{"id":39322,"date":"2023-07-27T22:32:50","date_gmt":"2023-07-27T22:32:50","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-2355-de-2006\/"},"modified":"2023-07-27T22:32:50","modified_gmt":"2023-07-27T22:32:50","slug":"decreto-2355-de-2006","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-2355-de-2006\/","title":{"rendered":"DECRETO 2355 DE 2006"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2355 DE 2006 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(julio \u00a017) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la \u00a0estructura de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se dictan \u00a0otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Ver Resoluci\u00f3n \u00a02018 1100044717 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n \u00a02018 1300002817 de 2018. Ver Circular \u00a02016 700000215 de 2016, S.V.S.P. Ver Resoluci\u00f3n \u00a01364 de 2010. Ver Decreto \u00a01070 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las \u00a0facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 16 del \u00a0art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De la naturaleza jur\u00eddica, objetivos, competencia y \u00a0funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Naturaleza jur\u00eddica. La \u00a0Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada es un organismo del orden \u00a0nacional, de car\u00e1cter t\u00e9cnico, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, con \u00a0autonom\u00eda administrativa y financiera. (Nota 1: Ver art\u00edculo 1.2.1.1.1. del Decreto \u00a01070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de \u00a0Defensa. Nota 2: Ver Ley 1151 de 2007, \u00a0art\u00edculo 76, par\u00e1grafo). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Objetivos. \u00a0A la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada le corresponde ejercer \u00a0el control, inspecci\u00f3n y vigilancia sobre la industria y los servicios de \u00a0vigilancia y seguridad privada para alcanzar los siguientes objetivos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Mejorar los niveles de seguridad y confianza p\u00fablica mediante la acci\u00f3n \u00a0coordinada con las diferentes entidades y organismos estatales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asegurar que en desarrollo de las actividades de vigilancia y \u00a0seguridad privada se respeten los derechos y libertades de la comunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proveer informaci\u00f3n confiable, oportuna y en tiempo real para que \u00a0el Estado tome las decisiones de formulaci\u00f3n de pol\u00edtica, regulaci\u00f3n e \u00a0inspecci\u00f3n, vigilancia y control relacionadas con los servicios de vigilancia y \u00a0seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proveer informaci\u00f3n, confiable, oportuna y en tiempo real para los \u00a0usuarios de los servicios de vigilancia y seguridad privada, relacionada con la \u00a0legalidad, idoneidad y capacidades t\u00e9cnicas de los prestadores de dichos \u00a0servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Brindar una adecuada protecci\u00f3n a los usuarios de servicios de vigilancia \u00a0y seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba: Ver art\u00edculo 1.2.1.1.1. del Decreto \u00a01070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de \u00a0Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Competencia. \u00a0Corresponde a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, la \u00a0inspecci\u00f3n, vigilancia y control de los siguientes servicios: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. De vigilancia y seguridad en todas sus modalidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. De transporte de valores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. De blindajes para vigilancia y seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Comunitarios y especiales de vigilancia y seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. De capacitaci\u00f3n y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Funciones de la \u00a0Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Para el cumplimiento \u00a0de los objetivos previstos la Superintendencia, como ente responsable de \u00a0dirigir, coordinar y ejecutar las funciones de inspecci\u00f3n, vigilancia y control \u00a0sobre los servicios de vigilancia y seguridad privada que se desarrollen en el \u00a0territorio nacional, cumplir\u00e1 con las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de reglamentaci\u00f3n y autorizaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Expedir la reglamentaci\u00f3n relacionada con la utilizaci\u00f3n de \u00a0equipos, medios y elementos utilizados por los vigilados para el desarrollo de \u00a0sus labores de vigilancia y seguridad privada. (Nota: Ver Sentencia \u00a0del 6 de junio de del Consejo de Estado. Exp. \u00a000252. Secci\u00f3n 1\u00aa. Actor: Luis Gonzalo Montenegro. Ponente: Marco Antonio \u00a0Velilla Moreno.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Expedir las licencias de funcionamiento, credenciales y permisos a \u00a0los prestadores de servicios de vigilancia y seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Desarrollar y aplicar mecanismos para evitar que personas no \u00a0autorizadas presten servicios de vigilancia y seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Autorizar, llevar un registro y ejercer control sobre los equipos \u00a0armados que se emplean en la prestaci\u00f3n de servicios de vigilancia y seguridad \u00a0privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Gobierno Nacional en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en \u00a0materia de vigilancia y seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Colaborar con los organismos de seguridad y entidades del Estado, \u00a0en el dise\u00f1o y el desarrollo de planes y programas de seguridad ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Desarrollar y aplicar mecanismos de coordinaci\u00f3n entre los \u00a0servicios de vigilancia y seguridad privada y la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de informaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Desarrollar y administrar un sistema de informaci\u00f3n detallado \u00a0respecto de los riesgos que genera la prestaci\u00f3n de los servicios de vigilancia \u00a0y seguridad privada objeto de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Llevar el registro de las organizaciones prestadoras de servicios \u00a0de vigilancia y seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener informada a la ciudadan\u00eda sobre los alcances de las \u00a0actividades o servicios de vigilancia y seguridad privada y sobre las \u00a0obligaciones de las personas naturales y jur\u00eddicas autorizadas para \u00a0desarrollarlas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Organizar y establecer una red de comunicaci\u00f3n permanente con los \u00a0organismos de seguridad del Estado, con la finalidad de intercambiar \u00a0informaci\u00f3n para agilizar los tr\u00e1mites y optimizar la calidad de dicha \u00a0informaci\u00f3n sobre los vigilados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Establecer sistemas de evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o de los entes vigilados \u00a0y hacer transparente la calidad del servicio que prestan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de instrucci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Instruir a los vigilados sobre las disposiciones que regulan su \u00a0actividad, fijar criterios t\u00e9cnicos y jur\u00eddicos que faciliten el cumplimiento de \u00a0tales normas y se\u00f1alar los procedimientos para su cabal aplicaci\u00f3n. (Nota: Ver Sentencia del 6 de junio de del Consejo de \u00a0Estado. Exp. \u00a000252. Secci\u00f3n 1\u00aa. Actor: Luis Gonzalo Montenegro. Ponente: Marco Antonio \u00a0Velilla Moreno.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de vigilancia e inspecci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan el \u00a0servicio de Vigilancia y Seguridad Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar con la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda Nacional, con el \u00a0Comando General de las Fuerzas Militares y otras entidades estatales, el apoyo \u00a0en la realizaci\u00f3n de visitas de inspecciones y dem\u00e1s actividades relacionadas \u00a0con la prestaci\u00f3n de los servicios vigilados por la Superintendencia de \u00a0Vigilancia y Seguridad Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de investigaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Interrogar bajo juramento y con observancia de las formalidades \u00a0previstas para esta clase de pruebas en el procedimiento judicial, a cualquier \u00a0persona cuyo testimonio pueda resultar \u00fatil para el esclarecimiento de los \u00a0hechos durante el desarrollo de sus funciones de inspecci\u00f3n e investigaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Adelantar averiguaciones y obtener los elementos materiales \u00a0probatorios que requiera de personas, instituciones o empresas, ajenas al \u00a0sector de la industria de la vigilancia y la seguridad privada, siempre que \u00a0resulten necesarias en el desarrollo de su funci\u00f3n de inspecci\u00f3n, vigilancia y \u00a0control y se cumplan las formalidades legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Adelantar las investigaciones y diligencias necesarias conforme a \u00a0la ley, por infracciones a las normas que regulan los servicios de vigilancia y \u00a0seguridad privada e imponer los correctivos y sanciones del caso, seg\u00fan la \u00a0reglamentaci\u00f3n aplicable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Ejercer funciones de polic\u00eda judicial en la medida que lo requiera \u00a0el cumplimiento del objeto misional de acuerdo con lo previsto en las normas \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de sanci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Imponer multas, medidas cautelares y sanciones, tanto a las \u00a0personas naturales o jur\u00eddicas que realicen actividades exclusivas de los \u00a0vigilados sin contar con la debida autorizaci\u00f3n, como a los vigilados que \u00a0incurran en irregularidades, de acuerdo con la reglamentaci\u00f3n que para tal \u00a0efecto se expida. (Nota: Ver Sentencia \u00a0del 6 de junio de del Consejo de Estado. Exp. \u00a000252. Secci\u00f3n 1\u00aa. Actor: Luis Gonzalo Montenegro. Ponente: Marco Antonio \u00a0Velilla Moreno.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de tr\u00e1mites \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Atender los reclamos de la ciudadan\u00eda sobre los servicios de \u00a0vigilancia y seguridad privada prestados por los vigilados y las denuncias \u00a0sobre la prestaci\u00f3n de estos servicios por personas naturales o jur\u00eddicas no \u00a0autorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Adelantar una gesti\u00f3n adecuada de las peticiones quejas y reclamos \u00a0para identificar fallas recurrentes por parte de los prestadores de servicios \u00a0de vigilancia y seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura, \u00a0dependencias y funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Estructura. \u00a0La Superintendencia de Vigilancia Privada tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3 Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4 Oficina de Sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA OPERACION DE LOS \u00a0SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA EL CONTROL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. SECRETARIA GENERAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 Comit\u00e9 Asesor de Evaluaci\u00f3n de Servicios de Vigilancia y Seguridad \u00a0Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones del \u00a0Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada. Son funciones del Superintendente \u00a0de Vigilancia y Seguridad Privada, como Jefe del Organismo, adem\u00e1s de las \u00a0se\u00f1aladas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y las leyes, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro de Defensa Nacional en la formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas relacionadas con la vigilancia y seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y \u00a0adoptar las pol\u00edticas, los planes, programas, proyectos y objetivos \u00a0estrat\u00e9gicos de la Superintendencia y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar y controlar las actividades orientadas al \u00a0cumplimiento de la misi\u00f3n y los objetivos de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir, coordinar y ejecutar las funciones de vigilancia, \u00a0inspecci\u00f3n y control de los servicios de vigilancia y seguridad privada que se \u00a0desarrollen en el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Expedir la reglamentaci\u00f3n relacionada con la utilizaci\u00f3n de \u00a0equipos, medios y elementos utilizados por los vigilados para el desarrollo de \u00a0sus labores de vigilancia y seguridad privada. (Nota: Ver Sentencia \u00a0del 6 de junio de del Consejo de Estado. Exp. \u00a000252. Secci\u00f3n 1\u00aa. Actor: Luis Gonzalo Montenegro. Ponente: Marco Antonio \u00a0Velilla Moreno.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ordenar visitas y auditor\u00edas a los vigilados, y a quienes ejerzan \u00a0actividades de vigilancia y seguridad privada sin autorizaci\u00f3n, y aplicar los \u00a0correctivos y sanciones a que hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Imponer las multas, sanciones y medidas cautelares a las personas \u00a0naturales y jur\u00eddicas que ejerzan actividades de vigilancia y seguridad privada \u00a0sin autorizaci\u00f3n y a los vigilados que incurran en irregularidades, por \u00a0incumplimiento de las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Desarrollar mecanismos de coordinaci\u00f3n entre los servicios de \u00a0vigilancia y la Polic\u00eda Nacional, tendientes a coadyuvar en la consecuci\u00f3n de \u00a0la seguridad ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda Nacional y el \u00a0Comando General de las Fuerzas Militares el apoyo de estas instituciones en el \u00a0desarrollo de los objetivos de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Velar porque los reclamos de la ciudadan\u00eda sobre los servicios de \u00a0vigilancia y seguridad privada prestados por las entidades vigiladas y las \u00a0denuncias sobre prestaci\u00f3n de este servicio por personas naturales o jur\u00eddicas \u00a0no autorizadas sean atendidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Delegar en los Superintendentes Delegados y el Secretario General \u00a0la suscripci\u00f3n de actos administrativos, resoluciones y dem\u00e1s funciones que \u00a0permitan un mejor desarrollo de los objetivos de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Nombrar y remover a los funcionarios de la Superintendencia de \u00a0Vigilancia y Seguridad Privada de conformidad con las disposiciones legales \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Crear, organizar y conformar mediante resoluci\u00f3n interna y con \u00a0car\u00e1cter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo para atender las \u00a0necesidades del servicio y el cumplimiento oportuno, eficiente y eficaz de los \u00a0objetivos, pol\u00edticas y programas de la Superintendencia, indicando las \u00a0funciones que deban cumplir y los responsables de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Distribuir los cargos de la planta de personal global, de acuerdo \u00a0con la organizaci\u00f3n interna, las necesidades de la entidad y los planes y \u00a0programas trazados por el Superintendente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 6\u00ba: Ver Resoluci\u00f3n \u00a02019 1300039187 de 2019, SVSP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Funciones de la \u00a0Oficina de Control Interno. Corresponde a la Oficina de Control Interno \u00a0el desarrollo de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar al Superintendente en la definici\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas referidas al dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de los sistemas de control que \u00a0contribuyan a incrementar la eficiencia y eficacia en las diferentes \u00e1reas de \u00a0la entidad, as\u00ed como la de garantizar la calidad en la prestaci\u00f3n de los \u00a0servicios de la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y establecer, en coordinaci\u00f3n con las diferentes \u00a0dependencias de la Superintendencia, los criterios, m\u00e9todos, procedimientos e \u00a0indicadores de eficiencia y productividad para evaluar la gesti\u00f3n y proponer \u00a0las medidas preventivas y\/o correctivas del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar, implementar y fomentar sistemas de control de gesti\u00f3n \u00a0administrativa, financiera y de resultados institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los planes de acci\u00f3n \u00a0presentados por las diferentes dependencias de la administraci\u00f3n, con especial \u00a0\u00e9nfasis en el cumplimiento del Plan Operativo Anual, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n y proponer las medidas preventivas y correctivas \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar el cumplimiento de los requisitos administrativos y \u00a0financieros de acuerdo con los procedimientos y control fiscal establecidos \u00a0para el movimiento de fondos, valores y bienes de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por la correcta ejecuci\u00f3n de las operaciones, convenios y \u00a0contratos de la entidad y vigilar c\u00f3mo se invierten los fondos p\u00fablicos e \u00a0informar al Superintendente cuando se presenten irregularidades en el manejo de \u00a0los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Vigilar que la atenci\u00f3n que preste la entidad sea de conformidad \u00a0con las normas legales vigentes y velar que las quejas y reclamos recibidos por \u00a0los ciudadanos en relaci\u00f3n con la misi\u00f3n de la instituci\u00f3n, se les preste \u00a0atenci\u00f3n oportuna y eficiente, y rendir a la administraci\u00f3n un informe \u00a0semestral sobre el particular o cada que lo requiera el Superintendente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar implementar el sistema de auditor\u00eda de sistemas de la \u00a0Superintendencia, estableciendo normas, metas y objetivos y efectuar el \u00a0an\u00e1lisis de los resultados para la toma de acciones preventivas y\/o \u00a0correctivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades que busquen la \u00a0m\u00e1xima eficiencia en el cumplimiento de los tr\u00e1mites administrativos y en el \u00a0desarrollo de las labores de cada dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Implementar y valorar los resultados de la aplicaci\u00f3n del Sistema \u00a0de Control Interno bajo los est\u00e1ndares establecidos a nivel administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que \u00a0le sean asignadas por el Jefe del Organismo y las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Funciones de la \u00a0Oficina Asesora Jur\u00eddica. Corresponde a la Oficina Asesora Jur\u00eddica el \u00a0desarrollo de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Superintendente, Superintendentes Delegados, Secretario \u00a0General en los asunt os jur\u00eddicos relacionados con la entidad y emitir los \u00a0conceptos que requieran las diversas dependencias en asuntos de su competencia, \u00a0con el objeto de mantener la unidad de criterio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Establecer los criterios de interpretaci\u00f3n jur\u00eddica de \u00faltima \u00a0instancia y fijar la posici\u00f3n jur\u00eddica de la Superintendencia. (Nota: Ver Sentencia del 6 de junio de del Consejo de \u00a0Estado. Exp. \u00a000252. Secci\u00f3n 1\u00aa. Actor: Luis Gonzalo Montenegro. Ponente: Marco Antonio \u00a0Velilla Moreno.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Representar jur\u00eddicamente a la Superintendencia en los procesos que \u00a0se instauren en su contra o que esta deba promover, mediante poder que le \u00a0otorgue el Superintendente y mantenerlo informado sobre el desarrollo de los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar, estudiar y conceptuar sobre los proyectos de acuerdos, \u00a0decretos, resoluciones de su competencia, contratos, convenios y dem\u00e1s actos \u00a0administrativos que el Superintendente deba expedir en desarrollo de las \u00a0funciones asignadas a la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Resolver las consultas formuladas por los organismos p\u00fablicos y \u00a0privados, as\u00ed como por los usuarios y particulares, de conformidad con las \u00a0normas que rigen los servicios y funciones de la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Tramitar los recursos de reposici\u00f3n que sean interpuestos contra \u00a0los actos del Superintendente y los de apelaci\u00f3n que este deba resolver. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Analizar permanentemente la agenda legislativa del Congreso, \u00a0informar y preparar conceptos para el Superintendente sobre aquellas \u00a0iniciativas o proyectos relacionados con los servicios de vigilancia y \u00a0seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ejecutar los procedimientos necesarios para obtener el r\u00e1pido y \u00a0eficiente recaudo y cobro coactivo de todas las obligaciones a favor de la \u00a0entidad y del Tesoro Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar el desarrollo de las investigaciones que en el campo \u00a0jur\u00eddico requiera la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir y coordinar la compilaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de la \u00a0legislaci\u00f3n y jurisprudencia, relativa a las actividades y funciones de la \u00a0Superintendencia y velar por su adecuada difusi\u00f3n y aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que \u00a0le sean asignadas por el Jefe del Organismo y las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Funciones de la \u00a0Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. Corresponde a la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0el desarrollo de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Superintendente en la formulaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, objetivos, planes, programas y proyectos \u00a0institucionales, como tambi\u00e9n a las distintas dependencias de la \u00a0Superintendencia sobre estos mismos aspectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la elaboraci\u00f3n del direccionamiento estrat\u00e9gico de la \u00a0entidad y su coherencia con las pol\u00edticas sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, dise\u00f1ar, implementar y mantener actualizado el Plan de \u00a0Mejoramiento de Calidad de la Superintendencia y realizar su seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar y establecer, en coordinaci\u00f3n con las diferentes \u00a0dependencias de la Superintendencia, los indicadores de eficiencia, efectividad \u00a0y productividad para evaluar la gesti\u00f3n y proponer las medidas preventivas y \u00a0correctivas en su aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar metodolog\u00edas para elaborar y\/o actualizar los manuales de \u00a0procesos y procedimientos de cada una de las dependencias de la \u00a0Superintendencia y coordinar su elaboraci\u00f3n, desarrollo e implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con las dependencias de la entidad, de acuerdo con las \u00a0directrices del Superintendente, la elaboraci\u00f3n del Plan General Institucional \u00a0y realizar el seguimiento y evaluaci\u00f3n a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar, con sujeci\u00f3n al Plan Nacional d e Desarrollo y en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dependencias, el Plan Indicativo Anual de la entidad, los \u00a0programas y proyectos que se requieran para el cumplimiento de las funciones de \u00a0la Superintendencia, realizar el seguimiento y proyectar los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar, de conformidad con los planes, programas y proyectos, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda General, el proyecto anual de presupuesto, el \u00a0programa anual de caja, sus modificaciones y someterlos a consideraci\u00f3n del \u00a0Superintendente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias de la \u00a0Superintendencia, estudios y presentar propuestas sobre la organizaci\u00f3n y \u00a0desarrollo administrativo, simplificaci\u00f3n, agilizaci\u00f3n y modernizaci\u00f3n de \u00a0tr\u00e1mites y procedimientos y dem\u00e1s asuntos relacionados con la gesti\u00f3n y m\u00e9todos \u00a0de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con las diferentes dependencias de la Superintendencia \u00a0la preparaci\u00f3n de los informes relacionados con sus funciones que le sean \u00a0requeridos, tanto por el Ministerio como por los entes de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que \u00a0le sean asignadas por el Jefe del Organismo y las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Funciones de la \u00a0Oficina de Sistemas. Corresponde a la Oficina de Sistemas, el desarrollo \u00a0de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar al Superintendente en la definici\u00f3n de pol\u00edticas, \u00a0estrategias, planes y programas referidos al dise\u00f1o y desarrollo de la \u00a0sistematizaci\u00f3n y automatizaci\u00f3n de la Superintendencia, como tambi\u00e9n velar por \u00a0su administraci\u00f3n y aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar, desarrollar e implementar en coordinaci\u00f3n con las \u00a0Superintendencias Delegadas y las dem\u00e1s dependencias de la entidad, un Sistema \u00a0de Informaci\u00f3n que provea informaci\u00f3n confiable, completa, oportuna y en tiempo \u00a0real. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Implantar la plataforma tecnol\u00f3gica necesaria para el ejercicio de \u00a0las funciones asignadas a la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proporcionar e intercambiar la informaci\u00f3n que se genere en la \u00a0Superintendencia con relaci\u00f3n al personal y a las actividades de vigilancia y \u00a0seguridad privada, con la Polic\u00eda Nacional y el Departamento de Control de \u00a0Comercio Armas de Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas \u00a0Militares, o quien haga sus veces, en coordinaci\u00f3n con los Superintendentes \u00a0Delegados, de conformidad con los lineamientos que para tal fin defina el \u00a0Superintendente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir, planear, mantener actualizado y controlar el sistema \u00a0integral de informaci\u00f3n para el desarrollo de la misi\u00f3n de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Sugerir al Superintendente los recursos t\u00e9cnicos y tecnol\u00f3gicos necesarios \u00a0en materia de inform\u00e1tica para que la entidad pueda llevar a cabo su misi\u00f3n de \u00a0manera eficiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar, desarrollar y mantener las redes de comunicaci\u00f3n local y \u00a0remota de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Administrar los recursos de hardware, software y de comunicaciones \u00a0de la entidad, su almacenamiento y procesamiento de datos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Definir y administrar las pol\u00edticas de seguridad en aspectos \u00a0inform\u00e1ticos, para lo cual podr\u00e1 tomar las medidas conducentes a fin de evitar \u00a0los usos indebidos, congesti\u00f3n y da\u00f1os que amenacen la operatividad de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con las dependencias de la entidad, la informaci\u00f3n que \u00a0se publicar\u00e1 en la red p\u00fablica de datos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir y coordinar con la Secretar\u00eda General, la capacitaci\u00f3n y \u00a0los programas de adiestramiento necesarios para el aprovechamiento \u00f3ptimo de \u00a0los recursos computacionales de la entidad por parte de los funcionari os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que \u00a0le sean asignadas por el Jefe del Organismo y las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Funciones del \u00a0Despacho del Superintendente Delegado para la Operaci\u00f3n de los Servicios de \u00a0Vigilancia y Seguridad Privada. Corresponde al despacho del \u00a0Superintendente Delegado para la Operaci\u00f3n de los Servicios de Vigilancia y \u00a0Seguridad Privada, las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Superintendente en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, \u00a0estrategias, objetivos, planes y programas operativos y de desarrollo \u00a0administrativo, orientados al cumplimiento de la misi\u00f3n y de los objetivos \u00a0institucionales y estrat\u00e9gicos de la Superintendencia, como tambi\u00e9n velar por \u00a0su cabal ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir la elaboraci\u00f3n de los procedimientos sobre recolecci\u00f3n, \u00a0procesamiento, y an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n, sobre los vigilados y la preparaci\u00f3n \u00a0de las correspondientes estad\u00edsticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Instruir a los vigilados sobre los procedimientos que deben cumplir \u00a0para mantener actualizada la informaci\u00f3n que ellos deben suministrar a la \u00a0Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar, permanentemente, con las otras dependencias de la \u00a0Superintendencia, el suministro de la informaci\u00f3n que debe incluirse en la base \u00a0de datos de vigilancia y seguridad privada, y la informaci\u00f3n que esta requiere \u00a0para el desarrollo de sus actividades y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Crear, dirigir, planear y controlar el sistema de informaci\u00f3n de la \u00a0Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, el cual contendr\u00e1 la \u00a0informaci\u00f3n requerida para realizar las funciones propias de la habilitaci\u00f3n, \u00a0la inspecci\u00f3n y el control de los servicios de vigilancia, con el fin de \u00a0establecer mecanismos de informaci\u00f3n \u00e1giles entre la Superintendencia, sus \u00a0vigilados, las entidades estatales y la ciudadan\u00eda en general, en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Oficina de Sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proporcionar e intercambiar la informaci\u00f3n que se genere en la \u00a0Superintendencia con relaci\u00f3n al personal y a las actividades de vigilancia y \u00a0seguridad privada, con la Polic\u00eda Nacional y el Departamento de Control \u00a0Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas \u00a0Militares o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Mantener actualizados, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Sistemas, \u00a0los registros estad\u00edsticos de los vigilados, personal, usuarios, armamento, \u00a0escuelas de capacitaci\u00f3n, equipos, veh\u00edculos, incidentes, sanciones, ejercicio \u00a0informal o ilegal de actividades de vigilancia y seguridad privada y dem\u00e1s \u00a0aspectos relacionados con la industria y los servicios de vigilancia y \u00a0seguridad privada, que sean de inter\u00e9s para la Superintendencia, los vigilados \u00a0y la ciudadan\u00eda en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adelantar las actividades \u00a0conducentes para la decisi\u00f3n sobre los siguientes asuntos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Verificaci\u00f3n que los diferentes tr\u00e1mites y solicitudes se ajusten a \u00a0las normas legales que regulan la vigilancia y seguridad privada, como tambi\u00e9n los \u00a0criterios t\u00e9cnicos y jur\u00eddicos se\u00f1alados en la reglamentaci\u00f3n sobre los \u00a0tr\u00e1mites que deben surtirse ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad \u00a0Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Concesi\u00f3n, renovaci\u00f3n, traspasos, inclusi\u00f3n de usuarios, socios y \u00a0cancelaci\u00f3n de licencias de funcionamiento, credenciales y permisos, a las \u00a0personas naturales o jur\u00eddicas que presten estos servicios y dem\u00e1s \u00a0autorizaciones relacionadas con estos tr\u00e1mites. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Ampliaci\u00f3n de cobertura o cambio de modalidad del servicio, o \u00a0medios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Expedici\u00f3n de las credenciales de identificaci\u00f3n al personal de los \u00a0servicios de vigilancia y seguridad privada que cumplan los requisitos de ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Aplicaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n que permitan establecer la \u00a0eficiencia y eficacia del servicio de las actividades ejercidas por los entes \u00a0vigilados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar los programas para evaluar y autorizar la operaci\u00f3n de las \u00a0entidades vigiladas, velar por su ejecuci\u00f3n, y recomendar los correctivos \u00a0necesarios para subsanar deficiencias en la calidad del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con el Superintendente Delegado para el Control, las \u00a0auditor\u00edas e investigaciones sobre los vigilados, cuando existan indicios de \u00a0pr\u00e1cticas ilegales, o que desborden los objetivos de la vigilancia y seguridad \u00a0privada, como tambi\u00e9n aquellos no autorizados para ejercer actividades que \u00a0corresponden a los vigilados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Preparar las circulares, para firma del Superintendente, \u00a0orientadas a mantener informados a los vigilados, sobre las disposiciones que regulan \u00a0su actividad; fijar criterios t\u00e9cnicos y jur\u00eddicos, procedimientos y pol\u00edticas \u00a0que faciliten su ejercicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que \u00a0le sean asignadas por el Jefe del Organismo y las normas legales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Funciones del \u00a0Despacho del Superintendente Delegado para el Control. Corresponde al \u00a0Despacho del Superintendente Delegado para el Control, el desarrollo de las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Superintendente en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, \u00a0objetivos, planes y programas operativos y de desarrollo administrativo, \u00a0orientados al cumplimiento de la misi\u00f3n y de los objetivos institucionales y \u00a0estrat\u00e9gicos de la Superintendencia y velar por su cabal ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento de las leyes y normas vigentes sobre la \u00a0vigilancia y seguridad privada, para garantizar el control y una mejor \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios por parte de las entidades vigiladas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Programar, dirigir y coordinar la realizaci\u00f3n de visitas de \u00a0inspecci\u00f3n y auditor\u00edas a las entidades vigiladas, teniendo en cuenta las \u00a0directrices trazadas por la Superintendencia, los requerimientos de las \u00a0autoridades y de la ciudadan\u00eda en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar las investigaciones por infracciones a las normas que \u00a0regulan la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada e \u00a0imponer los correctivos y sanciones del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar estrategias, planes y programas orientados a combatir la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios de vigilancia y seguridad privada sin la debida autorizaci\u00f3n \u00a0de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ordenar investigaciones a las personas naturales o jur\u00eddicas que \u00a0realicen actividades de vigilancia y seguridad privada sin autorizaci\u00f3n de la \u00a0Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Imponer las sanciones y medidas a que hubiere lugar, de conformidad \u00a0con las normas legales, a personas naturales o jur\u00eddicas que desarrollen \u00a0actividades de vigilancia y seguridad privada sin autorizaci\u00f3n, o que no \u00a0cumplan las normas legales o reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con el Comando General de las Fuerzas Militares y la \u00a0Direcci\u00f3n de la Polic\u00eda Nacional y las dem\u00e1s entidades de seguridad del Estado, \u00a0el apoyo que estas instituciones deben dar para el cumplimiento de los \u00a0objetivos y funciones de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adelantar las gestiones para atender las peticiones, quejas y \u00a0reclamos de la ciudadan\u00eda con el fin de identificar las fallas recurrentes por \u00a0parte de los prestadores de servicios de vigilancia y seguridad privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con la Fuerza P\u00fablica, la forma como debe operar el \u00a0enlace entre los centros de comunicaciones, estaciones de control, centrales de \u00a0alarmas y dem\u00e1s sistemas de seguridad privada de las entidades vigiladas, con \u00a0las autoridades locales, para lograr una estrecha colaboraci\u00f3n en las \u00a0actividades de prevenci\u00f3n del delito y lucha contra el crimen, especialmente lo \u00a0relacionado con las Redes de Apoyo y Solidaridad Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que \u00a0le sean asignadas por el Jefe del Organismo y las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Funciones de la \u00a0Secretar\u00eda General. Corresponde a la Secretar\u00eda General, el desarrollo \u00a0de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Superintendente en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas \u00a0y procedimientos para la administraci\u00f3n de recursos humanos, f\u00edsicos, \u00a0econ\u00f3micos y financieros de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar y programar las actividades de administraci\u00f3n de \u00a0personal, seguridad industrial y relaciones laborales del personal, de acuerdo \u00a0con las pol\u00edticas de la Superintendencia y las normas legales sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar estudios sobre la planta de personal y mantener \u00a0actualizado el manual de funciones y de competencias laborales de la \u00a0Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y controlar en todos los niveles, los procesos \u00a0administrativos y financieros de la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Programar y desarrollar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora \u00a0Jur\u00eddica, los procesos de licitaci\u00f3n y contrataci\u00f3n para la adquisici\u00f3n de \u00a0bienes y servicios que requiera la Superintendencia para el desarrollo de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer y ejecutar las pol\u00edticas, planes, programas y dem\u00e1s \u00a0acciones relacionadas con la gesti\u00f3n financiera y presupuestal del organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Colaborar con la Oficina de Planeaci\u00f3n en la elaboraci\u00f3n del \u00a0anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e inversi\u00f3n y del programa anual \u00a0mensualizado de caja que deba adoptar la Superintendencia, de acuerdo con las \u00a0directrices que al respecto dicte el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito y el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar el plan financiero de fuentes y usos de los recursos del \u00a0organismo, efectuar su seguimiento y proponer los correctivos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer al Superintendente los cambios que se consideren \u00a0pertinentes para mejorar la gesti\u00f3n presupuestal y financiera del organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y controlar la adecuada prestaci\u00f3n de los servicios \u00a0generales para el correcto funcionamiento de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Controlar los inventarios de elementos devolutivos y de consumo, \u00a0as\u00ed como el almacenamiento y custodia de bienes y materiales, elaborar el \u00a0programa anual de compras, y conservar y custodiar los bienes inmuebles del \u00a0organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Controlar el manejo del archivo y la correspondencia de la \u00a0Superintendencia y velar por la seguridad de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar por la debida aplicaci\u00f3n del sistema de desarrollo \u00a0administrativo, relacionado con las pol\u00edticas, estrategias, metodolog\u00edas, \u00a0t\u00e9cnicas y mecanismos de car\u00e1cter administrativo y organizacional para la \u00a0gesti\u00f3n y el manejo de los recursos humanos, t\u00e9cnicos, materiales, f\u00edsicos y \u00a0financieros del organismo, orientado a fortalecer la capacidad adminis trativa \u00a0y el desempe\u00f1o institucional, de conformidad con las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Recibir y atender oportunamente las quejas y reclamos que se \u00a0presenten en relaci\u00f3n con la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar las investigaciones de car\u00e1cter disciplinario que se \u00a0adelanten contra los funcionarios de la Superintendencia y resolverlas en \u00a0primera instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar lo relacionado con la imagen institucional y del sector \u00a0administrativo y las actividades de comunicaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n interna y \u00a0externa, as\u00ed como el manejo de medios masivos de comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Velar por la correcta ejecuci\u00f3n, contabilizaci\u00f3n y rendici\u00f3n de \u00a0informes fiscales, auditor\u00eda, presupuestales y contables de los recursos \u00a0asignados a la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que \u00a0le sean asignadas por el Jefe del Organismo y las normas legales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Comit\u00e9 Asesor de \u00a0Evaluaci\u00f3n de Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada. La \u00a0Superintendencia tendr\u00e1 un Comit\u00e9 Asesor de Evaluaci\u00f3n de Vigilancia y \u00a0Seguridad Privada, integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 El Ministro de Defensa Nacional quien lo presidir\u00e1 o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 El Director General de la Polic\u00eda Nacional o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 El Director del Departamento de Control Comercio de Armas, \u00a0Municiones y Explosivos, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Secretario General de la Superintendencia, o quien haga \u00a0sus veces, actuar\u00e1 como Secretario del Comit\u00e9 Asesor de Vigilancia y Seguridad \u00a0Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Comit\u00e9 Asesor de \u00a0Evaluaci\u00f3n de Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada. El Comit\u00e9 Asesor \u00a0de Evaluaci\u00f3n de Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada, tendr\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Recomendar los criterios que se deben aplicar para los estudios de \u00a0las solicitudes que en desarrollo de la ley formulen los vigilados a la \u00a0Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Recomendar los criterios que la Superintendencia debe aplicar para \u00a0la imposici\u00f3n de sanciones y medidas a las personas naturales o jur\u00eddicas no \u00a0sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad \u00a0Privada, que realicen actividades propias de los vigilados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Recomendar los criterios que la Superintendencia debe aplicar para \u00a0la imposici\u00f3n de sanciones y medidas a los vigilados que incurran en causal de \u00a0sanci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Efectuar recomendaciones con base en los estudios adelantados por \u00a0la Superintendencia sobre los aspectos t\u00e9cnicos u operativos de los servicios \u00a0de vigilancia y seguridad privada, efectuados por solicitud del Ministro de \u00a0Defensa o su delegado o por iniciativa del Superintendente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Expedir su propio reglamento de funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno&lt; \/i&gt;. La composici\u00f3n y \u00a0funciones del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno, se regir\u00e1 \u00a0por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III<\/p>\n<p>\u00a0 Disposiciones generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Definici\u00f3n. Para efectos del \u00a0presente Decreto, se entender\u00e1 por servicio de vigilancia y seguridad privada, \u00a0las actividades que desarrollen las personas naturales o jur\u00eddicas de derecho \u00a0p\u00fablico o privado, en beneficio propio o de terceros, tendiente a prevenir o \u00a0detener perturbaciones a la seguridad y tranquilidad individual en aras de un \u00a0orden justo en lo relacionado con la vida, honra y bienes propios o de \u00a0terceros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 17: Ver Sentencia \u00a0del 6 de junio de del Consejo de Estado. Exp. \u00a000252. Secci\u00f3n 1\u00aa. Actor: Luis Gonzalo Montenegro. Ponente: Marco Antonio \u00a0Velilla Moreno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Vigencia. El presente decreto \u00a0rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n, deroga las disposiciones que le \u00a0sean contrarias, en especial el Decreto 2453 de 1993 \u00a0excepto el art\u00edculo 25. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 17 de julio de \u00a02006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Camilo Ospina Bernal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2355 DE 2006 \u00a0 \u00a0 (julio \u00a017) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la \u00a0estructura de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se dictan \u00a0otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota: Ver Resoluci\u00f3n \u00a02018 1100044717 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n \u00a02018 1300002817 de 2018. Ver Circular \u00a02016 700000215 de 2016, S.V.S.P. Ver Resoluci\u00f3n \u00a01364 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[60],"tags":[],"class_list":["post-39322","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2006"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39322","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=39322"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39322\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=39322"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=39322"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=39322"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}