{"id":39685,"date":"2023-07-27T22:36:14","date_gmt":"2023-07-27T22:36:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-4508-de-2006\/"},"modified":"2023-07-27T22:36:14","modified_gmt":"2023-07-27T22:36:14","slug":"decreto-4508-de-2006","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-4508-de-2006\/","title":{"rendered":"DECRETO 4508 DE 2006"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4508 DE 2006 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 19) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se establece el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n \u00a0Nacional para la Prevenci\u00f3n, Combate y Erradicaci\u00f3n del Tr\u00e1fico Il\u00edcito de \u00a0Armas Peque\u00f1as y Ligeras en todos sus aspectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades \u00a0constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el art\u00edculo 189 numeral 2 de la Constituci\u00f3n \u00a0Nacional, en cumplimiento de la Decisi\u00f3n Andina 552 y de la Ley 737 de 2002, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el XIV Consejo Presidencial Andino aprob\u00f3 la Decisi\u00f3n 552, por medio de la cual \u00a0se establece el Plan Andino para la Prevenci\u00f3n, Combate y Erradicaci\u00f3n del \u00a0Tr\u00e1fico Il\u00edcito de Armas Peque\u00f1as y Ligeras en todos sus aspectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0la Decisi\u00f3n 552 establece la creaci\u00f3n de un Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n \u00a0Nacional-Punto Focal Nacional, en cada pa\u00eds miembro, que sea responsable de \u00a0dise\u00f1ar e implementar las medidas necesarias para encarar la problem\u00e1tica a la \u00a0que hace referencia el Plan y velar por su cabal ejecuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el 5 de febrero de 2003 Colombia ratific\u00f3 la Convenci\u00f3n Interamericana contra \u00a0la Fabricaci\u00f3n y el Tr\u00e1fico Il\u00edcitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos \u00a0y otros materiales relacionados, CIFTA, del 14 de noviembre de 1997, previa \u00a0aprobaci\u00f3n del Congreso de la Rep\u00fablica mediante Ley 737 de 2002 y \u00a0revisi\u00f3n por parte de la Corte Constitucional, que la declar\u00f3 exequible \u00a0mediante Sentencia C-764 \u00a0del 17 de septiembre de 2002; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0de acuerdo con el art\u00edculo XXV de la Convenci\u00f3n, para Colombia entr\u00f3 en vigor \u00a0el trig\u00e9simo d\u00eda subsiguiente a la fecha del dep\u00f3sito del instrumento de \u00a0ratificaci\u00f3n, esto es, el 6 de marzo de 2003; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el Programa de Acci\u00f3n de las Naciones Unidas para Prevenir, Combatir y Eliminar \u00a0el Tr\u00e1fico Il\u00edcito de Armas Peque\u00f1as y Ligeras en todos sus aspectos prev\u00e9 el \u00a0establecimiento de organismos nacionales de coordinaci\u00f3n para prevenir, \u00a0combatir y eliminar el tr\u00e1fico il\u00edcito de armas peque\u00f1as y ligeras en todos sus \u00a0aspectos, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Creaci\u00f3n e integraci\u00f3n del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Nacional para la \u00a0Prevenci\u00f3n, Combate y Erradicaci\u00f3n del Tr\u00e1fico Il\u00edcito de Armas Peque\u00f1as y \u00a0Ligeras en todos sus aspectos. Cr\u00e9ase el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Nacional \u00a0para la Prevenci\u00f3n, Combate y Erradicaci\u00f3n del Tr\u00e1fico Il\u00edcito de Armas \u00a0Peque\u00f1as y Ligeras en todos sus aspectos, como organismo de coordinaci\u00f3n \u00a0nacional del Estado colombiano para la prevenci\u00f3n, combate y erradicaci\u00f3n del \u00a0tr\u00e1fico il\u00edcito de armas peque\u00f1as y ligeras en todos sus aspectos, el cual estar\u00e1 \u00a0integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0El Ministro del Interior y de Justicia o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0El Ministro de Defensa Nacional o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0El Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0El Director del Departamento Administrativo de Seguridad o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0El Comandante General de las Fuerzas Militares o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0El Director de la Polic\u00eda Nacional o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0El Director General de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales o su \u00a0delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0El Gerente General de la Industria Militar de Colombia o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0El Fiscal General de la Naci\u00f3n o su delegado, ser\u00e1 invitado a participar en las \u00a0reuniones del Comit\u00e9 con derecho a voz y voto. As\u00ed mismo, y de acuerdo con sus necesidades \u00a0y los asuntos que habr\u00e1 de considerar, el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Nacional podr\u00e1 \u00a0invitar a sus reuniones, por solicitud de uno de sus miembros, a cualesquiera \u00a0personas naturales o jur\u00eddicas, de derecho p\u00fablico o privado, quienes tendr\u00e1n \u00a0voz pero no voto en sus deliberaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Funciones del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Nacional para la Prevenci\u00f3n, \u00a0Combate y Erradicaci\u00f3n del Tr\u00e1fico Il\u00edcito de Armas Peque\u00f1as y Ligeras en todos \u00a0sus aspectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ser\u00e1n \u00a0funciones del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Nacional: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Dise\u00f1ar e implementar el Plan Naci\u00f3n al de Acci\u00f3n para Prevenir, Combatir y \u00a0Erradicar el Tr\u00e1fico Il\u00edcito de Armas Peque\u00f1as y Ligeras en todos sus aspectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Velar por el cumplimiento y la cabal aplicaci\u00f3n de la Agenda coordinada de \u00a0Acci\u00f3n del Plan Andino a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Velar por el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por Colombia como \u00a0Estado Parte en la Convenci\u00f3n Interamericana contra la Fabricaci\u00f3n y el Tr\u00e1fico \u00a0Il\u00edcitos de Armas de Fuego, Municiones y Explosivos y otros materiales relacionados, \u00a0CIFTA; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Orientar las pol\u00edticas, la investigaci\u00f3n y el monitoreo en materia de \u00a0proliferaci\u00f3n, control y tr\u00e1fico il\u00edcito de armas peque\u00f1as y ligeras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Suministrar la informaci\u00f3n oficial que le sea requerida por otros comit\u00e9s de \u00a0coordinaci\u00f3n nacional, instituciones encargadas de velar por la cabal \u00a0aplicaci\u00f3n de la ley y organizaciones internacionales vinculadas con la \u00a0materia, y cooperar con ellos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Cooperar con expertos y con representantes de la sociedad civil interesados en \u00a0la materia, con el fin de prevenir, combatir y erradicar el problema de la \u00a0proliferaci\u00f3n y el tr\u00e1fico il\u00edcitos de armas peque\u00f1as y ligeras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Promover la unificaci\u00f3n de las bases de datos disponibles acerca de las armas \u00a0peque\u00f1as y ligeras existentes en el pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Verificar el cumplimiento de las medidas administrativas y legales adoptadas \u00a0para la prevenci\u00f3n, combate y erradicaci\u00f3n del tr\u00e1fico il\u00edcito de armas \u00a0peque\u00f1as y ligeras en todos sus aspectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Promover la aplicaci\u00f3n a nivel nacional del Programa de Acci\u00f3n de las Naciones \u00a0Unidas sobre el Tr\u00e1fico Il\u00edcito de Armas Peque\u00f1as y Ligeras en todos sus \u00a0aspectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Al \u00a0Comit\u00e9 le corresponder\u00e1, adem\u00e1s, en el plano operativo: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Coordinar con la Secretar\u00eda General de la Comunidad Andina la ejecuci\u00f3n de la \u00a0Agenda Coordinada de Acci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Coordinar y trabajar conjuntamente con los Comit\u00e9s de Coordinaci\u00f3n de los otros \u00a0pa\u00edses andinos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Trabajar conjunta y coordinadamente con representantes de la sociedad civil \u00a0interesados en la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Facilitar el intercambio y la difusi\u00f3n de informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Conducir y facilitar la investigaci\u00f3n acerca \u00a0de los temas que considere pertinentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Identificar y aprovechar las experiencias adquiridas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Incrementar la capacidad para abordar el problema \u00a0de las armas peque\u00f1as y ligeras de manera sostenible; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Las dem\u00e1s funciones que estime pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Organos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ser\u00e1n \u00a0\u00f3rganos del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Nacional para la Prevenci\u00f3n, Combate y \u00a0Erradicaci\u00f3n del Tr\u00e1fico Il\u00edcito de Armas Peque\u00f1as y Ligeras en todos sus \u00a0aspectos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0La Presidencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0La Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. Presidencia del Comit\u00e9. La presidencia del Comit\u00e9 ser\u00e1 desempe\u00f1ada \u00a0por el Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado. Su car\u00e1cter ser\u00e1 \u00a0permanente y tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Procurar que el Comit\u00e9 desempe\u00f1e a cabalidad sus funciones y cumpla con sus \u00a0responsabilidades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Velar por el cumplimiento de las decisiones adoptadas por el Comit\u00e9; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Promover el intercambio de informaci\u00f3n entre los miembros del Comit\u00e9; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Convocar, a trav\u00e9s de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, a las reuniones del Comit\u00e9; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Presidir las reuniones del Comit\u00e9; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Velar por el debido cumplimiento del reglamento de funcionamiento del Comit\u00e9; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 ser\u00e1 ejercida \u00a0por el Ministerio de Defensa Nacional, su car\u00e1cter ser\u00e1 permanente y tendr\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Apoyar al Comit\u00e9 en la promoci\u00f3n y la coordinaci\u00f3n de las acciones dirigidas al \u00a0cumplimiento de sus funciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Convocar a las reuniones ordinarias o extraordinarias a solicitud de la \u00a0Presidencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Preparar y presentar al Comit\u00e9 los soportes t\u00e9cnicos y dem\u00e1s documentos \u00a0necesarios para el ejercicio de sus funciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Coordinar y preparar la respuesta a las peticiones que sean competencia del \u00a0Comit\u00e9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Recopilar y consolidar la informaci\u00f3n que en materia de armas peque\u00f1as y \u00a0ligeras sea requerida, nacional e internacionalmente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Las dem\u00e1s que le asignen la ley, el Reglamento o el Comit\u00e9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. Punto Unico de Contacto. El Ministerio de Relaciones Exteriores ser\u00e1 \u00a0el enlace internacional del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Nacional y el encargado de \u00a0dar a conocer la posici\u00f3n y sus decisiones en el \u00e1mbito internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sin \u00a0perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, la Fiscal\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n, para el ejercicio de las funciones constitucionales y legales propias \u00a0de sus responsabilidades, oficiar\u00e1 como punto de contacto para los efectos \u00a0correspondientes al intercambio de pruebas, cooperaci\u00f3n y asistencia legal \u00a0internacional con los Estados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00b0. Sesiones. El Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Nacional se reunir\u00e1 de manera \u00a0ordinaria al menos una vez cada tres (3) meses, con un m\u00ednimo de seis (6) \u00a0integrantes. La primera reuni\u00f3n se efectuar\u00e1 un mes despu\u00e9s de expedido el \u00a0presente Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0El Comit\u00e9 se reunir\u00e1 extraordinariamente cuando as\u00ed lo estime el Presidente, o \u00a0cuando al menos tres (3) de sus integrantes lo soliciten, previa convocatoria \u00a0que con tal prop\u00f3sito formule la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Articulo \u00a08\u00b0. Toma de decisiones. El Comit\u00e9 adoptar\u00e1 sus decisiones por mayor\u00eda de \u00a0votos de los integrantes asistentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00b0. Subcomit\u00e9s de Trabajo. Para el desarrollo de temas espec\u00edficos \u00a0relacionados con las funciones del Comit\u00e9, este podr\u00e1 organizar subcomit\u00e9s \u00a0operativos internos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Reglamento. El Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Nacional adoptar\u00e1 su propio \u00a0reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado \u00a0en Bogot\u00e1, D. C., a 19 de diciembre de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del \u00a0Interior y de Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carlos Holgu\u00edn \u00a0Sardi. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Ministra de Relaciones Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda Consuelo \u00a0Ara\u00fajo Castro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Manuel Santos \u00a0Calder\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Comercio, Industria y Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Humberto \u00a0Botero Angulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director del Departamento Administrativo de Seguridad, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0Andr\u00e9s Mauricio Pe\u00f1ate Giraldo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4508 DE 2006 \u00a0 \u00a0 (diciembre 19) \u00a0 \u00a0 por el cual se establece el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n \u00a0Nacional para la Prevenci\u00f3n, Combate y Erradicaci\u00f3n del Tr\u00e1fico Il\u00edcito de \u00a0Armas Peque\u00f1as y Ligeras en todos sus aspectos. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades \u00a0constitucionales y legales [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[60],"tags":[],"class_list":["post-39685","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2006"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39685","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=39685"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39685\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=39685"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=39685"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=39685"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}