{"id":42895,"date":"2023-07-29T16:50:23","date_gmt":"2023-07-29T16:50:23","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-2766-de-2010\/"},"modified":"2023-07-29T16:50:23","modified_gmt":"2023-07-29T16:50:23","slug":"decreto-2766-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-2766-de-2010\/","title":{"rendered":"DECRETO 2766 DE 2010"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2766 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(agosto \u00a03) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 47.790, agosto 3 de \u00a02010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica el art\u00edculo 3\u00b0 del \u00a0Decreto 5052 de 2009. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que \u00a0le confiere el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0la Ley 1341 de 2009, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el inciso segundo \u00a0del art\u00edculo 69 de la Ley 1341 de 2009 \u00a0reza: \u201cAutor\u00edzase a la Naci\u00f3n a \u00a0presupuestar los recursos necesarios para pagar el d\u00e9ficit entre subsidios y \u00a0contribuciones derivados de la expedici\u00f3n de la Ley 812 de 2003. La \u00a0Naci\u00f3n pagar\u00e1 el cien por ciento del monto del d\u00e9ficit generado por la Ley 812 \u00a0en las siguientes tres (3) vigencias presupuestales a la aprobaci\u00f3n de la \u00a0presente ley, para lo cual se tendr\u00e1 en cuenta la verificaci\u00f3n que realice el \u00a0Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones del \u00a0cumplimiento de los l\u00edmites, en cuanto a subsidios, derivados de la aplicaci\u00f3n \u00a0de la Ley 142 de 1994\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto \u00a05052 del 29 de diciembre de 2009 \u201cpor el cual se reglamenta el art\u00edculo 69 \u00a0de la Ley 1341 de 2009 y se \u00a0dictan otras disposiciones\u201d, estableci\u00f3, entre otros, en su art\u00edculo 3\u00b0 un \u00a0procedimiento para cuantificar el D\u00e9ficit. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que efectuada la \u00a0respectiva verificaci\u00f3n por el Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y \u00a0las Comunicaciones, se consider\u00f3 pertinente que el procedimiento se\u00f1alado en el \u00a0art\u00edculo 3\u00b0 del Decreto 5052 de 2009 \u00a0debe ser ajustado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. El art\u00edculo \u00a03\u00b0 del Decreto 5052 de 2009 \u00a0por el cual se reglamenta el art\u00edculo 69 de la Ley 1341 de 2009 y se \u00a0dictan otras disposiciones\u201d, quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Cuantificaci\u00f3n del D\u00e9ficit. Para determinar el monto a pagar del d\u00e9ficit \u00a0entre subsidios y contribuciones, generado a partir de la entrada en vigencia \u00a0de la Ley 812 de 2003, se \u00a0seguir\u00e1 el siguiente procedimiento: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Periodo. El per\u00edodo de cuantificaci\u00f3n \u00a0del d\u00e9ficit entre subsidios y contribuciones generado de la Ley 812 de 2003 \u00a0corresponder\u00e1 a los ciclos de facturaci\u00f3n comprendidos entre julio de 2003 y \u00a0diciembre de 2006, de los proveedores de redes y servicios de \u00a0telecomunicaciones sujetos a la aplicaci\u00f3n del presente decreto, conforme con \u00a0lo establecido en el art\u00edculo 116 de la mencionada ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Subsidios. se \u00a0tomar\u00e1n los subsidios mensuales efectivamente facturados por el proveedor a los \u00a0estratos 1 y 2, por concepto de cargo fijo y consumo de voz, reportados a la \u00a0Superintendencia de Servicios P\u00fablicos Domiciliarios durante el periodo de \u00a0cuantificaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Contribuciones. Corresponde al \u00a0agregado mensual de las contribuciones recaudadas de estratos 5, 6 e industrial \u00a0y comercial, por concepto de cargo fijo y consumo de voz, seg\u00fan los reportes \u00a0del proveedor a la Superintendencia de Servicios P\u00fablicos Domiciliarios durante \u00a0el periodo de cuantificaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Valores Reconocidos. Corresponde al total \u00a0de valores reconocidos a cada proveedor por el Fondo de Comunicaciones hoy \u00a0Fondo de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones o por otros \u00a0proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones sujetos a la aplicaci\u00f3n \u00a0del presente decreto, en el normal funcionamiento del esquema de \u00a0redistribuci\u00f3n, vigente en el per\u00edodo de cuantificaci\u00f3n del d\u00e9ficit. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Actualizaci\u00f3n de \u00a0Valores. \u00a0Los montos mensuales de contribuciones, subsidios y valores reconocidos durante \u00a0el periodo de cuantificaci\u00f3n, deber\u00e1n actualizarse a pesos de julio de 2009 \u00a0fecha de entrada en vigencia de la Ley 1341 de 2009), \u00a0antes de ser incluidos en cualquier f\u00f3rmula del presente decreto, tomando como \u00a0base el \u00cdndice de Precios al Consumidor publicado por el Departamento \u00a0Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, con el fin de hacer comparables los \u00a0resultados obtenidos en los estudios de los diferentes proveedores y los \u00a0resultados obtenidos en la verificaci\u00f3n que haga el Ministerio de Tecnolog\u00edas \u00a0de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Posterior a la \u00a0verificaci\u00f3n, se actualizar\u00e1n los valores finales a pesos del momento en que se \u00a0expida la respectiva resoluci\u00f3n de reconocimiento y pago para cada proveedor \u00a0utilizando el \u00cdndice de Precios al Consumidor publicado por el DANE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D\u00e9ficit Ley 812 de 2003. Corresponde al c\u00e1lculo \u00a0final, para cada proveedor, del d\u00e9ficit entre contribuciones y subsidios \u00a0generado por la expedici\u00f3n de la Ley 812 de 2003, \u00a0teniendo en cuenta los valores reconocidos al proveedor por el Fondo de \u00a0Comunicaciones hoy, Fondo de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones, o por otros proveedores de redes y servicios de \u00a0telecomunicaciones sujeto a la aplicaci\u00f3n del presente decreto, en el periodo \u00a0de cuantificaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De acuerdo con lo \u00a0establecido en la Ley 1341 \u00a0y en el presente decreto, el d\u00e9ficit a pagar generado por la Ley 812 de 2003 se \u00a0determinar\u00e1 con base en la siguiente f\u00f3rmula: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Donde: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D812, \u0456 Saldo a pagar al \u00a0proveedor i por el d\u00e9ficit generado por la Ley 812 de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CR t, i Contribuciones recaudadas por el proveedor i en el trimestre t. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SF t, i Subsidios facturados \u00a0por el proveedor i en el trimestre t. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>VR t, i Valores reconocidos \u00a0por el Fondo de Comunicaciones hoy Fondo de TIC o por otros proveedores al \u00a0proveedor i en el correspondiente trimestre t. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo1\u00b0. En el evento de encontrarse dentro del SUI datos inconsistentes \u00a0o vac\u00edos, su valor se estimar\u00e1 con base en el promedio de los \u00faltimos seis (6) \u00a0meses de registro de existentes, del correspondiente proveedor de redes y \u00a0servicios de telecomunicaciones sujeto a la aplicaci\u00f3n del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. El \u00a0Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones verificar\u00e1 que \u00a0a la entrada en vigencia de la Ley 812 de 2003, los \u00a0proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones sujetos a la aplicaci\u00f3n \u00a0del presente decreto, cumplieran con los l\u00edmites, en cuanto a subsidios \u00a0derivados de la aplicaci\u00f3n de la Ley 142. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El \u00a0presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., \u00a0a 3 de agosto de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro (e) \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Daniel \u00a0Enrique Medina Velandia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2766 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0 (agosto \u00a03) \u00a0 \u00a0 D.O. 47.790, agosto 3 de \u00a02010 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica el art\u00edculo 3\u00b0 del \u00a0Decreto 5052 de 2009. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que \u00a0le confiere [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-42895","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2010"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42895","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=42895"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42895\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=42895"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=42895"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=42895"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}