{"id":42069,"date":"2023-07-28T19:01:21","date_gmt":"2023-07-28T19:01:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-2371-de-2009\/"},"modified":"2023-07-28T19:01:21","modified_gmt":"2023-07-28T19:01:21","slug":"decreto-2371-de-2009","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-2371-de-2009\/","title":{"rendered":"DECRETO 2371 DE 2009"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 DECRETO 2371 DE 2009 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(junio 25) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica el art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto 3200 de 2008. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por \u00a0el Decreto 2246 de 2012, \u00a0art\u00edculo 24. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el \u00a0numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0en desarrollo de los art\u00edculos 6\u00b0, 91, 92, 93, 94 y 118 de la Ley 1151 de 2007 y \u00a03\u00b0, 10 y 12 de la Ley 1176 de 2007, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modif\u00edcase el \u00a0art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto 3200 de 2008 \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 5\u00b0. Fases de un PDA. Un PDA se desarrolla en las siguientes FASES, saber: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 Fase I. Fase que inicia con la suscripci\u00f3n de \u00a0un convenio entre el MAVDT y el departamento, \u00a0mediante el cual este \u00faltimo se compromete a: i) Acoger la pol\u00edtica, \u00a0lineamientos, principios y objetivos sectoriales establecidos en el Plan \u00a0Nacional de Desarrollo, documentos Conpes y los dem\u00e1s \u00a0que definan las instancias nacionales competentes en materia de agua potable y \u00a0saneamiento b\u00e1sico; ii) Tomar las medidas necesarias \u00a0para implementar esa pol\u00edtica; iii) Desarrollar las \u00a0gestiones que resulten pertinentes, incluyendo las acciones que correspondan al \u00a0nivel municipal para su vinculaci\u00f3n al PDA; iv) Focalizar los recursos a los que hace referencia el \u00a0art\u00edculo 6\u00b0 de la Ley 1176 de 2007, de \u00a0acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo 10 de dicha ley y en el Convenio FASE I \u00a0y, v) Dar inicio al PDA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 Fase II. Durante esta \u00a0fase, se implementan las estructuras operativas, el esquema fiduciario para el \u00a0manejo de recursos, se desarrolla el esquema financiero y dem\u00e1s acciones \u00a0tendientes a alcanzar las metas del PDA. La Fase II inicia con la entrega por parte del Departamento Interesado \u00a0al MAVDT, antes del 31 de diciembre de 2009, de los \u00a0siguientes documentos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Acta suscrita por el departamento interesado y el MAVDT donde consten los t\u00e9rminos de la concertaci\u00f3n en \u00a0relaci\u00f3n con el diagn\u00f3stico t\u00e9cnico base realizado en los municipios del \u00a0departamento, sobre el estado de la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos de \u00a0agua potable y saneamiento b\u00e1sico y las necesidades de inversi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Acta suscrita por el departamento interesado y el MAVDT, donde consten los t\u00e9rminos de la concertaci\u00f3n del \u00a0esquema financiero, la cual como m\u00ednimo deber\u00e1 contener: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Acuerdo en relaci\u00f3n con los aportes de recursos al PDA que realizar\u00e1 el departamento, as\u00ed como una proyecci\u00f3n \u00a0de las expectativas de aporte de recursos de los Municipios y\/o distritos y dem\u00e1s \u00a0participantes del PDA, con los que se proyectar\u00e1 el \u00a0cierre financiero del PDA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ii) Acuerdo preliminar en relaci\u00f3n \u00a0con las metas en materia de servicios p\u00fablicos de agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico que se pretende alcanzar en desarrollo del PDA, \u00a0utilizando como referente las metas sectoriales definidas a mediano y largo \u00a0plazo por las instancias nacionales competentes, as\u00ed como las previstas en los \u00a0planes de desarrollo territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>iii) Acuerdo en relaci\u00f3n con el \u00a0mecanismo de financiaci\u00f3n para alcanzar las metas proyectadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>iv) Compromiso del departamento de \u00a0surtir los tr\u00e1mites ante las autoridades competentes de conformidad con las \u00a0normas vigentes que rigen la materia, en el evento en que la entidad territorial \u00a0requiera recursos de cr\u00e9dito para lograr el cierre financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Ordenanza de la asamblea departamental en la que se \u00a0autorice al Gobernador para: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Comprometer vigencias futuras para la ejecuci\u00f3n y \u00a0desarrollo del PDA y\/o contratar empr\u00e9stitos con la \u00a0banca nacional o multilateral otorgando las garant\u00edas y\/o contragarant\u00edas \u00a0del departamento que resulten necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ii) Celebrar los contratos \u00a0necesarios para implementar el esquema fiduciario para el manejo de recursos \u00a0que se establezca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>iii) Comprometer los recursos de la \u00a0participaci\u00f3n espec\u00edfica para agua potable y saneamiento b\u00e1sico del Sistema \u00a0General de Participaciones de que trata el art\u00edculo 6\u00b0 de la Ley 1176 de 2007 y \u00a0ejecutarlos dentro del marco del PDA de conformidad \u00a0con lo establecido en el art\u00edculo 10 de dicha ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>iv) Celebrar los contratos que se \u00a0requieran en el evento que, de conformidad con el esquema financiero, se \u00a0generen otras opciones de financiamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>v) Disponer de recursos adicionales, en el evento que por \u00a0cualquier circunstancia, los comprometidos no permitan cubrir los montos \u00a0establecidos o proyectados en las vigencias futuras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Acta suscrita por el departamento y el MAVDT, donde se definan las estructuras operativas y el \u00a0esquema fiduciario para el manejo de recursos, as\u00ed como el cronograma para su \u00a0respectiva implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el evento que, atendiendo a lo acordado respecto de la \u00a0estructura operativa, se requieran autorizaciones por parte de la asamblea \u00a0departamental para conformar o hacer parte de una empresa de servicios p\u00fablicos \u00a0de acueducto, alcantarillado y\/o aseo, la administraci\u00f3n departamental deber\u00e1 \u00a0presentar al MAVDT las autorizaciones respectivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El gasto de los recursos del Sistema General de \u00a0Participaciones, que en virtud de lo previsto en el presente art\u00edculo ejecuten \u00a0las entidades territoriales, est\u00e1 sujeto a las actividades de monitoreo, \u00a0seguimiento y control integral de que trata el Decreto 028 de 2008 \u00a0y las normas que lo reglamenten, modifiquen, sustituyan o adicionen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia. \u00a0El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 25 de junio de 2009. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oscar Iv\u00e1n Zuluaga \u00a0Escobar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo \u00a0Territorial, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carlos Costa Posada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Esteban Piedrah\u00edta Uribe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 DECRETO 2371 DE 2009 \u00a0 \u00a0\u00a0 (junio 25) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica el art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto 3200 de 2008. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por \u00a0el Decreto 2246 de 2012, \u00a0art\u00edculo 24. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0las facultades [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[64],"tags":[],"class_list":["post-42069","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2009"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42069","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=42069"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42069\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=42069"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=42069"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=42069"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}