{"id":35757,"date":"2023-07-26T20:30:39","date_gmt":"2023-07-26T20:30:39","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-255-de-2004\/"},"modified":"2023-07-26T20:30:39","modified_gmt":"2023-07-26T20:30:39","slug":"decreto-255-de-2004","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-255-de-2004\/","title":{"rendered":"DECRETO 255 DE 2004"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 255 DE 2004 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 28) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la estructura de la Unidad de Planeaci\u00f3n \u00a0Minero-Energ\u00e9tica, UPME, y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el \u00a0Decreto 1258 de 2013, \u00a0art\u00edculo 20. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le \u00a0confiere el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0de conformidad con lo previsto en el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n, naturaleza jur\u00eddica, domicilio, objetivo y \u00a0funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0.Denominaci\u00f3n. La Instituci\u00f3n para \u00a0todos los efectos legales se denominar\u00e1 Unidad de Planeaci\u00f3n Minero Energ\u00e9tica, \u00a0y utilizar\u00e1 la sigla UPME. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0.Naturaleza Jur\u00eddica. La Unidad de \u00a0Planeaci\u00f3n Minero-Energ\u00e9tica, UPME, de que trata la Ley 143 de 1994, es \u00a0una Unidad Administrativa Especial de car\u00e1cter t\u00e9cnico, adscrita al Ministerio \u00a0de Minas y Energ\u00eda con personer\u00eda jur\u00eddica, patrimonio propio y autonom\u00eda \u00a0presupuestal, con r\u00e9gimen especial en materia de contrataci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Unidad manejar\u00e1 sus recursos presupuestales y \u00a0operar\u00e1 a trav\u00e9s del contrato de Fiducia Mercantil que celebre con una entidad \u00a0fiduciaria, el cual se someter\u00e1 a las normas del derecho privado. Estas \u00a0disposiciones regir\u00e1n igualmente para los actos y contratos que se realicen en \u00a0desarrollo del respectivo contrato de Fiducia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0.Domicilio. La Unidad de \u00a0Plantaci\u00f3n Minero-Energ\u00e9tica, UPME, tendr\u00e1 como sede \u00a0principal la ciudad de Bogot\u00e1, D.C. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0.Objetivo. La Unidad de Plantaci\u00f3n \u00a0Minero-Energ\u00e9tica, UPME, tendr\u00e1 por objetivo planear \u00a0en forma integral, indicativa, permanente y coordinada con las entidades del \u00a0sector minero energ\u00e9tico, tanto entidades p\u00fablicas como privadas, el desarrollo \u00a0y aprovechamiento de los recursos energ\u00e9ticos y mineros, producir y divulgar la \u00a0informaci\u00f3n minero energ\u00e9tica requerida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0.Funciones. Para el cumplimiento \u00a0de su objetivo la Unidad de Planeaci\u00f3n Minero-Energ\u00e9tica, UPME, \u00a0desarrollar\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Establecer los requerimientos minero-energ\u00e9ticos \u00a0de la poblaci\u00f3n y los agentes econ\u00f3micos del pa\u00eds, con base en proyecciones de demanda \u00a0que tomen en cuenta la evoluci\u00f3n m\u00e1s probable de las variables demogr\u00e1ficas y \u00a0econ\u00f3micas y de precios de los recursos minero-energ\u00e9ticos destinados al \u00a0desarrollo del mercado nacional, con proyecci\u00f3n a la integraci\u00f3n regional y \u00a0mundial, dentro de una econom\u00eda globalizada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Establecer la manera de satisfacer dichos \u00a0requerimientos teniendo en cuenta los recursos minero-energ\u00e9ticos existentes, \u00a0convencionales y no convencionales, seg\u00fan criterios econ\u00f3micos, sociales, \u00a0tecnol\u00f3gicos y ambientales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar y actualizar el Plan Nacional Minero, el \u00a0Plan Energ\u00e9tico Nacional, el Plan de Expansi\u00f3n del sector el\u00e9ctrico, y los \u00a0dem\u00e1s planes subsectoriales, en concordancia con el Plan Nacional de \u00a0Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar an\u00e1lisis econ\u00f3micos de las \u00a0principales variables sectoriales y evaluar el comportamiento e incidencia del \u00a0sector minero energ\u00e9tico en la econom\u00eda del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Evaluar la conveniencia econ\u00f3mica y social del \u00a0desarrollo de fuentes y usos energ\u00e9ticos no convencionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar la rentabilidad econ\u00f3mica y social de las \u00a0exportaciones de los recursos mineros y energ\u00e9ticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Prestar servicios t\u00e9cnicos de planeaci\u00f3n y \u00a0asesor\u00eda y cobrar por ellos. Para estos efectos, la Unidad determinar\u00e1, \u00a0mediante reglamentaci\u00f3n, las condiciones que deben reunirse para su prestaci\u00f3n \u00a0y las tarifas aplicables a los mismos. En todo caso, tales servicios se \u00a0prestar\u00e1n sin perjuicio del cumplimiento de las dem\u00e1s funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer los vol\u00famenes m\u00e1ximos de combustible \u00a0l\u00edquidos derivados del petr\u00f3leo a distribuir por Ecopetrol \u00a0en cada municipio de conformidad con la ley vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar diagn\u00f3sticos que permitan la formulaci\u00f3n \u00a0de planes y programas del sector minero-energ\u00e9tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Establecer y operar los mecanismos y \u00a0procedimientos que permitan evaluar la oferta y demanda de minerales \u00a0energ\u00e9ticos, hidrocarburos, energ\u00eda y determinar las prioridades para \u00a0satisfacer tales requerimientos, de conformidad con la conveniencia nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar en materia de planeaci\u00f3n sectorial al \u00a0Ministerio de Minas y Energ\u00eda realizando estudios econ\u00f3micos cuando se requiera \u00a0y apoyar con informaci\u00f3n de mercados de inter\u00e9s sectorial a los agentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Fomentar, dise\u00f1ar y establecer de manera \u00a0prioritaria los planes, programas y proyectos relacionados con el ahorro, \u00a0conservaci\u00f3n y uso eficiente de la energ\u00eda en todos los campos de la actividad \u00a0econ\u00f3mica y adelantar las labores de difusi\u00f3n necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar los planes de expansi\u00f3n del Sistema \u00a0Interconectado Nacional y consultar al cuerpo consultivo permanente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Organizar, operar y mantener la base \u00fanica de \u00a0informaci\u00f3n estad\u00edstica oficial del sector minero-energ\u00e9tico, procurar la \u00a0normalizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n obtenida, elaborar y divulgar el balance \u00a0minero-energ\u00e9tico, la informaci\u00f3n estad\u00edstica, los indicadores del sector, as\u00ed \u00a0como los informes y estudios de inter\u00e9s para el mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Establecer los indicadores de evaluaci\u00f3n del \u00a0sector minero-energ\u00e9tico, con el fin de elaborar informes que cuantifiquen \u00a0sugesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Elaborar las memorias institucionales del sector \u00a0minero-energ\u00e9tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Conceptuar sobre la viabilidad t\u00e9cnica y \u00a0financiera de los proyectos presentados por el IPSE o \u00a0quien haga sus veces, para ser financiados por el Fondo de Apoyo Financiero \u00a0para la Energizaci\u00f3n de las Zonas no Interconectadas, FAZNI, \u00a0y fondos especiales para energizaci\u00f3n rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Conceptuar sobre la viabilidad financiera de los \u00a0proyectos presentados por los entes territoriales y las empresas de servicios \u00a0p\u00fablicos para ser financiados por el Fondo de Apoyo Financiero para la \u00a0Energizaci\u00f3n de las Zonas no Interconectadas, FAZNI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Conceptuar sobre la viabilidad t\u00e9cnica y \u00a0financiera de los proyectos para ser financiados a trav\u00e9s del Fondo de Apoyo \u00a0Financiero parala Energizaci\u00f3n de las Zonas Rurales \u00a0Interconectadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Conceptuar sobre la viabilidad t\u00e9cnica y \u00a0financiera de los proyectos a ser financiados a trav\u00e9s del Fondo Especial Cuota \u00a0de Fomento de Gas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Realizar las funciones administrativas que sean \u00a0necesarias para el desarrollo de la gesti\u00f3n encomendada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s que le se\u00f1ale la ley o le sean \u00a0asignadas y que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las entidades del sector minero \u00a0energ\u00e9tico tienen la obligaci\u00f3n de allegar toda la informaci\u00f3n necesaria para \u00a0el adecuado cumplimiento de las funciones de la Unidad de Planeaci\u00f3n Minero \u00a0Energ\u00e9tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n y administraci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0.De la Direcci\u00f3n de la Unidad. La \u00a0Unidad de Planeaci\u00f3n Minero-Energ\u00e9tica contar\u00e1 con un Director que tendr\u00e1 la \u00a0calidad de empleado p\u00fablico, de libre nombramiento y remoci\u00f3n del Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, quien ser\u00e1 el representante legal de la entidad y devengar\u00e1 la \u00a0remuneraci\u00f3n que determine el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0.Calidades del \u00a0Director. El Director deber\u00e1 reunir las siguientes condiciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Ser colombiano y ciudadano en ejercicio; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Poseer t\u00edtulo universitario en ingenier\u00eda, \u00a0econom\u00eda o administraci\u00f3n de empresas y estudios de postgrado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Contar con una reconocida preparaci\u00f3n y \u00a0experiencia t\u00e9cnica y haber desempe\u00f1ado cargos de responsabilidad en entidades \u00a0p\u00fablicas o privadas del sector minero energ\u00e9tico nacional o internacional por \u00a0un per\u00edodo superior a seis (6) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0.De la estructura de la Unidad. \u00a0Para el ejercicio de sus funciones, la Unidad de Planeaci\u00f3n Minero-Energ\u00e9tica \u00a0tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Direcci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n Energ\u00e9tica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n Minera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Subdirecci\u00f3n de Informaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Organos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2 Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0.Direcci\u00f3n General. Son funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, orientar, coordinar, ejecutar y vigilar \u00a0las funciones asignadas a la Unidad por la ley, el presente decreto y dem\u00e1s \u00a0normas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir la elaboraci\u00f3n y actualizaci\u00f3n del Plan \u00a0Nacional de Desarrollo Minero, el Plan Energ\u00e9tico Nacional y el Plan de \u00a0Expansi\u00f3n del sector el\u00e9ctrico en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo \u00a0y la pol\u00edtica macroecon\u00f3mica del Gobierno Nacional para zonas interconectadas y \u00a0no interconectadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir las actividades y los estudios e \u00a0investigaciones que permitan establecer los requerimientos de oferta y demanda \u00a0de los recursos minero energ\u00e9ticos, seg\u00fan criterios econ\u00f3micos, sociales, \u00a0tecnol\u00f3gicos y ambientales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Presentar recomendaciones al Ministro de Minas y \u00a0Energ\u00eda para la definici\u00f3n de pol\u00edticas y estrategias del sector \u00a0minero-energ\u00e9tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y promover la formulaci\u00f3n de los planes, \u00a0programas y proyectos relacionados con el ahorro, conservaci\u00f3n y uso eficiente \u00a0de la energ\u00eda, as\u00ed como los de car\u00e1cter cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico para la \u00a0intensificaci\u00f3n del uso de fuentes alternas de energ\u00eda y evaluar la \u00a0conveniencia econ\u00f3mica de su desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Planear y dise\u00f1ar el esquema para el desarrollo \u00a0de las cadenas productivas regionales mineras con fines de exportaci\u00f3n y \u00a0generaci\u00f3n de valor agregado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y coordinar las actividades relacionadas \u00a0con la operaci\u00f3n de la base de informaci\u00f3n del sector minero-energ\u00e9tico, la \u00a0emisi\u00f3n y divulgaci\u00f3n del balance minero energ\u00e9tico, las estad\u00edsticas y los \u00a0indicadores oficiales del sector y su normalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Reglamentar, cuando estime conveniente, la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios de planeaci\u00f3n, asesor\u00eda y dem\u00e1s productos que \u00a0genere la UPME. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y coordinar lo relacionado con el control \u00a0interno de gesti\u00f3n y coordinar las actividades misionales y de apoyo de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Rendir informes generales o peri\u00f3dicos y \u00a0particulares al Presidente de la Rep\u00fablica y al Ministro de Minas y Energ\u00eda \u00a0sobre las actividades desarrolladas, la situaci\u00f3n general de la entidad y las \u00a0medidas adoptadas que puedan afectar el curso de la pol\u00edtica del Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Presentar a los organismos de control correspondientes \u00a0los informes de gesti\u00f3n establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Designar mandatarios que representen a la Unidad \u00a0en los asuntos judiciales y extrajudiciales para la mejor defensa de sus \u00a0intereses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Nombrar, remover y contratar el personal de la UPME, conforme a las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Distribuir los empleos de la planta de personal \u00a0de acuerdo con la organizaci\u00f3n interna y las necesidades del servicio y crear y \u00a0organizar, con car\u00e1cter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Ordenar los gastos y la celebraci\u00f3n de los \u00a0contratos de la Unidad de Planeaci\u00f3n Minero-Energ\u00e9tica que se requieran para el \u00a0cumplimiento de sus funciones con cargo al presupuesto asignado y con sujeci\u00f3n \u00a0a lo dispuesto en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Ejercer la competencia relacionada con el \u00a0control disciplinario interno de acuerdo con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Revisar y aprobar el anteproyecto de presupuesto \u00a0de funcionamiento e inversi\u00f3n, incluyendo los recursos del cr\u00e9dito p\u00fablico \u00a0Interno y Externo que se contemplen para la UPME. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza, le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10.Secretar\u00eda General. Son funciones \u00a0de la Secretar\u00eda General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director en la formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas, normas, conceptos y procedimientos para la administraci\u00f3n de los \u00a0recursos humanos, f\u00edsicos y financieros de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir las actividades administrativas, \u00a0financieras y presupuestales requeridas para el desarrollo de la misi\u00f3n de la \u00a0entidad, conforme a las disposiciones vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Emitir conceptos sobre los asuntos que en materia \u00a0jur\u00eddica le sometan las distintas dependencias, las entidades p\u00fablicas y los \u00a0particulares sobre temas relacionados con el sector minero-energ\u00e9tico, \u00a0precontractuales, contractuales, de interpretaci\u00f3n de las normas constitucionales \u00a0y legales en temas relacionados con la Unidad y adelantar los estudios \u00a0jur\u00eddicos que se requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar y presentar al Director General \u00a0proyectos e iniciativas de car\u00e1cter legal que deban ser sometidos a \u00a0consideraci\u00f3n del Ministerio de Minas y Energ\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Recopilar las normas legales, los conceptos, la \u00a0jurisprudencia y la doctrina relacionadas con las actividades de la Unidad y \u00a0velar por su difusi\u00f3n y actualizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las \u00a0actividades relacionadas con la adquisici\u00f3n, almacenamiento, custodia, \u00a0distribuci\u00f3n e inventarios de los elementos, equipos y dem\u00e1s servicios \u00a0administrativos necesarios para el funcionamiento normal de la Entidad, de \u00a0conformidad con las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar las actividades relacionadas con la \u00a0planeaci\u00f3n, organizaci\u00f3n, desarrollo, procesos y control del recurso humano, \u00a0as\u00ed como de los asuntos administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar las actividades necesarias para la \u00a0rendici\u00f3n de informes y reportes a los organismos de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y coordinar el Sistema General de \u00a0Archivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir y coordinar lo relacionado con la \u00a0primera instancia de los procesos disciplinarios de los servidores de la Unidad \u00a0de conformidad con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Llevar a cabo las actuaciones encaminadas a \u00a0lograr el cobro efectivo de las sumas que le adeuden a la Unidad por todo \u00a0concepto, desarrollando las labores de cobro persuasivo, recomendando adelantar \u00a0los procesos ejecutivos por jurisdicci\u00f3n coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11.Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n \u00a0Energ\u00e9tica. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Plantaci\u00f3n Energ\u00e9tica, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General en todas las \u00a0actividades requeridas para la fijaci\u00f3n de pol\u00edticas relacionadas con la \u00a0planeaci\u00f3n energ\u00e9tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar estudios y recomendaciones que permitan \u00a0la formulaci\u00f3n de programas de desarrollo del sector energ\u00e9tico nacional, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Minas y Energ\u00eda y las entidades \u00a0descentralizadas del sector energ\u00e9tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar y actualizar el Plan Energ\u00e9tico Nacional \u00a0y el Plan de Expansi\u00f3n del sector el\u00e9ctrico en concordancia con el Plan \u00a0Nacional de Desarrollo y la pol\u00edtica macroecon\u00f3mica del Gobierno Nacional para \u00a0zonas interconectadas y no interconectadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer los requerimientos energ\u00e9ticos de la \u00a0poblaci\u00f3n y los agentes econ\u00f3micos del pa\u00eds, para zonas interconectadas y no \u00a0interconectadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Evaluar la rentabilidad econ\u00f3mica y social de las \u00a0exportaciones e importaciones de los recursos energ\u00e9ticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Fomentar, dise\u00f1ar y establecer de manera \u00a0prioritaria, los planes, programas y proyectos relacionados con el ahorro, \u00a0conservaci\u00f3n y uso eficiente de la energ\u00eda en todos los campos de la actividad \u00a0econ\u00f3mica y adelantar las labores de difusi\u00f3n necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de \u00a0Minas y Energ\u00eda y los entes competentes, los planes, programas sobre la \u00a0infraestructura energ\u00e9tica para las zonas no interconectadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar al Ministerio de Minas y Energ\u00eda en la \u00a0realizaci\u00f3n del c\u00e1lculo de los montos necesarios a financiar para el desarrollo \u00a0de proyectos en zonas no interconectadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar el estudio de viabilidad t\u00e9cnica y \u00a0financiera de los proyectos presentados por el IPSE o \u00a0quien haga sus veces, que ser\u00e1n financiados por el Fondo de Apoyo Financiero \u00a0para la Energizaci\u00f3n de las Zonas no Interconectadas, FAZNI, \u00a0y fondos especiales para energizaci\u00f3n rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Realizar el estudio de viabilidad financiera de \u00a0los proyectos presentados por los entes territoriales y las empresas de \u00a0servicios p\u00fablicos que ser\u00e1n financiados por el Fondo de Apoyo Financiero para \u00a0la Energizaci\u00f3n de las Zonas no Interconectadas, FAZNI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar el estudio de viabilidad t\u00e9cnica y \u00a0financiera de los proyectos a ser financiados a trav\u00e9s del Fondo de Apoyo \u00a0Financiero para la Energizaci\u00f3n de las Zonas Rurales Interconectadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Realizar el estudio de viabilidad t\u00e9cnica y \u00a0financiera de los proyectos a ser financiados a trav\u00e9s del Fondo Especial Cuota \u00a0de Fomento de Gas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar la funci\u00f3n de la Planificaci\u00f3n \u00a0Energ\u00e9tica de las Zonas No Interconectadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Establecer los vol\u00famenes m\u00e1ximos de combustible \u00a0l\u00edquidos derivados del petr\u00f3leo a distribuir por Ecopetrol \u00a0en cada municipio de conformidad con la Ley 681 de 2001 y \u00a0desagregarlos para estaciones de servicio para que Ecopetrol \u00a0d\u00e9 aplicaci\u00f3n al art\u00edculo 55 de la Ley 191 de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12.Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n Minera. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n Minera, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General en todas las \u00a0actividades requeridas para la fijaci\u00f3n de pol\u00edticas relacionadas con la \u00a0planeaci\u00f3n minera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar y actualizar el Plan Nacional de \u00a0Desarrollo Minero en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, la \u00a0pol\u00edtica macroecon\u00f3mica del Gobierno Nacional y con las prioridades \u00a0establecidas por el Ministerio de Minas y Energ\u00eda para el sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la elaboraci\u00f3n de estudios y \u00a0recomendaciones que permitan la formulaci\u00f3n de programas y proyectos de \u00a0desarrollo del sector minero nacional, con sujeci\u00f3n a las directrices que \u00a0imparta el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con el Ministerio de Minas y Energ\u00eda y \u00a0las entidades del sector minero la evaluaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n del Plan Nacional \u00a0de Desarrollo Minero y de los planes subsectoriales y formular las \u00a0recomendaciones que fueren necesarias para garantizar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar los estudios t\u00e9cnicos sectoriales \u00a0necesarios para que el Ministerio de Minas y Energ\u00eda soporte sus pol\u00edticas y \u00a0expida la reglamentaci\u00f3n correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar investigaciones de mercado de minerales \u00a0a nivel nacional e internacional e informar al Ministerio de Minas y Energ\u00eda \u00a0sobre las mismas a fin de soportar, desde el punto de vista t\u00e9cnico, la toma de \u00a0decisiones para la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Desarrollar an\u00e1lisis econ\u00f3micos de las \u00a0principales variables sectoriales y evaluar el comportamiento e incidencia de \u00a0la miner\u00eda en la econom\u00eda del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13.Subdirecci\u00f3n de Informaci\u00f3n. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Informaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General en la recomendaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos relacionados con la informaci\u00f3n \u00a0minero-energ\u00e9tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la organizaci\u00f3n, operaci\u00f3n y \u00a0mantenimiento de la base de informaci\u00f3n oficial del sector minero-energ\u00e9tico, \u00a0con el fin de garantizar la disponibilidad y calidad de la informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar el balance anual minero-energ\u00e9tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar las actividades relacionadas con la \u00a0administraci\u00f3n y operaci\u00f3n de la base de informaci\u00f3n del sector \u00a0minero-energ\u00e9tico, la preparaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de las estad\u00edsticas y los \u00a0indicadores de evaluaci\u00f3n oficiales del sector y su normalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar las memorias institucionales del sector \u00a0minero-energ\u00e9tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Informar peri\u00f3dicamente a los agentes del sector \u00a0p\u00fablico y privado sobre la evaluaci\u00f3n de los indicadores sectoriales y su \u00a0incidencia en las actividades socioecon\u00f3micas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14.Organos \u00a0de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. El Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno y la Comisi\u00f3n de Personal se integrar\u00e1n y cumplir\u00e1n sus \u00a0funciones de conformidad con las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>R\u00e9gimen presupuestal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15.R\u00e9gimen Presupuestal. El \u00a0presupuesto de la Unidad Administrativa Especial de Planeaci\u00f3n \u00a0Minero-Energ\u00e9tica, UPME, har\u00e1 parte del Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n y ser\u00e1 presentado al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico-Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional para su estudio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Este presupuesto ser\u00e1 sufragado por \u00a0ECOPETROL S.A., o quien haga sus veces; por la Empresa Nacional Minera Ltda., Minercol Ltda. o quien haga sus veces; por Financiera \u00a0Energ\u00e9tica Nacional, FEN, o quien haga sus veces; y, \u00a0por Interconexi\u00f3n El\u00e9ctrica S.A., ISA S.A., o quien haga sus veces, por partes \u00a0iguales. Estas entidades quedan facultadas para apropiar de sus respectivos \u00a0presupuestos las partidas correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones varias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16.Adopci\u00f3n de la nueva planta de \u00a0personal. De conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto, el \u00a0Gobierno Nacional proceder\u00e1 a adoptar la nueva Planta de Personal para la \u00a0Unidad de Planeaci\u00f3n Minero Energ\u00e9tica, UPME. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17.Vigencia. El presente Decreto \u00a0rige a partir de su publicaci\u00f3n y modifica las disposiciones que le sean contrarias, \u00a0en especial, los Decretos 28 de 1995 y 2741 de 1997. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 28 de enero de 2004. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Minas y Energ\u00eda, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Luis Ernesto Mej\u00eda Castro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Antonio Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 255 DE 2004 \u00a0 \u00a0 (enero 28) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la estructura de la Unidad de Planeaci\u00f3n \u00a0Minero-Energ\u00e9tica, UPME, y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el \u00a0Decreto 1258 de 2013, \u00a0art\u00edculo 20. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de las facultades [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[52],"tags":[],"class_list":["post-35757","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2004"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35757","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35757"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35757\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35757"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35757"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35757"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}