{"id":39758,"date":"2023-07-28T16:00:38","date_gmt":"2023-07-28T16:00:38","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-154-de-2007\/"},"modified":"2023-07-28T16:00:38","modified_gmt":"2023-07-28T16:00:38","slug":"decreto-154-de-2007","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-154-de-2007\/","title":{"rendered":"DECRETO 154 DE 2007"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 154 \u00a0DE 2007 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 24) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se aprueba el Acuerdo n\u00famero 009 del 30 de noviembre de \u00a02006, expedido por la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades Consagradas en \u00a0el art\u00edculo 100 de la Ley 106 de 1993 y el \u00a0art\u00edculo 82 del Decreto ley 267 de \u00a02000, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Apru\u00e9base el Acuerdo n\u00famero 009 del 30 de noviembre de 2006, expedido por \u00a0la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de \u00a0la Rep\u00fablica, adoptado por el Contralor General de la Rep\u00fablica mediante \u00a0Resoluci\u00f3n Org\u00e1nica n\u00famero 5800 del 27 de diciembre de 2006, cuyo texto es el \u00a0siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cACUERDO N\u00daMERO \u00a0009 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0modifica la planta Global de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las \u00a0contempladas en el art\u00edculo 100 de la Ley 106 de 1993 en \u00a0concordancia con el numeral 14 del art\u00edculo 3\u00b0 del Decreto 2881 de 1994, \u00a0y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el Tribunal Administrativo del Casanare (Sala de Decisi\u00f3n) en sentencia del 19 \u00a0de agosto de 2004, a t\u00edtulo de restablecimiento del derecho orden\u00f3 al Fondo de \u00a0Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u201c&#8230; reintegrar a \u00a0la se\u00f1ora Salima Miserque Salom\u00f3n, con c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 64540298 de \u00a0Sincelejo, al cargo que ven\u00eda desempe\u00f1ando o a otro igual o equivalente de la \u00a0planta de personal de esa entidad, consider\u00e1ndose para todos los efectos \u00a0legales que no hubo soluci\u00f3n de continuidad en sus servicios desde la fecha de \u00a0su retiro dispuesto por el acto que se anula y su reintegro al cargo\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el honorable Consejo de Estado mediante sentencia del veintinueve (29) de marzo \u00a0de dos mil seis (2006) declar\u00f3 en firme la sentencia proferida por el Tribunal \u00a0Administrativo del Casanare (Sala de Decisi\u00f3n); \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la mencionada sentencia del 19 de agosto de \u00a02004, dictada por el Tribunal Administrativo del Casanare (Sala de Decisi\u00f3n), \u00a0declar\u00f3: \u201c&#8230; la nulidad del Decreto \u00a0n\u00famero 1545 del 19 de agosto de 1999, expedido por el Gobierno Nacional \u00a0\u2018por el cual se aprueba el Acuerdo n\u00famero 052 del 14 de julio de 1999, expedido \u00a0por el Consejo Directivo del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General \u00a0de la Rep\u00fablica y se dictan otras disposiciones\u2019 mediante el cual se suprimi\u00f3 \u00a0el cargo que ven\u00eda desempe\u00f1ando la demandante Salima Miserque Salom\u00f3n, como \u00a0Jefe de Divisi\u00f3n Nivel Ejecutivo Grado 15 en la Divisi\u00f3n Jur\u00eddica del Fondo de \u00a0Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, con status de \u00a0carrera administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el Acuerdo n\u00famero 052 y el Decreto n\u00famero \u00a01545 de 1999, suprimi\u00f3 el cargo de Jefe de Divisi\u00f3n, Nivel Ejecutivo, Grado \u00a015, inscrito en carrera administrativa de la Planta de Personal del Fondo de \u00a0Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, que ven\u00eda \u00a0desempe\u00f1ando la se\u00f1ora Salima Miserque Salom\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0mediante Oficio n\u00famero 3-664 del 22 de noviembre de 2006, el Tribunal \u00a0Administrativo de Cundinamarca-Secci\u00f3n Segunda-SubSecci\u00f3n \u201cA\u201d, comunic\u00f3 al \u00a0Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, la sentencia \u00a0dictada en el Juicio n\u00famero 250002325000200000242 01, d\u00e1ndole treinta (30) d\u00edas \u00a0siguientes para su ejecuci\u00f3n, contados a partir de la fecha del recibo de la \u00a0presente comunicaci\u00f3n, lo cual acaeci\u00f3 el 28 de noviembre de 2006; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el art\u00edculo 176 del C\u00f3digo Contencioso Administrativo, establece que: \u201cLas \u00a0autoridades a quienes corresponda la ejecuci\u00f3n de una sentencia dictar\u00e1n, \u00a0dentro del t\u00e9rmino de treinta (30) d\u00edas contados desde su comunicaci\u00f3n, la \u00a0resoluci\u00f3n correspondiente, en la cual se adoptar\u00e1n las medidas necesarias para \u00a0su cumplimiento\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el L\u00edder de Talento Humano del Fondo de Bienestar Social el 29 de noviembre de \u00a02006, certific\u00f3: \u201c&#8230;que en la Planta Global de Personal del Fondo de \u00a0Bienestar Social, no existe empleo alguno que sea igual o equivalente y \u00a0perteneciente a Car rera Administrativa, para el correspondiente reintegro, que \u00a0permita dar cumplimiento al fallo del 19 de agosto de 2004, por el Tribunal \u00a0Administrativo del Casanare (Sala de Decisi\u00f3n), para el reintegro de la se\u00f1ora \u00a0Salima Miserque Salom\u00f3n. Por lo anterior, se sugiere crear el cargo de \u00a0Profesional Especializado C\u00f3digo 2028, Grado 20, de conformidad al Decreto 2489 de 2006. \u00a0(&#8230;)\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto n\u00famero 1746 de junio 1\u00b0 del 2006 expedido por el \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, consagra: \u201cSe entiende \u00a0que un cargo es equivalente a otro cuando tienen asignadas funciones iguales o \u00a0similares, para su desempe\u00f1o se exijan requisitos de estudio, experiencia y \u00a0competencias laborales iguales o similares y tengan una asignaci\u00f3n b\u00e1sica \u00a0mensual igual o superior, sin que en ning\u00fan caso la diferencia salarial supere \u00a0los dos grados siguientes de la respectiva escala cuando se trate de empleados \u00a0que se rijan por la misma nomenclatura, o el 10% de la asignaci\u00f3n b\u00e1sica cuando \u00a0a los empleados se les aplique nomenclatura diferente\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0mediante Acuerdo n\u00famero 005 del 11 de septiembre de 2006, expedido por la Junta \u00a0Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, se cre\u00f3 en la Planta Global de Personal del Fondo de Bienestar \u00a0Social el cargo Nivel Asesor Grado 9, C\u00f3digo 1010; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0posteriormente el Acuerdo n\u00famero 005 de 2006, fue aclarado por el Acuerdo \u00a0n\u00famero 006 del 13 de octubre de 2006, expedido por la Junta Directiva del Fondo \u00a0de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, en el sentido de \u00a0que el cargo a crear es el de Asesor Grado 9, C\u00f3digo 1020, de conformidad con \u00a0el Decreto n\u00famero \u00a02489 de 2006, \u201cpor el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificaci\u00f3n \u00a0de los empleos p\u00fablicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva \u00a0y dem\u00e1s organismos y entidades del orden nacional, (&#8230;)\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el Decreto \u00a0n\u00famero 4114 del 22 de noviembre de 2006, expedido por el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, aprob\u00f3 el Acuerdo n\u00famero 006 del 13 de octubre de 2006, emanado de \u00a0la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de \u00a0la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Resoluci\u00f3n n\u00famero 213 del 24 de \u00a0noviembre de 2006, \u201cpor la cual se reintegra un ex funcionario en \u00a0cumplimiento de una sentencia judicial\u201d, emanada de la Gerente del Fondo de \u00a0Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, se dio cumplimiento \u00a0a la sentencia del 19 de agosto de 2004, proferida por el Tribunal \u00a0Administrativo del Caquet\u00e1 (Sala de Descongesti\u00f3n), dentro del Proceso n\u00famero \u00a02000-0382 de Acci\u00f3n de Nulidad y Restablecimiento del Derecho; \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0una vez notificado el se\u00f1or Javier Ricardo Morillo Guerrero, identificado con \u00a0la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 79283613 de Bogot\u00e1, de la Resoluci\u00f3n n\u00famero 213 \u00a0del 24 de noviembre de 2006, present\u00f3 escrito el 27 de noviembre de 2006, Radicado \u00a0bajo el n\u00famero 6934 de la misma fecha, por medio del cual renuncia en forma \u00a0espont\u00e1nea e inequ\u00edvoca, al cargo de Asesor Grado 9, C\u00f3digo 1020 de la Planta \u00a0Global de Personal del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de \u00a0la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0con base en la renuncia presentada por el se\u00f1or Javier Ricardo Morillo y \u00a0aceptada, y teniendo en cuenta que el fin para el cual fue creado el cargo, dar \u00a0cumplimiento a la sentencia judicial del 19 de agosto de 2004, desapareci\u00f3, se \u00a0hace necesario suprimir el cargo Nivel Asesor, C\u00f3digo 1020, Grado 9 de la \u00a0Planta Global de Personal del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0se hace necesario dar cumplimiento a la sentencia del 19 de agosto de 2004, \u00a0dictada por el Tribunal Administrativo de Casanare (Sala de Decisi\u00f3n), a t\u00edtulo \u00a0de restablecimiento del derecho, por medio de la cual le orden\u00f3 al Fondo de \u00a0Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u201c&#8230; Como \u00a0restablecimiento del derecho se ordena al fondo de Bienestar Social de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica reintegrar a la se\u00f1ora Salima Miserque \u00a0Salom\u00f3n, con c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 64540298 de Sincelejo, al cargo que \u00a0ven\u00eda desempe\u00f1ando o a otro igual o equivalente de la planta de personal de esa \u00a0entidad, consider\u00e1ndose para todos los efectos legales que no hubo soluci\u00f3n de \u00a0continuidad en sus servicios desde la fecha de su retiro dispuesto por el acto \u00a0que se anula y su reintegro al cargo\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0de conformidad a lo consagrado en el art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto 1746 de 2006, \u00a0no se puede nombrar a la se\u00f1ora Salima Miserque Salom\u00f3n, en el cargo Nivel \u00a0Asesor, C\u00f3digo 1020, Grado 9 de l a Planta Global de Personal del Fondo de \u00a0Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, por cuanto el \u00a0sueldo para este cargo supera el diez por ciento (10%) de la asignaci\u00f3n b\u00e1sica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0para atender la creaci\u00f3n del cargo fue expedido por el funcionario competente \u00a0encargado del manejo presupuestal del Fondo de Bienestar Social de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica el Certificado de Disponibilidad \u00a0Presupuestal n\u00famero 416 del 30 de noviembre de 2006, por valor de treinta y \u00a0tres millones de pesos moneda legal colombiana ($33.000.000.00); \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0mediante Oficio n\u00famero 118100-773 del 5 de diciembre de 2006, la Gerente del \u00a0Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica solicit\u00f3, a \u00a0la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, viabilidad presupuestal para la creaci\u00f3n del cargo \u00a0Profesional Especializado, C\u00f3digo 2028, Grado 20; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0para dar cumplimiento a lo ordenado por el honorable Tribunal Administrativo \u00a0del Casanare (Sala de Decisi\u00f3n), en sentencia del 19 de agosto de 2004, en \u00a0relaci\u00f3n con el reintegro de la se\u00f1ora Salima Miserque Salom\u00f3n, identificada \u00a0con la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 64540298 de Sincelejo, al mismo cargo de \u00a0Jefe de Divisi\u00f3n, Nivel Ejecutivo, Grado 15, o a otro equivalente en la planta \u00a0de personal, al que ocupaba con anterioridad a su desvinculaci\u00f3n, se hace \u00a0necesario crear un (1) cargo en la Planta Global de Personal del Fondo de \u00a0Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Suprimir de la Planta Global de Personal del Fondo de Bienestar Social de \u00a0la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica el cargo Asesor, C\u00f3digo 1020, Grado 9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Crear en la Planta Global de Personal del Fondo de Bienestar Social de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica el cargo de Profesional Especializado, \u00a0C\u00f3digo 2028, Grado 20. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. El presente Acuerdo tiene vigencia a partir de su aprobaci\u00f3n por el \u00a0Contralor General de la Rep\u00fablica y su adopci\u00f3n por el Gobierno Nacional, de \u00a0conformidad al art\u00edculo 82 del Decreto \u00a0n\u00famero 267 del 22 de febrero de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado \u00a0en Bogot\u00e1, D. C., a los treinta (30) d\u00edas del mes de noviembre de dos mil seis \u00a0(2006) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Firmado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Roberto Pablo Hoyos \u00a0Botero \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Secretaria, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Libia Patricia \u00a0Barguil Janna.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado \u00a0en Bogot\u00e1, D. C., a 24 de enero de 2007. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla \u00a0Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo \u00a0Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 154 \u00a0DE 2007 \u00a0 \u00a0 (enero 24) \u00a0 \u00a0 por el cual se aprueba el Acuerdo n\u00famero 009 del 30 de noviembre de \u00a02006, expedido por la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[61],"tags":[],"class_list":["post-39758","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2007"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39758","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=39758"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39758\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=39758"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=39758"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=39758"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}