{"id":42805,"date":"2023-07-29T16:50:16","date_gmt":"2023-07-29T16:50:16","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-2268-de-2010\/"},"modified":"2023-07-29T16:50:16","modified_gmt":"2023-07-29T16:50:16","slug":"decreto-2268-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-2268-de-2010\/","title":{"rendered":"DECRETO 2268 DE 2010"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2268 DE 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(junio 24) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 47.750, junio 24 de 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se declara \u00a0insubsistente el nombramiento de un Notario designado en propiedad, se hace un \u00a0nombramiento, en virtud del art\u00edculo 178 numeral 3 del Decreto 960 de 1970 \u00a0(Estatuto Notarial), y se efect\u00faa el nombramiento de un notario en propiedad, \u00a0en el C\u00edrculo Notarial de Cali. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior y de Justicia de la Rep\u00fablica de Colombia delegatario de funciones presidenciales en virtud del Decreto 2202 del 21 de \u00a0junio del 2010, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial las que le confieren, los art\u00edculos 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0161 y 178-3 del Decreto 960 de 1970, \u00a05\u00b0 del Decreto 2163 de 1970, \u00a061 y 66 del Decreto \u00a0Reglamentario 2148 de 1983, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0dispone que el cargo de notario en propiedad debe \u00a0proveerse por concurso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Acuerdo 01 de 15 de noviembre de 2006, el \u00a0Consejo Superior convoc\u00f3 a Concurso P\u00fablico y Abierto para el Nombramiento de \u00a0Notarios en Propiedad y el ingreso a la Carrera Notarial, para proveer en \u00a0propiedad el cargo de Notario en diferentes c\u00edrculos notariales del territorio \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Acuerdo 167 de 24 de septiembre de 2008, el \u00a0Consejo Superior conform\u00f3 la Lista de Elegibles para proveer en propiedad el \u00a0cargo de Notario en los Departamentos de Cauca, Nari\u00f1o, Valle, Huila, Caldas, \u00a0Risaralda y Quind\u00edo, la cual fue conformada por c\u00edrculo notarial, con los \u00a0nombres y documentos de identidad de quienes en estricto orden descendente, \u00a0obtuvieron los mayores puntajes, como resultado de las calificaciones \u00a0correspondientes a las distintas fases del concurso, de acuerdo con el m\u00ednimo \u00a0fijado para la integraci\u00f3n de las listas de elegibles de sesenta (60) puntos (Decreto 926 de 2007 \u00a0y art\u00edculo 19 del Acuerdo 01 de 2006). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en cumplimiento a lo ordenado en la Sentencia SU-913 de 2009 \u00a0proferida por la honorable Corte Constitucional, mediante Decreto 5043 de 29 de \u00a0diciembre del 2009, art\u00edculos 15 y 17, se nombr\u00f3, en propiedad, a los \u00a0doctores Gustavo Adolfo Hern\u00e1ndez Qui\u00f1ones, como Notario Diecisiete y Alberto \u00a0Montoya Montoya, como Notario Veinte del C\u00edrculo de \u00a0Cali, respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que una vez comunicado el nombramiento como Notario \u00a0Diecisiete, el doctor Gustavo Adolfo Hern\u00e1ndez Qui\u00f1ones se abstuvo de \u00a0aceptarlo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el contenido del art\u00edculo 138 del Decreto 960 de 1970: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cLa designaci\u00f3n queda insubsistente: 1. Por la no \u00a0aceptaci\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el doctor Alberto Montoya Montoya, \u00a0con base en el derecho de preferencia del art\u00edculo 178 numeral 3 del Decreto 960 de 1970 \u00a0(Estatuto Notarial) solicit\u00f3 el 17 de febrero de 2010, primero que los dem\u00e1s \u00a0notarios, su designaci\u00f3n en otra Notar\u00eda en el evento de presentarse la no \u00a0aceptaci\u00f3n por parte de alguno de los concursantes que han sido designados de \u00a0la lista de elegibles o cuando en el futuro se presentare una vacante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n del veinticuatro (24) de marzo del a\u00f1o dos \u00a0mil diez (2010) el Consejo Superior, entre otros asuntos, trat\u00f3 el tema \u00a0relacionado con el derecho de preferencia consagrado por el art\u00edculo 178-3 del \u00a0Estatuto Notarial, y consider\u00f3 que quien se inscribiera al concurso p\u00fablico y \u00a0abierto para la provisi\u00f3n de los cargos de notarios y superara todas las \u00a0etapas, queda incorporado a la carrera notarial con sus derechos y \u00a0obligaciones, de acuerdo con la Sentencia de la Corte Constitucional C-153 de 1999 en \u00a0cuanto a la inexequibilidad parcial de los art\u00edculos \u00a0168 y 169 del Estatuto Notarial, sin requerir de un acto administrativo del \u00a0Consejo Superior que as\u00ed lo declare. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ocurrida una vacante absoluta, un notario haciendo valer \u00a0sus derechos de carrera (art\u00edculo 168 del Decreto 960 de 1970), \u00a0puede solicitar ser designado en otra notar\u00eda de acuerdo con lo previsto por el \u00a0art\u00edculo 178 numeral 3 que establece: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201c\u2026 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 178. El pertenecer a la carrera notarial \u00a0implica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2026 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preferencia para ocupar, a solicitud propia y dentro \u00a0de la misma circunscripci\u00f3n pol\u00edtico-administrativa, otra notar\u00eda de la misma \u00a0categor\u00eda que se encuentre vacante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2026\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el evento en que existan diversas solicitudes \u00a0frente a la misma notar\u00eda que se encuentre vacante, prevalecer\u00e1 la del notario \u00a0que primero la hizo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el doctor Humberto Bueno Cardona, identificado con la \u00a0c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 14969086, quien obtuvo un puntaje total de 77,8, \u00a0siguiente en la lista de elegibles debe ser designado Notario dentro del \u00a0C\u00edrculo Notarial de Cali al presentarse la vacante en un despacho notarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la designaci\u00f3n de los Notarios de Primera Categor\u00eda \u00a0es competencia del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que corresponde al Consejo Superior administrar la \u00a0carrera notarial y los concursos (art\u00edculo 164 Decreto ley 960 de \u00a01970). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con fundamento en lo anteriormente expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Decl\u00e1rese insubsistente el nombramiento del \u00a0doctor Gustavo Adolfo Hern\u00e1ndez Qui\u00f1ones, identificado con la c\u00e9dula de \u00a0ciudadan\u00eda n\u00famero 16588716, como Notario Diecisiete (17) del C\u00edrculo de Cali, \u00a0en propiedad, efectuado mediante Decreto \u00a05043 de 29 de diciembre de 2009, de conformidad con lo expuesto en la parte \u00a0motiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. N\u00f3mbrese al doctor Alberto Montoya Montoya, identificado con la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero \u00a06245790, como Notario Diecisiete (17) del C\u00edrculo de Cali en propiedad, quien \u00a0hab\u00eda sido designado Notario Veinte (20) del mismo c\u00edrculo, por haberlo \u00a0solicitado en ejercicio del derecho de preferencia en su calidad de notario, \u00a0tal como se expuso en la parte considerativa del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. N\u00f3mbrese al doctor Humberto Bueno Cardona, \u00a0identificado con la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 14969086, como Notario Veinte \u00a0(20) del C\u00edrculo Notarial de Cali, en propiedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Para tomar posesi\u00f3n de los cargos, los \u00a0designados deber\u00e1n acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro \u00a0la documentaci\u00f3n de ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. El presente decreto rige a partir de la \u00a0fecha de su expedici\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 24 de junio de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FABIO VALENCIA COSSIO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior y de Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fabio \u00a0Valencia Cossio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2268 DE 2010 \u00a0 \u00a0 (junio 24) \u00a0 \u00a0 D.O. 47.750, junio 24 de 2010 \u00a0 \u00a0 por el cual se declara \u00a0insubsistente el nombramiento de un Notario designado en propiedad, se hace un \u00a0nombramiento, en virtud del art\u00edculo 178 numeral 3 del Decreto 960 de 1970 \u00a0(Estatuto Notarial), y se efect\u00faa el nombramiento [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-42805","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2010"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42805","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=42805"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42805\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=42805"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=42805"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=42805"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}