{"id":39732,"date":"2023-07-27T22:36:17","date_gmt":"2023-07-27T22:36:17","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-4657-de-2006\/"},"modified":"2023-07-27T22:36:17","modified_gmt":"2023-07-27T22:36:17","slug":"decreto-4657-de-2006","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/27\/decreto-4657-de-2006\/","title":{"rendered":"DECRETO 4657 DE 2006"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4657 \u00a0DE 2006 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre \u00a027) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual \u00a0se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el Decreto 3443 de 2010, \u00a0art\u00edculo 34. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el \u00a0Decreto 3016 de 2010, \u00a0por el Decreto 2690 de 2008 \u00a0y por el Decreto 2477 de 2007. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le \u00a0confiere el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Misi\u00f3n, \u00a0naturaleza y estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Misi\u00f3n. \u00a0Corresponde al Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en su calidad de Jefe de Gobierno, Jefe \u00a0de Estado y Suprema Autoridad Administrativa en el ejercicio de sus atribuciones \u00a0constitucionales y legales y prestarle el apoyo administrativo necesario para \u00a0dicho fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica tendr\u00e1 como denominaci\u00f3n abreviada la de \u201cPresidencia \u00a0de la Rep\u00fablica\u201d, la cual ser\u00e1 v\u00e1lida para todos los efectos \u00a0legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Naturaleza. \u00a0El Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica tendr\u00e1 \u00a0naturaleza especial y en consecuencia, una estructura y una nomenclatura de sus \u00a0dependencias y empleos acordes con ella, de conformidad con lo establecido en \u00a0la Ley 55 de 1990. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones \u00a0generales. El Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, tendr\u00e1 las siguientes funciones generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Organizar, dirigir, coordinar y realizar \u00a0directamente si fuere el caso, las actividades necesarias que demande el \u00a0Presidente del a Rep\u00fablica, para el ejercicio de las facultades Constitucionales \u00a0que le corresponde ejercer, con relaci\u00f3n al Congreso y con la administraci\u00f3n de \u00a0justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Organizar, asistir y coordinar las actividades \u00a0necesarias que demande el Presidente de la Rep\u00fablica, para el ejercicio de las \u00a0facultades Constitucionales que le corresponde ejercer como jefe del Estado y \u00a0suprema autoridad administrativa, y disponer lo necesario seg\u00fan sus \u00a0instrucciones, para la eficiente y arm\u00f3nica acci\u00f3n del gobierno, \u00a0represent\u00e1ndolo, cuando as\u00ed lo demande, en la orientaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica y de sus inmediatos colaboradores en la acci\u00f3n de \u00a0Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Hacer las veces de Secretario Ejecutivo en los \u00a0Consejos, Comit\u00e9s o dem\u00e1s organismos de consulta, asesor\u00eda, coordinaci\u00f3n o \u00a0apoyo que dependa directamente del Despacho Presidencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divulgar los actos del Gobierno nacional y \u00a0coordinar lo referente a una adecuada difusi\u00f3n de la gesti\u00f3n Gubernamental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar al Presidente de la Rep\u00fablica en los \u00a0diagn\u00f3sticos, estudios, an\u00e1lisis y dem\u00e1s actividades que contribuyan a la \u00a0formaci\u00f3n de criterios, conceptos o formulaciones que este desee definir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar al Presidente de la Rep\u00fablica en el \u00a0estudio de la legalidad y conveniencia de los distintos actos legales, \u00a0administrativos y reglamentarios de los cuales conozca el primer mandatario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Prestar el apoyo log\u00edstico y administrativo que \u00a0se demande, para el ejercicio de las facultades y funciones presidenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Integraci\u00f3n \u00a0del sector administrativo. El sector administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica est\u00e1 integrado por el Departamento Administrativo de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica y las entidades adscritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entidades adscritas: Establecimiento P\u00fablico. Agencia Presidencial para \u00a0la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n Internacional.-Acci\u00f3n Social\u2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modificado por el Decreto 3016 de 2010, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Estructura. La estructura del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Altas \u00a0Consejer\u00edas Presidenciales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Consejer\u00edas \u00a0Presidenciales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Secretar\u00eda \u00a0Privada \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Secretar\u00eda \u00a0Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.5. Secretar\u00eda del \u00a0Consejo de Ministros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.6. Secretar\u00eda de \u00a0Prensa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.7 Secretar\u00eda para \u00a0la Seguridad Presidencial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.8 Casa Militar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho \u00a0del Vicepresidente de la Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n \u00a0del Departamento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Programas \u00a0Presidenciales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Oficina de \u00a0Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Subdirecci\u00f3n del Departamento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Oficina de \u00a0Control Interno Disciplinario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. \u00c1rea \u00a0Administrativa y Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. \u00c1rea de \u00a0Talento Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. \u00c1rea de \u00a0Informaci\u00f3n y Sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00d3rganos de \u00a0Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Comisi\u00f3n de \u00a0Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 5\u00ba. Modificado \u00a0en lo pertinente por el Decreto 2690 de 2008, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u201cEstructura. La estructura del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Altas \u00a0Consejer\u00edas Presidenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. \u00a0Consejer\u00edas Presidenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. \u00a0Secretar\u00eda Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. \u00a0Secretar\u00eda Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.5. \u00a0Secretar\u00eda de Prensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.6. \u00a0Secretar\u00eda para la Seguridad Presidencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.7. Casa Militar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho \u00a0del Vicepresidente de la Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n \u00a0del Departamento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. \u00a0Programas Presidenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. \u00a0Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Subdirecci\u00f3n \u00a0del Departamento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. \u00a0Oficina de Control Interno Disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Area \u00a0Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Area \u00a0de Recursos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Area \u00a0de Informaci\u00f3n y Sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Organos \u00a0de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Comisi\u00f3n \u00a0de Personal.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de \u00a0las dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Despacho \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica. Son funciones del se\u00f1or Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, las consagradas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Altas Consejer\u00edas \u00a0y Consejer\u00edas Presidenciales. Son funciones de las Altas Consejer\u00edas y \u00a0Consejer\u00edas Presidenciales, adem\u00e1s de las contenidas en los actos de su \u00a0creaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y hacer el seguimiento de los asuntos \u00a0que por decisi\u00f3n expresa del Presidente de la Rep\u00fablica les sean encomendados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Rendir al Presidente de la Rep\u00fablica informes \u00a0peri\u00f3dicos sobre los asuntos que les sean encargados y presentar \u00a0recomendaciones que redunden en beneficio de las pol\u00edticas que sobre esos temas \u00a0desarrolle el Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Recomendar mecanismos de concertaci\u00f3n entre las \u00a0autoridades de los niveles nacional, departamental y municipal, de acuerdo con \u00a0las instrucciones que imparta el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Secretar\u00eda \u00a0Privada. Son funciones de la Secretar\u00eda Privada: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar, de acuerdo con los requerimientos del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, en la elaboraci\u00f3n y seguimiento de su agenda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar los documentos que le encargue el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Velar por la compilaci\u00f3n de las intervenciones \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica y dem\u00e1s documentos emanados de su despacho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Atender las audiencias que le encargue el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Atender la correspondencia dirigida al Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica y coordinar las respuestas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar los viajes que realice el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Secretar\u00eda \u00a0Jur\u00eddica. Son funciones de la Secretar\u00eda Jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Estudiar y preparar proyectos de leyes o actos \u00a0legislativos que el Presidente deba someter a consideraci\u00f3n del Congreso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar la revisi\u00f3n previa a la presentaci\u00f3n al \u00a0Congreso, de los proyectos de ley elaborados por los ministerios y\/o dem\u00e1s \u00a0entidades del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica y al \u00a0Gobierno Nacional en el estudio de los proyectos de leyes que se tramitan en el \u00a0Congreso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Colaborar con el Presidente en la preparaci\u00f3n de \u00a0mensajes de urgencia para las c\u00e1maras legislativas y\/o mensajes similares a las \u00a0autoridades judiciales de conformidad con la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar al Presidente para su sanci\u00f3n, u \u00a0objeci\u00f3n por inconstitucionalidad o inconveniencia, los proyectos aprobados por \u00a0el Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar o revisar los decretos con fuerza de ley \u00a0que deba expedir el Presidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Numerar las leyes sancionadas y remitirlas para \u00a0su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Revisar, estudiar, formular observaciones y \u00a0emitir conceptos sobre los proyectos de decretos, resoluciones ejecutivas y \u00a0directivas presidenciales sometidas a consideraci\u00f3n del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 3016 de 2010, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Absolver las consultas legales que le formulen \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica, el Vicepresidente, el Consejo de Ministros, el \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y \u00a0sus funcionarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 9.: \u201cAbsolver \u00a0las consultas legales que le hagan el Presidente, el Vicepresidente, el Consejo \u00a0de Ministros, los Directores de Departamentos Administrativos y los \u00a0funcionarios de la Presidencia de la Rep\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirimir, por solicitud del Presidente, los \u00a0Ministros y\/o Directores de Departamentos Administrativos, las diferencias de \u00a0interpretaci\u00f3n legal que se presenten entre las entidades por ellos \u00a0representadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Colaborar con los apoderados especiales de la \u00a0Naci\u00f3n o con el Ministerio P\u00fablico, en los juicios en los que esta sea parte y \u00a0recibir informes sobre dichos juicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar las oficinas jur\u00eddicas de las \u00a0entidades oficiales del orden nacional, cuando sea pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Promover y efectuar trabajos investigativos y \u00a0publicaciones de car\u00e1cter jur\u00eddico que interesen al Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar con los ministerios y departamentos \u00a0administrativos la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y la ejecuci\u00f3n de proyectos \u00a0tendientes a simplificar y racionalizar el ordenamiento jur\u00eddico nacional, \u00a0mediante la preparaci\u00f3n de decretos compilatorios u ordenadores de la \u00a0normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Secretar\u00eda de Prensa. Son \u00a0funciones de la Secretar\u00eda de Prensa: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Divulgar oportunamente a los medios de comunicaci\u00f3n \u00a0las actividades del Presidente de la Rep\u00fablica y las decisiones del Gobierno \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las actividades necesarias para la \u00a0divulgaci\u00f3n d e los actos en que participen el Presidente de la Rep\u00fablica, el \u00a0Vicepresidente, los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, \u00a0funcionarios de la Presidencia de la Rep\u00fablica y altos funcionarios del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Organizar la participaci\u00f3n de los medios de \u00a0comunicaci\u00f3n en los actos y viajes que realicen el Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0el Vicepresidente, Ministros, Directores de Departamento Administrativo y los \u00a0altos funcionarios del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar el seguimiento de la informaci\u00f3n emitida \u00a0por las agencias de noticias y los diferentes medios de comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la edici\u00f3n y divulgaci\u00f3n de las \u00a0publicaciones que requiera la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener informadas a las representaciones \u00a0diplom\u00e1ticas y consulares de Colombia sobre los principales acontecimientos \u00a0nacionales a trav\u00e9s de la Canciller\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir la divulgaci\u00f3n de los asuntos \u00a0relacionados con la Presidencia de la Rep\u00fablica, en los medios de comunicaci\u00f3n \u00a0impresa, electr\u00f3nica, de radio y televisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Secretar\u00eda para la Seguridad \u00a0Presidencial . Son funciones de la Secretar\u00eda para la Seguridad \u00a0Presidencial: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Velar por la integridad f\u00edsica del Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y planear todos los aspectos \u00a0relacionados con la seguridad del Presidente de la Rep\u00fablica, del \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar los programas de avanzada, inteligencia, \u00a0entrenamiento y operaciones, que garanticen la integridad f\u00edsica y personal del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus \u00a0familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Identificar y adoptar, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0correspondientes autoridades, las medidas que remedien situaciones de emergencia \u00a0que comprometan la seguridad del Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente \u00a0de la Rep\u00fablica y la de sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar en la organizaci\u00f3n de los viajes del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus \u00a0familias y determinar las medidas de seguridad que deban seguirse. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar constantemente la seguridad del \u00a0Presidente, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus familias, pudiendo \u00a0para ello requerir el apoyo de cualquier entidad del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Seleccionar, por recomendaci\u00f3n de sus superiores, el personal que estar\u00e1 a \u00a0cargo de la seguridad del Presidente, Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de \u00a0sus familias, conformado por las Fuerzas Militares, de la Polic\u00eda Nacional y \u00a0del Departamento Administrativo de Seguridad DAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Informar al Presidente y al Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica, sobre las medidas que se tomen para su protecci\u00f3n y la de sus \u00a0familias, as\u00ed como los inconvenientes que se encuentren en la aplicaci\u00f3n de las \u00a0mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Velar por la seguridad de los funcionarios de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, que por la naturaleza del cargo y funciones as\u00ed lo \u00a0requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Casa Militar. Son Funciones de \u00a0la Casa Militar: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Responder para que las guardias militares que se \u00a0instalen en las residencias ocupadas por el se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica o \u00a0su familia, y en los lugares a donde estos se desplacen dentro del territorio \u00a0nacional, cumplan con las decisiones que tome el Secretario para la Seguridad \u00a0Presidencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con las Fuerzas Militares, la Polic\u00eda \u00a0Nacional o el Departamento Administrativo de Seguridad DAS, los requerimientos \u00a0que a solicitud del Secretario para la Seguridad Presidencial, sean necesarios \u00a0para la seguridad del se\u00f1or Presidente o de su familia, en todas las \u00a0actividades en que estos participen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la dependencia correspondiente, las \u00a0audiencias de los integrantes de las Fuerzas Militares, con el se\u00f1or Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y hacer cumplir el protocolo \u00a0establecido para el se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Despacho del Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica. Son funciones del Vicepresidente de la Rep\u00fablica, las misiones o \u00a0encargos especiales que le conf\u00ede el Presidente de la Rep\u00fablica, de conformidad \u00a0con lo establecido en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcci\u00f3n del Departamento. La \u00a0Direcci\u00f3n del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0estar\u00e1 a cargo del Director del Departamento, quien la ejercer\u00e1 con la \u00a0inmediata colaboraci\u00f3n del Subdirector del Departamento, y cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Representar legalmente al Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar al Presidente de la Rep\u00fablica en la \u00a0coordinaci\u00f3n de las actividades de los ministerios, departamentos \u00a0administrativos, establecimientos p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos y entidades \u00a0p\u00fablicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar a consideraci\u00f3n del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica los asuntos provenientes de los ministerios, departamentos \u00a0administrativos, establecimientos p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos de la \u00a0administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Colaborar con el Presidente de la Rep\u00fablica en el \u00a0ejercicio de las funciones que le corresponde en relaci\u00f3n con el Congreso, la \u00a0Administraci\u00f3n de Justicia y dem\u00e1s organismos o autoridades a que se refieren \u00a0la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Servir de enlace entre la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y las Secretar\u00edas de las C\u00e1maras Legislativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Estudiar los asuntos que le asigne el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica; atender las audiencias que le indique y representarlo en los \u00a0actos que le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejercer las funciones que le delegue el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica conforme a la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Se\u00f1alar las pol\u00edticas generales del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, fijar los lineamentos de \u00a0direcci\u00f3n y control para el desarrollo de los programas y funciones de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Crear y organizar grupos internos de trabajo con \u00a0el fin de desarrollar con eficiencia, eficacia y oportunidad los objetivos, \u00a0pol\u00edticas, planes y programas del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Propender por el adecuado ejercicio del control \u00a0interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Presentar los informes de labores del \u00a0Departamento al Presidente de la Rep\u00fablica y al Congreso Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Suscribir a nombre de la Naci\u00f3n los contratos relativos \u00a0a asuntos propios de la Presidencia de la Rep\u00fablica conforme a la ley, a los \u00a0actos de delegaci\u00f3n y dem\u00e1s normas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Aprobar los anteproyectos de presupuesto de \u00a0inversi\u00f3n y de funcionamiento y el proyecto del programa anual mensualizado de \u00a0caja PAC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Programas Presidenciales. Son \u00a0funciones de los Programas Presidenciales, adem\u00e1s de las contenidas en los \u00a0actos de su creaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar los programas que por sus singulares \u00a0caracter\u00edsticas considere el Presidente deban realizarse bajo la coordinaci\u00f3n \u00a0inmediata del Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Participar de conformidad con las instrucciones \u00a0impartidas por el Director del Departamento en los temas relacionados con la \u00a0ejecuci\u00f3n de los contenidos del Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Rendir informes peri\u00f3dicos al Director del \u00a0Departamento, sobre el desarrollo de las actividades inherentes a cada \u00a0programa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Oficina de Planeaci\u00f3n. Son \u00a0funciones de la Oficina de Planeaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n del Departamento en la \u00a0definici\u00f3n, coordinaci\u00f3n y adopci\u00f3n de las pol\u00edticas sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Evaluar los programas y proyectos de inversi\u00f3n \u00a0del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y sus \u00a0entidades adscritas, e inscribirlos en el Banco de Proyectos y Programas de \u00a0Inversi\u00f3n Nacional del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar el anteproyecto de presupuesto de la \u00a0entidad de conformidad con los lineamientos del Director del Departamento, y \u00a0los que establezcan el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Consolidar el anteproyecto de \u00a0presupuesto del sector Presidencia de la Rep\u00fablica, para su presentaci\u00f3n ante \u00a0el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Evaluar, conceptuar y tramitar las modificaciones \u00a0que deban efectuarse en el presupuesto de la entidad sobre la base de la \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar los tr\u00e1mites necesarios para la \u00a0consecuci\u00f3n de cr\u00e9dito interno y externo, que a juicio del Director del \u00a0Departamento, sean requeridos para el cumplimiento y desarrollo de sus \u00a0proyectos y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y articular los procesos de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional, t\u00e9cnica y financiera no reembolsable, con destino al \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Efectuar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los \u00a0programas, planes y proyectos financiados con recursos del Presupuesto \u00a0Nacional, con fuentes de Cooperaci\u00f3n Internacional reembolsable y no \u00a0reembolsable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar el Programa General de Compras en \u00a0coordinaci\u00f3n con el \u00c1rea Administrativa y Financiera y efectuar el seguimiento \u00a0a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar, coordinar y controlar la \u00a0implementaci\u00f3n del sistema de procesos y procedimientos y participar en la \u00a0elaboraci\u00f3n del manual espec\u00edfico de funciones, requisitos y competencias \u00a0laborales del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar y elaborar los estudios \u00a0organizacionales necesarios para la implementaci\u00f3n, dise\u00f1o y actualizaci\u00f3n de \u00a0sistemas de mejoramiento de gesti\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Presentar los informes requeridos por el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, de conformidad con lo establecido en las \u00a0normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar el informe anual que deba rendirse al \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Presentar los informes solicitados por el \u00a0Director y el Subdirector del Departamento, en relaci\u00f3n con los asuntos a su \u00a0cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Oficina de \u00a0Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Establecer los mecanismos de control de gesti\u00f3n y \u00a0de resultados, as\u00ed como de auditor\u00eda interna en relaci\u00f3n con el desempe\u00f1o de \u00a0las funciones asignadas al Departamento Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Prestar asesor\u00eda \u00a0en la estructuraci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de los planes, sistemas, m\u00e9todos y \u00a0procedimientos de control interno, necesarios para garantizar que todas las \u00a0actividades, operaciones y actuaciones del Departamento Administrativo se \u00a0realicen de conformidad con la Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificar los procesos relacionados con el manejo \u00a0de los recursos, bienes y los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad y \u00a0recomendar los correctivos que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Fomentar en la entidad la formaci\u00f3n de una \u00a0cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el \u00a0cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Evaluar los m\u00e9todos y procedimientos que se sigan \u00a0en las actuaciones administrativas y recomendar al Director del Departamento \u00a0Administrativo, la supresi\u00f3n de aquellos innecesarios o que puedan ser factor \u00a0de ineficiencia o ineficacia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar indicadores de desempe\u00f1o de car\u00e1cter \u00a0cualitativo y cuantitativo para evaluar el desarrollo de los planes, programas \u00a0y proyectos de la Entidad y presentar informes al Director y al Subdirector del \u00a0Departamento Administrativo sobre el avance de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Consolidar la Cuenta Fiscal del Departamento \u00a0Administrativo y realizar los tr\u00e1mites para su presentaci\u00f3n y radicaci\u00f3n ante \u00a0la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar y apoyar a las dem\u00e1s dependencias del \u00a0Departamento en la elaboraci\u00f3n de los manuales de procesos y procedimientos, \u00a0con el fin de racionalizar la gesti\u00f3n y los recursos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Subdirecci\u00f3n del Departamento. \u00a0Son funciones de la Subdirecci\u00f3n del Departamento: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Velar en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias, \u00a0por el correcto y oportuno cumplimiento de las pol\u00edticas y los lineamientos \u00a0establecidos por la Direcci\u00f3n del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir las pol\u00edticas, planes, programas y \u00a0proyectos, relacionados con el manejo presupuestal y financiero del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y vigilar su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir las pol\u00edticas en materia de gesti\u00f3n del \u00a0recurso humano del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y vigilar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir las pol\u00edticas que en materia contractual \u00a0y de servicios administrativos requiera el Departamento Administrativo y \u00a0vigilar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir los planes, programas y proyec tos para \u00a0el manejo, an\u00e1lisis y desarrollo inform\u00e1tico que requiera el Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Requerir de las distintas dependencias del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, la ejecuci\u00f3n y \u00a0el cumplimiento del Plan Operativo Anual (POA) de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fijar los procedimientos para garantizar la \u00a0atenci\u00f3n de quejas y reclamos, y para la atenci\u00f3n al usuario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asistir a los Consejos, Juntas, Comit\u00e9s y en \u00a0general, a las reuniones de car\u00e1cter oficial que determine el Director del \u00a0Departamento Administrativo de Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Oficina de Control Interno \u00a0Disciplinario. Son funciones de la Oficina de Control Interno \u00a0Disciplinario: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Aplicar y coordinar el control interno \u00a0disciplinario en la Entidad de conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir las investigaciones de car\u00e1cter \u00a0disciplinario que se adelanten contra funcionarios del Departamento y \u00a0resolverlas en primera instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar actividades orientadas a la prevenci\u00f3n \u00a0de la comisi\u00f3n de faltas disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular, adoptar, dirigir y coordinar con el \u00a0Subdirector del Departamento y las entidades de vigilancia y control, las \u00a0pol\u00edticas generales sobre r\u00e9gimen disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar con el \u00c1rea de Recursos Humanos en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas de capacitaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de los objetivos de la \u00a0Oficina de Control Interno Disciplinario, de las normas, jurisprudencia y \u00a0doctrina disciplinaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Rendir informes estad\u00edsticos de los procesos \u00a0disciplinarios al Subdirector, y a las dependencias competentes cuando as\u00ed lo \u00a0requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Area Administrativa y Financiera. \u00a0El Area Administrativa y Financiera, de conformidad con las directrices \u00a0se\u00f1aladas por el Subdirector del Departamento, cumplir\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0dependencias, los planes y programas relacionados con los servicios \u00a0administrativos y log\u00edsticos demandados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar \u00a0los planes y programas relacionados con el manejo financiero, incluidos los \u00a0procesos presupuestales, contables y de tesorer\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejecutar los planes y programas relacionados con \u00a0los servicios de registro, clasificaci\u00f3n, archivo, y tramitaci\u00f3n de \u00a0correspondencia demandados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejecutar los procesos de contrataci\u00f3n para la \u00a0adquisici\u00f3n de bienes y servicios demandados por la entidad, y vigilar porque \u00a0estos se lleven a cabo con el cumplimiento de las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar y hacer seguimiento a la ejecuci\u00f3n del \u00a0plan anual de compras, de bienes y servicios, dando cumplimento a las normas \u00a0administrativas y fiscales que lo regulan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por el ingreso y egreso, suministro y \u00a0registro en inventarios de los bienes del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Modificado \u00a0en lo pertinente por el Decreto 2690 de 2008, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Area de Recursos Humanos. El Area de Recursos Humanos, \u00a0de conformidad con las directrices se\u00f1aladas por el Subdirector del \u00a0Departamento, cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector en materia de gesti\u00f3n del \u00a0talento humano, de mejoramiento de la calidad y productividad y en la adopci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas espec\u00edficas del \u00e1rea de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar los programas dirigidos a los \u00a0funcionarios y orientados al mejoramiento del clima organizacional, bienestar social \u00a0y de la imagen institucional, enriquecimiento de la cultura organizacional y \u00a0cimentaci\u00f3n de valores de servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Administrar el Sistema \u00fanico de Informaci\u00f3n de \u00a0Personal, SUIP, de la entidad, de conformidad con las normas que rigen la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar y ejecutar el Plan Anual de Capacitaci\u00f3n \u00a0y desarrollar programas de difusi\u00f3n y promoci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar, elaborar e implementar los programas de \u00a0selecci\u00f3n de personal de conformidad con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la realizaci\u00f3n de estudios sobre planta \u00a0de personal y mantener actualizado el manual espec\u00edfico de funciones, \u00a0requisitos y competencias laborales del Departamento, de conformidad con las \u00a0normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de \u00a0Control Interno Disciplinario, mecanismos de prevenci\u00f3n de las conductas de \u00a0acoso laboral y establecer procedimientos para superar las que ocurran en el \u00a0lugar de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Area de Informaci\u00f3n y Sistemas. \u00a0Son funciones del Area de Informaci\u00f3n y Sistemas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar, dise\u00f1ar y proponer pol\u00edticas, planes y \u00a0programas que garanticen el acceso y la implantaci\u00f3n de nuevas tecnolog\u00edas de \u00a0la informaci\u00f3n, con el fin de fomentar su uso, como soporte del crecimiento de \u00a0la competitividad de la Entidad, cumpliendo con el Plan estrat\u00e9gico del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Facilitar la conectividad en el Departamento que \u00a0permita la gesti\u00f3n en l\u00ednea de los organismos gubernamentales que tiendan a \u00a0promover y apoyar la participaci\u00f3n y el servicio al ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir metodolog\u00edas y est\u00e1ndares para el \u00a0an\u00e1lisis, dise\u00f1o, programaci\u00f3n e implantaci\u00f3n de adquisiciones de hardware y \u00a0software, de acuerdo con las innovaciones tecnol\u00f3gicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer metodolog\u00edas, procedimientos, pol\u00edticas \u00a0y est\u00e1ndares sobre seguridad inform\u00e1tica al Comit\u00e9 de Seguridad y Sistemas para \u00a0su respectiva evaluaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Implementar y velar por el cumplimiento de las \u00a0metodolog\u00edas, procedimientos, pol\u00edticas y est\u00e1ndares de seguridad inform\u00e1tica \u00a0aprobados por el Comit\u00e9 de Seguridad y Sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III<\/p>\n<p>\u00a0 Organos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23\u00b0. Organos \u00a0de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n. La composici\u00f3n y las funciones del Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno y de la Comisi\u00f3n de Personal, se \u00a0regir\u00e1n por las disposiciones legales vigentes. El Director del Departamento \u00a0podr\u00e1 crear, conformar y asignar funciones mediante acto administrativo a los \u00a0\u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n que considere necesarios para el desarrollo \u00a0eficiente de las funciones del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV<\/p>\n<p>\u00a0 Fondos como sistema de manejo especial de cuentas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Fondo de Programas Especiales para \u00a0la Paz-Fondo Paz. El Fondo de Programas Especiales para la Paz, funcionar\u00e1 \u00a0como una cuenta especial del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica, sin personer\u00eda jur\u00eddica, administrada como un sistema separado de \u00a0cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V<\/p>\n<p>\u00a0 Disposiciones generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Altas Consejer\u00edas, Consejer\u00edas y \u00a0Programas Presidenciales. El Gobierno Nacional podr\u00e1 en todo tiempo crear, \u00a0fusionar o suprimir las Altas Consejer\u00edas, las Consejer\u00edas, los Programas \u00a0Presidenciales, al igual que los cargos de Ministro Consejero de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica, Alto Comisionado, Altos Consejeros del Presidente, Consejeros \u00a0del Presidente, Directores de Programas Presidenciales, as\u00ed como asignarles sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Adopci\u00f3n de la Planta de Personal. \u00a0De conformidad con la estructura prevista en el presente decreto, el Gobierno \u00a0Nacional proceder\u00e1 a adoptar la planta de personal del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo. 27. Atribuciones de los funcionarios de \u00a0la planta actual. Los funcionarios de la planta de personal actual del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, continuar\u00e1n \u00a0ejerciendo las funciones y atribuciones a ellos asignadas, hasta tanto sea \u00a0aprobada la nueva planta de personal del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Derogatorias y vigencia. El \u00a0presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n, deroga el Decreto 2719 de 2000 \u00a0y dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 27 de diciembre de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,&lt; \/p&gt; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto \u00a0Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Bernardo \u00a0Moreno Villegas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando \u00a0Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4657 \u00a0DE 2006 \u00a0 \u00a0 (diciembre \u00a027) \u00a0 \u00a0 por el cual \u00a0se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el Decreto 3443 de 2010, \u00a0art\u00edculo 34. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Modificado por el \u00a0Decreto 3016 de 2010, \u00a0por el Decreto 2690 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[60],"tags":[],"class_list":["post-39732","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2006"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39732","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=39732"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39732\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=39732"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=39732"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=39732"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}