{"id":35748,"date":"2023-07-26T20:30:39","date_gmt":"2023-07-26T20:30:39","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-249-de-2004\/"},"modified":"2023-07-26T20:30:39","modified_gmt":"2023-07-26T20:30:39","slug":"decreto-249-de-2004","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-249-de-2004\/","title":{"rendered":"DECRETO 249 DE 2004"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 249 DE 2004 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 28) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de \u00a0Aprendizaje, SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Modificado por el Decreto 2520 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Ver Resoluci\u00f3n 88 de 2018, \u00a0SENA. D.O. 50.493, pag. 75. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Ver Sentencia del Consejo \u00a0de Estado del 18 de junio de 2009. Expediente: 1001-03-25-000-2004-00041-01 \u00a0(0466-04). Actor: Jos\u00e9 Gregorio Hern\u00e1ndez. Ponente: Gerardo Arenas Monsalve. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 4: Ver \u00a0Sentencia del Consejo de Estado del 21 de febrero de 2008. Expediente: 11001-03-25-000-2005-00119-00(5235-05). \u00a0Confirma Providencia del 16 de agosto de 2007. \u00a0Expediente: 0681-2004. Actor: SINTRASENA. Ponente: Gustavo \u00a0Eduardo G\u00f3mez Aranguren. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a05: Ver Auto del Consejo de Estado del 1 de diciembre de 2005. Expediente: 5235-05 \u00a0(2005-00119). Actor: Francisco Javier Andrade D\u00edaz. Ponente: Jaime Moreno \u00a0Garc\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a06: Ver Auto del Consejo de Estado del 8 de mayo de 2004. Actor: SINTRASENA y \u00a0Otros. Ponente: Rafael E. Ostau De Lafont Pianeta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el \u00a0numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0con sujeci\u00f3n a los principios contenidos en el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Consejo Directivo \u00a0Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA, en su sesi\u00f3n del 11 de \u00a0diciembre de 2003, decidi\u00f3 someter a consideraci\u00f3n del Gobierno Nacional la \u00a0propuesta de modificaci\u00f3n de su estructura, de acuerdo con el Acta N\u00b0 1285 de \u00a0la misma fecha. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura del Sena y Funciones de sus Dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Para el \u00a0desarrollo de sus funciones, el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, tendr\u00e1 \u00a0la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Consejo Directivo \u00a0Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Direcci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Oficina de \u00a0Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Oficina de \u00a0Control Interno Disciplinario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Oficina de \u00a0Comunicaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Oficina de \u00a0Sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Secretaria General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Direcci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Direcci\u00f3n de \u00a0Formaci\u00f3n Profesional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Direcci\u00f3n del \u00a0Sistema Nacional de Formaci\u00f3n Para el Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Direcci\u00f3n de \u00a0Promoci\u00f3n y Relaciones Corporativas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Direcci\u00f3n de \u00a0Empleo y Trabajo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.Direcci\u00f3n Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.Organos de \u00a0Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. 1 Comit\u00e9 de \u00a0Direcci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. 2 Comit\u00e9 Nacional \u00a0de Formaci\u00f3n Profesional Integral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. 4 Comisi\u00f3n de \u00a0Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. 5 Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Direcciones \u00a0Regionales y Direcci\u00f3n del Distrito Capital \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.1 Consejo Regional \u00a0o Distrital seg\u00fan el caso \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.2. Direcci\u00f3n \u00a0Regional o Distrital seg\u00fan el caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Centros de \u00a0Formaci\u00f3n Profesional Integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1.Comit\u00e9 T\u00e9cnico \u00a0de Centro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 1\u00ba: Ver Resoluci\u00f3n 1844 de \u00a02017, SENA. D.O. 50.392, pag. 53. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Consejo \u00a0Directivo Nacional. El Consejo Directivo Nacional estar\u00e1 integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de la \u00a0Protecci\u00f3n Social, quien lo presidir\u00e1, o el Viceministro en quien delegue. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de \u00a0Industria, Comercio y Turismo, o el Viceministro de Desarrollo Empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de \u00a0Educaci\u00f3n Nacional, o el Viceministro en quien delegue. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Presidente de \u00a0la Asociaci\u00f3n Nacional de Industriales ANDI, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Presidente de \u00a0la Federaci\u00f3n Nacional de Comerciantes Fenalco, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Presidente de \u00a0la Sociedad de Agricultores de Colombia SAC, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Presidente de \u00a0la Asociaci\u00f3n Colombiana de Medianas y Peque\u00f1as Industrias, Acopi o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Director de \u00a0Colciencias o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Un representante \u00a0de la Conferencia Episcopal, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dos representantes de las Confederaciones de Trabajadores que \u00a0acrediten ante el Ministerio de la Protecci\u00f3n Social, tener el mayor n\u00famero de \u00a0trabajadores afiliados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Un representante de \u00a0las Organizaciones Campesinas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director General \u00a0del SENA asistir\u00e1 a las reuniones del Consejo Directivo Nacional con voz pero \u00a0sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Ninguna \u00a0de las personas naturales que integran el Consejo Directivo Nacional podr\u00e1 \u00a0tener vinculaci\u00f3n laboral o contractual con el SENA. La asistencia a las \u00a0sesiones del Consejo Directivo, en ning\u00fan caso dar\u00e1 lugar al pago de \u00a0honorarios, pero los gastos de desplazamiento, en el evento en que a ello haya \u00a0lugar, podr\u00e1n ser sufragados por el SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La \u00a0inasistencia sin justificaci\u00f3n de los miembros del Consejo Directivo Nacional, \u00a0a m\u00e1s de dos sesiones durante el semestre, dar\u00e1 lugar a solicitar el reemplazo \u00a0del representante o delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. La \u00a0designaci\u00f3n de los miembros que representan a los sectores diferentes al \u00a0Gobierno y a los gremios en el Consejo Directivo Nacional, se har\u00e1 para \u00a0per\u00edodos de dos a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Si al vencimiento del \u00a0per\u00edodo correspondiente los representantes de los sectores diferentes al \u00a0Gobierno y a los gremios a los cuales hace referencia el presente art\u00edculo no \u00a0son reelegidos o reemplazados, continuar\u00e1n los anteriores en interinidad hasta \u00a0cuando se produzca su designaci\u00f3n ante el respectivo Consejo. Una vez producida \u00a0esta en propiedad, ella se entender\u00e1 efectuada para el resto del per\u00edodo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones \u00a0del Consejo Directivo Nacional. Adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en el art\u00edculo 76 \u00a0de la Ley 489 de 1998, son \u00a0funciones del Consejo Directivo Nacional: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Definir y aprobar \u00a0la pol\u00edtica general de la entidad y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Aprobar los planes \u00a0y programas estrat\u00e9gicos y operativos de la entidad, a propuesta \u00a0del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Aprobar las \u00a0pol\u00edticas para la contribuci\u00f3n del SENA al Desarrollo Tecnol\u00f3gico y la \u00a0Competitividad y los criterios generales de utilizaci\u00f3n de los recursos de la Ley 344 de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aprobar las \u00a0pol\u00edticas para el fortalecimiento de la formaci\u00f3n continua y los criterios \u00a0generales para orientar recursos con la cofinanciaci\u00f3n de empresas o grupos de \u00a0empresas, en los t\u00e9rminos establecidos en las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adoptar el \u00a0reglamento de los programas de Formaci\u00f3n Profesional Integral, previa \u00a0recomendaci\u00f3n del Comit\u00e9 Nacional de Formaci\u00f3n Profesional Integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Reglamentar la composici\u00f3n, \u00a0las funciones y el funcionamiento del Comit\u00e9 Nacional de Formaci\u00f3n Profesional \u00a0Integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Seleccionar los \u00a0expertos y asesores que actuar\u00e1n como miembros permanentes del Comit\u00e9 Nacional \u00a0de Formaci\u00f3n Profesional Integral, de ternas presentadas por el Director \u00a0General, previa evaluaci\u00f3n meritocr\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Regular los \u00a0sistemas o normas para la selecci\u00f3n, orientaci\u00f3n, promoci\u00f3n y formaci\u00f3n \u00a0profesional integral de los trabajadores alumnos y expedir el reglamento a que \u00a0deben someterse, el cual comprender\u00e1 sus derechos, deberes, reglas de \u00a0permanencia y el r\u00e9gimen sancionatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover la \u00a0celebraci\u00f3n de convenios y programas de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica nacional e \u00a0internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Se\u00f1alar los \u00a0criterios con arreglo a los cuales, se crear\u00e1n, integrar\u00e1n o suprimir\u00e1n Centros \u00a0o Programas Itinerantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Autorizar el \u00a0anteproyecto de presupuesto anual de la entidad y el programa anual \u00a0mensualizado de caja, presentado previamente por el Director General, para su \u00a0aprobaci\u00f3n de conformidad con la ley org\u00e1nica de presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Conocer de las \u00a0evaluaciones semestrales de ejecuci\u00f3n presentadas por la administraci\u00f3n de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Definir los \u00a0porcentajes que las Direcciones Regionales y la Direcci\u00f3n del Distrito Capital, \u00a0deber\u00e1n transferir a la Direcci\u00f3n General, de conformidad con lo dispuesto en \u00a0el art\u00edculo 33 de la Ley 119 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Aprobar las \u00a0Normas de Competencia Laboral Colombianas y las Titulaciones de Competencia \u00a0Laboral Colombiana, de conformidad con el reglamento que al efecto expida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Proferir la \u00a0normatividad necesaria para la aplicaci\u00f3n del contrato de aprendizaje. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Aprobar la \u00a0relaci\u00f3n de oficios y ocupaciones que ser\u00e1n objeto del contrato de aprendizaje. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Reglamentar el \u00a0reconocimiento de programas de Formaci\u00f3n Profesional integral met\u00f3dica y \u00a0completa a establecimientos especializados e instituciones educativas, as\u00ed como \u00a0la autorizaci\u00f3n de estos programas a las empresas que los impartan \u00a0directamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Reglamentar la \u00a0organizaci\u00f3n y operaci\u00f3n del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n para el Trabajo, as\u00ed \u00a0como los Subsistemas de Acreditaci\u00f3n y Pertinencia, a m\u00e1s tardar dentro de los seis \u00a0meses siguientes a la expedici\u00f3n de este decreto. Durante dicho per\u00edodo el \u00a0Director General del SENA podr\u00e1 efectuar la suscripci\u00f3n de los convenios de que \u00a0trata el numeral 24 del art\u00edculo 4 del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Reglamentar la \u00a0conformaci\u00f3n, el proceso de selecci\u00f3n y el funcionamiento de las mesas \u00a0sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Reglamentar el \u00a0proceso de normalizaci\u00f3n, de evaluaci\u00f3n y certificaci\u00f3n de competencias \u00a0laborales o certificaci\u00f3n del desempe\u00f1o de los trabajadores colombianos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Reglamentar los \u00a0apoyos de sostenimiento, de conformidad con lo previsto en el par\u00e1grafo del \u00a0art\u00edculo 41 de la Ley 789 de 2002, o las \u00a0normas que lo modifiquen o adicionen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Aprobar la \u00a0pol\u00edtica nacional de calidad de la entidad, en el marco del Sistema de Gesti\u00f3n \u00a0de Calidad institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 2520 de 2013, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Aprobar, \u00a0en ejercicio de la condici\u00f3n de Agencia P\u00fablica de Empleo, los planes y \u00a0programas para la prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico de empleo y para el an\u00e1lisis \u00a0del mercado laboral y ocupacional, de conformidad con la pol\u00edtica de empleo \u00a0definida por el gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 23: \u201cAprobar los planes y \u00a0programas sobre la gesti\u00f3n del servicio p\u00fablico de empleo, an\u00e1lisis del mercado \u00a0laboral y ocupacional, en concordancia con la pol\u00edtica de empleo definida por \u00a0el Gobierno Nacional.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Decidir la \u00a0financiaci\u00f3n de los proyectos empresariales presentados al Fondo Emprender, de \u00a0conformidad con la reglamentaci\u00f3n que al efecto se expida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Adoptar su propio \u00a0reglamento, el cual deber\u00e1 comprender la periodicidad de las reuniones, su \u00a0convocatoria y dem\u00e1s aspectos necesarios. ( \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Aprobar las \u00a0comisiones al exterior del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Consejo \u00a0Directivo Nacional podr\u00e1 delegar en el Director General las funciones que \u00a0considere convenientes, de conformidad con las reglas de delegaci\u00f3n contenidas \u00a0en la Ley 489 de 1998, o las \u00a0normas que la modifiquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 3\u00ba: Ver Acuerdo 3 de 2017. D.O. \u00a050.208, pag. 8. Ver Acuerdo 7 de 2016, SENA. D.O. 50058, pag. 57 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Direcci\u00f3n \u00a0General. Adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en el art\u00edculo 78 de la Ley 489 de 1998, son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n General las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, \u00a0coordinar, vigilar y controlar la ejecuci\u00f3n de las funciones o programas de la \u00a0entidad y de su personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer la \u00a0representaci\u00f3n legal de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar \u00a0y controlar la pol\u00edtica de administraci\u00f3n del personal, as\u00ed como aprobar las \u00a0comisiones al exterior de los funcionarios, de conformidad con las \u00a0disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir, coordinar \u00a0y controlar las funciones administrativas y t\u00e9cnicas de los \u00a0proyectos operativos, dictar los actos administrativos, celebrar los contratos \u00a0necesarios para la gesti\u00f3n administrativa, los convenios de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica \u00a0nacional e internacional, contratar expertos nacionales o extranjeros cuyos \u00a0conocimientos o experiencia se requiera para adelantar programas o proyectos \u00a0institucionales, con miras al cumplimiento de la misi\u00f3n de la entidad, de \u00a0conformidad con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Someter a \u00a0consideraci\u00f3n del Consejo Directivo Nacional los asuntos de su competencia y \u00a0presentar un informe anual de resultados de la gesti\u00f3n institucional al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, por intermedio del Ministro de la Protecci\u00f3n \u00a0Social. As\u00ed mismo, presentar informes semestrales de los resultados de la \u00a0gesti\u00f3n institucional al Consejo Directivo Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Reglamentar la \u00a0asignaci\u00f3n de recursos a los Centros de Formaci\u00f3n Profesional de acuerdo con \u00a0est\u00e1ndares de costos, indicadores de gesti\u00f3n y los programas de formaci\u00f3n, y \u00a0determinar su \u00e1rea de jurisdicci\u00f3n y autorizarlos para que impartan \u00a0formaci\u00f3n por proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Celebrar con \u00a0sectores productivos convenios de asociaci\u00f3n, mediante los cuales estos se \u00a0comprometan a financiar y utilizar los actuales Centros de Desarrollo \u00a0Tecnol\u00f3gico del SENA; en todo caso, el SENA utilizar\u00e1 esta infraestructura, as\u00ed \u00a0como la informaci\u00f3n tecnol\u00f3gica que se genere para los programas de formaci\u00f3n \u00a0profesional que esta entidad ofrece. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Celebrar convenios \u00a0para que los cursos o programas de formaci\u00f3n o de formaci\u00f3n por proyectos que \u00a0imparte el SENA, sea desarrollada en la respectiva sede de producci\u00f3n de bienes \u00a0y servicios de las empresas, pudiendo el SENA destinar los instructores y los \u00a0materiales de formaci\u00f3n necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Autorizar la \u00a0celebraci\u00f3n de acuerdos de pago con las empresas que se encuentren en procesos \u00a0de reestructuraci\u00f3n derivados de la Ley 550 de 1998, en \u00a0los cuales se reciba en daci\u00f3n en pago bienes producidos por la empresa, como \u00a0pago por concepto de aportes, siempre y cuando los bienes puedan ser utilizados \u00a0en los procesos de formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adoptar el Plan \u00a0Nacional Integral de Bienestar de los alumnos del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Organizar \u00a0mediante grupos de trabajo acciones encaminadas a extender los servicios de \u00a0formaci\u00f3n a las comunidades, especialmente a trav\u00e9s de proyectos que involucren \u00a0la formaci\u00f3n-producci\u00f3n, gestionando la conformaci\u00f3n de casas comunitarias de \u00a0formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Revisar \u00a0peri\u00f3dicamente y aprobar la oferta de los programas de formaci\u00f3n profesional \u00a0integral, seg\u00fan las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la \u00a0modificaci\u00f3n de los programas en sus contenidos, duraci\u00f3n y tipo de \u00a0certificaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Determinar el \u00a0calendario acad\u00e9mico y de labores de los Centros y Programas de formaci\u00f3n \u00a0profesional, la duraci\u00f3n de las sesiones de formaci\u00f3n profesional, la \u00a0utilizaci\u00f3n de la jornada laboral de los instructores, as\u00ed como la duraci\u00f3n de \u00a0la formaci\u00f3n de los programas, esto \u00faltimo previo concepto del Comit\u00e9 de \u00a0Formaci\u00f3n Profesional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 2520 de 2013, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Impartir \u00a0las directrices para la ejecuci\u00f3n de los planes y programas para la prestaci\u00f3n \u00a0del servicio p\u00fablico de empleo y para el an\u00e1lisis del mercado laboral y \u00a0ocupacional, en la condici\u00f3n de Agencia P\u00fablica de Empleo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 14: \u201cPromover y orientar \u00a0el servicio p\u00fablico de empleo y el observatorio laboral en funci\u00f3n de la formaci\u00f3n \u00a0profesional integral y en beneficio de los desempleados, empleadores, entidades \u00a0educativas y dem\u00e1s entes relacionados con la formaci\u00f3n para el trabajo.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Adelantar \u00a0procesos de concertaci\u00f3n con los empleadores, con el fin de establecer programas \u00a0de formaci\u00f3n, que permitan implementar nuevas especialidades de aprendices \u00a0requeridas por estos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Imponer a los \u00a0empleadores las sanciones a que haya lugar, en los t\u00e9rminos establecidos en la \u00a0ley y dem\u00e1s normas complementarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Conocer y fallar \u00a0en segunda instancia, de conformidad con la ley, los procesos disciplinarios \u00a0que se adelanten contra los funcionarios de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Reconocer y \u00a0autorizar programas de Formaci\u00f3n Profesional Integral met\u00f3dica y completa a \u00a0establecimientos especializados, entidades educativas y empresas que cumplan \u00a0con los requisitos previstos para tal fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Suscribir \u00a0convenios o contratos con entidades educativas, cadenas productivas o empresas \u00a0para desarrollar acciones de formaci\u00f3n profesional integral en nombre y bajo \u00a0las condiciones administrativas y t\u00e9cnico-pedag\u00f3gicas establecidas por el SENA, \u00a0reglamentando las condiciones y caracter\u00edsticas de la formaci\u00f3n, de conformidad \u00a0con el Registro que la entidad establezca para tal fin, as\u00ed como la \u00a0certificaci\u00f3n de los alumnos y la evaluaci\u00f3n de la calidad e impacto de esta \u00a0formaci\u00f3n, e informar al Consejo Directivo sobre los convenios o contratos \u00a0suscritos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Ordenar \u00a0intervenciones administrativas a los Centros de Formaci\u00f3n, cuando se evidencie \u00a0la afectaci\u00f3n de los servicios de formaci\u00f3n profesional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Determinar, \u00a0mediante acto administrativo, el monto de los apoyos de transporte y \u00a0manutenci\u00f3n, que se reconocer\u00e1n a los instructores que se desplacen para \u00a0realizar acciones de formaci\u00f3n o servicios tecnol\u00f3gicos, a un lugar diferente \u00a0de la jurisdicci\u00f3n del Centro donde prestan sus servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Celebrar \u00a0convenios o contratos con las instituciones bancarias y financieras para el \u00a0recaudo de los aportes y otros servicios financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Crear Comit\u00e9s, \u00a0Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composici\u00f3n, \u00a0su coordinaci\u00f3n y funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Promover las \u00a0alianzas y convenios con el sector p\u00fablico y privado que permitan \u00a0el incremento de la cobertura, calidad y la pertinencia de la formaci\u00f3n profesional, \u00a0en el marco definido por la priorizaci\u00f3n de la demanda, por el Subsistema de \u00a0Acreditaci\u00f3n y por el Subsistema de Pertinencia del Sistema Nacional de \u00a0Formaci\u00f3n Para el Trabajo. Una vez se produzca la definici\u00f3n de los \u00a0subsistemas, el Director deber\u00e1 suscribir los convenios y alianzas respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Las dem\u00e1s que le \u00a0se\u00f1alen la ley, que refiri\u00e9ndose al funcionamiento general de la instituci\u00f3n, \u00a0no est\u00e9n atribuidas a otra autoridad, las que le delegue el Consejo Directivo \u00a0Nacional y las dem\u00e1s que se le asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Adicionado por el Decreto 2520 de 2013, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Promover y orientar el observatorio laboral en funci\u00f3n de la \u00a0formaci\u00f3n profesional integral y en beneficio de los desempleados, empleadores, \u00a0entidades educativas y dem\u00e1s entes relacionados con la formaci\u00f3n para el \u00a0trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 4\u00ba: Ver Resoluci\u00f3n 1-1721 de \u00a02019. Ver Acuerdo 3 de 2019, SENA. D.O. 51.092, pag. 39. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Oficina \u00a0de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar, dirigir, \u00a0organizar y evaluar los resultados del Sistema de Control Interno del SENA, \u00a0conforme los lineamientos de la Ley 87 de 1993 y dem\u00e1s \u00a0normas que la modifiquen y adicionen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar que el \u00a0Sistema de Control Interno est\u00e9 formalmente establecido dentro de la entidad y \u00a0que su ejercicio sea intr\u00ednseco al desarrollo de las funciones de todos los \u00a0cargos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificar que los \u00a0controles definidos para los procesos y actividades de la organizaci\u00f3n, se \u00a0cumplan por los responsables de su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar que los \u00a0controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organizaci\u00f3n \u00a0est\u00e9n adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de \u00a0acuerdo con la evoluci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar el \u00a0cumplimiento de las normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos \u00a0y metas de la entidad, as\u00ed como la implementaci\u00f3n de las medidas correctivas a \u00a0trav\u00e9s de los planes de mejoramiento institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dependencias de la entidad los mapas de riesgos y \u00a0determinar las faltas disciplinarias m\u00e1s recurrentes para sugerir estrategias y \u00a0pol\u00edticas de prevenci\u00f3n para disminuir las quejas e informes y en consecuencia \u00a0los procesos disciplinarios, recomendando las actuaciones de car\u00e1cter \u00a0predictivo y correctivo de la administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar por el \u00a0cumplimiento de la pol\u00edtica de administraci\u00f3n del riesgo en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Servir de apoyo a \u00a0los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan \u00a0los resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Verificar los \u00a0procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y sistemas de \u00a0informaci\u00f3n de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Fomentar en toda \u00a0la organizaci\u00f3n la formaci\u00f3n de una cultura de control que contribuya al \u00a0mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Evaluar y \u00a0verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana, que en \u00a0desarrollo del mandato constitucional y legal dise\u00f1e la entidad \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Mantener \u00a0permanentemente informados a los directivos sobre el estado de control interno \u00a0dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las \u00a0fallas en su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar con los \u00a0directivos de la Direcci\u00f3n General, Direcciones Regionales y Centros de Formaci\u00f3n \u00a0Profesional Integral, la implementaci\u00f3n del Sistema de Control Interno del \u00a0SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Asesorar a las \u00a0instancias directivas del SENA en la organizaci\u00f3n, gesti\u00f3n y mejoramiento \u00a0continuo del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Realizar an\u00e1lisis \u00a0y evaluaciones de riesgos con el fin de identificar aquellos que puedan afectar \u00a0el cumplimiento de la misi\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Responder por las \u00a0metas y los indicadores de gesti\u00f3n contemplados en los planes indicativos y \u00a0operativos, programas y proyectos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Implementar y \u00a0mantener los procesos definidos en el Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad y velar por \u00a0la mejora continua de los mismos en la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la definici\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n para los procesos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Rendir los \u00a0informes requeridos por los \u00f3rganos externos de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Asesorar a las \u00a0dependencias en los procesos propios del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Oficina \u00a0de Control Interno Disciplinario. Son funciones de la Oficina de Control \u00a0Interno Disciplinario: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Recibir las quejas \u00a0e informes referidos a conductas disciplinarias de los servidores p\u00fablicos del \u00a0SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Conocer y fallar \u00a0en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los \u00a0servidores de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar al \u00a0Director General y a los Organismos de Control, los informes del \u00e1rea de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar a la \u00a0administraci\u00f3n en la identificaci\u00f3n de las faltas disciplinarias m\u00e1s \u00a0recurrentes para sugerir estrategias y pol\u00edticas de prevenci\u00f3n, a fin de \u00a0disminuir las quejas e informes y en consecuencia los procesos disciplinarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Realizar capacitaciones preventivas a los funcionarios de la Entidad, con el \u00a0fin de prevenir la violaci\u00f3n de las normas y la comisi\u00f3n de conductas \u00a0disciplinables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Verificar la \u00a0ejecuci\u00f3n de las sanciones impuestas a los servidores p\u00fablicos de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Mantener \u00a0actualizado y sistematizado el consolidado de las actuaciones adelantadas en \u00a0los procesos disciplinarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Atender las \u00a0solicitudes que formule a la entidad la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Mantener \u00a0actualizada la compilaci\u00f3n de normas legales tanto internas como externas, as\u00ed \u00a0como la jurisprudencia en materia disciplinaria y divulgarlas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover las \u00a0acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos y funciones, velando \u00a0por la unidad administrativa y t\u00e9cnica del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en el \u00a0dise\u00f1o, control, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n peri\u00f3dica de las pol\u00edticas, planes, \u00a0proyectos y programas bajo la responsabilidad de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Establecer, \u00a0gestionar y mantener relaciones de coordinaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n permanente con \u00a0otras dependencias y entidades, relacionadas con la naturaleza, objetivos y \u00a0actividades de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Difundir, vigilar \u00a0y controlar el estricto cumplimiento de programas, normas y procedimientos \u00a0establecidos en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Responder por las \u00a0metas y los indicadores de gesti\u00f3n contemplados en los planes indicativos y \u00a0operativos, programas y proyectos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Implementar y \u00a0mantener los procesos definidos en el Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad y velar por \u00a0la mejora continua de los mismos en la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la definici\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n para los procesos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Oficina \u00a0de Comunicaciones. Son funciones de la Oficina de Comunicaciones las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir a la \u00a0Direcci\u00f3n General, a las Direcciones Regionales, a la Direcci\u00f3n del Distrito \u00a0Capital y a los Direcciones de Centro, en el manejo de los medios de \u00a0comunicaci\u00f3n, las publicaciones y el manejo de la imagen corporativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar e \u00a0implementar la pol\u00edtica y estrategias de comunicaciones de la entidad, de acuerdo \u00a0a los lineamientos definidos por la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y \u00a0organizar las ruedas de prensa, seminarios, reuniones externas, conferencias \u00a0que realicen las dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y \u00a0coordinar el dise\u00f1o, producci\u00f3n y distribuci\u00f3n de peri\u00f3dicos, boletines, medios \u00a0audiovisuales y medios impresos con fines de informaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n \u00a0institucional, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Promoci\u00f3n y Relaciones \u00a0Corporativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar, \u00a0implantar, desarrollar y mantener sistemas y mecanismos destinados a la \u00a0conservaci\u00f3n de la imagen corporativa de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar, \u00a0desarrollar y mantener sistemas y mecanismos de informaci\u00f3n a los funcionarios, \u00a0alumnos, usuarios y al p\u00fablico en general, sobre los servicios y actividades \u00a0del SENA, en coordinaci\u00f3n con las dependencias de la entidad y de manera \u00a0particular con la Direcci\u00f3n de Promoci\u00f3n y Relaciones Corporativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar a las \u00a0dependencias del SENA, en el manejo de la informaci\u00f3n, divulgaci\u00f3n, imagen \u00a0corporativa y publicidad institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar y \u00a0organizar la divulgaci\u00f3n masiva de los servicios d e la entidad, a la \u00a0ciudadan\u00eda, manteniendo la imagen corporativa, de acuerdo con los objetivos \u00a0trazados por la Direcci\u00f3n General, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de \u00a0Promoci\u00f3n y Relaciones Corporativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con las \u00a0dependencias, los contenidos informativos de la p\u00e1gina de Internet y la \u00a0Intranet de la entidad, garantizando la actualizaci\u00f3n permanente de la \u00a0informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar de \u00a0conformidad con la reglamentaci\u00f3n que al efecto se expida, el Sistema Nacional \u00a0de Videoconferencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar y \u00a0desarrollar mecanismos que permitan la aplicaci\u00f3n de las estrategias \u00a0comunicativas nacionales, en los Centros de Formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Rendir informes \u00a0de gesti\u00f3n peri\u00f3dicos al Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar a las \u00a0dependencias en los procesos propios del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la definici\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n para los procesos de la dependencia y responder \u00a0por las metas y los indicadores de gesti\u00f3n contemplados en los planes \u00a0indicativos y operativos, programas y proyectos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Implementar y \u00a0mantener los procesos definidos en el Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad y velar por \u00a0la mejora continua de los mismos en la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Oficina \u00a0de Sistemas. Son funciones de la Oficina de Sistemas las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir a la \u00a0Direcci\u00f3n General y a las dem\u00e1s dependencias del SENA, en la implementaci\u00f3n de \u00a0los sistemas, normas y procedimientos de inform\u00e1tica requeridos por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Investigar los \u00a0adelantos tecnol\u00f3gicos en inform\u00e1tica, en estrategias organizacionales y \u00a0evaluar su incorporaci\u00f3n a la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar los \u00a0planes de desarrollo inform\u00e1tico de la entidad, de acuerdo con los lineamientos \u00a0corporativos y a la planeaci\u00f3n institucional, los cuales deber\u00e1n tener como \u00a0prioridad garantizar que los usuarios y aportantes del SENA tengan acceso a una \u00a0completa informaci\u00f3n sobre los servicios y facilitar el aprendizaje y \u00a0la ejecuci\u00f3n de programas de formaci\u00f3n por medios virtuales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar a las \u00a0dependencias de la entidad en la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas, estrategias y \u00a0directrices trazadas por la Direcci\u00f3n General, relacionadas con el desarrollo \u00a0inform\u00e1tico de la entidad y en la ejecuci\u00f3n de los planes correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Conceptuar, \u00a0evaluar y definir las necesidades y lineamientos para la adquisici\u00f3n, \u00a0adaptaci\u00f3n, desarrollo de bienes, custodia, mantenimiento, administraci\u00f3n de \u00a0contingencias y actualizaci\u00f3n de las plataformas y de los bienes inform\u00e1ticos \u00a0en la entidad, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera \u00a0y con las \u00e1reas usuarias del SENA, velando siempre por el adecuado \u00a0dimensionamiento de los requerimientos de la entidad frente a los adelantos \u00a0tecnol\u00f3gicos del entorno y por su adecuado funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Garantizar la \u00a0disponibilidad de informaci\u00f3n consistente, actualizada y confiable, necesaria \u00a0para el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con la \u00a0Secretar\u00eda General, las directrices y orientaciones para la elaboraci\u00f3n de \u00a0planes de capacitaci\u00f3n en inform\u00e1tica para los funcionarios de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Efectuar el \u00a0seguimiento de los planes institucionales en lo relacionado con el desarrollo \u00a0inform\u00e1tico y evaluar la utilizaci\u00f3n e impacto de esta tecnolog\u00eda en los \u00a0procesos institucionales, as\u00ed como coordinar con las dem\u00e1s \u00e1reas del SENA los \u00a0sistemas de informaci\u00f3n institucionales, la sistematizaci\u00f3n y digitalizaci\u00f3n de \u00a0sus procesos y procedimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Definir y actualizar \u00a0plataformas tecnol\u00f3gicas y emitir conceptos t\u00e9cnicos en las compras de \u00a0software y hardware. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la definici\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n para los procesos de la dependencia y \u00a0responder por las metas y los indicadores de gesti\u00f3n contemplados en los planes \u00a0indicativos y operativos, programas y proyectos de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar a las \u00a0dem\u00e1s dependencias en los procesos propios de su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Secretaria \u00a0General. Son funciones de la Secretar\u00eda General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar la \u00a0actividad administrativa de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y \u00a0controlar los procesos de elaboraci\u00f3n, tramitaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del plan de \u00a0compras y el plan de contrataci\u00f3n del SENA para cada vigencia fiscal, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, con \u00a0las Direcciones Regionales, la Direcci\u00f3n Distrital y los Centros de Formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer y \u00a0aplicar normas, procedimientos y t\u00e9cnicas requeridas para los procesos de \u00a0adquisici\u00f3n, recepci\u00f3n, almacenamiento, control de existencias, y administrar \u00a0el parque automotor de la Entidad, organizando, dirigiendo y controlando los \u00a0procesos para garantizar la adecuada prestaci\u00f3n de los servicios generales que \u00a0requiere la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y \u00a0controlar los procesos de contrataci\u00f3n para la adquisici\u00f3n de bienes muebles, \u00a0la organizaci\u00f3n de los archivos de la entidad, manejo de la correspondencia, \u00a0pasajes, los servicios de correo, fotocopiado, transporte, aseo, vigilancia y \u00a0dem\u00e1s servicios generales necesarios para el normal desempe\u00f1o de la gesti\u00f3n \u00a0institucional, de conformidad con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la definici\u00f3n y aplicaci\u00f3n \u00a0de indicadores de gesti\u00f3n para los procesos de la dependencia y responder por \u00a0las metas y los indicadores de gesti\u00f3n establecidos en los planes indicativos y \u00a0operativos, programas y proyectos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con \u00a0todas las dependencias de la entidad, la tramitaci\u00f3n de los asuntos que deban \u00a0someterse a consideraci\u00f3n del Consejo Directivo Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Responder por las \u00a0publicaciones que deban realizarse en el Diario Oficial y por los avisos de \u00a0prensa requeridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar las relaciones \u00a0con las organizaciones sindicales de la entidad y las asociaciones de \u00a0pensionados y efectuar los tr\u00e1mites que demande esta actividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Certificar, \u00a0autenticar y refrendar los documentos oficiales del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejecutar, \u00a0coordinar y controlar los planes y programas institucionales para \u00a0el desarrollo de los procesos de la gesti\u00f3n del talento humano al servicio de \u00a0la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar las \u00a0relaciones interinstitucionales con las entidades p\u00fablicas y privadas, \u00a0relacionadas con los aspectos de gesti\u00f3n del talento humano y bienestar social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asistir a la \u00a0Direcci\u00f3n General en las funciones propias de su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Formaci\u00f3n Profesional la planeaci\u00f3n, programaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de \u00a0las acciones de formaci\u00f3n pedag\u00f3gica, metodol\u00f3gica y t\u00e9cnica de los \u00a0Instructores y agentes educativos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir y \u00a0coordinar los procesos y actividades que demanden la asignaci\u00f3n de comisiones \u00a0de estudio y de servicios al exterior, tomando como marco de referencia la \u00a0pol\u00edtica y el plan institucional de capacitaci\u00f3n del talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Ejecutar los \u00a0planes de evaluaci\u00f3n, certificaci\u00f3n y de gesti\u00f3n de competencias de los \u00a0servidores p\u00fablicos vinculados al SENA, de acuerdo con la reglamentaci\u00f3n que al \u00a0efecto se adopte, sin perjuicio de los concursos para la selecci\u00f3n y los \u00a0procesos de evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o propios de la carrera administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Garantizar en \u00a0coordinaci\u00f3n con los Centros de Formaci\u00f3n Profesional, la ejecuci\u00f3n de los \u00a0planes de capacitaci\u00f3n y mejoramiento de los servidores p\u00fablicos vinculados al \u00a0SENA, derivados de los planes de evaluaci\u00f3n de competencias, para el aumento de \u00a0las mismas y a trav\u00e9s de los cuales se permita optar por su certificaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Administrar y \u00a0controlar el Banco de Instructores del SENA, con el fin de garantizar que la \u00a0contrataci\u00f3n necesaria que deban adelantar los Centros de Formaci\u00f3n se realice \u00a0con base en este. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Asesorar a las \u00a0dependencias en los procesos propios del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Implementar y \u00a0mantener los procesos definidos en el Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad y velar por \u00a0la mejora continua de los mismos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Direcci\u00f3n \u00a0de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y asistir \u00a0a todas las dependencias de la entidad, en la formulaci\u00f3n, dise\u00f1o y \u00a0determinaci\u00f3n de las pol\u00edticas, orientaciones estrat\u00e9gicas, planes, programas y \u00a0proyectos de la entidad, promoviendo y apoyando la implementaci\u00f3n en el SENA de \u00a0una cultura de la gesti\u00f3n orientada por resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Implementar el \u00a0modelo de inteligencia corporativa del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir y asesorar \u00a0a todas las \u00e1reas para que a partir de la informaci\u00f3n de inteligencia \u00a0corporativa y de mercado se garantice la pertinencia de la oferta de formaci\u00f3n \u00a0profesional para anticiparse a las necesidades de formaci\u00f3n de los sectores \u00a0econ\u00f3micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Concertar y proponer \u00a0l\u00edneas de pol\u00edtica y objetivos de los programas de Innovaci\u00f3n y Desarrollo \u00a0Tecnol\u00f3gico de manera articulada con las \u00e1reas competentes del SENA, con el \u00a0Sistema Nacional de Innovaci\u00f3n, Ciencia y Tecnolog\u00eda y con el Sistema Nacional \u00a0de Normalizaci\u00f3n, Certificaci\u00f3n y Metrolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y \u00a0gestionar el Banco de Proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar, de \u00a0acuerdo con los lineamientos del Gobierno Nacional, la evaluaci\u00f3n previa de los \u00a0proyectos de inversi\u00f3n del SENA que deban ser inscritos en el Banco de Proyectos \u00a0de Inversi\u00f3n del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, presentarlos ante las \u00a0instancias competentes y gestionar su inclusi\u00f3n en el mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar el \u00a0anteproyecto de presupuesto de la entidad para cada vigencia y los proyectos de \u00a0modificaci\u00f3n presupuestal, para presentarlos a consideraci\u00f3n del Director \u00a0General y del Consejo Directivo Nacional y tramitarlos ante las autoridades \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar el modelo \u00a0de costos y de presupuestaci\u00f3n del SENA en el marco de las pol\u00edticas de \u00a0vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal y asesorar la implementaci\u00f3n del sistema de \u00a0costos de la formaci\u00f3n profesional, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asistir a las \u00a0dependencias del SENA en la implementaci\u00f3n del Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad \u00a0Institucional y coordinar la implementaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n del \u00a0modelo de informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n de los procesos y procedimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar y \u00a0actualizar en coordinaci\u00f3n con las dependencias, los procesos, procedimientos y \u00a0manuales de funciones de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Evaluar en forma \u00a0permanente los modelos de operaci\u00f3n de todas las \u00e1reas de la entidad y proponer \u00a0al Director General esquemas de mejoramiento de los mismos, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las diferentes dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar la implementaci\u00f3n \u00a0de los sistemas de informaci\u00f3n de planeaci\u00f3n, gesti\u00f3n de proyectos, indicadores \u00a0de gesti\u00f3n y evaluaci\u00f3n de resultados del SENA y dise\u00f1ar e implementar el \u00a0modelo de informaci\u00f3n para la toma de decisiones de car\u00e1cter estrat\u00e9gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dise\u00f1ar las \u00a0metodolog\u00edas y poner en funcionamiento el Sistema de Informaci\u00f3n Estad\u00edstico \u00a0del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir y \u00a0gestionar el Sistema de Evaluaci\u00f3n de Gesti\u00f3n, resultados e impacto de la \u00a0entidad, en articulaci\u00f3n con el Sistema de Evaluaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General \u00a0de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, con todas las \u00a0\u00e1reas del SENA y de manera particular con la Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Consolidar los \u00a0informes de cumplimiento de las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Liderar el \u00a0establecimiento de Planes de Mejoramiento de la gesti\u00f3n de la entidad, \u00a0consolidar los resultados obtenidos en su puesta en marcha y rendir los \u00a0informes ante las autoridades competentes, en coordinaci\u00f3n con la oficina de \u00a0control interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Definir y liderar \u00a0el almacenamiento, custodia, seguridad y disponibilidad de la informaci\u00f3n en \u00a0medios electr\u00f3nicos en el SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Direcci\u00f3n \u00a0de Formaci\u00f3n Profesional. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Formaci\u00f3n \u00a0Profesional las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, \u00a0coordinar, orientar, y evaluar la formaci\u00f3n profesional integral de quienes \u00a0requieran una capacitaci\u00f3n para el trabajo, con criterios de pertinencia, \u00a0calidad, oportunidad y flexibilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir a la \u00a0Direcci\u00f3n General en el dise\u00f1o de pol\u00edticas, planes y programas de car\u00e1cter \u00a0general, para la formaci\u00f3n profesional integral de los diferentes usuarios y la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios de la entidad en los diferentes sectores econ\u00f3micos \u00a0y cadenas productivas, promoviendo la gesti\u00f3n de la calidad en los procesos y \u00a0programas de formaci\u00f3n profesional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular \u00a0pol\u00edticas, e implantar estrategias, normas, procedimientos y medios de control \u00a0para los diferentes procesos de la formaci\u00f3n profesional, especialmente en la \u00a0gesti\u00f3n, alistamiento, ejecuci\u00f3n de la respuesta, seguimiento y evaluaci\u00f3n, as\u00ed \u00a0como para los servicios a egresados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Trazar \u00a0orientaciones y pautas para la producci\u00f3n t\u00e9cnico-pedag\u00f3gica de los \u00a0instructores y vela r por la calidad de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Diagnosticar y proponer \u00a0estrategias para la capacitaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n del talento humano \u00a0dedicado a la actividad de formaci\u00f3n en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir, orientar, \u00a0coordinar, desarrollar y evaluar la incorporaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de los medios \u00a0did\u00e1cticos y recursos educativos en el proceso de la formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con los \u00a0Centros de Formaci\u00f3n y la Oficina de Comunicaciones, la publicaci\u00f3n de la \u00a0producci\u00f3n t\u00e9cnico-pedag\u00f3gica realizada por los instructores del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Impulsar la \u00a0actualizaci\u00f3n y ajuste permanente de los dise\u00f1os curriculares de los programas \u00a0de formaci\u00f3n existentes y la formulaci\u00f3n de nuevos programas bajo el enfoque de \u00a0competencias laborales, estrategias pedag\u00f3gicas, as\u00ed como los sistemas de \u00a0evaluaci\u00f3n y certificaci\u00f3n del desempe\u00f1o laboral de los trabajadores, en \u00a0articulaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n para el \u00a0Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Orientar, asesorar \u00a0y evaluar los programas de formaci\u00f3n profesional integral, as\u00ed como los \u00a0programas y servicios de car\u00e1cter tecnol\u00f3gico que desarrollen los Centros de \u00a0Formaci\u00f3n Profesional, mediante la ejecuci\u00f3n de programas de formaci\u00f3n \u00a0profesional integral y asesor\u00eda dirigidos al mejoramiento de la competitividad \u00a0y la gesti\u00f3n de las empresas a trav\u00e9s de los Centros de Formaci\u00f3n o mediante \u00a0alianzas y convenios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Garantizar la \u00a0articulaci\u00f3n de las competencias b\u00e1sicas y de pol\u00edtica institucional con las transversales \u00a0y espec\u00edficas y de emprendimiento en los programas de formaci\u00f3n profesional \u00a0integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11 Dirigir, \u00a0coordinar, controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n de programas de formaci\u00f3n y \u00a0asesor\u00eda para el emprendimiento y el empresarismo, con \u00e9nfasis en los dirigidos \u00a0a los aprendices del SENA e impulsar la conformaci\u00f3n y fortalecimiento de \u00a0incubadoras de empresas en el pa\u00eds y la gesti\u00f3n empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar con las \u00a0Direcciones Regionales, la Direcci\u00f3n del Distrito Capital y las Direcciones de \u00a0los Centros de Formaci\u00f3n, la capacitaci\u00f3n y asesor\u00eda para el desarrollo \u00a0empresarial a realizarse desde los Centros de Formaci\u00f3n, de acuerdo con los \u00a0lineamientos del Gobierno Nacional y las pol\u00edticas institucionales sobre la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Impulsar la \u00a0innovaci\u00f3n, experimentaci\u00f3n y adopci\u00f3n de estrategias pedag\u00f3gicas y \u00a0metodol\u00f3gicas, en dise\u00f1os curriculares, procesos de formaci\u00f3n y procesos \u00a0evaluativos; hacerles seguimiento y evaluar sus resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Fomentar la \u00a0actualizaci\u00f3n t\u00e9cnico-pedag\u00f3gica, mediante la realizaci\u00f3n de estudios sobre \u00a0proceso de formaci\u00f3n, desarrollados por entidades hom\u00f3logas o afines al SENA, \u00a0en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Promoci\u00f3n y Relaciones Corporativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Definir con la \u00a0Secretar\u00eda General, el perfil t\u00e9cnico y pedag\u00f3gico por competencias y la \u00a0capacitaci\u00f3n que deben tener quienes intervienen en los procesos de formaci\u00f3n y \u00a0evaluar su impacto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la obtenci\u00f3n y an\u00e1lisis \u00a0de informaci\u00f3n relacionada con la din\u00e1mica sectorial, los programas de \u00a0formaci\u00f3n profesional, los programas de innovaci\u00f3n y desarrollo tecnol\u00f3gico y \u00a0los de asesor\u00eda empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Establecer \u00a0mecanismos de interacci\u00f3n directa y permanente con los gremios, las empresas, \u00a0las instituciones gubernamentales y no gubernamentales y las instituciones \u00a0educativas del pa\u00eds para la formulaci\u00f3 n y actualizaci\u00f3n de los programas de \u00a0formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dirigir y \u00a0coordinar el desarrollo de actividades de promoci\u00f3n, administraci\u00f3n y \u00a0seguimiento a la ejecuci\u00f3n de las estrategias, programas y proyectos de \u00a0innovaci\u00f3n y desarrollo tecnol\u00f3gico, gesti\u00f3n empresarial, as\u00ed como los de apoyo \u00a0al emprendimiento y el empresarismo en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Orientar la \u00a0distribuci\u00f3n y asignaci\u00f3n de los apoyos de sostenimiento, en coordinaci\u00f3n con \u00a0los Centros de Formaci\u00f3n Profesional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Proponer al \u00a0director General las \u00e1reas ocupacionales, ocupaciones y oficios que deben ser \u00a0objeto de la formaci\u00f3n profesional integral que ofrece el SENA, en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Direcci\u00f3n del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n para el Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Coordinar y \u00a0evaluar, las acciones relacionadas con la formaci\u00f3n profesional, que realizan \u00a0los Centros de Formaci\u00f3n Profesional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Asesorar a las \u00a0dependencias en los procesos propios del \u00e1rea \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Implementar y \u00a0mantener los procesos definidos en el Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad y velar por \u00a0el cumplimiento de las metas, indicadores, planes y programas de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de sus dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Direcci\u00f3n \u00a0del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n para el Trabajo. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n Para el Trabajo: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir la \u00a0implementaci\u00f3n en el pa\u00eds del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n para el Trabajo y \u00a0proponer las pol\u00edticas para la ejecuci\u00f3n de los procesos de normalizaci\u00f3n, \u00a0evaluaci\u00f3n y certificaci\u00f3n, reconocimiento y articulaci\u00f3n de programas de \u00a0formaci\u00f3n que de \u00e9l se derivan para el desarrollo del talento humano, su \u00a0empleabilidad y el aprendizaje permanente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer pol\u00edticas \u00a0y trazar directrices para el SENA sobre la formaci\u00f3n profesional para el \u00a0trabajo, de modo que garantice la calidad, pertinencia, cobertura y \u00a0flexibilidad a trav\u00e9s de la cadena de formaci\u00f3n y el aprendizaje permanente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Investigar, \u00a0priorizar y aprobar metodolog\u00edas y planes de normalizaci\u00f3n y certificaci\u00f3n de \u00a0las competencias laborales y formaci\u00f3n para el Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir, controlar \u00a0y evaluar la ejecuci\u00f3n de los planes que presentan las Mesas Sectoriales a \u00a0trav\u00e9s de los Centros de Formaci\u00f3n Profesional Integral en materia de \u00a0normalizaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y certificaci\u00f3n de competencias laborales, \u00a0reconocimiento y articulaci\u00f3n de programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Gestionar la \u00a0aprobaci\u00f3n de Normas de Competencia Laboral y orientar o evaluar las normas \u00a0propuestas por gremios, asociaciones, sectores o cadenas productivas u otras \u00a0entidades, para ser aprobadas por el Consejo Directivo Nacional como Normas de \u00a0Competencia Laboral Colombianas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Avalar planes de \u00a0evaluaci\u00f3n y certificaci\u00f3n del desempe\u00f1o, propuestos para ser ejecutados a todo \u00a0costo por las empresas, asociaciones, gremios u otras entidades mediante \u00a0evaluaci\u00f3n y auditor\u00eda de calidad del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Reconocer los \u00a0Centros de Formaci\u00f3n Profesional Integral que actuar\u00e1n como evaluadores-certificadores \u00a0y las personas naturales o jur\u00eddicas que realizar\u00e1n la evaluaci\u00f3n de \u00a0competencias de los trabajadores colombianos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer la \u00a0reglamentaci\u00f3n de Mesas Sectoriales y otras estrategias de concertaci\u00f3n, \u00a0velando por su integraci\u00f3n tripartita, para atender necesidades reales de \u00a0normalizaci\u00f3n, formaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y certificaci\u00f3n de las competencias \u00a0laborales requeridas por el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Establecer el \u00a0sistema de codificaci\u00f3n de las normas de competencia y titulaciones laborales \u00a0colombianas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Gestionar las \u00a0auditor\u00edas de calidad a los procesos de normalizaci\u00f3n, y evaluaci\u00f3n y \u00a0certificaci\u00f3n de competencias laborales realizadas por los Centros de Formaci\u00f3n \u00a0Profesional Integral o empresas evaluadoras, de acuerdo con los procedimientos \u00a0establecidos, asegurando la formaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de metod\u00f3logos, \u00a0evaluadores y auditores para los procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Proponer \u00a0pol\u00edticas institucionales y procedimientos para el reconocimiento de Programas \u00a0de Formaci\u00f3n profesional integral met\u00f3dica y completa de establecimientos \u00a0especializados e instituciones educativas y para la autorizaci\u00f3n de estos a las \u00a0empresas que impartan directamente los cursos o programas de formaci\u00f3n o \u00a0capacitaci\u00f3n, divulgarlas y hacerles seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Planear, dirigir, \u00a0coordinar y evaluar, de conformidad con las pol\u00edticas adoptadas, el Programa de \u00a0Formaci\u00f3n Continua a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Crear y mantener \u00a0actualizado el Registro Nacional de Programas de Formaci\u00f3n para el Trabajo \u00a0reconocidos por el SENA, que incluya el Registro de Entidades Capacitadoras, \u00a0para integrarlos al Sistema Nacional de Formaci\u00f3n para el Trabajo como red de \u00a0oferentes de capacitaci\u00f3n a nivel nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar \u00a0relaciones con las entidades educativas que forman para el trabajo, con las \u00a0respectivas entidades estatales y con el sector productivo, para efectos del \u00a0reconocimiento de programas y la articulaci\u00f3n con la formaci\u00f3n profesional \u00a0integral en el marco de la cadena de formaci\u00f3n, la movilidad educativa y el \u00a0aprendizaje permanente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Formular \u00a0pol\u00edticas y directrices para la creaci\u00f3n y funcionamiento de la redes \u00a0departamentales y del distrito capital de entidades de formaci\u00f3n para el \u00a0trabajo, y gestionar la cadena de formaci\u00f3n entre las instituciones educativas \u00a0y centros o \u00e1reas de capacitaci\u00f3n de las empresas, asociaciones y gremios que \u00a0conforman el Sistema Nacional de Formaci\u00f3n para el Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Establecer y \u00a0mantener actualizado el sistema de informaci\u00f3n sobre normalizaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y \u00a0certificaci\u00f3n y formaci\u00f3n para el trabajo en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Oficina de Sistemas y definir y aplicar indicadores de gesti\u00f3n \u00a0para los procesos de normalizaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y certificaci\u00f3n, y reconocimiento \u00a0y articulaci\u00f3n de programas de formaci\u00f3n para el trabajo, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Contribuir al \u00a0dise\u00f1o de un marco nacional de calificaciones que facilite la formaci\u00f3n y el \u00a0aprendizaje permanente, ayude a las empresas y los servicios de empleo a \u00a0conciliar la demanda con la oferta de calificaciones, oriente a las personas en \u00a0sus opciones de formaci\u00f3n, y facilite el reconocimiento de la formaci\u00f3n, las \u00a0competencias y las experiencias previas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Implementar y \u00a0mantener los procesos definidos en el Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad y velar por \u00a0la mejora continua de los mismos en su dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Asesorar a las \u00a0dependencias en los procesos propios del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la definici\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n para los procesos de la dependencia y \u00a0responder por las metas y los indicadores de gesti\u00f3n contemplados en los planes \u00a0indicativos y operativos, programas y proyectos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Direcci\u00f3n \u00a0de Promoci\u00f3n y Relaciones Corporativas. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Promoci\u00f3n y Relaciones Corporativas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas de promoci\u00f3n, mercadeo, comunicaciones y \u00a0posicionamiento del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, con el fin de \u00a0garantizar una adecuada atenci\u00f3n a los usuarios y aportantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir la \u00a0gerencia corporativa institucional a trav\u00e9s del relacionamiento directo con el \u00a0sector empresarial y los clientes tanto internos como externos, y ejercer y \u00a0dirigir la interlocuci\u00f3n directa entre el sector productivo y todas las \u00a0dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer el \u00a0portafolio de servicios institucional y formular estrategias de promoci\u00f3n, comunicaciones, \u00a0mercadeo y servicio al cliente, garantizando la atenci\u00f3n integral de los \u00a0usuarios y aportantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Segmentar los \u00a0clientes internos y externos de la instituci\u00f3n, con el prop\u00f3sito de formular y ejecutar \u00a0estrategias de acuerdo con las caracter\u00edsticas de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la recopilaci\u00f3n \u00a0sistem\u00e1tica de la informaci\u00f3n del mercado a partir de los clientes e \u00a0instituciones afines al SENA y proveer informaci\u00f3n a las dem\u00e1s dependencias, \u00a0para la formulaci\u00f3n de planes, programas, proyectos y servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar \u00a0evaluaciones y determinar el grado de satisfacci\u00f3n de los usuarios del SENA, \u00a0siguiendo las metodolog\u00edas establecidas por la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y \u00a0Direccionamiento Corporativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con la \u00a0Secretar\u00eda General, la realizaci\u00f3n de programas de capacitaci\u00f3n y \u00a0sensibilizaci\u00f3n de los servidores p\u00fablicos del SENA, con el prop\u00f3sito de \u00a0mejorar el servicio a los usuarios, trabajadores, alumnos, empresarios y la \u00a0sociedad en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer a las \u00a0dem\u00e1s \u00e1reas la adecuaci\u00f3n los programas, proyectos y servicios, de acuerdo con \u00a0las necesidades de los usuarios, aprendices, desempleados y el sector \u00a0productivo en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer la \u00a0regulaci\u00f3n del contrato de aprendizaje y dise\u00f1ar mecanismos para la ampliaci\u00f3n \u00a0de la cobertura del contrato de aprendizaje. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir el \u00a0seguimiento y control a la relaci\u00f3n de aprendizaje por parte de los empleadores \u00a0obligados, en los t\u00e9rminos de la Ley 789 de 2002, sus \u00a0decretos reglamentarios y las normas que las modifiquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11 Dirigir y \u00a0controlar los procesos de recaudo y fiscalizaci\u00f3n del cumplimiento de las \u00a0obligaciones econ\u00f3micas y del contrato de aprendizaje de las empresas y \u00a0empleadores del sector p\u00fablico y privado obligados en el marco de lo \u00a0establecido legalmente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Garantizar \u00a0efectividad en la comunicaci\u00f3n con los empleadores, para identificar sus \u00a0necesidades y expectativas relacionadas con los servicios del SENA, canalizando \u00a0las quejas, reclamos y sugerencias que se presenten al SENA y realizar \u00a0seguimiento y control a la atenci\u00f3n de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Establecer mecanismos \u00a0de comunicaci\u00f3n que permitan mantener contacto permanente con el sector \u00a0empresarial, aprendices, organismos del gobierno, gremios, con el fin de \u00a0ofrecer una respuesta oportuna y efectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Estructurar \u00a0proyectos de servicio al cliente, coordinar y organizar la divulgaci\u00f3n masiva a \u00a0los ciudadanos de los servicios de la entidad, manteniendo la imagen \u00a0corporativa, de acuerdo con las pol\u00edticas y objetivos trazados por el Director \u00a0General, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar las \u00a0relaciones nacionales e internacionales del SENA con otras entidades de \u00a0formaci\u00f3n, dirigir la realizaci\u00f3n de eventos de car\u00e1cter internacional, la \u00a0formulaci\u00f3n de proyectos de cooperaci\u00f3n nacional e internacional y dirigir la \u00a0ejecuci\u00f3n de las acciones encaminadas a establecer relaciones, convenios, \u00a0acuerdos, contratos y protocolos con organismos nacionales o internacionales, \u00a0de conformidad con las pol\u00edticas propuestas y adoptadas para tal efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir y \u00a0coordinar con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la \u00a0promoci\u00f3n y transferencia de ciencia, tecnolog\u00eda y conocimiento en doble v\u00eda \u00a0con pa\u00edses o entidades nacionales e internacionales, p\u00fablicas o privadas, as\u00ed \u00a0como el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n del sistema de informaci\u00f3n de \u00a0cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Asesorar a las \u00a0dependencias en los procesos propios de su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Implementar y \u00a0mantener los procesos definidos en el Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad y velar por \u00a0el mejoramiento continuo de los mismos en la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la definici\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n para los procesos de la dependencia y \u00a0responder por las metas y los indicadores de gesti\u00f3n contemplados en los planes \u00a0indicativos y operativos, programas y proyectos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de sus \u00a0dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Modificado por el Decreto 2520 de 2013, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Direcci\u00f3n de Empleo y Trabajo. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Empleo y Trabajo: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer recomendaciones que permitan concertar con el Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n y con el Ministerio del Trabajo, el desarrollo de \u00a0acciones en materia de empleo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer estrategias y mecanismos para adelantar los planes y \u00a0programas de empleo asignados al Sena por el gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir a la Direcci\u00f3n General, a las Direcciones Regionales, a la \u00a0Direcci\u00f3n del Distrito Capital y a los Centros de Formaci\u00f3n Profesional, en el \u00a0dise\u00f1o de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos relacionados con la \u00a0informaci\u00f3n para el empleo y la articulaci\u00f3n entre las necesidades laborales y \u00a0los programas de formaci\u00f3n profesional, certificaci\u00f3n ocupacional, empleo, \u00a0emprendimiento y desarrollo tecnol\u00f3gico que lleve a cabo el Sena. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Prestar el servicio de gesti\u00f3n de colocaci\u00f3n de empleo en la \u00a0condici\u00f3n de Agencia P\u00fablica de Empleo, para facilitar el cruce entre la oferta \u00a0y la demanda del mercado laboral colombiano y orientar las acciones de \u00a0formaci\u00f3n del Sena. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Mantener actualizados los procesos y actividades en la condici\u00f3n de \u00a0Agencia P\u00fablica de Empleo, a trav\u00e9s de convenios Interadministrativos o de \u00a0cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica a nivel nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Administrar el sistema de informaci\u00f3n de servicios de empleo, a \u00a0cargo del Sena e integrarlo al sistema de informaci\u00f3n que administra la Unidad \u00a0Administrativa Especial del Servicio P\u00fablico de Empleo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Desarrollar estrategias de prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico de \u00a0empleo, en la condici\u00f3n de Agencia P\u00fablica de Empleo, mediante la vinculaci\u00f3n de \u00a0los empleadores, entidades del Estado, sistema educativo y sistema nacional de \u00a0formaci\u00f3n para el trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Formaci\u00f3n Profesional, programas \u00a0de capacitaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n a desempleados, poblaciones vulnerables y dem\u00e1s \u00a0grupos especiales, de acuerdo con las necesidades del mercado laboral, para el \u00a0mejoramiento del empleo y la empleabilidad del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Desarrollar y aplicar metodolog\u00edas para la orientaci\u00f3n ocupacional \u00a0de los usuarios del servicio p\u00fablico de empleo, en el marco de las competencias \u00a0del Sena. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Administrar el Observatorio Laboral y Ocupacional del Sena, para \u00a0facilitar informaci\u00f3n sobre el mercado laboral y compartir sus resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar investigaciones sobre metodolog\u00edas de an\u00e1lisis laboral y \u00a0ocupacional, en marco de su competencia, que permita la articulaci\u00f3n entre la \u00a0oferta y la demanda de empleo, la estructuraci\u00f3n de programas de formaci\u00f3n \u00a0profesional, los procesos de certificaci\u00f3n ocupacional, el desarrollo de \u00a0acciones de emprendimiento y desarrollo tecnol\u00f3gico la proyecci\u00f3n de los \u00a0servicios del Sena. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Producir estad\u00edsticas sobre la situaci\u00f3n y tendencias del mercado \u00a0laboral y ocupacional colombiano, en la condici\u00f3n de Agencia P\u00fablica de Empleo, \u00a0y divulgar los resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Remitir al gobierno Nacional, a la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y \u00a0Direccionamiento Corporativo y dem\u00e1s usuarios informaci\u00f3n sobre el mercado \u00a0laboral y la situaci\u00f3n de las ocupaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Presentar al Comit\u00e9 Nacional de Formaci\u00f3n Profesional Integral, los \u00a0resultados de las investigaciones sobre el mercado laboral y ocupacional, como \u00a0apoyo a la toma de decisiones que fortalezcan la pertinencia de la oferta \u00a0educativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Llevar el Registro de Aprendices y cuotas de aprendizaje e \u00a0integrarlo al Sistema de Informaci\u00f3n de la Unidad del Servicio P\u00fablico de \u00a0Empleo, para facilitar la intermediaci\u00f3n de las cuotas de aprendizaje. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Generar resultados estad\u00edsticos sobre la intermediaci\u00f3n laboral y \u00a0empleabilidad de los alumnos egresados del Sena, para facilitar la evaluaci\u00f3n \u00a0de la calidad y pertinencia de formaci\u00f3n profesional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Concertar con el medio educativo la difusi\u00f3n de informaci\u00f3n sobre \u00a0oferta y demanda laboral y la realizaci\u00f3n de acciones de orientaci\u00f3n entre \u00a0alumnos, docentes y directivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Mantener actualizada la Clasificaci\u00f3n Nacional de Ocupaciones y el \u00a0Diccionario Ocupacional, con base en el an\u00e1lisis de la realidad laboral y los \u00a0cambios en las estructuras ocupacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Desarrollar metodolog\u00edas e instrumentos de homologaci\u00f3n de \u00a0ocupaciones del mercado laboral colombiano con las de otros pa\u00edses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Operar en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Promoci\u00f3n y Relaciones \u00a0Corporativas, Convenios Nacionales e Internacionales de Migraciones Laborales \u00a0que permitan la inserci\u00f3n laboral de la fuerza de trabajo colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Publicar y difundir en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Comunicaciones \u00a0en el medio empresarial, institucional y acad\u00e9mico, la estructura ocupacional, \u00a0los requisitos de desempe\u00f1o de las ocupaciones y los estudios sobre el trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Asesorar a las dependencias en los procesos propios del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Implementar y mantener los procesos definidos en el Sistema de \u00a0Gesti\u00f3n de Calidad velar por la mejora continua de los mismos en la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Coordinar con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento \u00a0Corporativo, la definici\u00f3n y aplicaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n para los \u00a0procesos de la dependencia y responder por las metas y los indicadores de \u00a0gesti\u00f3n contemplado en los planes indicativos operativos, programas y proyectos \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza \u00a0de los procesos de sus dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 14: \u201cDirecci\u00f3n de \u00a0Empleo y Trabajo. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Empleo y Trabajo: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer recomendaciones que permitan \u00a0concertar con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y con el Ministerio de la \u00a0Protecci\u00f3n Social, el desarrollo de acciones en materia de empleo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer estrategias y mecanismos para \u00a0adelantar los planes y programas de empleo asignados al SENA por el Gobierno \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir a la Direcci\u00f3n General, a las \u00a0Direcciones Regionales, a la Direcci\u00f3n del Distrito Capital y a los Centros de \u00a0Formaci\u00f3n Profesional, en el dise\u00f1o de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos \u00a0relacionados con la informaci\u00f3n para el empleo y la articulaci\u00f3n entre \u00a0las necesidades laborales y los programas de formaci\u00f3n profesional, \u00a0certificaci\u00f3n ocupacional, empleo, emprendimiento y desarrollo tecnol\u00f3gico que \u00a0lleve a cabo el SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir el servicio p\u00fablico de empleo, \u00a0para facilitar el cruce entre la oferta y la demanda del mercado laboral \u00a0colombiano y orientar las acciones de formaci\u00f3n del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Mantener actualizados los procesos y \u00a0actividades del Servicio P\u00fablico de Empleo, a trav\u00e9s de convenios \u00a0Interadministrativos o de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica a nivel nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover e integrar redes de sistemas de \u00a0informaci\u00f3n y servicios de empleo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Desarrollar estrategias de promoci\u00f3n del \u00a0servicio p\u00fablico de empleo, mediante la vinculaci\u00f3n de los empleadores, entidades \u00a0del Estado, sistema educativo y sistema nacional de formaci\u00f3n para el trabajo y \u00a0dise\u00f1ar e implementar indicadores de seguimiento y evaluaci\u00f3n a la gesti\u00f3n del \u00a0servicio p\u00fablico de empleo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n \u00a0de Formaci\u00f3n Profesional, programas de capacitaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n a \u00a0desempleados, poblaciones vulnerables y dem\u00e1s grupos especiales, de acuerdo con \u00a0las necesidades del mercado laboral, para el mejoramiento del empleo y la \u00a0empleabilidad del pa\u00eds \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Desarrollar y aplicar metodolog\u00edas para \u00a0la orientaci\u00f3n ocupacional de los usuarios del servicio p\u00fablico de empleo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Administrar el Observatorio Laboral y \u00a0Ocupacional del SENA, para facilitar informaci\u00f3n sobre el mercado laboral y \u00a0contribuir a la orientaci\u00f3n de acciones de formaci\u00f3n y empleo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Investigar metodolog\u00edas de an\u00e1lisis \u00a0laboral y ocupacional, cuya aplicaci\u00f3n permita orientar la articulaci\u00f3n entre \u00a0la oferta y la demanda de empleo, la estructuraci\u00f3n de programas de formaci\u00f3n \u00a0profesional, los procesos de certificaci\u00f3n ocupacional, el desarrollo de \u00a0acciones de emprendimiento y desarrollo tecnol\u00f3gico y la proyecci\u00f3n de los \u00a0servicios del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Producir estad\u00edsticas sobre la situaci\u00f3n \u00a0y tendencias del mercado laboral y ocupacional Colombiano y elaborar estudios sobre \u00a0el mundo laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Remitir al Gobierno Nacional, a la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo y dem\u00e1s usuarios \u00a0informaci\u00f3n sobre el mercado laboral y la situaci\u00f3n de las ocupaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Presentar al Comit\u00e9 Nacional de \u00a0Formaci\u00f3n Profesional Integral, los resultados de las investigaciones sobre el \u00a0mercado laboral y ocupacional, como apoyo a la toma de decisiones que \u00a0fortalezcan la pertinencia de la oferta educativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Llevar a cabo el Registro de Aprendices \u00a0y cuotas de aprendizaje a trav\u00e9s del Servicio P\u00fablico de Empleo, para facilitar \u00a0la intermediaci\u00f3n de las cuotas de aprendizaje. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Generar resultados estad\u00edsticos sobre la \u00a0intermediaci\u00f3n laboral y empleabilidad de los alumnos egresados del SENA, para \u00a0facilitar la evaluaci\u00f3n de la calidad y pertinencia de la formaci\u00f3n \u00a0profesional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Concertar con el medio educativo la \u00a0difusi\u00f3n de informaci\u00f3n sobre oferta y demanda laboral y la realizaci\u00f3n de \u00a0acciones de orientaci\u00f3n entre alumnos, docentes y directivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Mantener actualizada la Clasificaci\u00f3n \u00a0Nacional de Ocupaciones y el Diccionario Ocupacional, con base en el an\u00e1lisis \u00a0de la realidad laboral y los cambios en las estructuras ocupacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Desarrollar metodolog\u00edas e instrumentos \u00a0de homologaci\u00f3n de ocupaciones del mercado laboral colombiano con las de otros \u00a0pa\u00edses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Operar en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n \u00a0de Promoci\u00f3n y Relaciones Corporativas, convenios Nacionales e Internacionales \u00a0de Migraciones Laborales que permitan la inserci\u00f3n laboral de la fuerza de \u00a0trabajo colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Publicar y difundir en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Oficina de Comunicaciones en el medio empresarial, institucional y \u00a0acad\u00e9mico, la estructura ocupacional, los requisitos de desempe\u00f1o de las \u00a0ocupaciones y los estudios sobre el trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Asesorar a las dependencias en los \u00a0procesos propios del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Implementar y mantener los procesos \u00a0definidos en el Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad y velar por la mejora continua de \u00a0los mismos en la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Coordinar con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n \u00a0y Direccionamiento Corporativo, la definici\u00f3n y aplicaci\u00f3n de indicadores de \u00a0gesti\u00f3n para los procesos de la dependencia y responder por las metas y los \u00a0indicadores de gesti\u00f3n contemplados en los planes indicativos y operativos, \u00a0programas y proyectos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de los procesos de sus dependencias.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera. Son funciones de la Direcci\u00f3n Administrativa y \u00a0Financiera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer para \u00a0adopci\u00f3n del Director General las pol\u00edticas, normas y procedimientos para la \u00a0administraci\u00f3n de los recursos f\u00edsicos, financieros y econ\u00f3micos del \u00a0SENA y asesorar a la Direcci\u00f3n General, las Direcciones Regionales, la Direcci\u00f3n \u00a0del Distrito Capital y a los Centros de Formaci\u00f3n en la ejecuci\u00f3n de los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, \u00a0coordinar, controlar y ejecutar los procesos y actividades \u00a0requeridas en la Entidad para la administraci\u00f3n de los recursos f\u00edsicos, \u00a0financieros, y prestaci\u00f3n de servicios generales, con criterios de eficiencia y \u00a0eficacia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar al \u00a0Consejo Directivo Nacional del SENA, al Director General, a los organismos de \u00a0Control y a las dem\u00e1s entidades estatales que lo requieran, los informes \u00a0relacionados con la gesti\u00f3n administrativa y financiera de la entidad y la \u00a0rendici\u00f3n de cuentas institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y \u00a0gestionar con las entidades p\u00fablicas y privadas, los asuntos necesarios para la \u00a0adecuada gesti\u00f3n log\u00edstica, financiera y contable de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Estructurar, \u00a0implementar y controlar el sistema de costos de los servicios que ofrece la \u00a0entidad, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento \u00a0Corporativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias del SENA los procesos contractuales y \u00a0de convenios en que intervenga el SENA y velar por la adecuada organizaci\u00f3n, \u00a0eficiencia y la observancia de las normas legales sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y \u00a0controlar los procesos de ejecuci\u00f3n presupuestal, contable y de tesorer\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir los \u00a0procesos de formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y control de las pol\u00edticas y planes de \u00a0recaudo, gesti\u00f3n de cartera y manejo de excedentes financieros de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y \u00a0controlar los sistemas y procedimientos de contabilidad institucional y la elaboraci\u00f3n \u00a0y presentaci\u00f3n de los estados financieros en el marco de las normas legales \u00a0vigentes y las directrices de la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proponer, \u00a0elaborar y tramitar en coordinaci\u00f3n con las dependencias de la entidad, las \u00a0modificaciones presupuestales que no afecten el monto del presupuesto aprobado \u00a0para la entidad, de conformidad con las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Elaborar y \u00a0controlar el programa anual de caja en forma mensualizada, para soportar la \u00a0ordenaci\u00f3n de gastos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir el an\u00e1lisis \u00a0del comportamiento financiero y presupuestal de la Entidad y efectuar las \u00a0recomendaciones del caso al Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir y \u00a0controlar las gestiones que deba efectuar la Entidad con bancos e instituciones \u00a0financieras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Liderar con la Direcci\u00f3n \u00a0de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la implantaci\u00f3n e integraci\u00f3n de \u00a0los sistemas de informaci\u00f3n administrativos, contables, financieros, de \u00a0adquisiciones y gesti\u00f3n de recursos f\u00edsicos y de costos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Controlar y \u00a0evaluar los procesos de recaudo de aportes parafiscales y mantener actualizado \u00a0el sistema de informaci\u00f3n de aportantes del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Establecer y \u00a0aplicar normas, procedimientos y t\u00e9cnicas requeridos para las bajas de bienes \u00a0muebles, el manejo y control de inventarios y administrar y \u00a0actualizar el registro de proveedores de la entidad, organizando, dirigiendo y \u00a0controlando los procesos para garantizar los servicios p\u00fablicos y el \u00a0mantenimiento y conservaci\u00f3n de los bienes muebles e inmuebles que requiere la \u00a0Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir y \u00a0controlar los procesos de contrataci\u00f3n para el mantenimiento, conservaci\u00f3n y \u00a0seguros de bienes muebles e inmuebles y, autorizar previamente para \u00a0efectos de la contrataci\u00f3n que realicen los Centros de Formaci\u00f3n, la \u00a0celebraci\u00f3n de los contratos de servicios personales, suministro, mantenimiento \u00a0y reposici\u00f3n o mantenimiento del parque automotor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dirigir, \u00a0coordinar y responder por el adecuado manejo y control de los dineros y t\u00edtulos \u00a0que por diversos conceptos reciba el SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Dirigir, \u00a0coordinar y responder por la contabilidad y supervisar los registros contables \u00a0y presupuestales de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes y las \u00a0instrucciones que al respecto impartan las entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Dirigir el \u00a0proceso de negociaci\u00f3n de inversiones y decidir sobre la estructura del \u00a0portafolio del SENA y de recursos de terceros a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Dirigir la \u00a0elaboraci\u00f3n de los presupuestos financieros y controlar su ejecuci\u00f3n de acuerdo \u00a0con las prioridades, planes, programas y proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Planear, dirigir, \u00a0controlar y responder por la gesti\u00f3n contable con el fin de obtener estados \u00a0financieros actualizados y que reflejen la realidad financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Verificar y \u00a0responder por el cumplimiento de las normas tributarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Preparar los informes \u00a0financieros que establezcan las normas vigentes y los requeridos por la Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Definir criterios \u00a0y emitir conceptos t\u00e9cnicos y financieros para los proyectos de construcciones \u00a0y adecuaciones locativas requeridos para el normal funcionamiento y la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios a cargo del SENA, dirigiendo y controlando \u00a0la planeaci\u00f3n, programaci\u00f3n, contrataci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y control de los proyectos \u00a0de construcci\u00f3n, ampliaci\u00f3n y control de los bienes inmuebles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Velar por la \u00a0legalizaci\u00f3n y titulaci\u00f3n de los bienes inmuebles del SENA y la \u00a0actualizaci\u00f3n de los inventarios correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Dise\u00f1ar e \u00a0implementar el Sistema Nacional de Venta de Bienes y Servicios de los Centros \u00a0de Formaci\u00f3n Profesional, en coordinaci\u00f3n con las Direcciones de Planeaci\u00f3n y \u00a0Direccionamiento Corporativo y de Formaci\u00f3n Profesional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Asesorar a las \u00a0dependencias en los procesos propios del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la definici\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n para los procesos de la dependencia y \u00a0responder por las metas y los indicadores de gesti\u00f3n contemplados en los planes \u00a0indicativos y operativos, programas y proyectos de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Implementar y \u00a0mantener los procesos definidos en el Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad y velar por \u00a0el mejoramiento continuo de los mismos en la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>31. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Direcci\u00f3n \u00a0Jur\u00eddica. Son funciones de la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Gestionar la \u00a0soluci\u00f3n de los asuntos de car\u00e1cter jur\u00eddico que se presenten en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proyectar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dependencias respectivas, las reglamentaciones de car\u00e1cter \u00a0general que deba expedir el Consejo Directivo Nacional o el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Orientar y \u00a0propender porque las acciones de la instituci\u00f3n se ajusten a la normatividad \u00a0vigente, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Mantener la unidad \u00a0doctrinaria en los actos y decisiones de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Emitir y \u00a0establecer las directrices jur\u00eddicas para la aplicaci\u00f3n de las normas por parte \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Vigilar \u00a0permanentemente la hermen\u00e9utica jur\u00eddica con el prop\u00f3sito de mantener a la \u00a0entidad actualizada en lo concerniente a las tendencias de la jurisprudencia \u00a0sentada por las altas Cortes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Compilar las \u00a0normas legales, los conceptos, tanto internos como externos relacionados con la \u00a0actividad de la entidad y velar por su actualizaci\u00f3n, sistematizaci\u00f3n y \u00a0difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Emitir \u00a0lineamientos para la contrataci\u00f3n, suscripci\u00f3n de convenios nacionales e \u00a0internacionales, elaboraci\u00f3n de actos administrativos, procedimientos para \u00a0emisi\u00f3n de conceptos, gesti\u00f3n de procesos judiciales, cobro de obligaciones, \u00a0gesti\u00f3n de recursos y tutelas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Revisar y \u00a0actualizar en coordinaci\u00f3n con las dependencias del SENA, los proyectos de \u00a0normas internas, convenios nacionales e internacionales, contratos y dem\u00e1s \u00a0actos administrativos que deba suscribir el Consejo Directivo Nacional y el \u00a0Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar y \u00a0establecer mecanismos a nivel nacional para el cobro de la deuda en mora por \u00a0concepto de aportes, cuotas de monetizaci\u00f3n y dem\u00e1s valores adeudados al SENA \u00a0por entidades p\u00fablicas o privadas, personas naturales o jur\u00eddicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Gestionar los \u00a0proyectos de actos administrativos o resoluciones necesarios para atender los \u00a0recursos interpuestos ante el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asumir la \u00a0representaci\u00f3n judicial y extrajudicial de la entidad dentro de los procesos \u00a0judiciales y administrativos en que sea parte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar las \u00a0investigaciones que en el campo jur\u00eddico requiera la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Elaborar y \u00a0revisar los proyectos de ley, decretos y dem\u00e1s actos administrativos que \u00a0guarden relaci\u00f3n con las funciones del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Hacer seguimiento \u00a0a la agenda legislativa del Congreso de la Rep\u00fablica, con el fin de identificar \u00a0y monitorear los proyectos de ley que guarden relaci\u00f3n con la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar con las \u00a0Direcciones Regionales y la Direcci\u00f3n del Distrito Capital, la defensa judicial \u00a0integral de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar y \u00a0controlar la atenci\u00f3n de las peticiones que se realicen a las dependencias de \u00a0la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Realizar en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Promoci\u00f3n y Relaciones Corporativas, procesos de \u00a0divulgaci\u00f3n dirigidos a los funcionarios de la entidad, para garantizar el \u00a0respeto de los derechos y garant\u00edas constitucionales y legales de los \u00a0ciudadanos usuarios de los servicios del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Formaci\u00f3n Profesional y con los Centros de Formaci\u00f3n Profesional \u00a0Integral, la divulgaci\u00f3n a los aprendices del SENA, de los principios y \u00a0garant\u00edas constitucionales, como elemento fundamental de la formaci\u00f3n \u00a0profesional integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Determinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la formulaci\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n para los procesos de la dependencia y responder \u00a0por las metas y los indicadores de gesti\u00f3n contemplados en los planes \u00a0indicativos y operativos, programas y proyectos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Implementar y \u00a0mantener los procesos definidos en el Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad y velar por \u00a0la mejora continuada de los mismos en la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Presentar al \u00a0Director General los informes del \u00e1rea de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Comit\u00e9 \u00a0de Direcci\u00f3n. Le corresponde al Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n dise\u00f1ar y proponer las \u00a0pol\u00edticas y estrategias generales del SENA, as\u00ed como ser el cuerpo t\u00e9cnico y \u00a0consultivo de alta calificaci\u00f3n que coadyuva en la gesti\u00f3n de la entidad. El \u00a0Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n estar\u00e1 integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Director \u00a0General, quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. La Secretar\u00eda \u00a0General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Los Directores de \u00a0\u00c1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Actuar\u00e1 como \u00a0Secretario del Comit\u00e9, el funcionario que determine el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director General \u00a0podr\u00e1 invitar a las sesiones del Comit\u00e9 a los funcionarios o personas cuya \u00a0asistencia se considere necesaria, dependiendo de los asuntos a tratar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Comit\u00e9 \u00a0Nacional de Formaci\u00f3n Profesional Integral. El Comit\u00e9 Nacional de Formaci\u00f3n \u00a0Profesional Integral, es un organismo permanente asesor, tanto del Consejo \u00a0Directivo Nacional, como del Director General del SENA. Su composici\u00f3n, \u00a0funciones y funcionamiento ser\u00e1 determinado por el Consejo Directivo Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Mesas \u00a0Sectoriales. Las Mesas Sectoriales son instancias de concertaci\u00f3n, donde se \u00a0proponen pol\u00edticas para la formaci\u00f3n, mediante la normalizaci\u00f3n y la \u00a0certificaci\u00f3n de competencias laborales. Las mesas sectoriales estar\u00e1n \u00a0integradas por representantes de los gremios, los empresarios, los \u00a0trabajadores, pensionados del Sena, las entidades de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n, \u00a0el gobierno nacional y de los Centros de Investigaci\u00f3n y desarrollo \u00a0Tecnol\u00f3gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Funciones \u00a0de otros \u00f3rganos de asesor\u00eda. El Director General del SENA podr\u00e1 crear y \u00a0organizar Comit\u00e9s de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n para estudiar y atender asuntos \u00a0especiales de competencia del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcciones Regionales y Direcci\u00f3n y del Distrito Capital \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Consejos \u00a0regionales o distrital. En cada Departamento y en el Distrito Capital de \u00a0Bogot\u00e1, habr\u00e1 un Consejo Regional o Distrital, seg\u00fan el caso, el cual estar\u00e1 \u00a0integrado as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Un experto \u00a0designado por el Gobernador o el Alcalde del Distrito Capital, seg\u00fan el caso; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Un delegado del \u00a0Ministerio de la Protecci\u00f3n Social; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Cuatro \u00a0representantes de los Gremios, designados por los Gremios integrantes del \u00a0Consejo Directivo Nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Un representante \u00a0de la Conferencia Episcopal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dos representantes \u00a0de las Confederaciones de Trabajadores, designados por aquellas que acrediten \u00a0ante el Ministerio de la Protecci\u00f3n Social, tener el mayor n\u00famero de \u00a0trabajadores afiliados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Un representante \u00a0de las Organizaciones Campesinas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director Regional \u00a0o del Distrito Capital asistir\u00e1 a las reuniones del Consejo Regional o \u00a0Distrital con voz pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Ninguna \u00a0de las personas naturales que integran el Consejo Regional o Distrital podr\u00e1 \u00a0tener vinculaci\u00f3n laboral o contractual alguna con el SENA. La asistencia a las \u00a0sesiones del Consejo Regional, en ning\u00fan caso dar\u00e1 lugar al pago de honorarios. \u00a0No obstante lo anterior, la entidad podr\u00e1 cancelar los costos de desplazamiento, \u00a0en el evento que haya lugar a ello. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La \u00a0inasistencia sin justificaci\u00f3n de los miembros del Consejo Regional, a m\u00e1s de \u00a0dos sesiones durante el semestre, dar\u00e1 lugar a solicitar el reemplazo del \u00a0representante o delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. La \u00a0designaci\u00f3n de los miembros que representan a los sectores diferentes al \u00a0Gobierno y a los gremios en el Consejo Regional, se har\u00e1 para per\u00edodos de dos \u00a0a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Si al vencimiento del \u00a0per\u00edodo correspondiente los representantes de los sectores diferentes al Gobierno \u00a0y a los gremios a los cuales hace referencia el presente art\u00edculo no son \u00a0reelegidos o reemplazados, continuar\u00e1n los anteriores en interinidad hasta \u00a0cuando se produzca su designaci\u00f3n ante el respectivo Consejo. Una vez producida \u00a0esta en propiedad, ella se entender\u00e1 efectuada para el resto del per\u00edodo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Funciones \u00a0de los Consejos Regionales y del Consejo del Distrito Capital. Son \u00a0funciones de los Consejos Regionales y del Consejo del Distrito Capital: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Proponer al director regional o distrital los planes y programas de la \u00a0direcci\u00f3n regional o distrital, seg\u00fan el caso, acordes con los planes y \u00a0programas nacionales de la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer al \u00a0Director Regional o Distrital la realizaci\u00f3n de alianzas estrat\u00e9gicas con \u00a0cadenas productivas, promoviendo la modernizaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, con el fin de \u00a0impulsar el desarrollo empresarial del departamento o distrito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al \u00a0Consejo Directivo Nacional, al Director General y al Director Regional o \u00a0Distrital en los estudios sobre recursos humanos y necesidades de formaci\u00f3n \u00a0profesional del Departamento o Distrito Capital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover la \u00a0formulaci\u00f3n de proyectos de ciencia y tecnolog\u00eda, con el fin de que los mismos \u00a0obtengan financiaci\u00f3n a trav\u00e9s de los programas dise\u00f1ados por la entidad, en aplicaci\u00f3n \u00a0de los recursos de que trata el art\u00edculo 16 de la Ley 344 de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Recomendar la financiaci\u00f3n \u00a0de los proyectos de la jurisdicci\u00f3n que apliquen a los programas financiados \u00a0con los recursos de que trata el art\u00edculo 16 de la Ley 344 de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elegir al \u00a0presidente del Consejo para per\u00edodos de un (1) a\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover los \u00a0servicios del SENA ante los sectores econ\u00f3micos, laborales y sociales que \u00a0representan y coadyuvar a la realizaci\u00f3n de los fines que persigue. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer al \u00a0Director General del SENA la apertura de programas de Formaci\u00f3n Profesional \u00a0Integral, de acuerdo con las necesidades sociales y empresariales, y el plan de \u00a0desarrollo del Departamento o del Distrito Capital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Estudiar los \u00a0informes anuales u ocasionales que sobre la marcha de la instituci\u00f3n debe \u00a0rendir el Director Regional o Distrital y presentar a este y al Director \u00a0General las observaciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Velar por la \u00a0realizaci\u00f3n de las acciones de coordinaci\u00f3n, relacionamiento y monitoreo de los \u00a0planes y programas institucionales que se desarrollen en su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Velar por el \u00a0cumplimiento de la cobertura, flexibilidad, oportunidad, calidad y pertinencia \u00a0de los programas y acciones de Formaci\u00f3n Profesional Integral y de \u00a0los dem\u00e1s servicios institucionales que se desarrollen en su jurisdicci\u00f3n, de \u00a0conformidad con los indicadores de gesti\u00f3n definidos para cada per\u00edodo lectivo \u00a0y proponer al Director Regional o Distrital, seg\u00fan el caso, los ajustes y \u00a0correctivos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Articular sus \u00a0planes de acci\u00f3n, con los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos de Centro del respectivo \u00a0Departamento o del Distrito Capital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar su plan \u00a0anual de trabajo, con metas e indicadores de gesti\u00f3n y remitirlo al Consejo \u00a0Directivo Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Numeral modificado \u00a0por el Decreto 2520 de 2013, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Monitorear \u00a0la contrataci\u00f3n de instructores que ejecute el respectivo Subdirector de \u00a0Centro, la cual se adelantar\u00e1 utilizando los bancos de contratistas y de \u00a0instructores inscritos en los sistemas de informaci\u00f3n del Sena. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 14: \u201cMonitorear la \u00a0contrataci\u00f3n de instructores que ejecute el respectivo Subdirector de Centro, \u00a0la cual se adelantar\u00e1 siempre utilizando los bancos de contratistas y de \u00a0instructores inscritos en los Centros de Informaci\u00f3n del Servicio P\u00fablico de \u00a0Empleo del SENA.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Evaluar las \u00a0acciones que realiza el Director Regional o Distrital, encaminadas al \u00a0cumplimiento de la misi\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dictar su propio \u00a0reglamento, el cual contemplar\u00e1 entre otros aspectos, la periodicidad de sus \u00a0reuniones, y sus mecanismos de citaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le \u00a0delegue el Consejo Directivo Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Para \u00a0recomendar la financiaci\u00f3n de proyectos con recursos de los que trata el \u00a0art\u00edculo 16 de la Ley 344 de 1996, los \u00a0Consejos Regionales y el del Distrito Capital, podr\u00e1n conformar comisiones \u00a0regionales donde participen funcionarios expertos del gobierno nacional, \u00a0departamental y local y reconocidos expertos del respectivo sector productivo \u00a0en el que impactar\u00e1 el proyecto en cuesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Direcciones \u00a0Regionales y del Distrito Capital. Las Direcciones Regionales y la \u00a0Direcci\u00f3n del Distrito Capital, ser\u00e1n ejercidas por un Director de libre \u00a0remoci\u00f3n, que ser\u00e1 representante del Director General, escogido por el \u00a0correspondiente Gobernador de conformidad con lo dispuesto en el numeral 13 del \u00a0art\u00edculo 305 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0de ternas seleccionadas mediante un proceso meritocr\u00e1tico y tendr\u00e1n la \u00a0responsabilidad de coordinar, administrar y velar por la ejecuci\u00f3n de \u00a0las actividades del SENA y de los Centros de Formaci\u00f3n Profesional Integral, \u00a0dentro del \u00e1rea de su jurisdicci\u00f3n conformada por el respectivo Departamento o \u00a0por el Distrito Capital, seg\u00fan el caso, as\u00ed como de las delegaciones que al \u00a0efecto realice la Direcci\u00f3n General del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Direcciones \u00a0Regionales del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, ser\u00e1n: Cundinamarca, \u00a0Antioquia, Valle, Santander, Atl\u00e1ntico, Bol\u00edvar, Boyac\u00e1, Caldas, Cauca, Cesar, \u00a0C\u00f3rdoba, Guajira, Huila, Magdalena, Meta, Nari\u00f1o, Norte de Santander, Quind\u00edo, \u00a0Risaralda, Tolima, Caquet\u00e1, Casanare, Choc\u00f3, San Andr\u00e9s, Sucre, Amazonas, \u00a0Arauca, Guain\u00eda, Guaviare, Putumayo, Vaup\u00e9s, Vichada y la Direcci\u00f3n del \u00a0Distrito Capital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Funciones \u00a0de las Direcciones Regionales y de la Direcci\u00f3n del Distrito Capital: Son \u00a0funciones de las Direcciones Regionales y de la Direcci\u00f3n del Distrito Capital, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asegurar que las \u00a0pol\u00edticas, objetivos, estrategias, planes, programas, normas y procedimientos \u00a0adoptados por la entidad se cumplan, para garantizar el cumplimiento de la \u00a0misi\u00f3n del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Vigilar y \u00a0controlar que los Centros de Formaci\u00f3n de su jurisdicci\u00f3n, cumplan con los \u00a0planes y funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover, \u00a0coordinar, articular y suscribir alianzas y convenios con las dem\u00e1s entidades \u00a0p\u00fablicas y privadas, para aunar esfuerzos, recursos e impacto de los programas \u00a0de formaci\u00f3n, previa autorizaci\u00f3n impartida por el Consejo directivo regional o \u00a0del Distrito Capital, en consonancia con las disposiciones presupuestales y las \u00a0normas de contrataci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Medir y evaluar la \u00a0gesti\u00f3n de los Centros de Formaci\u00f3n y programas que dependan de la Direcci\u00f3n \u00a0Regional o del Distrito Capital, con base en los indicadores definidos por el \u00a0SENA, retroalimentarlos y hacer seguimiento a los planes de mejoramiento \u00a0derivados de la evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar al \u00a0respectivo Consejo Regional o Distrital, los programas y planes de cada Centro \u00a0de Formaci\u00f3n y el informe de evaluaci\u00f3n del cumplimiento de metas e indicadores \u00a0de gesti\u00f3n de los Centros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Integrar esfuerzos \u00a0y proyectos entre los Centros de Formaci\u00f3n de su jurisdicci\u00f3n y los programas, \u00a0para dar respuesta articulada de servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Procurar eficientes \u00a0y productivos procesos de integraci\u00f3n entre los diversos Centros de Formaci\u00f3n \u00a0Profesional del Sena. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar y \u00a0presentar los planes y programas del SENA, ante el respectivo Consejo Regional \u00a0o del Distrito Capital, y presentar avances peri\u00f3dicos de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Gestionar con los \u00a0empleadores de su jurisdicci\u00f3n, el cumplimiento de las cuotas de aprendizaje, \u00a0la monetizaci\u00f3n de la cuota de aprendizaje y de los aportes que deban efectuar \u00a0al SENA y hacer cumplir las normas correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Gestionar y \u00a0coordinar los procesos de reconocimiento y autorizaci\u00f3n de programas, de \u00a0articulaci\u00f3n de acciones de formaci\u00f3n de los centros con las instituciones de \u00a0educaci\u00f3n media t\u00e9cnica, educaci\u00f3n superior, empresas y otras organizaciones \u00a0integrantes del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n para el trabajo, de acuerdo con \u00a0las pol\u00edticas de la Direcci\u00f3n General, con el prop\u00f3sito de garantizar movilidad \u00a0y reconocimiento en la cadena de formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar la red \u00a0departamental de entidades de formaci\u00f3n para el trabajo, ejerciendo la \u00a0secretar\u00eda t\u00e9cnica de la misma y respondiendo por el cumplimiento del plan \u00a0anual, en el marco de las pol\u00edticas y directrices formuladas desde la Direcci\u00f3n \u00a0del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n para el Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Promover la \u00a0presentaci\u00f3n de proyectos para acceder a los recursos de la Ley 344 de 1996, que permitan \u00a0fortalecer los sectores productivos regionales, de acuerdo con las pol\u00edticas de \u00a0desarrollo departamentales y del Distrito Capital, y garantizar que se efect\u00fae \u00a0la transferencia tecnol\u00f3gica a los centros de formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Desarrollar, de \u00a0conformidad con las pol\u00edticas del SENA, convocatorias departamentales o \u00a0regionales para presentar proyectos con recursos de los que trata el art\u00edculo \u00a016 de la Ley 344 de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Garantizar que en \u00a0los Centros de Formaci\u00f3n a su cargo, la selecci\u00f3n y contrataci\u00f3n de personal se \u00a0adelante de acuerdo con los criterios acad\u00e9micos y t\u00e9cnicos establecidos por la \u00a0instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Controlar el \u00a0cumplimiento de la jornada de los instructores de cuarenta y dos y media (42.5) \u00a0horas semanales, dedicadas en su totalidad a la ejecuci\u00f3n de las funciones \u00a0propias de su cargo y que la entidad les programe, y el cumplimiento de la \u00a0dedicaci\u00f3n por parte de cada instructor de treinta y dos (32) horas semanales \u00a0en actividades directas de Formaci\u00f3n Profesional Integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Gestionar ante la \u00a0Direcci\u00f3n General la aprobaci\u00f3n d e proyectos de impacto regional y garantizar \u00a0su articulaci\u00f3n con las pol\u00edticas generales de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Aprobar los \u00a0planes de ejecuci\u00f3n de las partidas presupuestales asignadas para los proyectos \u00a0y acciones orientados al fortalecimiento institucional y de formaci\u00f3n \u00a0profesional, garantizando su impacto regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Implementar las \u00a0estrategias y acciones de comunicaci\u00f3n, imagen corporativa e informaci\u00f3n a la \u00a0ciudadan\u00eda, de acuerdo con las pol\u00edticas nacionales de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Implementar y \u00a0mantener los procesos definidos en el Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad y velar por \u00a0la mejora continua de los mismos en la Direcci\u00f3n Regional y en los Centros de \u00a0Formaci\u00f3n Profesional de su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Representar al \u00a0SENA en el respectivo Departamento o en el Distrito Capital, seg\u00fan el caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la definici\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n de la Direcci\u00f3n Regional o Distrital, \u00a0seg\u00fan el caso y de los Centros de Formaci\u00f3n a cargo y responder por las metas y \u00a0los indicadores de gesti\u00f3n de la Direcci\u00f3n Regional o del Distrito Capital y de \u00a0los Centros de Formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Coordinar la \u00a0integraci\u00f3n de procesos y recursos de los Centros de Formaci\u00f3n del Sena, de la \u00a0jurisdicci\u00f3n del departamento o del Distrito Capital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Centros de Formaci\u00f3n Profesional Integral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Centros \u00a0de Formaci\u00f3n Profesional Integral. Los Centros de Formaci\u00f3n Profesional \u00a0Integral, son las dependencias responsables de la prestaci\u00f3n de los servicios \u00a0de formaci\u00f3n profesional integral, los servicios tecnol\u00f3gicos, la promoci\u00f3n y \u00a0el desarrollo del empresarismo, la normalizaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de competencias \u00a0laborales, en interacci\u00f3n con entes p\u00fablicos y privados y en articulaci\u00f3n con \u00a0las cadenas productivas y los sectores econ\u00f3micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estos operar\u00e1n en \u00a0sedes fijas, con un \u00e1rea de jurisdicci\u00f3n determinada, para dar respuesta a las \u00a0necesidades de su entorno, con flexibilidad, oportunidad, calidad y \u00a0pertinencia. Los Centros arbitrar\u00e1n los recursos que se generen en cada uno, \u00a0por la venta de bienes y servicios; para tal fin constituir\u00e1n una cuenta \u00a0independiente, con una contabilidad que refleje los ingresos y egresos de la \u00a0misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director General \u00a0del SENA, de conformidad con los criterios adoptados por el Consejo Directivo \u00a0Nacional, podr\u00e1 crear mediante acto administrativo Centros o Programas \u00a0Itinerantes de Formaci\u00f3n Profesional Integral, y determinar su organizaci\u00f3n, \u00a0jurisdicci\u00f3n, funciones y recursos requeridos para garantizar su operaci\u00f3n y el \u00a0cumplimiento de metas de formaci\u00f3n profesional. Los Centros o Programas \u00a0Itinerantes ser\u00e1n transitorios y en todo caso ser\u00e1n financiados con los \u00a0recursos aprobados en el correspondiente presupuesto anual de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Los \u00a0Subdirectores de los Centros de Formaci\u00f3n Profesional Integral del SENA son \u00a0funcionarios de libre remoci\u00f3n por parte del Director General del SENA. En todo \u00a0caso, su nombramiento deber\u00e1 realizarse mediante un proceso de selecci\u00f3n \u00a0meritocr\u00e1tico, sujeto a veedur\u00eda ciudadana. Para tal fin deber\u00e1 realizarse una \u00a0selecci\u00f3n de por lo menos tres (3) candidatos por cada Centro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. En los \u00a0Departamentos de Caquet\u00e1, Casanare, Choc\u00f3, San Andr\u00e9s y Sucre, los Directores \u00a0Regionales dirigir\u00e1n los Centros de Formaci\u00f3n Profesional Integral y en los \u00a0Departamentos de Amazonas, Arauca, Guain\u00eda, Guaviare, Putumayo, Vaup\u00e9s y \u00a0Vichada, el Subdirector de Centro ejercer\u00e1 las funciones de Director Regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. \u00a0Transitoriamente, el Departamento de Guain\u00eda ser\u00e1 atendido mediante un Programa \u00a0o Centro Itinerante, coordinado desde la Direcci\u00f3n General del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Funciones \u00a0de las Subdirecciones de los Centros de Formaci\u00f3n Profesional Integral. Son \u00a0funciones de las Subdirecciones de los Centros de Formaci\u00f3n Profesional \u00a0Integral: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, \u00a0programar, ejecutar, controlar y evaluar los procesos de Formaci\u00f3n Profesional \u00a0Integral para atender las demandas de los sectores productivos y sociales, \u00a0directamente o mediante alianzas o convenios con otros agentes p\u00fablicos o \u00a0privados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar, \u00a0coordinar y administrar la labor operativa en lo relacionado con las pol\u00edticas \u00a0de Formaci\u00f3n Profesional Integral y las actividades de naturaleza tecnol\u00f3gica. \u00a0Para el efecto, el Centro desarrollar\u00e1 estrategias y programas de acuerdo con \u00a0la informaci\u00f3n recibida de quienes utilizan el portafolio de servicios del \u00a0centro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 2520 de 2013, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Coordinar \u00a0y concertar las acciones necesarias para la formaci\u00f3n de los desempleados \u00a0inscritos en el Sistema de Informaci\u00f3n del Servicio P\u00fablico de Empleo que \u00a0administra la Unidad Administrativa Especial del Servicio P\u00fablico de Empleo, \u00a0para lo cual deber\u00e1 utilizar la informaci\u00f3n del comportamiento del mercado \u00a0laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 3: \u201cCoordinar y \u00a0concertar las acciones necesarias para la formaci\u00f3n de los desempleados \u00a0inscritos en los Centros de los servicios p\u00fablicos de Empleo y la utilizaci\u00f3n de \u00a0la informaci\u00f3n del comportamiento del mercado laboral como insumo para la \u00a0programaci\u00f3n del Centro.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar la \u00a0secretar\u00eda t\u00e9cnica de las mesas sectoriales y soportarlas metodol\u00f3gica-mente, a \u00a0fin de identificar los requerimientos de desempe\u00f1o en el trabajo para la \u00a0definici\u00f3n y elaboraci\u00f3n de normas de competencia laboral y a partir de ellas \u00a0orientar los programas de Formaci\u00f3n Profesional Integral del SENA y la oferta \u00a0educativa del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n para el Trabajo, siguiendo las \u00a0pol\u00edticas y orientaciones de la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar y \u00a0ejecutar planes de evaluaci\u00f3n y certificaci\u00f3n del desempe\u00f1o de los trabajadores \u00a0en correspondencia con las \u00e1reas de desempe\u00f1o atendidas por el Centro, \u00a0siguiendo las pol\u00edticas y orientaciones de la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer y \u00a0participar en la elaboraci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de dise\u00f1os curriculares que \u00a0respondan a las necesidades de los sectores productivos y sociales, de acuerdo \u00a0con las orientaciones de la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar y \u00a0ejecutar los planes de formaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n pedag\u00f3gica y metodol\u00f3gica \u00a0de los instructores del Centro, y de los docentes, multiplicadores de las \u00a0empresas y dem\u00e1s agentes educativos, de conformidad con las normas de \u00a0Competencia Laboral establecidas, y las pol\u00edticas, orientaciones y reglamentaci\u00f3n \u00a0de la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar y \u00a0concertar con los representantes de los sectores econ\u00f3micos y sociales, y de \u00a0las cadenas productivas y clusters de su \u00e1rea de influencia, programas y proyectos \u00a0para el incremento de la cobertura, pertinencia, calidad e innovaci\u00f3n de los \u00a0servicios del Centro, anticip\u00e1ndose en la atenci\u00f3n de las necesidades de \u00a0formaci\u00f3n profesional integral con flexibilidad, oportunidad y eficiencia en la \u00a0respuesta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer al \u00a0Director Regional o Distrital, la realizaci\u00f3n de alianzas, convenios y acuerdos \u00a0con otras organizaciones p\u00fablicas y privadas en concertaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n \u00a0General, y las Direcciones Departamental o Distrital, seg\u00fan el caso, buscando \u00a0aunar esfuerzos y recursos que mejoren el impacto de las acciones del Centro en \u00a0la comunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Dirigir, controlar y evaluar las acciones de Formaci\u00f3n Profesional Integral que \u00a0se ejecuten mediante alianzas, convenios o contratos con empresas o \u00a0instituciones educativas u otras organizaciones, velando por la calidad e \u00a0impacto de la formaci\u00f3n. Igualmente, certificar los aprendices formados bajo \u00a0estos mecanismos cuando as\u00ed corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Garantizar que la \u00a0formaci\u00f3n profesional integral que imparte el Centro constituya un proceso \u00a0educativo te\u00f3rico-pr\u00e1ctico de car\u00e1cter integral, orientado al desarrollo de \u00a0conocimientos t\u00e9cnicos, tecnol\u00f3gicos y de actitudes y valores para la \u00a0convivencia social y el emprendimiento que le permitan a la persona actuar \u00a0cr\u00edtica y creativamente en el mundo del trabajo y de la vida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Fortalecer la \u00a0articulaci\u00f3n te\u00f3rico-pr\u00e1ctica de la Formaci\u00f3n Profesional Integral aplicando \u00a0estrategias de formaci\u00f3n producci\u00f3n, por proyectos, compartida, en la empresa, \u00a0en el trabajo, incubaci\u00f3n de empresas y formaci\u00f3n para el emprendimiento y \u00a0empresarismo entre otras; en desarrollo de la formaci\u00f3n por proyectos, podr\u00e1n \u00a0ejecutarse recursos para que mediante estos se provean bienes y servicios a la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Evaluar, aprobar \u00a0y financiar proyectos realizados por aprendices organizados en cooperativas o \u00a0asociaciones de aprendices, para prestar servicios al SENA como parte de su \u00a0proceso de formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ejecutar acciones \u00a0de formaci\u00f3n para el empresarismo, de asesor\u00eda y apoyo para el fortalecimiento \u00a0y el desarrollo empresarial de las unidades productivas, empresas y \u00a0organizaciones del \u00e1rea de influencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Ofrecer, sin \u00a0afectar la programaci\u00f3n regular de la formaci\u00f3n profesional integral gratuita y \u00a0previa autorizaci\u00f3n del Consejo Regional o Distrital, cursos de extensi\u00f3n a \u00a0ciudadanos con capacidad de pago, quienes cancelar\u00e1n estos cursos de \u00a0conformidad con la reglamentaci\u00f3n que para tal efecto expida la Direcci\u00f3n \u00a0General y cursos para desarrollar proyectos especiales de formaci\u00f3n-producci\u00f3n, \u00a0utilizando la infraestructura disponible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Administrar los \u00a0procesos de ingreso, registro acad\u00e9mico y certificaci\u00f3n de los alumnos del \u00a0Centro y servicios a egresados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Desarrollar \u00a0procesos de evaluaci\u00f3n de la formaci\u00f3n profesional y aplicar indicadores para medir \u00a0el desempe\u00f1o de la gesti\u00f3n del Centro y el cumplimiento de sus planes de \u00a0acuerdo con las orientaciones de la Direcci\u00f3n General y la Direcci\u00f3n Regional o \u00a0Distrital, seg\u00fan el caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejecutar los \u00a0procesos necesarios para la incorporaci\u00f3n del conocimiento resultante de los \u00a0programas y proyectos de innovaci\u00f3n y desarrollo tecnol\u00f3gico, y \u00a0de formaci\u00f3n continua ejecutados por las empresas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Dirigir la \u00a0implementaci\u00f3n del programa integral de bienestar de los alumnos del Centro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Establecer \u00a0estrategias y mecanismos para la producci\u00f3n y venta de bienes y servicios, \u00a0resultantes de los procesos y acciones de Formaci\u00f3n Profesional Integral o de \u00a0proyectos especiales formulados como complemento de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Arbitrar y \u00a0ejecutar los recursos que se generen por la venta de bienes y servicios \u00a0producidos en el respectivo Centro, a trav\u00e9s de una cuenta independiente, con \u00a0una contabilidad que refleje los ingresos y egresos de la misma; estos recursos \u00a0deber\u00e1n ser utilizados exclusivamente por cada Centro de Formaci\u00f3n Profesional \u00a0integral para: adquisici\u00f3n de materiales para formaci\u00f3n, para el mantenimiento \u00a0de los equipos utilizados para tal fin y para la adquisici\u00f3n de insumos para la \u00a0explotaci\u00f3n agropecuaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Organizar y \u00a0prestar los servicios tecnol\u00f3gicos en funci\u00f3n y para el fortalecimiento de los \u00a0programas de Formaci\u00f3n Profesional Integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n General del SENA, la concertaci\u00f3n de proyectos de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica \u00a0nacional e internacional para la modernizaci\u00f3n y fortalecimiento de la gesti\u00f3n \u00a0administrativa, pedag\u00f3gica y tecnol\u00f3gica del Centro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Realizar \u00a0convenios y alianzas estrat\u00e9gicas con las instituciones y\/o agentes del Sistema \u00a0Nacional de Formaci\u00f3n para el Trabajo y del Sistema Nacional de Innovaci\u00f3n, \u00a0para fortalecer la productividad y competitividad de los sectores productivos y \u00a0sociales atendidos por el Centro, previa autorizaci\u00f3n del Director General, \u00a0siguiendo las pol\u00edticas y orientaciones de la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Administrar los \u00a0procesos de reconocimiento y autorizaci\u00f3n de programas, y de articulaci\u00f3n de \u00a0acciones de formaci\u00f3n del Centro con las Instituciones de Educaci\u00f3n Media \u00a0T\u00e9cnica, Educaci\u00f3n Superior, empresas y otras organizaciones integrantes del \u00a0Sistema Nacional de Formaci\u00f3n para el Trabajo, de acuerdo con las pol\u00edticas de \u00a0la Direcci\u00f3n General, con el prop\u00f3sito de garantizar movilidad y reconocimiento \u00a0en la cadena de formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Orientar a los \u00a0aprendices para gestionar ante los empresarios el contrato de aprendizaje. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Elaborar y \u00a0ejecutar el plan de mercadeo de los programas y servicios del Centro, \u00a0implementando mecanismos de retroalimentaci\u00f3n con los empresarios, trabajadores \u00a0y dem\u00e1s usuarios, velando porque el portafolio de servicios responda a las \u00a0necesidades de la regi\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Administrar y \u00a0ejecutar los procesos de contrataci\u00f3n, provisi\u00f3n, manejo, mantenimiento, \u00a0seguimiento y control del talento humano, de los recursos f\u00edsicos, \u00a0tecnol\u00f3gicos, pedag\u00f3gicos, humanos, financieros y de informaci\u00f3n del Centro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Responder por la \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal de los recursos del Centro de Formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Organizar los \u00a0servicios de fotocopiado, archivo, mantenimiento y conservaci\u00f3n de bienes \u00a0muebles e inmuebles que necesite el Centro de Formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>31. Elaborar y gestionar \u00a0los planes de inducci\u00f3n, reinducci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n, \u00a0certificaci\u00f3n del desempe\u00f1o y mejoramiento continuo del talento humano adscrito \u00a0al Centro, siguiendo las pol\u00edticas y orientaciones de la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>32. Decidir sobre \u00a0aspectos acad\u00e9micos, de planeaci\u00f3n, administrativos y financieros en \u00a0articulaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n General y la Direcci\u00f3n Regional o del Distrito \u00a0Capital, seg\u00fan el caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>33. Preparar y rendir \u00a0informes requeridos por la Direcci\u00f3n Regional o Distrital, la Direcci\u00f3n General \u00a0y entidades p\u00fablicas y privadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>34. Gestionar la \u00a0implementaci\u00f3n y el mejoramiento continuo de los procesos involucrados en el \u00a0Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad del Centro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>35. Coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Direccionamiento Corporativo, la definici\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n para los procesos de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>36. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y correspondan a la naturaleza del Centro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. De la \u00a0Coordinaci\u00f3n Acad\u00e9mica de los Centros de Formaci\u00f3n. La Coordinaci\u00f3n \u00a0acad\u00e9mica en los Centros de Formaci\u00f3n Profesional, ser\u00e1 realizada de \u00a0conformidad con la reglamentaci\u00f3n que al respecto adopte el Director General \u00a0del SENA, la cual deber\u00e1 contemplar como requisito para ejercer dicha \u00a0Coordinaci\u00f3n, el cumplimiento de las normas de competencia laboral respectivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Comit\u00e9s \u00a0T\u00e9cnicos de Centro. Los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos de Centro, podr\u00e1n corresponder a \u00a0un Centro o a varios Centros articulados o integrados para la atenci\u00f3n de \u00a0cadenas productivas, conglomerados o sectores econ\u00f3micos. Los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos \u00a0de Centro tendr\u00e1n un radio de acci\u00f3n nacional o local, seg\u00fan el caso, y estar\u00e1n \u00a0conformados por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Tres expertos en \u00a0las \u00e1reas tecnol\u00f3gicas y de formaci\u00f3n del respectivo Centro o Centros \u00a0articulados o integrados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Un experto \u00a0designado por la correspondiente Mesa sectorial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dos expertos en \u00a0las \u00e1reas tecnol\u00f3gicas y de formaci\u00f3n del respectivo Centro o Centros \u00a0articulados o integrados, designados por las Confederaciones de Trabajadores, \u00a0que acrediten ante el Ministerio de la Protecci\u00f3n Social, tener el mayor n\u00famero \u00a0de trabajadores afiliados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Un experto de \u00a0reconocida trayectoria designado por el Consejo Regional o Distrital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La reglamentaci\u00f3n \u00a0para la designaci\u00f3n de los expertos de que tratan los numerales 1 y 2 del \u00a0presente art\u00edculo, ser\u00e1 realizada por el Consejo Directivo Nacional del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La \u00a0designaci\u00f3n del experto de que trata el numeral 4, cuando se trate de un Comit\u00e9 \u00a0T\u00e9cnico que aglutine varios Centros articulados o integrados, ser\u00e1 realizada \u00a0por el Consejo Directivo Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Funciones \u00a0de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos de Centro. Los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos de Centro ejercer\u00e1n \u00a0las funciones que a continuaci\u00f3n se se\u00f1alan: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Realizar \u00a0actividades de interacci\u00f3n entre los Centros que conforman un mismo \u00a0encadenamiento productivo y el entorno, de acuerdo con las necesidades en la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios y formaci\u00f3n profesional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Lograr la \u00a0integraci\u00f3n de la comunidad a los programas ofrecidos por el Centro o los \u00a0Centros que conforman el encadenamiento productivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover y \u00a0articular la respuesta y el portafolio de servicios del Centro o Centros, a las \u00a0necesidades de las empresas y los trabajadores, de conformidad con las \u00a0pol\u00edticas y objetivos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Interactuar con \u00a0los Centros en el manejo y planeaci\u00f3n de las estrategias y metas que lleven a \u00a0la optimizaci\u00f3n de los servicios prestados por los centros que conforman el \u00a0encadenamiento productivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Recomendar al \u00a0Comit\u00e9 de Formaci\u00f3n Profesional, por conducto del Director de Formaci\u00f3n, los \u00a0programas de formaci\u00f3n que deban ser incluidos en los planes de los Centros de \u00a0Formaci\u00f3n Profesional que conforman el encadenamiento productivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar por lo menos \u00a0dos veces al a\u00f1o, el funcionamiento del Centro o los Centros que conforman el \u00a0encadenamiento productivo, y formular las recomendaciones pertinentes al \u00a0respectivo Director Regional o del Distrito Capital, presentando por escrito el \u00a0respectivo informe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar el plan \u00a0anual de trabajo del Comit\u00e9, con metas e indicadores de gesti\u00f3n y remitirlo al \u00a0Consejo Regional o Distrital, seg\u00fan el caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y correspondan a la naturaleza del Comit\u00e9 T\u00e9cnico respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Ninguno \u00a0de los integrantes de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos de Centro, podr\u00e1n tener vinculaci\u00f3n \u00a0laboral o contractual con el SENA. La asistencia a las reuniones en ning\u00fan caso \u00a0dar\u00e1 lugar al pago de honorarios, pero los gastos de des plazamiento podr\u00e1n ser \u00a0sufragados por el SENA, cuando a ello haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. En los \u00a0Departamentos de Amazonas, Arauca, Caquet\u00e1, Casanare, Choc\u00f3, Guain\u00eda, San \u00a0Andr\u00e9s, Sucre, Vichada y Vaup\u00e9s, el Consejo Regional asumir\u00e1 las funciones del \u00a0Comit\u00e9 T\u00e9cnico de Centro, salvo que se trate de un Comit\u00e9 T\u00e9cnico que \u00a0corresponda a varios Centros articulados o integrados para la atenci\u00f3n de \u00a0cadenas productivas, conglomerados o sectores econ\u00f3micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones varias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. El Director \u00a0General determinar\u00e1 la clasificaci\u00f3n de los Centros de Formaci\u00f3n, su sede y jurisdicci\u00f3n, \u00a0as\u00ed como la creaci\u00f3n y conformaci\u00f3n de comit\u00e9s y grupos internos de \u00a0trabajo que demanda el cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Adicionalmente, el \u00a0Director General podr\u00e1 conformar grupos al servicio de varios Centros \u00a0(Complejos de Centro) para el desarrollo de las funciones establecidas con el \u00a0fin de optimizar recursos y aprovechar sinergias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. El \u00a0Director General podr\u00e1 crear grupos internos de trabajo permanentes o \u00a0transitorios y definir su composici\u00f3n y funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. El \u00a0presente decreto rige a partir de la fecha de publicaci\u00f3n en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que les sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D.C., \u00a0a 28 de enero de 2004. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de la \u00a0Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego Palacio Betancourt. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 249 DE 2004 \u00a0 \u00a0 (enero 28) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de \u00a0Aprendizaje, SENA. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Modificado por el Decreto 2520 de 2013. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Ver Resoluci\u00f3n 88 de 2018, \u00a0SENA. D.O. 50.493, pag. 75. \u00a0 \u00a0 Nota 3: Ver Sentencia del [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[52],"tags":[],"class_list":["post-35748","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2004"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35748","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35748"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35748\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35748"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35748"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35748"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}