{"id":39122,"date":"2023-07-27T22:10:36","date_gmt":"2023-07-27T22:10:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-75-de-2006\/"},"modified":"2023-07-27T22:10:36","modified_gmt":"2023-07-27T22:10:36","slug":"decreto-75-de-2006","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-75-de-2006\/","title":{"rendered":"DECRETO 75 DE 2006"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 75 DE \u00a02006 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 13) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del cual se definen las obligaciones que le asisten a los operadores \u00a0de servicios de telecomunicaciones en procura de optimizar la labor de \u00a0investigaci\u00f3n de los delitos por parte de las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 1704 de 2012, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en \u00a0especial las que confieren los art\u00edculos 15 y numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0el art\u00edculo 1\u00b0 de la Ley 72 de 1989 y los \u00a0Decretos 1900 de 1990, 1130 de 1999 y 1620 de 2003, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Interceptaci\u00f3n de \u00a0servicios de Telecomunicaciones. Para efectos del presente decreto, se \u00a0prev\u00e9 la interceptaci\u00f3n de los servicios de telecomunicaciones como un \u00a0mecanismo de seguridad nacional que busca optimizar la labor investigativa, \u00a0propendiendo por su eficaz y oportuna realizaci\u00f3n y garantizando la ejecuci\u00f3n \u00a0de los fines del Estado, con el uso de modernas herramientas de captaci\u00f3n y \u00a0monitoreo de comunicaciones de las redes p\u00fablicas de telecomunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Ejercicio de la \u00a0facultad de interceptaci\u00f3n de los servicios de telecomunicaciones. Los \u00a0operadores de los servicios de telecomunicaciones de Telefon\u00eda M\u00f3vil Celular, \u00a0PCS y de sistemas de Acceso Troncalizado que operen \u00a0en el territorio nacional, deben garantizar la interceptaci\u00f3n remota de las \u00a0comunicaciones a fin de que la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n o las entidades \u00a0que la ley determine, de conformidad con las previsiones legales y previa \u00a0autorizaci\u00f3n judicial, adelanten actividades de interceptaci\u00f3n de dichos \u00a0servicios. En consecuencia, en los respectivos contratos de concesi\u00f3n se \u00a0incluir\u00e1, previo acuerdo con el operador, la obligaci\u00f3n de disponibilidad del \u00a0hardware, el software, incluidas las licencias para el desarrollo de esta \u00a0labor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En los mismos contratos se debe \u00a0estipular, previo acuerdo con el operador, la obligaci\u00f3n de disponer en todo \u00a0caso de las facilidades de red necesarias y suficientes para la interceptaci\u00f3n \u00a0de los servicios de telecomunicaciones que requieran llevar a cabo la Fiscal\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n o las entidades que la ley determine, y a contar con \u00a0puertos de conexi\u00f3n suficientes para este fin en cada equipo de conmutaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Tecnolog\u00edas a \u00a0interceptar. Los operadores de Servicios de Telecomunicaciones deber\u00e1n \u00a0colaborar con la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, en la interceptaci\u00f3n de los \u00a0servicios de telecomunicaciones, de conformidad con lo establecido en el \u00a0r\u00e9gimen legal vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Ninguna Empresa prestadora \u00a0del Servicio de Telecomunicaciones podr\u00e1 obstaculizar las labores de \u00a0interceptaci\u00f3n requeridas para el cumplimiento de los fines de la \u00a0administraci\u00f3n de justicia conforme a los principios constitucionales y \u00a0legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Recursos espec\u00edficos. \u00a0Cuando el operador decida migrar de tecnolog\u00eda este deber\u00e1 disponer las \u00a0herramientas y\/o recursos t\u00e9cnicos adicionales, inclusive software o hardware \u00a0espec\u00edficos para la interceptaci\u00f3n y derivaci\u00f3n de las telecomunicaciones, \u00a0desde el momento en que la soluci\u00f3n de interceptaci\u00f3n se encuentre disponible \u00a0en el mercado y su aplicaci\u00f3n sea t\u00e9cnicamente viable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Previo a ello, se deber\u00e1n realizar las \u00a0pruebas t\u00e9cnicas operativas del equipamiento a fin de lograr que este sea \u00a0compatible con los est\u00e1ndares de interceptaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Transporte de la \u00a0informaci\u00f3n. El Estado \u00fanicamente asumir\u00e1 los costos del transporte de la \u00a0informaci\u00f3n desde los centros de conmutaci\u00f3n, o de despacho o similares de los \u00a0operadores hasta el sitio que para tal fin disponga la Fiscal\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n, siendo del resorte exclusivo de los operadores, proveer los mecanismos \u00a0t\u00e9cnicos necesarios para lograr que las interceptaciones se surtan en forma \u00a0oportuna, \u00e1gil y eficiente, garantizando en todo caso la confidencialidad y \u00a0seguridad de la informaci\u00f3n que se transporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los prestadores de servicios \u00a0de telecomunicaciones ser\u00e1n responsables por el uso indebido que se d\u00e9 a los \u00a0recursos referidos en el art\u00edculo anterior. Dicha responsabilidad comprende todo \u00a0acto realizado por sus dependientes o por terceros de cuyos servicios se \u00a0valgan, que afecte, dilate, entorpezca o imposibilite la labor de \u00a0interceptaci\u00f3n de los servicios de telecomunicaciones, en condiciones \u00f3ptimas y \u00a0seguras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Informaci\u00f3n de Suscriptores. Una vez \u00a0autorizada judicialmente la interceptaci\u00f3n, los Operadores de los Servicios de \u00a0Telecomunicaciones deber\u00e1n entregar a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n toda la \u00a0informaci\u00f3n referente a las coordenadas geogr\u00e1ficas que permitan ubicar la \u00a0celda en la cual se encuentra registrado el aparato terminal objeto de la \u00a0interceptaci\u00f3n, as\u00ed como los datos del suscriptor, su identidad, direcci\u00f3n de \u00a0facturaci\u00f3n y tipo de conexi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los operadores deber\u00e1n \u00a0mantener actualizada la informaci\u00f3n de sus suscriptores, deber cuya observancia \u00a0ser\u00e1 verificada por el Ministerio de Comunicaciones. La informaci\u00f3n que \u00a0suministre el suscriptor o la persona autorizada al operador de \u00a0telecomunicaciones se entender\u00e1 prestada bajo juramento, circunstancia que \u00a0expresamente se manifestar\u00e1 al usuario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Autoridades \u00a0competentes. La Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n es el organismo del Estado \u00a0encargado de la coordinaci\u00f3n con los organismos con funciones de Polic\u00eda \u00a0Judicial, del manejo de las actividades y procesos relacionados con la \u00a0interceptaci\u00f3n de los servicios de telecomunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los funcionarios de la \u00a0Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y de los Organismos con funciones de polic\u00eda \u00a0judicial que en ejercicio de sus funciones conozcan y\/o participen en \u00a0actividades relacionadas con la interceptaci\u00f3n de servicios de \u00a0telecomunicaciones, se obligan a mantener la debida reserva de los datos y la \u00a0confidencialidad de la informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Vigencia. El \u00a0presente decreto rige desde la fecha de su publicaci\u00f3n, y deroga las \u00a0disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 13 de enero de \u00a02006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE \u00a0V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Camilo Ospina Bernal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Comunicaciones, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Martha Elena Pinto de de Hart. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 75 DE \u00a02006 \u00a0 \u00a0 (enero 13) \u00a0 \u00a0 por medio del cual se definen las obligaciones que le asisten a los operadores \u00a0de servicios de telecomunicaciones en procura de optimizar la labor de \u00a0investigaci\u00f3n de los delitos por parte de las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el Decreto 1704 de 2012, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[60],"tags":[],"class_list":["post-39122","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2006"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39122","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=39122"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39122\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=39122"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=39122"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=39122"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}