{"id":35674,"date":"2023-07-26T20:30:35","date_gmt":"2023-07-26T20:30:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-211-de-2004\/"},"modified":"2023-07-26T20:30:35","modified_gmt":"2023-07-26T20:30:35","slug":"decreto-211-de-2004","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-211-de-2004\/","title":{"rendered":"DECRETO 211 DE 2004"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 211 DE 2004 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 27) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la estructura del \u00a0Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, se fijan las funciones de las dependencias que lo \u00a0integran y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el Decreto 2078 de 2012, \u00a0art\u00edculo 33. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Adicionado por el Decreto 4662 de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el \u00a0numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n del d\u00eda 3 del mes de diciembre de 2003 tal \u00a0como consta en acta No. 06 de 2003, el Consejo Directivo del Instituto Nacional \u00a0de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-Invima-, \u00a0decidi\u00f3 someter a la aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional la modificaci\u00f3n de la \u00a0estructura del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-Invima. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura y funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0.Estructura. El Instituto Nacional de \u00a0Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-Invima-tendr\u00e1 \u00a0la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Consejo Directivo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Direcci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, Inform\u00e1tica y \u00a0Estad\u00edstica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Secretaria General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Subdirecci\u00f3n de Registros Sanitarios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Subdirecci\u00f3n de Medicamentos y Productos Biol\u00f3gicos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Subdirecci\u00f3n de Alimentos y Bebidas Alcoh\u00f3licas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Subdirecci\u00f3n de Insumos parala \u00a0salud y productos varios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Organos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1. Comisi\u00f3n Revisora \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.3. Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Adicionado por el Decreto 4662 de 2006, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Organizaci\u00f3n Regional. El Director General, previa \u00a0autorizaci\u00f3n del Consejo Directivo del Invima, podr\u00e1 \u00a0crear y conformar Grupos de Trabajo en el territorio nacional determinando su \u00a0sede y jurisdicci\u00f3n, para el desarrollo de los planes programas y proyectos \u00a0institucionales, atendiendo la racionalizaci\u00f3n de los recursos y de acuerdo con \u00a0las necesidades del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0.Direcci\u00f3n y Administraci\u00f3n. La direcci\u00f3n y \u00a0administraci\u00f3n del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y \u00a0Alimentos, Invima, estar\u00e1 a cargo del Consejo \u00a0Directivo y del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0.Funciones del Consejo Directivo y del Director \u00a0General. Corresponde al Consejo Directivo y al Director General, ejercer las \u00a0funciones se\u00f1aladas en los art\u00edculos 7\u00b0 y 8\u00b0 del Decreto ley 1290 \u00a0de 1994, 76 y 78 de la Ley 489 de 1998 y dem\u00e1s \u00a0disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0.Oficina de Control Interno. Son funciones de \u00a0la Oficina de Control Interno, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en la Ley 87 de 1993 y dem\u00e1s \u00a0normas que la modifiquen y adicionen, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y organizarla verificaci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar que el Sistema de Control Interno est\u00e9 \u00a0formalmente establecido dentro del Instituto y que su ejercicio sea intr\u00ednseco \u00a0al desarrollo de las funciones de los cargos que tienen competencia en la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar, acompa\u00f1ar y apoyara los directivos en el \u00a0desarrollo y mejoramiento del Sistema del Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar el cumplimiento de los planes, proyectos, \u00a0programas e indicadores de gesti\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar que los controles definidos para los procesos \u00a0y actividades de la organizaci\u00f3n, se cumplan por los responsables de su \u00a0ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Verificar que los controles asociados con todas y cada \u00a0una de las actividades de la organizaci\u00f3n est\u00e9n adecuadamente definidos; sean \u00a0apropiados y se mejoren permanentemente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar los procesos relacionados con el manejo de \u00a0los recursos, de los bienes y los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad y \u00a0recomendar los correctivos que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer recomendaciones y mejoras de la gesti\u00f3n \u00a0institucional a las dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Fomentar en toda la organizaci\u00f3n la formaci\u00f3n de una \u00a0cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo de la entidad, \u00a0en el cumplimiento de la misi\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos de \u00a0participaci\u00f3n ciudadana, que en desarrollo del mandato Constitucional y legal, \u00a0dise\u00f1e la Administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener permanentemente informados a los directivos \u00a0acerca del estado del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las \u00a0debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Verificar el cumplimiento de las acciones de \u00a0mejoramiento que las dependencias acuerden a trav\u00e9s del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n \u00a0del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Vigilar que la atenci\u00f3n de quejas y reclamos se preste \u00a0de acuerdo con las normas legales vigentes y rendir informes al Director \u00a0General sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0.Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, Inform\u00e1tica y \u00a0Estad\u00edstica. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, Inform\u00e1tica y \u00a0Estad\u00edstica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General y a las dem\u00e1s dependencias \u00a0del Instituto en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas de planeaci\u00f3n, planes, programas y \u00a0proyectos de inversi\u00f3n y de sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda General el \u00a0anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e inversi\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir los lineamientos y criterios b\u00e1sicos para la \u00a0formulaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n, control y ejercicio de los planes, programas y \u00a0proyectos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Presentar proyectos tendientes a mejorar la calidad de \u00a0los servicios y el cumplimiento de las funciones optimizando el uso de los \u00a0recursos disponibles para modernizar y tecnificar la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la elaboraci\u00f3n del Plan de Desarrollo \u00a0Institucional, de acuerdo con los lineamientos emanados por el organismo \u00a0rector, el Consejo Directivo y el Director General, con la participaci\u00f3n de las \u00a0dem\u00e1s dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Consolidar la informaci\u00f3n estad\u00edstica y efectuar su \u00a0an\u00e1lisis respecto de los asuntos a cargo del Instituto, para la presentaci\u00f3n de \u00a0informes de gesti\u00f3n ante las autoridades e instancias pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar y promover en las diferentes dependencias del \u00a0Instituto, la elaboraci\u00f3n y adecuaci\u00f3n de planes y proyectos de su competencia, \u00a0para que se integren adecuadamente al Plan de Desarrollo Institucional y \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar indicadores de gesti\u00f3n de programas y \u00a0proyectos, de acuerdo con los lineamientos trazados a trav\u00e9s del Sistema \u00a0Nacional de Evaluaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de Resultados, SINERGIA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con las dem\u00e1s dependencias la elaboraci\u00f3n del \u00a0plan de inversiones y someterlo oportunamente a la aprobaci\u00f3n de las \u00a0autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar y coordinar con las diferentes \u00a0Subdirecciones la realizaci\u00f3n de los estudios econ\u00f3micos, financieros y estad\u00edsticos \u00a0que requiera el Instituto para el desarrollo de sus funciones y la fijaci\u00f3n de \u00a0tarifas por servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar la formulaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los proyectos \u00a0de inversi\u00f3n en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias y tramitar su inclusi\u00f3n \u00a0en los bancos de proyectos de las entidades pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar con las dem\u00e1s dependencias la realizaci\u00f3n de \u00a0los estudios encaminados a actualizar o adecuar la organizaci\u00f3n administrativa \u00a0del Instituto de acuerdo con su desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar con el Director General, las dem\u00e1s \u00a0dependencias y los organismos competentes, la formulaci\u00f3n y promoci\u00f3n de la \u00a0cooperaci\u00f3n nacional e internacional que requiera el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Actualizar y documentar los manuales de procesos y \u00a0procedimientos para someterlos a consideraci\u00f3n del Director General para su \u00a0adopci\u00f3n e implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar con las dem\u00e1s dependencias del Instituto el \u00a0dise\u00f1o, redise\u00f1o, racionalizaci\u00f3n y mejoramiento continuo de procesos, \u00a0procedimientos y m\u00e9todos internos de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Programar, en coordinaci\u00f3n con las distintas \u00a0dependencias, todas las actividades relacionadas con la sistematizaci\u00f3n del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar los proyectos tecnol\u00f3gicos del Instituto, de \u00a0conformidad con la pol\u00edtica y plataforma tecnol\u00f3gica definida que soporte el sistema \u00a0de informaci\u00f3n de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dise\u00f1ar y mantener actualizado el Plan Estrat\u00e9gico de \u00a0Sistemas dirigiendo los estudios que para ello y para su implantaci\u00f3n sean \u00a0necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Atender las pol\u00edticas y acciones relativas a la \u00a0seguridad de la informaci\u00f3n y de la plataforma tecnol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Administrar las herramientas de seguridad, encriptores y el manejo de usuarios a nivel del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Establecer los planes y los sistemas alternos y de \u00a0contingencia para garantizar la superaci\u00f3n de cualquier evento que genere \u00a0fallasen los sistemas inform\u00e1ticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Presentar y sustentar propuestas para la adopci\u00f3n de \u00a0sistemas de redes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Administrar la p\u00e1gina virtual del Instituto y velar \u00a0por su adecuado funcionamiento, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0.Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de la \u00a0Oficina Asesora Jur\u00eddica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General, a la Secretar\u00eda General \u00a0ya las dem\u00e1s dependencias de la entidad en los asuntos de orden jur\u00eddico y en \u00a0la interpretaci\u00f3n de las normas constitucionales y legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Representar al Instituto judicial y extrajudicialmente, \u00a0de acuerdo con las normas vigentes y los mandatos otorgados por el Director. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Estudiar y conceptuar sobre proyectos de ley, decretos, \u00a0acuerdos y resoluciones, contratos y convenios que debe expedir o proponer la \u00a0entidad y sobre los dem\u00e1s asuntos que el Director le asigne, en relaci\u00f3n con la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar a las \u00e1reas competentes para dar respuesta a los \u00a0recursos que deban resolverse en contra de los actos administrativos proferidos \u00a0por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Atender consultas y peticiones elevadas por los ciudadanos, \u00a0en relaci\u00f3n con las materias jur\u00eddicas de competencia del Instituto, que no \u00a0correspondan a otras dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar informes en materia jur\u00eddica a las \u00a0autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar por la recopilaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n \u00a0de la normatividad relacionada con el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar, estudiar y tramitar las sanciones que se \u00a0deriven de las diferentes actividades de vigilancia y control, ejercidas por el \u00a0Instituto, en coordinaci\u00f3n con las diferentes dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Llevar a cabo las actuaciones encaminadas a lograr el \u00a0cobro efectivo de las sumas que le adeuden al Instituto por todo concepto, \u00a0desarrollando las labores de cobro persuasivo, y adelantando los procesos \u00a0ejecutivos por jurisdicci\u00f3n coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0.Secretar\u00eda General. Son funciones de la \u00a0Secretar\u00eda General las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Director General en la determinaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administraci\u00f3n del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las relaciones del Instituto con las dem\u00e1s \u00a0entidades p\u00fablicas, para la adecuada ejecuci\u00f3n de sus planes y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir la preparaci\u00f3n de informes relativos al \u00a0desarrollo de las pol\u00edticas, los planes y programas que deba presentar el \u00a0Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar, de conformidad con las pol\u00edticas que fije el \u00a0Director General la labor de las distintas dependencias del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Conocer y fallar en primera instancia los procesos \u00a0disciplinarios que se adelanten contra los funcionarios y ex funcionarios del \u00a0Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-Invima-tendientes al esclarecimiento de las conductas que \u00a0puedan constituir\u00e1n cumplimiento de las normas disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Garantizar la eficiente prestaci\u00f3n de los servicios y \u00a0el normal funcionamiento de los programas y actividades relacionadas con las \u00a0\u00e1reas de talento humano, contrataci\u00f3n, financiera y administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coadyuvar en los procesos de planeaci\u00f3n y direcci\u00f3n de \u00a0la entidad, coordinando la elaboraci\u00f3n del proyecto de presupuesto de \u00a0funcionamiento del Instituto y presentar al Director General para su \u00a0aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar la administraci\u00f3n, seguimiento, evaluaci\u00f3n y \u00a0control de las actividades presupuestales, contables y de tesorer\u00eda, as\u00ed como \u00a0velar por la correcta rendici\u00f3n de informes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Formular la pol\u00edtica, los planes, programas y proyectos \u00a0de \u00edndole administrativa y financiera que demande la buena marcha de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar la administraci\u00f3n y desarrollo de pol\u00edticas, \u00a0planes y programas para la provisi\u00f3n, utilizaci\u00f3n y control adecuado de los \u00a0recursos financieros del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Elaborar el Plan Anual Mensualizado de Caja y el Plan \u00a0de Compras del Instituto y velar por su cumplida aprobaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, Inform\u00e1tica y Estad\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir y responder por el proceso de contrataci\u00f3n del \u00a0Instituto hasta por el monto establecido para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar la ejecuci\u00f3n de los procesos de adquisici\u00f3n, \u00a0almacenamiento, inventario, custodia y suministro de bienes necesarios para el \u00a0normal funcionamiento del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Hacer oportuna entrega de los bienes e insumos \u00a0requeridos por las distintas dependencias del Instituto, y velar por la \u00a0correcta administraci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Manejar el archivo hist\u00f3rico y el archivo central de \u00a0acuerdo con las normas archiv\u00edsticas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Desarrollar los sistemas y procedimientos de recibo, \u00a0clasificaci\u00f3n, env\u00edo, conservaci\u00f3n y archivo de correspondencia interna y \u00a0externa para facilitar la oportunidad y la calidad en dichos procesos de \u00a0acuerdo con las normas legales establecidas para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Formular y velar por la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas y \u00a0programas de administraci\u00f3n de personal y bienestar social y dise\u00f1o de procesos \u00a0de gesti\u00f3n de talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Coordinar y controlar los servicios generales y de \u00a0apoyo que se requieren para el funcionamiento de las dependencias de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Atender la informaci\u00f3n que requieran los ciudadanos y \u00a0que se relacionen con el cumplimiento de la misi\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Recepcionar, analizar y direccionar a la dependencia \u00a0competente las sugerencias, quejas y reclamos presentadas ante el Instituto que \u00a0conduzcan al mejoramiento de las acciones de inspecci\u00f3n, vigilancia y control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Tramitar los proyectos de decretos y resoluciones que \u00a0se relacionen con las funciones del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0.Subdirecci\u00f3n de Registros Sanitarios. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Registros Sanitarios las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la direcci\u00f3n en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0de las pol\u00edticas referidas a la expedici\u00f3n de los registros sanitarios y al \u00a0procesamiento y comunicaci\u00f3n de la informaci\u00f3n que de ellos se derive. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, organizar, operar y controlar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las otras subdirecciones, el dise\u00f1o y operaci\u00f3n del sistema nacional de \u00a0registro de los productos competencia del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Evaluar y tramitar los registros sanitarios y dem\u00e1s \u00a0novedades asociadas con los mismos, referidos a los productos de competencia \u00a0del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar, tramitar y expedirlas certificaciones sobre \u00a0los actos administrativos relacionados con las funciones de la Subdirecci\u00f3n que \u00a0adelante directamente el Instituto, o los entes territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar las propuestas de normas relacionadas con los \u00a0registros sanitarios y sus respectivas novedades yen general con las funciones \u00a0asignadas a esta dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Otorgar el visto bueno sanitario o autorizaci\u00f3n \u00a0sanitaria de los registros de importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n a los productos de \u00a0competencia del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar, organizar, adelantar y controlar las \u00a0actividades relacionadas con la normalizaci\u00f3n, gesti\u00f3n y dem\u00e1s actividades asociadas \u00a0con los registros sanitarios de competencia del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Recibir, clasificar, conservar y archivar los \u00a0documentos relacionados con la expedici\u00f3n de los registros sanitarios y \u00a0mantener actualizados los sistemas de informaci\u00f3n de estos de acuerdo con las \u00a0normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover, disponer y controlar los servicios de \u00a0informaci\u00f3n de los registros sanitarios que esta Subdirecci\u00f3n posea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Notificar los actos administrativos producidos por el \u00a0Instituto, relacionados con los registros sanitarios de los productos \u00a0competencia del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11 . Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0.Subdirecci\u00f3n de Medicamentos y Productos \u00a0Biol\u00f3gicos. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Medicamentos y Productos \u00a0Biol\u00f3gicos las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General en la definici\u00f3n de \u00a0estrategias e instrumentos para la ejecuci\u00f3n adecuada de las pol\u00edticas que en \u00a0materia de vigilancia y control de los productos de su competencia formule el \u00a0Ministerio de la Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Planear, coordinar, desarrollar, ejecutar y controlar \u00a0las actividades referidas a la normalizaci\u00f3n, acreditaci\u00f3n, certificaci\u00f3n, \u00a0delegaci\u00f3n y control de los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer al Director General las normas t\u00e9cnicas \u00a0relacionadas con la selecci\u00f3n de los productos que pueden comercializarse en el \u00a0pa\u00eds, la garant\u00eda de la calidad, las buenas pr\u00e1cticas de manufactura, los \u00a0procedimientos de vigilancia y control sanitario y de la publicidad de los \u00a0productos de su competencia y, una vez aprobadas, cumplirlas y hacerlas \u00a0cumplir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar y proponer al Director General, para su \u00a0aprobaci\u00f3n, las propuestas de normas t\u00e9cnicas y procedimientos para la \u00a0ejecuci\u00f3n de an\u00e1lisis f\u00edsico-qu\u00edmicos, microbiol\u00f3gicos, biol\u00f3gicos y \u00a0farmacol\u00f3gicos de los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar el dise\u00f1o y desarrollo de planes, programas y \u00a0proyectos de vigilancia y control de calidad de los productos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar, conjuntamente con el Ministerio de la \u00a0Protecci\u00f3n Social, en el dise\u00f1o y desarrollo de programas de f\u00e1rmaco \u00a0vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Participar en la ejecuci\u00f3n de estudios de investigaci\u00f3n \u00a0aplicada referidos a los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Programar, adelantar y evaluar el desarrollo de las \u00a0visitas de inspecci\u00f3n, vigilancia y control respecto a los productos y \u00a0establecimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar, capacitar y prestar asistencia t\u00e9cnica y \u00a0cooperaci\u00f3n a las instituciones acreditadas y a los entes territoriales, en la \u00a0materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar, de acuerdo con las normas legales vigentes, \u00a0las distintas actividades requeridas para la acreditaci\u00f3n de instituciones y \u00a0laboratorios en los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dise\u00f1ar los procedimientos referidos a la toma de \u00a0muestras para los an\u00e1lisis de los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Recopilar y recibir la informaci\u00f3n t\u00e9cnica y las \u00a0muestras para an\u00e1lisis de control de calidad de los productos de su \u00a0competencia, clasificarlas, analizarlas, emitir los conceptos t\u00e9cnicos \u00a0respectivos y ejecutar las acciones a que haya lugar, en ejercicio de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Practicar los an\u00e1lisis de mayor complejidad a los \u00a0productos de su competencia, cuando se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ejercer como Laboratorio Central de Referencia en \u00a0todas las actividades que conlleven al pleno funcionamiento de la red nacional \u00a0de laboratorio de control de calidad de los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar a la Comisi\u00f3n Revisora en el desarrollo de las \u00a0actividades que esta adelante, en cuanto a los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Autorizar la publicidad de los productos de su \u00a0competencia y vigilar el cumplimiento de las normas vigentes en esta materia, \u00a0en concordancia con el numeral 19 del art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto 1290 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Absolver consultas y emitir conceptos t\u00e9cnicos \u00a0referidos a los asuntos de su competencia, incluidos aquellos en los que el \u00a0Instituto deba actuar como instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades \u00a0referidas a intercambios de informaci\u00f3n t\u00e9cnica con los productores y \u00a0comercializadores, as\u00ed como educaci\u00f3n sanitaria sobre cuidados en el manejo y \u00a0uso de los productos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Dirigir y coordinar el dise\u00f1o y desarrollo de los \u00a0procedimientos referidos a la toma de muestras paralos \u00a0an\u00e1lisis de los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Mantener constante intercambio de informaci\u00f3n y \u00a0fomentar el apoyo t\u00e9cnico cient\u00edfico con organismos nacionales e \u00a0internacionales, p\u00fablicos o privados dentro de la materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10.Subdirecci\u00f3n de Alimentos y Bebidas \u00a0Alcoh\u00f3licas. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Alimentos y Bebidas Alcoh\u00f3licas \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, coordinar, desarrollar, ejecutar y controlar \u00a0las actividades referidas a la normalizaci\u00f3n, acreditaci\u00f3n, certificaci\u00f3n, \u00a0delegaci\u00f3n y control de los productos, instituciones y laboratorios en la \u00a0materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer al Director General normas t\u00e9cnicas y de \u00a0procedimiento relacionadas con la garant\u00eda de la calidad, las buenas pr\u00e1cticas \u00a0de manufactura, los procedimientos de vigilancia y control sanitario, la \u00a0ejecuci\u00f3n de an\u00e1lisis de laboratorio y de la publicidad de los productos de su \u00a0competencia y una vez aprobadas, cumplirlas y hacerlas cumplir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y dirigir el dise\u00f1o y desarrollo de planes, \u00a0programas y proyectos de vigilancia y control de calidad de los productos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar en la ejecuci\u00f3n de estudios toxicol\u00f3gicos de \u00a0los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar, capacitar y prestar asistencia t\u00e9cnica a las \u00a0instituciones acreditadas y entes territoriales en la materia de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Programar, adelantar y evaluar el desarrollo de las \u00a0visitas de inspecci\u00f3n, vigilancia y control respecto a los productos y \u00a0establecimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Absolver consultas y emitir conceptos t\u00e9cnicos \u00a0referidos a los asuntos de su competencia, incluidos aquellos en los que el \u00a0Instituto deba actuar como instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar a la Comisi\u00f3n Revisora en el desarrollo de las \u00a0actividades que esta adelante, en cuanto a los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades \u00a0referidas a intercambios de informaci\u00f3n t\u00e9cnica con los productores y \u00a0comercializadores y educaci\u00f3n sanitaria sobre el manejo y uso de los productos \u00a0de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir, coordinar y controlar el dise\u00f1o y desarrollo \u00a0de los programas de vigilancia epidemiol\u00f3gica de enfermedades transmitidas por \u00a0alimentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dise\u00f1ar los procedimientos referidos a la toma de \u00a0muestras para los an\u00e1lisis de los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Aplicar las medidas sanitarias de seguridad \u00a0relacionadas con los productos de su competencia sin perjuicio de las que le \u00a0correspondan a las entidades territoriales, de conformidad con las normas \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Verificar y certificar la calidad de los alimentos y \u00a0bebidas alcoh\u00f3licas objeto de exportaci\u00f3n e importaci\u00f3n que no est\u00e9n delegados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Recopilar y recibir la informaci\u00f3n t\u00e9cnica y las \u00a0muestras para an\u00e1lisis de control de calidad de los productos de su \u00a0competencia, clasificarlas, analizarlas, emitir los conceptos t\u00e9cnicos \u00a0respectivos y ejecutarlas acciones a que haya lugar, en ejercicio de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Practicar los an\u00e1lisis de mayor complejidad a los \u00a0productos de su competencia, cuando se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Ejercer como Laboratorio Nacional de Referencia en \u00a0todas las actividades que conlleven al pleno funcionamiento de la red nacional \u00a0de laboratorio de control de calidad de los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Ejercer todas las actividades que conlleven al pleno \u00a0funcionamiento de la red nacional de laboratorios; como laboratorio nacional de \u00a0referencia; en especial las de asesor\u00eda, capacitaci\u00f3n y asistencia t\u00e9cnica, en \u00a0materia de alimentos y bebidas alcoh\u00f3licas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Promover y realizar investigaci\u00f3n aplicada a los temas \u00a0de alimentos y bebidas alcoh\u00f3licas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Mantener constante intercambio de informaci\u00f3n y \u00a0fomentar el apoyo t\u00e9cnico cient\u00edfico con organismos nacionales e \u00a0internacionales, p\u00fablicos o privados dentro de la materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Participar en el plan de desarrollo del Instituto y \u00a0controlar su ejecuci\u00f3n, en cuanto a su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Autorizar la publicidad y vigilar el cumplimiento de \u00a0las normas vigentes en esta materia, en lo que a productos de competencia del \u00a0\u00e1rea se refiere. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11.Subdirecci\u00f3n de Insumos para la Salud y \u00a0Productos Varios. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Insumos para la Salud y \u00a0Productos Varios las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, coordinar, desarrollar, ejecutar y \u00a0controlarlas actividades referidas a la normalizaci\u00f3n, acreditaci\u00f3n, \u00a0certificaci\u00f3n, delegaci\u00f3n y control de los productos, instituciones y \u00a0laboratorios en la materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer al Director General el desarrollo, divulgaci\u00f3n \u00a0y actualizaci\u00f3n de normas y reglamentos t\u00e9cnicos relacionados con los productos \u00a0de su competencia, la garant\u00eda de calidad, buenas pr\u00e1cticas de manufactura, \u00a0procedimientos de vigilancia y control sanitario y de la publicidad y una vez \u00a0aprobados velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar y desarrollar planes, programas y proyectos de \u00a0vigilancia y control de calidad respecto a los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer y desarrollar los estudios necesarios para \u00a0acreditar entidades y laboratorios de control de calidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar en la ejecuci\u00f3n de estudios toxicol\u00f3gicos de \u00a0los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar, capacitar y prestar asistencia t\u00e9cnica y \u00a0cooperaci\u00f3n a las instituciones acreditadas y a los entes territoriales, en la \u00a0materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Programar, adelantar y evaluar el desarrollo de las \u00a0visitas de inspecci\u00f3n, vigilancia y control respecto a los productos y \u00a0establecimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Absolver consultas y emitir conceptos t\u00e9cnicos \u00a0referidos a los asuntos de su competencia, incluidos aquellos en los que el \u00a0Instituto deba actuar como instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar a la Comisi\u00f3n Revisora en el desarrollo de las \u00a0actividades que esta adelante, en cuanto a los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Actuar como laboratorio central de referencia en todas \u00a0las actividades que conlleven al pleno funcionamiento de la red nacional de \u00a0laboratorios en cuanto a los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dise\u00f1ar los procedimientos referidos a la toma de \u00a0muestras para los an\u00e1lisis de los productos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Recopilar y recibir la informaci\u00f3n t\u00e9cnica y las \u00a0muestras para an\u00e1lisis de control de calidad de los productos de su \u00a0competencia, clasificarlas, analizarlas, emitir los conceptos t\u00e9cnicos \u00a0respectivos y ejecutar las acciones a que haya lugar, en ejercicio de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Practicar los an\u00e1lisis de mayor complejidad a los productos \u00a0de su competencia, cuando se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir y adelantar las actividades referidas a \u00a0intercambios de informaci\u00f3n t\u00e9cnica con los organismos nacionales e \u00a0internacionales y con los productores, importadores y comercializadores, dentro \u00a0de la materia de su competencia y educaci\u00f3n sanitaria sobre cuidados en el \u00a0manejo y uso de los productos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Aplicar las medidas sanitarias de seguridad \u00a0relacionadas con los productos de su competencia sin perjuicio de las que se \u00a0deleguen o correspondan a las entidades territoriales, de conformidad con las \u00a0normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Autorizar la publicidad de los productos de su \u00a0competencia y vigilar el cumplimiento de las normas vigentes en esta materia, \u00a0en concordancia con el numeral 19 del art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto 1290 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organos de \u00a0Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12.De los \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n del \u00a0Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-Invima-.La Comisi\u00f3n de Personal, el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n \u00a0del Sistema de Control Interno, la Comisi\u00f3n Revisora y dem\u00e1s \u00f3rganos de \u00a0asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n que se organicen e integren cumplir\u00e1n sus funciones de \u00a0conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones \u00a0varias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13.Grupos de trabajo y Comit\u00e9s internos. El \u00a0Director General del Instituto podr\u00e1 organizar los comit\u00e9s internos y grupos \u00a0internos de trabajo necesarios para el desarrollo de los objetivos, planes y \u00a0programas de la entidad a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14.Adopci\u00f3n de la planta de personal del Instituto \u00a0Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-Invima-.De \u00a0conformidad con la estructura prevista en el presente Decreto, el Gobierno \u00a0Nacional proceder\u00e1 a adoptar la planta de personal del Instituto Nacional de \u00a0Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-Invima-. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15.Atribuciones de los funcionarios p\u00fablicos de \u00a0la planta actual. Los funcionarios p\u00fablicos de la planta de personal actual del \u00a0Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-Invima-continuar\u00e1n ejerciendo las atribuciones a ellos \u00a0asignadas hasta tanto sea adoptada la nueva planta de personal del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16.Vigencia y derogatorias. El presente Decreto \u00a0rige a partir de la fecha de publicaci\u00f3n y deroga las normas que le sean \u00a0contrarias, en especial el Decreto 123 de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 27 de enero de 2004. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquillo Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de la Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego Palacio Betancourt. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Antonio Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 211 DE 2004 \u00a0 \u00a0 (enero 27) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la estructura del \u00a0Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, se fijan las funciones de las dependencias que lo \u00a0integran y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el Decreto 2078 de 2012, \u00a0art\u00edculo 33. 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