{"id":42207,"date":"2023-07-28T19:02:06","date_gmt":"2023-07-28T19:02:06","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-3355-de-2009\/"},"modified":"2023-07-28T19:02:06","modified_gmt":"2023-07-28T19:02:06","slug":"decreto-3355-de-2009","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-3355-de-2009\/","title":{"rendered":"DECRETO 3355 DE 2009"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 DECRETO 3355 DE 2009 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(septiembre 7) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del cual se modifica la estructura \u00a0del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el Decreto 869 de 2016, \u00a0art\u00edculo 29. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificada por el Decreto 2674 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Ver Decreto 834 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio \u00a0de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el \u00a0numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0en el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Integraci\u00f3n y Direcci\u00f3n del Sector Administrativo de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Integraci\u00f3n y direcci\u00f3n del Sector \u00a0Administrativo de Relaciones Exteriores, El Sector Administrativo de Relaciones Exteriores est\u00e1 integrado por el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores y sus entidades adscritas y vinculadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio tendr\u00e1 a cargo la orientaci\u00f3n del ejercicio \u00a0de las funciones de las entidades adscritas o vinculadas, sin perjuicio de las \u00a0potestades de decisi\u00f3n que les correspondan, as\u00ed como de su participaci\u00f3n en la \u00a0formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica, en la elaboraci\u00f3n de los programas sectoriales y en \u00a0la ejecuci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entidades adscritas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Unidad Administrativa Especial Fondo Rotatorio del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objetivos y Funciones del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Objetivos. El Ministerio de Relaciones Exteriores es el organismo rector del Sector \u00a0Administrativo de Relaciones Exteriores y le corresponde, bajo la direcci\u00f3n del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, formular, planear, coordinar, ejecutar y evaluar la \u00a0pol\u00edtica exterior de Colombia, las relaciones internacionales y administrar el \u00a0servicio exterior de la Rep\u00fablica. (Nota: \u00a0Ver Decreto 830 de 2011.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. El Ministerio de Relaciones Exteriores tendr\u00e1, adem\u00e1s de las funciones que \u00a0determina el art\u00edculo 59 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular y proponer al Presidente de la Rep\u00fablica la \u00a0pol\u00edtica exterior del Estado colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar, de manera directa o a trav\u00e9s de las \u00a0distintas entidades y organismos del Estado, la pol\u00edtica exterior del Estado \u00a0colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Evaluar la pol\u00edtica exterior del Estado colombiano y \u00a0proponer los ajustes y modificaciones que correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Mantener, en atenci\u00f3n a las necesidades e intereses \u00a0del pa\u00eds, relaciones de todo orden con los dem\u00e1s Estados y Organismos \u00a0Internacionales, directamente o por medio de las Misiones Diplom\u00e1ticas y \u00a0Oficinas Consulares colombianas acreditadas en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover y salvaguardar los intereses del pa\u00eds y de \u00a0sus nacionales ante los dem\u00e1s Estados, organismos y mecanismos Internacionales \u00a0y ante la Comunidad Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejercer como interlocutor, coordinador y enlace para \u00a0todas las gestiones oficiales que se adelanten entre las entidades \u00a0gubernamentales y los gobiernos de otros pa\u00edses, as\u00ed como con los organismos y \u00a0mecanismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Participar en la formulaci\u00f3n, orientaci\u00f3n, integraci\u00f3n \u00a0y armonizaci\u00f3n de las pol\u00edticas y programas sectoriales que competen a las \u00a0diferentes entidades del Estado, cuando tengan relaci\u00f3n con la pol\u00edtica \u00a0exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Articular las acciones de las distintas entidades del \u00a0Estado en todos sus niveles y de los particulares cuando sea del caso, en lo \u00a0que concierne a las relaciones internacionales y la pol\u00edtica exterior del pa\u00eds, \u00a0en los \u00e1mbitos de la pol\u00edtica, la seguridad, la econom\u00eda y el comercio, el \u00a0desarrollo social, la cultura, el medio ambiente, los derechos humanos, el \u00a0derecho internacional humanitario, la ciencia y la tecnolog\u00eda y la cooperaci\u00f3n \u00a0internacional, con fundamento en principios de equidad, reciprocidad y \u00a0conveniencia nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Otorgar el concepto previo para la negociaci\u00f3n y \u00a0celebraci\u00f3n de tratados, acuerdos y convenios internacionales, sin perjuicio de \u00a0las atribuciones constitucionales del Jefe de Estado en la direcci\u00f3n de las \u00a0relaciones internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Participar en los procesos de negociaci\u00f3n, con la \u00a0cooperaci\u00f3n de otras entidades nacionales o territoriales, si es del caso, de \u00a0instrumentos internacionales, as\u00ed como hacer su seguimiento, evaluar sus \u00a0resultados y verificar de manera permanente su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover y fortalecer la capacidad negociadora de \u00a0Colombia en relaci\u00f3n con los dem\u00e1s sujetos de Derecho Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Participar en la formulaci\u00f3n y en la ejecuci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica de comercio exterior y de integraci\u00f3n comercial en todos sus aspectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Orientar y formular la pol\u00edtica de cooperaci\u00f3n \u00a0internacional en sus diferentes modalidades y evaluar su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Conformar y definir, en consulta con las autoridades \u00a0sectoriales correspondientes, el nivel de las delegaciones que representen al \u00a0pa\u00eds en las reuniones internacionales de car\u00e1cter bilateral y multilateral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Presidir las delegaciones que representen al pa\u00eds, \u00a0cuando as\u00ed lo disponga el Presidente de la Rep\u00fablica, en las reuniones de \u00a0car\u00e1cter bilateral y multilateral o encomendar dicha funci\u00f3n, cuando a ello \u00a0hubiere lugar, a otras entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Administrar el Servicio Exterior de la Rep\u00fablica y \u00a0adoptar las medidas necesarias para que opere de conformidad con los \u00a0lineamientos y prioridades de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Formular, orientar, ejecutar y evaluar la pol\u00edtica \u00a0migratoria de Colombia y otorgar las autorizaciones de ingreso de extranjeros \u00a0al pa\u00eds, en coordinaci\u00f3n con el Departamento Administrativo de Seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Formular, orientar, ejecutar y evaluar la pol\u00edtica \u00a0exterior en materia de integraci\u00f3n y desarrollo fronterizo, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las autoridades sectoriales del orden nacional y territorial, cuando sea del \u00a0caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Impulsar, articular, financiar o cofinanciar \u00a0la implementaci\u00f3n de programas y proyectos de desarrollo e integraci\u00f3n \u00a0fronteriza en coordinaci\u00f3n con las autoridades sectoriales del orden nacional, \u00a0las entidades territoriales y los organismos de cooperaci\u00f3n internacional \u00a0competentes para la ejecuci\u00f3n de los mismos, de acuerdo con lo que determine el \u00a0Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Formular y ejecutar actividades de protecci\u00f3n de los \u00a0derechos de los colombianos en el exterior y ejercer las acciones pertinentes \u00a0ante las autoridades del pa\u00eds donde se encuentren, de conformidad con los \u00a0principios y normas del Derecho Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Aplicar el r\u00e9gimen de privilegios e inmunidades a los \u00a0cuales se ha comprometido el Estado colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Tramitar la naturalizaci\u00f3n de extranjeros y aplicar \u00a0el r\u00e9gimen legal de nacionalidad en lo pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Expedir los pasaportes y autorizar mediante convenios \u00a0con otras entidades p\u00fablicas, su expedici\u00f3n, cuando lo estime necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Actuar como Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Asesora \u00a0de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Ejercer las dem\u00e1s atribuciones que le confiera la ley \u00a0o le delegue el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n, estructura y funciones de sus dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Direcci\u00f3n. La Direcci\u00f3n del Ministerio de Relaciones Exteriores estar\u00e1 a cargo del \u00a0Ministro, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata colaboraci\u00f3n de los Viceministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modificado por el Decreto 2674 de 2013, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Estructura. La estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores \u00a0ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Direcci\u00f3n del Protocolo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos Internacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Direcci\u00f3n de la Academia Diplom\u00e1tica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Desarrollo \u00a0Organizacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro de Relaciones Exteriores \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Primera Direcci\u00f3n Geogr\u00e1fica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Segunda Direcci\u00f3n Geogr\u00e1fica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Tercera Direcci\u00f3n Geogr\u00e1fica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Cuarta Direcci\u00f3n Geogr\u00e1fica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Viceministro de Asuntos Multilaterales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Primera Direcci\u00f3n Multilateral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Segunda Direcci\u00f3n Multilateral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Tercera Direcci\u00f3n Multilateral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. \u00a0Cuarta Direcci\u00f3n Multilateral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5. Quinta Direcci\u00f3n Multilateral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6. Sexta Direcci\u00f3n Multilateral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Direcci\u00f3n de Talento Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Direcci\u00f3n de Asuntos Migratorios, \u00a0Consulares y Servicio al Ciudadano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Informaci\u00f3n y \u00a0Tecnolog\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5. Oficina Asesora Jur\u00eddica Interna \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.6. Oficina de Control Disciplinario Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Misiones colombianas acreditadas en el \u00a0exterior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Misiones Permanentes ante Organismos \u00a0Internacionales Multilaterales y Regionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Embajadas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2.1. Consulados \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00d3rganos Internos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1. Comit\u00e9 T\u00e9cnico para la organizaci\u00f3n y \u00a0funcionamiento de las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2. Consejo Acad\u00e9mico de la Academia \u00a0Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema del \u00a0Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.4. Comisi\u00f3n de Personal de Carrera \u00a0Diplom\u00e1tica y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.5. Comisi\u00f3n de Personal de Carrera \u00a0Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.6. Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo \u00a0Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores, mediante resoluci\u00f3n, determinar\u00e1 las denominaciones, atribuciones y \u00a0funciones espec\u00edficas de las Direcciones de los Viceministerios \u00a0de Relaciones Exteriores y de Asuntos Multilaterales, especializ\u00e1ndolas en \u00a0\u00e1reas geogr\u00e1ficas, asuntos multilaterales y misionales, respectivamente, en \u00a0concordancia con las necesidades e intereses del pa\u00eds, las relaciones de todo \u00a0orden con los dem\u00e1s Estados y organismos internacionales, las organizaciones, \u00a0mecanismos y foros regionales y subregionales de \u00a0integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n a los cuales pertenezca el pa\u00eds y la cabal atenci\u00f3n \u00a0de las relaciones exteriores y la pol\u00edtica internacional del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 5\u00ba: \u201cEstructura. La estructura del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Direcci\u00f3n del Protocolo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos \u00a0Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Direcci\u00f3n de la Academia Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y \u00a0Desarrollo Organizacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro de Relaciones Exteriores \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Primera Direcci\u00f3n Geogr\u00e1fica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Segunda Direcci\u00f3n Geogr\u00e1fica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Tercera Direcci\u00f3n Geogr\u00e1fica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Cuarta Direcci\u00f3n Geogr\u00e1fica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Viceministro de Asuntos Multilaterales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Primera Direcci\u00f3n Multilateral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Segunda Direcci\u00f3n Multilateral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Tercera Direcci\u00f3n Multilateral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. Cuarta Direcci\u00f3n Multilateral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5. Quinta Direcci\u00f3n Multilateral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Direcci\u00f3n de Talento Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Direcci\u00f3n de Asuntos Migratorios, \u00a0Consulares y Servicio al Ciudadano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Informaci\u00f3n y \u00a0Tecnolog\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5. Oficina Asesora Jur\u00eddica Interna \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.6. Oficina de Control Disciplinario \u00a0Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Misiones colombianas acreditadas en el exterior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Misiones Permanentes ante Organismos \u00a0Internacionales Multilaterales y Regionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Embajadas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2.1 Consulados \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00d3rganos Internos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1. Comit\u00e9 T\u00e9cnico para la organizaci\u00f3n y funcionamiento \u00a0de las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2. Consejo Acad\u00e9mico de la Academia \u00a0Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema del \u00a0Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.4. Comisi\u00f3n de Personal de Personal de \u00a0Carrera Diplom\u00e1tica y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.5. Comisi\u00f3n de Personal de Carrera \u00a0Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.6. Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo \u00a0Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores, mediante resoluci\u00f3n, determinar\u00e1 las denominaciones, atribuciones y \u00a0funciones espec\u00edficas de las Direcciones de los Viceministerios \u00a0de Relaciones Exteriores y de Asuntos Multilaterales, especializ\u00e1ndolas en \u00a0\u00e1reas geogr\u00e1ficas, asuntos multilaterales y misionales, respectivamente, en \u00a0concordancia con las necesidades e intereses del pa\u00eds, las relaciones de todo \u00a0orden con los dem\u00e1s Estados y organismos internacionales, las organizaciones, \u00a0mecanismos y foros regionales y subregionales de \u00a0integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n a los cuales pertenezca el pa\u00eds y la cabal atenci\u00f3n \u00a0de las relaciones exteriores y la pol\u00edtica internacional del pa\u00eds.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores. Son funciones del Despacho del Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores, adem\u00e1s de las establecidas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en el \u00a0art\u00edculo 61 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular y proponer al Presidente de la Rep\u00fablica la \u00a0pol\u00edtica exterior de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Hacer seguimiento a la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0exterior y las relaciones internacionales del pa\u00eds, realizar su evaluaci\u00f3n y \u00a0proponer los ajustes y modificaciones que correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Representar, junto con el Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0al Gobierno de Colombia en la ejecuci\u00f3n de todos los actos relativos a la \u00a0celebraci\u00f3n de instrumentos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aprobar y dirigir los planes, programas y proyectos a \u00a0cargo del Ministerio e impartir las instrucciones necesarias para su adecuada \u00a0implementaci\u00f3n en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Aprobar, dirigir y coordinar lo relacionado con temas \u00a0espec\u00edficos de la pol\u00edtica exterior de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por el cumplimiento de las normas vigentes en \u00a0materia de protocolo y ceremonial diplom\u00e1tico, benepl\u00e1citos, privilegios, prerrogativas \u00a0e inmunidades y condecoraciones o merecimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Conceptuar sobre los actos administrativos \u00a0relacionados con los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar la implementaci\u00f3n del sistema de Control \u00a0Interno y disponer el dise\u00f1o de los m\u00e9todos y procedimientos necesarios para \u00a0garantizar que todas las actividades, as\u00ed como el ejercicio de las funciones a \u00a0cargo de los servidores del Ministerio se ci\u00f1an a los art\u00edculos 209 y 269 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, a \u00a0la Ley 87 de 1993 y dem\u00e1s \u00a0normas legales y reglamentarias que se expidan sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Delegar en los servidores de los niveles directivo y asesor \u00a0las funciones que se requieran para el \u00f3ptimo desarrollo de la gesti\u00f3n del \u00a0Ministerio, as\u00ed como la asistencia a Comisiones Intersectoriales, Consejos y \u00a0Juntas Directivas y Comit\u00e9s lnterinstitucionales de \u00a0las cuales forme parte por derecho propio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Fallar en segunda instancia los procesos \u00a0disciplinarios que se adelanten contra los servidores y ex servidores p\u00fablicos \u00a0del Ministerio, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Procuradur\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Definir, aprobar y dirigir todo lo relacionado con \u00a0las comunicaciones estrat\u00e9gicas internas y externas, la imagen institucional y \u00a0la divulgaci\u00f3n de los planes, programas, proyectos y actividades del Ministerio \u00a0y sus Misiones, tanto en el \u00e1mbito nacional como internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Crear, integrar y reglamentar el funcionamiento de \u00a0comit\u00e9s o grupos de trabajo interinstitucionales de car\u00e1cter asesor o \u00a0consultivo, con o sin la participaci\u00f3n del sector privado, para conocer la \u00a0opini\u00f3n de expertos sobre materias relacionadas con los intereses \u00a0internacionales del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Crear, organizar y reglamentar, mediante resoluci\u00f3n, \u00a0los grupos internos de trabajo y comit\u00e9s necesarios, con el fin de desarrollar \u00a0los objetivos, pol\u00edticas, planes, programas y proyectos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar con los Viceministerios \u00a0y dem\u00e1s dependencias pertinentes las respuestas que deba presentar al Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica o a otras instancias que as\u00ed lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Expedir los actos administrativos que le correspondan \u00a0y decidir sobre los recursos legales que se interpongan cuando sean de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Orientar la funci\u00f3n de planeaci\u00f3n del sector \u00a0administrativo a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir las funciones de administraci\u00f3n de personal \u00a0conforme a las normas sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Orientar y coordinar las actividades de las entidades \u00a0adscritas y vinculadas al Ministerio de Relaciones Exteriores en los t\u00e9rminos \u00a0de las leyes y estatutos que las rijan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s funciones que le sean delegadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica o que le atribuya la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Direcci\u00f3n del Protocolo. Son funciones de la Direcci\u00f3n del Protocolo, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir las actividades propias del protocolo y \u00a0ceremonial diplom\u00e1tico del Estado y asesorar sobre el particular a las \u00a0entidades oficiales que lo soliciten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar, organizar, coordinar y vigilar el \u00a0cumplimiento de las normas pertinentes en todos los actos o ceremonias a los \u00a0que concurra el Presidente de la Rep\u00fablica y en los que participen miembros del \u00a0Cuerpo Diplom\u00e1tico o funcionarios oficiales extranjeros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar todos los aspectos de ceremonial y protocolo \u00a0en las visitas que realicen al pa\u00eds los Jefes de Estado, Jefes de Gobierno, \u00a0altas autoridades de Estado y otras personalidades invitadas por el Gobierno \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y apoyar las visitas oficiales que realicen \u00a0fuera del pa\u00eds el Presidente de la Rep\u00fablica, el Vicepresidente y el Ministro \u00a0de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar todas las tareas relacionadas con el \u00a0otorgamiento de las condecoraciones nacionales de las Ordenes de Boyac\u00e1, de San \u00a0Carlos y Nacional al M\u00e9rito y tramitar la autorizaci\u00f3n a funcionarios \u00a0colombianos para aceptar condecoraciones extranjeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Tramitar las solicitudes de audiencias protocolarias \u00a0de los Jefes de Misiones extranjeras, funcionarios oficiales extranjeros y \u00a0funcionarios de organismos internacionales, con el Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0con el Vicepresidente, con el Ministro de Relaciones Exteriores, con los \u00a0Viceministros y con el Secretario General del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Se\u00f1alar la \u00a0precedencia de los agentes diplom\u00e1ticos y determinar la de los asistentes a \u00a0ceremonias o actos oficiales que cuenten con la presencia del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, del Vicepresidente, del Ministro de Relaciones Exteriores, de los \u00a0Viceministros, del Secretario General del Ministerio o del Cuerpo Diplom\u00e1tico \u00a0acreditado ante el Estado colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Tramitar las solicitudes, en consulta con los Viceministerios y Direcciones correspondientes, de \u00a0benepl\u00e1cito que se presenten ante el Gobierno Nacional para la designaci\u00f3n de \u00a0los Jefes de Misi\u00f3n extranjeros, y de aprobaci\u00f3n en los casos de otros miembros \u00a0del personal de las Misiones que as\u00ed lo requieran, al igual que el \u00a0reconocimiento de c\u00f3nsules extranjeros en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Servir de enlace entre los consulados acreditados en \u00a0Colombia y las entidades oficiales correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Evaluar y registrar la acreditaci\u00f3n correspondiente \u00a0de los miembros del personal de las Misiones diplom\u00e1ticas, consulares, de \u00a0organismos internacionales y de cooperaci\u00f3n, y autorizar la expedici\u00f3n de los \u00a0diferentes documentos de identificaci\u00f3n de dichas personas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Gestionar ante las autoridades nacionales la \u00a0aplicaci\u00f3n de los privilegios e inmunidades a que tengan derecho las Misiones \u00a0extranjeras y los miembros del personal de estas, acreditados ante el Estado \u00a0colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Velar por el cumplimiento, conforme a los tratados \u00a0internacionales, de los privilegios e inmunidades a que tengan derecho las \u00a0misiones extranjeras y los miembros del personal de estas, acreditados ante el \u00a0Estado colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Estudiar, tramitar y resolver las solicitudes de \u00a0visas preferenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ordenar la preparaci\u00f3n y revisi\u00f3n de las cartas \u00a0credenciales, letras patentes, exequ\u00e1tur, diplomas y de otros documentos de \u00a0esta \u00edndole. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Asistir t\u00e9cnicamente a la Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Jur\u00eddicos Internacionales y a los Despachos de los Viceministerios, \u00a0en la negociaci\u00f3n de acuerdos internacionales, en aquellos aspectos relativos a \u00a0privilegios e inmunidades y emitir los conceptos que le soliciten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Mantener actualizados los directorios del cuerpo \u00a0diplom\u00e1tico y consular y de los organismos internacionales con representaci\u00f3n o \u00a0sede en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos Internacionales. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos \u00a0Internacionales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y controlar la gesti\u00f3n jur\u00eddica \u00a0internacional del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Ministro, Viceministros, Secretario \u00a0General y Directores, en la gesti\u00f3n jur\u00eddica internacional del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer y articular, en coordinaci\u00f3n las respectivas \u00a0dependencias del Ministerio, las pol\u00edticas para la defensa jur\u00eddica \u00a0internacional de los intereses del Estado Colombiano de competencia del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar en la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas para la \u00a0defensa jur\u00eddica internacional de los intereses del Estado Colombiano con las \u00a0entidades estatales competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Orientar la ejecuci\u00f3n de los estudios jur\u00eddicos \u00a0requeridos por el Ministerio para fortalecer tanto la gesti\u00f3n jur\u00eddica, como la \u00a0defensa judicial internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar a las entidades que representan los intereses \u00a0del Estado en materia judicial en el \u00e1mbito internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Realizar el seguimiento y an\u00e1lisis de las decisiones \u00a0de las autoridades judiciales internacionales que afecten las relaciones \u00a0exteriores de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer y coordinar con las entidades estatales competentes, \u00a0las pol\u00edticas de prevenci\u00f3n del da\u00f1o antijur\u00eddico por la responsabilidad \u00a0internacional del Estado, y la elaboraci\u00f3n de los instructivos necesarios con \u00a0destino a las diferentes entidades estatales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Conceptuar sobre la negociaci\u00f3n, el perfeccionamiento \u00a0y denuncia de tratados internacionales, en desarrollo de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Tramitar los plenos poderes que deben acreditar los \u00a0representantes del Gobierno para la celebraci\u00f3n y perfeccionamiento de tratados \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar la selecci\u00f3n, compilaci\u00f3n, sistematizaci\u00f3n, \u00a0actualizaci\u00f3n, publicaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n normativa, \u00a0jurisprudencial y doctrinal relacionada con la gesti\u00f3n jur\u00eddica internacional \u00a0del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Mantener actualizada la base de datos de los tratados \u00a0internacionales celebrados por Colombia, incluyendo la correspondiente \u00a0informaci\u00f3n normativa, jurisprudencial y doctrinal, y coordinar con las \u00a0entidades respectivas los informes que al respecto deban rendirse al Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica y dem\u00e1s autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Estudiar, cuando le sea solicitado por el Ministro o \u00a0los Viceministros, las reclamaciones diplom\u00e1ticas que se presenten ante el \u00a0Gobierno de Colombia o que este deba presentar ante otros gobiernos u \u00a0organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender, cuando le sea solicitado por el Ministro, la \u00a0defensa jur\u00eddica internacional de los intereses del Estado Colombiano, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dependencias del Ministerio y las entidades estatales \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Adelantar los tr\u00e1mites que en materia de extradici\u00f3n \u00a0le correspondan al Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Elaborar estudios y conceptos sobre temas de Derecho \u00a0Internacional p\u00fablico y privado y su aplicaci\u00f3n en asuntos de pol\u00edtica exterior \u00a0y migratoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar la elaboraci\u00f3n y presentaci\u00f3n, con las \u00a0dem\u00e1s entidades estatales competentes, de los proyectos de ley relacionados con \u00a0los tratados, acuerdos y convenios internacionales, y asesorar al Ministro en \u00a0su desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Participar y conceptuar en las negociaciones \u00a0internacionales relacionadas con la soluci\u00f3n de controversias y con los asuntos \u00a0institucionales de los tratados, acuerdos y convenios internacionales, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dependencias del Ministerio y entidades estatales \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Estudiar, conceptuar y tramitar las solicitudes de \u00a0nacionalidad colombiana por adopci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Proyectar y sustanciar, en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia, los recursos que por la v\u00eda gubernativa corresponda resolver al \u00a0Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Direcci\u00f3n de la Academia Diplom\u00e1tica. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de la Academia Diplom\u00e1tica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar el proceso de selecci\u00f3n de aspirantes para \u00a0el ingreso a la Academia Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar los concursos de ingreso a la Carrera \u00a0Diplom\u00e1tica y Consular, de conformidad con lo establecido en las disposiciones \u00a0legales que la regulan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Programar y ejecutar los cursos de capacitaci\u00f3n y \u00a0examen de idoneidad profesional para ascenso dentro de la Carrera Diplom\u00e1tica y \u00a0Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar y actualizar peri\u00f3dicamente los cursos de \u00a0formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y dem\u00e1s programas de estudio de la \u00a0Academia, de conformidad con lo previsto en las disposiciones que regulan el \u00a0Servicio Exterior y la Carrera Diplom\u00e1tica y Consular y con los intereses y \u00a0prioridades definidas por el Despacho del Ministro y los Viceministerios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar a las dependencias competentes, los informes \u00a0sobre el rendimiento acad\u00e9mico de los alumnos de la Academia, as\u00ed como la \u00a0informaci\u00f3n sobre el rendimiento acad\u00e9mico de los cursos de capacitaci\u00f3n y de \u00a0actualizaci\u00f3n para el ascenso y para permanencia en el rango de los \u00a0funcionarios de la Carrera Diplom\u00e1tica y Consular, de conformidad con las \u00a0normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar estudios e investigaciones, de manera directa \u00a0o por conducto de instituciones de educaci\u00f3n superior, p\u00fablicas o privadas, que \u00a0apoyen al Ministro en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior y migratoria, en \u00a0coordinaci\u00f3n con los Viceministerios y dependencias \u00a0pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover y ejecutar programas de intercambio y \u00a0cooperaci\u00f3n acad\u00e9mica con instituciones similares o con instituciones de \u00a0educaci\u00f3n superior del pa\u00eds y del exterior, en temas relacionados con el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Brindar apoyo acad\u00e9mico y t\u00e9cnico a la Direcci\u00f3n de \u00a0Talento Humano en los programas de capacitaci\u00f3n, formaci\u00f3n, inducci\u00f3n y \u00a0reinducci\u00f3n de los funcionarios del Ministerio, con fundamento en las \u00a0directrices y criterios establecidos por la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Definir y llevar a cabo los procesos internos para la \u00a0selecci\u00f3n de los funcionarios del Ministerio que aspiren al otorgamiento de \u00a0becas de estudio en el pa\u00eds o fuera de \u00e9l. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Emitir concepto sobre la procedencia y fines de las \u00a0comisiones de estudio que soliciten los funcionarios del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Contribuir al continuo desarrollo profesional de los \u00a0funcionarios del Ministerio de manera que puedan atender y servir eficazmente a \u00a0los requerimientos y objetivos de la pol\u00edtica exterior y fortalecer su \u00a0capacidad negociadora. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar la preparaci\u00f3n y elaboraci\u00f3n de \u00a0publicaciones sobre temas de inter\u00e9s en materia de pol\u00edtica exterior y promover \u00a0su divulgaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir, organizar, custodiar y prestar los servicios \u00a0de biblioteca, centro de documentaci\u00f3n y hemeroteca para el Ministerio y el \u00a0p\u00fablico en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Desarrollo \u00a0Organizacional. Son funciones de \u00a0la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Desarrollo Organizacional, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en el dise\u00f1o y formulaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, estrategias, planes, programas y proyectos institucionales para el \u00a0efectivo cumplimiento de la misi\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar, en coordinaci\u00f3n con el Despacho del \u00a0Ministro, los Viceministros y la Secretar\u00eda General, la formulaci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior y migratoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Brindar las directrices conceptuales y metodol\u00f3gicas \u00a0para la formulaci\u00f3n del direccionamiento estrat\u00e9gico del Ministerio, del Fondo \u00a0Rotatorio adscrito y de las Misiones colombianas acreditadas en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar a las dependencias del Ministerio en la \u00a0formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes, programas y proyectos institucionales y \u00a0en los procesos de planeaci\u00f3n y programaci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar e implementar metodolog\u00edas de planeaci\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica para la gerencia de los planes y proyectos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Brindar las directrices conceptuales y metodol\u00f3gicas \u00a0para la formulaci\u00f3n del plan de acci\u00f3n y los planes anuales operativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar la metodolog\u00eda para la elaboraci\u00f3n, medici\u00f3n y \u00a0seguimiento de los planes, programas y proyectos del Ministerio, el Fondo \u00a0Rotatorio adscrito y las Misiones colombianas acreditadas en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar a las dependencias del Ministerio en la \u00a0formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de sistemas de evaluaci\u00f3n y seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar a la Secretar\u00eda General para el desarrollo de \u00a0las funciones asignadas al Comit\u00e9 T\u00e9cnico para la organizaci\u00f3n y funcionamiento \u00a0de las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Establecer los \u00a0lineamientos que permitan dise\u00f1ar acciones de planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica y \u00a0desarrollo organizacional, as\u00ed como la optimizaci\u00f3n de procesos y el dise\u00f1o de \u00a0criterios y m\u00e9todos de operaci\u00f3n y control que redunden en la eficiencia y \u00a0eficacia de los procesos y la efectividad del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar a las dependencias del Ministerio en la formulaci\u00f3n \u00a0e implementaci\u00f3n de acciones de mejoramiento continuo, acciones preventivas y \u00a0correctivas y en la aplicaci\u00f3n de los sistemas de indicadores para el control y \u00a0evaluaci\u00f3n de planes, programas, proyectos y procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Realizar el seguimiento al cumplimiento de los \u00a0procesos establecidos, mediante el monitoreo a los indicadores de gesti\u00f3n y \u00a0puntos de control identificados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar la implementaci\u00f3n, documentaci\u00f3n, \u00a0mantenimiento y mejoramiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Proyectar los actos administrativos por los cuales se \u00a0adoptan los manuales de procesos y gestionar su formalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar con la Direcci\u00f3n Administrativa y \u00a0Financiera, con base en las directrices del Ministro de Relaciones Exteriores y \u00a0la Secretar\u00eda General, el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, la programaci\u00f3n del Marco de Gastos de \u00a0Mediano Plazo del Ministerio y del Fondo Rotatorio adscrito, y realizar los \u00a0tr\u00e1mites correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Preparar el anteproyecto del presupuesto de gastos de \u00a0funcionamiento e inversi\u00f3n del Ministerio y del Fondo Rotatorio adscrito, en \u00a0conjunto con la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera, con base en las \u00a0directrices del Ministro de Relaciones Exteriores y la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Organizar y operar el Banco de Proyectos del Sector \u00a0Administrativo de Relaciones Exteriores, tramitar ante el Departamento Nacional \u00a0de Planeaci\u00f3n la inclusi\u00f3n de los que el Ministerio priorice, e inscribir y \u00a0gestionar la obtenci\u00f3n de los recursos requeridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Preparar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias del \u00a0Ministerio, el informe anual al Congreso de la Rep\u00fablica y dem\u00e1s informes de \u00a0gesti\u00f3n que requieran las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Coordinar la rendici\u00f3n de cuentas a la ciudadan\u00eda y \u00a0el fomento de la participaci\u00f3n ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Despacho del Viceministro de Relaciones \u00a0Exteriores. Son funciones del \u00a0Despacho del Viceministro de Relaciones Exteriores, adem\u00e1s de las contenidas en \u00a0el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en la formulaci\u00f3n, direcci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n y seguimiento de la pol\u00edtica exterior y las relaciones \u00a0internacionales de Colombia en materia de relaciones bilaterales y en el \u00a0contexto de las organizaciones y foros regionales y subregionales \u00a0de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n a los cuales pertenece Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Suministrar al Ministro los elementos t\u00e9cnicos, \u00a0conceptuales y pol\u00edticos necesarios para la formulaci\u00f3n, planeaci\u00f3n, direcci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior del Estado en \u00a0materia de relaciones bilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con los organismos y entidades nacionales y \u00a0territoriales del Estado los asuntos relacionados con la ejecuci\u00f3n, desarrollo \u00a0y evaluaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior en materia de relaciones bilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divulgar, orientar e instruir, seg\u00fan sea el caso, el \u00a0contenido y el alcance de la pol\u00edtica exterior colombiana en materia de \u00a0relaciones bilaterales y garantizar su efectivo cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asistir al Ministro en la coordinaci\u00f3n de las \u00a0relaciones con otras entidades del Estado, con los organismos internacionales y \u00a0Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares acreditados en Colombia, en los temas de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar, bajo la orientaci\u00f3n del Ministro, la \u00a0participaci\u00f3n en los procesos que se adelanten en grupos de integraci\u00f3n, \u00a0consulta y concertaci\u00f3n pol\u00edtica en los \u00e1mbitos regionales y subregionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la elaboraci\u00f3n y presentaci\u00f3n de los \u00a0informes o estudios que le encomiende el Ministro, en materia de relaciones \u00a0bilaterales, de integraci\u00f3n y de concertaci\u00f3n regional y subregional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer directrices de pol\u00edtica exterior en los \u00a0asuntos de su competencia, en coordinaci\u00f3n con las entidades del orden nacional \u00a0y territorial y velar por la ejecuci\u00f3n de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar y coordinar las acciones que deba emprender el \u00a0Ministerio para la defensa de la soberan\u00eda nacional en el marco del Derecho \u00a0Internacional, bajo la direcci\u00f3n del Ministro y en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proponer, dirigir y coordinar los asuntos \u00a0relacionados con la caracterizaci\u00f3n y definici\u00f3n de las fronteras terrestres, \u00a0mar\u00edtimas y a\u00e9reas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover la gesti\u00f3n y\/o ejecuci\u00f3n de planes, \u00a0programas y proyectos de inversi\u00f3n o reinversi\u00f3n, seg\u00fan los lineamientos que \u00a0defina el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Proponer directrices sobre pol\u00edtica de integraci\u00f3n y \u00a0desarrollo fronterizo, coordinar con las entidades del orden nacional y \u00a0regional la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la misma y orientar su articulaci\u00f3n con \u00a0la pol\u00edtica exterior de Colombia, en el marco de las relaciones bilaterales y \u00a0los organismos regionales de integraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Mantener informadas a las dependencias y a las \u00a0Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares sobre el desarrollo de los temas de su \u00a0competencia para una mejor coordinaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Proponer directrices sobre pol\u00edtica migratoria \u00a0bilateral y coordinar con las Misiones acreditadas en el exterior su efectivo \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Direcciones Geogr\u00e1ficas. Son \u00a0funciones generales de las Direcciones Geogr\u00e1ficas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer al Viceministro de Relaciones Exteriores las \u00a0directrices de pol\u00edtica exterior, y asesorarlo en los temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Suministrar los elementos conceptuales, pol\u00edticos, \u00a0geogr\u00e1ficos y t\u00e9cnicos necesarios para la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior en \u00a0materia de relaciones bilaterales, organismos de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n \u00a0regional, y soberan\u00eda territorial y desarrollo fronterizo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Mantener la coordinaci\u00f3n con las Embajadas \u00a0acreditadas, en concertaci\u00f3n con las dependencias del Ministerio y las \u00a0entidades del Estado, y suministrarles la informaci\u00f3n necesaria para su \u00a0gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. En coordinaci\u00f3n con las dependencias del Ministerio, \u00a0con las Embajadas acreditadas en Colombia y con las entidades pertinentes, \u00a0preparar la documentaci\u00f3n que sea necesaria para el desarrollo de los trabajos \u00a0de apoyo a las visitas y reuniones oficiales de altos dignatarios, la activa \u00a0participaci\u00f3n en conferencias, las negociaciones de instrumentos \u00a0internacionales, as\u00ed como hacer la evaluaci\u00f3n, el seguimiento y velar por el \u00a0cumplimiento de los compromisos adquiridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la eficaz ejecuci\u00f3n de las directrices de \u00a0pol\u00edtica exterior y hacer su seguimiento y evaluaci\u00f3n, cuando a ello hubiere \u00a0lugar, para garantizar el adecuado posicionamiento e inserci\u00f3n de Colombia en \u00a0el contexto internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Impartir instrucciones espec\u00edficas a las Misiones \u00a0Diplom\u00e1ticas y Consulares para garantizar el cumplimiento de la pol\u00edtica \u00a0exterior colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Solicitar a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares, \u00a0informes sobre el estado de ejecuci\u00f3n de las directrices de pol\u00edtica exterior \u00a0en materia de relaciones bilaterales, de soberan\u00eda territorial y l\u00edmites y de \u00a0integraci\u00f3n y desarrollo fronterizo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con otras dependencias del Ministerio, con \u00a0las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares y con las entidades p\u00fablicas \u00a0correspondientes, la participaci\u00f3n y representaci\u00f3n del pa\u00eds en materia de \u00a0relaciones bilaterales y en lo relativo a los mecanismos de integraci\u00f3n y \u00a0concertaci\u00f3n regional, soberan\u00eda territorial y l\u00edmites e integraci\u00f3n y \u00a0desarrollo fronterizo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover la gesti\u00f3n y\/o ejecuci\u00f3n de planes, programas \u00a0y proyectos de inversi\u00f3n o reinversi\u00f3n en el marco del plan fronteras y de los \u00a0lineamientos que sobre proyectos de integraci\u00f3n y desarrollo fronterizo defina \u00a0el Ministro o el Viceministro de Relaciones Exteriores, para mejorar las \u00a0condiciones de vida de las comunidades de frontera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Contribuir en los procesos de preparaci\u00f3n y \u00a0negociaci\u00f3n que conduzcan a la suscripci\u00f3n de los instrumentos internacionales \u00a0de su competencia, en coordinaci\u00f3n con las dependencias del Ministerio y las \u00a0entidades correspondientes y hacer el seguimiento, evaluar sus resultados y \u00a0verificar de manera permanente el cumplimiento de los tratados y dem\u00e1s \u00a0instrumentos internacionales de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Ejercer las funciones espec\u00edficas asignadas por el \u00a0Ministro de Relaciones Exteriores, de conformidad con lo dispuesto en el Par\u00e1grafo \u00a0del art\u00edculo 5\u00b0 del presente Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Despacho del Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales. Son funciones del \u00a0Despacho del Viceministro de Asuntos Multilaterales, adem\u00e1s de las contenidas \u00a0en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro suministrando los elementos \u00a0t\u00e9cnicos, conceptuales y pol\u00edticos necesarios para la formulaci\u00f3n, planeaci\u00f3n, \u00a0direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0exterior del Estado en los foros multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir al Ministro en el desarrollo, ejecuci\u00f3n y \u00a0seguimiento de los instrumentos internacionales vigentes, y conceptuar sobre su \u00a0eventual terminaci\u00f3n o denuncia; cuando se considere oportuno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar y supervisar la participaci\u00f3n del \u00a0pa\u00eds en la negociaci\u00f3n de nuevos instrumentos internacionales o en la revisi\u00f3n \u00a0de dichos instrumentos, cuando sea del caso, en el seno de los organismos \u00a0multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar en los procesos de negociaci\u00f3n de tratados \u00a0o convenios multilaterales y coordinar con la Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos \u00a0Internacionales y con las autoridades sectoriales del nivel nacional, los \u00a0estudios necesarios para la ratificaci\u00f3n o la adhesi\u00f3n a los ya existentes y \u00a0hacer el seguimiento, evaluar sus resultados y verificar de manera permanente \u00a0el cumplimiento de los tratados y dem\u00e1s instrumentos internacionales de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Contribuir en los procesos de preparaci\u00f3n y \u00a0negociaci\u00f3n que conduzcan a la suscripci\u00f3n de los instrumentos internacionales \u00a0de su competencia, en coordinaci\u00f3n con las dependencias del Ministerio y las \u00a0entidades correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asistir al Ministro, en los temas de su competencia, \u00a0en las relaciones con otras entidades del Estado, con los organismos \u00a0internacionales y con las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares, acreditados en \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la elaboraci\u00f3n y presentaci\u00f3n de los \u00a0informes o estudios que le encomiende el Ministro, en materia de relaciones \u00a0multilaterales o en aquellas \u00e1reas tem\u00e1ticas que sean objeto de inter\u00e9s de los \u00a0organismos multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar, bajo la orientaci\u00f3n del Ministro, la \u00a0participaci\u00f3n en los procesos de consulta, negociaci\u00f3n y decisi\u00f3n que se \u00a0adelanten ante los organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar los \u00a0procesos interinstitucionales de coordinaci\u00f3n y consulta, orientados a la \u00a0construcci\u00f3n de la posici\u00f3n de Colombia para ser presentada en las discusiones \u00a0que se lleven a cabo en los foros multilaterales o en las negociaciones que se \u00a0adelanten en el seno de los organismos multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Consolidar las instrucciones impartidas a las \u00a0Delegaciones acreditadas ante organismos multilaterales para su participaci\u00f3n \u00a0en los per\u00edodos ordinarios o extraordinarios de sus \u00f3rganos principales o \u00a0subsidiarios, o en las reuniones convocadas por ellos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover la gesti\u00f3n y\/o ejecuci\u00f3n de planes, \u00a0programas y proyectos de inversi\u00f3n o reinversi\u00f3n, seg\u00fan los lineamientos que \u00a0defina el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar con los organismos y entidades del Estado y \u00a0las entidades privadas pertinentes, los asuntos relacionados con la ejecuci\u00f3n, \u00a0desarrollo y evaluaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior en los asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Atender, coordinar y tramitar, previa consulta con \u00a0las autoridades sectoriales pertinentes y con base en las instrucciones \u00a0impartidas por el Ministro, todos los asuntos relacionados con la \u00a0institucionalidad de los organismos internacionales, tales como las \u00a0candidaturas de Colombia, el apoyo a candidaturas de otros pa\u00edses y los pagos \u00a0de compromisos y contribuciones ante los organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Proponer directrices sobre pol\u00edtica migratoria \u00a0multilateral y coordinar con las Misiones colombianas acreditadas en el \u00a0exterior su efectivo cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Formular, de acuerdo con las prioridades de la \u00a0pol\u00edtica exterior, directrices de negociaci\u00f3n sobre la pol\u00edtica de cooperaci\u00f3n \u00a0internacional y coordinar con las entidades del orden nacional y regional \u00a0correspondientes, su ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Instruir a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares, \u00a0sobre el contenido y alcance de la pol\u00edtica exterior en aquellos temas de \u00a0inter\u00e9s de los foros multilaterales, y garantizar su efectivo cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Presidir la Comisi\u00f3n Asesora para la determinaci\u00f3n de \u00a0la condici\u00f3n de refugiado o designar su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejercer la Secretar\u00eda Ejecutiva de la Comisi\u00f3n \u00a0Nacional de Cooperaci\u00f3n con la Unesco y dar \u00a0cumplimiento a las funciones que a este se le asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Gestionar el desarrollo en Colombia de las \u00e1reas del \u00a0programa de la Unesco que se estimen adecuadas a las \u00a0necesidades del pa\u00eds y realizar el seguimiento, control del tr\u00e1mite, ejecuci\u00f3n \u00a0presupuestal y registro contable de los proyectos de cooperaci\u00f3n resultantes \u00a0con este organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcciones Multilaterales. Son funciones de las Direcciones Multilaterales, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Brindar al Viceministro de Asuntos Multilaterales los \u00a0elementos t\u00e9cnicos, jur\u00eddicos y conceptuales para la definici\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0exterior del Estado en materia de relaciones multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar la coordinaci\u00f3n interinstitucional necesaria \u00a0para formular y recomendar al Viceministro de Asuntos Multilaterales la \u00a0adopci\u00f3n de las directrices de pol\u00edtica exterior del Estado en materia de \u00a0relaciones multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar y defender la posici\u00f3n nacional ante los \u00a0organismos multilaterales en los diferentes asuntos objeto de discusi\u00f3n en \u00a0dichos foros, previa delegaci\u00f3n del Ministro o del Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar la ejecuci\u00f3n de las directrices de pol\u00edtica \u00a0exterior del Estado en las \u00e1reas tem\u00e1ticas objeto de discusi\u00f3n en los foros \u00a0multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0exterior del Estado en aquellas \u00e1reas tem\u00e1ticas objeto de discusi\u00f3n en los foros \u00a0multilaterales, respecto de su formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n, planificaci\u00f3n y \u00a0desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con otras dependencias del Ministerio, con \u00a0las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares y con las autoridades sectoriales, \u00a0p\u00fablicas y privadas, la participaci\u00f3n y representaci\u00f3n del pa\u00eds en las \u00a0instancias de discusi\u00f3n y negociaci\u00f3n internacionales relacionados con las \u00a0\u00e1reas tem\u00e1ticas objeto de inter\u00e9s de los organismos multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Participar en los procesos de consulta, di\u00e1logo y decisi\u00f3n \u00a0que adelanten autoridades nacionales con gobiernos extranjeros y organismos \u00a0internacionales sobre aquellas \u00e1reas tem\u00e1ticas objeto de discusi\u00f3n en los foros \u00a0multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Impartir, a trav\u00e9s de las direcciones del Viceministerio de Relaciones Exteriores, instrucciones \u00a0espec\u00edficas a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares, para garantizar el \u00a0cumplimiento de la pol\u00edtica exterior colombiana en aquellas \u00e1reas tem\u00e1ticas \u00a0objeto de discusi\u00f3n en los foros multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Solicitar a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares \u00a0informes sobre el estado de ejecuci\u00f3n de las directrices de pol\u00edtica exterior \u00a0sobre aquellas \u00e1reas tem\u00e1ticas objeto de discusi\u00f3n en los foros multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con otras dependencias del Ministerio, con \u00a0las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares y con las autoridades sectoriales, \u00a0p\u00fablicas y privadas, los procesos de an\u00e1lisis y cumplimiento de las \u00a0recomendaciones formuladas por los organismos multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Intervenir, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de \u00a0Asuntos Jur\u00eddicos Internacionales y las entidades y organizaciones p\u00fablicas y \u00a0privadas interesadas, en la preparaci\u00f3n, negociaci\u00f3n y adhesi\u00f3n a los \u00a0instrumentos internacionales sobre los diferentes asuntos objeto de discusi\u00f3n \u00a0en los organismos multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Participar, por delegaci\u00f3n, en las misiones y, cuando \u00a0sea el caso, llevar la representaci\u00f3n del Gobierno de Colombia en las \u00a0audiencias y sesiones de los organismos internacionales, bajo la orientaci\u00f3n \u00a0del Viceministro de Asuntos Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Ejercer las funciones espec\u00edficas asignadas por el \u00a0Ministro de Relaciones Exteriores, de conformidad con lo dispuesto en el \u00a0par\u00e1grafo del art\u00edculo 5\u00b0 del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, \u00a0planes y programas relacionados con el talento humano, los recursos financieros \u00a0y f\u00edsicos, la plataforma tecnol\u00f3gica y comunicacional, \u00a0el sistema de gesti\u00f3n documental y los servicios administrativos del Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio, as\u00ed como en la seguridad \u00a0jur\u00eddica en la defensa de los intereses de la entidad en el \u00e1mbito nacional, el \u00a0control disciplinario interno y la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica migratoria, los \u00a0asuntos consulares y el servicio al ciudadano en el pa\u00eds y en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y supervisar la gesti\u00f3n del talento humano, la \u00a0gesti\u00f3n financiera, presupuestal, contable y de tesorer\u00eda, la gesti\u00f3n \u00a0tecnol\u00f3gica y comunicacional, y los servicios \u00a0administrativos y de gesti\u00f3n documental del Ministerio y de su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Velar por el cumplimiento de la pol\u00edtica migratoria, \u00a0de los planes, programas y procedimientos en materia de gesti\u00f3n consular y \u00a0servicio al ciudadano, quejas, reclamos y tr\u00e1mites. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y supervisar la gesti\u00f3n jur\u00eddica interna y la \u00a0defensa judicial del Ministerio y de su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y supervisar la actividad contractual del Ministerio \u00a0y de su Fondo Rotatorio, de conformidad con la normatividad vigente sobre la \u00a0materia, los procedimientos internos y las directrices que imparta el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y supervisar la ejecuci\u00f3n del control \u00a0disciplinario interno, as\u00ed como la divulgaci\u00f3n del r\u00e9gimen disciplinario \u00a0aplicable a los servidores p\u00fablicos del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y controlar la emisi\u00f3n de los actos \u00a0administrativos producidos por el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Formular, planear, ejecutar y evaluar acciones \u00a0orientadas a la modernizaci\u00f3n y desarrollo organizacional del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores, de conformidad con normas y principios que orientan la \u00a0funci\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con la Direcci\u00f3n de Asuntos Migratorios, \u00a0Consulares y Servicio al Ciudadano la traducci\u00f3n de los documentos que \u00a0soliciten las distintas dependencias del Ministerio, las de documentos \u00a0oficiales y las que se requieran de conformidad con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Impartir directrices a las diferentes dependencias \u00a0del Ministerio sobre la actividad administrativa, proporcion\u00e1ndoles una \u00a0adecuada orientaci\u00f3n t\u00e9cnica que garantice la continuidad en la prestaci\u00f3n de \u00a0los servicios y la ejecuci\u00f3n de los programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Presentar a consideraci\u00f3n del Ministro los proyectos \u00a0de decreto que reglamentan la estructura interna y el funcionamiento del \u00a0Ministerio, y los proyectos de actos administrativos y dem\u00e1s documentos de \u00a0car\u00e1cter t\u00e9cnico y administrativo que deba suscribir en ejercicio de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir la realizaci\u00f3n de estudios sobre la planta de \u00a0personal y la actualizaci\u00f3n de los manuales de funciones y de competencias \u00a0laborales de los cargos de la planta del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Direcci\u00f3n de Talento Humano. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Talento Humano, adem\u00e1s \u00a0de las establecidas en el Decreto Ley 274 de \u00a02000, o la norma que lo modifique, adicione o complemente, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Suministrar a la Secretar\u00eda General los elementos \u00a0conceptuales y t\u00e9cnicos necesarios para la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y \u00a0programas en materia de gesti\u00f3n y proyecci\u00f3n del talento humano del Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular, ejecutar y evaluar los planes y programas \u00a0para la gesti\u00f3n del talento humano y adelantar las acciones relacionadas con la \u00a0selecci\u00f3n, ingreso, promoci\u00f3n y retiro de los funcionarios del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar la administraci\u00f3n de personal en materia \u00a0salarial, prestacional y situaciones administrativas, \u00a0de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular, ejecutar y evaluar los programas de \u00a0capacitaci\u00f3n, formaci\u00f3n y desarrollo para los funcionarios del Ministerio, con \u00a0el apoyo de la Academia Diplom\u00e1tica, de acuerdo con las necesidades \u00a0estrat\u00e9gicas de la entidad y las directrices y criterios establecidos por el \u00a0Ministro y la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer criterios y lineamientos t\u00e9cnicos de \u00a0evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o de los servidores p\u00fablicos del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar, ejecutar y evaluar los programas de bienestar \u00a0social y calidad de vida de los funcionarios y sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar, ejecutar y evaluar los programas de seguridad \u00a0industrial y salud ocupacional y velar por el cumplimiento de las normas \u00a0vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar, ejecutar y evaluar el sistema de \u00a0reconocimientos e incentivos del Ministerio, de conformidad con la legislaci\u00f3n \u00a0vigente sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Establecer los criterios para el dise\u00f1o, ejecuci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas de administraci\u00f3n del talento humano y los planes \u00a0individuales de carrera administrativa y diplom\u00e1tica y consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener actualizado el manual espec\u00edfico de \u00a0funciones y competencias laborales del Ministerio, de acuerdo con el marco \u00a0legal aplicable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones \u00a0legales, procedimientos y par\u00e1metros que rigen las carreras diplom\u00e1tica y \u00a0consular y administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Custodiar y mantener actualizadas las historias \u00a0laborales de todos los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Proporcionar orientaci\u00f3n t\u00e9cnica en los temas de su \u00a0competencia a las \u00e1reas que lo requieran y proponer los cambios que considere \u00a0convenientes para la gesti\u00f3n eficiente del talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Proyectar los actos administrativos de su competencia \u00a0y la ejecuci\u00f3n de las sanciones disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que se le asignen y correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera. Son funciones de la Direcci\u00f3n Administrativa y \u00a0Financiera, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Suministrar a la Secretar\u00eda General los elementos \u00a0conceptuales y t\u00e9cnicos para la toma de decisiones en materia de gesti\u00f3n \u00a0administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Suministrar a la Secretar\u00eda General los elementos conceptuales \u00a0y t\u00e9cnicos para la toma de decisiones en materia de gesti\u00f3n financiera del Minsiterio y su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular, ejecutar y evaluar las pol\u00edticas, normas y \u00a0procedimientos para la administraci\u00f3n de los recursos f\u00edsicos, los servicios generales \u00a0y el sistema de gesti\u00f3n documental del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular, ejecutar y controlar las pol\u00edticas, planes, \u00a0programas y dem\u00e1s acciones relacionadas con la gesti\u00f3n financiera, \u00a0presupuestal, contable y de tesorer\u00eda del Ministerio de Relaciones Exteriores y \u00a0su Fondo Rotatorio, de conformidad con las disposiciones legales vigentes en \u00a0estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar el plan anual de compras y adquisiciones del \u00a0Ministerio y su Fondo Rotatorio, de acuerdo con las necesidades estrat\u00e9gicas de \u00a0la entidad y las directrices y criterios establecidos por el Ministro y la \u00a0Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir la administraci\u00f3n, mantenimiento y adecuaci\u00f3n \u00a0de los bienes y recursos f\u00edsicos necesarios para el adecuado funcionamiento de \u00a0las dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Fondo Rotatorio y \u00a0las Misiones colombianas acreditadas en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Administrar, controlar y actualizar el inventario de \u00a0bienes y recursos f\u00edsicos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo \u00a0Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir el sistema de gesti\u00f3n documental del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio de acuerdo con las \u00a0normas y lineamientos del Archivo General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar y presentar para aprobaci\u00f3n de las instancias \u00a0correspondientes, en conjunto con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Desarrollo \u00a0Organizacional, el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e inversi\u00f3n \u00a0del Ministerio y su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Administrar los recursos financieros pertenecientes \u00a0al Ministerio y su Fondo Rotatorio atendiendo las directrices y normas en \u00a0materia fiscal, presupuestal y contable vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir las acciones necesarias para el adecuado \u00a0manejo del Sistema Integrado de Informaci\u00f3n Financiera, SIIF, del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y establecer criterios t\u00e9cnicos para su seguridad y \u00a0confidencialidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar y controlar administrativamente los \u00a0recaudos del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Administrar el portafolio de inversiones del Fondo \u00a0Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con la \u00a0normatividad vigente sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Brindar asistencia t\u00e9cnica a todas las dependencias \u00a0del Ministerio y a las Misiones colombianas acreditadas en el exterior, \u00a0respecto de los temas de su competencia, con el prop\u00f3sito de lograr una \u00a0eficiente gesti\u00f3n financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Elaborar los informes requeridos por los organismos \u00a0de control, as\u00ed como coordinar y controlar la rendici\u00f3n de cuentas contables y \u00a0financieras de las Misiones colombianas acreditadas en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Preparar y presentar ante las instancias \u00a0correspondientes los estados financieros del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores y del Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que se le asignen y correspondan a la naturaleza \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Direcci\u00f3n de Asuntos Migratorios, Consulares y \u00a0Servicio al Ciudadano. Son funciones de \u00a0la Direcci\u00f3n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar al Secretario General en el dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n \u00a0de la Pol\u00edtica Migratoria, los asuntos consulares y el servicio al ciudadano, \u00a0as\u00ed como en el ejercicio de las funciones en la Comisi\u00f3n Nacional \u00a0Intersectorial de Migraci\u00f3n y dem\u00e1s instancias o mecanismos de coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar al Secretario General y a los Viceministros en \u00a0la formulaci\u00f3n de las directrices de pol\u00edtica migratoria en sus \u00e1reas \u00a0respectivas, as\u00ed como coordinar la preparaci\u00f3n de la posici\u00f3n nacional y \u00a0defenderla en las reuniones, foros y organismos multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de las medidas \u00a0que se adopten en los foros multilaterales sobre la Pol\u00edtica Migratoria y \u00a0evaluar su impacto para los intereses nacionales, informar a la Secretar\u00eda \u00a0General y, por su conducto, al Viceministerio de \u00a0Asuntos Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Solicitar a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares, \u00a0informes sobre el estado de ejecuci\u00f3n de las directrices de Pol\u00edtica \u00a0Migratoria, la gesti\u00f3n consular y el servicio al ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Intervenir, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Jur\u00eddicos Internacionales y las entidades p\u00fablicas pertinentes en la \u00a0preparaci\u00f3n, negociaci\u00f3n y adhesi\u00f3n a los instrumentos internacionales en \u00a0materia de Pol\u00edtica Migratoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Analizar y conceptuar, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos Internacionales, sobre los proyectos de ley \u00a0presentados por el Gobierno o de iniciativa parlamentaria en temas de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar y proponer al Secretario General instrumentos \u00a0que permitan canalizar las iniciativas orientadas a velar por el bienestar de \u00a0los colombianos en el exterior, especialmente en los temas de seguridad social \u00a0y migraci\u00f3n laboral, as\u00ed como estimular el ejercicio de sus derechos pol\u00edticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Identificar y caracterizar la migraci\u00f3n internacional \u00a0colombiana y la migraci\u00f3n de extranjeros a Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Suministrar al Secretario General los elementos \u00a0t\u00e9cnicos y conceptuales en la formulaci\u00f3n de planes, programas y proyectos de \u00a0la gesti\u00f3n consular y de la atenci\u00f3n y prestaci\u00f3n de los servicios al \u00a0ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Planear, dirigir y controlar el sistema de gesti\u00f3n \u00a0consular, y los servicios que se prestan a los ciudadanos en el pa\u00eds y en el \u00a0exterior, el funcionamiento y calidad de los centros de atenci\u00f3n personalizada, \u00a0as\u00ed como de los medios de atenci\u00f3n virtual y telef\u00f3nica que adopte el \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Planificar y ejecutar, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Direcci\u00f3n de Talento Humano, procesos integrales de entrenamiento y \u00a0actualizaci\u00f3n dirigidos a los servidores p\u00fablicos del Ministerio encargados de la \u00a0gesti\u00f3n consular y del servicio al ciudadano en el pa\u00eds y en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir y coordinar la expedici\u00f3n de pasaportes y \u00a0visas, expedir los pasaportes diplom\u00e1ticos y oficiales e instruir y supervisar \u00a0a las entidades que el Ministerio determine en el proceso de expedici\u00f3n de \u00a0pasaportes, apostilla y legalizaci\u00f3n de documentos, de conformidad con los \u00a0convenios que se suscriban sobre la materia y gestionar su reconocimiento \u00a0internacional. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n \u00a05512 de 2015, M. de Relaciones Exteriores.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Servir de orientador de los asuntos que por \u00a0competencia correspondan atender directamente a los coordinadores de asistencia \u00a0a connacionales en el exterior, de legalizaciones y \u00a0apostille de documentos y dem\u00e1s gestiones consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Definir directrices y supervisar a los consulados en \u00a0el proceso de expedici\u00f3n de pasaportes, otorgamiento de visas, funciones \u00a0notariales y dem\u00e1s servicios al ciudadano asignados al personal consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar las actividades de los consulados para \u00a0adelantar las gestiones notariales, electorales, de registro civil, de \u00a0cedulaci\u00f3n y tarjetas de identidad, de reclutamiento, de certificaciones de \u00a0antecedentes judiciales, de supervivencias y dem\u00e1s tr\u00e1mites documentarios, \u00a0conforme a la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar, cuando proceda, con la Direcci\u00f3n de \u00a0Asuntos Jur\u00eddicos Internacionales el tr\u00e1mite de exhortos, cartas rogatorias y \u00a0diligencias judiciales que deban cumplirse en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir el funcionamiento del Sistema de Quejas y \u00a0Reclamos, proponer las soluciones implementadas y presentar los informes \u00a0evaluativos y las recomendaciones pertinentes a la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dirigir y evaluar la implementaci\u00f3n y desarrollo de \u00a0sistemas de informaci\u00f3n relacionados con la gesti\u00f3n consular y el portafolio de \u00a0servicios al ciudadano en el pa\u00eds y en el exterior y promover su difusi\u00f3n y \u00a0conocimiento entre los ciudadanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Presentar al Secretario General informes estad\u00edsticos \u00a0y an\u00e1lisis sobre los tr\u00e1mites y prestaci\u00f3n del servicio al ciudadano en el pa\u00eds \u00a0y en el exterior para la toma de acciones correctivas y de mejoramiento y \u00a0procesar los informes mensuales de los Consulados en la perspectiva de sus ingresos \u00a0con el fin de remitirlos a la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Vigilar, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera, la correcta aplicaci\u00f3n de las normas sobre \u00a0recaudos consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Informaci\u00f3n y Tecnolog\u00eda. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Informaci\u00f3n \u00a0y Tecnolog\u00eda, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Suministrar a la Secretar\u00eda General los elementos \u00a0conceptuales y t\u00e9cnicos para la toma de decisiones en materia de Tecnolog\u00edas de \u00a0Informaci\u00f3n y Comunicaciones (TIC), del Ministerio de Relaciones Exteriores y \u00a0su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y supervisar la implementaci\u00f3n de la \u00a0estrategia de Gobierno en L\u00ednea en el sector Relaciones Exteriores, mediante el \u00a0aprovechamiento de las Tecnolog\u00edas de Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y coordinar la identificaci\u00f3n de necesidades \u00a0de Tecnolog\u00edas de Informaci\u00f3n y Comunicaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, \u00a0del Fondo Rotatorio adscrito y sus Misiones en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Orientar y supervisar la formulaci\u00f3n, dise\u00f1o y \u00a0desarrollo, de aplicaciones, programas y sistemas de informaci\u00f3n requeridos \u00a0para el normal funcionamiento del Ministerio de Relaciones Exteriores con \u00a0fundamento en las necesidades de las \u00e1reas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar, con la Direcci\u00f3n de Talento Humano, la \u00a0planificaci\u00f3n y desarrollo de procesos integrales de capacitaci\u00f3n, formaci\u00f3n, \u00a0entrenamiento y actualizaci\u00f3n dirigidos a los servidores p\u00fablicos del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, en los temas de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Desarrollar e \u00a0Implementar proyectos de tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n acordes con \u00a0las necesidades del Ministerio de Relaciones Exteriores, su Fondo Rotatorio y \u00a0las Misiones en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Emitir conceptos t\u00e9cnicos relacionados con los \u00a0proyectos de tecnolog\u00eda de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n requeridos por las \u00a0dependencias del Ministerio, su Fondo Rotatorio y las Misiones en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Definir, reglamentar y controlar las normas, m\u00e9todos y est\u00e1ndares de tecnolog\u00eda \u00a0de informaci\u00f3n y de la plataforma de redes de comunicaciones e informaci\u00f3n \u00a0necesarios para la adecuada operaci\u00f3n y seguridad de la informaci\u00f3n del \u00a0Ministerio. Conc. Decreto 1067 de 2015, \u00a0art\u00edculo 2.2.3.1.6.19. \u00a0&#8211; Decreto \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores. Decreto 2840 de 2013, \u00a0art\u00edculo 31. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Organizar, operar y controlar el procesamiento electr\u00f3nico \u00a0de datos, as\u00ed como la sistematizaci\u00f3n integral, garantizando la \u00a0confidencialidad y seguridad de los datos y la informaci\u00f3n en el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio. Conc. Decreto 1067 de 2015, \u00a0art\u00edculo 2.2.3.1.6.19. \u00a0&#8211; Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores. Decreto 2840 de 2013, \u00a0art\u00edculo 31. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Garantizar el adecuado mantenimiento y actualizaci\u00f3n \u00a0de la plataforma inform\u00e1tica, sistemas de informaci\u00f3n, sistemas de seguridad y \u00a0servicios tecnol\u00f3gicos del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, \u00a0art\u00edculo 19: Ver Decreto 1066 de 2015, \u00a0art\u00edculo 2.2.3.1.6.19. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Oficina Asesora Jur\u00eddica Interna. Son funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica Interna, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Establecer, dise\u00f1ar y proponer al Ministro, pol\u00edticas, \u00a0planes, programas y procedimientos que aseguren la adecuada y oportuna defensa \u00a0jur\u00eddica de los intereses del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo \u00a0Rotatorio adscrito, en el \u00e1mbito nacional y en las misiones colombianas \u00a0acreditadas en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Prestar soporte jur\u00eddico a la Secretar\u00eda General y \u00a0dem\u00e1s dependencias del Ministerio sobre temas de derecho p\u00fablico y privado en \u00a0la legislaci\u00f3n nacional y velar por su adecuada aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar los conceptos y los estudios que se requieran \u00a0sobre el ordenamiento jur\u00eddico interno aplicable al Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Estudiar y revisar los proyectos de ley, decretos y \u00a0dem\u00e1s actos administrativos que guarden relaci\u00f3n con el ejercicio de las \u00a0competencias del Ministerio en el \u00e1mbito nacional, previo concepto de las \u00a0dependencias que hayan originado dichos instrumentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proyectar y sustanciar, en los temas de su \u00a0competencia, los recursos que por la v\u00eda gubernativa corresponda resolver al \u00a0Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender, por delegaci\u00f3n o poder otorgado por el \u00a0Ministro, todos los procesos jurisdiccionales, extrajudiciales y \u00a0administrativos en los que el Ministerio y su Fondo Rotatorio adscrito hagan \u00a0parte a nivel nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer seguimiento de la defensa jur\u00eddica de los \u00a0procesos que se sigan en el exterior en los que el Ministerio y su Fondo \u00a0Rotatorio adscrito hagan parte a trav\u00e9s de sus misiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener actualizada la base de datos de los conceptos \u00a0y fallos de las autoridades judiciales nacionales relacionados con el \u00a0Ministerio, y comunicar lo pertinente a las dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar el seguimiento y an\u00e1lisis del comportamiento \u00a0de los fallos de las autoridades judiciales nacionales relacionados con las \u00a0funciones y gesti\u00f3n del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proponer las pol\u00edticas de prevenci\u00f3n del da\u00f1o \u00a0antijur\u00eddico del Ministerio y de su Fondo Rotatorio y coordinar la preparaci\u00f3n \u00a0de los instructivos necesarios con destino a las diferentes dependencias y \u00a0misiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Otorgar poder a abogados externos expertos o \u00a0especializados en el \u00e1rea del derecho que se precise, previa autorizaci\u00f3n del \u00a0Ministro de Relaciones Exteriores, para atender procesos jurisdiccionales, \u00a0extrajudiciales y administrativos en territorio colombiano y dem\u00e1s asuntos \u00a0jur\u00eddicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Responder las acciones de tutela que se relacionen \u00a0con las funciones asignadas a la Oficina y prestar asesor\u00eda jur\u00eddica a las \u00a0dem\u00e1s dependencias del Ministerio, cuando as\u00ed lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adelantar todos los tr\u00e1mites y actividades \u00a0relacionadas con el cobro coactivo de las obligaciones que constituyen la \u00a0cartera del Ministerio y su Fondo Rotatorio, de conformidad con los \u00a0procedimientos se\u00f1alados en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Adelantar y coordinar el proceso de contrataci\u00f3n para \u00a0la adquisici\u00f3n de bienes y servicios que requiera el Ministerio y su Fondo \u00a0Rotatorio adscrito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Hacer seguimiento de la contrataci\u00f3n de bienes y \u00a0servicios que adelanten las misiones colombianas acreditadas en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Tramitar las reclamaciones laborales que presenten \u00a0los ciudadanos colombianos o residentes permanentes que trabajen en las \u00a0Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares acreditadas en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Atender los requerimientos de las autoridades \u00a0judiciales nacionales y aportar los documentos solicitados para los procesos \u00a0que se adelanten contra el Ministerio, previa coordinaci\u00f3n con la dependencia \u00a0del Ministerio pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Oficina de Control Disciplinario Interno. Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario \u00a0Interno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y coordinar el control disciplinario interno \u00a0del Ministerio de conformidad con lo establecido en el C\u00f3digo Disciplinario Unico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer la acci\u00f3n disciplinaria y aplicar el \u00a0procedimiento disciplinario con sujeci\u00f3n a las disposiciones, facultades, \u00a0competencias y procedimientos establecidos en la Ley 734 de 2002 o \u00a0C\u00f3digo Disciplinario Unico y dem\u00e1s disposiciones que \u00a0lo complementen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Conocer y fallar, en primera instancia, los procesos \u00a0disciplinarios que se adelanten contra los servidores y ex servidores p\u00fablicos \u00a0del Ministerio de Relaciones Exteriores y, en general, contra los sujetos \u00a0disciplinarios previstos en el C\u00f3digo Disciplinario Unico, \u00a0sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Procuradur\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dictar las providencias, resolver los recursos, \u00a0decidir sobre archivo de la investigaci\u00f3n, nulidades, prescripci\u00f3n de la \u00a0acci\u00f3n, y emitir las dem\u00e1s providencias y actos que procedan dentro de la \u00a0indagaci\u00f3n preliminar e investigaci\u00f3n disciplinaria de primera instancia a su cargo, \u00a0conforme con lo previsto en el C\u00f3digo Disciplinario Unico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Remitir al Despacho del Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores, para fallo de segunda instancia, las providencias y procesos \u00a0adelantados contra servidores y ex servidores del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores y sus Misiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Poner en conocimiento de la Fiscal\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n, de los organismos de control y fiscalizaci\u00f3n del Estado y de las \u00a0dependencias de control disciplinario interno de otras entidades, los hechos y \u00a0pruebas materia de la acci\u00f3n disciplinaria a su cargo, cuando pudieren ser de \u00a0competencia de aquellos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Desarrollar las pol\u00edticas de control disciplinario y \u00a0adelantar actividades orientadas a la prevenci\u00f3n de faltas disciplinarias y al \u00a0dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de una pol\u00edtica de prevenci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar con las \u00e1reas competentes en el Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores y bajo la coordinaci\u00f3n de la Secretar\u00eda General, en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y programas de capacitaci\u00f3n sobre el r\u00e9gimen \u00a0disciplinario, sus desarrollos normativos, doctrinarios y jurisprudenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organizaci\u00f3n y funcionamiento de las Misiones en el \u00a0Exterior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Misiones Diplom\u00e1ticas. Sin perjuicio de las funciones establecidas en la \u00a0Convenci\u00f3n de Viena de 1961, son funciones permanentes de las Misiones \u00a0Diplom\u00e1ticas (Embajadas y Delegaciones Permanentes ante Organismos \u00a0Internacionales), las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Promover y salvaguardar los intereses del pa\u00eds y de \u00a0sus nacionales ante los dem\u00e1s Estados, Organismos y Conferencias \u00a0Internacionales y la Comunidad Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar la pol\u00edtica exterior colombiana en materia de \u00a0relaciones bilaterales y multilaterales ante los pa\u00edses y Organismos \u00a0Internacionales a su cargo, con fundamento en los lineamientos del Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar en las negociaciones internacionales que \u00a0involucren a Colombia y a los pa\u00edses y Organismos Internacionales ante los \u00a0cuales se encuentre acreditado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento a la evoluci\u00f3n del contexto \u00a0pol\u00edtico, econ\u00f3mico, social, cultural, de los pa\u00edses y Organismos \u00a0Internacionales ante los cuales se encuentre acreditado, as\u00ed como prever las \u00a0posibles implicaciones que pueda tener sobre la pol\u00edtica exterior e intereses \u00a0nacionales, e informar y proponer oportunamente a los Viceministerios \u00a0correspondientes, los ajustes pertinentes a la pol\u00edtica exterior colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Identificar los espacios pol\u00edticos, econ\u00f3micos, culturales, \u00a0de los pa\u00edses y Organismos Internacionales correspondientes, que pueden ser \u00a0aprovechados para la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior y para la promoci\u00f3n de \u00a0los intereses de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presidir las delegaciones que representen al pa\u00eds, \u00a0cuando as\u00ed lo disponga el Ministerio de Relaciones Exteriores, en las reuniones \u00a0de car\u00e1cter bilateral y multilateral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejecutar la pol\u00edtica migratoria bajo su jurisdicci\u00f3n y \u00a0proponer acciones en la materia cuando proceda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ejecutar la pol\u00edtica en materia de desarrollo \u00a0fronterizo del pa\u00eds, en el caso de las representaciones ante pa\u00edses fronterizos \u00a0y proponer acciones en la materia cuando proceda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Suministrar a las Direcciones de los Viceministerios correspondientes los elementos t\u00e9cnicos y \u00a0conceptuales para la definici\u00f3n de la pol\u00edtica exterior en materia de las \u00a0relaciones bilaterales y multilaterales con los pa\u00edses y Organismos \u00a0Internacionales a su cargo ante los cuales est\u00e1 acreditado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener permanentemente informadas a las Direcciones \u00a0de los Viceministerios correspondientes, sobre el \u00a0estado de ejecuci\u00f3n de las directrices de pol\u00edtica exterior en materia de \u00a0relaciones bilaterales y multilaterales a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Ejecutar y dar seguimiento al plan de acci\u00f3n de los pa\u00edses \u00a0y Organismos Internacionales a su cargo, con fundamento en las directrices, \u00a0m\u00e9todos y criterios que establezca la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y \u00a0Desarrollo Organizacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ejercer funciones consulares, cuando sea el caso, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al \u00a0Ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Ejecutar la pol\u00edtica de promoci\u00f3n de Colombia en el \u00a0exterior, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Culturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Orientar, evaluar y hacer seguimiento a la gesti\u00f3n de \u00a0los Consulados de su jurisdicci\u00f3n, teniendo en cuenta los intereses del pa\u00eds y \u00a0la necesaria protecci\u00f3n de los derechos fundamentales de los colombianos en el \u00a0exterior y coordinar lo pertinente con las pol\u00edticas adoptadas por el \u00a0Ministerio en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coadyuvar en la promoci\u00f3n de los v\u00ednculos de todo \u00a0orden de las comunidades colombianas en el exterior con el pa\u00eds, como medio de \u00a0exaltar la identidad y valores nacionales y contribuir al mantenimiento de la \u00a0buena imagen de Colombia en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s funciones que les sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Consulados. Sin perjuicio de las funciones establecidas en la Convenci\u00f3n de Viena de \u00a01963, son funciones permanentes de los consulados, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Promover y salvaguardar los intereses del pa\u00eds y de \u00a0sus nacionales en las \u00e1reas de su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Brindar \u00a0asesor\u00eda jur\u00eddica, social y asistencia requerida por los connacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Velar, dentro de los l\u00edmites que impongan las leyes y \u00a0reglamentos del Estado receptor, por los intereses de los connacionales \u00a0menores de edad y de otras personas que carezcan de capacidad plena. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Actuar en calidad de notario, de funcionario de \u00a0Registro Civil, y en funciones similares y ejercitar otras de car\u00e1cter \u00a0administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Expedir pasaportes y documentos de viaje a los connacionales, y visados o documentos adecuados a las \u00a0personas que deseen viajar a Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar dentro de su jurisdicci\u00f3n, las labores de \u00a0promoci\u00f3n econ\u00f3mica, tur\u00edstica, cient\u00edfica, cultural, entre otras, conforme a \u00a0los lineamientos de la Misi\u00f3n Diplom\u00e1tica correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Rendir informes, de conformidad con el reglamento, a \u00a0la Misi\u00f3n Diplom\u00e1tica correspondiente sobre la evoluci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0migratoria bajo su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar informes, de conformidad con el reglamento, \u00a0a la Misi\u00f3n Diplom\u00e1tica correspondiente, a la Direcci\u00f3n de Asuntos Migratorios, \u00a0Consulares y Servicio al Ciudadano y a la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera \u00a0sobre la evoluci\u00f3n de los servicios de tr\u00e1mites consulares, documentaci\u00f3n, \u00a0asistencia y asesor\u00edas prestados a la comunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejecutar la pol\u00edtica de promoci\u00f3n de Colombia en el \u00a0exterior, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Culturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Llevar un registro oportuno y confiable sobre el \u00a0n\u00famero y caracterizaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n colombiana que se encuentra en su \u00a0jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener actualizada la base de datos con informaci\u00f3n \u00a0referente al n\u00famero y tipo de tr\u00e1mites consulares, documentaci\u00f3n emitida, \u00a0asistencia a connacionales, colombianos detenidos y \u00a0asesor\u00edas prestadas, entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Formular y ejecutar actividades de protecci\u00f3n de los \u00a0derechos fundamentales de los colombianos en el exterior y ejercer ante las \u00a0autoridades del pa\u00eds donde se encuentren, las acciones pertinentes, de \u00a0conformidad con los principios y normas del Derecho Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s funciones que les sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Gesti\u00f3n integral de las Misiones Diplom\u00e1ticas y \u00a0Consulados. Los Consulados ejercer\u00e1n sus \u00a0funciones bajo la direcci\u00f3n y orientaci\u00f3n de los Embajadores designados en el \u00a0respectivo pa\u00eds de su jurisdicci\u00f3n, con el objeto de garantizar la gesti\u00f3n \u00a0integral de la pol\u00edtica exterior y migratoria, las relaciones bilaterales y \u00a0multilaterales, la promoci\u00f3n de los intereses del pa\u00eds y la protecci\u00f3n de sus \u00a0nacionales. Para los tr\u00e1mites de orden documental, los c\u00f3nsules y funcionarios \u00a0encargados de funciones consulares mantendr\u00e1n autonom\u00eda bajo las directrices de \u00a0la Direcci\u00f3n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organos Internos de Direcci\u00f3n, Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Comit\u00e9 T\u00e9cnico para la Organizaci\u00f3n y \u00a0Funcionamiento de las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares. Cr\u00e9ase el Comit\u00e9 T\u00e9cnico para la Organizaci\u00f3n y \u00a0Funcionamiento de las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares, el cual estar\u00e1 \u00a0integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado, \u00a0quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Viceministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Viceministro de Asuntos Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Secretario General, quien har\u00e1 las veces de \u00a0Secretario T\u00e9cnico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Director de Talento Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Director Administrativo y Financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y \u00a0Desarrollo Organizacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Comit\u00e9 podr\u00e1 invitar a sus sesiones, \u00a0permanente o transitoriamente, a los servidores p\u00fablicos del Ministerio que \u00a0considere pertinente, seg\u00fan los asuntos a tratar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Funciones del Comit\u00e9 T\u00e9cnico para la \u00a0Organizaci\u00f3n y Funcionamiento de las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares. El Comit\u00e9 T\u00e9cnico tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer al Ministro de Relaciones Exteriores la \u00a0metodolog\u00eda para la creaci\u00f3n, ubicaci\u00f3n y conformaci\u00f3n de las misiones en el \u00a0exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer al Ministro de Relaciones Exteriores los \u00a0criterios para asignar concurrencias y jurisdicciones consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer al Ministro de Relaciones Exteriores los \u00a0criterios para la ubicaci\u00f3n, clasificaci\u00f3n y conformaci\u00f3n de Misiones \u00a0Diplom\u00e1ticas y Consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer los recursos a distribuir en las Misiones \u00a0Diplom\u00e1ticas y Consulares, para lo cual se tendr\u00e1n en cuenta las \u00a0recomendaciones de la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera y los criterios que \u00a0debe proponer al Ministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer al Ministro de Relaciones Exteriores la \u00a0metodolog\u00eda para la organizaci\u00f3n de las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares, los \u00a0par\u00e1metros t\u00e9cnicos para la distribuci\u00f3n de personal y la planta para cada una \u00a0de ellas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aprobar y hacer seguimiento a los planes de acci\u00f3n \u00a0propuestos por las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares, en cumplimiento de la \u00a0pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir directrices y velar por la oportunidad y \u00a0calidad de la informaci\u00f3n reportada por las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Hacer recomendaciones a las diversas dependencias del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores, con el objeto de que estas brinden un \u00a0apoyo eficiente a las labores que desarrollan las Misiones Diplom\u00e1ticas y \u00a0Consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Organos Internos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n. La composici\u00f3n y \u00a0funciones del Consejo Acad\u00e9mico de la Academia Diplom\u00e1tica, el Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno, la Comisi\u00f3n de Personal de Carrera \u00a0Diplom\u00e1tica y Consular, la Comisi\u00f3n de Personal de Carrera Administrativa y el \u00a0Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo Administrativo, se regir\u00e1n por las disposiciones \u00a0legales y reglamentarias sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores. El Fondo Rotatorio del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores, creado por el Decreto 0020 de 1992, \u00a0es una Unidad Administrativa Especial del Orden Nacional, dotado de personer\u00eda \u00a0jur\u00eddica y patrimonio propio, adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La gesti\u00f3n del Fondo Rotatorio se cumplir\u00e1, en lo \u00a0pertinente, a trav\u00e9s de la estructura, procesos y la planta de personal del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. El Ministro de Relaciones Exteriores \u00a0adoptar\u00e1 las medidas conducentes para la organizaci\u00f3n administrativa del Fondo, \u00a0con sujeci\u00f3n a lo dispuesto en el Decreto 0020 de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VIII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones Laborales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Adopci\u00f3n de la nueva planta de personal. De conformidad con la estructura adoptada por el \u00a0presente decreto, el Gobierno Nacional proceder\u00e1 a adoptar la nueva Planta de \u00a0Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Atribuciones de los funcionarios de la planta \u00a0actual. Los funcionarios de la planta de \u00a0personal actual del Ministerio, continuar\u00e1n ejerciendo las funciones y \u00a0atribuciones a ellos asignadas, hasta tanto sea adoptada la nueva planta de \u00a0personal de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IX \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones Generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Archivo General. El Archivo General del Ministerio de Relaciones Exteriores no tiene \u00a0car\u00e1cter p\u00fablico y su consulta debe ser autorizada en forma escrita por el \u00a0Ministro, los Viceministros o el Secretario General, teniendo en cuenta la \u00a0materia consultada y el objeto de la consulta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La publicaci\u00f3n de datos atinentes a circunstancias o \u00a0negociaciones reservadas, no podr\u00e1 ser ordenada antes de treinta (30) a\u00f1os de \u00a0ocurridos tales eventos. Lo anterior, acorde con lo dispuesto sobre la materia \u00a0por el art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto ley 274 de \u00a02000 o la norma que lo modifique, adicione o complemente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conc. Decreto 1067 de 2015, \u00a0art\u00edculo 2.2.3.1.6.19. \u00a0&#8211; Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores. Ver Decreto 2840 de 2013, \u00a0art\u00edculo 31. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, \u00a0art\u00edculo 31: Decreto 1066 de 2015, \u00a0art\u00edculo 2.2.3.1.6.19. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Reserva de conceptos. Los conceptos de la Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos \u00a0Internacionales, as\u00ed como los informes relacionados con temas de Soberan\u00eda \u00a0Territorial y Desarrollo Fronterizo, est\u00e1n reservados al uso y conocimiento del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. En consecuencia, no podr\u00e1n ser \u00a0incorporados a expedientes levantados sobre reclamaciones privadas, ni \u00a0utilizados o conocidos por personas extra\u00f1as al Ministerio, sin autorizaci\u00f3n \u00a0escrita del Ministro, de los Viceministros o del Secretario General. Sin \u00a0embargo, el Ministerio podr\u00e1 dar a la publicidad aquellos conceptos que por su \u00a0inter\u00e9s general puedan servir para formar un cuerpo de doctrina del Ministerio \u00a0sobre temas jur\u00eddicos. Lo anterior acorde con lo dispuesto por el art\u00edculo 4\u00b0 \u00a0del Decreto ley 274 de \u00a02000 o la norma que lo modifique, adicione o complemente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n y deroga el Decreto 110 de 2004 \u00a0y las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 7 de septiembre de 2009. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Relaciones Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jaime Berm\u00fandez \u00a0Merizalde. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oscar Iv\u00e1n Zuluaga \u00a0Escobar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 DECRETO 3355 DE 2009 \u00a0 \u00a0 (septiembre 7) \u00a0 \u00a0 por medio del cual se modifica la estructura \u00a0del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el Decreto 869 de 2016, \u00a0art\u00edculo 29. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Modificada por el Decreto [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[64],"tags":[],"class_list":["post-42207","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2009"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42207","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=42207"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42207\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=42207"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=42207"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=42207"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}