{"id":42630,"date":"2023-07-29T16:44:29","date_gmt":"2023-07-29T16:44:29","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-93-de-2010\/"},"modified":"2023-07-29T16:44:29","modified_gmt":"2023-07-29T16:44:29","slug":"decreto-93-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-93-de-2010\/","title":{"rendered":"DECRETO 93 DE 2010"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 93 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0(enero 19) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 47.598, enero 20 de 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se adopta la estructura de la \u00a0Agencia Nacional del Espectro, ANE, y se dictan otras \u00a0disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Este decreto no qued\u00f3 cobijado por la derogatoria del Decreto 1078 de 2015, \u00a0art\u00edculo 3.1.1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que \u00a0le confiere el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Congreso de la Rep\u00fablica \u00a0expidi\u00f3 la Ley 1341 de 2009, \u00a0mediante la cual defini\u00f3 principios y conceptos sobre la sociedad de la \u00a0informaci\u00f3n y la organizaci\u00f3n de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las \u00a0comunicaciones en Colombia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dicha ley cre\u00f3 la Agencia \u00a0Nacional del Espectro, ANE, defini\u00f3 su naturaleza y objeto, y estableci\u00f3 sus \u00a0funciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para la atenci\u00f3n de las \u00a0funciones de la Agencia Nacional del Espectro es necesario adoptar su \u00a0estructura; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Consejo Directivo de la \u00a0Agencia Nacional del Espectro, ANE, decidi\u00f3 someter a la aprobaci\u00f3n del Gobierno \u00a0Nacional la modificaci\u00f3n de la estructura administrativa, seg\u00fan consta en el Acta n\u00famero 1 del \u00a020 de noviembre de 2009, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto de la Agencia Nacional del Espectro. El objeto de la Agencia \u00a0Nacional del Espectro, conforme a lo dispuesto por el inciso 2\u00b0 del art\u00edculo 25 \u00a0de la Ley 1341 de 2009, es \u00a0brindar el soporte t\u00e9cnico para la gesti\u00f3n y la planeaci\u00f3n, la vigilancia y \u00a0control del espectro radioel\u00e9ctrico en coordinaci\u00f3n con las diferentes \u00a0autoridades que tengan funciones o actividades relacionadas con el mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Funciones de la Agencia Nacional del Espectro. Las funciones de la Agencia \u00a0Nacional del Espectro, conforme lo dispuesto por el art\u00edculo 26 de la Ley 1341 de 2009, \u00a0son: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministerio de \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones en el dise\u00f1o y formulaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas, planes y programas relacionados con el espectro radioel\u00e9ctrico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y formular pol\u00edticas, \u00a0planes y programas relacionados con la vigilancia y control del Espectro, en \u00a0concordancia con las pol\u00edticas nacionales y sectoriales y las propuestas por \u00a0los organismos internacionales competentes, cuando sea del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Estudiar y proponer, acorde \u00a0con las tendencias del sector y las evoluciones tecnol\u00f3gicas, esquemas \u00f3ptimos \u00a0de vigilancia y control del espectro radioel\u00e9ctrico, incluyendo los \u00a0satelitales, con excepci\u00f3n a lo dispuesto en el art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0conforme a la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejercer la vigilancia y \u00a0control del espectro radioel\u00e9ctrico, con excepci\u00f3n de lo dispuesto en el \u00a0art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar la gesti\u00f3n t\u00e9cnica \u00a0del espectro radioel\u00e9ctrico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Investigar e identificar las \u00a0nuevas tendencias nacionales e internacionales en cuanto a la administraci\u00f3n, vigilancia \u00a0y control del espectro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Estudiar y proponer los \u00a0par\u00e1metros de valoraci\u00f3n por el derecho al uso del espectro radioel\u00e9ctrico y la \u00a0estructura de contraprestaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Notificar ante los organismos \u00a0internacionales las interferencias detectadas por se\u00f1ales originadas en otros pa\u00edses, \u00a0previa coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar al Ministerio de \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones en el establecimiento de \u00a0estrategias para la participaci\u00f3n en las diversas conferencias y grupos de \u00a0estudio especializados de la Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones y otros \u00a0organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar las \u00a0investigaciones a que haya lugar, por posibles infracciones al r\u00e9gimen del espectro definido por el \u00a0Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones as\u00ed como imponer las \u00a0sanciones, con excepci\u00f3n de lo dispuesto en el art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Ordenar el cese de \u00a0operaciones no autorizadas de redes, el decomiso provisional y definitivo de equipos y dem\u00e1s \u00a0bienes utilizados para el efecto, y disponer su destino con arreglo a lo dispuesto en la \u00a0ley, sin perjuicio de las competencias que tienen las autoridades Militares y \u00a0de Polic\u00eda para el decomiso de equipos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Actualizar, mantener y \u00a0garantizar la seguridad y confiabilidad de la informaci\u00f3n que se genere de los actos \u00a0administrativos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las \u00a0dem\u00e1s que por su naturaleza le sean asignadas o le correspondan por ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0Par\u00e1grafo 1\u00b0. La \u00a0atribuci\u00f3n y asignaci\u00f3n de frecuencias del espectro radioel\u00e9ctrico seguir\u00e1 \u00a0siendo potestad del Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Para el ejercicio de las funciones de \u00a0vigilancia y control, la Agencia Nacional del Espectro podr\u00e1 contar con Estaciones \u00a0Monitoras fijas y m\u00f3viles para la medici\u00f3n de par\u00e1metros t\u00e9cnicos; la \u00a0verificaci\u00f3n de la ocupaci\u00f3n del espectro radioel\u00e9ctrico; y la realizaci\u00f3n de visitas \u00a0t\u00e9cnicas a efectos de establecer el uso indebido o clandestino del espectro, en \u00a0coordinaci\u00f3n y con apoyo del Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0 \u00a0Estructura. La estructura de la Agencia Nacional del Espectro ser\u00e1 \u00a0la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Consejo Directivo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Direcci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n y Planeaci\u00f3n T\u00e9cnica del Espectro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Vigilancia y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Soporte Institucional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Organos de Coordinaci\u00f3n y \u00a0Asesor\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 Comit\u00e9 \u00a0de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 \u00a0Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Funciones \u00a0del Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo de la Agencia Nacional del Espectro, \u00a0ANE, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Aprobar \u00a0los estudios t\u00e9cnicos que sirvan para dise\u00f1ar y formular pol\u00edticas, planes y programas relacionados con el \u00a0Espectro Radioel\u00e9ctrico con el fin de asesorar al Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n \u00a0y las Comunicaciones sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Definir \u00a0las pol\u00edticas, planes y programas relacionados con la vigilancia y control del Espectro, en concordancia con \u00a0las pol\u00edticas nacionales y sectoriales y las propuestas por los organismos \u00a0internacionales competentes, cuando sea el caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar \u00a0propuestas acordes con las tendencias del sector y las evoluciones tecnol\u00f3gicas \u00a0para establecer esquemas \u00f3ptimos de vigilancia y control del espectro \u00a0radioel\u00e9ctrico incluyendo los satelitales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Fijar \u00a0las estrategias necesarias para determinar los par\u00e1metros de valoraci\u00f3n por el \u00a0derecho al uso del espectro radioel\u00e9ctrico y la estructura de \u00a0contraprestaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Aprobar \u00a0la agenda de participaci\u00f3n internacional y establecer las estrategias para la \u00a0participaci\u00f3n en las conferencias y grupos de estudio especializados de la \u00a0Uni\u00f3n Internacional de Comunicaciones y otros organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aprobar \u00a0los proyectos de sanciones que impone el Director de la Agencia Nacional del \u00a0Espectro por infracciones al r\u00e9gimen de espectro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Actuar \u00a0como segunda instancia de las decisiones y actos administrativos que profiera el Director General de la \u00a0Agencia Nacional del Espectro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer \u00a0el proyecto de planta de personal de la Agencia para someterlo a aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional, as\u00ed como \u00a0las modificaciones a la estructura de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Aprobar \u00a0el manual espec\u00edfico de funciones y requisitos de los empleos de la planta de personal de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Aprobar \u00a0el anteproyecto de presupuesto anual para la Agencia Nacional del Espectro y las modificaciones al \u00a0presupuesto de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Darse \u00a0su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ejercer \u00a0las dem\u00e1s funciones que sean compatibles a la naturaleza t\u00e9cnica del consejo y \u00a0que tengan relaci\u00f3n directa con el objetivo de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. Funciones de la Direcci\u00f3n General. Son funciones de la Direcci\u00f3n General \u00a0de la Agencia Nacional del Espectro, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, \u00a0dirigir, controlar y evaluar las pol\u00edticas, planes, programas, proyectos y \u00a0actividades que desarrolle la entidad para el cumplimiento del objeto y \u00a0funciones determinadas por la ley y asuntos aprobados por el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adoptar \u00a0todas las decisiones administrativas con el lleno de los requisitos \u00a0establecidos en la ley, inherentes a sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Administrar en forma eficaz y eficiente los recursos financieros, administrativos \u00a0y de personal \u00a0para el adecuado funcionamiento de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Con \u00a0sujeci\u00f3n al presupuesto, y a las normas que rigen la materia, velar por la \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal y el recaudo y manejo de los recursos de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Nombrar \u00a0y remover, as\u00ed como aprobar las situaciones administrativas de los funcionarios \u00a0adscritos a la planta de personal de la Agencia Nacional del Espectro, de \u00a0conformidad con la normatividad jur\u00eddica vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Presentar para aprobaci\u00f3n al Consejo Directivo el Manual Espec\u00edfico de \u00a0Funciones y Requisitos \u00a0de los empleos de la planta de personal de la Agencia y velar por su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Crear \u00a0los grupos internos de trabajo necesarios para atender las necesidades y \u00a0funciones propias de la Agencia Nacional del Espectro en concordancia con los \u00a0lineamientos que el Gobierno Nacional estipule para la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Suscribir los informes de ley que soliciten autoridades competentes, sobre las \u00a0funciones de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Garantizar el ejercicio del Control Interno y supervisar su efectividad y la \u00a0observancia de sus recomendaciones, con sujeci\u00f3n a lo dispuesto en la Ley 87 de 1993, y \u00a0aquellas normas que \u00a0la modifiquen o deroguen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Garantizar el ejercicio del Control Disciplinario con sujeci\u00f3n a lo dispuesto \u00a0en la Ley 734 de 2002, y \u00a0aquellas normas que la modifiquen o deroguen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Fijar las pol\u00edticas y \u00a0procedimientos para la atenci\u00f3n de peticiones, consultas, quejas, reclamos, \u00a0sugerencias y recepci\u00f3n de informaci\u00f3n que los ciudadanos formulen en relaci\u00f3n \u00a0con la misi\u00f3n y desempe\u00f1o de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Presentar para aprobaci\u00f3n \u00a0del Consejo Directivo los proyectos de sanciones por infracciones al r\u00e9gimen de \u00a0espectro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Imponer las sanciones a que \u00a0haya lugar por infracciones al r\u00e9gimen del espectro, con excepci\u00f3n de lo \u00a0dispuesto en el art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Notificar ante los \u00a0organismos internacionales, previa coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n \u00a0y las Comunicaciones, las interferencias detectadas por se\u00f1ales originadas en \u00a0otros pa\u00edses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Asesorar y acompa\u00f1ar al \u00a0Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones en las \u00a0negociaciones internacionales, cuando se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Actualizar, mantener y \u00a0garantizar la seguridad y confiabilidad de la informaci\u00f3n que se genere de los actos \u00a0administrativos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n y Planeaci\u00f3n T\u00e9cnica del Espectro. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n y Planeaci\u00f3n T\u00e9cnica del Espectro de la Agencia Nacional \u00a0del Espectro, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Estudiar y proponer elementos \u00a0de pol\u00edtica para la administraci\u00f3n del espectro, en concordancia con las \u00a0pol\u00edticas nacionales y sectoriales, y aquellas que adopten los organismos \u00a0internacionales competentes, cuando sean del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer y llevar a cabo \u00a0estudios e investigaciones para identificar nuevas tendencias en cuanto al uso y gesti\u00f3n \u00a0t\u00e9cnica del espectro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Desarrollar modelos para el \u00a0uso \u00f3ptimo del espectro y para una mayor eficiencia en la administraci\u00f3n del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar estudios para la \u00a0valoraci\u00f3n y definici\u00f3n de contraprestaciones, por el uso del espectro radioel\u00e9ctrico en \u00a0el marco de la Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Planear y ejecutar las \u00a0actividades de gesti\u00f3n t\u00e9cnica del espectro radioel\u00e9ctrico, a cargo de la \u00a0Agencia y coordinar con las dependencias del Ministerio de Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones elementos de inter\u00e9s com\u00fan o compartido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Estudiar y tramitar las \u00a0solicitudes relacionadas con el uso del espectro radioel\u00e9ctrico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Recomendar a trav\u00e9s del \u00a0Director de la Agencia oportunamente al Ministerio de Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, los valores asociados a los derechos de uso \u00a0del espectro radioel\u00e9ctrico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer los procesos de \u00a0ingenier\u00eda para la adecuada utilizaci\u00f3n de las diferentes bandas de frecuencias \u00a0del espectro radioel\u00e9ctrico, incluyendo las satelitales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Hacer el seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n t\u00e9cnica de los planes, programas y proyectos que desarrolle la \u00a0Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Rendir al Director General \u00a0de la Agencia los informes t\u00e9cnicos y estad\u00edsticos sobre la utilizaci\u00f3n del \u00a0espectro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Recomendar al Director \u00a0General de la Agencia, propuestas que coadyuven a la coordinaci\u00f3n internacional \u00a0de las frecuencias en las fronteras y la de los sistemas de telecomunicaciones \u00a0por sat\u00e9lite, para evitar interferencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Orientar, dirigir, coordinar \u00a0y evaluar el desempe\u00f1o de las funciones asignadas al personal de la \u00a0subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Proyectar los informes que \u00a0requieran las autoridades de control, de acuerdo con su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Desempe\u00f1ar las dem\u00e1s \u00a0funciones que le sean asignadas por el Director General, las que reciba por \u00a0delegaci\u00f3n y aquellas inherentes a la naturaleza de la dependencia y del cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n de Vigilancia y Control. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n \u00a0de Vigilancia y Control de la Agencia Nacional del Espectro, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar e implementar \u00a0elementos de la pol\u00edtica y procedimientos para vigilancia y control del \u00a0espectro, en concordancia con las pol\u00edticas nacionales y sectoriales y la \u00a0normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Establecer y ejecutar los \u00a0planes de vigilancia y control sobre el uso del espectro por parte de usuarios \u00a0autorizados, as\u00ed como la utilizaci\u00f3n no autorizada o ilegal del mismo; asegurar \u00a0el oportuno y cabal cumplimiento de estos planes y procesos de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar, dirigir, controlar \u00a0y evaluar el desempe\u00f1o de los diferentes grupos internos de trabajo que se \u00a0creen dentro de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con las \u00a0dependencias que correspondan del Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y \u00a0las Comunicaciones, MINTIC, las actividades de Vigilancia y Control sobre los \u00a0derechos y obligaciones en el uso del espectro por parte de los usuarios \u00a0autorizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Administrar el sistema \u00a0automatizado de vigilancia y control del espectro, as\u00ed como las estaciones fijas y m\u00f3viles \u00a0asociadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar la comprobaci\u00f3n \u00a0t\u00e9cnica de las emisiones e inspecci\u00f3n de las estaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Detectar e identificar las \u00a0transmisiones no autorizadas e informar al Director General de la Agencia sobre el \u00a0particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Informar a la Direcci\u00f3n \u00a0General sobre las interferencias originadas en otros pa\u00edses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Investigar las quejas de \u00a0interferencias, comprobar e identificar las fuentes de las mismas y elaborar el \u00a0proyecto que las resuelve para firma del Director General de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Adelantar todas las actuaciones administrativas para establecer posibles \u00a0infracciones al r\u00e9gimen nacional del espectro con excepci\u00f3n de lo dispuesto en \u00a0el art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0recomendar las sanciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a011. Informar al \u00a0Director General sobre el uso clandestino del espectro para que con base en los \u00a0procedimientos establecidos, se efect\u00fae el decomiso de los equipos utilizados \u00a0en dicha actividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Controlar y gestionar el manejo del archivo de los \u00a0expedientes que se tramiten en la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dise\u00f1ar indicadores que permitan medir las acciones \u00a0ejercidas para la Vigilancia y Control del Espectro y monitorear, evaluar las \u00a0pol\u00edticas, planes y proyectos relacionados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Hacer el seguimiento y evaluaci\u00f3n t\u00e9cnica de los \u00a0planes, programas y proyectos generados en la Subdirecci\u00f3n y reportar a las \u00a0instancias correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Orientar, dirigir, coordinar y evaluar el desempe\u00f1o \u00a0de las funciones asignadas al personal de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Desempe\u00f1ar las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas \u00a0por el Director General, las que reciba por delegaci\u00f3n y aquellas inherentes a \u00a0la naturaleza de la dependencia y del cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Funciones de la Subdirecci\u00f3n \u00a0de Soporte Institucional. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Soporte Institucional \u00a0de la Agencia Nacional del Espectro, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar \u00a0al Director General en el desarrollo de los procesos de gesti\u00f3n, control y \u00a0evaluaci\u00f3n de las funciones y programas que adelanta la ANE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Coordinar y administrar los procesos de preparaci\u00f3n y estructuraci\u00f3n de \u00a0estudios t\u00e9cnicos y pliegos de condiciones para los procesos de convocatorias y \u00a0contratos que adelante la Entidad, teniendo en cuenta las pol\u00edticas y \u00a0directrices de la Direcci\u00f3n de la Entidad, los elementos t\u00e9cnicos propios del \u00a0objeto de la convocatoria presentados por las Subdirecciones de la ANE, o \u00a0establecidos mediante acuerdos o contratos que para el efecto suscriba la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Conocer, \u00a0intervenir y responder por los procesos de convocatorias y contrataci\u00f3n de \u00a0acuerdo con los procesos y procedimientos legales y los propios de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir \u00a0el seguimiento y evaluaci\u00f3n t\u00e9cnica y financiera de los Planes, Programas, Proyectos y contratos y preparar \u00a0los respectivos informes, con la colaboraci\u00f3n de las \u00e1reas t\u00e9cnicas y de apoyo \u00a0de la ANE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer \u00a0en las instancias correspondientes, la adopci\u00f3n de medidas o acciones \u00a0requeridas para proteger los intereses de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar \u00a0e implementar pr\u00e1cticas y mecanismos de gesti\u00f3n, seguimiento y control sobre \u00a0los procesos y fuentes generadoras de recursos de la Entidad, facturaci\u00f3n, \u00a0cartera, valoraci\u00f3n de portafolio de inversiones, compra y venta de \u00a0inversiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Coordinar la preparaci\u00f3n de los proyectos de presupuesto y los planes de \u00a0inversi\u00f3n de la Entidad y hacer los respectivos seguimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir \u00a0la elaboraci\u00f3n de los informes que deban ser rendidos a las diferentes \u00a0entidades de control que deban ser presentados por \u00e9l o por el Director de la \u00a0Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar \u00a0el desempe\u00f1o de las funciones asignadas al personal de la subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Desempe\u00f1ar las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas por el Director General, \u00a0las que reciba por delegaci\u00f3n y aquellas inherentes a la naturaleza de la \u00a0dependencia y del cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00b0. Organos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n. El Comit\u00e9 \u00a0de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno y la Comisi\u00f3n de Personal se \u00a0organizar\u00e1n y ejercer\u00e1n sus funciones conforme a lo previsto en las \u00a0disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director \u00a0General de la Agencia Nacional del Espectro podr\u00e1 crear comit\u00e9s permanentes o \u00a0transitorios especiales para estudio, an\u00e1lisis y asesor\u00eda en temas alusivos a \u00a0la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Adopci\u00f3n de la nueva Planta de \u00a0Personal. De \u00a0conformidad con la estructura prevista en el presente decreto, el Gobierno \u00a0Nacional proceder\u00e1 a adoptar la planta de personal de la Agencia Nacional del \u00a0Espectro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 19 de enero de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oscar \u00a0Iv\u00e1n Zuluaga Escobar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra \u00a0de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda del Rosario Guerra de la Espriella. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Elizabeth \u00a0Rodr\u00edguez Taylor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 93 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0 \u00a0(enero 19) \u00a0 \u00a0 D.O. 47.598, enero 20 de 2010 \u00a0 \u00a0 por el cual se adopta la estructura de la \u00a0Agencia Nacional del Espectro, ANE, y se dictan otras \u00a0disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota: Este decreto no qued\u00f3 cobijado por la derogatoria del Decreto 1078 de 2015, \u00a0art\u00edculo 3.1.1. 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