{"id":40295,"date":"2023-07-28T16:03:16","date_gmt":"2023-07-28T16:03:16","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-3123-de-2007\/"},"modified":"2023-07-28T16:03:16","modified_gmt":"2023-07-28T16:03:16","slug":"decreto-3123-de-2007","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-3123-de-2007\/","title":{"rendered":"DECRETO 3123 DE 2007"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 3123 DE 2007 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(agosto 17) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se \u00a0dictan otras disposiciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el Decreto 4890 de 2011, \u00a0art\u00edculo 38. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 4320 de 2010 \u00a0y por el Decreto 4481 de 2008. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, que le \u00a0confieren el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Estructura. Modificar los numerales 1, 2, 3 y \u00a04 del art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto 049 de 2003, \u00a0y adicionarle el numeral 9, los cuales quedaran as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n \u00a0Sectorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Direcci\u00f3n de Fondelibertad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Obispado Castrense \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro para \u00a0las Pol\u00edticas y Asuntos Internacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas de \u00a0Defensa y Seguridad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Programas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Derechos Humanos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Internacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Viceministro para la \u00a0Estrategia y Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de \u00a0Informaci\u00f3n y Tecnolog\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3 Direcci\u00f3n de Proyectos \u00a0Especiales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4 Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Presupuestaci\u00f3n del Sector Defensa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5 Direcci\u00f3n de Estudios \u00a0Sectoriales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Oficina de Control \u00a0Disciplinario Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Oficina de Normas T\u00e9cnicas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Direcci\u00f3n de Asuntos Legales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Direcci\u00f3n de Finanzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5. Direcci\u00f3n Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.6. Direcci\u00f3n de Contrataci\u00f3n \u00a0Estatal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.7 Direcci\u00f3n de Veteranos y \u00a0Bienestar Sectorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Direcci\u00f3n Ejecutiva del Grupo \u00a0Social Empresarial del Sector Defensa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2. Despacho del Ministro de \u00a0Defensa Nacional. Son \u00a0funciones del Despacho del Ministro de Defensa Nacional, adem\u00e1s de las \u00a0contempladas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en las disposiciones legales \u00a0especiales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar y orientar el \u00a0desarrollo de la pol\u00edtica para la defensa de la soberan\u00eda, la independencia, la \u00a0integridad territorial, la seguridad y tranquilidad p\u00fablicas, as\u00ed como para el \u00a0mantenimiento del orden constitucional y la garant\u00eda de la convivencia \u00a0democr\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular las pol\u00edticas generales \u00a0del Sector a su cargo y velar por el adecuado cumplimiento de las funciones del \u00a0Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular con la inmediata \u00a0colaboraci\u00f3n del Comandante General de las Fuerzas Militares, los Comandantes \u00a0de Fuerza, el Director General de la Polic\u00eda Nacional de Colombia, los \u00a0Viceministros y el Secretario General, la estrategia para el desarrollo de los \u00a0planes y programas en materia de defensa y seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Definir y dirigir todo lo \u00a0relacionado con la imagen institucional y la divulgaci\u00f3n de actividades, planes \u00a0y programas del Sector Defensa, tanto en el \u00e1mbito nacional como internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Orientar, controlar y evaluar el \u00a0ejercicio de las funciones de los organismos y entidades que conforman el \u00a0Sector de Defensa, sin perjuicio de las potestades de decisi\u00f3n que les \u00a0correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar el ejercicio de las \u00a0funciones asignadas al Obispado Castrense. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Crear y conformar \u00f3rganos de \u00a0asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n, as\u00ed como los grupos internos de trabajo, que considere \u00a0necesarios para el desarrollo de las funciones asignadas al Ministerio y \u00a0asignarles funciones mediante resoluci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Delegar en dependencias y funcionarios \u00a0subalternos el ejercicio de aquellas funciones que considere necesarias, para \u00a0la correcta prestaci\u00f3n del servicio del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las faltas temporales del \u00a0Ministro de Defensa Nacional podr\u00e1n ser suplidas por el Comandante General de \u00a0las Fuerzas Militares, cuando as\u00ed lo disponga el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n \u00a0Sectorial. Son funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n Sectorial, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer, canalizar y coordinar, \u00a0la pol\u00edtica de comunicaci\u00f3n corporativa del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las relaciones con los medios \u00a0de comunicaci\u00f3n nacional e internacional e informar a la opini\u00f3n p\u00fablica sobre \u00a0la gesti\u00f3n del Sector Defensa, a trav\u00e9s de los diferentes medios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la divulgaci\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n generada por el Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar las acciones de \u00a0investigaci\u00f3n y monitoreo de la informaci\u00f3n que divulguen los medios de \u00a0comunicaci\u00f3n en relaci\u00f3n con el Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar por la protecci\u00f3n de la \u00a0imagen institucional del sector, en los medios nacionales o internacionales de \u00a0difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con las diferentes \u00a0entidades y dependencias del Sector Defensa, la comunicaci\u00f3n y difusi\u00f3n de los \u00a0resultados de gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y consolidar la \u00a0informaci\u00f3n generada por el Sector Defensa que deba ser divulgada, dirigir la \u00a0comunicaci\u00f3n y difusi\u00f3n de los resultados de gesti\u00f3n, as\u00ed como coordinar la \u00a0edici\u00f3n y distribuci\u00f3n de publicaciones que se realicen en la Unidad de Gesti\u00f3n \u00a0General del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar y elaborar la memoria \u00a0anual que debe presentar el Ministro al Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar y ejecutar los planes, \u00a0mecanismos y acciones de comunicaci\u00f3n interna y externa de la Unidad Gesti\u00f3n \u00a0General del Ministerio de Defensa Nacional, incluida la p\u00e1gina Web. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asiganadas y que correspondan a la naturaleza \u00a0de ladependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modificado por el Decreto 4320 de 2010, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Direcci\u00f3n \u00a0Operativa para la Defensa de la Libertad Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones de la Direcci\u00f3n Operativa para la Defensa de \u00a0la Libertad Personal: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Administrar el Fondo Nacional para la Defensa de la \u00a0Libertad Personal Fondelibertad, bajo la orientaci\u00f3n \u00a0y coordinaci\u00f3n del Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos Internacionales y \u00a0la reglamentaci\u00f3n emitida por el Conase, para lo cual \u00a0deber\u00e1: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Atender los negocios, las operaciones y las actividades \u00a0administrativas, financieras y contables del Fondo, de acuerdo con las \u00a0disposiciones legales, las reglamentaciones y procedimientos generales que para \u00a0su administraci\u00f3n adopte el Conase, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dependencias y \u00e1reas del Ministerio con funciones relacionadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Asegurar que ingresen al Fondo los recursos provenientes \u00a0de las distintas fuentes de financiaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Definir las prioridades de distribuci\u00f3n de los recursos \u00a0del Fondo, teniendo en cuenta la oportunidad, operatividad y eficiencia y \u00a0presentarlas para aprobaci\u00f3n del Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos \u00a0Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Identificar nuevas fuentes de financiamiento y \u00a0mecanismos para su obtenci\u00f3n y operaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Proponer al Conase previa \u00a0aprobaci\u00f3n del Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos Internacionales, \u00a0procedimientos administrativos y financieros para el cabal cumplimiento de las \u00a0operaciones del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Elaborar el anteproyecto anual de presupuesto de \u00a0ingresos y gastos, los indicadores de gesti\u00f3n y los dem\u00e1s informes sobre el \u00a0desarrollo de los negocios del Fondo y presentarlos a la aprobaci\u00f3n del Conase, previa consideraci\u00f3n del Viceministro para las \u00a0Pol\u00edticas y Asuntos Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Evaluar y consolidar las propuestas sobre gastos de \u00a0dotaci\u00f3n y funcionamiento de los Grupos de acci\u00f3n unificada para la Libertad Personal\u2013Gaula, para que respondan a criterios de \u00a0eficiencia y de subsidiariedad establecidos por el Conase \u00a0y presentarlos para aprobaci\u00f3n del Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos \u00a0Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Gestionar, ante el Ordenador de Gasto, el pago oportuno \u00a0de las recompensas de que trata el art\u00edculo 13 de la Ley 282 de 1996, que \u00a0vayan con cargo a los recursos del Fondo, de acuerdo con el respectivo \u00a0reglamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Administrar, custodiar y se\u00f1alar la destinaci\u00f3n \u00a0provisional previa aprobaci\u00f3n del Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos \u00a0Internacionales de los bienes incautados en raz\u00f3n de su utilizaci\u00f3n para la \u00a0comisi\u00f3n de delitos de secuestro o extorsi\u00f3n o que sean producto de los mismos, \u00a0de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Conase, \u00a0estar\u00e1 a cargo del Director Operativo para la Defensa de la Libertad Personal, \u00a0quien asistir\u00e1 a sus reuniones con voz pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 4\u00ba.: \u201cDirecci\u00f3n de Fondelibertad. A trav\u00e9s del manejo de sus recursos, Fondelibertad, conforme a las disposiciones jur\u00eddicas \u00a0aplicables, realizar\u00e1 y desarrollar\u00e1 las siguientes funciones y operaciones \u00a0para la financiaci\u00f3n de las pol\u00edticas, estrategias integrales, programas, poyectos y dem\u00e1s actividades relacionadas con la lucha por \u00a0la erradicaci\u00f3n de las conductas que atentan contra la libertad personal: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Financiar o \u00a0cofinanciar los gasto de dotaci\u00f3n y funcionamiento de los Grupos de Acci\u00f3n \u00a0Unificada por la Libertad Personal, Gaula, que no \u00a0puedan ser atendidos directamente por las instituciones integrantes de los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Contribuir con los \u00a0recursos necesarios para el pago de las recompensas monetarias que podr\u00e1n \u00a0reconocerse, de acuerdo con el art\u00edculo 13 de la Ley 282 de 1996 y sus normas reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Tener a su cargo la \u00a0administraci\u00f3n y custodia de los bienes incautados en raz\u00f3n de su utilizaci\u00f3n \u00a0para la comisi\u00f3n de delitos de secuestro y extorsi\u00f3n o que sean producto de los \u00a0mismos y definir su destinaci\u00f3n provisional, de conformidad con las disposiciones \u00a0vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Contratar el seguro \u00a0colectivo a que se refiere el art\u00edculo 22 de la Ley 282 de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Atender los gastos \u00a0operativos del funcionamiento y dem\u00e1s necesarios para el cumplimiento de las \u00a0funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo Nacional de Lucha contra el \u00a0Secuestro y dem\u00e1s Atentados contra la Libertad Personal, Conase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Administrar los \u00a0recursos destinados a la financiaci\u00f3n de las funciones asignadas al Ministerio \u00a0de Defensa Nacional para la defensa de la libertad personal, que disponga la \u00a0ley o provenientes de cr\u00e9ditos, de la cooperaci\u00f3n internacional, de donaciones \u00a0legalmente aceptadas, de aportes de instituciones integrantes del Conase y, en general, de los organismos comprometidos con \u00a0la lucha por la erradicaci\u00f3n de las conductas que atenten contra la libertad \u00a0personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proveer los \u00a0recursos que faciliten el cumplimiento de todas las funciones asignadas al \u00a0Ministerio de Defensa Nacional en relaci\u00f3n con la defensa de la libertad \u00a0personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adquirir en el pa\u00eds \u00a0o en el exterior, equipos, bienes, materiales y tecnolog\u00eda necesarios para el \u00a0cumplimiento de los objetivos y operaciones del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Enajenar, vender, \u00a0realizar operaciones de mantenimiento y en general disponer de los bienes, \u00a0equipos y materiales adquiridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Contratar la \u00a0asesor\u00eda y la asistencia t\u00e9cnica nacionales o internacionales que se requieran \u00a0para atender su objeto, desarrollar sus operaciones y facilitar el cumplimiento \u00a0de los programas relacionados con la lucha por la erradicaci\u00f3n de las conductas \u00a0que atenten contra la libertad personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Celebrar los \u00a0contratos que sean necesarios para el manejo de los recursos, dentro de los \u00a0par\u00e1metros de mayor rentabilidad y seguridad de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Girar, aceptar, \u00a0endosar o negociar t\u00edtulos valores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le \u00a0asigne la ley y las reglamentaciones del Conase.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0.Obispado Castrense. Son funciones del Obispado \u00a0Castrense, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Evangelizar a los integrantes del \u00a0Sector Defensa y a sus familias para que llevando una vida aut\u00e9nticamente \u00a0cristiana sean constructores de paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Fortalecer en los integrantes de \u00a0la Fuerza P\u00fablica, el amor a la Patria para hacer realidad el esp\u00edritu de \u00a0cuerpo, de comuni\u00f3n y de participaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover, fortalecer y defender \u00a0desde el Evangelio la instituci\u00f3n familiar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer presencia en las escuelas de \u00a0formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y dem\u00e1s centros educativos de la Fuerza P\u00fablica, para \u00a0realzar los valores humanos, \u00e9ticos y cristianos en beneficio de la familia, de \u00a0la organizaci\u00f3n militar y policial y de la sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Organizar e implantar una \u00a0pastoral de solidaridad cristiana que responda a las necesidades y situaciones \u00a0por las que atraviesan los miembros de la Fuerza P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Orientar y dirigir hacia un \u00a0servicio pastoral eficiente y oportuno la Catedral Castrense. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la prestaci\u00f3n del servicio \u00a0pastoral a trav\u00e9s de personal id\u00f3neo, \u00f3ptimo y eficiente, en las unidades \u00a0militares del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar pastoralmente en los \u00a0programas sectoriales que lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y correspondan a la naturaleza del Obispado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Despacho del Viceministro \u00a0para las pol\u00edticas y asuntos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones del Despacho del \u00a0Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos Internacionales, adem\u00e1s de las \u00a0funciones contempladas en las normas vigentes, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Ministro en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edtica, objetivos estrat\u00e9gicos y sectoriales en materia de \u00a0defensa y seguridad nacional y evaluar la pol\u00edtica, objetivos estrat\u00e9gicos y \u00a0sectoriales en materia de defensa y seguridad nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar propuestas de \u00a0pol\u00edticas en materia de defensa y seguridad para consideraci\u00f3n del Ministro de \u00a0Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Ministro de Defensa \u00a0Nacional en las materias propias de las relaciones internacionales que sean de \u00a0inter\u00e9s para el Sector Defensa, en concordancia con la pol\u00edtica y directrices \u00a0que para tal efecto emitan la Presidencia de la Rep\u00fablica y el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar arm\u00f3nicamente con el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores, la negociaci\u00f3n de tratados o convenios \u00a0internacionales del Sector Defensa y dirigir el seguimiento de su desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asistir al Ministro en las \u00a0relaciones con otras entidades del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer, dirigir y hacer seguimiento \u00a0a la pol\u00edtica relacionada con la protecci\u00f3n de los derechos humanos y a la \u00a0aplicaci\u00f3n de la pol\u00edtica de derecho internacional humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer la pol\u00edtica en materia \u00a0de prevenci\u00f3n y represi\u00f3n de los delitos de impacto social, sobre todos \u00a0aquellos programas especiales que le sean encomendados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer las pol\u00edticas de \u00a0coordinaci\u00f3n y mejoramiento de la inteligencia estrat\u00e9gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas de \u00a0Defensa y Seguridad. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas de Defensa y Seguridad, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Desarrollar propuestas y opciones \u00a0de pol\u00edticas en materia de defensa y seguridad para ser presentadas por el \u00a0Viceministro a consideraci\u00f3n del Ministro de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con las diferentes \u00a0instancias del Ministerio de Defensa Nacional, la formulaci\u00f3n y desarrollo de \u00a0pol\u00edticas orientadas a fortalecer su capacidad operativa para el cumplimiento \u00a0de su misi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir la identificaci\u00f3n, el \u00a0an\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de temas y asuntos estrat\u00e9gicos que afecten la defensa y \u00a0la seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar y coordinar estudios \u00a0estrat\u00e9gicos con otras entidades del estado en materia de defensa y seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer las pol\u00edticas que se \u00a0requieran para asistir en la coordinaci\u00f3n y el mejoramiento de la inteligencia \u00a0de car\u00e1cter estrat\u00e9gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Direcci\u00f3n de Programas. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Programas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar y supervisar la \u00a0ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica y los programas que deban ser desarrollados en el \u00a0Sector Defensa para lograr los objetivos del Gobierno en materia de seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Viceministro en la \u00a0elaboraci\u00f3n del anteproyecto de presupuesto requerido para el desarrollo de la \u00a0pol\u00edtica y los programas propios del Viceministerio, y supervisar su correcta \u00a0ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y coordinar los programas \u00a0a cargo del Viceministerio, en especial los relacionados con el secuestro, la \u00a0extorsi\u00f3n, la red de cooperantes, la seguridad en carreteras, las \u00a0telecomunicaciones, y la atenci\u00f3n humanitaria al desmovilizado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y consolidar la \u00a0informaci\u00f3n que deba presentar el Viceministro, sobre el comportamiento y \u00a0efecto de la pol\u00edtica y programas adelantados de desmovilizaci\u00f3n individual, \u00a0redes de cooperantes, seguridad en carreteras y telecomunicaciones, adem\u00e1s de \u00a0los delitos y conductas criminales, en especial el secuestro y la extorsi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Conceptuar sobre la pol\u00edtica y \u00a0programas desarrollados por el Viceministerio cuando sea requerido y proponer \u00a0los proyectos de ley, directivas ministeriales o art\u00edculos pol\u00edticos que se \u00a0consideren necesarios, para la correcta ejecuci\u00f3n de los programas a cargo del \u00a0Viceministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Direcci\u00f3n de Derechos Humanos. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Derechos Humanos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Difundir en el Sector Defensa la \u00a0pol\u00edtica en materia de promoci\u00f3n, respeto y garant\u00eda de los Derechos Humanos y \u00a0de aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer para el Sector Defensa, \u00a0la pol\u00edtica relacionada con la protecci\u00f3n de los derechos humanos de las \u00a0personas que se encuentren en el territorio nacional y hacerle seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Ministro y al \u00a0Viceministro en la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas sectoriales de capacitaci\u00f3n, \u00a0protecci\u00f3n, difusi\u00f3n, respeto y defensa de los derechos fundamentales, de los \u00a0Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario en el marco de la \u00a0pol\u00edtica sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar a las entidades del Estado \u00a0competentes y a las dependencias del Ministerio de Defensa, en la labor de \u00a0defensa de los intereses institucionales ante las instancias nacionales e \u00a0internacionales de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de \u00a0conformidad con la pol\u00edtica sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proyectar y proponer los planes \u00a0de acci\u00f3n necesarios para afianzar la cultura de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario al interior de la Fuerza P\u00fablica de conformidad con \u00a0la pol\u00edtica sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Direccion de Asuntos Internacionales. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Asuntos Internacionales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer y gestionar proyectos de \u00a0cooperaci\u00f3n nacional e internacional para beneficio del Sector Defensa, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la entidad estatal encargada de canalizar dicha cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Viceministro y por su \u00a0intermedio al Ministro en las materias propias de las relaciones internacionales \u00a0que sean de inter\u00e9s para el Sector Defensa, en concordancia con la pol\u00edtica y \u00a0directrices que para tal efecto emitan la Presidencia de la Rep\u00fablica y el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar la documentaci\u00f3n \u00a0relacionada con los temas de defensa y seguridad con el fin de ser presentados \u00a0en las reuniones bilaterales o multilaterales internacionales, en los cuales \u00a0participe el Ministro de Defensa Nacional, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores y por tanto mantener un registro actualizado de los \u00a0estudios existentes sobre la situaci\u00f3n interna e internacional de los pa\u00edses \u00a0fronterizos y de aquellos que se consideren de inter\u00e9s para la pol\u00edtica \u00a0exterior del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar las reuniones \u00a0internacionales del Ministro y de los Viceministros, para el desarrollo de la \u00a0pol\u00edtica exterior en materia de defensa y seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores y las oficinas de Asuntos Internacionales de las \u00a0entidades del Estado la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior en materia de defensa \u00a0y seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Despacho del Viceministro \u00a0para la Estrategia y Planeaci\u00f3n. Son funciones del Despacho del Viceministro de Estrategia y Planeaci\u00f3n \u00a0adem\u00e1s de las funciones contempladas en las normas vigentes, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Ministro en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edtica, objetivos estrat\u00e9gicos y sectoriales en materia de \u00a0defensa y seguridad nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer la pol\u00edtica, objetivos \u00a0estrat\u00e9gicos y sectoriales en materia de defensa y seguridad nacional, que \u00a0orienten los procesos de desarrollo del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y coordinar la \u00a0formulaci\u00f3n del plan estrat\u00e9gico sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y coordinar la \u00a0formulaci\u00f3n del plan estrat\u00e9gico sectorial en tecnolog\u00eda de informaci\u00f3n y \u00a0comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir el sistema integrado de \u00a0planeamiento y programaci\u00f3n presupuestal de recursos para el funcionamiento y \u00a0la inversi\u00f3n del sector defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir la evaluaci\u00f3n de la \u00a0gesti\u00f3n y resultados del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y dirigir la \u00a0organizaci\u00f3n, verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno del \u00a0Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Orientar los estudios \u00a0estrat\u00e9gicos para el desarrollo de la pol\u00edtica de defensa y seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y dirigir la planeaci\u00f3n \u00a0log\u00edstica del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Formular las pol\u00edticas sobre \u00a0estandarizaci\u00f3n de equipos del Sector Defensa, acorde con los planes \u00a0estrat\u00e9gicos sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir la planeaci\u00f3n para la ejecuci\u00f3n \u00a0de los recursos destinados para el sector Defensa que provengan de la \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional de aquellos pa\u00edses que sostienen relaciones con \u00a0Colombia, en especial la de los Estados Unidos de Am\u00e9rica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar y orientar la \u00a0organizaci\u00f3n, desarrollo y ejecuci\u00f3n de los Fondos Especiales o Fondos Cuenta \u00a0del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Promover una organizaci\u00f3n \u00a0sist\u00e9mica para el adecuado desarrollo de la pol\u00edtica en materia de doctrina \u00a0militar y policial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Numeral modificado por el Decreto 4481 de 2008, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Proponer las compensaciones industriales que se requieran para el \u00a0Sector Defensa y efectuar su seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 14.: \u201cProponer \u00a0las compensaciones industriales que se requieran para el Sector Defensa.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de \u00a0Control Interno, adem\u00e1s de las consagradas en la Ley 87 de 1993 y dem\u00e1s \u00a0disposiciones que la modifiquen, sustituyan o adicionen, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer la pol\u00edtica, planes y \u00a0programas que apunten a una adecuada gerencia de lo p\u00fablico en el Sector \u00a0Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y acompa\u00f1ar a las \u00a0dependencias del Sector Defensa, en la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0institucional y pr\u00e1cticas gerenciales que garanticen el logro de los objetivos \u00a0institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar por intermedio del \u00a0Viceministro al Ministro de Defensa Nacional en la planeaci\u00f3n, direcci\u00f3n, \u00a0organizaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno en el Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar los programas de \u00a0auditor\u00eda interna, as\u00ed como los procedimientos y m\u00e9todos para su aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar el cumplimiento de la pol\u00edtica, \u00a0normas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del Sector \u00a0Defensa, as\u00ed como recomendar los ajustes pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Fomentar en el Sector Defensa la \u00a0cultura de gerencia p\u00fablica, autogesti\u00f3n, autocontrol y administraci\u00f3n del \u00a0riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturalezade \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Modificado por el Decreto 4481 de 2008, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Informaci\u00f3n y Tecnolog\u00eda. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Informaci\u00f3n y Tecnolog\u00eda: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar, coordinar y supervisar el cumplimiento \u00a0de los planes y programas de gesti\u00f3n de informaci\u00f3n del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la gesti\u00f3n de informaci\u00f3n del \u00a0Sistema MECI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer mecanismos que faciliten la \u00a0calidad, consistencia e intercambio de informaci\u00f3n producida por el Sector \u00a0Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar el Plan Estrat\u00e9gico de TIC del \u00a0Sector Defensa acorde con las pol\u00edticas del Coinfo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la gesti\u00f3n de procesos de la \u00a0entidad y armonizar los procesos del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar las pol\u00edticas de gobierno \u00a0electr\u00f3nico en el Sector Defensa de acuerdo con las recomendaciones del Coinfo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar en el Sector Defensa la \u00a0aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas de servicio al ciudadano de acuerdo con los \u00a0lineamientos que se\u00f1ale el Coinfo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover dentro del Sector Defensa el uso \u00a0eficiente de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas y \u00a0est\u00e1ndares definidos por el Coinfo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover la agregaci\u00f3n de demanda y de \u00a0servicios de TIC del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Articular el presupuesto de inversi\u00f3n y \u00a0gastos generales del Sector Defensa asociado a los TIC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar la gesti\u00f3n de riesgo inform\u00e1tico \u00a0del Sector Defensa acorde con las pol\u00edticas de Coinfo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Proponer la pol\u00edtica de Ciencia, \u00a0Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n y de Propiedad Intelectual para el desarrollo del \u00a0Sistema de Ciencia y Tecnolog\u00eda del Sector Defensa, coordinando su aplicaci\u00f3n \u00a0en los proyectos de Investigaci\u00f3n y Desarrollo Tecnol\u00f3gico correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Planear, fomentar, gestionar y evaluar los \u00a0procesos de creaci\u00f3n, desarrollo, transferencia, adquisici\u00f3n y uso de \u00a0tecnolog\u00edas, para el logro de los objetivos estrat\u00e9gicos y operacionales del \u00a0Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dise\u00f1ar el Plan Estrat\u00e9gico de \u00a0Investigaci\u00f3n y Desarrollo Tecnol\u00f3gico del Sector Defensa y hacerle seguimiento \u00a0a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Asesorar a las Entidades y dependencias \u00a0del Sector Defensa que lo requieran, para la creaci\u00f3n de los Centros y Grupos \u00a0de Investigaci\u00f3n de acuerdo con lo estipulado por el Sistema Nacional de \u00a0Ciencia y Tecnolog\u00eda y la articulaci\u00f3n dentro del sistema de los grupos ya \u00a0existentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Asesorar a las dependencias y a las \u00a0entidades descentralizadas adscritas y vinculadas al Ministerio de Defensa \u00a0Nacional en la contrataci\u00f3n de tecnolog\u00edas as\u00ed como en las trasferencias \u00a0tecnol\u00f3gicas recibidas a trav\u00e9s de las compensaciones industriales offsets. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Coordinar con las dependencias encargadas \u00a0de la capacitaci\u00f3n del Sector Defensa, los programas de capacitaci\u00f3n en las \u00a0l\u00edneas estrat\u00e9gicas de investigaci\u00f3n que se requieran y gestionar la \u00a0financiaci\u00f3n para los proyectos de Investigaci\u00f3n y Desarrollo Tecnol\u00f3gico del \u00a0Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Gestionar a nivel regional la integraci\u00f3n \u00a0de comit\u00e9s Universidad-Empresa-Estado con el fin de involucrar en los proyectos \u00a0de Investigaci\u00f3n y Desarrollo Tecnol\u00f3gico del Sector Defensa, las capacidades \u00a0nacionales en Investigaci\u00f3n Cient\u00edfica y en Infraestructura Empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Ejercer las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 13.: \u201cDirecci\u00f3n de Gestion de Informaci\u00f3n y Tecnolog\u00eda. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Informaci\u00f3n y Tecnolog\u00eda, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar, coordinar y \u00a0supervisar el cumplimiento de los planes y programas de gesti\u00f3n de informaci\u00f3n \u00a0del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la \u00a0gesti\u00f3n de informaci\u00f3n del sistema MECI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer \u00a0mecanismos que faciliten la calidad, consistencia e intercambio de informaci\u00f3n \u00a0producida por el Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar el Plan \u00a0Estrat\u00e9gico de TIC\u2019s del Sector Defensa acorde con \u00a0las pol\u00edticas de COINFO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la \u00a0gesti\u00f3n de los procesos de la entidad y armonizar los procesos del sector \u00a0defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar las \u00a0pol\u00edticas de gobierno electr\u00f3nico en el Sector Defensa de acuerdo con las \u00a0recomendaciones de COINFO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar en el \u00a0Sector Defensa la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas de servicio al ciudadano de \u00a0acuerdo con los lineamientos que se\u00f1ale el COINFO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover dentro del \u00a0Sector Defensa el uso eficiente de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la \u00a0aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas y est\u00e1ndares definidos por COINFO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover la \u00a0agregaci\u00f3n de demanda y de servicios de TIC\u2019s del \u00a0Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Articular el presupuesto \u00a0de inversi\u00f3n y gastos generales del Sector Defensa asociado a los TIC\u2019s. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar la \u00a0gesti\u00f3n de riesgo inform\u00e1tico del Sector Defensa acorde con las pol\u00edticas de COINFO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Ejercer las dem\u00e1s \u00a0funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcci\u00f3n de Proyectos \u00a0Especiales. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Proyectos Especiales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Velar por la debida ejecuci\u00f3n de 1os proyectos especiales de cooperaci\u00f3n nacional e internacional \u00a0para beneficio del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Consolidar la informaci\u00f3n de los \u00a0convenios de cooperaci\u00f3n nacional e internacional del Sector Defensa, incluidos \u00a0los existentes y hacer seguimiento a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Gerenciar, coordinar y hacer \u00a0seguimiento al debido desarrollo del planeamiento para la ejecuci\u00f3n de los \u00a0recursos destinados para el Sector Defensa que provengan de la Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional de aquellos pa\u00edses que sostienen relaciones con Colombia, en \u00a0especial la de los Estados Unidos de Am\u00e9rica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Gerenciar y coordinar los \u00a0proyectos especiales que se adelanten en el Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Presupuestaci\u00f3n del Sector Defensa. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n y Presupuestaci\u00f3n del Sector Defensa, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Numeral modificado por el Decreto 4481 de 2008, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Dirigir la gesti\u00f3n de planeamiento al interior del Sector Defensa \u00a0en la adopci\u00f3n de herramientas e instrumentos que permitan el afianzamiento del \u00a0pensamiento estrat\u00e9gico, la administraci\u00f3n de recursos y la articulaci\u00f3n del \u00a0planeamiento operativo con el log\u00edstico as\u00ed como proponer y acompa\u00f1ar las \u00a0negociaciones de las compensaciones industriales que se requieran para el \u00a0Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 1.: \u201cDirigir \u00a0la gesti\u00f3n de planeamiento al interior del Sector Defensa, en la adopci\u00f3n de \u00a0herramientas e instrumentos que permitan el afianzamiento del pensamiento \u00a0estrat\u00e9gico, la administraci\u00f3n de recursos y la articulaci\u00f3n del planeamiento \u00a0operativo con el log\u00edstico.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y desarrollar \u00a0el sistema integrado de planeamiento, y programaci\u00f3n presupuestal de recursos \u00a0para el funcionamiento y la inversi\u00f3n del Sector Defensa, desde la \u00f3ptica \u00a0anal\u00edtica de las necesidades y proyecciones de las instituciones que lo \u00a0integran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la elaboraci\u00f3n del \u00a0anteproyecto de presupuesto de las dependencias del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional incluidas las Fuerzas Militares y la Polic\u00eda Nacional, integrado por \u00a0los recursos de funcionamiento y de inversi\u00f3n de sus diferentes secciones \u00a0presupuestales en el marco de las estrategias sectoriales, as\u00ed como las \u00a0modificaciones presupuestales que se requieran, gestionando ante las instancias \u00a0competentes su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y controlar la evaluaci\u00f3n \u00a0de la gesti\u00f3n y resultados del Sector de Defensa Nacional, mediante la \u00a0utilizaci\u00f3n de herramientas metodol\u00f3gicas que se consideren pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Ministro de Defensa \u00a0Nacional por intermedio del Viceministro para la Estrategia y Planeaci\u00f3n, en la \u00a0formulaci\u00f3n de objetivos estrat\u00e9gicos, sectoriales y pol\u00edticas que orienten los \u00a0procesos de desarrollo de defensa y seguridad en el mediano y largo plazo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir el sistema de informaci\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gicas para el desarrollo de los procesos de planeamiento y toma de \u00a0decisi\u00f3n del sector defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Consolidar la informaci\u00f3n \u00a0estad\u00edstica que alimenta los procesos de planeamiento del Sector de Defensa \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer la pol\u00edtica para el cumpllimiento de la funci\u00f3n legal de la Fuerza P\u00fablica en \u00a0relaci\u00f3n con el Medio Ambiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar el manual de procesos y \u00a0procedimientos de la Unidad de Gesti\u00f3n General, con el fin de racionalizar la \u00a0gesti\u00f3n y los recursos de la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Formular y coordinar la \u00a0elaboraci\u00f3n de los proyectos de inversi\u00f3n de las dependencias y entidades que \u00a0conforman el Sector Defensa, evaluarlos a trav\u00e9s del filtro t\u00e9cnico que \u00a0corresponda y adelantar la actuaci\u00f3n administrativa que corresponda para su \u00a0inscripci\u00f3n en el Banco de programas y proyectos de inversi\u00f3n nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Direcci\u00f3n de Estudios \u00a0Sectoriales. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Estudios Sectoriales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir los estudios conducentes al \u00a0dise\u00f1o de los planes estr\u00e1tegicos sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir la elaboraci\u00f3n de \u00a0estudios que permitan desarrollar la pol\u00edtica para la defensa de la soberan\u00eda, \u00a0la independencia, la integridad territorial, la seguridad y tranquilidad \u00a0p\u00fablicas, as\u00ed como para el mantenimiento del orden constitucional y la \u00a0convivencia democr\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir los estudios necesarios \u00a0para coadyuvar al mantenimiento de la paz y la tranquilidad de todas las \u00a0personas que se encuentran en el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir los an\u00e1lisis de \u00a0estimaciones de capacidades sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda \u00a0General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edtica, normas y procedimientos para la administraci\u00f3n de \u00a0recursos humanos, f\u00edsicos, econ\u00f3micos y financieros del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por la debida aplicaci\u00f3n del \u00a0sistema de desarrollo administrativo relacionado con la pol\u00edtica, estrategias, \u00a0metodolog\u00edas, t\u00e9cnicas y mecanismos de car\u00e1cter administrativo y organizacional \u00a0para la gesti\u00f3n y el manejo del talento humano, prestaciones sociales y de los \u00a0recursos t\u00e9cnicos, materiales, f\u00edsicos y financieros de la gesti\u00f3n general del \u00a0Ministerio, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempe\u00f1o \u00a0institucional, de conformidad con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir la pol\u00edtica para el \u00a0desarrollo de los programas de bienestar social dirigidos a los veteranos de la \u00a0Fuerza P\u00fablica as\u00ed como a los soldados y auxiliares bachilleres de la Polic\u00eda \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir, coordinar y controlar \u00a0las actuaciones relativas a la participaci\u00f3n ciudadana, la atenci\u00f3n al ciudadano \u00a0y la gesti\u00f3n documental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Liderar y coordinar el \u00a0desarrollo, implementaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de lucha contra la \u00a0corrupci\u00f3n en coordinaci\u00f3n con la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con la Oficina de \u00a0Control Disciplinario Interno la formulaci\u00f3n de pol\u00edtica, planes y programas de \u00a0capacitaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n sobre el r\u00e9gimen disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Convocar y presidir el Tribunal \u00a0M\u00e9dico Laboral de Revisi\u00f3n Militar y de Polic\u00eda Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir, coordinar y controlar \u00a0los procesos de contrataci\u00f3n centralizada para la adquisi\u00f3n \u00a0de bienes y servicios, as\u00ed como los de la Unidad de Gesti\u00f3n General del Minsiterio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Velar por el cumplimiento de las \u00a0funciones de defensa judicial, t\u00e9cnicas y tecnol\u00f3gicas de la Gesti\u00f3n General \u00a0del Ministerio y coordinar la actividad de sus distintas dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejecutar las operaciones \u00a0relacionadas con el Fondo de Bienestar y Recreaci\u00f3n del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional y de las Fuerzas Militares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir, coordinar y controlar \u00a0las actividades requeridas para la consolidaci\u00f3n de los estados financieros y \u00a0cuentas fiscales que elaboren las unidades ejecutoras del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir y coordinar la difusi\u00f3n, \u00a0a las unidades ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional, de las normas \u00a0relacionadas en materia financiera, contable y fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir el dise\u00f1o metodol\u00f3gico \u00a0de las actividades de investigaci\u00f3n, normalizaci\u00f3n y estandarizaci\u00f3n de las \u00a0normas t\u00e9cnicas requeridas en el Sector Defensa para la adquisi\u00f3n \u00a0de bienes y servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Asistir al Ministro en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas en materia de salud para el Sistema de salud de las \u00a0Fuerzas Militares y la Polic\u00eda Nacional y verificar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Proponer la pol\u00edtica para la \u00a0administraci\u00f3n y manejo de los inmuebles del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir y coordinar la \u00a0orientaci\u00f3n jur\u00eddica de los pronunciamientos sobre las materias propias del \u00a0Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Numeral modificado por el Decreto 4481 de 2008, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Negociar las compensaciones industriales del Sector Defensa cuando \u00a0a ello haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 17.: \u201cNegociar \u00a0las compensaciones industriales que surjan de los procesos de contrataci\u00f3n \u00a0centralizada.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Se debe entender como \u00a0Unidad de Gesti\u00f3n General del Ministerio de Defensa Nacional, la Unidad \u00a0Ejecutora que abarca los despachos del Ministro, del Viceministro, de la \u00a0Secretaria General, as\u00ed como las Oficinas, Direcciones y dem\u00e1s dependencias del \u00a0Ministerio de Defensa Nacional que no hayan sido consideradas por la ley como \u00a0Secci\u00f3n Presupuestal o Unidades Ejecutoras Especiales y que no se encuentren \u00a0comprendidas dentro de ninguna de estas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Oficina de Control \u00a0Disciplinario Interno. Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno adem\u00e1s de \u00a0las se\u00f1aladas en las disposiciones legales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Definir la pol\u00edtica para la \u00a0creaci\u00f3n de estrategias que fomenten la conducta \u00e9tica y permitan la adecuada \u00a0prestaci\u00f3n del servicio de los servidores p\u00fablicos civiles y no uniformados del \u00a0Ministerio, en cumplimiento de sus funciones y coordinar el dise\u00f1o de programas \u00a0para la prevenci\u00f3n de las faltas disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Decidir sobre la procedencia o no \u00a0de la indagaci\u00f3n preliminar, la investigaci\u00f3n disciplinaria, la formulaci\u00f3n de \u00a0cargos y su archivo provisional o definitivo, observando las normas legales \u00a0vigentes y los principios que rigen el procedimiento disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Conocer y fallar en primera \u00a0instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra todos los \u00a0funcionarios o exfuncionarios p\u00fablicos que no gozan de fuero especial y que se \u00a0encuentran al servicio del Ministerio de Defensa Nacional en forma permanente o \u00a0transitoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar en primera instancia \u00a0los procesos verbales por faltas disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Decidir los recursos de \u00a0reposici\u00f3n y comunicar a la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n sobre el \u00a0resultado de la irvestigaci\u00f3n disciplinaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Imponer las sanciones a que haya \u00a0lugar seg\u00fan las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proyectar las providencias \u00a0mediante las cuales se acojan desiciones ordenadas \u00a0por la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar informes de sus \u00a0actuaciones a la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n cuando esta lo requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Enviar a la Procuradur\u00eda Genera1 de la Naci\u00f3n las investigaciones que esta deba \u00a0asumir en virtud de la competencia preferente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar los procesos \u00a0disciplinarios que de conformidad con lo preceptuado en el C\u00f3digo Unico Disciplinario vigente sean recibios \u00a0por parte de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Remitir las investigaciones a 1os organismos o entidades judiciales cuando haya m\u00e9rito \u00a0para ello. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Mantener un control, registro y \u00a0actualizaci\u00f3n de los procesos disciplinarios adelantados en el Ministerio de \u00a0Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Recopilar y mantener actualizada \u00a0la normatividad disciplinaria y divulgarla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Oficina de Normas T\u00e9cnicas. Son funciones de la oficina de \u00a0Normas T\u00e9cnicas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar las normas t\u00e9cnicas de \u00a0material de guerra e intendencia que deben ser adquiridos por la Fuerza \u00a0P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar el dise\u00f1o \u00a0metodol\u00f3gico de las actividades de investigaci\u00f3n, normalizaci\u00f3n y \u00a0estandarizaci\u00f3n, para implementar el sistema de aseguramiento de la calidad en \u00a0apoyo de la funci\u00f3n de adquisiciones de bienes y servicios de la Fuerza \u00a0P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar para aprobaci\u00f3n del \u00a0Comit\u00e9 Directivo, el informe que contenga las normas t\u00e9cnicas del Ministerio de \u00a0Defensa y normas nacionales aplicables a la Fuerza P\u00fablica, actuando como \u00a0Secretario del Comit\u00e9 Directivo de Normalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar los proyectos de normas \u00a0t\u00e9cnicas y adecuarlas a los procesos de adquisici\u00f3n del Ministerio de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Desarrollar y controlar las \u00a0actividades que haya definido el Comit\u00e9 Directivo de Normalizaci\u00f3n T\u00e9cnica y \u00a0participar en el programa de aseguramiento de la Calidad en Compras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en el desarrollo de la \u00a0investigaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica en el Ministerio de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Direcci\u00f3n de Asuntos Legales. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Asuntos Legales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro, \u00a0Viceministros y Secretario General en los asuntos jur\u00eddicos relacionados con \u00a0las funciones a cargo del Sector Defensa, incluidos los asuntos en materia \u00a0contractual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Conceptuar y revisar aquellos \u00a0actos administrativos que sean sometidos a su consideraci\u00f3n y deba suscribir el \u00a0Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar y coordinar la \u00a0elaboraci\u00f3n de proyectos de decreto del Sector Defensa, que le solicite el \u00a0Ministro, los Viceministros y el Secretario General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar los proyectos de ley de \u00a0iniciativa ministerial que le sean solicitados por el Ministro, los \u00a0Viceministros y el Secretario General, que deban ser presentados al Congreso, \u00a0as\u00ed como las exposiciones de motivos respectivas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar y tramitar la oportuna \u00a0respuesta a los derechos de petici\u00f3n sobre los temas de su competencia, \u00a0especialmente los del Despacho del Ministro, Viceministros y Secretar\u00eda \u00a0General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y ejecutar la formulaci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica sobre control, administraci\u00f3n, preservaci\u00f3n y racionalizaci\u00f3n en \u00a0el uso de los bienes inmuebles destinados al Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Controlar la administraci\u00f3n de \u00a0los bienes decomisados destinados a la Fuerza P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar la compilaci\u00f3n y \u00a0actualizaci\u00f3n de la jurisprudencia y de las normas legales y administrativas \u00a0que regulan las funciones de las entidades y dependencias que integran el \u00a0Sector Defensa, y velar por su adecuada difusi\u00f3n y aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir la atenci\u00f3n de los \u00a0procesos judiciales y administrativos y las conciliaciones en que la \u00a0Naci\u00f3n-Ministerio de Defensa Nacional sea parte y promover las acciones legales \u00a0para proteger los intereses de la misma, previa delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir y coordinar el proceso \u00a0administrativo para el tr\u00e1mite de las cuentas de cobro derivadas de las \u00a0conciliaciones y sentencias proferidas en contra del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional, sustanciarlas, liquidarlas y efectuar las coordinaciones requeridas \u00a0para la contabilizaci\u00f3n y pago de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir la atenci\u00f3n de los \u00a0procesos civiles, laborales, policivos y penales mediante la constituci\u00f3n de \u00a0parte civil en los delitos contra la administraci\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir y coordinar la atenci\u00f3n \u00a0de los procesos internacionales en que tenga inter\u00e9s el Ministerio de Defensa \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar y tramitar los \u00a0recursos, revocatorias directas, consultas y dem\u00e1s acciones jur\u00eddicas \u00a0relacionadas con la administraci\u00f3n de personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir las respuestas a las \u00a0acciones constitucionales instauradas en materias de inter\u00e9s del Ministerio de \u00a0Defensa Nacional, as\u00ed como dar traslado de las acciones de tutela al competente \u00a0de acuerdo con su especialidad y en caso necesario presentar impugnaciones de \u00a0los fallos de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dirigir el desarrollo de todas \u00a0las actividades tendientes al cobro de cr\u00e9ditos a favor de la Naci\u00f3n &#8211; \u00a0Ministerio de Defensa Nacional, de conformidad con las normas que rigen la \u00a0jurisdicci\u00f3n coactiva previo su cobro persuasivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Tramitar el llamamiento en \u00a0garant\u00eda y las acciones de repetici\u00f3n a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Asesorar al Ministro de Defensa \u00a0Nacional, Comandante General de las Fuerzas Militares y Comandantes de Fuerza \u00a0en la prevenci\u00f3n del da\u00f1o antijur\u00eddico y otorgar capacitaci\u00f3n sobre el mismo \u00a0tema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Direcci\u00f3n de Finanzas. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Finanzas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dictar para el Sector Defensa la \u00a0pol\u00edtica y estrategias presupuestales, contables, de tesorer\u00eda y en general en \u00a0materia financiera y velar por el cumplimiento de las mismas en las Unidades \u00a0Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Consolidar los estados \u00a0financieros y cuentas fiscales que elaboran las Unidades Ejecutoras, del \u00a0Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar y capacitar a todas las \u00a0unidades ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional, en asuntos financieros, \u00a0relacionados con la ejecuci\u00f3n y contabilizaci\u00f3n del presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Difundir las normas relacionadas \u00a0en materia financiera, contable y fiscal, as\u00ed como establecer procedimientos \u00a0financieros para proteger los fondos y bienes del Estado, a las Unidades \u00a0Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar los informes \u00a0consolidados de orden financiero de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de \u00a0Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Consolidar en materia \u00a0presupuestal el cierre de vigencia fiscal de las Unidades Ejecutoras del \u00a0Ministerio de Defensa Nacional, reportando a los Entes Externos pertinentes la \u00a0ejecuci\u00f3n acumulada y constituci\u00f3n del rezago presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Aprobar desde el punto de vista \u00a0presupuestal, a los documentos producidos por las Unidades Ejecutoras en las \u00a0diferentes etapas del proceso de contrataci\u00f3n centralizada, as\u00ed como de los \u00a0procesos financiados con recursos de Cr\u00e9dito Externo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Controlar presupuestalmente \u00a0los Programas de Ventas Militares del Extranjero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y desarrollar el \u00a0seguimiento y an\u00e1lisis a los estados contables del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar, dirigir y controlar \u00a0el proceso de saneamiento contable en el Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar el desarrollo del \u00a0proceso requerido para las donaciones con destino al Ministerio de Defensa \u00a0Nacional y ejercer el control contable que corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ejercer el control contable de \u00a0los recursos provenientes de programas de ayuda nacional o internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Administrar el Programa Anual \u00a0Mensualizado de Caja, PAC, de cada una de las Unidades Ejecutoras del \u00a0Ministerio de Defensa Nacional, teniendo en cuenta la normatividad legal \u00a0vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Controlar el recaudo de la Cuota \u00a0de Compensaci\u00f3n Militar y la ejecuci\u00f3n de los recursos del Fondo de Defensa \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar el proceso de \u00a0depuraci\u00f3n en materia de Reintegros e Ingresos a la Naci\u00f3n a nivel de Unidad \u00a0Ejecutora con la Direcci\u00f3n General del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Ejercer la representaci\u00f3n del Organo Ejecutor ante la organizaci\u00f3n del Sistema Integrado \u00a0de Informaci\u00f3n Financiera SIIF Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir y coordinar las acciones \u00a0tendientes a la conexi\u00f3n de las Unidades fuera de l\u00ednea, de las Unidades \u00a0Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional, al Sistema Integrado de \u00a0Informaci\u00f3n Financiera SIIF Naci\u00f3n e igualmente, \u00a0garantizar un eficaz y eficiente soporte funcional y t\u00e9cnico del Sistema SIIF en el Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de su dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Direcci\u00f3n Administrativa. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Secretario General y \u00a0por su intermedio al Ministro en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y \u00a0procedimientos para la administraci\u00f3n del talento humano, los recursos f\u00edsicos \u00a0y financieros de la Unidad de Gesti\u00f3n General del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y controlar \u00a0los procesos de la administraci\u00f3n del talento humano, los recursos f\u00edsicos y \u00a0financieros, garantizando el apoyo necesario para el funcionamiento de la \u00a0unidad de Gesti\u00f3n General del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Programar y adelantar los procesos \u00a0de licitaci\u00f3n, contrataci\u00f3n, adquisici\u00f3n, almacenamiento y custodia de los \u00a0bienes y materiales de la Unidad de Gesti\u00f3n General del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y controlar la prestaci\u00f3n \u00a0de los servicios generales requeridos para el funcionamiento de la unidad \u00a0Gesti\u00f3n General, incluido el archivo general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Administrar la planta de personal \u00a0de la unidad Gesti\u00f3n General del Ministerio, bajo la direcci\u00f3n de la Secretar\u00eda \u00a0General y recomendar programas de distribuci\u00f3n o redistribuci\u00f3n de los cargos y \u00a0de ubicaci\u00f3n del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir la actualizaci\u00f3n del \u00a0manual de funciones y competencias laborales de los diferentes empleos de la \u00a0Gesti\u00f3n General, de acuerdo con las pol\u00edticas del Ministerio y las normas \u00a0legales vigentes establecidas sobre estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y coordinar lo \u00a0relacionado con las comisiones de servicio de los funcionarios de la Unidad \u00a0Gesti\u00f3n General del Ministerio de conformidad con las normas vigentes sobre la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Direcci\u00f3n de Contrataci\u00f3n \u00a0Estatal. Son funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n de Contrataci\u00f3n Estatal, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Numeral modificado por el Decreto 4481 de 2007, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. Coordinar e impulsar la estructuraci\u00f3n de los procesos de compra \u00a0homogenizados, en coordinaci\u00f3n con el Comando General de las Fuerzas Militares, \u00a0las Fuerzas Militares, la Polic\u00eda Nacional, la Unidad de Gesti\u00f3n General, as\u00ed \u00a0como negociar con el apoyo de la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Presupuestaci\u00f3n \u00a0del Sector Defensa, las compensaciones industriales del Sector cuando a ello \u00a0haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 1.: \u201cCoordinar \u00a0e impulsar la estructuraci\u00f3n de los procesos de compra homogenizados, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Comando General, las Fuerzas Militares y la Polic\u00eda \u00a0Nacional.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y ejecutar en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Comando General, las Fuerzas Militares y la Polic\u00eda \u00a0Nacional, el desarrollo de los procesos de contrataci\u00f3n centralizada para la \u00a0adquisici\u00f3n de bienes y servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Velar por el cumplimiento de las \u00a0normas vigentes en materia de contrataci\u00f3n estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir la elaboraci\u00f3n de los \u00a0documentos para cumplir requisitos de efectividad de los empr\u00e9stitos a cargo \u00a0del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Formular las recomendaciones al Comit\u00e9 \u00a0de Seguimiento a la Contrataci\u00f3n del Ministerio de Defensa Nacional y velar por \u00a0su difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Emitir los conceptos que le sean \u00a0solicitados en las materias de competencia de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Direcci\u00f3n de Veteranos y \u00a0Bienestar Sectorial. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Veteranos y Bienestar Sectorial, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer la pol\u00edtica y \u00a0desarrollar los programas de orden social, para el mejoramiento de la calidad \u00a0de vida de los Veteranos de la Fuerza P\u00fablica y Soldados de las Fuerzas \u00a0Militares y Auxiliares Bachilleres de Polic\u00eda y hacer su seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la pol\u00edtica para el \u00a0reconocimiento y pago de las prestaciones sociales de los miembros de las \u00a0Fuerzas Militares y de los empleados p\u00fablicos no uniformados del Ministerio de \u00a0Defensa Nacional, as\u00ed como desarrollar el procedimiento administrativo \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Centralizar la informaci\u00f3n sobre \u00a0los veteranos de la Fuerza P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer la pol\u00edtica en materia \u00a0de salud para el Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y la Polic\u00eda \u00a0Nacional, y hacerle seguimiento a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejercer las dem\u00e1s funciones que \u00a0le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Derogado por el Decreto 4481 de 2008, \u00a0art\u00edculo 11. Direcci\u00f3n Ejecutiva del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones de la Direcci\u00f3n Ejecutiva del Grupo \u00a0Social Empresarial del Sector Defensa, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro de Defensa Nacional en la \u00a0emisi\u00f3n de la pol\u00edtica en relaci\u00f3n con las Entidades Descentralizadas, \u00a0adscritas y vinculadas del Sector Defensa, en armon\u00eda con los programas de \u00a0gobierno y pol\u00edticas estatales y en coordinaci\u00f3n con las pol\u00edticas del Comando \u00a0General de las Fuerzas Militares, los Comandos de Fuerza y Direcci\u00f3n General de \u00a0la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y hacer seguimiento en el planeamiento \u00a0estrat\u00e9gico gerencial de las entidades descentralizadas, adscritas y vinculadas \u00a0del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la pol\u00edtica de planeaci\u00f3n y programaci\u00f3n de \u00a0las entidades descentralizadas, adscritas y vinculadas del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar, evaluar la pol\u00edtica y hacer seguimiento \u00a0a la administraci\u00f3n y direcci\u00f3n del C\u00edrculo de Suboficiales de las Fuerzas \u00a0Militares, en los t\u00e9rminos y para los efectos de los decretos 1826 de 1962, 1132 de 1963 y 1083 de 1987 y normas que los modifiquen o adicionen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Evaluar la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica gerencial de \u00a0planeaci\u00f3n y programaci\u00f3n gerencial en las entidades descentralizadas, \u00a0adscritas y vinculadas del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por que las actividades que desarrollen las \u00a0entidades descentralizadas, adscritas y vinculadas del Sector Defensa, \u00a0mantengan unidad de prop\u00f3sito, sin perjuicio de las potestades de decisi\u00f3n que \u00a0de acuerdo con las disposiciones vigentes les correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar, orientar, controlar y evaluar la gesti\u00f3n \u00a0de las entidades descentralizadas, adscritas y vinculadas del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Velar por la integraci\u00f3n de un registro de \u00a0informaci\u00f3n actualizado, en el que conste la representaci\u00f3n del Ministro de \u00a0Defensa Nacional en las Juntas o Consejos Directivos de las entidades \u00a0descentralizadas, adscritas y vinculadas del Sector Defensa, as\u00ed como las actas \u00a0en orden consecutivo por entidad, de tal manera que permitan su adecuado \u00a0seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y \u00a0que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Transitorio. Los asuntos que se encuentren a \u00a0cargo de la Oficina del Comisionado Nacional para la Polic\u00eda a la fecha de \u00a0publicaci\u00f3n del presente decreto, ser\u00e1n asumidos por las dependencias que se \u00a0indican a continuaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Los procesos judiciales en curso \u00a0y actuaciones administrativas, por la Direcci\u00f3n de Asuntos Legales de la Unidad \u00a0de Gesti\u00f3n General del Ministerio de Defensa Nacional, para el tr\u00e1mite que corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Los archivos por el Grupo de \u00a0Archivo General de la Unidad de Gesti\u00f3n General del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Los bienes por el Grupo \u00a0Adquisiciones y Servicios de la Unidad de Gesti\u00f3n General del Ministerio de \u00a0Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las actuaciones financieras, \u00a0presupuestales, contables y de tesorer\u00eda, por la Direcci\u00f3n de Finanzas de la \u00a0Unidad de Gesti\u00f3n General del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Los contratos de seguro sobre los \u00a0bienes ser\u00e1n transferidos a la Unidad de Gesti\u00f3n General del Ministerio de \u00a0Defensa Nacional, as\u00ed como los dem\u00e1s que no puedan ser dados por terminados y \u00a0liquidados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Transitorio. Los empleados que desempe\u00f1en \u00a0cargos de manejo y confianza y los responsables de los archivos de la Oficina \u00a0del Comisionado Nacional para la Polic\u00eda, deber\u00e1n rendir las correspondientes \u00a0cuentas fiscales e inventarios y efectuar la entrega de los bienes y archivos a \u00a0su cargo, de conformidad con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Adopci\u00f3n de la planta de personal \u00a0del Ministerio de Defensa Nacional. De conformidad con la estructura prevista en el presente decreto, el \u00a0Gobierno Nacional proceder\u00e1 a modificar la Planta de Personal del Ministerio de \u00a0Defensa Nacional, dentro de los sesenta (60) d\u00edas siguientes a la publicaci\u00f3n \u00a0del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Atribuciones de los \u00a0funcionarios de la planta actual. Los funcionarios de la Planta de Personal actual de la Unidad Gesti\u00f3n \u00a0General del Ministerio de Defensa Nacional continuar\u00e1n ejerciendo las funciones \u00a0a ellos asignadas hasta tanto sea establecida la nueva Planta de Personal, de \u00a0conformidad con el art\u00edculo anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Vigencia. El presente decreto rige a partir \u00a0de la fecha de su publicaci\u00f3n, deroga los art\u00edculos del 8\u00b0 al 13 y 83 del Decreto 1512 de 2000, \u00a0los art\u00edculos 2\u00b0 al 15 del Decreto 049 de 2003, \u00a0y las dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 17 de \u00a0agosto de 2007. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oscar Iv\u00e1n Zuluaga Escobar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Manuel Santos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 3123 DE 2007 \u00a0 \u00a0 (agosto 17) \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se \u00a0dictan otras disposiciones \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el Decreto 4890 de 2011, \u00a0art\u00edculo 38. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Modificado por el Decreto 4320 de 2010 \u00a0y por el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[61],"tags":[],"class_list":["post-40295","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2007"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/40295","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=40295"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/40295\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=40295"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=40295"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=40295"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}