{"id":42021,"date":"2023-07-28T18:59:51","date_gmt":"2023-07-28T18:59:51","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-1997-de-2009\/"},"modified":"2023-07-28T18:59:51","modified_gmt":"2023-07-28T18:59:51","slug":"decreto-1997-de-2009","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-1997-de-2009\/","title":{"rendered":"DECRETO 1997 DE 2009"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 DECRETO 1997 DE 2009 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(junio 1\u00b0) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0reglamenta parcialmente la Ley 1190 de 2008 y se \u00a0dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior y de Justicia de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia Delegatario de funciones presidenciales mediante Decreto \u00a01927 del 28 de mayo de 2009, en ejercicio de las facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial la contenida en el numeral 11 del \u00a0art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que las funciones de atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n \u00a0desplazada en sus diferentes niveles y componentes, son atribuidas, por un lado \u00a0a las entidades que componen el Sistema Nacional de Atenci\u00f3n a la Poblaci\u00f3n \u00a0Desplazada (SNAIPD), y por otro, a las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que los Alcaldes y Gobernadores deben cumplir \u00a0cabalmente sus funciones en la definici\u00f3n y ejecuci\u00f3n de mecanismos, que \u00a0permitan lograr el Goce Efectivo de Derechos \u2013GED\u2013 de la poblaci\u00f3n desplazada, \u00a0y superar el estado de cosas inconstitucional conforme a lo se\u00f1alado en la \u00a0Orden 5 del Auto 007 de 2009, sobre seguimiento al cumplimiento de la Acci\u00f3n de \u00a0Tutela T-025 de 2004 y el \u00a0par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 1190 de 2008. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 1190 de 2008, se \u00a0establece que el cumplimiento de los mandatos contenidos en esta ley se har\u00e1 \u00a0sin perjuicio de la observancia de las disposiciones de la Ley 387 de 1997, la \u00a0Sentencia T-025 de 2004 y sus \u00a0autos de cumplimiento, y las dem\u00e1s disposiciones que para esta materia se han \u00a0dispuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el par\u00e1grafo 2\u00b0 del art\u00edculo 2\u00b0 de la \u00a0misma ley, contempla que el Ministro del Interior y de Justicia en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, DNP, determinar\u00e1n los \u00a0mecanismos que aseguren que los comit\u00e9s municipales, departamentales y \u00a0distritales formulen e implementen los Planes Integrales Unicos (PIU), y su \u00a0articulaci\u00f3n en los planes de desarrollo y en los presupuestos locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el par\u00e1grafo 3\u00b0 del art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 1190 de 2008, \u00a0prev\u00e9 que \u201cEl Sistema Nacional de \u00a0Atenci\u00f3n Integral a la Poblaci\u00f3n Desplazada, SNAIPD, en cabeza del Ministro del \u00a0Interior y de Justicia, coordinar\u00e1 con los Alcaldes y Gobernadores acciones que \u00a0garanticen el goce efectivo de los derechos de las poblaciones retornadas o \u00a0reasentadas que se encuentren en sus respectivas jurisdicciones, las dem\u00e1s \u00a0entidades integrantes del SNAIPD, har\u00e1n el acompa\u00f1amiento en virtud a sus \u00a0competencias y en coordinaci\u00f3n con la Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n \u00a0Social y la Cooperaci\u00f3n Internacional en ejercicio de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del \u00a0sistema\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley 1190 de 2008, \u00a0establece que \u201cPara realizar la \u00a0evaluaci\u00f3n y dise\u00f1ar el plan de acci\u00f3n, el Gobierno Nacional conformar\u00e1 una \u00a0Mesa de Trabajo que estar\u00e1 integrada por las entidades adscritas al Sistema \u00a0Nacional para la Atenci\u00f3n Integral a la Poblaci\u00f3n Desplazada, SNAIPD, y cuya \u00a0reglamentaci\u00f3n ser\u00e1 responsabilidad de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo \u00a0Nacional para la Atenci\u00f3n Integral a la Poblaci\u00f3n Desplazada por la Violencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud de lo expuesto y de conformidad \u00a0con lo establecido en la Ley 1190 de 2008, se \u00a0considera pertinente establecer las acciones que deben ser coordinadas y \u00a0dirigidas a garantizar el compromiso de las entidades territoriales en el \u00a0cumplimiento y materializaci\u00f3n de los derechos de la poblaci\u00f3n desplazada por \u00a0la violencia que se encuentren en sus respectivas jurisdicciones, as\u00ed como la \u00a0manera de designar los representantes de la academia, de la empresa privada y \u00a0de las organizaciones de poblaci\u00f3n desplazada que contribuir\u00e1n en el dise\u00f1o y \u00a0evaluaci\u00f3n del Plan de Acci\u00f3n, y se establecen los principios que deben regir \u00a0los procesos de retorno y reubicaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Funciones de coordinaci\u00f3n. Para efectos de dar cumplimiento a \u00a0las disposiciones establecidas en el par\u00e1grafo 2\u00b0 del art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 1190 de 2008, \u00a0Acci\u00f3n Social, Ministerio del Interior y de Justicia y Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n \u2013DNP\u2013, establecer\u00e1n los siguientes mecanismos para asegurar que los \u00a0comit\u00e9s departamentales, municipales y distritales formulen e implementen los \u00a0Planes Integrales Unicos, PIU: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ministerio del Interior y de Justicia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Verificar\u00e1 el cumplimiento de las obligaciones \u00a0impartidas en el par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 1190 de 2008 por \u00a0parte Alcaldes y Gobernadores, siendo su obligaci\u00f3n informar a la Procuradur\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n sobre el incumplimiento en que incurran y dar\u00e1 traslado de \u00a0la informaci\u00f3n presupuestal a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica para lo de \u00a0su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sistematizar\u00e1, analizar\u00e1 y divulgar\u00e1 la \u00a0informaci\u00f3n enviada por los Alcaldes y Gobernadores sobre los avances y \u00a0dificultades de las entidades territoriales en materia de Atenci\u00f3n Integral a \u00a0la poblaci\u00f3n desplazada, de acuerdo con las \u00f3rdenes impartidas por la honorable \u00a0Corte Constitucional en los Autos de Seguimiento de la Sentencia T-025 de 2004, \u00a0n\u00fameros 176 de 2005, 334 de 2006 y 007 de 2009. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Informar\u00e1, en desarrollo del Sistema de Informaci\u00f3n para \u00a0la Coordinaci\u00f3n y Seguimiento Territorial en materia de desplazamiento forzado \u00a0\u2013SICST, semestralmente al Consejo Nacional para la Atenci\u00f3n Integral a la \u00a0Poblaci\u00f3n Desplazada, CNAIPD, los compromisos y dificultades en la capacidad \u00a0presupuestal y administrativa de las entidades territoriales para garantizar el \u00a0goce efectivo de los derechos de la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de desplazamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Promover\u00e1 en su rol de coordinador \u00a0entre el Gobierno Nacional y las entidades territoriales los acuerdos \u00a0nacionales ante el Consejo Nacional para la Atenci\u00f3n Integral a la Poblaci\u00f3n \u00a0Desplazada o las Instancias del SNAIPD competentes, cuando lo considere \u00a0necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Acci\u00f3n Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Prestar\u00e1 asistencia t\u00e9cnica en \u00a0la formulaci\u00f3n, ajustes o modificaciones de los Planes Integrales Unicos (PIU), \u00a0teniendo como principal objetivo el goce efectivo de los derechos de la \u00a0poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de desplazamiento, teniendo en cuenta las \u00a0caracter\u00edsticas de los grupos de especial protecci\u00f3n constitucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover\u00e1 en los territorios la \u00a0articulaci\u00f3n, inclusi\u00f3n e implementaci\u00f3n del PIU en los Planes de Desarrollo y \u00a0Planes Operativos de Acci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Impulsar\u00e1 en conjunto con el \u00a0Ministerio del Interior y de Justicia la articulaci\u00f3n de las entidades del \u00a0orden nacional que intervienen en la atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de \u00a0desplazamiento, con los comit\u00e9s departamentales, distritales o municipales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Impulsar\u00e1 el desarrollo de las \u00a0estrategias que armonicen la intervenci\u00f3n de los diferentes sectores del orden \u00a0nacional y local en los comit\u00e9s departamentales, municipales y distritales en \u00a0el marco de los Planes Integrales Unicos, PIU. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Convocar\u00e1 semestralmente al \u00a0Comit\u00e9 T\u00e9cnico del Consejo Nacional de Atenci\u00f3n Integral a la Poblaci\u00f3n \u00a0Desplazada \u2013CNAIPD\u2013 a una sesi\u00f3n exclusiva para el seguimiento a los procesos \u00a0de retorno, reubicaci\u00f3n o reasentamiento, a fin de analizar el cumplimiento de \u00a0los comit\u00e9s territoriales con base en la evaluaci\u00f3n remitida por el Ministerio \u00a0del Interior y de Justicia sobre dichos procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n \u2013DNP\u2013 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Publicar\u00e1, en lo relacionado \u00a0con los programas para la atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n desplazada por la violencia, \u00a0la regionalizaci\u00f3n preliminar e indicativa del presupuesto de inversi\u00f3n que \u00a0presenta al Congreso, en desarrollo de las discusiones del Proyecto de Ley de \u00a0Presupuesto General de la Naci\u00f3n, la cual servir\u00e1 como insumo a las entidades \u00a0territoriales para la elaboraci\u00f3n, discusi\u00f3n y aprobaci\u00f3n de sus presupuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Efectuar\u00e1 el an\u00e1lisis de la \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal anual realizada por los gobiernos locales sobre atenci\u00f3n \u00a0a la poblaci\u00f3n desplazada en la vigencia anterior, con todas las fuentes de \u00a0financiaci\u00f3n del gasto p\u00fablico territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar\u00e1 t\u00e9cnicamente las \u00a0jornadas de capacitaci\u00f3n y orientaci\u00f3n convocadas por el Ministerio del \u00a0Interior y de Justicia y Acci\u00f3n Social, sobre las competencias de las entidades \u00a0territoriales en las \u00e1reas de atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n desplazada y sobre la \u00a0programaci\u00f3n de recursos para la atenci\u00f3n de dicha poblaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar\u00e1 y actualizar\u00e1 el \u00a0instrumento de recolecci\u00f3n de informaci\u00f3n, sobre la ejecuci\u00f3n presupuestal para \u00a0la atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n desplazada en el Formato Unico Territorial -FUT. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Coordinaci\u00f3n territorial. Para \u00a0efectos de garantizar lo previsto en el par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 1190 de 2008, los \u00a0alcaldes y gobernadores deber\u00e1n ejercer las siguientes acciones conducentes a \u00a0garantizar en su jurisdicci\u00f3n la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de \u00a0prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n al desplazamiento forzado: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Coordinar entre s\u00ed, las acciones y \u00a0mecanismos que se hayan establecido en las estrategias de mayores compromisos \u00a0presupuestales y administrativos para la atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n desplazada en \u00a0procura del goce efectivo de derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Incluir en los proyectos de \u00a0presupuesto anual presentados para aprobaci\u00f3n de las Asambleas Departamentales \u00a0y Concejos Municipales o Distritales, las partidas necesarias para atender el \u00a0Plan Integral Unico \u2013 PIU, de acuerdo con la disponibilidad de ingresos del \u00a0departamento o municipio, concertando con los cuerpos colegiados, el \u00a0presupuesto necesario para la prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n al desplazamiento con un \u00a0enfoque diferencial acorde con el PIU aprobado por el Consejo Departamental de \u00a0Atenci\u00f3n Integral a Poblaci\u00f3n Desplazada (CDAIPD) Concejo Municipal de Atenci\u00f3n \u00a0Integral a Poblaci\u00f3n Desplazada (CMAIPD). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Informar al Ministerio del \u00a0Interior y de Justicia, el monto de los recursos destinados para la \u00a0implementaci\u00f3n de las acciones formuladas en los Planes Integrales Unicos PIU, \u00a0en la atenci\u00f3n de la poblaci\u00f3n desplazada y de su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dise\u00f1ar y coordinar las acciones \u00a0que garanticen el goce efectivo de los derechos de las poblaciones retornadas, \u00a0reubicadas o reasentadas que se encuentren en sus respectivas jurisdicciones, \u00a0mediante una estrategia de coordinaci\u00f3n acorde con lo se\u00f1alado en el Acuerdo 06 \u00a0de 2006 del Consejo Nacional de Atenci\u00f3n Integral a la Poblaci\u00f3n Desplazada y \u00a0en el Protocolo para el Acompa\u00f1amiento a los Procesos de Retorno o Reubicaci\u00f3n \u00a0de Poblaci\u00f3n Desplazada instituido por la Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n \u00a0Social y la Cooperaci\u00f3n Internacional &#8211; Acci\u00f3n Social. Todo proceso de retorno \u00a0o reubicaci\u00f3n, debe cumplir con los principios de seguridad, voluntariedad y \u00a0dignidad, contemplados en los \u201cPrincipios Rectores de los Desplazamientos \u00a0Internos\u201d, teniendo en cuenta los criterios de participaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n \u00a0desplazada, planeaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y seguimiento, para garantizar la \u00a0sostenibilidad del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Crear y garantizar el \u00a0funcionamiento continuo del Comit\u00e9 de Atenci\u00f3n Integral a la Poblaci\u00f3n \u00a0Desplazada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Garantizar la participaci\u00f3n \u00a0efectiva de la poblaci\u00f3n desplazada en las instancias de coordinaci\u00f3n \u00a0departamental, municipal y distrital, de acuerdo con los lineamientos \u00a0establecidos en el protocolo de participaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dise\u00f1ar, formular, aprobar e \u00a0implementar el Plan Integral Unico en el marco del Plan de Desarrollo, con \u00a0acciones conducentes al goce efectivo de derechos de la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n \u00a0de desplazamiento forzado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Identificar la oferta nacional de \u00a0las entidades del SNAIPD en el marco de los Comit\u00e9s de Atenci\u00f3n Integral a la \u00a0Poblaci\u00f3n Desplazada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Garantizar la existencia y el \u00a0funcionamiento permanente de los Comit\u00e9s Departamentales y Municipales de \u00a0Atenci\u00f3n a la Poblaci\u00f3n Desplazada, CDAIPD, CMAIPD respectivamente y las mesas \u00a0tem\u00e1ticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Garantizar el dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n del Plan Integral Unico, PIU, como herramienta pr\u00e1ctica, \u00a0actualizada y concertada de atenci\u00f3n integral a la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de \u00a0desplazamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Verificar que el plan operativo y la etapa de monitoreo, \u00a0evaluaci\u00f3n y seguimiento est\u00e9 acorde con el desarrollo presupuestal anual de la \u00a0entidad territorial, cuando el PIU se encuentre en el marco del Plan de \u00a0Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Solicitar el acompa\u00f1amiento del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n y del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, para identificar los \u00a0recursos propios y del orden nacional que permitan atender las falencias \u00a0identificadas por la entidad territorial, cuando el PIU se encuentre por fuera \u00a0del marco del Plan de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Asistir, sin delegar, a las reuniones peri\u00f3dicas \u00a0regionales para efectuar seguimiento a la implementaci\u00f3n de los Planes \u00a0Integrales Unicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Crear mecanismos que aseguren la atenci\u00f3n integral de la \u00a0poblaci\u00f3n desplazada en su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Mecanismos \u00a0de coordinaci\u00f3n. Para cumplir con la funci\u00f3n coordinadora en materia de \u00a0desplazamiento entre el Ministerio del Interior y de Justicia y las Entidades \u00a0Territoriales, se establecen los siguientes mecanismos de coordinaci\u00f3n, con un \u00a0enfoque participativo y comunicativo que refleje la interacci\u00f3n y \u00a0retroalimentaci\u00f3n en doble v\u00eda desde lo territorial y lo nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Suministro de informaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio del Interior y de Justicia realizar\u00e1 un \u00a0seguimiento trimestral a trav\u00e9s del Sistema de Informaci\u00f3n, Coordinaci\u00f3n y \u00a0Seguimiento Territorial, SICST, para lo cual los Gobernadores y Alcaldes, en \u00a0cada una de sus entidades territoriales, deber\u00e1n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Designar un enlace encargado de ingresar, actualizar y \u00a0suministrar la informaci\u00f3n al SICST e informar su designaci\u00f3n dentro del mes \u00a0siguiente de la entrada en vigencia del presente decreto y comunicar los \u00a0cambios cuando se produzcan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Informar al Ministerio del Interior y de Justicia, a trav\u00e9s \u00a0de este sistema, el d\u00eda 15 de los meses de abril, julio, octubre y enero del \u00a0siguiente a\u00f1o, sobre los avances y dificultades respecto de los compromisos \u00a0presupuestales y administrativos, as\u00ed como las acciones adelantadas para \u00a0atender a la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de desplazamiento para garantizar el goce \u00a0efectivo de sus derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Integraci\u00f3n y planificaci\u00f3n de la pol\u00edtica territorial de \u00a0atenci\u00f3n integral a la poblaci\u00f3n desplazada \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Gobernador de cada departamento en el marco del Comit\u00e9 \u00a0Departamental de Atenci\u00f3n Integral a la Poblaci\u00f3n Desplazada &#8211; CDAIPD, deber\u00e1 \u00a0ejercer las siguientes acciones conducentes a garantizar en su jurisdicci\u00f3n la \u00a0implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n al \u00a0desplazamiento: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Verificar la existencia y el funcionamiento de los Comit\u00e9s \u00a0Municipales de Atenci\u00f3n a la Poblaci\u00f3n Desplazada, generando un informe \u00a0departamental al Ministerio del Interior y de Justicia a trav\u00e9s del Sistema de \u00a0Informaci\u00f3n, Coordinaci\u00f3n y Seguimiento Territorial &#8211; SICST, cada seis meses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Verificar la existencia y el estado de los Planes \u00a0Integrales Unicos en cada uno de los municipios de su jurisdicci\u00f3n, realizando, \u00a0acciones de acompa\u00f1amiento t\u00e9cnico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Involucrar en el PIU departamental, acciones prioritarias \u00a0y conducentes al goce efectivo de derechos, en el marco del acompa\u00f1amiento \u00a0t\u00e9cnico y presupuestal a los municipios que lo requieran en el marco de los \u00a0principios de concurrencia, subsidiaridad y complementariedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Realizar al menos dos veces al a\u00f1o un Comit\u00e9 Departamental \u00a0de Atenci\u00f3n Integral a la Poblaci\u00f3n Desplazada, con los municipios de su \u00a0jurisdicci\u00f3n, con el fin de socializar la din\u00e1mica que presenta cada municipio \u00a0en esta materia, el desarrollo de los procesos de prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n en el \u00a0marco del Plan Integral Unico de cada municipio, copia del acta respectiva ser\u00e1 \u00a0entregada al Ministerio del Interior y de Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Verificar y adelantar las acciones a su alcance para \u00a0garantizar la participaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n desplazada en los Comit\u00e9s \u00a0Departamentales y Municipales de Atenci\u00f3n Integral de la Poblaci\u00f3n Desplazada y \u00a0en la formulaci\u00f3n de los Planes Integrales Unicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Articulaci\u00f3n interinstitucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio del Interior y de Justicia y\/o Acci\u00f3n \u00a0Social, realizar\u00e1n las siguientes actividades: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Promover\u00e1n la participaci\u00f3n de las entidades que integran \u00a0el Comit\u00e9 T\u00e9cnico del Consejo Nacional de Atenci\u00f3n Integral a la Poblaci\u00f3n \u00a0Desplazada &#8211; CNAIPD, como son: Un delegado del Ministerio de Medio Ambiente, \u00a0Vivienda y Desarrollo, un delegado del Ministerio de Agricultura y Desarrollo \u00a0Rural, un delegado del Ministerio del Interior y de Justicia, un delegado de la \u00a0Vicepresidencia de la Rep\u00fablica, un delegado del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, un delegado de Acci\u00f3n Social y un delegado de la Mesa Nacional de \u00a0Fortalecimiento a Organizaciones de Poblaci\u00f3n Desplazada; involucrando las \u00a0acciones de coordinaci\u00f3n y apoyo t\u00e9cnico a las entidades territoriales \u00a0priorizadas de acuerdo con sus falencias institucionales para la atenci\u00f3n a la \u00a0poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de desplazamiento, cumpliendo las siguientes acciones \u00a0con el prop\u00f3sito de coordinaci\u00f3n territorial: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Informar\u00e1 al CNAIPD y a las entidades del SNAIPD los \u00a0compromisos y falencias identificadas por las entidades territoriales para \u00a0lograr el desarrollo de acciones concretas conducentes al goce efectivo de \u00a0derechos y a la superaci\u00f3n del estado de cosas inconstitucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Impulsar\u00e1 la realizaci\u00f3n de mesas regionales de trabajo \u00a0para lograr procesos de sinerg\u00eda entre municipios receptores y expulsores, \u00a0acordando acciones que posibiliten los procesos de reubicaci\u00f3n y retorno \u00a0conjuntamente con las entidades del SNAIPD competentes, con acciones que \u00a0garanticen el GED de la poblaci\u00f3n retornada o reasentada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fortalecimiento de la capacidad institucional de las entidades \u00a0territoriales para el desarrollo de la pol\u00edtica de atenci\u00f3n integral a la \u00a0poblaci\u00f3n desplazada \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio del Interior y de Justicia brindar\u00e1 asesor\u00eda \u00a0t\u00e9cnica para el fortalecimiento de la capacidad institucional que requieren las \u00a0entidades territoriales con el fin de ejecutar, acciones conducentes al goce \u00a0efectivo de los derechos de la Poblaci\u00f3n Desplazada y a la superaci\u00f3n del \u00a0estado de cosas inconstitucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Evaluaci\u00f3n del goce efectivo de los derechos \u00a0y dise\u00f1o del Plan de Acci\u00f3n. Para efectos de la evaluaci\u00f3n del \u00a0cumplimiento y restablecimiento de los derechos de la \u00a0poblaci\u00f3n desplazada y el dise\u00f1o y seguimiento del plan de acci\u00f3n, adicional a \u00a0lo estipulado en el par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley 1190 de 2008, la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica del CNAIPD convocar\u00e1 a un representante de la academia, un \u00a0representante de la sociedad civil, un representante de la empresa privada y un \u00a0representante de las organizaciones de poblaci\u00f3n desplazada del orden \u00a0territorial, los cuales ser\u00e1n elegidos de la siguiente manera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para la participaci\u00f3n \u00a0del representante de la Academia, se invitar\u00e1 a la Asociaci\u00f3n Colombiana de Universidades \u00a0\u2013ASCUN\u2013, a fin de que designe un delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para la participaci\u00f3n \u00a0del representante de la sociedad civil, se invitar\u00e1 a la Comisi\u00f3n de \u00a0Seguimiento a la Pol\u00edtica P\u00fablica sobre el Desplazamiento Forzado, a fin de que \u00a0designe un delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para la participaci\u00f3n \u00a0del representante de la empresa privada, se invitar\u00e1 al Consejo Gremial \u00a0Nacional, a fin de que designe un delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para la participaci\u00f3n \u00a0del representante de las organizaciones de poblaci\u00f3n desplazada, se invitar\u00e1 a \u00a0la Mesa Nacional de Fortalecimiento de Organizaciones de Poblaci\u00f3n Desplazada, \u00a0para que de manera aut\u00f3noma designe un delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A solicitud de las \u00a0entidades del SNAIPD, el Secretario T\u00e9cnico del Consejo Nacional para Atenci\u00f3n \u00a0Integral a la Poblaci\u00f3n Desplazada \u2013CNAIPD\u2013 invitar\u00e1 a otras entidades u \u00a0organizaciones, que por su trayectoria y reconocimiento en la materia puedan \u00a0efectuar aportes orientados al cumplimiento de los objetivos consagrados en el \u00a0art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley 1190 de 2008. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Responsabilidad de los Entes Territoriales \u00a0en Materia de Atenci\u00f3n Humanitaria. Los entes territoriales como responsables \u00a0de la atenci\u00f3n humanitaria en la Urgencia, atendiendo a los lineamientos \u00a0constitucionales y legales, deben garantizar la subsistencia m\u00ednima de las \u00a0personas que manifiestan estar en situaci\u00f3n de desplazamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La atenci\u00f3n en la \u00a0Urgencia debe incluir la entrega de alimentaci\u00f3n de acuerdo con los montos \u00a0establecidos en el Decreto 2569 de 2000; \u00a0la atenci\u00f3n de urgencia en salud y si la vulnerabilidad lo requiere y por \u00a0solicitud directa de la poblaci\u00f3n, del Ministerio P\u00fablico o de cualquier \u00a0entidad del orden local que tenga conocimiento de la situaci\u00f3n de la persona o \u00a0del hogar desplazado, se deber\u00e1 entregar un apoyo para alojamiento temporal o \u00a0albergue por un mes. En caso de que la oferta del territorio sea a trav\u00e9s de \u00a0albergues, esta estrategia debe incluir la alimentaci\u00f3n. Dicha atenci\u00f3n deber\u00e1 \u00a0garantizarse desde el momento de la declaraci\u00f3n hasta que se decida su inclusi\u00f3n \u00a0o no en el Registro Unico de Poblaci\u00f3n Desplazada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Transitorio. Entre tanto se ajusta el \u00a0Sistema de Informaci\u00f3n, Coordinaci\u00f3n y Seguimiento Territorial &#8211; SICST, los \u00a0Gobernadores y Alcaldes remitir\u00e1n sus informes al Ministerio del Interior y de \u00a0Justicia por este sistema y a Acci\u00f3n Social por el medio hoy utilizado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a \u00a0partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, \u00a0comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., \u00a0a 1\u00b0 de junio de 2009. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FABIO VALENCIA COSSIO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del \u00a0Interior y de Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fabio Valencia \u00a0Cossio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Esteban Piedrah\u00edta \u00a0Uribe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Bernardo Moreno Villegas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 DECRETO 1997 DE 2009 \u00a0 \u00a0\u00a0 (junio 1\u00b0) \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0reglamenta parcialmente la Ley 1190 de 2008 y se \u00a0dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 El Ministro del Interior y de Justicia de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia Delegatario de funciones presidenciales mediante Decreto \u00a01927 del 28 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[64],"tags":[],"class_list":["post-42021","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2009"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42021","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=42021"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42021\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=42021"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=42021"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=42021"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}