{"id":39394,"date":"2023-07-27T22:32:54","date_gmt":"2023-07-27T22:32:54","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-2684-de-2006\/"},"modified":"2023-07-27T22:32:54","modified_gmt":"2023-07-27T22:32:54","slug":"decreto-2684-de-2006","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-2684-de-2006\/","title":{"rendered":"DECRETO 2684 DE 2006"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2684 \u00a0DE 2006 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(agosto 8) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual \u00a0se traspasa la Escuela Nacional del Deporte al municipio de Cali. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio \u00a0de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren \u00a0el art\u00edculo 7\u00b0 de la Ley 489 de 1998, el \u00a0Par\u00e1grafo 3\u00b0 del art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 715 de 2001, el \u00a0art\u00edculo 20 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 1052 de 2006, \u00a0y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Unidad Administrativa Especial sin personer\u00eda \u00a0jur\u00eddica \u201cEscuela Nacional del Deporte\u201d, ha venido operando con car\u00e1cter de \u00a0Instituci\u00f3n Universitaria adscrita al Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional con \u00a0recursos del orden nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con lo dispuesto en el Par\u00e1grafo 3\u00b0 del \u00a0art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 715 de 2001, el \u00a0art\u00edculo 20 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 1052 de 2006, \u00a0las entidades educativas adscritas al orden nacional, deben ser traspasadas a \u00a0los entes territoriales donde presten sus servicios, garantizando los recursos \u00a0para su operaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Concejo Municipal de Santiago de Cali, en \u00a0ejercicio de la autonom\u00eda propia de los entes territoriales, expidi\u00f3 el Acuerdo \u00a0168 del 14 de diciembre de 2005, mediante el cual cre\u00f3 en el orden municipal, \u00a0el establecimiento p\u00fablico \u201cInstituci\u00f3n Universitaria Escuela Nacional del \u00a0Deporte\u201d, con el fin de que este sea el receptor de la descentralizaci\u00f3n de la \u00a0entidad educativa Unidad Administrativa Especial sin personer\u00eda jur\u00eddica \u00a0\u201cEscuela Nacional del Deporte\u201d del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Traspaso. Trasp\u00e1sase la Unidad \u00a0Administrativa Especial sin personer\u00eda jur\u00eddica \u201cEscuela Nacional del Deporte\u201d, \u00a0al municipio de Cali, el cual a trav\u00e9s del ente receptor creado para el efecto \u00a0recibir\u00e1 la entidad educativa. El traspaso dispuesto deber\u00e1 surtirse de acuerdo \u00a0a lo dispuesto en el Decreto \u00a01052 del 6 de abril de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Garant\u00eda de viabilidad financiera. La \u00a0Naci\u00f3n mantendr\u00e1 con recursos del presupuesto general de la Naci\u00f3n en cada \u00a0vigencia fiscal, una transferencia con destinaci\u00f3n espec\u00edfica para el \u00a0funcionamiento del establecimiento p\u00fablico del orden municipal, Instituci\u00f3n \u00a0Universitaria \u201cEscuela Nacional del Deporte\u201d, la cual ser\u00e1 programada en el \u00a0presupuesto del municipio de Cali. El giro de los recursos se efectuar\u00e1 \u00a0directamente a dicho establecimiento p\u00fablico del orden municipal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los recursos sobre los cuales la Naci\u00f3n mantendr\u00e1 la \u00a0transferencia al establecimiento p\u00fablico del orden municipal, Instituci\u00f3n \u00a0Universitaria \u201cEscuela Nacional del Deporte\u201d, corresponden a los aportes de la \u00a0Naci\u00f3n actualmente asignados por todo concepto a la Unidad Administrativa \u00a0Especial \u201cEscuela Nacional del Deporte\u201d del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, a \u00a031 de diciembre de 2006 a precios constantes de tal a\u00f1o, incluyendo los \u00a0correspondientes a las sumas de dinero que resulten de la aplicaci\u00f3n del \u00a0art\u00edculo 51 del Decreto 2845 de 1984; \u00a0que en ning\u00fan caso podr\u00e1n ser inferiores al dos por ciento (2%) de los \u00a0presupuestos de Coldeportes y de las Juntas Administradoras Seccionales de \u00a0Deportes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Continuidad del servicio educativo. \u00a0El municipio de Cali garantizar\u00e1 la continuidad del servicio que viene \u00a0prestando la Unidad Administrativa Especial sin personer\u00eda jur\u00eddica \u201cEscuela \u00a0Nacional del Deporte\u201d, durante el traspaso ordenado en este decreto y adoptar\u00e1 \u00a0las decisiones a que haya lugar para cumplir con los fines de la \u00a0descentralizaci\u00f3n que por el mismo se implementa, as\u00ed como los de las dem\u00e1s \u00a0normas que regulan la prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico educativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Una vez realizado el traspaso de la Unidad \u00a0Administrativa Especial sin personer\u00eda jur\u00eddica \u201cEscuela Nacional del Deporte\u201d \u00a0al ente territorial, se extinguir\u00e1 su adscripci\u00f3n al Ministerio de Educaci\u00f3n \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Traspaso de plantas de personal. El personal \u00a0vinculado a la planta de personal vigente a la fecha de aprobaci\u00f3n del presente \u00a0decreto, de la Unidad Administrativa Especial \u201cEscuela Nacional del Deporte\u201d \u00a0del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, entidad educativa que se traspasa, \u00a0continuar\u00e1 prestando sus servicios sin soluci\u00f3n de continuidad en la entidad \u00a0creada en el Acuerdo 168 del 14 de diciembre de 2005 del Concejo Municipal de \u00a0Cali. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En todo caso, el municipio de Cali deber\u00e1 ajustar la \u00a0planta de personal administrativo al r\u00e9gimen de nomenclatura y clasificaci\u00f3n de \u00a0empleos p\u00fablicos del orden territorial previsto en el Decreto 785 de 2005. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los actuales servidores p\u00fablicos de la Unidad \u00a0Administrativa Especial \u201cEscuela Nacional del Deporte\u201d del Ministerio de \u00a0Educaci\u00f3n Nacional, incorporados en la nueva planta de personal en empleos a \u00a0los cuales corresponda una asignaci\u00f3n b\u00e1sica mensual inferior a la que ven\u00edan \u00a0percibiendo, continuar\u00e1n con la remuneraci\u00f3n superior mientras permanezcan en \u00a0dicho empleo. De igual manera, los servidores incorporados a la nueva planta de \u00a0personal sin soluci\u00f3n de continuidad continuar\u00e1n percibiendo los beneficios \u00a0salariales en los t\u00e9rminos y condiciones previstos en el Decreto ley 1042 \u00a0de 1978 y dem\u00e1s disposiciones que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Traspaso de derechos y obligaciones. \u00a0Efectuado el traspaso de que trata el art\u00edculo 1\u00b0 de este decreto, se entender\u00e1 \u00a0igualmente traspasada la titularidad sobre la totalidad de derechos y \u00a0obligaciones que ten\u00eda la Unidad Administrativa Especial \u201cEscuela Nacional del \u00a0Deporte\u201d del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, incluidos los instrumentos o \u00a0actos de autorizaci\u00f3n, licencia o reconocimiento para la operaci\u00f3n de la \u00a0entidad educativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Obligaciones de los servidores. Los \u00a0servidores p\u00fablicos directivos, los que desempe\u00f1en empleos o cargos de manejo y \u00a0confianza y los responsables de los archivos de la entidad que se ordena \u00a0traspasar, deber\u00e1n preparar y suministrar la informaci\u00f3n necesaria para el \u00a0oportuno cumplimiento de lo que se dispone en este decreto, y conforme a las \u00a0competencias propias de sus respectivos cargos, certificar lo que sea del caso, \u00a0rendir los correspondientes informes de gesti\u00f3n y cuentas fiscales, elaborar y \u00a0certificar los inventarios y efectuar todas las acciones necesarias para \u00a0atender dicha finalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La entrega y conservaci\u00f3n de bienes y archivos a su \u00a0cargo, cuando sea del caso, se efectuar\u00e1 de conformidad con las normas y \u00a0procedimientos establecidos por la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, la \u00a0Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n y el Archivo General de la Naci\u00f3n, sin que ello \u00a0implique exoneraci\u00f3n de la responsabilidad fiscal, disciplinaria o penal a que \u00a0pueda haber lugar en caso de irregularidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Vinculaci\u00f3n de nuevos servidores. La \u00a0selecci\u00f3n y nominaci\u00f3n de nuevos servidores requeridos para la prestaci\u00f3n del \u00a0servicio, se sujetar\u00e1 en todo caso a las provisiones de las Leyes 30 de 1992, 749 de 2002, 909 de 2004 y de las \u00a0dem\u00e1s normas\u00a0 que las reglamenten, \u00a0complementen, modifiquen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a \u00a0partir de su publicaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 8 de agosto de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Educaci\u00f3n Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cecilia Mar\u00eda V\u00e9lez White. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2684 \u00a0DE 2006 \u00a0 \u00a0 (agosto 8) \u00a0 \u00a0 por el cual \u00a0se traspasa la Escuela Nacional del Deporte al municipio de Cali. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio \u00a0de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren \u00a0el art\u00edculo 7\u00b0 de la Ley 489 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[60],"tags":[],"class_list":["post-39394","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2006"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39394","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=39394"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39394\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=39394"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=39394"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=39394"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}