{"id":39575,"date":"2023-07-27T22:34:40","date_gmt":"2023-07-27T22:34:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-3902-de-2006\/"},"modified":"2023-07-27T22:34:40","modified_gmt":"2023-07-27T22:34:40","slug":"decreto-3902-de-2006","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-3902-de-2006\/","title":{"rendered":"DECRETO 3902 DE 2006"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 3902 DE 2006 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(noviembre 3) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del cual se adoptan medidas en relaci\u00f3n con la Caja Nacional \u00a0de Previsi\u00f3n Social, Cajanal, Empresa Industrial y \u00a0Comercial del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del \u00a0Interior y de Justicia de la Rep\u00fablica de Colombia, Delegatario de funciones \u00a0Presidenciales, conforme al Decreto n\u00famero \u00a03808 de 2006, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial lo dispuesto en los art\u00edculos 115 y 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0la Ley 100 de 1993, la Ley 489 de 1998, la Ley 797 de 2003 y el \u00a0art\u00edculo 284 del C\u00f3digo de R\u00e9gimen Pol\u00edtico y Municipal, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad \u00a0con el art\u00edculo 56 de la Ley 489 de 1989 \u00a0corresponde al Presidente de la Rep\u00fablica la suprema direcci\u00f3n y la \u00a0coordinaci\u00f3n y control de la actividad de los organismos y entidades \u00a0administrativos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con \u00a0el art\u00edculo 3\u00b0 de la ley 489 de 1989, en \u00a0concordancia con el art\u00edculo 209 de la Carta, la funci\u00f3n administrativa debe \u00a0desarrollarse conforme a los principios constitucionales, en particular los \u00a0atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, econom\u00eda, \u00a0imparcialidad, eficacia, eficiencia, participaci\u00f3n, publicidad, responsabilidad \u00a0y transparencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 54 \u00a0de la Ley 489 de 1989 \u00a0establece las reglas generales con base en las cuales el Presidente puede \u00a0\u201cmodificar, esto es, variar, transformar o renovar la organizaci\u00f3n o estructura \u00a0de los Ministerios, Departamentos Administrativos y dem\u00e1s entidades u \u00a0organismos administrativos nacionales\u201d y a tal efecto dispone que las \u00a0decisiones que se adopten deber\u00e1n responder a la necesidad de hacer valer los \u00a0principios de eficiencia y racionalidad de la gesti\u00f3n p\u00fablica y en particular, \u00a0evitar la duplicidad de funciones. Igualmente, se deber\u00e1 garantizar que exista \u00a0la debida armon\u00eda, coherencia y articulaci\u00f3n entre las actividades que realicen \u00a0cada una de las dependencias, de acuerdo con las competencias atribuidas por la \u00a0ley, para efectos de la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de sus pol\u00edticas, \u00a0planes y programas que les permitan su ejercicio sin duplicidades ni \u00a0conflictos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que conforme al \u00a0Art\u00edculo 68 de la Ley 489 de 1989 las \u00a0entidades descentralizadas aun cuando gozan de autonom\u00eda administrativa est\u00e1n \u00a0sujetas al control pol\u00edtico y a la suprema direcci\u00f3n del \u00f3rgano de la \u00a0administraci\u00f3n al cual est\u00e1n adscritas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que al revisar la \u00a0situaci\u00f3n de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social, Cajanal, \u00a0Empresa Industrial y Comercial del Estado la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica expresa: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cCon base en los \u00a0hallazgos que se detallan en el informe, con respecto de la gesti\u00f3n \u00a0institucional, estados contables, contrataci\u00f3n y cumplimiento a las \u00a0observaciones de la honorable C\u00e1mara de Representantes, se concept\u00faa que Cajanal EICE durante el a\u00f1o \u00a0auditado no logr\u00f3 desarrollar su actividad de manera eficiente, no vincul\u00f3 y \u00a0asign\u00f3 los recursos que requer\u00eda para estas actividades de manera econ\u00f3mica y \u00a0los objetivos y metas no se lograron de manera eficaz\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cEl Sistema de \u00a0Control Interno de Cajanal EICE \u00a0obtuvo calificaci\u00f3n de 1,86, equivalente a un nivel de riesgo alto. Esta \u00a0calificaci\u00f3n indica que el Sistema de Control Interno no es efectivo, no otorga \u00a0confiabilidad a la organizaci\u00f3n para el manejo de los recursos y el \u00a0cumplimiento de sus objetivos y metas\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que igualmente la \u00a0Superintendencia Bancaria en el informe sobre dicha entidad expres\u00f3: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cEn lo referente a \u00a0la organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Caja, es evidente la inobservancia a los \u00a0principios y finalidades de la funci\u00f3n p\u00fablica en las \u00e1reas operativas, si se \u00a0tiene en cuenta el bajo nivel de adecuaci\u00f3n que presenta la Entidad, los altos \u00a0vol\u00famenes de tr\u00e1mites pendientes de resolver, el inadecuado Sistema de Control \u00a0Interno y la ausencia de mecanismos para asegurar un cabal desempe\u00f1o en las \u00a0tareas asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Asimismo, se hizo \u00a0evidente la inexistencia de programas de capacitaci\u00f3n a los funcionarios y \u00a0contratistas encargados de adelantar labores especializadas en lo relacionado \u00a0con la sustanciaci\u00f3n, liquidaci\u00f3n e inclusi\u00f3n en n\u00f3mina de las diferentes \u00a0prestaciones econ\u00f3micas que se reconocen, as\u00ed como la inexistencia de equipos \u00a0de trabajo que cuenten con la capacitaci\u00f3n necesaria y el perfil adecuado para \u00a0efectuar labores de verificaci\u00f3n, control y seguimiento a los procesos, lo que \u00a0genera ineficiencia y baja calidad en la prestaci\u00f3n de los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Desde la entrada en \u00a0vigencia del Sistema General de Pensiones, la Superintendencia, a trav\u00e9s de las \u00a0diversas labores de supervisi\u00f3n, ha formulado glosas y requerimientos y pago de \u00a0las pensiones, sin haber obtenido hasta el momento una soluci\u00f3n definitiva por \u00a0parte de esa Entidad, lo que genera una situaci\u00f3n cr\u00edtica en la oportuna \u00a0atenci\u00f3n de las prestaciones econ\u00f3micas, ocasionando que los afiliados acudan a \u00a0la tutela como \u00fanico mecanismo para que la Entidad decida las solicitudes de \u00a0pensiones no atendidas oportunamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En lo referente a la \u00a0conformaci\u00f3n de la historia laboral, se advierte que la Entidad no cuenta con \u00a0la infraestructura t\u00e9cnica para integrar la informaci\u00f3n de los afiliados, \u00a0aspecto que ha sido requerido por esta Superintendencia como resultados de los \u00a0procesos de inspecci\u00f3n realizados durante los \u00faltimos a\u00f1os. Adem\u00e1s de lo \u00a0anterior, se evidencia la falta de gesti\u00f3n de la administraci\u00f3n frente a esta \u00a0actividad, desconociendo que la historia laboral constituye informaci\u00f3n b\u00e1sica \u00a0para la liquidaci\u00f3n oportuna de las pensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Al no existir \u00a0instrucciones claras y precisas a los sustanciadores \u00a0y liquidadores de la Subdirecci\u00f3n de Prestaciones Econ\u00f3micas, Cajanal viene reconociendo mayores valores en algunas \u00a0pensiones de vejez (hasta en un 13% de m\u00e1s) y en las indemnizaciones \u00a0sustitutivas (hasta un 84% de m\u00e1s, lo que obviamente genera un detrimento \u00a0patrimonial que debe ser puesto en conocimiento de las aut \u00a0oridades competentes\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la \u00a0Superintendencia Financiera dentro del \u00e1mbito de su competencia se\u00f1alada por la \u00a0ley, en particular por los art\u00edculos 13, literal k) y 52 de la Ley 100 de 1993 y \u00a0dem\u00e1s normas concordantes y complementarias respecto de la Caja Nacional de \u00a0Previsi\u00f3n Social, Cajanal EICE, \u00a0en su condici\u00f3n de Entidad Administradora del r\u00e9gimen de prima media del \u00a0Sistema General de Pensiones, en su labor de inspecci\u00f3n y vigilancia ha \u00a0reconvenido, instruido y sancionado reiteradamente a la Entidad para que se adec\u00fae a la normatividad vigente, en especial al \u00a0reconocimiento oportuno de las prestaciones y a la conformaci\u00f3n de las \u00a0historias laborales de sus afiliados y pensionados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por todo lo anterior, \u00a0es necesario adoptar medidas con el fin de lograr que la Caja Nacional de \u00a0Previsi\u00f3n pueda cumplir sus funciones con arreglo a los principios \u00a0constitucionales, se proteja el patrimonio p\u00fablico y se eviten conductas que \u00a0atenten contra la moralidad p\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. La \u00a0Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social, Cajanal, Empresa \u00a0Industrial y Comercial del Estado, deber\u00e1 adoptar todas las medidas a su \u00a0alcance para inventariar, revisar y decidir las peticiones de reconocimiento de \u00a0prestaciones presentadas y pendientes de resolver, as\u00ed como inventariar, \u00a0revisar y decidir la posici\u00f3n que asumir\u00e1 frente a los m\u00faltiples procesos \u00a0judiciales en su contra. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Cr\u00e9ase \u00a0en la estructura de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social, Cajanal, \u00a0Empresa Industrial y Comercial del Estado, la Oficina de Archivos, la cual se \u00a0encargar\u00e1 de disponer la mejor manera en que se debe administrar la informaci\u00f3n \u00a0y soporte de la misma de los afiliados, pensionados y beneficiarios de las \u00a0distintas prestaciones que por ley le corresponde reconocer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La \u00a0Oficina de Archivo estar\u00e1 adscrita al Despacho del Director de la Caja Nacional \u00a0de Previsi\u00f3n Social, Cajanal, Empresa Industrial y \u00a0Comercial del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La \u00a0Oficina de Archivo se encargar\u00e1 de la conservaci\u00f3n, dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de \u00a0los mecanismos que garanticen la sistematizaci\u00f3n, seguridad, centralizaci\u00f3n y \u00a0manejo de la misma para poder cumplir las funciones de la Caja Nacional de \u00a0Previsi\u00f3n Social, Cajanal, Empresa Industrial y \u00a0Comercial del Estado, siguiendo los par\u00e1metros establecidos en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. El \u00a0Director de la Entidad distribuir\u00e1 los empleos que se requieran para el \u00a0efectivo funcionamiento de la Oficina de Archivo y de las dem\u00e1s dependencias de \u00a0la Entidad para el cumplimiento del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Mientras se adelantan las actividades a que se \u00a0refiere el art\u00edculo 1\u00b0 de este decreto, se suspender\u00e1 la atenci\u00f3n al p\u00fablico \u00a0desde el 7 de noviembre de 2006 hasta el 5 de marzo de 2007, con los efectos \u00a0previstos en el art\u00edculo 121 del C\u00f3digo de Procedimiento Civil. (Nota: Anulado por \u00a0el Consejo de Estado mediante Sentencia del 10 de mayo de 2012. Exp. \u00a0381. Secci\u00f3n 1\u00aa. Ponente: Mar\u00eda Elizabeth Garc\u00eda Gonz\u00e1lez. Fue suspendido provisionalmente \u00a0mediante Auto del Consejo de Estado del 19 de julio de 2007 dentro del mismo Expediente. \u00a0Ponente: Martha Sof\u00eda Sanz Tob\u00f3n.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. El \u00a0presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones que \u00a0le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. \u00a0C., a 3 de noviembre de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CARLOS HOLGU\u00cdN SARDI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla \u00a0Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de la \u00a0Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego Palacio \u00a0Betancourt. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 3902 DE 2006 \u00a0 \u00a0 (noviembre 3) \u00a0 \u00a0 por medio del cual se adoptan medidas en relaci\u00f3n con la Caja Nacional \u00a0de Previsi\u00f3n Social, Cajanal, Empresa Industrial y \u00a0Comercial del Estado. \u00a0 \u00a0 El Ministro del \u00a0Interior y de Justicia de la Rep\u00fablica de Colombia, Delegatario de funciones \u00a0Presidenciales, conforme al Decreto n\u00famero [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[60],"tags":[],"class_list":["post-39575","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2006"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39575","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=39575"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39575\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=39575"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=39575"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=39575"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}