{"id":41411,"date":"2023-07-28T17:10:43","date_gmt":"2023-07-28T17:10:43","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-4579-de-2008\/"},"modified":"2023-07-28T17:10:43","modified_gmt":"2023-07-28T17:10:43","slug":"decreto-4579-de-2008","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-4579-de-2008\/","title":{"rendered":"DECRETO 4579 DE 2008"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4579 DE 2008 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 3) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0autoriza a la Naci\u00f3n \u2013 Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u2013 para realizar \u00a0la capitalizaci\u00f3n de la Empresa Urr\u00e1 S.A. E.S.P. hasta por la suma de un bill\u00f3n \u00a0doscientos trece mil ciento veintisiete millones ochocientos cuatro mil pesos \u00a0($1.213.127.804.000) mediante la conversi\u00f3n de parte de la deuda en acciones \u00a0ordinarias de la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas \u00a0por el art\u00edculo 14 de la Ley 51 de 1990, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 14 de la Ley 51 de 1990 \u00a0establece que cuando el Gobierno Nacional lo autorice, se podr\u00e1n capitalizar \u00a0acreencias entre entidades p\u00fablicas en los t\u00e9rminos que convengan las partes. \u00a0Dicha capitalizaci\u00f3n se efectuar\u00e1 por el valor comercial de la acreencia, o por \u00a0su valor nominal y se contabilizar\u00e1 como capital pagado y suscrito; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el inciso 2\u00b0 del art\u00edculo 119 del Decreto 111 de 1996 \u00a0establece que no requieren operaci\u00f3n presupuestal alguna las sustituciones de \u00a0activos que se realicen de acuerdo con la ley y no signifiquen erogaciones en \u00a0dinero; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan consta en Memorando n\u00famero \u00a06.9.2-0961-024982 del 18 de noviembre de 2008, expedido por el Coordinador del \u00a0Grupo de Servicio de la Deuda de la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico y del \u00a0Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, al 31 de \u00a0diciembre de 2006 inclusive, el saldo que la Empresa Urr\u00e1 S.A. E.S.P. tiene a \u00a0favor de la Naci\u00f3n \u2013 Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico es de un bill\u00f3n \u00a0cuatrocientos cincuenta y ocho mil trescientos seis millones setecientos \u00a0dieciocho mil novecientos treinta pesos con veinti\u00fan centavos \u00a0($1.458.306.718.930,21) moneda legal colombiana, discriminada de la siguiente manera: \u00a0por capital la suma de un bill\u00f3n doscientos trece mil ciento veintisiete \u00a0millones ochocientos cuatro mil quinientos sesenta y siete pesos con treinta y \u00a0un centavos ($1.213.127.804.567,31) moneda legal colombiana y por intereses la \u00a0suma de doscientos cuarenta y cinco mil ciento setenta y ocho millones \u00a0novecientos catorce mil trescientos sesenta y dos pesos con noventa centavos \u00a0($245.178.914.362,90) moneda legal colombiana; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la deuda a cargo de la Empresa Urr\u00e1 S.A. \u00a0E.S.P. a favor de la Naci\u00f3n \u2013 Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u2013 tiene \u00a0origen en los Acuerdos de Pago suscritos entre las partes, los cuales se \u00a0encuentran respaldados con sus respectivos pagar\u00e9s a la orden de la Naci\u00f3n \u2013 \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u2013. Dichos Acuerdos de Pago fueron \u00a0celebrados en el marco de lo establecido en el Decreto 2681 de 1993; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que como consecuencia de la capitalizaci\u00f3n de \u00a0que trata el presente Decreto, la Naci\u00f3n \u2013 Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico recibir\u00e1 acciones ordinarias de la Empresa Urr\u00e1 S.A. E.S.P., hasta por \u00a0un bill\u00f3n doscientos trece mil ciento veintisiete millones ochocientos cuatro \u00a0mil pesos ($1.213.127.804.000) las cuales ser\u00e1n entregadas por su valor \u00a0nominal, esto es, mil pesos ($1.000) cada una; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para efectos de realizar la operaci\u00f3n \u00a0se\u00f1alada en el considerando anterior, la Asamblea General de Accionistas de la \u00a0Empresa Urr\u00e1 S.A. E.S.P., en sesi\u00f3n ordinaria de fecha 9 de marzo de 2007, \u00a0aprob\u00f3 el aumento del capital autorizado de la sociedad en un bill\u00f3n quinientos \u00a0mil millones de pesos ($1.500.000.000.000,00) a trav\u00e9s de la reforma \u00a0estatutaria correspondiente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Comit\u00e9 de Activos del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico tal y como consta en el Acta n\u00famero 19 del 31 de \u00a0octubre 2008, autoriz\u00f3 capitalizar, a valor nominal de las acciones, la deuda \u00a0que la Empresa Urr\u00e1 S.A. E.S.P., tiene con la Naci\u00f3n \u2013 Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, hasta por la suma de un bill\u00f3n doscientos trece mil ciento \u00a0veintisiete millones ochocientos cuatro mil pesos ($1.213.127.804.000); \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que teniendo en cuenta lo anterior, el \u00a0Gobierno Nacional decide autorizar a la Naci\u00f3n \u2013 Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico \u2013 para capitalizar hasta un bill\u00f3n doscientos trece mil ciento \u00a0veintisiete millones ochocientos cuatro mil pesos ($1.213.127.804.000) de las \u00a0obligaciones de pago, incorporadas en los pagar\u00e9s suscritos en desarrollo de \u00a0los Acuerdos de Pago de que trata el presente Decreto, a cargo de la Empresa \u00a0Urr\u00e1 S.A. E.S.P., por acciones ordinarias de la misma; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Autor\u00edzase a la Naci\u00f3n \u2013 \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u2013 para realizar la capitalizaci\u00f3n de \u00a0la Empresa Urr\u00e1 S.A. E.S.P. hasta por la suma de un bill\u00f3n doscientos trece mil \u00a0ciento veintisiete millones ochocientos cuatro mil pesos ($1.213.127.804.000), \u00a0mediante la conversi\u00f3n de parte de la deuda que la Empresa Urr\u00e1 S.A. E.S.P., \u00a0tiene con la Naci\u00f3n \u2013 Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u2013 en acciones \u00a0ordinarias de la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Para efectos del presente Decreto, \u00a0el valor por el cual la Naci\u00f3n \u2013 Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u2013 \u00a0recibir\u00e1 acciones ordinarias de la Empresa Urr\u00e1 S.A. E.S.P., ser\u00e1 el valor \u00a0nominal de dichas acciones, seg\u00fan recomendaci\u00f3n del Comit\u00e9 de Activos del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La capitalizaci\u00f3n, de que trata \u00a0el presente art\u00edculo, deber\u00e1 efectuarse a m\u00e1s tardar dentro de los veinte (20) \u00a0d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la fecha de publicaci\u00f3n del presente Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. La Empresa Urr\u00e1 S.A. E.S.P., \u00a0deber\u00e1 entregar a la Naci\u00f3n \u2013 Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u2013 la \u00a0totalidad de las acciones ordinarias equivalentes al valor de la capitalizaci\u00f3n \u00a0autorizada por el presente Decreto junto con una certificaci\u00f3n en la que conste \u00a0el correspondiente registro de las acciones en el libro de accionistas y solo \u00a0hasta que se entregue dicha certificaci\u00f3n y las acciones correspondientes se \u00a0entender\u00e1 efectuado el pago de la deuda que la Empresa Urr\u00e1 S.A E.S.P., tiene \u00a0con la Naci\u00f3n \u2013 Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. El presente decreto rige a partir \u00a0de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 3 de diciembre de \u00a02008. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oscar Iv\u00e1n Zuluaga \u00a0Escobar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Minas y Energ\u00eda, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Hern\u00e1n Mart\u00ednez Torres. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4579 DE 2008 \u00a0 \u00a0 (diciembre 3) \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0autoriza a la Naci\u00f3n \u2013 Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u2013 para realizar \u00a0la capitalizaci\u00f3n de la Empresa Urr\u00e1 S.A. 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