{"id":42421,"date":"2023-07-28T19:02:46","date_gmt":"2023-07-28T19:02:46","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-4932-de-2009\/"},"modified":"2023-07-28T19:02:46","modified_gmt":"2023-07-28T19:02:46","slug":"decreto-4932-de-2009","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/28\/decreto-4932-de-2009\/","title":{"rendered":"DECRETO 4932 DE 2009"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 DECRETO 4932 DE 2009 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 18) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del cual se crea una Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Modificado por el Decreto 928 de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del \u00a0Interior y de Justicia de la Rep\u00fablica de Colombia, Delegatario de funciones presidenciales mediante Decreto \u00a0n\u00famero 4818 del 10 de diciembre de 2009, en ejercicio de sus facultades \u00a0constitucionales y legales y en especial las consagradas en la Ley 4\u00aa de 1913, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es importante \u00a0realizar una valoraci\u00f3n por parte de una comisi\u00f3n independiente sobre la \u00a0conveniencia de realizar una reforma estructural a la justicia y el alcance \u00a0normativo de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Ministro \u00a0del Interior dirigi\u00f3 una comunicaci\u00f3n al doctor Jos\u00e9 Alejandro \u00a0Bonivento en la cual, entre otros se\u00f1ala: \u201cme dirijo a usted con el prop\u00f3sito de solicitar su \u00a0valiosa colaboraci\u00f3n en la convocatoria y liderazgo de una comisi\u00f3n \u00a0independiente y aut\u00f3noma, que propicie una franca, abierta y constructiva \u00a0reflexi\u00f3n orientada a evaluar la posibilidad de realizar una reforma \u00a0estructural a la Justicia, que tenga en cuenta la colaboraci\u00f3n arm\u00f3nica entre \u00a0las diferentes ramas del poder y el balance institucional, funcional y t\u00e9cnico, \u00a0que debe haber entre ellas, respetando la autonom\u00eda propia de la Rama Judicial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Gobierno \u00a0Nacional no tiene una agenda tem\u00e1tica preestablecida a ser asumida por la \u00a0comisi\u00f3n, tampoco pretende intervenir en la selecci\u00f3n de las personas que har\u00e1n \u00a0parte de la misma, raz\u00f3n por lo cual deja a su sano criterio estos aspectos \u00a0esenciales, agradezco me comunique los nombres de los integrantes con el fin de \u00a0expedir al acto administrativo correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el \u00a0esp\u00edritu de propiciar las condiciones necesarias para consolidar la justicia \u00a0como un servicio p\u00fablico, aut\u00f3nomo, independiente, pronto, eficaz y cercano al \u00a0ciudadano, agradecemos su invaluable voluntad patri\u00f3tica de colaborar con esta \u00a0noble causa\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el doctor \u00a0Alejandro Bonivento contest\u00f3 la misma en los siguientes t\u00e9rminos: \u201c(&#8230;) Nunca dejar\u00e1 \u00a0de importar e interesar a una sociedad el tema de la justicia formal, sus \u00a0problemas, sus aspiraciones, su futuro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por eso \u00a0resulta importante emprender la tarea que usted propone en su comunicaci\u00f3n, con \u00a0el prop\u00f3sito m\u00e1s aut\u00e9ntico de procurar una reforma a la justicia-no en el \u00a0estudio de los c\u00f3digos que ser\u00e1 necesaria en su momento\u2013, en aquellos aspecto \u00a0constitucionales y legales que permitan alcanzar un nivel de formaci\u00f3n, \u00a0composici\u00f3n, gesti\u00f3n, relaci\u00f3n y estructuraci\u00f3n en un \u00e1mbito de cabal autonom\u00eda\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en \u00a0consecuencia es oportuno crear una comisi\u00f3n de expertos para que examine el \u00a0tema, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. Cr\u00e9ase la Comisi\u00f3n \u00a0de expertos cuyo fin ser\u00e1 evaluar la posibilidad y alcance de una reforma estructural \u00a0a la justicia que tenga en cuenta la colaboraci\u00f3n arm\u00f3nica entre las diferentes \u00a0ramas del poder y el balance institucional, funcional y t\u00e9cnico, que debe haber \u00a0entre ellas, respetando la autonom\u00eda propia de la Rama. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Integraci\u00f3n. \u00a0Teniendo \u00a0en cuenta la lista propuesta, la Comisi\u00f3n estar\u00e1 conformada por las siguientes \u00a0personas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El doctor Jos\u00e9 \u00a0Alejandro Bonivento Fern\u00e1ndez, ex Magistrado Corte Suprema de Justicia, Consejo \u00a0de Estado y Consejo Superior de la Judicatura, Profesor Universitario, quien la \u00a0presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de \u00a0la Corte Suprema de Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente del \u00a0Consejo de Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El doctor Gustavo \u00a0Aponte Santos, Consejero de Estado, Profesor Universitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El doctor Pablo \u00a0C\u00e1ceres Corrales, ex Magistrado Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado y \u00a0Consejo Superior de la Judicatura, Profesor Universitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El doctor Ricardo \u00a0Calvete Rangel, ex Magistrado Corte Suprema de Justicia, Profesor \u00a0Universitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El doctor Hernando \u00a0Herrera Vergara, ex Magistrado Corte Constitucional, Profesor Universitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El doctor Fernando \u00a0Hinestrosa Forero, ex Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Rector \u00a0Universidad Externado de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El doctor Carlos \u00a0Ignacio Jaramillo Jaramillo, ex Magistrado Corte Suprema de Justicia, Decano \u00a0Facultad de Jurisprudencia Pontificia Universidad Javeriana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El doctor Pedro \u00a0Lafont Planeta, ex Magistrado Corte Suprema de Justicia, Profesor \u00a0Universitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El doctor Eduardo L\u00f3pez \u00a0Villegas, Magistrado Corte Suprema de Justicia, Profesor Universitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El doctor Julio \u00a0Ojito Palma, Magistrado Tribunal Superior de Barranquilla, Profesor \u00a0Universitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El doctor Diego \u00a0Younes Moreno, ex Consejero de Estado, Profesor Universitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La \u00a0Comisi\u00f3n tendr\u00e1 la facultad de invitar a los funcionarios, representantes de \u00a0las entidades, expertos, acad\u00e9micos y dem\u00e1s personas que estime pueden ser de \u00a0utilidad para los fines de la Comisi\u00f3n cuando as\u00ed lo estime necesario, con el \u00a0fin de cumplir los objetivos encomendados en el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. Son funciones de \u00a0la Comisi\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Evaluar la \u00a0conveniencia y alcance de una reforma estructural a la justicia colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Analizar las \u00a0iniciativas acad\u00e9micas que se formulen sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar \u00a0consultas con entidades estatales, universidades, asociaciones de abogados y \u00a0las personas u organismos que la Comisi\u00f3n considere pertinentes, sobre las \u00a0reformas que sugieran deben introducirse. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar los \u00a0proyectos de normatividad que deseen proponer al Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s \u00a0funciones inherentes a la naturaleza de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Reuniones. La Comisi\u00f3n se \u00a0reunir\u00e1 ordinariamente, al menos, una vez al mes, pero podr\u00e1 reunirse cuantas \u00a0veces sea necesario para atender los fines y objetivos para el cual fue creada, \u00a0por decisi\u00f3n de la mayor\u00eda de los miembros de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Modificado por el Decreto 928 de 2010, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. La Comisi\u00f3n, una vez culminado sus estudios, deber\u00e1 rendir \u00a0su informe final de recomendaciones al Gobierno Nacional, para su evaluaci\u00f3n, a \u00a0m\u00e1s tardar el 19 de mayo de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del par\u00e1grafo.: \u201cLa Comisi\u00f3n, una vez \u00a0culminado sus estudios, deber\u00e1 rendir su informe final de recomendaciones al \u00a0Gobierno Nacional, para su evaluaci\u00f3n, a m\u00e1s tardar el 19 de marzo de 2010.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica ser\u00e1 ejercida por la doctora Gloria Mar\u00eda Borrero \u00a0Restrepo, Directora Ejecutiva de la Corporaci\u00f3n Excelencia para la justicia, y \u00a0tendr\u00e1 dentro de sus funciones, las siguientes: convocar a las reuniones \u00a0ordinarias y extraordinarias de la Comisi\u00f3n; elaborar el orden del d\u00eda de las \u00a0reuniones; llevar las actas de las reuniones; coordinar las acciones, elaborar \u00a0los cronogramas, planificar la entrega de materiales, organizar el archivo de \u00a0la Comisi\u00f3n, y las dem\u00e1s que sean necesarias para el efectivo cumplimiento de \u00a0las funciones de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. El \u00a0presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. \u00a0C., a 18 de diciembre de 2009. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FABIO VALENCIA \u00a0COSSIO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del \u00a0Interior y de Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fabio Valencia Cossio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 DECRETO 4932 DE 2009 \u00a0 \u00a0 (diciembre 18) \u00a0 \u00a0 por medio del cual se crea una Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0 Nota: Modificado por el Decreto 928 de 2010. \u00a0 \u00a0 El Ministro del \u00a0Interior y de Justicia de la Rep\u00fablica de Colombia, Delegatario de funciones presidenciales mediante Decreto \u00a0n\u00famero [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[64],"tags":[],"class_list":["post-42421","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2009"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42421","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=42421"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42421\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=42421"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=42421"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=42421"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}