura del Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Director \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina de Sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Subdirector \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n de Empleo P\u00fablico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Direcci\u00f3n de Desarrollo Organizacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Direcci\u00f3n de Control Interno y \u00a0Racionalizaci\u00f3n de Tr\u00e1mites \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2 Comisi\u00f3n de Personal.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Despacho \u00a0del Director. Son funciones del Despacho del Director, adem\u00e1s de las que le \u00a0se\u00f1alan la Constituci\u00f3n y las leyes, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica en la adopci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas que garanticen \u00a0el cumplimiento de las funciones y la prestaci\u00f3n de los servicios a cargo del \u00a0Gobierno Nacional, en los asuntos que este le solicite y coordinar las labores \u00a0que le encomienden. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y \u00a0orientar la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el \u00a0cumplimiento de los objetivos y funciones de la entidad y coordinar las \u00a0actividades de sus dependencias y la gesti\u00f3n de sus organismos adscritos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Fijar los \u00a0lineamientos generales para la realizaci\u00f3n de estudios jur\u00eddicos y emisi\u00f3n de \u00a0conceptos en materia de empleo p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir el \u00a0dise\u00f1o e implementaci\u00f3n del Sistema Unico de Informaci\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presidir el \u00a0Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Orientar la \u00a0gesti\u00f3n de recursos de asistencia t\u00e9cnica y cooperaci\u00f3n internacional en \u00a0materia de Funci\u00f3n P\u00fablica, Servicio Civil y Control Interno y representar al \u00a0pa\u00eds en los foros y ante organismos internacionales en dichas materias en \u00a0cumplimiento de su objeto social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar e \u00a0implementar los programas adelantados por el Gobierno Nacional orientados hacia \u00a0la selecci\u00f3n de personal para que la vinculaci\u00f3n de los altos funcionarios p\u00fablicos \u00a0se realice mediante concursos abiertos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir y \u00a0orientar la Pol\u00edtica de Incentivos a la Gesti\u00f3n P\u00fablica materializada a trav\u00e9s \u00a0del Banco de \u00c9xitos y del Premio Nacional de Alta Gerencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Representar, en \u00a0los asuntos de su competencia, al Gobierno Nacional en la ejecuci\u00f3n de Tratados \u00a0y Convenios Internacionales, as\u00ed como en Foros Internacionales relacionados con \u00a0los asuntos de inter\u00e9s del Departamento, de acuerdo con las normas legales \u00a0sobre la materia y en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Preparar e \u00a0impulsar proyectos de ley y actos legislativos en las materias relacionadas con \u00a0los objetivos, misi\u00f3n y funciones del Departamento, para ser presentados por el \u00a0Gobierno Nacional ante el Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar \u00a0gestiones de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica nacional e internacional que requiera el \u00a0Departamento para el desarrollo de sus objetivos institucionales; proponer su \u00a0aprobaci\u00f3n ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, y llevar a cabo la \u00a0coordinaci\u00f3n y tr\u00e1mites de los mismos ante la Agencia Colombia de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional, ACCI, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir y \u00a0coordinar las funciones de administraci\u00f3n del personal del Departamento, acorde \u00a0con las normas sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Aprobar los \u00a0anteproyectos de presupuesto de inversi\u00f3n y de funcionamiento y el proyecto del \u00a0programa anual mensualizado de caja, PAC, de ingresos, gastos, reservas \u00a0presupuestales y cuentas por pagar del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir la \u00a0presentaci\u00f3n de informes de gesti\u00f3n del Departamento al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, al Congreso de la Rep\u00fablica y a las dem\u00e1s instituciones, de \u00a0conformidad con lo dispuesto en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Expedir los \u00a0actos administrativos que le correspondan de acuerdo con la ley y decidir sobre \u00a0los recursos legales que se interpongan contra los mismos; refrendar con su \u00a0firma los actos del Presidente de la Rep\u00fablica que por disposiciones \u00a0constitucionales o legales sean de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Propender por \u00a0el adecuado ejercicio del Control Interno y supervisar su efectividad y la \u00a0observancia de sus recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Ejercer la \u00a0competencia relacionada con el control disciplinario interno, de acuerdo con la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Crear y \u00a0organizar, mediante acto administrativo, comit\u00e9s y grupos internos de trabajo \u00a0para atender el cumplimiento de las funciones del Departamento de acuerdo con \u00a0las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos aprobados por \u00a0la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Asignar y \u00a0distribuir competencias entre las distintas dependencias cuando fuere \u00a0necesario, para la mejor prestaci\u00f3n del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que \u00a0le sean asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica o le atribuya la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a l \u00a0Director General y a las dependencias de la entidad en la interpretaci\u00f3n de las \u00a0normas constitucionales y legales, para garantizar una adecuada toma de \u00a0decisiones, y mantener la unidad de criterio en la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n \u00a0de las disposiciones en el campo de acci\u00f3n del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar el \u00a0desarrollo de instrumentos y programas orientados a fortalecer a las entidades \u00a0y organismos de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico del orden nacional y \u00a0territorial en la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las normas sobre empleo \u00a0p\u00fablico y organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar los \u00a0estudios e investigaciones jur\u00eddicas en materia de empleo p\u00fablico, con el fin \u00a0de servir de fuente doctrinaria para las entidades y organismos de la Rama \u00a0Ejecutiva del Poder P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Orientar la \u00a0absoluci\u00f3n de las consultas jur\u00eddicas relativas a los objetivos y funciones de \u00a0la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir la \u00a0compilaci\u00f3n de normas jur\u00eddicas, jurisprudencia, doctrina, procedimientos y \u00a0dem\u00e1s informaci\u00f3n relacionada con la legislaci\u00f3n que enmarca la entidad y velar \u00a0por su actualizaci\u00f3n y difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Expedir las \u00a0certificaciones del Registro P\u00fablico de Carrera Administrativa, hasta tanto \u00a0dicha funci\u00f3n sea asumida por la Comisi\u00f3n Nacional del Servicio Civil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Representar \u00a0judicial y extrajudicialmente a la Entidad en los procesos y actuaciones que se \u00a0instauren en su contra o que esta deba promover, mediante poder o delegaci\u00f3n \u00a0recibidos del Director del Departamento y supervisar el tr\u00e1mite de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir y \u00a0coordinar las actividades relacionadas con el proceso de jurisdicci\u00f3n coactiva \u00a0y velar por que este se desarrolle de acuerdo con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar, \u00a0revisar y aprobar los proyectos de ley, decretos y dem\u00e1s actos administrativos \u00a0propios del Departamento, y sobre los que sean sometidos a su consideraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar, \u00a0cuando sea del caso, los actos administrativos que se deriven de la \u00a0contrataci\u00f3n y revisar los pliegos de condiciones, t\u00e9rminos de referencia y las \u00a0p\u00f3lizas de garant\u00eda impartiendo la aprobaci\u00f3n de estas \u00faltimas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Suministrar a \u00a0las entidades que por mandato legal se disponga, la informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n \u00a0necesarias para los intereses del Estado y de los actos del Gobierno, en los \u00a0juicios y actuaciones en que sea parte la Naci\u00f3n, en asuntos de competencia del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8. Oficina \u00a0Asesora de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al \u00a0Director del Departamento y dem\u00e1s dependencias en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y \u00a0estrategias encaminadas a lograr los objetivos institucionales en consonancia \u00a0con el Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Definir los \u00a0lineamientos y criterios para la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los \u00a0planes, programas y proyectos del sector Funci\u00f3n P\u00fablica; asesorar a las \u00a0dependencias del Departamento en lo pertinente y proponer las modificaciones \u00a0para su efectiva implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias, el Plan de Desarrollo Institucional, \u00a0la programaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n del Plan de Inversiones y realizar su evaluaci\u00f3n \u00a0y seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con \u00a0los organismos nacionales e internacionales y entidades competentes la \u00a0formulaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos del \u00a0Departamento y del sector Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la \u00a0formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de proyectos financiados con recursos de cooperaci\u00f3n \u00a0internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir, \u00a0controlar y evaluar la organizaci\u00f3n y operaci\u00f3n del Banco de Proyectos del \u00a0Departamento, y la promoci\u00f3n e inscripci\u00f3n de los proyectos del Sector Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica en el Banco de Programas y Proyectos de Inversi\u00f3n Nacional, BPIN. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar a las \u00a0dependencias del Departamento en la identificaci\u00f3n, formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de \u00a0proyectos, as\u00ed como en la elaboraci\u00f3n de sus planes de acci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar un \u00a0Sistema de Indicadores que permita evaluar la gesti\u00f3n del Departamento y \u00a0asistir a las dependencias en su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dependencias competentes, el anteproyecto de presupuesto \u00a0de inversi\u00f3n y adelantar las acciones requeridas para su incorporaci\u00f3n en el \u00a0Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Numeral modificado por el Decreto 3715 de 2010, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Participar, en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda General, en \u00a0la elaboraci\u00f3n del anteproyecto de presupuesto de funcionamiento, del programa \u00a0anual de compras, del programa anual de caja y de las solicitudes de adiciones \u00a0y traslados presupuestales que la entidad requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 10.: \u00a0\u201cParticipar, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Subdirecci\u00f3n del Departamento, en la elaboraci\u00f3n del anteproyecto de \u00a0presupuesto de funcionamiento, del programa anual de compras, del programa \u00a0anual de caja y de las solicitudes de adiciones y traslados presupuestales que \u00a0la entidad requiera.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Analizar la \u00a0viabilidad y emitir concepto t\u00e9cnico sobre los proyectos de inversi\u00f3n de las \u00a0entidades adscritas al Sector Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Consolidar y \u00a0presentar a la Direcci\u00f3n del Departamento la informaci\u00f3n sobre resultados de la \u00a0gesti\u00f3n interna para la toma de decisiones y la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas y estrategias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir, \u00a0asesorar y coordinar con las dem\u00e1s dependencias la elaboraci\u00f3n de los manuales \u00a0de procesos y procedimientos, con el fin de racionalizar la gesti\u00f3n y los \u00a0recursos de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Consolidar y \u00a0preparar los informes que deban presentarse en forma peri\u00f3dica a otras \u00a0entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Oficina \u00a0de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y \u00a0apoyar al Director del Departamento en el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n \u00a0del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Planear, \u00a0dirigir y organizar el Sistema de Control Interno del Departamento y verificar \u00a0su operatividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Desarrollar \u00a0instrumentos y adelantar estrategias orientadas a fomentar una cultura de \u00a0autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en la prestaci\u00f3n de los \u00a0servicios a cargo del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aplicar el \u00a0control de gesti\u00f3n e interpretar sus resultados con el objetivo de presentar \u00a0recomendaciones a la Direcci\u00f3n del Departamento, haciendo \u00e9nfasis en los \u00a0indicadores de gesti\u00f3n dise\u00f1ados y reportados peri\u00f3dicamente por la Oficina \u00a0Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar el \u00a0cumplimiento de las pol\u00edticas, normas, procedimientos, planes, programas, \u00a0proyectos y metas del Departamento, recomendar los ajustes pertinentes y \u00a0efectuar el seguimiento a su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar a las \u00a0dependencias en la i dentificaci\u00f3n y prevenci\u00f3n de los riesgos que puedan \u00a0afectar el logro de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar, \u00a0acompa\u00f1ar y apoyar a los servidores del Departamento en el desarrollo y \u00a0mejoramiento del Sistema de Control Interno y mantener informado al Director \u00a0del Departamento sobre la marcha del Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar \u00a0informes de actividades al Director del Departamento y al Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar y \u00a0consolidar el Informe de Rendici\u00f3n de Cuenta Fiscal que debe presentarse \u00a0anualmente a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica al comienzo de cada \u00a0vigencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y \u00a0consolidar las respuestas a los requerimientos presentados por los organismos \u00a0de control respecto de la gesti\u00f3n del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Oficina \u00a0de Sistemas. Son funciones de la Oficina de Sistemas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar e \u00a0implementar el Sistema Unico de Informaci\u00f3n de Personal y desarrollar los \u00a0instrumentos tecnol\u00f3gicos y normativos requeridos para el funcionamiento, \u00a0evaluaci\u00f3n, mantenimiento y monitoreo del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Establecer mecanismos \u00a0para garantizar la veracidad y oportunidad de la informaci\u00f3n suministrada por \u00a0el Sistema Unico de Informaci\u00f3n de Personal, que faciliten la toma de \u00a0decisiones en materia de empleo p\u00fablico y de organizaci\u00f3n y funcionamiento del \u00a0Sector P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Orientar e \u00a0instruir a las entidades y organismos del Estado de los \u00f3rdenes nacional y \u00a0territorial sobre los procedimientos para la transferencia de informaci\u00f3n que \u00a0requiere el Sistema Unico de Informaci\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Organizar, \u00a0mantener actualizado y publicar el Directorio de Entidades y Organismos de la \u00a0Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico del orden nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Fomentar la \u00a0cultura de la informaci\u00f3n administrativa promoviendo el desarrollo, divulgaci\u00f3n \u00a0y utilizaci\u00f3n de los reportes generados por el Sistema Unico de Informaci\u00f3n de \u00a0Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar y \u00a0administrar el centro de c\u00f3mputo, los equipos perif\u00e9ricos, la red general de \u00a0sistemas, los servicios de internet e intranet del Departamento y realizar los \u00a0procesos de adquisici\u00f3n de equipos de sistemas y accesorios, definiendo sus \u00a0requerimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Responder por \u00a0el adecuado mantenimiento preventivo y correctivo de la plataforma tecnol\u00f3gica \u00a0del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar conceptos, \u00a0estudios y t\u00e9rminos t\u00e9cnicos de referencia sobre recursos inform\u00e1ticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Despacho \u00a0del Subdirector. Son funciones del Despacho del Subdirector las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al \u00a0Director en sus relaciones con el Congreso de la Rep\u00fablica, vigilar el curso de \u00a0los proyectos de ley relacionados con el sector, cumplir las funciones que el \u00a0Director le delegue y representarlo en las actividades oficiales que le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar el \u00a0seguimiento de la gesti\u00f3n de las \u00e1reas misionales del Departamento, para \u00a0garantizar el logro de los objetivos organizacionales y el adecuado \u00a0cumplimiento de los planes, programas y proyectos trazados por el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, \u00a0coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de los programas y actividades relacionadas \u00a0con los asuntos de car\u00e1cter administrativo, presupuestal, financiero y \u00a0contable, de conformidad con las disposiciones vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y \u00a0controlar los procesos de licitaci\u00f3n, contrataci\u00f3n y adquisici\u00f3n de bienes y \u00a0servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Implementar \u00a0pol\u00edticas y estrategias para la gesti\u00f3n y desarrollo del talento humano al \u00a0servicio del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y \u00a0coordinar los estudios t\u00e9cnicos requeridos para modificar la estructura interna \u00a0y la planta de personal, y velar por la actualizaci\u00f3n del Manual Espec\u00edfico de \u00a0Funciones y Requisitos del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fijar los \u00a0procedimientos para garantizar la atenci\u00f3n de quejas y reclamos, y para la \u00a0atenci\u00f3n al usuario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar las \u00a0investigaciones de car\u00e1cter disciplinario que se adelanten contra funcionarios \u00a0del Departamento y resolverlos en primera instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir las \u00a0acciones de divulgaci\u00f3n y promoci\u00f3n de las actividades del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar las \u00a0actividades referentes a la generaci\u00f3n de publicaciones producidas por el \u00a0Departamento con destino a las entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir y \u00a0supervisar la administraci\u00f3n y la prestaci\u00f3n de los servicios de los Centros \u00a0Vacacionales del Departamento y la ejecuci\u00f3n de los presupuestos asignados para \u00a0su mantenimiento, garantizando la promoci\u00f3n de los servicios ofrecidos a trav\u00e9s \u00a0de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar las \u00a0relaciones con las entidades adscritas al Departamento para la adecuada \u00a0ejecuci\u00f3n de los planes y programas sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar el \u00a0suministro de los bienes y servicios necesarios para el normal funcionamiento \u00a0del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir la \u00a0elaboraci\u00f3n del Plan Anual Mensualizado de Caja, PAC, y del plan de necesidades \u00a0del Departamento, velando por su aplicaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Notificar los \u00a0actos administrativos que sean expedidos por el Departamento, cuando as\u00ed se \u00a0requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir los \u00a0servicios de registro, clasificaci\u00f3n, archivo y tramitaci\u00f3n de correspondencia \u00a0del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir la \u00a0elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del Plan de Compras del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dirigir el \u00a0Centro de Documentaci\u00f3n del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Direcci\u00f3n \u00a0de Empleo P\u00fablico. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Empleo P\u00fablico, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular, \u00a0promover y evaluar las pol\u00edticas de Empleo P\u00fablico, en lo referente a: \u00a0Planificaci\u00f3n del Empleo, Gesti\u00f3n de las Relaciones Humanas y Sociales; Gesti\u00f3n \u00a0del Desarrollo; Gesti\u00f3n del Empleo y Gesti\u00f3n del Desempe\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a los \u00a0organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico en el orden \u00a0nacional y territorial sobre criterios y procedimientos establecidos por la \u00a0Comisi\u00f3n Nacional del Servicio Civil respecto del ingreso, permanencia y retiro \u00a0de los empleados p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar \u00a0estudios orientados a dise\u00f1ar un sistema de empleo p\u00fablico dirigido al manejo \u00a0flexible y efectivo del talento humano al servicio del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar los \u00a0instrumentos t\u00e9cnicos y normativos requeridos para la implementaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas de Empleo P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Enviar a las \u00a0instituciones de educaci\u00f3n superior informaci\u00f3n sobre los cargos a proveer en \u00a0la Administraci\u00f3n y los requisitos exigidos para desempe\u00f1arlos, en los t\u00e9rminos \u00a0establecidos en la Ley 581 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar a los \u00a0organismos de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico en el orden nacional y \u00a0territorial en materia de Planificaci\u00f3n del Empleo, Gesti\u00f3n de las Relaciones \u00a0Humanas y Sociales; Gesti\u00f3n del Desarrollo; Gesti\u00f3n del Empleo y Gesti\u00f3n del \u00a0Desempe\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir \u00a0lineamientos de pol\u00edtica para impulsar en las entidades p\u00fablicas el dise\u00f1o de \u00a0programas de est\u00edmulo e incentivos a los servidores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con \u00a0la Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica los criterios y estrategias para \u00a0asistir a las entidades del orden territorial en materia de empleo p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Actualizar, \u00a0conjuntamente con la Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica, el Plan \u00a0Nacional de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n y concertar los mecanismos y estrategias \u00a0para su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Establecer los \u00a0contenidos curriculares y las actividades del Programa Escuela de Alto Gobierno \u00a0en coordinaci\u00f3n con la Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dise\u00f1ar los \u00a0instrumentos y mecanismos para la capacitaci\u00f3n, adiestramiento y evaluaci\u00f3n de \u00a0la gesti\u00f3n de los gerentes p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dise\u00f1ar y \u00a0promover, en coordinaci\u00f3n con la Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica, el \u00a0Plan Nacional de Formaci\u00f3n de Veedores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Suministrar, \u00a0en los temas de su competencia, los lineamientos conceptuales y procedimentales \u00a0y la informaci\u00f3n necesaria para el mantenimiento, actualizaci\u00f3n y reportes del \u00a0Sistema \u00fanico de Informaci\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Suministrar \u00a0informaci\u00f3n estad\u00edstica sobre el n\u00famero de cargos ocupados por mujeres, de \u00a0conformidad con lo establecido en la Ley 581 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Direcci\u00f3n \u00a0de Desarrollo Organizacional. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Desarrollo \u00a0Organizacional las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular, \u00a0promover y evaluar las pol\u00edticas de organizaci\u00f3n administrativa de los \u00a0organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico del orden \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular, \u00a0implementar y evaluar las pol\u00edticas de Empleo P\u00fablico, relacionadas con la \u00a0organizaci\u00f3n del empleo, los sistemas de clasificaci\u00f3n y nomenclatura y \u00a0administraci\u00f3n de salarios y prestaciones sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Desarrollar \u00a0instrumentos tecnol\u00f3gicos y normativos para la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0que est\u00e1n bajo el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Orientar e \u00a0instruir a los diferentes organismos de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico del \u00a0orden nacional y territorial sobre las directrices que deben observar en \u00a0materia de organizaci\u00f3n administrativa, nomenclatura, clasificaci\u00f3n y salarios \u00a0y prestaciones, plantas de personal y manuales de funciones y requisitos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar \u00a0estudios sobre los sistemas de nomenclatura, clasificaci\u00f3n y remuneraci\u00f3n de \u00a0empleos y presentar propuestas para su racionalizaci\u00f3n en aras de promover la \u00a0implementaci\u00f3n del sistema de m\u00e9rito y posibilitar la movilidad intra e \u00a0intersectorial de los servidores p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar y \u00a0elaborar el Manual General de Funciones y Requisitos con perspectiva de \u00a0competencias de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico del orden nacional, para su \u00a0aprobaci\u00f3n por parte del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir el \u00a0an\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n del comportamiento anual de las variables pecuniarias y \u00a0no pecuniarias del empleo en el sector p\u00fablico, con el objeto de suministrar \u00a0informaci\u00f3n para la toma de decisiones en materia de pol\u00edtica salarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Emitir concepto \u00a0t\u00e9cnico para modificaci\u00f3n de estructuras, adopci\u00f3n de estatutos internos y \u00a0plantas de personal en las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del \u00a0Poder P\u00fablico del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Prestar \u00a0asesor\u00eda t\u00e9cnica para apoyar las reformas organizacionales y la adopci\u00f3n del \u00a0sistema de nomenclatura y clasificaci\u00f3n de empleos en las entidades \u00a0territoriales, y coordinar con la Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica la \u00a0implementaci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Suministrar, \u00a0en los temas de su competencia, los lineamientos conceptuales y procedimentales \u00a0y la informaci\u00f3n necesaria para el mantenimiento, actualizaci\u00f3n y reportes del \u00a0Sistema Unico de Informaci\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener \u00a0actualizado el Manual de Estructura de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, \u00a0para su adopci\u00f3n por parte de la Direcci\u00f3n del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir y \u00a0coordinar con las \u00e1reas correspondientes, el an\u00e1lisis y seguimiento de las \u00a0implicaciones contenidas en los acuerdos y disposiciones de la Organizaci\u00f3n \u00a0Internacional del Trabajo, OIT, y dem\u00e1s organismos superiores que incidan en \u00a0las disposiciones en materia salarial y prestacional que involucren a empleados \u00a0p\u00fablicos y su adopci\u00f3n dentro de la normatividad nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcci\u00f3n \u00a0de Control Interno y Racionalizaci\u00f3n de Tr\u00e1mites. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Control Interno y Racionalizaci\u00f3n de Tr\u00e1mites, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular, \u00a0promover y evaluar las pol\u00edticas en materia de Control Interno de la Rama \u00a0Ejecutiva del Poder P\u00fablico del Orden Nacional, con \u00e9nfasis en su funci\u00f3n \u00a0preventiva y de apoyo al proceso de toma de decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular y \u00a0orientar la pol\u00edtica de Racionalizaci\u00f3n de Tr\u00e1mites con base en las directrices \u00a0que sobre la materia expida el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejercer la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de \u00a0Control Interno y prestar el apoyo requerido a las actividades del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir los \u00a0estudios sobre t\u00e9cnicas y tendencias modernas que permitan el mejoramiento \u00a0permanente del Sistema de Control Interno y la racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites en \u00a0las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir el \u00a0dise\u00f1o y proponer metodolog\u00edas e instrumentos que fortalezcan y faciliten el \u00a0desarrollo y evaluaci\u00f3n de los sistemas de control interno de los organismos y \u00a0entidades p\u00fablicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir el \u00a0desarrollo de instrumentos tecnol\u00f3gicos y normativos para la implementaci\u00f3n de \u00a0las pol\u00edticas de racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Brindar \u00a0asesor\u00eda y capacitaci\u00f3n puntual a las entidades p\u00fablicas del orden nacional en \u00a0el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de los sistemas de control interno institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar a los \u00a0organismos y entidades en la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica de racionalizaci\u00f3n \u00a0de tr\u00e1mites con el fin de facilitarles la simplificaci\u00f3n , reforma o supresi\u00f3n \u00a0de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Orientar el \u00a0establecimiento de m\u00e9todos y medios de divulgaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n en materia de \u00a0control interno, en coordinaci\u00f3n con las entidades y organismos competentes en \u00a0la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir el \u00a0an\u00e1lisis y emisi\u00f3n de conceptos sobre la idoneidad y conveniencia t\u00e9cnica de \u00a0los nombramientos de los Jefes de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Orientar las \u00a0actividades que el Departamento debe realizar para prestar el apoyo en el \u00a0desarrollo y certificaci\u00f3n del sistema de gesti\u00f3n de calidad, en los t\u00e9rminos \u00a0establecidos en la Ley 872 de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar el \u00a0seguimiento de los avances en el proceso de racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites \u00a0desarrollado en cada uno de los sectores de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, con \u00a0miras a mantener actualizado al Gobierno Nacional en la implementaci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica antitr\u00e1mites. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar y \u00a0apoyar el desarrollo de las actividades del Comit\u00e9 Interinstitucional de \u00a0Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Formular, \u00a0promover y evaluar la pol\u00edtica en materia de Administraci\u00f3n del Riesgo mediante \u00a0el an\u00e1lisis comparado de los mapas de riesgo y planes de mitigaci\u00f3n de la \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar la \u00a0elaboraci\u00f3n del informe anual de ejecuci\u00f3n de resultados de las pol\u00edticas de \u00a0desarrollo administrativo en materias relacionadas con empleo p\u00fablico, organizaci\u00f3n \u00a0administrativa, control interno y racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dem\u00e1s dependencias del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Organos \u00a0de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. La Comisi\u00f3n de Personal, el Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno y dem\u00e1s \u00f3rganos de asesor\u00eda y \u00a0coordinaci\u00f3n, que se organicen e integren cumplir\u00e1n sus funciones de \u00a0conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones \u00a0varias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Adopci\u00f3n \u00a0de la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0De conformidad con la estructura prevista en el presente decreto, el Gobierno \u00a0Nacional proceder\u00e1 a adoptar la planta de personal del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Atribuciones \u00a0de los funcionarios p\u00fablicos de la planta actual. Los funcionarios p\u00fablicos \u00a0de la Planta de Personal actual del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, continuar\u00e1n ejerciendo las atribuciones a ellos asignadas, hasta tanto \u00a0sea adoptada la nueva planta de personal del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Vigencia. \u00a0El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga las \u00a0disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 1677 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. \u00a0C., a 26 de enero de 2004. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto \u00a0Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo \u00a0Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 188 DE 2004 \u00a0 \u00a0 (enero 26) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica \u00a0la estructura del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y se dictan \u00a0otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota \u00a01: Derogado por el Decreto 430 de 2016, \u00a0art\u00edculo 20. \u00a0 \u00a0 Nota 2: \u00a0Modificado por el Decreto 3715 de 2010 \u00a0y por [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[52],"tags":[],"class_list":["post-35622","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2004"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35622","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35622"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35622\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35622"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35622"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35622"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}