{"id":42511,"date":"2023-07-29T16:44:22","date_gmt":"2023-07-29T16:44:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-164-de-2010\/"},"modified":"2023-07-29T16:44:22","modified_gmt":"2023-07-29T16:44:22","slug":"decreto-164-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-164-de-2010\/","title":{"rendered":"DECRETO 164 DE 2010"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 164 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(enero 25) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 47.603, enero 25 \u00a0de 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea una Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial denominada \u201cMesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia \u00a0contra las Mujeres\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el Decreto 1710 de 2020, \u00a0art\u00edculo 34. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Ver Decreto 1081 de 2015, \u00a0Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las \u00a0conferidas por los art\u00edculos 189 numeral 11 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica y 45 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a trav\u00e9s del art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto 1182 de 1999, \u00a0se transforma la Direcci\u00f3n Nacional para la Equidad de la Mujer, en la \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de la Mujer (CPEM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con el Decreto 519 de 2003, \u00a0la Consejer\u00eda Presidencial tiene como funciones, entre otras, la de impulsar la \u00a0incorporaci\u00f3n de la perspectiva de g\u00e9nero en la formulaci\u00f3n y gesti\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de desarrollo por parte de todas las \u00a0entidades p\u00fablicas, sectoriales y territoriales, as\u00ed como formular, dise\u00f1ar y ejecutar programas \u00a0y proyectos espec\u00edficos dirigidos a mejorar la calidad de vida de las mujeres, \u00a0especialmente las m\u00e1s pobres y desprotegidas, en orden a lograr un mejor acceso \u00a0a las oportunidades, recursos y beneficios del desarrollo econ\u00f3mico y \u00a0social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante la Ley 1009 de 2006, se \u00a0cre\u00f3 con car\u00e1cter permanente el Observatorio de Asuntos de G\u00e9nero (OAG), el \u00a0cual estar\u00e1 a cargo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica a trav\u00e9s de la Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de la Mujer como \u00a0mecanismo de seguimiento, el cual tiene, entre otras funciones, investigar, documentar, \u00a0sistematizar, analizar, visibilizar, desde la perspectiva de g\u00e9nero, la \u00a0situaci\u00f3n de las mujeres cuando se compara con la de los hombres, hacer el \u00a0seguimiento a la aplicaci\u00f3n de normas nacionales e internacionales \u00a0vigentes, a fin de formular recomendaciones que contribuyan a \u00a0eliminar las discriminaciones y la violencia contra las mujeres y a superar la \u00a0falta de equidad de g\u00e9nero en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno Nacional sancion\u00f3 la Ley \u00a01257 del 4 de diciembre de 2008, por la cual se \u00a0dictan normas de sensibilizaci\u00f3n, prevenci\u00f3n y sanci\u00f3n de formas de violencia y \u00a0discriminaci\u00f3n contra las mujeres (&#8230;), que contiene los principios que gu\u00edan las \u00a0acciones para garantizar a todas las mujeres una vida libre de violencia tanto \u00a0en el \u00e1mbito p\u00fablico como en el privado, el ejercicio de los derechos \u00a0reconocidos en el ordenamiento jur\u00eddico interno e internacional, el acceso a \u00a0los procedimientos administrativos y judiciales para su protecci\u00f3n y atenci\u00f3n y \u00a0la adopci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas necesarias para su realizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 1257 de 2008 en \u00a0el art\u00edculo 6\u00b0 numeral 1\u00b0 consagra el principio de igualdad real y efectiva; \u00a0disponiendo que corresponde al Estado, dise\u00f1ar, implementar y evaluar pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas para lograr el acceso de las mujeres a los servicios y el cumplimiento \u00a0real de sus derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el numeral 6 del art\u00edculo mencionado \u00a0incorpora el principio de coordinaci\u00f3n, seg\u00fan el cual todas las entidades que \u00a0tengan dentro de sus funciones la atenci\u00f3n a las mujeres v\u00edctimas de \u00a0violencia deber\u00e1n ejercer acciones coordinadas y articuladas con el fin de brindarles una \u00a0atenci\u00f3n integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud de la norma mencionada, es \u00a0obligaci\u00f3n del Gobierno Nacional formular, aplicar y actualizar estrategias, \u00a0planes y programas nacionales integrales para la prevenci\u00f3n y la erradicaci\u00f3n \u00a0de todas las formas de violencia contra la mujer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Equidad de la Mujer ha implementado acciones nacionales para \u00a0hacer frente a las diversas formas de violencia contra la mujer, de manera \u00a0particular el Programa Integral contra la Violencia Basada en G\u00e9nero y el Plan \u00a0Estrat\u00e9gico para la Defensa de los Derechos de la Mujer ante la Justicia en Colombia, \u00a0cuyos resultados ser\u00e1n incorporados en los planes nacionales, programas o estrategias \u00a0integrales que formule el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que ante las circunstancias actuales de \u00a0violencia que vive la mujer con profundos grados de afectaci\u00f3n f\u00edsica, sicol\u00f3gica \u00a0y econ\u00f3mica, se hace necesaria una alianza entre las instituciones con el \u00a0fin de prevenir, erradicar, sancionar y garantizar la atenci\u00f3n integral a mujeres v\u00edctimas de \u00a0cualquier tipo de violencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que reconociendo los compromisos \u00a0internacionales del Estado Colombiano para promover el adelanto de las mujeres, \u00a0la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la erradicaci\u00f3n de \u00a0la Violencia contra las Mujeres en el Sistema Universal, los Sistemas Regionales de \u00a0Derechos Humanos, y de igual forma, resaltando los compromisos del Estado en desarrollo \u00a0de la Agenda Internacional para el adelanto de la Mujer en especial, la Resoluci\u00f3n 2322 \u00a0de la Asamblea General de la OEA, aprobada en el a\u00f1o 2007 durante en el \u00a0trig\u00e9simo s\u00e9ptimo per\u00edodo ordinario de sesiones en la ciudad de Panam\u00e1, \u00a0mediante la cual se proclama el A\u00f1o 2010 como el A\u00f1o Interamericano de las Mujeres, \u00a0se deber\u00e1 propender por un marco de colaboraci\u00f3n entre las entidades para coordinar y \u00a0desarrollar las actividades en cumplimiento a los compromisos adquiridos, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dado el marco normativo y pol\u00edtico \u00a0internacional y nacional con fuerza vinculante para el Estado Colombiano, se \u00a0hace necesario conformar una comisi\u00f3n intersectorial denominada \u201cMesa lnterinstitucional para Erradicar la Violencia contra las \u00a0Mujeres\u201d, de car\u00e1cter especializado y del m\u00e1s alto nivel gubernamental, \u00a0independientemente de las obligaciones legales y constitucionales que cada \u00a0entidad, integrante de la comisi\u00f3n intersectorial, debe cumplir en materia de \u00a0prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n de derechos humanos en general y particular sobre los \u00a0derechos de las mujeres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. Crear la Comisi\u00f3n Intersectorial denominada \u201cMesa Interinstitucional para \u00a0Erradicar la Violencia contra las Mujeres\u201d, cuyo prop\u00f3sito es aunar esfuerzos \u00a0para la articulaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n entre las entidades, a fin de \u00a0lograr la atenci\u00f3n integral, diferenciada, accesible y de calidad a las \u00a0mujeres v\u00edctimas de la violencia, para lo cual determinar\u00e1 las pautas de su \u00a0funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Integraci\u00f3n. La Comisi\u00f3n Intersectorial denominada \u201cMesa \u00a0Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres\u201d estar\u00e1 \u00a0conformada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1) El Ministro(a) del Interior y de Justicia \u00a0o su delegado(a), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2) El Ministro(a) de Relaciones Exteriores o \u00a0su delegado(a), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3) El Ministro(a) de Defensa Nacional o su \u00a0delegado(a), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4) El Ministro(a) de la Protecci\u00f3n Social o \u00a0su delegado(a), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5) El Ministro(a) de Educaci\u00f3n Nacional o su \u00a0delegado(a), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6) El Ministro(a) de Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones o su delegado(a), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7) El Ministro(a) de Cultura o su \u00a0delegado(a), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8) El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica quien podr\u00e1 delegar en la \u00a0Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9) El Director(a) del Departamento Nacional \u00a0de Planeaci\u00f3n (DNP) o su delegado(a), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10) El Director(a) de la Agencia Presidencial \u00a0para la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n Internacional o su delegado(a), entidad \u00a0adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11) El Director (a) del Instituto Colombiano \u00a0de Bienestar Familiar \u2013ICBF\u2013 o su delegado(a), entidad adscrita al Ministerio de \u00a0la Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Invitados Ocasionales. La \u201cMesa Interinstitucional para Erradicar \u00a0la Violencia contra las Mujeres\u201d podr\u00e1\u2019 invitar a entidades, organizaciones o \u00a0personas que considere pertinentes para el desarrollo de sus funciones, seg\u00fan lo \u00a0establecido por el qu\u00f3rum decisorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Invitados \u00a0Permanentes. Teniendo en cuenta \u00a0la estructura de la Fuerza P\u00fablica, se prev\u00e9 como invitados permanentes, un \u00a0representante del Comando General de las Fuerzas Militares y de la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda \u00a0Nacional, como instituciones que hacen parte del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional. De igual forma, podr\u00e1n participar como invitados permanentes \u00a0delegados de las otras entidades que integran la \u201cMesa Interinstitucional para \u00a0Erradicar la Violencia contra las Mujeres\u201d, que se estimen pertinentes seg\u00fan lo establecido por el qu\u00f3rum \u00a0decisorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. Todos los invitados tanto ocasionales como permanentes \u00a0tendr\u00e1n voz pero no voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. La \u201cMesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia \u00a0contra las Mujeres\u201d tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Servir como instancia de \u00a0coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n interinstitucional para coadyuvar a la erradicaci\u00f3n \u00a0de la violencia contra las mujeres en las diferentes etapas del ciclo vital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Revisar y aprobar el Plan de \u00a0Acci\u00f3n Plurianual consolidado por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Impulsar y apoyar el \u00a0desarrollo de las actividades que se programen durante el a\u00f1o 2010 para conmemorar el A\u00f1o \u00a0Interamericano de las Mujeres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Aprobar el protocolo de \u00a0coordinaci\u00f3n interinstitucional propuesto por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, para su \u00a0difusi\u00f3n e implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Promover la difusi\u00f3n de la \u00a0normatividad nacional y dem\u00e1s normas e instrumentos internacionales sobre la \u00a0violencia contra la mujer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Dar lineamientos para la \u00a0reglamentaci\u00f3n de la normatividad nacional dirigida a combatir la violencia \u00a0contra la mujer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Proponer, ajustar o \u00a0reformular a partir de est\u00e1ndares internacionales, los indicadores sobre la violencia contra la \u00a0mujer, que manejen las entidades que integran la \u201cMesa Interinstitucional para \u00a0Erradicar la Violencia contra las Mujeres\u201d, si los tuvieren. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Dar lineamientos y \u00a0recomendaciones con respecto a las campa\u00f1as de sensibilizaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n, \u00a0llevadas a cabo por las diferentes entidades o competencia en el tema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Promover la inclusi\u00f3n de la perspectiva \u00a0de g\u00e9nero en los planes de desarrollo departamentales y municipales, adoptando \u00a0dentro de los mismos un cap\u00edtulo de prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n para las mujeres \u00a0v\u00edctimas de la violencia en las diferentes etapas del ciclo vital que incluya \u00a0todos los enfoques diferenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Promover la conformaci\u00f3n de \u00a0espacios o \u201cMesas Departamentales para Erradicar la Violencia contra las \u00a0Mujeres\u201d, o el fortalecimiento de las instancias existentes alrededor del tema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Promover un sistema de \u00a0registro unificado de casos de Violencia contra la Mujer. Conc. Ley 1719 de 2014, \u00a0art\u00edculo 31. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1) Adoptar las decisiones de \u00a0acuerdo al qu\u00f3rum establecido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Elegir a la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Revisar y aprobar los \u00a0informes consolidados por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, requeridos por el Congreso de \u00a0la Rep\u00fablica, el Gobierno Nacional u otras entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Promover acuerdos de \u00a0colaboraci\u00f3n con otras instancias que promueven el adelanto de la mujer y la igualdad de \u00a0g\u00e9nero tales como: la Comisi\u00f3n Accidental de Mujeres en el Congreso o la que haga sus \u00a0veces; la Comisi\u00f3n Nacional de G\u00e9nero de la Rama Judicial; el Comit\u00e9 de \u00a0Seguimiento a la Ley 1257 de 2008; el \u00a0Comit\u00e9 Interinstitucional de Lucha contra la Trata de Personas; el Sistema \u00a0Nacional de Atenci\u00f3n Integral a la Poblaci\u00f3n Desplazada (SNAIPD); la Mesa de G\u00e9nero lntergremial, entre otras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Dictar su reglamento interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Desarrollar todas las dem\u00e1s \u00a0actividades que considere pertinentes y que se inherentes a su naturaleza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Compromisos \u00a0generales de las entidades. Las entidades que forman parte de la Comisi\u00f3n Intersectorial \u00a0denominada \u201cMesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las \u00a0Mujeres\u201d se comprometen a: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Delegar un representante \u00a0permanente de alto nivel, con capacidad de decisi\u00f3n y que pueda realizar un \u00a0seguimiento a los compromisos adquiridos por la entidad en las deliberaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Proporcionar en forma \u00a0oportuna la informaci\u00f3n requerida, acorde con sus competencias y funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Identificar herramientas, \u00a0instancias e instrumentos para la articulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con las entidades en el \u00e1mbito \u00a0territorial que tengan a su cargo, ejercicio de las actividades y funciones \u00a0administrativas o la prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos del Estado Colombiano, con el fin de dar cumplimiento a \u00a0las decisiones adoptadas por la \u201cMesa Interinstitucional para Erradicar la \u00a0Violencia contra las Mujeres\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica. La \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial denominada \u201cMesa Interinstitucional para Erradicar la \u00a0Violencia contra las Mujeres\u201d contar\u00e1 con el liderazgo, apoyo y soporte t\u00e9cnico de una \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica, que ser\u00e1 rotativa y estar\u00e1 conformada por una de las entidades que \u00a0integran la \u201cMesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las \u00a0Mujeres\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. A partir de la \u00a0entrada en vigencia del presente decreto y durante el primer a\u00f1o, la Secretar\u00eda T\u00e9cnica estar\u00e1 a \u00a0cargo de la Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de la Mujer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 5\u00ba: Ver \u00a0art\u00edculo 1.3.1. del Decreto 1081 de 2015, \u00a0Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones \u00a0de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir y liderar las \u00a0reuniones y deliberaciones de la \u201cMesa Interinstitucional para Erradicar la \u00a0Violencia contra las Mujeres\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Realizar las convocatorias y \u00a0coordinar las reuniones ordinarias y extraordinarias de la \u201cMesa Interinstitucional para \u00a0Erradicar la Violencia contra las Mujeres\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Preparar, recopilar y \u00a0presentar a la \u201cMesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las \u00a0Mujeres\u201d la informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n que ser\u00e1 sometida a su consideraci\u00f3n, como orden del d\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Elaborar las actas de las \u00a0reuniones y hacer seguimiento al cumplimiento de las decisiones, acuerdos y \u00a0compromisos adquiridos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Impulsar la ejecuci\u00f3n de las \u00a0decisiones que adopte la \u201cMesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia \u00a0contra las Mujeres\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Consolidar en coordinaci\u00f3n \u00a0con el Observatorio de Asuntos de G\u00e9nero (OAG) a cargo del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, a trav\u00e9s de la Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Equidad de la Mujer, los informes requeridos en relaci\u00f3n con los temas de \u00a0violencia contra la mujer, y someterlos a revisi\u00f3n y aprobaci\u00f3n de la \u201cMesa \u00a0Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Consolidar el proyecto de \u00a0cronograma anual de trabajo y plan de acci\u00f3n para aprobaci\u00f3n de la \u201cMesa \u00a0Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Presentar el informe anual de \u00a0la implementaci\u00f3n y dise\u00f1o del Plan de Acci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Proponer el orden de atenci\u00f3n \u00a0de la asistencia t\u00e9cnica que se brinde a las entidades territoriales en colaboraci\u00f3n \u00a0con las mesas tem\u00e1ticas que se definan por la mesa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Elaborar y mantener \u00a0actualizado un inventario de la oferta de servicios Institucionales existentes \u00a0a nivel nacional que coadyuven a erradicar la violencia contra la mujer; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Las dem\u00e1s funciones que sean \u00a0propias de su car\u00e1cter de apoyo y soporte t\u00e9cnico o que le sean asignadas por la \u00a0\u201cMesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres\u201d, y que \u00a0est\u00e9 en el \u00e1mbito de las competencias de la entidad que la represente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Sesiones. La \u201cMesa Interinstitucional \u00a0para Erradicar la Violencia contra las Mujeres\u201d tendr\u00e1 car\u00e1cter permanente y \u00a0deber\u00e1 reunirse de forma ordinaria bimestralmente, con participaci\u00f3n de las entidades integrantes, y podr\u00e1 \u00a0reunirse extraordinariamente cuando sus miembros lo consideren pertinente, \u00a0previa convocatoria realizada por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Qu\u00f3rum \u00a0decisorio. La \u201cMesa \u00a0Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres\u201d deliberar\u00e1 \u00a0con la asistencia comprobada de la mitad m\u00e1s uno de sus miembros y tomar\u00e1 decisiones con \u00a0el mismo qu\u00f3rum. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Domicilio. La \u201cMesa Interinstitucional \u00a0para Erradicar la Violencia contra las Mujeres\u201d sesionar\u00e1 en la ciudad de \u00a0Bogot\u00e1, D. C., pero podr\u00e1 celebrar reuniones en cualquier lugar del pa\u00eds, cuando \u00a0as\u00ed lo dispongan sus miembros para el cumplimiento de sus funciones y tareas y \u00a0previa acta de reuni\u00f3n en que se apruebe el desplazamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Vigencia. El presente decreto rige a \u00a0partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., 25 de \u00a0enero de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior y de \u00a0Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fabio \u00a0Valencia Cossio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jaime \u00a0Berm\u00fadez Merizalde. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gabriel \u00a0Silva Luj\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de la Protecci\u00f3n \u00a0Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego \u00a0Palacio Betancourt. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Educaci\u00f3n \u00a0Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cecilia \u00a0Mar\u00eda V\u00e9lez White. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda \u00a0del Rosario Guerra de Mesa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Viceministra de Cultura, \u00a0encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Cultura, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda \u00a0Claudia L\u00f3pez Sorzano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Bernardo \u00a0Moreno Villegas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Esteban Piedrah\u00edta Uribe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 164 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0 (enero 25) \u00a0 \u00a0 D.O. 47.603, enero 25 \u00a0de 2010 \u00a0 \u00a0 por el cual se crea una Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial denominada \u201cMesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia \u00a0contra las Mujeres\u201d \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el Decreto 1710 de 2020, \u00a0art\u00edculo 34. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Ver Decreto [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-42511","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2010"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42511","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=42511"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42511\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=42511"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=42511"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=42511"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}