{"id":39621,"date":"2023-07-27T22:36:11","date_gmt":"2023-07-27T22:36:11","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-4114-de-2006\/"},"modified":"2023-07-27T22:36:11","modified_gmt":"2023-07-27T22:36:11","slug":"decreto-4114-de-2006","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-4114-de-2006\/","title":{"rendered":"DECRETO 4114 DE 2006"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a04114 DE 2006 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(noviembre 22) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0el cual se aprueba el Acuerdo N\u00famero 006 del 13 de octubre de 2006, expedido por \u00a0la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades Consagradas en \u00a0el art\u00edculo 100 de la Ley 106 de 1993 y el \u00a0art\u00edculo 82 del Decreto ley 267 de \u00a02000, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Apru\u00e9base el Acuerdo n\u00famero 006 del 13 de octubre de 2006, expedido por la \u00a0Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, adoptado por el Contralor General de la Rep\u00fablica mediante \u00a0Resoluci\u00f3n Org\u00e1nica n\u00famero 5786 del 17 de octubre de 2006, cuyo texto es el \u00a0siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cACUERDO \u00a0NUMERO 006 DE 2006 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(octubre 13) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cMediante el cual se modifica el \u00a0Acuerdo n\u00famero 005 de septiembre 11 de 2006\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta \u00a0Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Republica, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las \u00a0contempladas en el art\u00edculo 100 de la Ley 106 de 1993 en \u00a0concordancia con el numeral 14 del art\u00edculo 3\u00b0 del Decreto 2881 de 1994, \u00a0y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0Tribunal Administrativo del Caquet\u00e1 (Sala de Descongesti\u00f3n) en sentencia del 19 \u00a0de agosto de 2004, a t\u00edtulo de restablecimiento del derecho orden\u00f3 al Fondo de \u00a0Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u201c&#8230; el reintegro \u00a0del Se\u00f1or Javier Ricardo Morillo Guerrero al cargo de Jefe de Unidad de Control \u00a0Interno, Nivel Ejecutivo Grado 17 o a otro equivalente en la planta de \u00a0personal, y al pago de los sueldos y prestaciones correspondientes al mismo \u00a0cargo, desde la fecha en que se produjo su retiro del servicio y hasta cuando \u00a0sea reintegrada al mismo\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0honorable Consejo de Estado mediante sentencia del quince (17) (SIC) de febrero \u00a0de dos mil seis (2006) declar\u00f3 en firme la sentencia proferida por el Tribunal \u00a0Administrativo del Caquet\u00e1 (Sala de Descongesti\u00f3n); \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la \u00a0mencionada sentencia del 19 de agosto de 2004, dictada por el Tribunal \u00a0Administrativo del Caquet\u00e1 (Sala de Descongesti\u00f3n), declar\u00f3 la nulidad \u00a0sobreviviente del Acuerdo n\u00famero 052 de 1999 con ocasi\u00f3n de la inexequibilidad \u00a0declarada del Decreto \u00a0Extraordinario n\u00famero 1149 de 1999 que le sirvi\u00f3 de soporte, y del Decreto \u00a0n\u00famero 1545 del 19 de agosto de 1999, expedido por el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, por medio del cual se aprob\u00f3 el Acuerdo n\u00famero 052 del 14 de julio \u00a0de 1999, emanado del Consejo Directivo del Fondo de Bienestar Social de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, por el cual se suprimi\u00f3 la antigua planta \u00a0de personal estableciendo una nueva; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0Acuerdo n\u00famero 052 y el Decreto n\u00famero \u00a01545 de 1999, suprimi\u00f3 el cargo de Jefe de Unidad de Control Interno, Nivel \u00a0Ejecutivo, Grado 17 de la Planta de Personal del Fondo de Bienestar Social de \u00a0la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, que ven\u00eda desempe\u00f1ando el Se\u00f1or Javier \u00a0Ricardo Morillo Guerrero, quien se encontraba inscrito en carrera \u00a0administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0mediante Oficio n\u00famero 382 del 7 de julio de 2006, el Tribunal Administrativo \u00a0de Cundinamarca -Secci\u00f3n Segunda-Subsecci\u00f3n \u201cC\u201d, comunic\u00f3 al Fondo de Bienestar \u00a0Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, la sentencia dictada en el \u00a0Juicio n\u00famero 250002325000200000382 01, d\u00e1ndole treinta (30) d\u00edas siguientes \u00a0para su ejecuci\u00f3n, contados a partir de la fecha del recibo de la presente \u00a0comunicaci\u00f3n, lo cual acaeci\u00f3 el 7 de julio de 2006; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0art\u00edculo 176 del C\u00f3digo Contencioso Administrativo, establece que: \u201cLas \u00a0autoridades a quienes corresponda la ejecuci\u00f3n de una sentencia dictar\u00e1n, \u00a0dentro del t\u00e9rmino de treinta (30) d\u00edas contados desde su comunicaci\u00f3n, la \u00a0resoluci\u00f3n correspondiente, en la cual se adoptar\u00e1n las medidas necesarias para \u00a0su cumplimiento\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0L\u00edder de Talento Humano del Fondo de Bienestar Social de la C.G.R. el 4 de \u00a0agosto de 2006, certific\u00f3: \u201c&#8230;que no existe dentro de la Planta Global de \u00a0Personal del Fondo cargo alguno que sea similar o equivalente y perteneciente a \u00a0Carrera Administrativa, para el reintegro de Javier Ricardo Morillo Guerrero \u00a0(&#8230;)\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto n\u00famero 1746 de junio 1\u00b0 del 2006 expedido por el \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, consagra: \u201cSe entiende \u00a0que un cargo es equivalente a otro cuando tienen asignadas funciones iguales o \u00a0similares, para su desempe\u00f1o se exijan requisitos de estudio, experiencia y \u00a0competencias laborales iguales o similares y tengan una asignaci\u00f3n b\u00e1sica \u00a0mensual igual o superior, sin que en ning\u00fan caso la diferencia salarial supere \u00a0los dos grados siguientes de la respectiva escala cuando se trate de empleados \u00a0que se rijan por la misma nomenclatura, o el 10% de la asignaci\u00f3n b\u00e1sica cuando \u00a0a los empleados se les aplique nomenclatura diferente\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para \u00a0atender la creaci\u00f3n del cargo fue expedido por el funcionario competente \u00a0encargado del manejo presupuestal del Fondo de Bienestar Social de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica el Certificado de Disponibilidad \u00a0Presupuestal n\u00famero 231 del 4 de agosto de 2006, por valor de treinta y tres \u00a0millones de pesos moneda legal colombiana ($ 33.000.000.00), con cargo a la \u00a0Cuenta 4, Subcuenta 2, Objeto 1, Ordinal 11, Recurso 21, Vigencia 2006; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la \u00a0Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico mediante oficio del 4 de septiembre de 2006, radicaci\u00f3n n\u00famero \u00a02-2006-023960, comunic\u00f3 que de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 29 \u00a0del Decreto 4730 de 2005, \u00a0imparti\u00f3 aprobaci\u00f3n al Acuerdo n\u00famero 004 del 15 de agosto de 2006, \u201cPor el \u00a0cual se efect\u00faa una modificaci\u00f3n al anexo del Decreto de Liquidaci\u00f3n en el \u00a0presupuesto de funcionamiento del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica, en la vigencia fiscal de 2006\u201d, expedido por la Junta \u00a0Directiva del Fondo de Bienestar Social. As\u00ed mismo dicha aprobaci\u00f3n se realiza \u00a0con el prop\u00f3sito de que el Fondo de Bienestar Social de la C.G.R. de \u00a0cumplimiento a la decisi\u00f3n judicial emanada del Tribunal Administrativo del \u00a0Caquet\u00e1 de agosto de 2004, dentro del proceso n\u00famero 200-382, en la que orden\u00f3 \u00a0el reintegro del se\u00f1or Javier Ricardo Morillo Guerrero; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para \u00a0dar cumplimiento a lo ordenado por el honorable Tribunal Administrativo del \u00a0Caquet\u00e1 (Sala de Descongesti\u00f3n), en sentencia del 19 de agosto de 2004, en \u00a0relaci\u00f3n con el reintegro del se\u00f1or Javier Ricardo Morillo Guerrero, identificado \u00a0con la C\u00e9dula de Ciudadan\u00eda n\u00famero 79283613 de Bogot\u00e1, al mismo cargo de Jefe \u00a0de Unidad de Control Interno, Nivel Ejecutivo, Grado 17, o a otro equivalente \u00a0en la planta de personal, al que ocupaba con anterioridad a su desvinculaci\u00f3n, \u00a0se hace necesario crear el cargo de Asesor, en la Planta Global de Personal del \u00a0Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0mediante Acuerdo n\u00famero 005 del 11 de septiembre de 2006, se aprob\u00f3 la creaci\u00f3n \u00a0del Cargo Asesor, Grado 9, C\u00f3digo 1010 en la Planta Global de Personal del \u00a0Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de \u00a0conformidad con el Decreto 2489 de 2006, \u00a0\u201cpor el cual establece el sistema de nomenclatura y clasificaci\u00f3n de los \u00a0empleos p\u00fablicos de las Instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y \u00a0dem\u00e1s organismos y entidades del orden nacional\u201d (&#8230;), el cargo a crear es \u00a0Asesor, C\u00f3digo 1020, Grado 9 de la Planta Global de Personal del Fondo de \u00a0Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y no como se hab\u00eda \u00a0autorizado en el Acuerdo n\u00famero 05. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en \u00a0m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Modificar el Acuerdo n\u00famero 005 de septiembre 11 de 2006, en el sentido de \u00a0crear en la Planta Global de Personal del Fondo de Bienestar Social de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, el Cargo de Asesor, C\u00f3digo 1020, Grado 9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. El presente acuerdo tiene vigencia a partir de su aprobaci\u00f3n por el \u00a0Contralor General de la Rep\u00fablica y su adopci\u00f3n por el Gobierno Nacional, de \u00a0conformidad al art\u00edculo 82 del Decreto \u00a0n\u00famero 267 del 22 de febrero de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a los trece (13) d\u00edas del mes de octubre de dos mil seis (2006). \u00a0Firmado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSULTAR TABLA EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO \u00a0PDF \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 22 de noviembre de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO \u00a0URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a04114 DE 2006 \u00a0 \u00a0 (noviembre 22) \u00a0 \u00a0 por \u00a0el cual se aprueba el Acuerdo N\u00famero 006 del 13 de octubre de 2006, expedido por \u00a0la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[60],"tags":[],"class_list":["post-39621","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2006"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39621","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=39621"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39621\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=39621"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=39621"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=39621"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}