{"id":35779,"date":"2023-07-26T20:30:40","date_gmt":"2023-07-26T20:30:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-262-de-2004\/"},"modified":"2023-07-26T20:30:40","modified_gmt":"2023-07-26T20:30:40","slug":"decreto-262-de-2004","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/26\/decreto-262-de-2004\/","title":{"rendered":"DECRETO 262 DE 2004"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 262 DE 2004 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero \u00a028) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la estructura del \u00a0Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE, y se dictan otras \u00a0disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Modificado por el Decreto 111 de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Adicionado por el Decreto 111 de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: \u00a0Derogado parcialmente por el Decreto 1743 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Ver Decreto 1170 de 2015. \u00a0Ver Decreto 4178 de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 4: Ver Auto del \u00a0Consejo de Estado del 27 de enero de 2005. Expediente: 00079. Actor: Carlos \u00a0Alberto Paz Lamir. Ponente: Rafael E. Ostau de Lafont Planeta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 5: Ver Auto del Consejo de \u00a0Estado del 22 de abril de 2004. Expediente: \u00a000079. Actor: Carlos Alberto Paz Lamir. Ponente: Rafael E. Ostau de Lafont \u00a0Planeta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio \u00a0de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el \u00a0numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en concordancia con el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objetivos, funciones \u00a0generales, direcci\u00f3n e integraci\u00f3n del sector \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Objetivos. \u00a0El Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE, tiene como \u00a0objetivos garantizar la producci\u00f3n, disponibilidad y calidad de la informaci\u00f3n \u00a0estad\u00edstica estrat\u00e9gica, y dirigir, planear, ejecutar, coordinar, regular y \u00a0evaluar la producci\u00f3n y difusi\u00f3n de informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 1\u00ba: Ver Decreto 1170 de 2015 \u00a0&#8211; Decreto reglamentario \u00fanico del sector Administrativo de Informaci\u00f3n \u00a0Estad\u00edstica, art\u00edculo 1.1.1.1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. Funciones \u00a0Generales. El Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE, \u00a0tendr\u00e1, adem\u00e1s de las funciones que establece el art\u00edculo 59 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Relativas a la producci\u00f3n de \u00a0estad\u00edsticas estrat\u00e9gicas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dise\u00f1ar, planificar, dirigir y ejecutar las \u00a0operaciones estad\u00edsticas que requiera el pa\u00eds para la planeaci\u00f3n y toma de \u00a0decisiones por parte del Gobierno Nacional y de los entes territoriales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Realizar, directamente o a trav\u00e9s de terceros, las \u00a0actividades de dise\u00f1o, recolecci\u00f3n, procesamiento y publicaci\u00f3n de los \u00a0resultados de las operaciones estad\u00edsticas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Definir y producir la informaci\u00f3n estad\u00edstica \u00a0estrat\u00e9gica que deba generarse a nivel nacional, sectorial y territorial, para \u00a0apoyar la planeaci\u00f3n y toma de decisiones por parte de las entidades estatales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Producir la informaci\u00f3n estad\u00edstica estrat\u00e9gica y \u00a0desarrollar o aprobar las metodolog\u00edas para su elaboraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Velar por la veracidad, imparcialidad y oportunidad de \u00a0la informaci\u00f3n estad\u00edstica estrat\u00e9gica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Dictar las normas t\u00e9cnicas relativas al dise\u00f1o, \u00a0producci\u00f3n, procesamiento, an\u00e1lisis, uso y divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n \u00a0estad\u00edstica estrat\u00e9gica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Literal derogado por el Decreto 1743 de 2016, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Elaborar el Plan Estad\u00edstico Nacional y someterlo a la aprobaci\u00f3n del \u00a0Conpes, por intermedio del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, y promover su \u00a0divulgaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Coordinar y asesorar la ejecuci\u00f3n del Plan Estad\u00edstico \u00a0Nacional y de los planes estad\u00edsticos sectoriales y territoriales, hacer su \u00a0seguimiento, evaluaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Certificar la informaci\u00f3n estad\u00edstica, siempre que se \u00a0refiera a resultados generados, validados y aprobados por el Departamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Dise\u00f1ar y desarrollar el Sistema de Informaci\u00f3n \u00a0Geoestad\u00edstico y asegurar la actualizaci\u00f3n y mantenimiento del Marco \u00a0Geoestad\u00edstico Nacional Unico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Generar y certificar las proyecciones oficiales de \u00a0poblaci\u00f3n de las entidades territoriales del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Solicitar y obtener de las personas naturales o \u00a0jur\u00eddicas, residenciadas o domiciliadas en Colombia, y de los nacionales con \u00a0domicilio o residencia en el exterior, los datos que sean requeridos para dotar \u00a0de informaci\u00f3n estad\u00edstica al pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Imponer multas como sanci\u00f3n a las personas naturales o \u00a0jur\u00eddicas que incumplan lo dispuesto en la Ley 79 de 1993, previa \u00a0investigaci\u00f3n administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Ordenar, administrar, adaptar y promover el uso de las \u00a0clasificaciones y nomenclaturas internacionales en el pa\u00eds, para la producci\u00f3n \u00a0de la informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley y por el \u00a0reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Relativas a la S\u00edntesis de \u00a0Cuentas Nacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Elaborar las cuentas anuales, trimestrales, \u00a0nacionales, regionales y sat\u00e9lites, para evaluar el crecimiento econ\u00f3mico \u00a0nacional, departamental y sectorial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Elaborar y adaptar a las condiciones y caracter\u00edsticas \u00a0del pa\u00eds, las metodolog\u00edas de s\u00edntesis y cuentas nacionales, siguiendo las \u00a0recomendaciones internacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Promover la divulgaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n del sistema de \u00a0s\u00edntesis y cuentas nacionales, tanto para productores como para usuarios de \u00a0estad\u00edsticas macroecon\u00f3micas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley y por el \u00a0reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Relativas a la producci\u00f3n y \u00a0difusi\u00f3n de informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir, programar, ejecutar, coordinar, regular y \u00a0evaluar la producci\u00f3n y difusi\u00f3n de informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Establecer las estrategias, los instrumentos y los \u00a0mecanismos necesarios para elaborar y coordinar el Plan Nacional de Informaci\u00f3n \u00a0Oficial B\u00e1sica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Establecer y aprobar las normas t\u00e9cnicas y las \u00a0metodolog\u00edas convenientes para la producci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n \u00a0oficial b\u00e1sica del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Oficializar, adoptar y adaptar las nomenclaturas y \u00a0clasificaciones usadas en el pa\u00eds para la producci\u00f3n y uso de la informaci\u00f3n \u00a0oficial b\u00e1sica, as\u00ed como asesorar sobre la implementaci\u00f3n y uso de las mismas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Promover la adopci\u00f3n y adaptaci\u00f3n de est\u00e1ndares de \u00a0producci\u00f3n de informaci\u00f3n geogr\u00e1fica y espacial, que garanticen la \u00a0georreferenciaci\u00f3n de la informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Impulsar la implementaci\u00f3n de sistemas de informaci\u00f3n \u00a0oficial b\u00e1sica a nivel regional y territorial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Dise\u00f1ar las metodolog\u00edas de estratificaci\u00f3n y los \u00a0sistemas de seguimiento y evaluaci\u00f3n de dichas metodolog\u00edas, para ser \u00a0utilizados por las entidades nacionales y territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley y por el \u00a0reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Relativas a la Difusi\u00f3n y \u00a0Cultura Estad\u00edstica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Difundir los resultados de las investigaciones que \u00a0haga el Departamento en cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con las \u00a0normas de la reserva estad\u00edstica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Fomentar la cultura estad\u00edstica, promoviendo el \u00a0desarrollo de la informaci\u00f3n estad\u00edstica, su divulgaci\u00f3n y su utilizaci\u00f3n a \u00a0nivel nacional, sectorial y territorial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley y por el \u00a0reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. Direcci\u00f3n. La direcci\u00f3n del \u00a0Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE, estar\u00e1 a cargo del \u00a0Director, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata colaboraci\u00f3n del Subdirector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Integraci\u00f3n del Sector Administrativo de \u00a0Informaci\u00f3n Estad\u00edstica. El Sector Administrativo de Informaci\u00f3n \u00a0Estad\u00edstica, estar\u00e1 integrado por el Departamento Administrativo Nacional de \u00a0Estad\u00edstica, DANE, y las entidades adscritas que se anuncian a continuaci\u00f3n. El \u00a0Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE, tendr\u00e1 a su cargo la \u00a0orientaci\u00f3n del ejercicio de sus funciones y las de las entidades que conforman \u00a0el sector, as\u00ed como de su participaci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica, en la \u00a0elaboraci\u00f3n de los programas sectoriales y en la ejecuci\u00f3n de los mismos, sin perjuicio \u00a0de las potestades de decisi\u00f3n que le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entidades Adscritas: Establecimientos P\u00fablicos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0Fondo Rotatorio \u00a0del Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, Fondane \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0Instituto \u00a0Geogr\u00e1fico Agust\u00edn Codazzi \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 4\u00ba: Ver Decreto 1170 de 2015 \u00a0&#8211; Decreto reglamentario \u00fanico del sector Administrativo de Informaci\u00f3n \u00a0Estad\u00edstica, art\u00edculo 1.1.1.1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura y funciones de sus dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Modificado por el Decreto 111 de 2022, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Estructura. La estructura del Departamento Administrativo \u00a0Nacional de Estad\u00edstica (DANE), ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Director. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina de Control \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.5. Oficina de Control \u00a0Disciplinario Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.6. Direcci\u00f3n de Difusi\u00f3n y \u00a0Cultura Estad\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Subdirector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Metodolog\u00eda y \u00a0Producci\u00f3n Estad\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de S\u00edntesis y \u00a0Cuentas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Censos y \u00a0Demograf\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de \u00a0Geoestad\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5. Direcci\u00f3n de Regulaci\u00f3n, \u00a0Planeaci\u00f3n, Estandarizaci\u00f3n y Normalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.6. Direcci\u00f3n de Recolecci\u00f3n y \u00a0Acopio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Direcciones Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del \u00a0Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Comit\u00e9 Institucional de \u00a0Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 5\u00ba : Estructura. La \u00a0estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE, ser\u00e1 \u00a0la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Director \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.5. Direcci\u00f3n de \u00a0Difusi\u00f3n y Cultura Estad\u00edstica Direcci\u00f3n de Difusi\u00f3n, Mercadeo y Cultura \u00a0Estad\u00edstica (Nota: \u00a0El Decreto 111 de 2022, art\u00edculo 8\u00ba, reemplaz\u00f3 la expresi\u00f3n tachada \u00a0por la expresi\u00f3n se\u00f1alada en negrilla.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Subdirector \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Metodolog\u00eda y Producci\u00f3n \u00a0Estad\u00edstica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de S\u00edntesis y Cuentas \u00a0Nacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Censos y Demograf\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de Geoestad\u00edstica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5. Direcci\u00f3n de Regulaci\u00f3n, Planeaci\u00f3n, \u00a0Estandarizaci\u00f3n y Normalizaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Direcciones Territoriales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo \u00a0Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. Modificado por el Decreto 111 de 2022, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Despacho del Director. La Direcci\u00f3n del Departamento \u00a0Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE), estar\u00e1 a cargo del Director del \u00a0Departamento, quien cumplir\u00e1 adem\u00e1s de las funciones previstas en la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y orientar la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el cumplimiento de \u00a0los objetivos y funciones de la entidad y coordinar la gesti\u00f3n de los \u00a0organismos adscritos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir las operaciones \u00a0estad\u00edsticas que requiera el pa\u00eds para la planeaci\u00f3n y toma de decisiones por \u00a0parte del Gobierno nacional y los entes territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir la informaci\u00f3n \u00a0estad\u00edstica estrat\u00e9gica que deba generarse a nivel nacional, sectorial y \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adoptar las pol\u00edticas que \u00a0orienten la integraci\u00f3n estructural y la utilizaci\u00f3n de los marcos estad\u00edsticos \u00a0utilizados en el DANE, y dem\u00e1s entidades del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dictar las normas t\u00e9cnicas \u00a0relativas al dise\u00f1o, producci\u00f3n, procesamiento, an\u00e1lisis, uso y divulgaci\u00f3n de \u00a0la informaci\u00f3n estad\u00edstica estrat\u00e9gica y de la informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar al Consejo \u00a0Nacional de Pol\u00edtica Econ\u00f3mica y Social (Conpes), por intermedio del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, el Plan Nacional de Estad\u00edstica, para su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir la pol\u00edtica y planes \u00a0de acci\u00f3n de las Direcciones Territoriales, as\u00ed como organizar y establecer su \u00a0sede y jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar las labores de \u00a0difusi\u00f3n estad\u00edstica del Departamento que permitan incrementar la cultura \u00a0estad\u00edstica en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Gestionar de forma coordinada \u00a0con el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Colombiana de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional (ACCI), o quien haga sus veces, alianzas estrat\u00e9gicas \u00a0de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica y programas de capacitaci\u00f3n ante organismos hom\u00f3logos, \u00a0autoridades, organizaciones y universidades del \u00e1mbito internacional en \u00e1reas \u00a0t\u00e9cnicas de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Conocer en segunda \u00a0instancia los recursos que se interpongan contra las decisiones de las \u00a0Direcciones Territoriales mediante la imposici\u00f3n de multas como sanci\u00f3n a las \u00a0personas naturales o jur\u00eddicas que incumplan lo dispuesto en la Ley 79 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Fallar en segunda instancia \u00a0los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los servidores y ex \u00a0servidores del Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Velar por la implementaci\u00f3n \u00a0del Sistema de Control Interno del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir, coordinar, regular \u00a0y evaluar la producci\u00f3n y difusi\u00f3n de informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Definir y certificar la \u00a0informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica que deba generarse a nivel nacional, sectorial y \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Oficializar, adoptar y \u00a0adaptar las nomenclaturas y clasificaciones usadas en el pa\u00eds para la \u00a0producci\u00f3n y uso de la informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Crear y organizar, mediante \u00a0acto administrativo, grupos internos de trabajo y \u00f3rganos de asesor\u00eda y \u00a0coordinaci\u00f3n, para atender el cumplimiento de las funciones del Departamento de \u00a0acuerdo con las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos \u00a0aprobados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Aprobar el anteproyecto de presupuesto \u00a0y el proyecto del Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Presentar los informes del \u00a0Departamento al Presidente de la Rep\u00fablica y al Congreso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Integrar la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Pol\u00edticas y Gesti\u00f3n de la Informaci\u00f3n para la administraci\u00f3n \u00a0p\u00fablica, as\u00ed como participar, a trav\u00e9s de un delegado, en el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de \u00a0soporte y apoyo de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Pol\u00edticas y Gesti\u00f3n de la \u00a0Informaci\u00f3n para la administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Asignar las funciones no \u00a0contempladas en este decreto y que se encuentren establecidas en otras \u00a0disposiciones legales y reglamentarias a las dependencias del Departamento o \u00a0reasignarlas entre las distintas instancias cuando fuere necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica, o le atribuya la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 6\u00ba: Despacho del Director. La \u00a0Direcci\u00f3n del Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE, estar\u00e1 \u00a0a cargo del Director del Departamento, quien cumplir\u00e1 adem\u00e1s de las funciones \u00a0previstas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y orientar la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, \u00a0planes, programas y proyectos para el cumplimiento de los objetivos y funciones \u00a0de la entidad y coordinar la gesti\u00f3n de los organismos adscritos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir las operaciones estad\u00edsticas que \u00a0requiera el pa\u00eds para la planeaci\u00f3n y toma de decisiones por parte del Gobierno \u00a0Nacional y los entes territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir la informaci\u00f3n estad\u00edstica \u00a0estrat\u00e9gica que deba generarse a nivel nacional, sectorial y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adoptar las pol\u00edticas que orienten la \u00a0integraci\u00f3n estructural y la utilizaci\u00f3n de los marcos estad\u00edsticos utilizados \u00a0en el DANE y dem\u00e1s entidades del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dictar las normas t\u00e9cnicas relativas al \u00a0dise\u00f1o, producci\u00f3n, procesamiento, an\u00e1lisis, uso y divulgaci\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n estad\u00edstica estrat\u00e9gica y de la informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Numeral derogado por el Decreto 1743 de 2016, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Presentar \u00a0al Conpes, por intermedio del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, el Plan \u00a0Nacional de Estad\u00edstica, para su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir la pol\u00edtica y planes de acci\u00f3n de \u00a0las Direcciones Territoriales, as\u00ed como organizar y establecer su sede y \u00a0jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar las labores de difusi\u00f3n \u00a0estad\u00edstica del Departamento que permitan incrementar la cultura estad\u00edstica en \u00a0el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Gestionar de forma coordinada con el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional-ACCI o quien haga sus veces, alianzas estrat\u00e9gicas de cooperaci\u00f3n \u00a0t\u00e9cnica y programas de capacitaci\u00f3n ante organismos hom\u00f3logos, autoridades, \u00a0organizaciones y universidades del \u00e1mbito internacional en \u00e1reas t\u00e9cnicas de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Conocer en segunda instancia los recursos \u00a0que se interpongan contra las decisiones de las Direcciones Territoriales \u00a0mediante la imposici\u00f3n de multas como sanci\u00f3n a las personas naturales o \u00a0jur\u00eddicas que incumplan lo dispuesto en la Ley 79 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Conocer y fallar en segunda instancia los \u00a0procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores p\u00fablicos de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Velar por la implementaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir, coordinar, regular y evaluar la \u00a0producci\u00f3n y difusi\u00f3n de informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Definir y certificar la informaci\u00f3n \u00a0oficial b\u00e1sica que deba generarse a nivel nacional, sectorial y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Oficializar, adoptar y adaptar las \u00a0nomenclaturas y clasificaciones usadas en el pa\u00eds para la producci\u00f3n y uso de \u00a0la informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Crear y organizar, mediante acto \u00a0administrativo, grupos internos de trabajo y \u00f3rganos de asesor\u00eda y \u00a0coordinaci\u00f3n, para atender el cumplimiento de las funciones del Departamento de \u00a0acuerdo con las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos \u00a0aprobados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Aprobar el anteproyecto de presupuesto y \u00a0el proyecto del Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Presentar los informes del Departamento al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y al Congreso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Integrar la Comisi\u00f3n Intersectorial de \u00a0Pol\u00edticas y Gesti\u00f3n de la Informaci\u00f3n para la administraci\u00f3n p\u00fablica, as\u00ed como \u00a0participar, a trav\u00e9s de un delegado, en el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de soporte y apoyo de \u00a0la Comisi\u00f3n Intersectorial de Pol\u00edticas y Gesti\u00f3n de la Informaci\u00f3n para la \u00a0administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Asignar las funciones no contempladas en \u00a0este decreto y que se encuentren establecidas en otras disposiciones legales y \u00a0reglamentarias a las dependencias del Departamento o reasignarlas entre las \u00a0distintas instancias cuando fuere necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica o le atribuya la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. Oficina \u00a0Asesora de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n del Departamento en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y estrategias encaminadas a lograr los objetivos \u00a0institucionales, en consonancia con el Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar el plan indicativo cuatrienal, el plan \u00a0indicativo anual y los planes operativos, proponer las modificaciones que se \u00a0requieran para su efectiva ejecuci\u00f3n, y ofrecer los elementos necesarios para \u00a0su articulaci\u00f3n y correspondencia con el Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias \u00a0del Departamento y entidades del sector, el Plan de Desarrollo Administrativo \u00a0Sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Conceptuar a la Direcci\u00f3n, Subdirecci\u00f3n y Secretar\u00eda \u00a0General sobre la viabilidad e inclusi\u00f3n en el plan indicativo cuatrienal de los \u00a0proyectos de inversi\u00f3n que presenten las dependencias y entidades adscritas a l \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Administrar el Banco de Programas y Proyectos de \u00a0Inversi\u00f3n Nacional en lo relacionado con los proyectos del Departamento y sus \u00a0entidades adscritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias \u00a0pertinentes, el anteproyecto de presupuesto y adelantar las acciones requeridas \u00a0para su incorporaci\u00f3n en el Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Conceptuar, proponer y sustentar las modificaciones \u00a0presupuestales a que haya lugar en el marco del plan indicativo del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Desarrollar e implementar las metodolog\u00edas, \u00a0herramientas y est\u00e1ndares necesarios para facilitar, optimizar y sistematizar \u00a0los procesos de planeaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y seguimiento de los proyectos, \u00a0programas y actividades del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar los indicadores de gesti\u00f3n de programas y \u00a0proyectos de acuerdo con los lineamientos trazados, a trav\u00e9s del Sistema \u00a0Nacional de Evaluaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de Resultados, Sinergia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar metodolog\u00edas para elaborar y actualizar los \u00a0manuales de procesos y procedimientos de cada una de las dependencias del \u00a0Departamento y coordinar su desarrollo e implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Orientar el seguimiento y evaluaci\u00f3n del Plan de \u00a0Desarrollo Institucional y proponer ajustes o modificaciones cuando sea \u00a0necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Preparar las solicitudes de cr\u00e9dito externo y \u00a0cooperaci\u00f3n internacional que el Departamento deba presentar ante los \u00a0organismos competentes, de acuerdo con las pol\u00edticas trazadas por la Direcci\u00f3n \u00a0y Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar e implementar de manera conjunta con la Direcci\u00f3n de Difusi\u00f3n y Cultura Estad\u00edstica (Direcci\u00f3n de Difusi\u00f3n, Mercadeo y Cultura \u00a0Estad\u00edstica) el \u00a0Plan Estrat\u00e9gico de Mercadeo, Medios, Edici\u00f3n, Difusi\u00f3n y Comunicaciones del \u00a0Departamento. (Nota: El Decreto 111 de 2022, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba, reemplaz\u00f3 la expresi\u00f3n tachada por la expresi\u00f3n se\u00f1alada en \u00a0negrilla.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Asesorar a las Direcciones Territoriales en la \u00a0estructuraci\u00f3n de planes de acci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Consolidar los informes que el Departamento deba \u00a0suministrar en forma peri\u00f3dica a otras entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba. Modificado por el Decreto 111 de 2022, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Asesorar al Director y dem\u00e1s dependencias de la entidad en la interpretaci\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de las normas relacionadas con las funciones del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Emitir concepto sobre los asuntos jur\u00eddicos relacionados con las funciones del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Elaborar o revisar los proyectos de ley, decretos que el Departamento considere \u00a0necesarios para promover ante el Congreso de la Rep\u00fablica o tramitar ante el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica que guarden relaci\u00f3n con el funcionamiento del \u00a0Departamento y con el ejercicio de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Contribuir, al estudio de temas, que por su naturaleza, hayan sido previamente \u00a0debatidos en otras dependencias, y respecto a los cuales haya de fijarse la \u00a0posici\u00f3n jur\u00eddica del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Llevar a cabo las actuaciones encaminadas a lograr el cobro efectivo de las \u00a0sumas que le adeuden al Departamento por todo concepto, desarrollando labores \u00a0de cobro persuasivo, y adelantando los procesos ejecutivos por jurisdicci\u00f3n \u00a0coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Proyectar los actos administrativos para la firma del Director del \u00a0Departamento, relacionados con la imposici\u00f3n de sanciones a las personas \u00a0naturales o jur\u00eddicas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 79 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Asesorar los procesos de contrataci\u00f3n que deba adelantar el Departamento en el \u00a0desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Compilar y sistematizar la normatividad y jurisprudencia relativa al objetivo y \u00a0funciones del Departamento y velar por su difusi\u00f3n interna. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Intervenir en los procesos judiciales, extrajudiciales y administrativos en que \u00a0sea parte la Naci\u00f3n &#8211; Departamento Nacional de Estad\u00edstica (DANE), y asumir su \u00a0representaci\u00f3n cuando le sea delegada por el Director. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Suministrar al Ministerio P\u00fablico y al Ministerio del Interior y de Justicia, \u00a0en los procesos en que sea parte la Naci\u00f3n &#8211; Departamento Nacional de \u00a0Estad\u00edstica (DANE), las informaciones, documentos y actos administrativos \u00a0necesarios para la defensa de los intereses del Estado, e informar al Director \u00a0del Departamento y a la Secretar\u00eda Jur\u00eddica de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0sobre el curso de dichos procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Establecer criterios de interpretaci\u00f3n legal de \u00faltima instancia dentro del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten en \u00a0contra de los servidores y ex servidores del Departamento Administrativo Nacional \u00a0de Estad\u00edstica (DANE), y trasladar oportunamente al Despacho del nominador del \u00a0Departamento el expediente correspondiente para el tr\u00e1mite de segunda instancia \u00a0cuando se hayan interpuesto los recursos de apelaci\u00f3n o de queja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 8\u00ba: Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son \u00a0funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director y dem\u00e1s dependencias \u00a0de la entidad en la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las normas relacionadas con \u00a0las funciones del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Emitir concepto sobre los asuntos jur\u00eddicos \u00a0relacionados con las funciones del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar o revisar los proyectos de ley, \u00a0decretos que el Departamento considere necesarios para promover ante el \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica o tramitar ante el Presidente de la Rep\u00fablica que \u00a0guarden relaci\u00f3n con el funcionamiento del Departamento y con el ejercicio de \u00a0sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Contribuir, al estudio de temas, que por su \u00a0naturaleza, hayan sido previamente debatidos en otras dependencias, y respecto \u00a0a los cuales haya de fijarse la posici\u00f3n jur\u00eddica del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Llevar a cabo las actuaciones encaminadas a \u00a0lograr el cobro efectivo de las sumas que le adeuden al Departamento por todo \u00a0concepto, desarrollando labores de cobro persuasivo, y adelantando los procesos \u00a0ejecutivos por jurisdicci\u00f3n coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proyectar los actos administrativos para la \u00a0firma del Director del Departamento, relacionados con la imposici\u00f3n de \u00a0sanciones a las personas naturales o jur\u00eddicas de conformidad con lo dispuesto \u00a0en la Ley 79 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar los procesos de contrataci\u00f3n que \u00a0deba adelantar el Departamento en el desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Compilar y sistematizar la normatividad y \u00a0jurisprudencia relativa al objetivo y funciones del Departamento y velar por su \u00a0difusi\u00f3n interna. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Intervenir en los procesos judiciales, \u00a0extrajudiciales y administrativos en que sea parte la Naci\u00f3n Departamento \u00a0Nacional de Estad\u00edstica, DANE, y asumir su representaci\u00f3n cuando le sea \u00a0delegada por el Director. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Suministrar al Ministerio P\u00fablico y al \u00a0Ministerio del Interior y de Justicia, en los procesos en que sea parte la \u00a0Naci\u00f3n-Departamento Nacional de Estad\u00edstica, DANE, las informaciones, \u00a0documentos y actos administrativos necesarios para la defensa de los intereses \u00a0del Estado, e informar al Director del Departamento y a la Secretar\u00eda Jur\u00eddica \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica sobre el curso de dichos procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Establecer criterios de interpretaci\u00f3n \u00a0legal de \u00faltima instancia dentro del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba. Oficina \u00a0de Sistemas. Son funciones de la Oficina de Sistemas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Establecer, coordinar y hacer seguimiento a los planes \u00a0estrat\u00e9gicos de tecnolog\u00eda y sistemas del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar o propiciar investigaciones sobre \u00a0metodolog\u00edas, normas y est\u00e1ndares sobre sistemas y tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y \u00a0comunicaciones, que deban ser adaptados y utilizados por el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar planes de seguridad y calidad que deban ser \u00a0adoptados en los diferentes procesos inform\u00e1ticos y tecnol\u00f3gicos del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar el uso e implantaci\u00f3n de los sistemas, \u00a0tecnolog\u00edas de Informaci\u00f3n y comunicaciones, para los procesos de producci\u00f3n, \u00a0recolecci\u00f3n, cr\u00edtica, procesamiento y control de calidad de las investigaciones \u00a0del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar las actividades de an\u00e1lisis, desarrollo e \u00a0implantaci\u00f3n de los sistemas de informaci\u00f3n necesarios para dar cumplimiento a \u00a0los compromisos del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar, desarrollar, administrar y asesorar \u00a0t\u00e9cnicamente el proceso de creaci\u00f3n, mantenimiento y actualizaci\u00f3n de los \u00a0medios electr\u00f3nicos del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Seleccionar los recursos tecnol\u00f3gicos que se requieran \u00a0para el desarrollo de las actividades relacionadas con los sistemas, \u00a0tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y comunicaciones del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Administrar y realizar los procesos de soporte \u00a0inform\u00e1tico y tecnol\u00f3gico que la gesti\u00f3n del Departamento demande. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Conformar, normalizar, consolidar y mantener los recursos \u00a0tecnol\u00f3gicos y sistemas de informaci\u00f3n, as\u00ed como las bases de datos, series de \u00a0estad\u00edsticas y acervo inform\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Modificado por el Decreto 111 de 2022, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina \u00a0de Control Interno las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y organizar \u00a0la verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n permanente del Sistema de Control Interno del \u00a0Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar que el Sistema de \u00a0Control Interno est\u00e9 formalmente establecido en el Departamento Administrativo \u00a0Nacional de Estad\u00edstica (DANE), y que su ejercicio sea intr\u00ednseco al desarrollo \u00a0de las funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan \u00a0responsabilidad de direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Medir y evaluar la \u00a0eficiencia, eficacia y econom\u00eda de los dem\u00e1s controles, asesorando a la \u00a0direcci\u00f3n en la continuidad del proceso administrativo, la revaluaci\u00f3n de los \u00a0planes establecidos y en la introducci\u00f3n de los correctivos necesarios para el \u00a0cumplimiento de las metas u objetivos previstos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar que los controles \u00a0definidos para los procesos y actividades del Departamento Administrativo \u00a0Nacional de Estad\u00edstica (DANE), se cumplan por parte de los responsables de su \u00a0ejecuci\u00f3n y, en especial, que las \u00e1reas o empleados encargados de la aplicaci\u00f3n \u00a0del r\u00e9gimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar que los controles \u00a0asociados a las actividades del Departamento Administrativo Nacional de \u00a0Estad\u00edstica (DANE), est\u00e9n definidos, sean apropiados y se mejoren \u00a0permanentemente de acuerdo con la evoluci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Verificar el cumplimiento de \u00a0las leyes, normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y \u00a0metas de la organizaci\u00f3n y recomendar los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Servir de apoyo a los \u00a0directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los \u00a0resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Verificar los procesos \u00a0relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n de la entidad y recomendar los correctivos a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Fomentar en toda la \u00a0organizaci\u00f3n la cultura del autocontrol y la formaci\u00f3n de un enfoque hacia la \u00a0prevenci\u00f3n que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la \u00a0misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Evaluar y verificar la \u00a0aplicaci\u00f3n de los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana, que, en desarrollo del \u00a0mandato constitucional y legal, dise\u00f1e el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener permanentemente \u00a0informados a los directivos acerca del estado del control interno del \u00a0Departamento, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar a las dependencias \u00a0del Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE), en la adopci\u00f3n \u00a0de acciones de mejoramiento recomendadas por los entes de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Evaluar la gesti\u00f3n de las dependencias \u00a0encargadas de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias, reclamos y \u00a0denuncias y rendir al Director Departamento Administrativo Nacional de \u00a0Estad\u00edstica (DANE), un informe semestral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Evaluar la gesti\u00f3n de los \u00a0riesgos institucionales, informar a la alta direcci\u00f3n sobre el estado de los \u00a0mismos y aconsejar sobre mejora en los controles y posibilidades de mitigaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Desarrollar actividades de \u00a0evaluaci\u00f3n de manera planeada, documentada, organizada, y sistem\u00e1tica, con \u00a0respecto a las Metas Estrat\u00e9gicas de Gran Alcance (MEGA), resultados, \u00a0pol\u00edticas, planes, programas, proyectos, procesos, indicadores, y riesgos, que \u00a0la entidad ha definido para el cumplimiento de su misi\u00f3n, en el marco del \u00a0sistema de control interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Verificar que se implanten \u00a0las medidas respectivas recomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Actuar como enlace e \u00a0interlocutor ante los organismos de control en desarrollo de las auditor\u00edas o requerimientos \u00a0que practiquen a la entidad, para facilitar el flujo de informaci\u00f3n con dichos \u00a0organismos y verificar aleatoriamente que la informaci\u00f3n suministrada por los \u00a0responsables, cumplan las pol\u00edticas de operaci\u00f3n de la entidad, y sean \u00a0entregadas bajo los siguientes criterios: oportunidad, integralidad y \u00a0pertinencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Reportar a los organismos \u00a0competentes los posibles actos de corrupci\u00f3n e irregularidades que haya \u00a0encontrado en el ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Publicar un informe de \u00a0evaluaci\u00f3n independiente del estado del sistema de control interno del \u00a0Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE), en la p\u00e1gina web de \u00a0la entidad, seg\u00fan la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que se le asignen \u00a0y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 10: Oficina de Control Interno. \u00a0Adem\u00e1s de las funciones se\u00f1aladas en el art\u00edculo 2\u00ba de la Ley 87 de 1993, \u00a0la Oficina de Control Interno cumplir\u00e1 con las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y organizar la \u00a0verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno del Departamento, a \u00a0nivel central y regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y apoyar al Director, al \u00a0Subdirector y a las dem\u00e1s dependencias del Departamento, en la definici\u00f3n de \u00a0las pol\u00edticas referidas al ejercicio de las funciones de orientaci\u00f3n y \u00a0coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar a todas las dependencias del \u00a0Departamento en el efectivo ejercicio del control interno y en la observancia \u00a0de las recomendaciones establecidas por esta Oficina y mantener permanentemente \u00a0informados a los Directivos acerca del estado de control interno de sus dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar planes, m\u00e9todos, procedimientos, \u00a0mecanismos y criterios de verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno del Departamento y desarrollar programas de auditor\u00eda administrativa, \u00a0financiera y de sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar la aplicaci\u00f3n y cumplimiento de \u00a0las medidas que adopte el Gobierno Nacional sobre lucha contra la corrupci\u00f3n, \u00a0racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites y austeridad del gasto, entre otras materias, con \u00a0el fin de contribuir al mejoramiento y eficiencia en la gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar peri\u00f3dicamente el Sistema de \u00a0Control Interno aplicado en las diferentes dependencias y programas del \u00a0Departamento, para medir, entre otros, la eficiencia, eficacia y econom\u00eda de \u00a0los controles establecidos, asegurar la continuidad del proceso administrativo y \u00a0formular las recomendaciones y correctivos necesarios para el cumplimiento de \u00a0la misi\u00f3n, los objetivos y metas previstas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fomentar en el Departamento la formaci\u00f3n de \u00a0una cultura de autocontrol basada en la autorregulaci\u00f3n y las relaciones de \u00a0confianza que contribuyan al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la \u00a0misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los \u00a0mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana y el servicio al ciudadano, que en \u00a0desarrollo de las normas Constitucionales y legales dise\u00f1e el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Velar por el cumplimiento de las leyes, \u00a0normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del \u00a0Departamento y recomendar los ajustes que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Verificar los procesos relacionados con el \u00a0manejo de los recursos, los bienes y\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 los sistemas de informaci\u00f3n del Departamento y recomendar los correctivos que \u00a0sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Vigilar que la atenci\u00f3n de las quejas y \u00a0reclamos sobre los servicios que presta el Departamento se realice \u00a0oportunamente, de acuerdo con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Velar por la difusi\u00f3n y el cumplimiento de \u00a0las normas de control interno y participar en los estudios de an\u00e1lisis de \u00a0riesgo y planes de mejoramiento, as\u00ed como formular los respectivos diagn\u00f3sticos \u00a0y recomendaciones para constituir una cultura del autocontrol. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Presentar, informes al Director, al Comit\u00e9 \u00a0de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno y los dem\u00e1s que le requieran, de \u00a0conformidad con las normas sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10A. Adicionado por \u00a0el Decreto 111 de 2022, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Oficina de Control Disciplinario Interno. Son funciones de la \u00a0Oficina de Control Disciplinario Interno las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Conocer, sustanciar e \u00a0instruir los procesos disciplinarios que se promuevan en contra de servidores y \u00a0ex servidores del Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE), \u00a0que sean de su competencia, de conformidad con las normas que rigen la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer los correctivos, \u00a0medidas de prevenci\u00f3n y participar en la ejecuci\u00f3n de programas y estrategias \u00a0de divulgaci\u00f3n orientados a la lucha contra la corrupci\u00f3n, la apropiaci\u00f3n del \u00a0r\u00e9gimen disciplinario y la promoci\u00f3n de un servicio p\u00fablico con integridad al \u00a0interior del Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Custodiar los archivos y los \u00a0registros de los procesos disciplinarios que se promuevan en contra de \u00a0servidores y ex servidores del Departamento Administrativo Nacional de \u00a0Estad\u00edstica (DANE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Trasladar a la Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica los expedientes de los procesos disciplinarios que se \u00a0promuevan en contra de servidores o ex servidores del Departamento \u00a0Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE), para que esta adelante la etapa \u00a0de juzgamiento en primera instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Informar oportunamente a la \u00a0Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, sobre la apertura de la investigaci\u00f3n \u00a0disciplinaria y la imposici\u00f3n de sanciones a los servidores p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Notificar y comunicar las decisiones \u00a0de instrucci\u00f3n que se profieran dentro de los procesos disciplinarios que se \u00a0promuevan en contra de servidores y ex servidores del Departamento \u00a0Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Direcci\u00f3n \u00a0de Difusi\u00f3n y Cultura Estad\u00edstica Direcci\u00f3n de Difusi\u00f3n, Mercadeo y Cultura Estad\u00edstica. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Difusi\u00f3n y Cultura Estad\u00edstica Direcci\u00f3n de Difusi\u00f3n, Mercadeo y Cultura \u00a0Estad\u00edstica, las \u00a0siguientes: (Nota: \u00a0El Decreto 111 de 2022, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba, reemplaz\u00f3 la expresi\u00f3n tachada por la expresi\u00f3n se\u00f1alada en \u00a0negrilla.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director del Departamento en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y planes de acci\u00f3n en materia de difusi\u00f3n, mercadeo y \u00a0cultura estad\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y ejecutar los programas de difusi\u00f3n del \u00a0Departamento que promuevan la utilizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n estad\u00edstica a nivel \u00a0nacional, sectorial y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar e implementar de manera conjunta con la \u00a0Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n el Plan Estrat\u00e9gico de Mercadeo, Medios, Edici\u00f3n, \u00a0Difusi\u00f3n y Comunicaciones del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer las estrategias para la difusi\u00f3n, fomento y \u00a0desarrollo de la cultura estad\u00edstica en el pa\u00eds, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0Direcciones T\u00e9cnicas y Direcciones Territoriales del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la divulgaci\u00f3n de los resultados de las \u00a0investigaciones que haga el Departamento en cumplimiento de sus funciones, de \u00a0acuerdo con las normas de la reserva estad\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Establecer la pol\u00edtica de ventas e intercambio de \u00a0informaci\u00f3n del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Establecer, manejar y difundir los planes, programas, \u00a0productos, servicios y la imagen corporativa del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar la edici\u00f3n e impresi\u00f3n de las publicaciones \u00a0del Departamento y las solicitadas por usuarios externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Implementar y coordinar las actividades referentes a \u00a0la atenci\u00f3n y servicio al cliente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Despacho \u00a0del Subdirector. Son funciones del Despacho del Subdirector, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director del Departamento en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y planes de acci\u00f3n relacionados con la producci\u00f3n de \u00a0informaci\u00f3n estad\u00edstica que deba ser generada por el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar, la planeaci\u00f3n de las operaciones \u00a0estad\u00edsticas que requiera el pa\u00eds para la toma de decisiones por parte del \u00a0Gobierno Nacional y los entes territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer al Director del Departamento, con base en los \u00a0proyectos preparados por las distintas Direcciones, la informaci\u00f3n estad\u00edstica \u00a0estrat\u00e9gica que deba generarse a nivel nacional, sectorial y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir la producci\u00f3n de informaci\u00f3n estad\u00edstica \u00a0estrat\u00e9gica y el desarrollo de metodolog\u00edas para su elaboraci\u00f3n, velando por la \u00a0veracidad, imparcialidad y oportunidad de dicha informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar y presentar el Plan Estad\u00edstico Nacional, as\u00ed \u00a0como los proyectos de normas t\u00e9cnicas relativas al dise\u00f1o, producci\u00f3n, \u00a0procesamiento, an\u00e1lisis, uso y divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n estad\u00edstica \u00a0estrat\u00e9gica, elaborados por las distintas Direcciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer al Director del Departamento las pol\u00edticas y \u00a0normas relativas a la producci\u00f3n de informaci\u00f3n geogr\u00e1fica y al dise\u00f1o y \u00a0soporte de los mecanismos de consulta, acceso, intercambio, promoci\u00f3n y \u00a0divulgaci\u00f3n de los datos geogr\u00e1ficos y espaciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas orientadas a la \u00a0utilizaci\u00f3n de los marcos estad\u00edsticos requeridos en el Departamento \u00a0Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE, y dem\u00e1s entidades en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar y orientar las pol\u00edticas y lineamientos de \u00a0car\u00e1cter metodol\u00f3gico que regulen la producci\u00f3n y uso de informaci\u00f3n oficial \u00a0b\u00e1sica, incluidos los metadatos y normas para tratamiento de informaci\u00f3n \u00a0primaria y secundaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar los proyectos de pol\u00edticas de estandarizaci\u00f3n \u00a0y normalizaci\u00f3n para la interoperabilidad de los sistemas de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Fomentar la investigaci\u00f3n cient\u00edfica para la \u00a0elaboraci\u00f3n y mejoramiento de las diferentes metodolog\u00edas estad\u00edsticas \u00a0requeridas: dise\u00f1os muestrales, an\u00e1lisis multivariado, series de tiempo, \u00a0an\u00e1lisis de datos categ\u00f3ricos, modelamiento y dise\u00f1os experimentales, entre \u00a0otras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover y coordinar con las entidades competentes \u00a0del orden nacional, los programas y proyectos de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica internacional \u00a0y de cr\u00e9dito externo, que en cumplimiento de su misi\u00f3n institucional requiera \u00a0el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Recomendar al Director del Departamento las bases, \u00a0los mecanismos y sistemas que soporten y promuevan la Pol\u00edtica Nacional de \u00a0Informaci\u00f3n Oficial B\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir y coordinar la elaboraci\u00f3n nacional, \u00a0sectorial y territorial del Plan Nacional de Informaci\u00f3n Oficial B\u00e1sica y de \u00a0los planes plurianuales de gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Proponer al Director del Departamento los conceptos \u00a0t\u00e9cnicos en materia de estandarizaci\u00f3n, homologaci\u00f3n y regulaci\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Orientar el desarrollo e implementaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas que permitan la oficializaci\u00f3n, adopci\u00f3n y adaptaci\u00f3n de las \u00a0nomenclaturas y clasificaciones usadas en el pa\u00eds para la producci\u00f3n, uso y \u00a0divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir el dise\u00f1o de las estrategias para articular \u00a0la producci\u00f3n y difusi\u00f3n de informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica con la pol\u00edtica y el \u00a0Sistema de Ciencia y Tecnolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Presentar al Director del Departamento los informes \u00a0sobre los planes plurianuales de gobierno en materia de informaci\u00f3n oficial \u00a0b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Velar por el desarrollo, impulso, promoci\u00f3n y \u00a0fortalecimiento de la Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales (ICDE) y \u00a0por la consistencia interna y externa de la informaci\u00f3n estad\u00edstica producida \u00a0por el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Preparar y presentar para la consideraci\u00f3n y \u00a0aprobaci\u00f3n del Director del Departamento, el informe de las actividades del \u00a0Departamento, dirigido al Presidente de la Rep\u00fablica y al Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012A. Adicionado por el Decreto 111 de 2022, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. \u00a0Direcci\u00f3n de Recolecci\u00f3n y Acopio. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Recolecci\u00f3n \u00a0y Acopio las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dirigir, articular y coordinar la planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de las actividades relacionadas con la recolecci\u00f3n y acopio de la \u00a0informaci\u00f3n requerida para las operaciones estad\u00edsticas, atendiendo los \u00a0est\u00e1ndares de calidad y conforme a lo establecido en el modelo del proceso \u00a0estad\u00edstico adoptado por el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Coordinar la programaci\u00f3n de actividades de recolecci\u00f3n y acopio de manera \u00a0articulada con las dependencias intervinientes en el proceso de producci\u00f3n \u00a0estad\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Realizar la planeaci\u00f3n, la ejecuci\u00f3n y el seguimiento presupuestal para la \u00a0recolecci\u00f3n y acopio de las operaciones estad\u00edsticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Innovar en materia de sistemas, t\u00e9cnicas y m\u00e9todos en la fase de recolecci\u00f3n y \u00a0acopio con el prop\u00f3sito de mejorar la calidad del proceso estad\u00edstico y sus \u00a0resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Definir, hacer seguimiento y evaluar las metas a incorporar en los instrumentos \u00a0institucionales de planeaci\u00f3n y gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Garantizar una adecuada y oportuna gesti\u00f3n de los riesgos de corrupci\u00f3n, de \u00a0seguridad de la informaci\u00f3n y de gesti\u00f3n en la fase de recolecci\u00f3n y acopio del \u00a0proceso de producci\u00f3n estad\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Garantizar la elaboraci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de los documentos de recolecci\u00f3n y \u00a0acopio en el sistema de gesti\u00f3n institucional de acuerdo con los lineamientos, \u00a0manuales o gu\u00edas institucionales y del Sistema Estad\u00edstico Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Articular con las Direcciones Territoriales las actividades de planeaci\u00f3n \u00a0operativa y presupuestal, la realizaci\u00f3n y el seguimiento de los operativos de \u00a0campo, la transmisi\u00f3n de la informaci\u00f3n y la evaluaci\u00f3n de la fase de \u00a0recolecci\u00f3n y acopio de las operaciones estad\u00edsticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Elaborar la ficha operativa y el texto de la convocatoria y aportar el \u00a0componente operativo a las actividades de aprendizaje y evaluaci\u00f3n del \u00a0procedimiento de selecci\u00f3n del equipo t\u00e9cnico operativo requerido para la \u00a0recolecci\u00f3n y acopio de las operaciones estad\u00edsticas, de manera coordinada con \u00a0las Direcciones Territoriales, cuando a ello haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Contribuir con lo que corresponda en los procesos de selecci\u00f3n del equipo \u00a0t\u00e9cnico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Presentar los informes en los asuntos de su competencia que sean requeridos por \u00a0las dependencias internas y los organismos externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia.\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Direcci\u00f3n \u00a0de Metodolog\u00eda y Producci\u00f3n Estad\u00edstica. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0de Metodolog\u00eda y Producci\u00f3n Estad\u00edstica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y ejecutar las operaciones estad\u00edsticas que \u00a0requiera el pa\u00eds para la planeaci\u00f3n y toma de decisiones por parte del Gobierno \u00a0Nacional y los entes territoriales, en materia social y econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar, directamente o a trav\u00e9s de terceros, las \u00a0actividades de dise\u00f1o, recolecci\u00f3n, procesamiento y publicaci\u00f3n de los \u00a0resultados de las operaciones estad\u00edsticas que realiza el Departamento, en \u00a0materia social y econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar los estudios t\u00e9cnicos, en materia social y \u00a0econ\u00f3mica, que permitan definir la informaci\u00f3n estad\u00edstica estrat\u00e9gica que deba \u00a0generarse a nivel nacional, sectorial y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar el dise\u00f1o t\u00e9cnico, metodol\u00f3gico y operativo \u00a0de las investigaciones econ\u00f3micas y sociales del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Propender por la aplicaci\u00f3n de metodolog\u00edas nacionales \u00a0e internacionales que tiendan a garantizar la veracidad, imparcialidad y \u00a0oportunidad de la informaci\u00f3n estad\u00edstica estrat\u00e9gica en materia social y \u00a0econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la implementaci\u00f3n de nuevas metodolog\u00edas o \u00a0la adaptaci\u00f3n y ajuste de las existentes, para mejorar la calidad de los \u00a0resultados en sus diferentes componentes y acoger las recomendaciones emanadas \u00a0de los organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Desarrollar investigaciones o proyectos estad\u00edsticos \u00a0estrat\u00e9gicos, que permitan el mejoramiento de las metodolog\u00edas de las \u00a0investigaciones de car\u00e1cter econ\u00f3mico y social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar los proyectos de normas t\u00e9cnicas relativas al \u00a0dise\u00f1o, producci\u00f3n, procesamiento, an\u00e1lisis, uso y divulgaci\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n estad\u00edstica estrat\u00e9gica en materia social y econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Solicitar y obtener de las personas naturales o \u00a0jur\u00eddicas, residenciadas o domiciliadas en Colombia, los datos que sean \u00a0requeridos para dotar de informaci\u00f3n estad\u00edstica al pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Responder t\u00e9cnicamente por la ejecuci\u00f3n de los \u00a0procesos de producci\u00f3n, recolecci\u00f3n, cr\u00edtica, procesamiento y control de \u00a0calidad de las investigaciones de car\u00e1cter econ\u00f3mico y social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Certificar la informaci\u00f3n estad\u00edstica, referida a \u00a0resultados generados, validados y aprobados por el Departamento en materia \u00a0social y econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Promover espacios interinstitucionales que permitan \u00a0evaluar e identificar las necesidades en informaci\u00f3n estad\u00edstica de los \u00a0usuarios gubernamentales y privados y desarrollar trabajos conjuntos que redunden \u00a0en beneficio com\u00fan de las entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcci\u00f3n \u00a0de S\u00edntesis y Cuentas Nacionales. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0S\u00edntesis y Cuentas Nacionales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar las cuentas anuales, nacionales, \u00a0trimestrales, regionales y sat\u00e9lites para evaluar el crecimiento econ\u00f3mico \u00a0nacional, departamental y sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar e implementar metodolog\u00edas de s\u00edntesis y \u00a0cuentas nacionales adaptando o ajustando las existentes a las condiciones y \u00a0caracter\u00edsticas del pa\u00eds, siguiendo las recomendaciones internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar el an\u00e1lisis metodol\u00f3gico de las diferentes \u00a0investigaciones econ\u00f3micas producidas por el Departamento, para garantizar su \u00a0consistencia y calidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar an\u00e1lisis comparativos entre las \u00a0investigaciones del \u00e1rea econ\u00f3mica producidos por el Departamento y de \u00a0resultados de investigaciones afines producidas por otras entidades p\u00fablicas o \u00a0privadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Identificar indicadores de comportamiento \u00a0macroecon\u00f3mico del pa\u00eds y asegurar el suministro de dicha informaci\u00f3n a los \u00a0organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar los estudios correspondientes para actualizar \u00a0las bases de cuentas nacionales y apoyar t\u00e9cnicamente a las regiones en la \u00a0elaboraci\u00f3n e implementaci\u00f3n del sistema de cuentas regionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Certificar la informaci\u00f3n estad\u00edstica referente a \u00a0cuentas anuales, nacionales, trimestrales, regionales y sat\u00e9lites siempre que \u00a0se refiera a resultados generados, validados y aprobados por el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divulgar el Sistema de S\u00edntesis y Cuentas Nacionales \u00a0tanto para productores como para usuarios de estad\u00edsticas macroecon\u00f3micas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Direcci\u00f3n \u00a0de Censos y Demograf\u00eda. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Censos y \u00a0Demograf\u00eda, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y ejecutar las operaciones estad\u00edsticas que \u00a0requiera el pa\u00eds para la planeaci\u00f3n y toma de decisiones por parte del Gobierno \u00a0Nacional y los entes territoriales, en materia de censos y demograf\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar, directamente o a trav\u00e9s de terceros, las \u00a0actividades de dise\u00f1o, recolecci\u00f3n, procesamiento y publicaci\u00f3n de los \u00a0resultados de las operaciones estad\u00edsticas que realiza el Departamento, en \u00a0materia de censos y demograf\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar censos, encuestas, registros y estudios de \u00a0descripci\u00f3n demogr\u00e1fica y de poblaci\u00f3n de las comunidades ind\u00edgenas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Producir la informaci\u00f3n estad\u00edstica estrat\u00e9gica en \u00a0materia de censos y demograf\u00eda para apoyar la planeaci\u00f3n y toma de decisiones \u00a0por parte de las entidades estatales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar los dise\u00f1os metodol\u00f3gicos para el desarrollo \u00a0de los censos de poblaci\u00f3n y vivienda que se realicen en el pa\u00eds, de \u00a0conformidad con las necesidades nacionales y seg\u00fan las recomendaciones \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar e implementar metodolog\u00edas, instrumentos y \u00a0mecanismos para la conformaci\u00f3n de las bases de informaci\u00f3n demogr\u00e1fica que \u00a0requiera el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar los proyectos de las normas t\u00e9cnicas \u00a0relativas al dise\u00f1o, producci\u00f3n, procesamiento, an\u00e1lisis, uso y divulgaci\u00f3n de \u00a0la informaci\u00f3n estad\u00edstica estrat\u00e9gica en materia de censos y demograf\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adaptar y utilizar las metodolog\u00edas nacionales e \u00a0internacionales que tiendan a garantizar la veracidad, imparcialidad y \u00a0oportunidad de la informaci\u00f3n estad\u00edstica estrat\u00e9gica en materia de censos y \u00a0demograf\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Planificar, organizar y coordinar la ejecuci\u00f3n de los \u00a0censos de poblaci\u00f3n y vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Realizar los estudios de an\u00e1lisis demogr\u00e1ficos para \u00a0atender de manera permanente el proceso de elaboraci\u00f3n, revisi\u00f3n y \u00a0actualizaci\u00f3n de las proyecciones de poblaci\u00f3n que se requieren en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Solicitar y obtener de las personas naturales o \u00a0jur\u00eddicas, residenciadas o domiciliadas en Colombia, y de los nacionales con \u00a0domicilio en el exterior, los datos que sean requeridos para dotar de \u00a0informaci\u00f3n estad\u00edstica al pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Certificar la informaci\u00f3n estad\u00edstica, en materia de \u00a0censos y demograf\u00eda referida a resultados generados, validados y aprobad os por \u00a0el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Determinar, dise\u00f1ar, probar, adaptar y ejecutar \u00a0m\u00e9todos y t\u00e9cnicas para promoci\u00f3n de uso, mantenimiento y aseguramiento de la \u00a0calidad de las estad\u00edsticas demogr\u00e1ficas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Direcci\u00f3n \u00a0de Geoestad\u00edstica. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Geoestad\u00edstica, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y ejecutar las operaciones que garanticen la \u00a0georreferenciaci\u00f3n de la informaci\u00f3n estad\u00edstica que requiera el pa\u00eds para la \u00a0planeaci\u00f3n y toma de decisiones por parte del Gobierno Nacional y los entes \u00a0territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y desarrollar el Sistema de Informaci\u00f3n \u00a0Geoestad\u00edstico, as\u00ed como implementar, actualizar y administrar el Marco \u00a0Geoestad\u00edstico Nacional Unico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Aplicar las metodolog\u00edas nacionales e internacionales \u00a0en materia de georreferenciaci\u00f3n que garanticen la veracidad, imparcialidad y \u00a0oportunidad de la informaci\u00f3n estad\u00edstica estrat\u00e9gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar y ejecutar el montaje de las bases de datos \u00a0espaciales dentro y fuera del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Planear y realizar los recuentos de viviendas, hogares \u00a0y establecimientos para la realizaci\u00f3n de operativos censales y encuestas por \u00a0muestreo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar los proyectos de normas t\u00e9cnicas relativas al \u00a0dise\u00f1o, producci\u00f3n, procesamiento, an\u00e1lisis, uso y divulgaci\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n estad\u00edstica estrat\u00e9gica, en materia de georreferenciaci\u00f3n y uso de \u00a0marcos geoestad\u00edsticos \u00fanicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar las pol\u00edticas que orienten la integraci\u00f3n \u00a0estructural y la utilizaci\u00f3n de los marcos estad\u00edsticos en el Departamento y \u00a0dem\u00e1s entidades en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Liderar, participar y promover la adopci\u00f3n, adaptaci\u00f3n \u00a0y gesti\u00f3n de pol\u00edticas y est\u00e1ndares de producci\u00f3n de informaci\u00f3n geogr\u00e1fica y \u00a0el dise\u00f1o y soporte de los mecanismos de consulta, acceso, intercambio, \u00a0promoci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de los datos geogr\u00e1ficos y espaciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adoptar y adaptar los est\u00e1ndares de producci\u00f3n de \u00a0informaci\u00f3n geogr\u00e1fica y espacial, que garanticen la georreferenciaci\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Garantizar el cumplimiento de los est\u00e1ndares t\u00e9cnicos \u00a0de los procesos procedimientos en el funcionamiento, difusi\u00f3n, utilizaci\u00f3n, \u00a0procesamiento y mantenimiento del Sistema de Informaci\u00f3n Geoestad\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Administrar y mantener actualizados los directorios \u00a0de fuentes de las diferentes investigaciones que realiza el Departamento, para \u00a0la elaboraci\u00f3n de las encuestas econ\u00f3micas con una \u00f3ptima muestra. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Promover al interior de la entidad la \u00a0conceptualizaci\u00f3n Geoestad\u00edstica, mediante la redefinici\u00f3n de la relaci\u00f3n entre \u00a0geograf\u00eda, ambiente social, econ\u00f3mico, pol\u00edtico y estad\u00edstico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Certificar la informaci\u00f3n estad\u00edstica en materia de \u00a0georreferenciaci\u00f3n y uso de marcos geoestad\u00edsticos \u00fanicos, siempre que se \u00a0refiera a resultados generados, validados y aprobados por el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dise\u00f1ar las metodolog\u00edas de estratificaci\u00f3n y de los \u00a0sistemas de seguimiento y evaluaci\u00f3n de dichas metodolog\u00edas, para ser \u00a0utilizados por las entidades nacionales y territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Emitir conceptos t\u00e9cnicos para determinar si existe \u00a0m\u00e9rito para volver a realizar, adoptar y aplicar estratificaciones por razones \u00a0de orden natural o social, o por incorrecta ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar con las gobernaciones y las \u00e1reas \u00a0metropolitanas el apoyo t\u00e9cnico a los municipios y distritos para la puesta en \u00a0pr\u00e1ctica de las metodolog\u00edas de estratificaci\u00f3n y la aplicaci\u00f3n de los \u00a0resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Revisar y fijar plazos para la elaboraci\u00f3n de los \u00a0estudios sobre las unidades agr\u00edcolas familiares promedios que realicen los \u00a0municipios dentro de los procesos de estratificaci\u00f3n de sus fincas y viviendas \u00a0rulares dispersas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Direcci\u00f3n \u00a0de Regulaci\u00f3n, Planeaci\u00f3n, Estandarizaci\u00f3n y Normalizaci\u00f3n. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Regulaci\u00f3n, Planeaci\u00f3n, Estandarizaci\u00f3n y \u00a0Normalizaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Presentar a estudio de la Subdirecci\u00f3n las bases de la \u00a0Pol\u00edtica Nacional de Informaci\u00f3n Oficial B\u00e1sica y de los mecanismos y sistemas \u00a0que la soporten y promuevan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar el Plan Estad\u00edstico Nacional y someterlo a \u00a0estudio de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar a las entidades productoras y usuarias de \u00a0informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica, en la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de los planes estad\u00edsticos sectoriales y territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar los proyectos de oficializaci\u00f3n, adopci\u00f3n y \u00a0adaptaci\u00f3n de las nomenclaturas y clasificaciones usadas en el pa\u00eds para la \u00a0producci\u00f3n de la informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica y promover el uso de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar lineamientos en materia de estandarizaci\u00f3n y \u00a0normalizaci\u00f3n para la interoperabilidad de los sistemas de informaci\u00f3n oficial \u00a0b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover la adaptaci\u00f3n de las clasificaciones, \u00a0nomenclaturas, correlativas y, en general, la normalizaci\u00f3n conceptual que \u00a0requiere el desarrollo de las estad\u00edsticas econ\u00f3micas y sociales de \u00a0responsabilidad del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar las bases que faciliten la articulaci\u00f3n de la \u00a0producci\u00f3n y difusi\u00f3n de informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica con el Sistema de Ciencia y \u00a0Tecnolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar los proyectos de planes plurianuales de \u00a0gobierno en materia de informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica y elaborar los informes de \u00a0seguimiento y ejecuci\u00f3n de dichos planes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar los proyectos de normas t\u00e9cnicas para la \u00a0producci\u00f3n, el uso, la regulaci\u00f3n y la divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n oficial \u00a0b\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar, coordinar y supervisar la ejecuci\u00f3n del \u00a0Plan Nacional de Informaci\u00f3n Oficial B\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adoptar, actualizar y desarrollar las clasificaciones \u00a0econ\u00f3micas y sociales conforme a los est\u00e1ndares y desarrollos internacionales y \u00a0propiciar su utilizaci\u00f3n y difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Establecer los lineamientos de car\u00e1cter metodol\u00f3gico \u00a0relacionados con la producci\u00f3n y uso de informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica, incluidos \u00a0los metadatos y normas para tratamiento de informaci\u00f3n primaria y secundaria. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n \u00a01419 de 2017, DANE.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Certificar la informaci\u00f3n estad\u00edstica, en materia de \u00a0regulaci\u00f3n, estandarizaci\u00f3n y normalizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n oficial b\u00e1sica, \u00a0siempre que se refiera a resultados generados y aprobados por el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Elaborar los informes de seguimiento a la pol\u00edtica y \u00a0ejecuci\u00f3n de los planes plurianuales de gobierno en materia de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Modificado por el Decreto 111 de 2022, \u00a0art\u00edculo 7\u00ba. Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda General, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar y \u00a0controlar la ejecuci\u00f3n de los programas y actividades relacionados con los \u00a0asuntos financieros, de administraci\u00f3n de personal, de contrataci\u00f3n y de \u00a0servicios administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y controlar la pol\u00edtica \u00a0institucional en materia de presupuesto, contabilidad y tesorer\u00eda del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Trazar las pol\u00edticas y \u00a0programas de administraci\u00f3n y desarrollo del talento humano, bienestar social, \u00a0selecci\u00f3n, registro y control, capacitaci\u00f3n e incentivos de conformidad con las \u00a0normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar, consolidar y \u00a0coordinar con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, la elaboraci\u00f3n del anteproyecto \u00a0de presupuesto del Departamento y las solicitudes de adici\u00f3n y traslados \u00a0presupuestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar al Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC), de \u00a0conformidad con las obligaciones financieras adquiridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir la elaboraci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n del Plan de Compras del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir, coordinar, \u00a0controlar y evaluar las actividades relacionadas con proveedores, la \u00a0adquisici\u00f3n, almacenamiento, custodia, distribuci\u00f3n e inventarios de los \u00a0elementos, equipos y dem\u00e1s bienes necesarios para el funcionamiento normal del \u00a0Departamento, velando especialmente por que se cumplan las normas vigentes \u00a0sobre estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir la prestaci\u00f3n de los \u00a0servicios de archivo y correspondencia, aseo, cafeter\u00eda y vigilancia en el \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar los procesos de \u00a0organizaci\u00f3n, estandarizaci\u00f3n de m\u00e9todos, elaboraci\u00f3n del manual espec\u00edfico de \u00a0funciones y requisitos y todas aquellas actividades relacionadas con la \u00a0racionalizaci\u00f3n de procesos administrativos del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar el proceso de \u00a0contrataci\u00f3n de bienes y servicios requeridos por el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Ejecutar programas y \u00a0estrategias de prevenci\u00f3n y divulgaci\u00f3n orientados a la lucha contra la corrupci\u00f3n, \u00a0la apropiaci\u00f3n del r\u00e9gimen disciplinario y la promoci\u00f3n de un servicio p\u00fablico \u00a0con integridad al interior del Departamento Administrativo Nacional de \u00a0Estad\u00edstica (DANE), en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Control Disciplinario \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 18: Secretar\u00eda \u00a0General. Son funciones de la Secretar\u00eda General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n \u00a0de los programas y actividades relacionados con los asuntos financieros, de \u00a0administraci\u00f3n de personal, de contrataci\u00f3n y de servicios administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y controlar la pol\u00edtica \u00a0institucional en materia de presupuesto, contabilidad y tesorer\u00eda del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Trazar las pol\u00edticas y programas de \u00a0administraci\u00f3n y desarrollo del talento humano, bienestar social, selecci\u00f3n, \u00a0registro y control, capacitaci\u00f3n e incentivos de conformidad con las normas \u00a0legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar, consolidar y coordinar con la \u00a0Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, la elaboraci\u00f3n del anteproyecto de presupuesto \u00a0del Departamento y las solicitudes de adici\u00f3n y traslados presupuestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar al Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, de conformidad con \u00a0las obligaciones financieras adquiridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del Plan \u00a0de Compras del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las \u00a0actividades relacionadas con proveedores, la adquisici\u00f3n, almacenamiento, \u00a0custodia, distribuci\u00f3n e inventarios de los elementos, equipos y dem\u00e1s bienes \u00a0necesarios para el funcionamiento normal del Departamento, velando \u00a0especialmente por que se cumplan las normas vigentes sobre estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir la prestaci\u00f3n de los servicios de \u00a0archivo y correspondencia, aseo, cafeter\u00eda y vigilancia en el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar los procesos de organizaci\u00f3n, \u00a0estandarizaci\u00f3n de m\u00e9todos, elaboraci\u00f3n del manual espec\u00edfico de funciones y \u00a0requisitos, y todas aquellas actividades relacionadas con la racionalizaci\u00f3n de \u00a0procesos administrativos del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar el proceso de contrataci\u00f3n de \u00a0bienes y servicios requeridos por el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir y coordinar las actividades \u00a0relacionadas con las investigaciones de car\u00e1cter disciplinario que se adelanten \u00a0contra los funcionarios o ex funcionarios del Departamento, de acuerdo con las \u00a0normas vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Direcciones Territoriales. El \u00a0Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE, contar\u00e1 con seis (6) \u00a0Direcciones Territoriales, las cuales cumplir\u00e1n las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, programas y dem\u00e1s actividades que el Departamento haya trazado para \u00a0el cumplimiento de su misi\u00f3n en el \u00e1mbito regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Identificar la informaci\u00f3n b\u00e1sica y estrat\u00e9gica que \u00a0deba generarse de nivel territorial, para la planeaci\u00f3n y toma de decisiones \u00a0por parte del Gobierno Nacional y los entes territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Recolectar, procesar y difundir de nivel regional la informaci\u00f3n \u00a0contemplada en el Plan Estad\u00edstico Nacional y Territorial del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejecutar los operativos de campo de las diferentes \u00a0investigaciones que realiza el Departamento, de acuerdo con los dise\u00f1os \u00a0metodol\u00f3gicos y muestrales establecidos por las direcciones t\u00e9cnicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar t\u00e9cnica, operativa y metodol\u00f3gicamente el \u00a0proceso de descentralizaci\u00f3n de la actividad estad\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y asesorar la ejecuci\u00f3n del Plan Estad\u00edstico \u00a0Nacional en el nivel regional, realizar su seguimiento y evaluaci\u00f3n, y proponer \u00a0los ajustes o modificaciones cuando sea necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Actualizar peri\u00f3dicamente el Marco Geoestad\u00edstico \u00a0Nacional en su \u00e1rea de influencia territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer a la Direcci\u00f3n del Departamento los planes y \u00a0programas de acci\u00f3n de las Direcciones Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar a los departamentos y municipios en la \u00a0instalaci\u00f3n y funcionamiento del Sistema de Informaci\u00f3n Estad\u00edstica Municipal y \u00a0Territorial, Simte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Expedir las certificaciones de la informaci\u00f3n \u00a0estad\u00edstica del nivel territorial a trav\u00e9s de los bancos de datos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar con la Direcci\u00f3n de Difusi\u00f3n y Cultura Estad\u00edstica Direcci\u00f3n de Difusi\u00f3n, Mercadeo y Cultura \u00a0Estad\u00edstica las \u00a0estrategias de difusi\u00f3n, mercadeo y ventas de servicios, as\u00ed como las de fomento \u00a0y desarrollo de cultura estad\u00edstica en el nivel territorial. (Nota: El Decreto 111 de 2022, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba, reemplaz\u00f3 la expresi\u00f3n tachada por la expresi\u00f3n se\u00f1alada en \u00a0negrilla.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Participar en el dise\u00f1o, planeaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n de \u00a0presupuestos y en la ejecuci\u00f3n de los operativos relacionados con las encuestas \u00a0y censos que adelanta el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Imponer multas como sanci\u00f3n a las personas naturales \u00a0o jur\u00eddicas que incumplan lo dispuesto en la Ley 79 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Gestionar la celebraci\u00f3n de convenios con entidades \u00a0p\u00fablicas o privadas en su \u00e1mbito territorial, con el fin de desarrollar los \u00a0objetivos y funciones del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dirigir, ejecutar y controlar el cumplimiento de las \u00a0funciones administrativas que requiera la Direcci\u00f3n Territorial para su \u00a0funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Colaborar con la Secretar\u00eda General en las \u00a0investigaciones de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los \u00a0funcionarios y ex funcionarios de la respectiva Direcci\u00f3n Territorial, de \u00a0conformidad con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Organos \u00a0de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. La Comisi\u00f3n de Personal, el Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno, el Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo \u00a0Administrativo y dem\u00e1s \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n, se integrar\u00e1n y \u00a0cumplir\u00e1n sus funciones de conformidad con las disposiciones legales y \u00a0reglamentarias sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo \u00a0Nacional de Estad\u00edstica, Fondane \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Fondo \u00a0Rotatorio del Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, Fondane. \u00a0El Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, \u00a0Fondane, continuar\u00e1 funcionando como un establecimiento p\u00fablico del orden \u00a0nacional, dotado de personer\u00eda jur\u00eddica y patrimonio propio, adscrito al \u00a0Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Fondane tendr\u00e1 el objeto, cumplir\u00e1 las funciones y \u00a0estar\u00e1 dotado de los recursos a los que se refieren los art\u00edculos 2\u00ba, 3\u00ba y 7\u00ba \u00a0del Decreto 590 de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El representante legal del Fondane ser\u00e1 el Director del \u00a0Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE, y funcionar\u00e1 con la \u00a0estructura y la planta de personal del referido Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 21: Ver Decreto 1170 de 2015 \u00a0&#8211; Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Administrativo de Informaci\u00f3n \u00a0Estad\u00edstica, art\u00edculo 1.2.1.1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones varias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Adopci\u00f3n \u00a0de la Planta de Personal del Departamento Administrativo Nacional de \u00a0Estad\u00edstica, DANE. De conformidad con la estructura prevista en el \u00a0presente Decreto, el Gobierno Nacional proceder\u00e1 a adoptar la planta de \u00a0personal del Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Vigencia. \u00a0El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga las \u00a0disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 1151 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 28 de enero de 2004. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo Nacional de \u00a0Estad\u00edstica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>C\u00e9sar Augusto Caballero Reinoso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 262 DE 2004 \u00a0 \u00a0 (enero \u00a028) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la estructura del \u00a0Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE, y se dictan otras \u00a0disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Modificado por el Decreto 111 de 2022. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Adicionado por el Decreto 111 de 2022. \u00a0 \u00a0 Nota 2: [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[52],"tags":[],"class_list":["post-35779","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2004"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35779","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35779"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35779\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35779"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35779"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35779"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}