{"id":42526,"date":"2023-07-29T16:44:24","date_gmt":"2023-07-29T16:44:24","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-261-de-2010\/"},"modified":"2023-07-29T16:44:24","modified_gmt":"2023-07-29T16:44:24","slug":"decreto-261-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-261-de-2010\/","title":{"rendered":"DECRETO 261 DE 2010"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 261 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(enero \u00a028) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a047.607, enero 29 de 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea la Comisi\u00f3n Intersectorial de \u00a0Seguimiento al Sistema Penal Acusatorio CISPA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Ver art\u00edculo 3.1.1. del Decreto 1069 \u00a0de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado \u00a0por el Decreto 491 de 2012. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro del Interior y de Justicia de la Rep\u00fablica de Colombia, delegatario de \u00a0funciones Presidenciales en virtud del Decreto \u00a0099 del 19 de enero de 2010, en ejercicio de sus facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial las conferidas por los art\u00edculos 189 numeral 11 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica y art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0mediante Acto Legislativo n\u00famero 03 de 2002 se adopt\u00f3 en Colombia el Sistema \u00a0Penal Acusatorio y en su art\u00edculo 4\u00b0 transitorio se estableci\u00f3, para el \u00a0seguimiento al proceso de implementaci\u00f3n gradual del Sistema Penal Acusatorio, \u00a0la creaci\u00f3n de una Comisi\u00f3n integrada por el Ministro de Justicia y del \u00a0Derecho, el Fiscal General de la Naci\u00f3n, el Procurador General de la Naci\u00f3n, el \u00a0Presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el Defensor del \u00a0Pueblo, el Presidente del Consejo Superior de la Judicatura, o sus delegados, \u00a0tres Representantes a la C\u00e1mara y tres Senadores de las Comisiones Primeras, y \u00a0tres miembros de la Academia designados de com\u00fan acuerdo por el Gobierno y el \u00a0Fiscal General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0la Comisi\u00f3n Constitucional fue habilitada para funcionar hasta el 31 de \u00a0diciembre de 2008, y que los miembros de la misma consideraron necesario \u00a0continuar con el monitoreo y seguimiento al Sistema Penal Oral Acusatorio; \u00a0seg\u00fan consta en el acta de la reuni\u00f3n del 23 de octubre de 2008; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0conforme al art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto 4530 de 2008, \u00a0son funciones del Ministerio de Interior y de Justicia participar en el dise\u00f1o \u00a0y definici\u00f3n de la pol\u00edtica criminal y penitenciaria del Estado, la prevenci\u00f3n \u00a0del delito, las acciones contra la criminalidad organizada, y el tratamiento \u00a0penitenciario y carcelario, con el fin de garantizar los fines de la pena; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0de acuerdo a lo establecido en el art\u00edculo 113 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, los diferentes \u00f3rganos del Estado tienen funciones separadas pero \u00a0colaboran arm\u00f3nicamente para la realizaci\u00f3n de sus fines; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0un esquema para el seguimiento al sistema de responsabilidad penal dirigido a \u00a0velar por el adecuado funcionamiento, demanda que el monitoreo se efect\u00fae no \u00a0solo por sus operadores, sino tambi\u00e9n en coordinaci\u00f3n con entidades \u00a0responsables de la planeaci\u00f3n y el presupuesto p\u00fablico, quienes como \u00a0autoridades econ\u00f3micas conozcan las necesidades reales de presupuesto que este \u00a0afronta y coadyuven en la evaluaci\u00f3n de alternativas para superarlas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0las autoridades deben procurar el cumplimiento de los fines esenciales del \u00a0Estado como son garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes \u00a0consagrados en la Constituci\u00f3n y asegurar la convivencia pac\u00edfica y la vigencia \u00a0de un orden justo, para lo cual resulta prioritario hacer un seguimiento al \u00a0Sistema Penal Oral Acusatorio que permita el oportuno an\u00e1lisis y toma de \u00a0decisiones por parte de sus autoridades correspondientes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0se hace necesario conformar una Comisi\u00f3n integrada por todas las autoridades \u00a0encargadas del seguimiento y ejecuci\u00f3n del Sistema Penal Oral Acusatorio, SPOA, \u00a0con el fin de procurar su adecuado funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Creaci\u00f3n \u00a0de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Seguimiento al Sistema Penal Acusatorio, CISPA. Cr\u00e9ase la Comisi\u00f3n Intersectorial de Seguimiento al \u00a0Sistema Penal Acusatorio -CISPA- que se encargar\u00e1 del seguimiento y evaluaci\u00f3n \u00a0interinstitucional al funcionamiento del Sistema Penal Oral Acusatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Objetivos. Son objetivos de la Comisi\u00f3n lntersectorial \u00a0de Seguimiento al Sistema Penal Acusatorio-CISPA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Coordinar y articular esfuerzos interinstitucionales entre los operadores del \u00a0Sistema Penal Oral Acusatorio para el seguimiento y evaluaci\u00f3n del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Presentar a las instituciones competentes, las medidas sugeridas para mejorar \u00a0la eficacia del Sistema Penal Oral Acusatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Proveer argumentos para el desarrollo de la pol\u00edtica criminal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Estudiar las necesidades y proponer medidas de ajuste normativo y operativo \u00a0para el mejor funcionamiento del Sistema Penal Oral Acusatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Verificar que el Sistema cumpla con las finalidades que motivaron su adopci\u00f3n \u00a0en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Analizar las necesidades presupuestales para el adecuado funcionamiento del \u00a0Sistema Penal Oral Acusatorio y velar por la eficiencia y transparencia en la \u00a0ejecuci\u00f3n de los recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Integraci\u00f3n. La Comisi\u00f3n Intersectorial de Seguimiento al \u00a0Sistema Penal Acusatorio -CISPA- estar\u00e1 conformada por los siguientes \u00a0funcionarios: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Literal modificado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. El \u00a0Ministro de Justicia y del Derecho o como su delegado el Viceministro de \u00a0Pol\u00edtica Criminal y Justicia Restaurativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del litera a): \u201cEl \u00a0Ministro del Interior y Justicia o como su Delegado el Viceministro de Justicia \u00a0y del Derecho;\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0El Director del Departamento Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional o como su \u00a0delegado el Director de Justicia, Seguridad y Gobierno; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Literal suprimido por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. El Director del Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad, DAS, o la entidad que haga sus veces-o como su \u00a0delegado el Subdirector; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0El Fiscal General de la Naci\u00f3n o como su delegado el Vicefiscal \u00a0General de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0El Procurador General de la Naci\u00f3n o como su delegado el Viceprocurador \u00a0General de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0El Defensor del Pueblo o como su delegado el Director Nacional de Defensor\u00eda \u00a0P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0El Presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia o como su \u00a0delegado el Vicepresidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Literal modificado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. El \u00a0Presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura o \u00a0como su delegado el Magistrado encargado del \u00e1rea Penal de la Sala \u00a0Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del literal h): \u201cEl \u00a0Presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura o \u00a0como su delegado el Vicepresidente de la Sala Administrativa del Consejo \u00a0Superior de la Judicatura;\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0El Director del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o como \u00a0su delegado el Subdirector de Servicios Forenses del mismo Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0El Director del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, o como su \u00a0delegado el Subdirector del Inpec. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0El Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o como su delegado \u00a0el Director de Planeaci\u00f3n del ICBF. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1) \u00a0El Director de la Polic\u00eda Nacional o como su delegado el Director de \u00a0Investigaci\u00f3n Criminal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. Ser\u00e1n invitados permanentes de la Comisi\u00f3n dos Senadores y dos \u00a0Representantes a la C\u00e1mara de las Comisiones Primera y Tercera del Congreso de \u00a0la Rep\u00fablica, es decir, cuatro congresistas elegidos por esas c\u00e9lulas \u00a0legislativas y dos representantes de la Academia que la Comisi\u00f3n determine. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Comisi\u00f3n tendr\u00e1 la facultad de invitar a los funcionarios, representantes de \u00a0las entidades, expertos, acad\u00e9micos y dem\u00e1s personas que considere pueden ser \u00a0de utilidad para los fines de la misma, con el prop\u00f3sito de cumplir los \u00a0objetivos establecidos en el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. Funciones. Son funciones de la Comisi\u00f3n Intersectorial de \u00a0Seguimiento al Sistema Penal Acusatorio, CISPA, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Realizar el seguimiento y evaluaci\u00f3n del Sistema Penal Oral Acusatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Definir los indicadores con los cuales se realizar\u00e1 el seguimiento del Sistema \u00a0Penal Oral Acusatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Formular y aprobar el Plan de Acci\u00f3n en el cual se incluir\u00e1n los objetivos, \u00a0estrategias y actividades interinstitucionales dirigidas al mejoramiento del \u00a0Sistema Penal Oral Acusatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0plan de acci\u00f3n tendr\u00e1 una vigencia de dos (2) a\u00f1os y contar\u00e1 con metas \u00a0semestrales que ser\u00e1n verificadas por la CISPA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Definir las acciones conjuntas que se van a adelantar con los funcionarios \u00a0operadores de SPOA en todo el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Coordinar y verificar la ejecuci\u00f3n de las actuaciones que se deriven de este \u00a0decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Hacer seguimiento a la ejecuci\u00f3n del plan de acci\u00f3n, con base en la informaci\u00f3n \u00a0y reportes elaborados por el Comit\u00e9 T\u00e9cnico del CISPA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Adoptar decisiones y recomendaciones que se requieran para mejorar el \u00a0funcionamiento del SPOA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Elaborar el Manual Operativo para el Seguimiento del SPOA, en el cual se \u00a0incluir\u00e1n los indicadores de seguimiento al funcionamiento del SPOA, los \u00a0canales de articulaci\u00f3n con el \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comit\u00e9 \u00a0T\u00e9cnico y los indicadores de seguimiento a sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Analizar y evaluar los informes de seguimiento sobre el funcionamiento del SPOA \u00a0que presenten el Comit\u00e9 y la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Numeral modificado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Suministrar \u00a0al Consejo Superior de Pol\u00edtica Criminal y Penitenciaria, y, al Consejo \u00a0Nacional de Polic\u00eda Judicial la informaci\u00f3n sobre el funcionamiento del Sistema \u00a0Penal Oral Acusatorio que sea \u00fatil para el dise\u00f1o de pol\u00edtica p\u00fablica criminal \u00a0y penitenciaria y para su articulaci\u00f3n, sincronismo y materializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del numeral 10: \u201cSuministrar \u00a0al Consejo Superior de Pol\u00edtica Criminal y Penitenciaria la informaci\u00f3n sobre \u00a0el funcionamiento del Sistema Penal Oral Acusatorio que sea \u00fatil para el dise\u00f1o \u00a0de pol\u00edticas p\u00fablicas.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Dictar su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Las dem\u00e1s funciones que sean necesarias para el cumplimiento de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. Presidencia. La Presidencia de la Comisi\u00f3n Intersectorial de \u00a0Seguimiento al Sistema Penal Acusatorio, CISPA, ser\u00e1 ejercida en forma rotativa \u00a0por periodos de un a\u00f1o entre sus miembros, seg\u00fan la Comisi\u00f3n lo defina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. Son funciones del Presidente de la Comisi\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Realizar el seguimiento a las decisiones adoptadas en el marco del decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Analizar y estudiar previamente los temas propuestos, con el fin de recomendar \u00a0a los dem\u00e1s miembros de la Comisi\u00f3n la realizaci\u00f3n de acciones conjuntas, \u00a0verificando que cumplan con los criterios establecidos en el decreto y que los \u00a0instrumentos para el desarrollo de las mismas permitan lograr su objetivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias a los miembros de la \u00a0Comisi\u00f3n con el apoyo de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Elaborar, con apoyo de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, el informe de gesti\u00f3n anual sobre \u00a0el funcionamiento de la CISPA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Velar por el cumplimiento del plan de acci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Actuar como vocero de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Las dem\u00e1s que le asigne la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. Modificado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. La \u00a0comisi\u00f3n se reunir\u00e1 por derecho propio cada seis (6) meses y \u00a0extraordinariamente por convocatoria del Presidente a solicitud de cualquiera \u00a0de los miembros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Adicionado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. Para el an\u00e1lisis de temas espec\u00edficos relacionados con el Sistema \u00a0Penal Oral acusatorio, se podr\u00e1n conformar subcomit\u00e9s de trabajo, los cuales \u00a0estar\u00e1n integrados por funcionarios de las mismas entidades que integran el \u00a0Comit\u00e9 de acuerdo con la especialidad del tema objeto de estudio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cada subcomit\u00e9 definir\u00e1 la metodolog\u00eda de \u00a0trabajo y periodicidad de sus reuniones y reportar\u00e1 sus resultados al Comit\u00e9 \u00a0T\u00e9cnico, atendiendo los objetivos previstos al momento de su creaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 6\u00ba: \u201cReuniones. La Comisi\u00f3n se reunir\u00e1 por derecho \u00a0propio cada tres (3) meses y extraordinariamente por convocatoria del \u00a0Presidente a solicitud de cualquiera de los miembros.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00b0. Comit\u00e9 \u00a0T\u00e9cnico. La CISPA contar\u00e1 con un Organo de Apoyo y Asesor\u00eda de \u00a0car\u00e1cter t\u00e9cnico integrado por funcionarios de las distintas Entidades \u00a0operadoras del SPOA, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0El Vicefiscal y el Director Nacional del CTI, por \u00a0parte de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Numeral modificado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 7\u00ba. El \u00a0Viceministro de Pol\u00edtica Criminal y Justicia Restaurativa o el Director de \u00a0Pol\u00edtica Criminal y Penitenciaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del numera 2: \u201cEl \u00a0Viceministro de Justicia y del Derecho o el Director de Justicia Formal y del \u00a0Derecho, por parte del Ministerio del Interior y de Justicia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Numeral suprimido por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba. El Director General Operativo, por parte \u00a0del DAS, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Director de Defensor\u00eda \u00a0P\u00fablica, por parte de la Defensor\u00eda del Pueblo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a05. Un Magistrado de la Sala \u00a0Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, designado por su Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Numeral modificado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 9\u00ba. El Director Administrativo y Financiero, del Instituto \u00a0Nacional Penitenciario y Carcelario Inpec. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 6: \u201cEl \u00a0Secretario General, por parte del INPEC.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Subdirector de Servicios \u00a0Forenses, por parte de Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias \u00a0Forenses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Numeral modificado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 10. El Coordinador Regional de Investigaci\u00f3n Criminal, por \u00a0parte de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 8: \u201cEl \u00a0Jefe de Desarrollo de Polic\u00eda Judicial y Enlace Seccionales, por parte de la \u00a0Polic\u00eda Nacional.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Numeral modificado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 11. El Director de Protecci\u00f3n del Instituto Colombiano de \u00a0Bienestar Familiar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 9.: \u201cEl \u00a0Subdirector de Intervenciones Directas, por parte del ICBF.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Procurador Delegado para \u00a0Asuntos Penales, por parte de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Numeral modificado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 12. Un Magistrado Auxiliar de la Corte Suprema de Justicia, \u00a0designado por la Presidencia de la Sala Penal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numera 11: \u201cUn \u00a0Magistrado Auxiliar de la Corte Suprema de Justicia, designado por su \u00a0Presidencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12) Numeral adicionado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 13. El Subdirector de Justicia del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Adicionado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 14. Ser\u00e1n invitados permanentes de este comit\u00e9 los representantes \u00a0de la academia a quienes hace referencia el art\u00edculo 3\u00b0 del Decreto 261 de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Funciones \u00a0del Comit\u00e9 T\u00e9cnico. Ser\u00e1n \u00a0funciones del Comit\u00e9 T\u00e9cnico, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Numeral modificado por el Decreto 491 de 2012, \u00a0art\u00edculo 15. Sesionar ordinariamente una vez por bimestre y al menos \u00a0ocho (8) d\u00edas antes de cada sesi\u00f3n de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Seguimiento \u00a0al Sistema Penal Oral Acusatorio para preparar los informes que esta requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 1: \u201cSesionar \u00a0ordinariamente al menos ocho (8) d\u00edas antes de cada sesi\u00f3n de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Seguimiento al Sistema Penal Oral Acusatorio para preparar \u00a0los informes requeridos por aquella.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Analizar la informaci\u00f3n \u00a0estad\u00edstica y presentarla ante la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar las acciones de \u00a0implementaci\u00f3n del Plan de Acci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar con el apoyo de la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica los informes de seguimiento y evaluaci\u00f3n del Sistema Penal \u00a0Oral Acusatorio y las propuestas para su mejoramiento que ser\u00e1n presentadas a \u00a0la Comisi\u00f3n Intersectorial del Sistema Penal Acusatorio, CISPA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de Seguimiento al Sistema Penal Acusatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica. La \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n, ser\u00e1 designada por la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Funciones \u00a0de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La \u00a0Secretar\u00eda tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar a la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Seguimiento al Sistema Penal Acusatorio en el cumplimiento de \u00a0sus funciones y decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar al Presidente en la \u00a0convocatoria a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la CISPA, la \u00a0preparaci\u00f3n del orden del d\u00eda y la elaboraci\u00f3n de las actas correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Convocar a las sesiones del \u00a0Comit\u00e9 T\u00e9cnico, la preparaci\u00f3n del orden del d\u00eda, la elaboraci\u00f3n de las actas y \u00a0el seguimiento a los compromisos adquiridos en las sesiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar al Comit\u00e9 T\u00e9cnico en \u00a0la preparaci\u00f3n de los documentos t\u00e9cnicos necesarios para ser considerados por \u00a0los miembros de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Consolidar los indicadores de \u00a0seguimiento al SPOA que ser\u00e1n analizados por los miembros del Comit\u00e9 T\u00e9cnico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y convocar a las \u00a0sesiones del Comit\u00e9 T\u00e9cnico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Mantener informado al \u00a0Presidente de la Comisi\u00f3n de todos los procesos que se adelanten y los \u00a0resultados de las reuniones del Comit\u00e9 T\u00e9cnico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Rendir los informes que le \u00a0sean solicitados por la Comisi\u00f3n Intersectorial de Seguimiento al Sistema Penal \u00a0Acusatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas por la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Vigencia. El presente decreto rige a \u00a0partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 28 de \u00a0enero de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FABIO VALENCIA COSSIO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior y de Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fabio \u00a0Valencia Cossio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 261 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0 (enero \u00a028) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a047.607, enero 29 de 2010 \u00a0 \u00a0 por el cual se crea la Comisi\u00f3n Intersectorial de \u00a0Seguimiento al Sistema Penal Acusatorio CISPA. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Ver art\u00edculo 3.1.1. del Decreto 1069 \u00a0de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho. \u00a0 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-42526","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2010"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42526","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=42526"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42526\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=42526"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=42526"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=42526"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}