{"id":40450,"date":"2023-07-28T16:03:47","date_gmt":"2023-07-28T16:03:47","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-4181-de-2007\/"},"modified":"2023-07-28T16:03:47","modified_gmt":"2023-07-28T16:03:47","slug":"decreto-4181-de-2007","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-4181-de-2007\/","title":{"rendered":"DECRETO 4181 DE 2007"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4181 DE \u00a02007 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(octubre 29) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea la Comisi\u00f3n Intersectorial para el Avance de la \u00a0Poblaci\u00f3n Afrocolombiana, Palenquera \u00a0y Raizal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Ver Decreto 1066 de 2015 \u00a0&#8211; Decreto \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector Administrativo del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 4401 de 2008. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y \u00a0legales, en especial las conferidas en el art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Estado \u00a0colombiano, mediante la Ley 22 de 1981, aprob\u00f3 \u00a0la Convenci\u00f3n Internacional sobre la eliminaci\u00f3n de todas las formas de \u00a0discriminaci\u00f3n racial y comparte las recomendaciones de la Tercera Conferencia \u00a0Mundial contra el Racismo, realizada en Durban, Sud\u00e1frica, en el 2001, en las \u00a0cuales se pide a los Estados implementar un Programa que involucre aspectos \u00a0b\u00e1sicos como salud, educaci\u00f3n, vivienda y servicios p\u00fablicos, generaci\u00f3n de \u00a0empleo e ingresos a favor de las poblaciones discriminadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en septiembre de \u00a02004, el Consejo Nacional de Pol\u00edtica Econ\u00f3mica y Social adopt\u00f3 el Documento \u00a0CONPES 3310 sobre Acci\u00f3n Afirmativa para la Poblaci\u00f3n Afrocolombiana, \u00a0con el prop\u00f3sito de implementar medidas urgentes y prioritarias para atenuar y \u00a0combatir la precariedad econ\u00f3mica y social de dicha poblaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que Colombia ha \u00a0ratificado los ocho (8) Convenios fundamentales de la OIT, en particular el \u00a0Convenio relativo a la discriminaci\u00f3n en materia de empleo y ocupaci\u00f3n, con \u00a0base en el cual se deben fomentar las condiciones laborales igualitarias para \u00a0toda la poblaci\u00f3n colombiana; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que se hace necesario \u00a0crear una instancia que coordine, oriente y haga recomendaciones dirigidas al \u00a0avance de la poblaci\u00f3n Afrocolombiana, Palenquera y Raizal en los campos econ\u00f3mico y social y en \u00a0la protecci\u00f3n efectiva de sus derechos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Creaci\u00f3n de la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial para el Avance de la Poblaci\u00f3n Afrocolombiana, \u00a0Palenquera y Raizal. Cr\u00e9ase una comisi\u00f3n Intersectorial que se \u00a0denominar\u00e1 \u201cComisi\u00f3n Intersectorial para el Avance de la Poblaci\u00f3n Afrocolombiana, Palenquera y \u00a0Raizal\u201d, con el objetivo de evaluar las condiciones de vida de la poblaci\u00f3n Afrocolombiana, Palenquera y \u00a0Raizal y presentar al Gobierno Nacional las recomendaciones tendientes a la \u00a0superaci\u00f3n de las barreras que impiden el avance de dicha poblaci\u00f3n, en \u00a0particular de las mujeres y de los ni\u00f1os, en los campos econ\u00f3micos y social, \u00a0as\u00ed como la protecci\u00f3n y realizaci\u00f3n efectiva de sus derechos civiles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para el cumplimiento del \u00a0anterior objetivo, la Comisi\u00f3n podr\u00e1 apoyarse en la Academia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 4401 de 2008, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Integraci\u00f3n. La Comisi\u00f3n Intersectorial para el Avance de la \u00a0Poblaci\u00f3n Afrocolombiana, Palenquera \u00a0y Raizal estar\u00e1 conformada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El Vicepresidente de la Rep\u00fablica, quien la \u00a0preside; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El Ministro del Interior y de Justicia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) El Ministro de Relaciones Exteriores; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) El Ministro de Comercio, Industria y \u00a0Turismo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) El Ministro de Educaci\u00f3n Nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) El Ministro de Cultura; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) El Director del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) El Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) El Director de la Agencia Presidencial para \u00a0la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n Internacional, Acci\u00f3n Social; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) El Director del Programa Presidencial de \u00a0Promoci\u00f3n, Respeto y Garant\u00eda de los Derechos Humanos y de Aplicaci\u00f3n del \u00a0Derecho Internacional Humanitario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) El Director de Asuntos para Comunidades \u00a0Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior y de Justicia, o \u00a0quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Los miembros de la Comisi\u00f3n s\u00f3lo \u00a0podr\u00e1n delegar su representaci\u00f3n en los Viceministros y en el Subdirector \u00a0General de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. A las sesiones de la Comisi\u00f3n \u00a0asistir\u00e1n, como invitados permanentes, un Representante de la Bancada Afrocolombiana en el Congreso de la Rep\u00fablica; un \u00a0Representante de la Comisi\u00f3n Consultiva de Alto Nivel de Comunidades Negras; un \u00a0Representante de la Asociaci\u00f3n de Municipios Afrocolombianos, \u00a0Amunafro; un Representante Legal de los Consejos \u00a0Comunitarios, designado en Asamblea General de Consejos Comunitarios con t\u00edtulo \u00a0colectivo; un Representante de los Gremios y un Representante de la Academia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, cuando su presencia sea requerida \u00a0en funci\u00f3n de los temas a tratar, la Comisi\u00f3n podr\u00e1 invitar otros servidores \u00a0p\u00fablicos, autoridades regionales, representantes de organismos, gremios y \u00a0agremiaciones afrocolombianas del sector privado \u00a0nacionales e internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo \u00a02\u00ba.: \u201cIntegraci\u00f3n. La Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial para el Avance de la Poblaci\u00f3n Afrocolombiana, \u00a0Palenquera y Raizal estar\u00e1 conformada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El Vicepresidente \u00a0de la Rep\u00fablica, quien la preside; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El Ministro del \u00a0Interior y de Justicia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) El Ministro de \u00a0Relaciones Exteriores; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) El Ministro de la \u00a0Protecci\u00f3n Social; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) La Ministra de \u00a0Cultura; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) La Directora del \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) El Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) El Alto Consejero \u00a0para la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n Internacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) El Director del \u00a0Programa Presidencial de Promoci\u00f3n, Respeto y Garant\u00eda de los Derechos Humanos \u00a0y de Aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional Humanitario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) El Director de \u00a0Etnias del Ministerio del Interior y de Justicia, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Los \u00a0miembros de la Comisi\u00f3n s\u00f3lo podr\u00e1n delegar su representaci\u00f3n en los \u00a0Viceministros y en el Subdirector General de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. A las \u00a0sesiones de la Comisi\u00f3n asistir\u00e1n como invitados permanentes un Representante \u00a0de la Bancada Afrocolombiana en el Congreso \u00a0Colombiano, un Representante de la Comisi\u00f3n Consultiva de Alto Nivel Afrocolombiano, un Representante de los Gremios, un \u00a0Representante de la Asociaci\u00f3n de Municipios Afrocolombiana, \u00a0Amanufro, y un Representante de la Academia; as\u00ed \u00a0mismo, cuando su presencia sea requerida en funci\u00f3n de los temas a tratar, la \u00a0Comisi\u00f3n podr\u00e1 invitar otros servidores p\u00fablicos, autoridades regionales, \u00a0representantes de organismos, gremios y agremiaciones afrocolombianas \u00a0del sector privado nacionales e internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El representante de \u00a0los gremios y el representante de la academia ser\u00e1n designados por el \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modificado por el Decreto 4401 de 2008, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Duraci\u00f3n y sesiones. La Comisi\u00f3n Intersectorial para el Avance de \u00a0la Poblaci\u00f3n Afrocolombiana, Palenquera \u00a0y Raizal tendr\u00e1 vigencia hasta el 21 de mayo de 2009 y sesionar\u00e1 ordinariamente \u00a0en dos oportunidades durante dicho lapso, por convocatoria de su Presidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 3\u00ba.: \u201cDuraci\u00f3n y \u00a0sesiones. La \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial para el Avance de la Poblaci\u00f3n Afrocolombiana, \u00a0Palenquera y Raizal tendr\u00e1 una duraci\u00f3n de seis (6) \u00a0meses, contados a partir de la fecha de su instalaci\u00f3n, y sesionar\u00e1 \u00a0ordinariamente en dos oportunidades durante dicho lapso por convocatoria de su \u00a0Presidente.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Funciones de la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial. Son funciones de la Comisi\u00f3n Intersectorial para el \u00a0Avance de la Poblaci\u00f3n Afrocolombiana, Palenquera y Raizal, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Orientar y evaluar \u00a0los estudios que se requieran para el cumplimiento del objetivo\u00a0 se\u00f1alado en el art\u00edculo 1\u00b0 del presente decreto. \u00a0Para el efecto la Comisi\u00f3n tendr\u00e1 en cuenta entre otros factores la necesidad \u00a0de identificar las barreras cr\u00edticas que impiden el avance econ\u00f3mico y social \u00a0de la poblaci\u00f3n afrodescendiente en Colombia; las \u00a0experiencias internacionales exitosas en materia de igualdad de oportunidades \u00a0para la poblaci\u00f3n afrocolombiana; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Evaluar los efectos \u00a0de las normas nacionales e internacionales vigentes de las pol\u00edticas p\u00fablicas y \u00a0de los planes, programas, proyectos y presupuestos dirigidos a la poblaci\u00f3n afrocolombianas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Presentar al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica las recomendaciones tendientes a la superaci\u00f3n de \u00a0las barreras que impiden el avance de la poblaci\u00f3n afrocolombiana \u00a0en particular de las mujeres y de los ni\u00f1os; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Presentar al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, las l\u00edneas de acci\u00f3n y los mecanismos id\u00f3neos para \u00a0adoptar las recomendaciones que se formulen y para gestionar los recursos \u00a0dirigidos a su implementaci\u00f3n, para lo cual deber\u00e1n tener en cuenta la \u00a0cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. De la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica. La \u00a0Comisi\u00f3n tendr\u00e1 una Secretar\u00eda T\u00e9cnica a cargo del Ministerio del Interior y de \u00a0Justicia, que cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Convocar las Sesiones \u00a0ordinarias en la forma que se\u00f1ale el Vicepresidente de la Rep\u00fablica y las \u00a0extraordinarias por solicitud de algunos de los miembros de la Comisi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Hacer seguimiento a \u00a0los estudios que adelante la Academia y preparar los informes que requiera la \u00a0comisi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas por la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. El presente decreto \u00a0rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 29 de \u00a0octubre de 2007. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior y de \u00a0Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carlos Holgu\u00edn Sardi. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Ara\u00fajo \u00a0Perdomo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de la Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego Palacio Betancourt. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Cultura, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Paula Marcela Moreno Zapata. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carolina Renter\u00eda \u00a0Rodr\u00edguez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Antonio Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4181 DE \u00a02007 \u00a0 \u00a0 (octubre 29) \u00a0 \u00a0 por el cual se crea la Comisi\u00f3n Intersectorial para el Avance de la \u00a0Poblaci\u00f3n Afrocolombiana, Palenquera \u00a0y Raizal. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Ver Decreto 1066 de 2015 \u00a0&#8211; Decreto \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector Administrativo del Interior. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Modificado por el Decreto 4401 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[61],"tags":[],"class_list":["post-40450","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2007"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/40450","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=40450"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/40450\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=40450"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=40450"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=40450"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}