{"id":39679,"date":"2023-07-27T22:36:14","date_gmt":"2023-07-27T22:36:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-4490-de-2006\/"},"modified":"2023-07-27T22:36:14","modified_gmt":"2023-07-27T22:36:14","slug":"decreto-4490-de-2006","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-4490-de-2006\/","title":{"rendered":"DECRETO 4490 DE 2006"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4490 DE 2006 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre \u00a019) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica el Decreto 1780 de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Ver Decreto 1074 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: \u00a0Modificado por el Decreto 1448 de 2014. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conc. Decreto 459 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial las conferidas en los art\u00edculos 71 y 189 ordinal 11 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica y en las Leyes 29 de 1990 y 590 de 2000, \u00a0modificada por la Ley 905 de 2004, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es \u00a0inter\u00e9s del Estado propiciar la internacionalizaci\u00f3n de los desarrollos \u00a0tecnol\u00f3gicos, el dise\u00f1o de los productos e innovaciones de las empresas \u00a0colombianas, para contribuir a su posicionamiento competitivo en los mercados \u00a0externos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0apoyo a la innovaci\u00f3n y el desarrollo tecnol\u00f3gico de las micro, peque\u00f1as y \u00a0medianas empresas es una de las acciones estrat\u00e9gicas del Fondo Colombiano para \u00a0la Modernizaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica de las Mipymes, Fomipyme; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que uno \u00a0de los objetos de la Ley 590 de 2000, \u00a0modificada por la Ley 905 de 2004, es \u00a0\u201cpromover una m\u00e1s favorable dotaci\u00f3n de factores para las micro, peque\u00f1as y \u00a0medianas empresas, facilitando el acceso a mercados de bienes y servicios, \u00a0tanto para la adquisici\u00f3n de materias primas, insumos, bienes de capital y \u00a0equipos, como para la realizaci\u00f3n de sus productos y servicios a nivel nacional \u00a0e internacional, la formaci\u00f3n de capital humano, la asistencia para el \u00a0desarrollo tecnol\u00f3gico y el acceso a los mercados financieros institucionales\u201d, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Modificado por el Decreto 1448 de 2014, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Cr\u00e9ase el Premio Nacional a la Innovaci\u00f3n \u00a0Empresarial, que se entregar\u00e1 bajo la denominaci\u00f3n de Premio Colombiano a la \u00a0Innovaci\u00f3n Empresarial para las Mipymes, como \u00a0est\u00edmulo a la investigaci\u00f3n aplicada, creatividad, dise\u00f1o e innovaci\u00f3n \u00a0empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 1\u00ba: Ver art\u00edculo \u00a02.2.1.4.1. del Decreto 1074 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 1\u00ba: \u201cEl art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto 1780 de 2003 \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cCr\u00e9ase \u00a0el Premio Nacional a la Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica Empresarial, que se entregar\u00e1 \u00a0bajo la denominaci\u00f3n de Premio Colombiano a la Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica \u00a0Empresarial para las Mipymes, como est\u00edmulo a la \u00a0investigaci\u00f3n aplicada, creatividad, dise\u00f1o, innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica empresarial \u00a0y\/o industrial de las empresas\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Modificado por el Decreto 1448 de 2014, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. El Premio Colombiano a la Innovaci\u00f3n \u00a0Tecnol\u00f3gica Empresarial para las Mipymes tendr\u00e1 seis \u00a0(6) categor\u00edas as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Innovaci\u00f3n de Producto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Innovaci\u00f3n de Servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Innovaci\u00f3n en procesos productivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Innovaci\u00f3n comercial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Innovaci\u00f3n abierta \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Innovaci\u00f3n social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se \u00a0reconocer\u00e1 un (1) solo ganador por cada categor\u00eda enunciada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. Se entregar\u00e1 el reconocimiento de \u201cMentalidad y Cultura\u201d para \u00a0aquella empresa que dentro de su cultura organizacional demuestre c\u00f3mo la \u00a0innovaci\u00f3n ha generado una din\u00e1mica de crecimiento continuo, tanto en la \u00a0empresa, como en sus trabajadores y en su relaci\u00f3n con el entorno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. La definici\u00f3n de micro, peque\u00f1a y mediana empresa es la establecida en la Ley 590 de 2000, \u00a0modificada por la Ley 905 de 2004. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0requisitos m\u00ednimos que deben cumplir las empresas para postularse al Premio \u00a0Colombiano a la Innovaci\u00f3n Empresarial para las Mipymes, \u00a0y las actividades de direcci\u00f3n, convocatoria, coordinaci\u00f3n, caracter\u00edsticas y \u00a0participaci\u00f3n de las empresas extranjeras en el premio, ser\u00e1n determinados por \u00a0el reglamento que para el efecto expedir\u00e1 el Ministerio de Comercio, Industria \u00a0y Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 2\u00ba: Ver art\u00edculo 2.2.1.4.3. \u00a0del Decreto 1074 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 2\u00ba: \u201cEl art\u00edculo 3\u00b0 del Decreto 1780 de 2003 \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cEl \u00a0Premio Colombiano a la Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica Empresarial para las Mipymes tendr\u00e1 cuatro (4) categor\u00edas as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Peque\u00f1a empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Mediana empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Microempresas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Alianza Universidad-Empresa Mipyme. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. La definici\u00f3n de micro, peque\u00f1a y mediana empresa es la establecida en la Ley 590 de 2000, modificada por la Ley 905 de 2004. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. Los requisitos m\u00ednimos que deben cumplir las empresas para postularse al \u00a0Premio Colombiano a la Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica Empresarial para las Mipymes, y las actividades de direcci\u00f3n, convocatoria, coordinaci\u00f3n, \u00a0caracter\u00edsticas y participaci\u00f3n de las empresas extranjeras en el Premio, ser\u00e1n \u00a0determinados por el reglamento que para el efecto expedir\u00e1 el Ministerio de \u00a0Comercio, Industria y Turismo\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Modificado por el Decreto 1448 de 2014, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. El Premio Colombiano a la Innovaci\u00f3n \u00a0Empresarial para las Mipymes consistir\u00e1 en un \u00a0programa integral de apoyo a las empresas innovadoras colombianas, y a las \u00a0empresas extranjeras que concursen y est\u00e9n en el marco de un convenio de \u00a0cooperaci\u00f3n tecnol\u00f3gica internacional, suscrito por el Ministerio de Comercio, \u00a0Industria y Turismo y\/o dem\u00e1s entidades u organismos de la Rama Ejecutiva del \u00a0Poder P\u00fablico del orden nacional, en el que se aborde este tema con car\u00e1cter \u00a0rec\u00edproco. El premio comprende los siguientes beneficios para las ganadoras: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Condecoraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Reconocimiento \u00a0p\u00fablico a trav\u00e9s de medios de comunicaci\u00f3n. Las empresas podr\u00e1n utilizar esta \u00a0distinci\u00f3n, con indicaci\u00f3n del a\u00f1o en que fue otorgado el premio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyo \u00a0para recibir asistencia t\u00e9cnica nacional y\/o internacional, encaminada a \u00a0fortalecer su gesti\u00f3n estrat\u00e9gica, operativa, tecnol\u00f3gica, comercial o t\u00e9cnica, \u00a0que facilite su inserci\u00f3n exitosa y posicionamiento en los mercados nacionales \u00a0e internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyo \u00a0para capacitaci\u00f3n especializada, buscando con ello el fortalecimiento de las capacidades \u00a0competitivas y en general del talento humano de las empresas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyo \u00a0para recibir asistencia en lo referente a la gesti\u00f3n de la propiedad \u00a0intelectual, encaminada a proteger los activos resultantes de la innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyo \u00a0para la realizaci\u00f3n de proyectos estrat\u00e9gicos comerciales y\/o de gesti\u00f3n \u00a0empresarial y\/o tecnol\u00f3gica, que contribuyan a un mayor posicionamiento del \u00a0producto o servicio en los mercados nacionales y\/o internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. Los beneficios ser\u00e1n los enumerados en este art\u00edculo en especie y en ning\u00fan \u00a0caso se entregar\u00e1 dinero en efectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. Los recursos necesarios para la ejecuci\u00f3n anual del Premio Colombiano a la \u00a0Innovaci\u00f3n Empresarial para las Mipymes ser\u00e1n \u00a0tramitados, mediante la presentaci\u00f3n del proyecto respectivo ante el Banco de \u00a0Proyectos de Inversi\u00f3n Nacional por el Ministerio de Comercio, Industria y \u00a0Turismo, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n de Mipymes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 3\u00ba: Ver art\u00edculo 2.2.1.4.5. \u00a0del Decreto 1074 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 3\u00ba: \u201cEl Art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto 1780 de 2003 \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cEl \u00a0Premio Colombiano a la Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica Empresarial para las Mipymes es un programa integral de apoyo a las Mipymes innovadoras, universidades en alianza con estas, \u00a0establecidas en Colombia, y a las Mipymes extranjeras \u00a0que concursen y est\u00e9n en el marco de un convenio de cooperaci\u00f3n tecnol\u00f3gica \u00a0internacional, suscrito por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y\/o \u00a0dem\u00e1s entidades u organismos de la Rama Ejecutiva del poder p\u00fablico del orden \u00a0nacional, en el que se aborde este tema con car\u00e1cter rec\u00edproco. El Premio \u00a0comprende los siguientes beneficios para las ganadoras: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Condecoraciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Reconocimiento P\u00fablico a trav\u00e9s de medios de comunicaci\u00f3n. Las empresas podr\u00e1n \u00a0utilizar esta distinci\u00f3n, con indicaci\u00f3n del a\u00f1o en que fue otorgado el Premio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Apoyo para que representen al pa\u00eds en eventos y ferias internacionales y\/o \u00a0nacionales sobre innovaci\u00f3n y\/o desarrollo tecnol\u00f3gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Apoyo para recibir asistencia t\u00e9cnica nacional y\/o internacional, encaminada a \u00a0fortalecer su gesti\u00f3n estrat\u00e9gica, operativa, tecnol\u00f3gica, comercial o t\u00e9cnica, \u00a0que facilite su inserci\u00f3n exitosa y posicionamiento en los mercados nacionales \u00a0e internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Apoyo para capacitaci\u00f3n especializada, buscando con ello el fortalecimiento de \u00a0las capacidades competitivas y en general del talento humano de las empresas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Apoyo para realizar procesos de patentamiento en el \u00a0\u00e1mbito nacional y\/o internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Apoyo para la realizaci\u00f3n de proyectos estrat\u00e9gicos comerciales y\/o de gesti\u00f3n \u00a0empresarial y\/o tecnol\u00f3gica, que contribuyan a un mayor posicionamiento del \u00a0producto o servicio en los mercados nacionales y\/o internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. Se pueden otorgar menciones especiales para aquellas empresas que sin ganar \u00a0merecen un est\u00edmulo por los logros alcanzados. As\u00ed mismo, se podr\u00e1n otorgar uno \u00a0o varios de los beneficios mencionados, para las que regionalmente queden como \u00a0ganadoras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. Anualmente se escoger\u00e1 la mejor empresa innovadora dentro de las que ocupen \u00a0el primer lugar en las categor\u00edas establecidas en el Premio Colombiano a la \u00a0Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica Empresarial para las Mipymes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. Los recursos necesarios \u00a0para la ejecuci\u00f3n anual del Premio Colombiano a la Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica \u00a0Empresarial para las Mipymes ser\u00e1n tramitados, \u00a0mediante la presentaci\u00f3n del proyecto respectivo ante el Banco de Proyectos de \u00a0Inversi\u00f3n Nacional por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a trav\u00e9s \u00a0de la Direcci\u00f3n de Mipymes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Fomipyme conforme con el art\u00edculo 17 de la Ley 590 de 2000, modificada por la Ley 905 de 2004, apoyar\u00e1 al Premio, mediante el \u00a0establecimiento de una l\u00ednea estrat\u00e9gica espec\u00edfica orientada, entre otras, a \u00a0cumplir con lo establecido en el art\u00edculo 2\u00b0 de este decreto.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y modifica \u00a0los art\u00edculos 1\u00b0, 3\u00b0 y 4\u00b0 del Decreto 1780 de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 19 de diciembre de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro \u00a0de Comercio, Industria y Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0Jorge H. Botero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4490 DE 2006 \u00a0 \u00a0 (diciembre \u00a019) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica el Decreto 1780 de 2003. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Ver Decreto 1074 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. \u00a0 \u00a0 Nota 2: \u00a0Modificado por el Decreto 1448 de 2014. \u00a0 \u00a0 Conc. 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