{"id":39127,"date":"2023-07-27T22:10:36","date_gmt":"2023-07-27T22:10:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-775-de-2006\/"},"modified":"2023-07-27T22:10:36","modified_gmt":"2023-07-27T22:10:36","slug":"decreto-775-de-2006","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-775-de-2006\/","title":{"rendered":"DECRETO 775 DE 2006"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 775 DE 2006 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(marzo 16) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la estructura de \u00a0la Empresa Social del Estado Jos\u00e9 Prudencio Padilla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere \u00a0el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0de conformidad con el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n del d\u00eda 20 del mes de diciembre de 2005 \u00a0seg\u00fan Acta n\u00famero 09 de 2005, la Junta Directiva de la Empresa Social del \u00a0Estado Jos\u00e9 Prudencio Padilla de conformidad con lo previsto en el Decreto 1750 de 2003, \u00a0art\u00edculo 9\u00b0 numeral 6, decidi\u00f3 someter a la aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional la \u00a0modificaci\u00f3n de la estructura de la Empresa Social del Estado Jos\u00e9 Prudencio \u00a0Padilla; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Sentencia de la Corte Constitucional C-349 de 2004, al \u00a0estudiar la constitucionalidad del Decreto ley 1750 \u00a0de 2003, determin\u00f3 el derecho de los servidores p\u00fablicos incorporados \u00a0autom\u00e1ticamente como empleados p\u00fablicos en las plantas de personal de las \u00a0Empresas Sociales del Estado creadas por el citado decreto, a ser indemnizados \u00a0al momento de su retiro por supresi\u00f3n del cargo, en atenci\u00f3n al r\u00e9gimen \u00a0especial de permanencia, que seg\u00fan lo manifestado por esa corporaci\u00f3n se gener\u00f3 \u00a0como consecuencia del cambio de naturaleza de la vinculaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en consecuencia, es procedente reconocer la \u00a0indemnizaci\u00f3n a los empleados p\u00fablicos provisionales que sean retirados en \u00a0virtud de la supresi\u00f3n de los cargos, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Estructura. \u00a0La estructura de la Empresa Social del Estado Jos\u00e9 Prudencio Padilla, quedar\u00e1 \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Gerencia Entidad Descentralizada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Subgerencia Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Subgerencia Servicios de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 Direcci\u00f3n Hospitalaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1.1 Subdirecci\u00f3n Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1.2 Subdirecci\u00f3n Servicios de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Junta \u00a0Directiva y Gerente. Las funciones de la Junta Directiva y del Gerente \u00a0de la Empresa Social del Estado Jos\u00e9 Prudencio Padilla, ser\u00e1n las se\u00f1aladas en \u00a0el Decreto ley 1750 \u00a0de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica. Corresponde a la Oficina Asesora Jur\u00eddica el ejercicio \u00a0de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Gerente en asuntos jur\u00eddicos relacionados \u00a0con temas administrativos, contractuales, presupuestales y contables de la \u00a0Empresa Social de Estado para la definici\u00f3n de las pol\u00edticas institucionales en \u00a0estos temas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Emitir conceptos jur\u00eddicos en los asuntos relacionados \u00a0con la Empresa Social del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir lineamientos para lograr la unidad en la \u00a0aplicaci\u00f3n de la normas y en los asuntos y procedimientos jur\u00eddicos de la \u00a0Empresa Social del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar en los procesos judiciales o extrajudiciales \u00a0que se promuevan contra los actos o hechos de la entidad, y ejercer la \u00a0representaci\u00f3n judicial en los t\u00e9rminos de la delegaci\u00f3n que efect\u00fae la \u00a0gerencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Actualizar permanentemente las estad\u00edsticas requeridas \u00a0para el desempe\u00f1o de su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s funciones \u00a0que le asignen de acuerdo c on la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Oficina \u00a0Asesora de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular bajo la coordinaci\u00f3n del Gerente los planes \u00a0estrat\u00e9gicos de gesti\u00f3n y l\u00edneas b\u00e1sicas para su implementaci\u00f3n y la de los \u00a0planes operativos a corto, mediano y largo plazo por parte de las dem\u00e1s \u00a0dependencias de la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar conjuntamente con las dem\u00e1s \u00e1reas de la \u00a0empresa y para la aprobaci\u00f3n del Gerente, el manual de procesos y \u00a0procedimientos administrativos de la empresa y mantenerlos actualizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular con el \u00e1rea de Sistemas el plan integral de \u00a0desarrollo inform\u00e1tico de la empresa para garantizar una atenci\u00f3n oportuna a \u00a0las necesidades de informaci\u00f3n de la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Colaborar con la Oficina de Control Interno en el \u00a0dise\u00f1o y en la implementaci\u00f3n del sistema de control de gesti\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer los objetivos y metas del \u00e1rea, controlando \u00a0los costos y presupuestos definidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar al Gerente en la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y \u00a0control de las pol\u00edticas y planes generales de la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s funciones que le asignen de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Oficina \u00a0de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control \u00a0Interno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Gerente en el dise\u00f1o de pol\u00edticas \u00a0relacionadas con la planeaci\u00f3n, direcci\u00f3n y organizaci\u00f3n del sistema de control \u00a0interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, \u00a0pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la empresa y recomendar los \u00a0ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejercer el control de gesti\u00f3n sobre las actividades que \u00a0adelantan las diferentes dependencias de la empresa, as\u00ed como del cumplimiento \u00a0de la misi\u00f3n integral de esta y proponer los correctivos que resulten \u00a0pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Acompa\u00f1ar y asesorar a las dependencias en la \u00a0implementaci\u00f3n del control interno y en el mejoramiento de su gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar el sistema de control de gesti\u00f3n y preparar \u00a0para la aprobaci\u00f3n del Gerente el manual respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Remitir a las diferentes dependencias de la empresa los \u00a0informes de control de gesti\u00f3n, con sus respectivos soportes y enviarlos \u00a0igualmente, a la dependencia competente, cuando de ellos se concluya que \u00a0existen posibles irregularidades constitutivas de faltas disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Realizar actividades de evaluaci\u00f3n de los procesos de \u00a0atenci\u00f3n de salud para adoptar los correctivos necesarios en la optimizaci\u00f3n de \u00a0los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Verificar el cumplimiento de normas de calidad respecto \u00a0de est\u00e1ndares t\u00e9cnicos, cient\u00edficos y administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Implementar y fomentar \u00a0el sistema de control de gesti\u00f3n, financiero y de resultados institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones \u00a0que le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Subgerencia \u00a0Administrativa y Financiera. Corresponde a la Subgerencia \u00a0Administrativa y Financiera el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar al Gerente en la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas, \u00a0planes y programas de la Empresa Social del Estado para fortalecer el \u00a0desarrollo humano, administrativo y financiero de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Efectuar la planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y \u00a0control a la gesti\u00f3n financiera de la Empresa Social del Estado, evaluar la \u00a0gesti\u00f3n y dise\u00f1ar estrategias para asegurar el manejo eficiente de los \u00a0recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y controlar la gesti\u00f3n administrativa de la \u00a0Empresa Social del Estado que contempla la gesti\u00f3n de almacenamiento, de \u00a0suministros, inventarios de bienes y elementos de consumo y de activos fijos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Presentar a la Gerencia el portafolio de servicios, as\u00ed \u00a0como los requerimientos de recursos f\u00edsicos, humanos y tecnol\u00f3gicos necesarios \u00a0para prestar eficientemente los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar las actividades tendientes a fortalecer el \u00a0proceso de gesti\u00f3n de bienes y servicios de la Empresa, presentar para \u00a0aprobaci\u00f3n el plan anual de compras y el plan de contrataci\u00f3n para cada \u00a0vigencia fiscal, asegurando la disponibilidad oportuna de los recursos \u00a0requeridos en pro de facilitar el cumplimiento del objeto misional de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Garantizar la confidencialidad, integridad y \u00a0disponibilidad de la informaci\u00f3n f\u00edsica y electr\u00f3nica de la entidad como parte \u00a0del patrimonio institucional; dise\u00f1ar y hacer seguimiento a la implementaci\u00f3n \u00a0de procedimientos tendientes a desarrollar la gesti\u00f3n documental de la Empresa \u00a0para garantizar la memoria y el conocimiento del quehacer institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar por el desarrollo y control de los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n aplicando pol\u00edticas de seguridad de la informaci\u00f3n y de \u00a0administraci\u00f3n de la correspondencia de la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Responder por el tr\u00e1mite de las quejas y reclamos que \u00a0en forma personal, escrita o telef\u00f3nica formule la ciudadan\u00eda en relaci\u00f3n con \u00a0los funcionarios y servicios que presta la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Conocer y fallar en primera instancia los procesos \u00a0disciplinarios que se adelanten contra los funcionarios y ex funcionarios \u00a0p\u00fablicos y trabajadores oficiales de la Empresa Social del Estado Jos\u00e9 \u00a0Prudencio Padilla, en pro de garantizar la gesti\u00f3n eficiente y transparente de \u00a0la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones \u00a0que le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Subgerencia \u00a0Servicios de Salud. Son funciones de la Subgerencia Servicios de \u00a0Salud, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar al Gerente en la formulaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n y control de las pol\u00edticas y planes en materia prestaci\u00f3n de \u00a0servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, controlar y evaluar la gesti\u00f3n de servicios de \u00a0salud de la Empresa Social del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar y presentar al Gerente, los informes sobre la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios de salud, los cuales deben permitir evaluar el \u00a0comportamiento de la demanda de servicios de salud de la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer el portafolio de servicios, as\u00ed como los requerimientos \u00a0de recursos f\u00edsicos, humanos y tecnol\u00f3gicos necesarios para prestar los \u00a0servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adoptar los mecanismos para dar cumplimiento a las \u00a0normas expedidas por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud y el \u00a0Ministerio de la Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en la elaboraci\u00f3n y difusi\u00f3n de las normas \u00a0t\u00e9cnicas y administrativas, aplicables a la prestaci\u00f3n de servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n la \u00a0elaboraci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del plan de desarrollo teniendo en cuenta las \u00a0pol\u00edticas, planes y prestaci\u00f3n de servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover y orientar el desarrollo de la garant\u00eda de \u00a0calidad en los servicios de la empresa, la ela boraci\u00f3n de protocolos de manejo \u00a0cl\u00ednico, los est\u00e1ndares que determinen los par\u00e1metros de calidad esperada en la \u00a0atenci\u00f3n m\u00e9dica y los procesos de prestaci\u00f3n de los servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Velar por el desarrollo de los planes y programas \u00a0docente-asistenciales y de investigaci\u00f3n que sean aprobados para su realizaci\u00f3n \u00a0en la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Desarrollar gu\u00edas y manuales de patolog\u00edas \u00a0susceptibles de vigilancia epidemiol\u00f3gica en colaboraci\u00f3n con otras \u00e1reas \u00a0asistenciales de la empresa para su adopci\u00f3n por parte del Gerente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones \u00a0que le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Direcci\u00f3n \u00a0Hospitalaria. Son funciones de la Direcci\u00f3n Hospitalaria en la red de \u00a0servicios a su cargo, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Administrar el recurso humano, financiero, f\u00edsico, \u00a0administrativo e inform\u00e1tico destinado a la prestaci\u00f3n de servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas, normas, \u00a0disposiciones legales y administrativas de la empresa en relaci\u00f3n con la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, planear, evaluar y controlar la prestaci\u00f3n de \u00a0servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer y ejecutar el plan de desarrollo de la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios de salud a corto, mediano y largo plazo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar, implementar y coordinar los procesos de \u00a0garant\u00eda de calidad en los servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Desarrollar los programas docente-asistenciales y de \u00a0investigaci\u00f3n, que sean aprobados para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Suministrar la informaci\u00f3n que sea requerida por la \u00a0Empresa u otras entidades que legalmente puedan solicitarla, en lo relacionado \u00a0con la prestaci\u00f3n de servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Velar por el cumplimiento de las disposiciones \u00a0administrativas definidas por la Subgerencia Servicios de Salud, para la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Desarrollar los procesos de garant\u00eda de calidad en los \u00a0servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Velar por el desarrollo de las actividades de \u00a0promoci\u00f3n, prevenci\u00f3n, tratamiento y rehabilitaci\u00f3n que sean de su \u00a0responsabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar la \u00a0elaboraci\u00f3n, implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de protocolos de manejo cl\u00ednico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones \u00a0que le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Subdirecci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Desarrollar y controlar la gesti\u00f3n administrativa, de \u00a0recurso humano, financiero, f\u00edsico e inform\u00e1tico de la Direcci\u00f3n Hospitalaria \u00a0de conformidad con las normas, pol\u00edticas y procedimientos definidos para ello. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por la conservaci\u00f3n de archivos administrativos, \u00a0historias cl\u00ednicas y registros asistenciales de la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Responder por la elaboraci\u00f3n de informes de gesti\u00f3n de \u00a0su competencia y suministrar la informaci\u00f3n que sea requerida por la empresa u \u00a0otras entidades que legalmente puedan solicitarla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Gestionar ante la Subgerencia Administrativa y \u00a0Financiera de la empresa los requerimientos de las necesidades para el \u00a0funcionamiento y la prestaci\u00f3n del servicio de salud de la Direcci\u00f3n \u00a0Hospitalaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar en la elaboraci\u00f3n del plan de desarrollo, \u00a0del plan estrat\u00e9gico y del presupuesto de la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Gestionar ante la Subgerencia Administrativa y Financiera \u00a0los asuntos relacionados con la administraci\u00f3n, desarrollo y novedades de \u00a0personal de la Direcci\u00f3n Hospitalaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s funciones \u00a0que le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Subdirecci\u00f3n \u00a0Servicios de Salud. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n Servicios de \u00a0Salud de la Direcci\u00f3n Hospitalaria, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Desarrollar y controlar la aplicaci\u00f3n de las normas, \u00a0pol\u00edticas y procedimientos definidos para la prestaci\u00f3n de los servicios de \u00a0salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Responder por la elaboraci\u00f3n de informes de gesti\u00f3n de \u00a0su competencia y suministrar la informaci\u00f3n que sea requerida por la empresa u \u00a0otras entidades que legalmente puedan solicitarla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Cumplir y hacer cumplir las pol\u00edticas, normas y \u00a0reglamentos de la empresa sobre la prestaci\u00f3n de servicios de salud \u00a0hospitalarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar en la elaboraci\u00f3n del plan de desarrollo, \u00a0del plan estrat\u00e9gico y del presupuesto de la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejecutar y evaluar los programas de atenci\u00f3n, basados \u00a0en las caracter\u00edsticas de la demanda de servicios hospitalarios y dem\u00e1s \u00a0indicadores que se establezcan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Definir y solicitar los recursos necesarios, por cada \u00a0uno de los centros de producci\u00f3n y de costos del \u00e1rea asistencial de la \u00a0Direcci\u00f3n Hospitalaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s funciones \u00a0que le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Aprobaci\u00f3n \u00a0de la planta de personal. De conformidad con la estructura \u00a0prevista en el presente decreto, la Junta Directiva proceder\u00e1 a establecer la \u00a0planta de personal de la Empresa Social del Estado Jos\u00e9 Prudencio Padilla, para \u00a0someterla a la aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Tabla \u00a0de indemnizaci\u00f3n. La tabla de indemnizaci\u00f3n a que tienen derecho \u00a0los servidores p\u00fablicos incorporados autom\u00e1ticamente como empleados p\u00fablicos en \u00a0la planta de personal de la Empresa Social del Estado Jos\u00e9 Prudencio Padilla en \u00a0cumplimiento de la Sentencia C-349 de 2004, \u00a0cuyos empleos sean suprimidos como consecuencia de la modificaci\u00f3n de la planta \u00a0de personal, ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Por menos de cinco (5) a\u00f1os de servicios continuos: \u00a0Cuarenta y cinco (45) d\u00edas de salario por el primer a\u00f1o; y quince (15) d\u00edas de \u00a0salario por cada uno de los a\u00f1os subsiguientes al primero y proporcionalmente \u00a0por meses cumplidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Por cinco (5) a\u00f1os o m\u00e1s de servicios continuos y menos \u00a0de diez (10) a\u00f1os: Cuarenta y cinco \u00a0(45) d\u00edas de salario por el primer a\u00f1o; y \u00a0veinte (20) d\u00edas de salario por cada uno de los a\u00f1os subsiguientes al \u00a0primero y proporcionalmente por meses cumplidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Por diez (10) a\u00f1os o m\u00e1s de servicios continuos: Cuarenta \u00a0y cinco (45) d\u00edas de salario por el primer a\u00f1o; y cuarenta (40) d\u00edas de salario \u00a0por cada uno de los a\u00f1os subsiguientes al primero y proporcionalmente por meses \u00a0cumplidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La indemnizaci\u00f3n se liquidar\u00e1 con \u00a0base en el salario promedio causado durante el \u00faltimo a\u00f1o de servicio teniendo \u00a0en cuenta los siguientes factores: Asignaci\u00f3n b\u00e1sica mensual correspondiente al \u00a0empleo del cual es titular a la fecha de su supresi\u00f3n, recargos dominicales y \u00a0festivos, auxilio de alimentaci\u00f3n y de transporte, prima de navidad, \u00a0bonificaci\u00f3n por servicios prestados, prima de servicios, prima de vacaciones, \u00a0prima individual de compensaci\u00f3n y horas extras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Para los efectos de reconocimiento y \u00a0pago de la indemnizaci\u00f3n de que trata el presente art\u00edculo, el tiempo de \u00a0servicios continuos se contabilizar\u00e1 a partir de la fecha de nombramiento en el \u00a0Instituto de Seguros Sociales como funcionario de la seguridad social o de \u00a0suscripci\u00f3n del contrato a t\u00e9rmino indefinido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. Esta indemnizaci\u00f3n no aplica a \u00a0quienes desempe\u00f1en cargos de libre nombramiento y remoci\u00f3n, ni a quienes hayan \u00a0ingresado despu\u00e9s del 26 de junio de 2003 a la Empresa Social del Estado Jos\u00e9 \u00a0Prudencio Padilla, creada mediante Decreto 1750 de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 4\u00b0. Los valores cancelados por concepto \u00a0de indemnizaci\u00f3n no constituyen factor de salario para ning\u00fan efecto, pero son \u00a0compatibles con el reconocimiento y el pago de las prestaciones sociales a que \u00a0tuviere derecho el empleado retirado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 5\u00b0. La indemnizaci\u00f3n y dem\u00e1s valores se \u00a0cancelar\u00e1n dentro de los dos (2) meses siguientes de ejecutoria de la \u00a0resoluci\u00f3n que ordene el reconocimiento y pago. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Vigencia. \u00a0El presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n y deroga el Decreto \u00a0n\u00famero 1761 del 26 de junio de 2003 y todas aquellas disposiciones que le \u00a0sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 16 de marzo de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de la Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego Palacio Betancourt. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 775 DE 2006 \u00a0 \u00a0 (marzo 16) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la estructura de \u00a0la Empresa Social del Estado Jos\u00e9 Prudencio Padilla. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere \u00a0el numeral 16 del art\u00edculo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[60],"tags":[],"class_list":["post-39127","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2006"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39127","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=39127"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39127\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=39127"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=39127"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=39127"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}