{"id":42859,"date":"2023-07-29T16:50:22","date_gmt":"2023-07-29T16:50:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-2608-de-2010\/"},"modified":"2023-07-29T16:50:22","modified_gmt":"2023-07-29T16:50:22","slug":"decreto-2608-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-2608-de-2010\/","title":{"rendered":"DECRETO 2608 DE 2010"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2608 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(julio 19) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 47.775, julio 19 de \u00a02010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se aplica \u00a0provisionalmente la \u201cDecisi\u00f3n del Consejo de la Organizaci\u00f3n para la \u00a0Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE), que establece un centro de \u00a0desarrollo de la organizaci\u00f3n\u201d, adoptada por el Consejo en su vig\u00e9simo novena \u00a0Reuni\u00f3n, en Par\u00eds, el 23 de octubre de 1962, y el \u201cAcuerdo mediante canje de \u00a0notas entre el Gobierno de Colombia y la Secretar\u00eda General de la Organizaci\u00f3n \u00a0para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE), para la vinculaci\u00f3n de \u00a0Colombia como miembro del centro de desarrollo de la OCDE\u201d, concluido el 24 de \u00a0julio de 2008. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en uso de las facultades que le otorgan los art\u00edculos 189, numeral 2, y 224 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo \u00a0Econ\u00f3mico (OCDE), fundada en 1961, tiene por finalidad apoyar el desarrollo \u00a0econ\u00f3mico sostenible, incrementar el empleo, elevar los niveles de vida, \u00a0mantener la estabilidad financiera, apoyar el desarrollo econ\u00f3mico de otros \u00a0pa\u00edses y contribuir al crecimiento del comercio mundial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Consejo de la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el \u00a0Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE), mediante Decisi\u00f3n adoptada en Par\u00eds, el 23 de \u00a0octubre de 1962, estableci\u00f3 el \u201cCentro \u00a0de Desarrollo de la Organizaci\u00f3n\u201d, como un foro de discusi\u00f3n sobre \u00a0pol\u00edticas de desarrollo econ\u00f3mico y social en el que participan tanto pa\u00edses \u00a0miembros como no miembros de la Organizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Secretario General de la Organizaci\u00f3n, mediante \u00a0comunicaci\u00f3n del 26 de junio de 2008, dirigida al se\u00f1or Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores, invit\u00f3 al Gobierno de Colombia a Convertirse en miembro del Centro, \u00a0invitaci\u00f3n que fue aceptada por el se\u00f1or Ministro de Relaciones Exteriores \u00a0mediante comunicaci\u00f3n VAM\/DCI \u00a0n\u00famero 38693 del 24 de julio de 2008. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el objetivo o finalidad del Centro es conjugar los \u00a0conocimientos y la experiencia disponibles en los pa\u00edses participantes tanto \u00a0acerca del desarrollo econ\u00f3mico como de la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de pol\u00edtica \u00a0econ\u00f3mica de tipo general; adaptar dichos conocimientos y experiencia a las \u00a0necesidades reales de dichos pa\u00edses o regiones en proceso de desarrollo \u00a0econ\u00f3mico y poner los resultados a disposici\u00f3n de tales pa\u00edses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la vinculaci\u00f3n de Colombia al Centro de Desarrollo de \u00a0la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE), traer\u00e1 \u00a0beneficios en la apertura de relaciones comerciales, nuevas opciones de \u00a0inversi\u00f3n y mayor acceso a nuevas tecnolog\u00edas que potencien el nivel de \u00a0desarrollo nacional, as\u00ed mismo constituye un paso preliminar determinante para \u00a0una membres\u00eda futura de Colombia en la Organizaci\u00f3n OCDE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el acceso al Centro de Desarrollo de la OCDE \u00a0significar\u00e1 para Colombia contar con la mejor asesor\u00eda sobre pol\u00edticas de \u00a0desarrollo y crecimiento econ\u00f3mico, dada su eficacia comprobada en pa\u00edses que \u00a0han logrado altos niveles de bienestar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la naturaleza de la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y \u00a0el Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE), y del Centro en el marco de dicha organizaci\u00f3n \u00a0internacional, como foros de \u00edndole econ\u00f3mica, cuya din\u00e1mica de trabajo \u00a0establecida se basa en la inmediata contribuci\u00f3n de sus participantes para \u00a0acceder a los beneficios del mencionado Centro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 224 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia prev\u00e9 la aplicaci\u00f3n provisional de los tratados de naturaleza \u00a0econ\u00f3mica y comercial, acordados en el \u00e1mbito de organismos internacionales que \u00a0as\u00ed lo dispongan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Aplicar provisionalmente la \u201cDecisi\u00f3n del \u00a0Consejo de la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico \u00a0(OCDE), que establece un Centro de Desarrollo de la Organizaci\u00f3n\u201d, adoptada por \u00a0el Consejo en su vig\u00e9simo novena Reuni\u00f3n, en Par\u00eds, el 23 de octubre de 1962, y \u00a0el \u201cAcuerdo mediante canje de notas entre el Gobierno de Colombia y la \u00a0Secretar\u00eda General de la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo \u00a0Econ\u00f3mico (OCDE), para la vinculaci\u00f3n de Colombia como miembro del Centro de \u00a0Desarrollo de la OCDE\u201d, concluido el 24 de julio de 2008. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>[Para ser transcritos en este lugar, se adjunta fotocopia \u00a0de los textos de la \u201cDecisi\u00f3n del Consejo de la Organizaci\u00f3n para la \u00a0Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE), que establece un Centro de \u00a0Desarrollo de la Organizaci\u00f3n\u201d, adoptada por el Consejo en su vig\u00e9simo novena \u00a0Reuni\u00f3n, en Par\u00eds, el 23 de octubre de 1962, y del \u201cAcuerdo mediante canje de \u00a0notas entre el Gobierno de Colombia y la Secretar\u00eda General de la Organizaci\u00f3n \u00a0para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE), para la vinculaci\u00f3n de \u00a0Colombia como miembro del Centro de Desarrollo de la OCDE\u201d, concluido el 24 de \u00a0julio de 2008]. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente decreto rige a partir de la fecha \u00a0de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 19 de julio de 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Relaciones Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jaime Berm\u00fadez Merizalde. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Traducci\u00f3n oficial de un documento escrito en ingl\u00e9s \u00a0realizada el 21 de abril de 2010, por Roberto Pizarro Perdomo, c\u00e9dula de \u00a0ciudadan\u00eda 17166667 de Bogot\u00e1, Int\u00e9rprete y Traductor Oficial Juramentado seg\u00fan \u00a0Resoluci\u00f3n n\u00famero 1293 de 1991 del Ministerio de Justicia de Colombia. Bogot\u00e1, \u00a0D. C., Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Restringido \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00eds, 27 de noviembre de 1962 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>C (62)144(Final), Escala 1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Copia certificada \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Sello impreso) Direcci\u00f3n Jur\u00eddica de la OCDE \u2014 \u00a0Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Consejo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Decisi\u00f3n del Consejo que establece un Centro de Desarrollo \u00a0de la Organizaci\u00f3n (adoptada por el Consejo en su vigesimonovena \u00a0reuni\u00f3n del 23 de octubre de 1962) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(El Delegado de Suiza ha confirmado su aceptaci\u00f3n de esta \u00a0Decisi\u00f3n, sujeta a aprobaci\u00f3n) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Considerando la \u00a0Convenci\u00f3n sobre la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico \u00a0del 14 de diciembre de 1960 (en adelante denominada la \u201cConvenci\u00f3n\u201d) y, en \u00a0particular, los art\u00edculos 1(b) , 2(e), 3, 5(a), 12 y \u00a020 de la Convenci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Considerando la Resoluci\u00f3n del Consejo \u00a0adoptada en la Reuni\u00f3n de Ministros del 17 de noviembre de 1961, sobre los \u00a0T\u00e9rminos de Referencia de un Centro de Desarrollo de la Organizaci\u00f3n \u00a0[OECD\/C(61)54, p\u00e1rrafo 11, OECD\/C\/M(61)7, \u00edtem 52]; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Considerando la Reglamentaci\u00f3n \u00a0Financiera de la Organizaci\u00f3n y, en particular, los Art\u00edculos 5 y 15(b) de la \u00a0misma; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Considerando las Normas y \u00a0Reglamentaciones sobre Personal y las Normas y Reglamentaciones sobre Peritos y \u00a0Consultores y, en especial, la Reglamentaci\u00f3n 2(b) de las mismas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Reconociendo que hay en los pa\u00edses \u00a0participantes un gran c\u00famulo de conocimientos y experiencia sobre los problemas \u00a0de desarrollo econ\u00f3mico y sobre la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas econ\u00f3micas \u00a0generales que se podr\u00eda adaptar a pa\u00edses o regiones en proceso de desarrollo \u00a0econ\u00f3mico, y que esto podr\u00eda contribuir a lograr los objetivos de la \u00a0Organizaci\u00f3n fijados en la Convenci\u00f3n, poniendo dichos conocimientos y \u00a0experiencia a disposici\u00f3n de los pa\u00edses en cuesti\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECIDE lo siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo primero \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se establece mediante la presente, \u00a0en el marco de la Organizaci\u00f3n, un Centro de Desarrollo (en adelante denominado \u00a0el \u201cCentro\u201d) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo segundo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La finalidad del Centro ser\u00e1 \u00a0conjugar los conocimientos y la experiencia disponibles en los pa\u00edses \u00a0participantes tanto acerca del desarrollo econ\u00f3mico como de la formulaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de pol\u00edticas econ\u00f3micas de tipo general; adaptar dichos conocimientos \u00a0y experiencia a las necesidades reales de los pa\u00edses o regiones en proceso de \u00a0desarrollo econ\u00f3mico y poner los resultados a disposici\u00f3n de los pa\u00edses en \u00a0cuesti\u00f3n, utilizando los medios apropiados. Al cumplir este objetivo, el Centro \u00a0tendr\u00e1 en cuenta, en especial, la interdependencia de las condiciones \u00a0pol\u00edticas, econ\u00f3micas y culturales de los pa\u00edses en proceso de desarrollo \u00a0econ\u00f3mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo tercero \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Centro emprender\u00e1 las \u00a0actividades adecuadas para lograr su objetivo, seg\u00fan lo definido en el art\u00edculo \u00a0segundo de este instrumento, en el contexto de las directivas emitidas por el \u00a0Consejo. M\u00e1s en particular, puede adelantar actividades de capacitaci\u00f3n e \u00a0investigaci\u00f3n y organizar conferencias, simposios y otras reuniones. Asimismo \u00a0puede ayudar a satisfacer las necesidades de servicios de asesor\u00eda para las \u00a0instituciones participantes en la ense\u00f1anza, capacitaci\u00f3n o investigaci\u00f3n, o \u00a0para pa\u00edses menos desarrollados, a solicitud de estos \u00faltimos, previa \u00a0autorizaci\u00f3n del Consejo cuando dichos servicios se presten a los gobiernos de \u00a0pa\u00edses no participantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo cuarto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Centro debe establecer con \u00a0otras organizaciones internacionales y con las instituciones nacionales \u00a0relacionadas con el desarrollo econ\u00f3mico las relaciones de trabajo adecuadas \u00a0que faciliten el cumplimiento de sus tareas. Dichas relaciones de trabajo \u00a0deben, en especial, permitirle al Centro aprovechar al m\u00e1ximo el trabajo de \u00a0estas organizaciones e instituciones. Con el fin de alcanzar sus objetivos el \u00a0Centro puede tambi\u00e9n alentar, promover y apoyar las actividades de otras \u00a0instituciones u organizaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo quinto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cada a\u00f1o el Centro debe dar cuenta \u00a0ante el Consejo de sus actividades. Debe tambi\u00e9n presentar, bien sea por \u00a0solicitud del Consejo por su propia iniciativa, otras comunicaciones al \u00a0Consejo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo sexto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Centro tendr\u00e1 un presidente, \u00a0nombrado por el Consejo, seg\u00fan propuesta del Secretario General. Por propuesta \u00a0del presidente, el Secretario General puede, despu\u00e9s de consultar con el \u00a0Consejo, nombrar un m\u00e1ximo de cinco miembros del Centro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo s\u00e9ptimo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General, ante la \u00a0propuesta del presidente y con la autorizaci\u00f3n del Consejo, puede nombrar un \u00a0grupo de asesores, a quienes el presidente consultar\u00e1 en lo pertinente, en el \u00a0ejercicio de sus funciones. Los asesores ser\u00e1n escogidos con base en su \u00a0conocimiento pericial de los problemas de desarrollo econ\u00f3mico, en las \u00a0funciones que puedan desempe\u00f1ar en otras instituciones o en pa\u00edses en proceso \u00a0de desarrollo econ\u00f3mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo octavo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(a) La planta de personal del \u00a0Centro formar\u00e1 parte de la Secretar\u00eda de la Organizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(b) No obstante las disposiciones \u00a0de la reglamentaci\u00f3n 2(b) de las Normas y Reglamentaciones sobre Peritos y \u00a0Consultores de la Organizaci\u00f3n, el nombramiento de personas como consultores \u00a0del Centro se puede realizar por per\u00edodos de hasta tres a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo noveno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los gastos del Centro se \u00a0sufragar\u00e1n utilizando los activos de destinaci\u00f3n espec\u00edfica dispuestos en la \u00a0Parte II del Presupuesto de la Organizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo d\u00e9cimo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>No obstante las disposiciones de \u00a0las Reglamentaciones Financieras, el Consejo puede autorizar al Secretario \u00a0General para que busque y acepte aportes voluntarios, otros recursos y pagos \u00a0por los servicios prestados por el Centro. El Consejo puede, asimismo, \u00a0autorizar al Secretario General para que comprometa y gaste dichos fondos \u00a0durante per\u00edodos de m\u00e1s de un a\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo und\u00e9cimo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los pa\u00edses participantes ser\u00e1n los \u00a0pa\u00edses Miembros y el Gobierno de Jap\u00f3n, con sujeci\u00f3n a disposiciones \u00a0especiales, en particular referentes a asuntos financieros, que ser\u00e1n aprobados \u00a0por el Consejo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Traducci\u00f3n fiel y completa del \u00a0documento que tengo a la vista. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>AG\/2008.424.ma \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26 de junio de 2008 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Apreciado Ministro: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Seg\u00fan una decisi\u00f3n del Consejo de la Organizaci\u00f3n \u00a0para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico, tengo el honor de invitar a \u00a0Colombia a que sea miembro pleno participante del Centro de Desarrollo de la \u00a0Organizaci\u00f3n y, por ende, de la Junta de Gobierno del Centro de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Colombia se convertir\u00eda en participante al \u00a0aceptar la decisi\u00f3n del Consejo de la OCDE estableciendo el Centro y acordando \u00a0contribuir con los gastos del mismo de acuerdo con los aportes aplicables, los \u00a0cuales podr\u00e1n ser modificados ocasionalmente. Los Miembros que no pertenecen al \u00a0Centro de Desarrollo de la OCDE deben contribuir anualmente con un aporte fijo \u00a0a su presupuesto, que para su pa\u00eds se ha fijado en EUR7.800 \u00a0para el 2008. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, las condiciones de participaci\u00f3n de \u00a0Colombia en el Centro de Desarrollo y su Junta de Gobierno, se regir\u00e1n por las \u00a0reglas, procedimientos y pautas establecidas por el Consejo, en especial \u00a0aquellas fijadas en la Resoluci\u00f3n del Consejo C(2004)132\/FINAL, seg\u00fan sean \u00a0modificadas de vez en cuando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Minutas del arriba citado Consejo se \u00a0anexan a esta comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A su Excelencia se\u00f1or Fernando Ara\u00fajo Perdomo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Anexos: CC Su Excelencia Fernando Cepeda \u00a0Ulloa: \u2014 Embajador de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Propongo que esta carta, as\u00ed como la respuesta \u00a0afirmativa por parte de su Gobierno, constituya un acuerdo entre la \u00a0Organizaci\u00f3n y el Gobierno de Colombia, por medio del cual Colombia acepta la \u00a0Decisi\u00f3n que establece el Centro de Desarrollo y la obligaci\u00f3n de contribuir \u00a0con los gastos basados en la declaraci\u00f3n. El acuerdo entrar\u00e1 en vigencia en la \u00a0fecha de la respuesta afirmativa de su Gobierno y podr\u00e1 ser terminado por \u00a0cualquiera de las dos partes dentro de los doce meses siguientes a la \u00a0notificaci\u00f3n escrita. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Atentamente, (Firmado) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1ngel Gurria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(En Manuscrito: \u201c\u00a1Un abrazo!\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>REP\u00daBLICA DE COLOMBIA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>VAM\/DCI \u00a0N\u00daMERO 38693 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Bogot\u00e1, D. C., 24 de julio de 2008 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Apreciado Secretario General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gracias por su comunicaci\u00f3n del 26 de junio de \u00a02008 (Ref. AG\/2008.424.ma) \u00a0invitando a Colombia para que sea miembro pleno del Centro de Desarrollo de la \u00a0OCDE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Como respuesta, tengo el honor de confirmarle \u00a0que las propuestas contenidas en su carta son aceptables para el Gobierno de \u00a0Colombia y que la presente carta y su carta a responder, constituyen un acuerdo \u00a0sobre este asunto entre el Gobierno de Colombia y la Organizaci\u00f3n para la \u00a0Cooperaci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico, el cual entrar\u00e1 en vigencia en la fecha de \u00a0esta carta y podr\u00e1 ser terminada por cualquiera de las partes dentro de los \u00a0doce meses siguientes a la notificaci\u00f3n por escrito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Atentamente, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Firmado) Jaime Berm\u00fadez Merizalde \u2013 Ministro de \u00a0Relaciones Exteriores de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se\u00f1or \u00c1ngel Gurria, \u00a0Secretario General \u2013 Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico \u00a0\u2013Par\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2608 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0 (julio 19) \u00a0 \u00a0 D.O. 47.775, julio 19 de \u00a02010 \u00a0 \u00a0 por el cual se aplica \u00a0provisionalmente la \u201cDecisi\u00f3n del Consejo de la Organizaci\u00f3n para la \u00a0Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE), que establece un centro de \u00a0desarrollo de la organizaci\u00f3n\u201d, adoptada por el Consejo en su vig\u00e9simo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-42859","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2010"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42859","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=42859"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42859\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=42859"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=42859"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=42859"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}