{"id":38141,"date":"2023-07-27T19:43:39","date_gmt":"2023-07-27T19:43:39","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-146-de-2005\/"},"modified":"2023-07-27T19:43:39","modified_gmt":"2023-07-27T19:43:39","slug":"decreto-146-de-2005","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-146-de-2005\/","title":{"rendered":"DECRETO 146 DE 2005"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 146 DE 2005 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 26) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se declara terminado el &#8220;Convenio \u00a0Comercial entre el Gobierno de la Rep\u00fablica de Colombia y el Gobierno de la \u00a0Rep\u00fablica de Hungr\u00eda\u201d, hecho en Budapest, a los dieciocho (18) d\u00edas del mes de \u00a0junio de mil novecientos noventa y tres (1993). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de las \u00a0facultades que le otorga el art\u00edculo 189 numeral 2 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7\u00aa de 1944, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 7\u00aa \u00a0del 30 de noviembre de 1944, en su art\u00edculo 4\u00b0 dispone que cuando un \u00a0Tratado, Convenio, Convenci\u00f3n, etc., dejen de regir para Colombia por virtud de \u00a0denuncia, caducidad o cualquiera otra causa, el Organo Ejecutivo dictar\u00e1 un decreto \u00a0en que se declare esta circunstancia, con determinaci\u00f3n de la fecha en que el \u00a0Tratado dej\u00f3 de tener vigencia para el Estado colombiano; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno de la Rep\u00fablica de Hungr\u00eda mediante Nota \u00a0n\u00famero 18\/2003, del 23 de junio de 2003, propuso, que de acuerdo con el literal \u00a0b) del art\u00edculo 54 de la Convenci\u00f3n de Viena sobre el Derecho de los Tratados \u00a0del 23 de mayo de 1969, se tome por derogado el&#8221;Convenio Comercial entre \u00a0el Gobierno de la Rep\u00fablica de Colombia y el Gobierno de la Rep\u00fablica de \u00a0Hungr\u00eda\u00bf, hecho en Budapest, a los dieciocho (18) d\u00edas del mes de junio de mil \u00a0novecientos noventa y tres (1993); \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno de la Rep\u00fablica de Colombia, mediante Nota \u00a0DM.CEU. n\u00famero 999 del 23 de febrero de 2004 acept\u00f3 la propuesta del Gobierno \u00a0de la Rep\u00fablica de Hungr\u00eda para dar por terminado el&#8221;Convenio Comercial \u00a0entre el Gobierno de la Rep\u00fablica de Colombia y el Gobierno de la Rep\u00fablica de \u00a0Hungr\u00eda\u00bf, hecho en Budapest, a los dieciocho (18) d\u00edas del mes de junio de mil \u00a0novecientos noventa y tres (1993). En consecuencia, el citado instrumento \u00a0internacional qued\u00f3 sin vigor el 23 de febrero de 2004, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Decl\u00e1rase terminado, a partir del 23 de \u00a0febrero de 2004, el&#8221;Convenio Comercial entre el Gobierno de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia y el Gobierno de la Rep\u00fablica de Hungr\u00eda\u00bf, hecho en Budapest, a los \u00a0dieciocho (18) d\u00edas del mes de junio de mil novecientos noventa y tres (1993). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente decreto rige a partir de la fecha \u00a0de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 26 de enero de 2005. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carolina Barco Isakson. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00bfCONVENIO COMERCIAL ENTRE EL GOBIERNO\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE HUNGRIA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Gobierno de la Rep\u00fablica de Colombia y el Gobierno de \u00a0la Rep\u00fablica de Hungr\u00eda, animados por el deseo de fomentar y fortalecer las \u00a0relaciones comerciales entre los dos pa\u00edses, sobre la base dedos principios del \u00a0respeto de la soberan\u00eda nacional, igualdad de derechos y mutuo beneficio, han \u00a0convenido en lo siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Partes Contratantes, dentro del marco de las leyes vigentes \u00a0en los dos pa\u00edses, en concordancia con los derechos y obligaciones contemplados \u00a0en el Acuerdo General sobre Aranceles; Aduaneros y Comercio (GATT), as\u00ed como \u00a0con las cl\u00e1usulas del presente Convenio, fomentar\u00e1n y facilitar\u00e1n el desarrollo \u00a0del intercambio comercial entre ambos pa\u00edses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Partes Contratantes se conceder\u00e1n a partir de la \u00a0entrada en vigencia del presente Convenio, rec\u00edprocamente el tratamiento de la \u00a0naci\u00f3n m\u00e1s favorecida de conformidad con las normas del GATT. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO III \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las personas naturales y jur\u00eddicas de las dos Partes \u00a0formalizar\u00e1n contratos con base en el presente Convenio, tomando como \u00a0referencia los precios del mercado internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los pagos entre los dos pa\u00edses se efectuar\u00e1n en moneda \u00a0libremente convertible, de conformidad con los reglamentos legales vigentes en \u00a0cada uno de los pa\u00edses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con el fin de incentivar las relaciones comerciales entre \u00a0los dos pa\u00edses, las Partes Contratantes se conceder\u00e1n rec\u00edprocamente las \u00a0facilidades necesarias para la organizaci\u00f3n de ferias y exposiciones \u00a0comerciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Partes Contratantes autorizar\u00e1n \u00a0la importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n libre de derechos aduaneros, impuestos y dem\u00e1s \u00a0grav\u00e1menes de este tipo, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes en cada \u00a0uno de los dos pa\u00edses, de los siguientes art\u00edculos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Muestras de productos y materiales de publicidad \u00a0comercial necesarios para obtener pedidos y para fines publicitarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Mercanc\u00edas que deben ser enviadas a fin de ser \u00a0reemplazadas, siempre y cuando los art\u00edculos sustitutivos sean devueltos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Art\u00edculos y mercanc\u00edas para ferias y exposiciones \u00a0permanentes u organizadas temporalmente, siempre y cuando dichos art\u00edculos y \u00a0mercanc\u00edas no sean vendidos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Repuestos suministrados gratuitamente en cumplimiento \u00a0de garant\u00edas otorgadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Herramientas y equipos destinados a los servicios en el \u00a0territorio de una de las Partes Contratantes, siempre y cuando no sean \u00a0vendidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO VII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Partes Contratantes establecen una comisi\u00f3n Mixta con \u00a0el fin de as egurar el cumplimiento correcto del presente Convenio, impulsar el \u00a0desarrollo de las relaciones comerciales, fortalecer el esp\u00edritu de cooperaci\u00f3n \u00a0y sostener consultas sobre temas espec\u00edficos de car\u00e1cter comercial de inter\u00e9s \u00a0para las Partes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Mixta estar\u00e1 integrada por autorizados \u00a0representantes de ambas Partes Contratantes y se reunir\u00e1 seg\u00fan las necesidades, \u00a0alternativamente en la ciudad de Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1 y en la ciudad de Budapest, \u00a0en la fecha mutuamente acordada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO VIII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Partes Contratantes convienen en designar como \u00a0organismos encargados de la ejecuci\u00f3n del presente Convenio, por parte de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, al Ministerio de Comercio Exterior y por la parte de la \u00a0Rep\u00fablica de Hungr\u00eda, al Ministerio de Relaciones Econ\u00f3micas Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO IX \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Las controversias referentes a la interpretaci\u00f3n o \u00a0aplicaci\u00f3n del presente Convenio ser\u00e1n resueltas mediante consultas directas \u00a0entre los organismos mencionados en el art\u00edculo VIII o a trav\u00e9s de la v\u00eda \u00a0diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Las controversias derivadas de los contratos concluidos \u00a0dentro del marco del presente convenio ser\u00e1n resueltas de conformidad con lo \u00a0establecido en dichos contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO X \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El presente Convenio ser\u00e1 aprobado seg\u00fan los reglamentos \u00a0constitucionales de las Partes Contratantes y entrar\u00e1 en vigencia a los treinta \u00a0(30) d\u00edas despu\u00e9s del canje de notas diplom\u00e1ticas respectivas a la aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO XI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El presente Convenio tendr\u00e1 una duraci\u00f3n de tres (3) a\u00f1os, \u00a0pudiendo ser prorrogable autom\u00e1ticamente por per\u00edodos iguales, salvo que alguna \u00a0de las Partes Contratantes comunique por escrito a la otra su intenci\u00f3n de \u00a0darlo por terminado, con antelaci\u00f3n de seis (6) meses a la fecha de la \u00a0expiraci\u00f3n del t\u00e9rmino. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO XII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las disposiciones del presente Convenio se aplicar\u00e1n \u00a0tambi\u00e9n a los contratos concluidos durante su vigencia y realizados despu\u00e9s de \u00a0su expiraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO XIII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Al tiempo de la entrada en vigencia \u00a0del presente Convenio se deroga el Convenio Comercial y de Pagos firmado en \u00a0Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, el 6 de diciembre de 1967 entre el Gobierno de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia y el Gobierno de la Rep\u00fablica de Hungr\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Hecho en Budapest, a los 18 d\u00edas de junio de 1993, en dos \u00a0ejemplares en los idiomas espa\u00f1ol y h\u00fangaro, siendo ambos textos igualmente \u00a0v\u00e1lidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por el Gobierno de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Firma ilegible). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por el Gobierno de la Rep\u00fablica de Hungr\u00eda, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Firma ilegible). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 146 DE 2005 \u00a0 \u00a0 (enero 26) \u00a0 \u00a0 por el cual se declara terminado el &#8220;Convenio \u00a0Comercial entre el Gobierno de la Rep\u00fablica de Colombia y el Gobierno de la \u00a0Rep\u00fablica de Hungr\u00eda\u201d, hecho en Budapest, a los dieciocho (18) d\u00edas del mes de \u00a0junio de mil novecientos noventa y tres (1993). \u00a0 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[59],"tags":[],"class_list":["post-38141","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2005"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38141","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=38141"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38141\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=38141"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=38141"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=38141"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}